SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 13
CONDICIÓN


              hecho al que se subordina
             la eficacia o la extinción de
                  la relación jurídica

Corresponden a aquellas obligaciones cuya
eficacia o fenecimiento depende directamente de
la realización o no de un hecho futuro e incierto.
Pluralidad
• Puede existir una o varias condiciones de las
  cuales dependa la Obligación.


         Posibilidad y Licitud
• Debe estar fundamentada en un hecho que pueda
  llegar a suceder y que no esté basada en la
  realización de un hecho que es imposible, ilícito o
  contrario de las buenas costumbres.
Positiva o Negativa

• Positiva: un hecho que puede o no puede suceder,
  deberá suceder y ese hecho genera la eficacia o
  extinción de la obligación.

• Negativa: algo que puede o no suceder , no deberá
  ocurrir y esa ausencia del suceso hace depender la
  eficacia o extinción.
Carácter
                     Incierta        Convencional
  Futuro

                  • Corresponde
• Puesto que      básicamente la      • Debe estar
 debe suceder       característica      convenida
     en un          particular de     expresamente
   momento           este tipo de      por las partes
 posterior a la     Obligaciones,     en el contrato
celebración del       ya que los
   contrato        hechos pueden
                    o no suceder.
Suspensivas                        Resolutorias

                                     Corresponde a una Obligación ya
   En este caso no será aún una
                                           existente, solo que
   Obligación sino hasta que la      eventualmente amenazada si se
     condición se cumpla o el        cumple la condición resolutoria o
         termino llegue.                    el termino llegue.


  Al igual que efectivamente el
  efecto jurídico se produce una      Al cumplirse la condición se
  vez que la condición haya sido          cancelan los efectos
             realizada.               producidos por el contrato
Traspaso del Derecho Condicional

 Por causa de Muerte                  Por Convenio

Es         hereditariamente      En este caso precisamente
transmisible; por lo que si el   puede     enajenarse   por
titular de la expectativa no     contrato, ya que no se
sobrevive al momento de          afecta el interés del
cumplirse, el derecho o la       acreedor, por lo que el
deuda se consolida a los         traspaso deberá hacerse
herederos.                       con la misma afectación, al
     Código Civil Art. 684       igual que pertenece al
                                 patrimonio del titular
Embargo del Derecho Condicional

       Art. 981: La totalidad de los bienes de
      una persona responden por sus deudas.


De acuerdo con dicho articulo, el bien adquirido bajo
condición resolutoria, esto por formar parte del
patrimonio del titular, es susceptible a ser perseguido
por los acreedores, por lo que puede ser embargado o
rematado. No obstante esto no afectara el inertes del
acreedor condicional.
Estado de la Obligación Condicional

    Condición                 Condición              Condición
   PENDIENTE                  CUMPLIDA              FRUSTRADA

Se presenta durante      En este caso se           Eventualmente al
el tiempo en que         presenta la eficacia de   desaparecer       la
existe incerteza de la   la Obligación, por lo     condición
realización de la        que    la    condición    directamente cesa
condición, por lo que    deberá realizare como     el     estado    de
crea una expectativa     voluntariamente      se   interinidad, ya sea
de derecho               convino por las partes.   porque se frustra o
                                                   falla.
Plazo para la Condición
En caso de no establecerse un           Interpretación de la
plazo para el cumplimiento de la       voluntad de las partes
condición, este se establecerá por:

Cuando existe un plazo prefijado,     En dicho tiempo, sino se
la condición o cosa        podrá       extingue la obligación.
cumplirse:

Si no existe un plazo o limite de
forma expresa ni tacita, la            Sin limite de tiempo
condición podrá cumplirse:
Cumplimiento Legal o Ficción de Verificación

      Art. 682.- La condición se reputa cumplida
     cuando el deudor obligado bajo tal condición
               impide su cumplimiento.

 De acuerdo con dicho articulo, las condiciones en
 donde el deudor que se ha obligado bajo esta condición
 impide su cumplimiento o eventualmente no lleva a
 cabo la conducta, deben darse de inmediato por
 cumplidas.
Condición Potestativa del Deudor
     La Doctrina ha establecido respecto a la condición
     meramente del deudor, que no existe una
     voluntad seria de obligarse, por lo que el vinculo
     obligacional esta viciado de nulidad absoluta

De esta manera para que la condición sea válida y correcta es
necesario que esta no dependa únicamente de la voluntad de
la persona que se compromete, puesto que bajo dicho
termino, la incerteza desaparece y la finalidad se desvirtúa.
Bibliografía Consultada

• Brenes, A. (1990). Tratado de las
Obligaciones. San José: Juricentro.

• Montero, F. (1999). Obligaciones. San
José: Premiá Editores.

• Parajeles, G. (2011). Código Civil (23
ed). San José; Investigaciones Jurídicas



                           Obligaciones Civiles I
                            Adriana Valverde R.
                                    III CO. 2011

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesBELECC
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalespsolis10
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesKa Moraga
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesMvargasa611
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesLucia Meza
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesollanesd410
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesObligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesULACIT
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesdmarin92
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesumanar_18
 
Obligaciones segun su modalidad
Obligaciones segun su modalidadObligaciones segun su modalidad
Obligaciones segun su modalidadRogelio Armando
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesumanar_18
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones  CondicionalesObligaciones  Condicionales
Obligaciones CondicionalesLuana Nieto
 
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilComplicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilConsulta Jurídica Para Estudiantes
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesEsteban Mendez
 
OBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALESOBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALESRebeca Marinho
 

La actualidad más candente (19)

Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesObligaciones Condicionales
Obligaciones Condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones segun su modalidad
Obligaciones segun su modalidadObligaciones segun su modalidad
Obligaciones segun su modalidad
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones  CondicionalesObligaciones  Condicionales
Obligaciones Condicionales
 
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilComplicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
OBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALESOBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALES
 

Similar a Oblig. condicionales

Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesdmarin92
 
¿Que son obligaciones condicionales?
¿Que son obligaciones condicionales?¿Que son obligaciones condicionales?
¿Que son obligaciones condicionales?nashami
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesObligaciones Condicionales
Obligaciones Condicionalesnashami
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesUlacit
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesamg0111
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesUlacit
 
Portafolio electrOnico - Obligaciones condicionales
Portafolio electrOnico - Obligaciones condicionalesPortafolio electrOnico - Obligaciones condicionales
Portafolio electrOnico - Obligaciones condicionalesdguido_cr
 
Condicionales
CondicionalesCondicionales
CondicionalesPao250190
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesDiana Bermúdez
 
OBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALESOBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALESRebeca Marinho
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesLucia Meza
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesLucia Meza
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesLucia Meza
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesmary1794
 

Similar a Oblig. condicionales (20)

Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
¿Que son obligaciones condicionales?
¿Que son obligaciones condicionales?¿Que son obligaciones condicionales?
¿Que son obligaciones condicionales?
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesObligaciones Condicionales
Obligaciones Condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesObligaciones Condicionales
Obligaciones Condicionales
 
Portafolio electrOnico - Obligaciones condicionales
Portafolio electrOnico - Obligaciones condicionalesPortafolio electrOnico - Obligaciones condicionales
Portafolio electrOnico - Obligaciones condicionales
 
Condicionales
CondicionalesCondicionales
Condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
OBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALESOBLIGACIONES CONDICIONALES
OBLIGACIONES CONDICIONALES
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 

Oblig. condicionales

  • 1.
  • 2. CONDICIÓN hecho al que se subordina la eficacia o la extinción de la relación jurídica Corresponden a aquellas obligaciones cuya eficacia o fenecimiento depende directamente de la realización o no de un hecho futuro e incierto.
  • 3. Pluralidad • Puede existir una o varias condiciones de las cuales dependa la Obligación. Posibilidad y Licitud • Debe estar fundamentada en un hecho que pueda llegar a suceder y que no esté basada en la realización de un hecho que es imposible, ilícito o contrario de las buenas costumbres.
  • 4. Positiva o Negativa • Positiva: un hecho que puede o no puede suceder, deberá suceder y ese hecho genera la eficacia o extinción de la obligación. • Negativa: algo que puede o no suceder , no deberá ocurrir y esa ausencia del suceso hace depender la eficacia o extinción.
  • 5. Carácter Incierta Convencional Futuro • Corresponde • Puesto que básicamente la • Debe estar debe suceder característica convenida en un particular de expresamente momento este tipo de por las partes posterior a la Obligaciones, en el contrato celebración del ya que los contrato hechos pueden o no suceder.
  • 6. Suspensivas Resolutorias Corresponde a una Obligación ya En este caso no será aún una existente, solo que Obligación sino hasta que la eventualmente amenazada si se condición se cumpla o el cumple la condición resolutoria o termino llegue. el termino llegue. Al igual que efectivamente el efecto jurídico se produce una Al cumplirse la condición se vez que la condición haya sido cancelan los efectos realizada. producidos por el contrato
  • 7. Traspaso del Derecho Condicional Por causa de Muerte Por Convenio Es hereditariamente En este caso precisamente transmisible; por lo que si el puede enajenarse por titular de la expectativa no contrato, ya que no se sobrevive al momento de afecta el interés del cumplirse, el derecho o la acreedor, por lo que el deuda se consolida a los traspaso deberá hacerse herederos. con la misma afectación, al Código Civil Art. 684 igual que pertenece al patrimonio del titular
  • 8. Embargo del Derecho Condicional Art. 981: La totalidad de los bienes de una persona responden por sus deudas. De acuerdo con dicho articulo, el bien adquirido bajo condición resolutoria, esto por formar parte del patrimonio del titular, es susceptible a ser perseguido por los acreedores, por lo que puede ser embargado o rematado. No obstante esto no afectara el inertes del acreedor condicional.
  • 9. Estado de la Obligación Condicional Condición Condición Condición PENDIENTE CUMPLIDA FRUSTRADA Se presenta durante En este caso se Eventualmente al el tiempo en que presenta la eficacia de desaparecer la existe incerteza de la la Obligación, por lo condición realización de la que la condición directamente cesa condición, por lo que deberá realizare como el estado de crea una expectativa voluntariamente se interinidad, ya sea de derecho convino por las partes. porque se frustra o falla.
  • 10. Plazo para la Condición En caso de no establecerse un Interpretación de la plazo para el cumplimiento de la voluntad de las partes condición, este se establecerá por: Cuando existe un plazo prefijado, En dicho tiempo, sino se la condición o cosa podrá extingue la obligación. cumplirse: Si no existe un plazo o limite de forma expresa ni tacita, la Sin limite de tiempo condición podrá cumplirse:
  • 11. Cumplimiento Legal o Ficción de Verificación Art. 682.- La condición se reputa cumplida cuando el deudor obligado bajo tal condición impide su cumplimiento. De acuerdo con dicho articulo, las condiciones en donde el deudor que se ha obligado bajo esta condición impide su cumplimiento o eventualmente no lleva a cabo la conducta, deben darse de inmediato por cumplidas.
  • 12. Condición Potestativa del Deudor La Doctrina ha establecido respecto a la condición meramente del deudor, que no existe una voluntad seria de obligarse, por lo que el vinculo obligacional esta viciado de nulidad absoluta De esta manera para que la condición sea válida y correcta es necesario que esta no dependa únicamente de la voluntad de la persona que se compromete, puesto que bajo dicho termino, la incerteza desaparece y la finalidad se desvirtúa.
  • 13. Bibliografía Consultada • Brenes, A. (1990). Tratado de las Obligaciones. San José: Juricentro. • Montero, F. (1999). Obligaciones. San José: Premiá Editores. • Parajeles, G. (2011). Código Civil (23 ed). San José; Investigaciones Jurídicas Obligaciones Civiles I Adriana Valverde R. III CO. 2011