2. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
Este tipo pueden ser el comercio
electrónico de productos y servicios
físicos, tal y como la compra de libros
a través de Internet, encargo de una
servicio que se va a realizar en el
domicilio o la compra de un CD que
remiten al domicilio.
CONTRATACIÓN INFORMÁTICA
Pueden ser objeto de contratación
electrónica cualesquiera cosas, actos o
negocios jurídicos que sean lícitos y
siempre que para su contratación no
se requiera de alguna forma específica
que sea incompatible con los medios
electrónicos. Por ejemplo, presencia
de un fedatario público.
3. Contrato de adhesión o contrato por adhesión es aquel contrato que se
redacta por una sola de las partes y el aceptante simplemente se adhiere o
no al mismo, aceptando o rechazando el contrato en su integridad.
Para que un contrato de adhesión sea válido deberá estar firmado por el
consumidor o usuario, que previamente habrá hecho constar sus datos en el
mismo. Además, las cláusulas por las que se regirá deben aparecer en el
mismo documento o en un anexo.
4. Según la ley son cláusulas abusivas aquellas estipulaciones contractuales que no han sido
negociadas individualmente por el consumidor y que van en contra de la buena fe, causando
en perjuicio del consumidor un gran desequilibro e importante en los derechos y obligaciones
que se derivan del contrato celebrado entre las partes.
EJEMPLOS: Cuando el empresario se reserva la posibilidad de interpretar o modificar
unilateralmente el contrato por ejemplo: el promotor entregará la vivienda al comprador en el
plazo de 16 meses, salvo que surjan imprevistos en la finalización de las obras.
5. Vicio de consentimiento es todo hecho, manifestación o
actitud con la que se anula o restringe la plena libertad o
conocimiento con que debe formularse una declaración. Los
vicios del consentimiento del contrato son aquellos defectos
que hacen anulable la declaración de voluntad, está dirigida
para obtener alguna consecuencia o establecer algo, y
pueden estar provocados por error y dolo.
6. En el mundo empresarial, es el
proceso en el cual una organización
contrata a otras empresas externas
para que se hagan cargo de parte de
su actividad o producción.
El outsourcing está relacionado con la
subcontratación de servicios, pues supone la
búsqueda de una fuente externa a la empresa que
pueda prestar de manera eficiente determinados
servicios, para que esta pueda disponer de más
tiempo para centrarse en los aspectos claves de
su negocio.