2. DIFERENCIA ENTRE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA, DAR EJEMPLO DE CADA UNO:
El tráfico de mensajes es el
flujo de información que
transcurre entre emisor y
receptor de mensajes y que
contiene datos acerca de
actividades relacionadas con
la contratación. Por tanto el
flujo de mensajes es la
contratación telemática.
El concepto incluye la
contratación telemática civil
(entre particulares y/o
empresas fuera de su
actividad), mercantil (o
comercio electrónico), la
contratación con condiciones
generales y electrónicas, la
contratación telemática de
productos físicos y servicio de
prestación y la contratación de
servicios de la sociedad de la
información.
Podemos definir la
contratación electrónica o
telemática como el tráfico de
mensajes dentro de una red
que permite la negociación,
conclusión y ejecución de
contratos. Mencionamos
telemática, al ser el
tratamiento automático de
información a distancia, lo que
supone la existencia de un
emisor y un receptor
Contratacio
n
electrónica
3. DIFERENCIA ENTRE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA, DAR EJEMPLO DE CADA UNO:
Contratación informática
Un contrato informático es un concepto ambiguo que puede abarcar
distintos tipos de contratos:
En sentido amplio u objetivo, abarca todos aquellos convenios cuyo
objeto sea un bien o servicio informático, independientemente de la vía
por la que se celebren.
En sentido restringido o formal, son aquellos contratos cuyo
perfeccionamiento se da por vía informática, indiferentemente de cual
sea su objeto. A estos últimos se les conoce también, propiamente,
como contratos electrónicos
Pueden ser objeto de contratación electrónica cualesquiera cosas, actos
o negocios jurídicos que sean lícitos y siempre que para su contratación
no se requiera de alguna forma específica que sea incompatible con los
medios electrónicos (por ejemplo, presencia de un fedatario público).
4. ¿A QUE SE DENOMINA CONTRATOS DE ADHESIÓN? ¿QUÉ RELACIÓN TIENE
LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA POR INTERNET CON LOS LLAMADOS
CONTRATOS DE ADHESIÓN?
El contrato por adhesión, término
procedente de la doctrina
francesa, lo constituyen aquellos
contratos en los que no media
voluntad en la concertación del
mismo,
donde una de las partes, llamada
por varios autores como "parte
débil", no participa en la discusión
de las cláusulas contractuales,
presentándosele el contrato
preestablecido, sin posibilidad de
modificarlo,
sin posibilidad de modificarlo,
solo con la limitada y endeble
decisión de si se adhiere o no.
Es en este punto donde se inicia y
termina la voluntad de la parte
débil, no existiendo por ende,
autonomía de la voluntad.
El contrato de adhesión o por
adhesión es aquel cuyas cláusulas
son dictadas o redactadas por una
sola de las partes. La otra se limita
a aceptarlas en bloque, adhiriendo
a ellas".
5. ¿QUE SON LAS CLAÚSULAS DE ABUSIVAS EN LA TELECONTRATACIÓN? DE
EJEMPLOS DE AGUNOS DE ELLOS NTICS.
La legislación sobre
cláusulas abusivas es sólo
aplicable a relaciones entre
profesionales y
consumidores, en cambio la
relativa a las condiciones
generales de la contratación
es aplicable
independientemente de la
calificación de las partes
Una parte adquiere
una posición de
ventaja sobre la otra,
actuando contra el
principio de buena
fe que es esencial en
la contratación, tal y
como se recoge en
el art. 1258 del
Código Civil.
Las cláusulas
abusivas producen
un desequilibrio
importante entre
las prestaciones
derivadas del
contrato.
6. ¿A que se denominan vicios de consentimiento? ¿Cómo se producen estos en la tele contratación?
Es el acuerdo o
concurso de
voluntades
individuales de
quienes
intervienen en la
celebración de las
convenciones y
de los actos
unilaterales
complejos
El
Consentimiento:
ara la validez de un
acto jurídico
es necesaria la
manifestación de la
voluntad del agente o
agentes que
intervienen en su
declaración; pero para
su validez de dicho
acto es indispensable
que dicha voluntad
sea sana, es decir, que
no adolezca de vicios
Vicios de
Consetimiento
es la falsa
noción de la
realidad; o en la
discrepancia ent
re una idea y la
realidad que
esta pretende
representar.
El Error:
7. ¿EN QUÉ CONSISTE EL OUTSOURCING EN MATERIA DE
CONTRATACIÓN INFORMÁTICA?
se conoce por
contrato de
outsourcing
informático a aquel en
virtud del cual una
empresa dedicada a la
gestión de sistemas
informáticos para
empresas (el
prestador) es
contratada por otra (el
cliente) para que le
realice determinados
servicios informáticos
n concreto, la
prestación de servicios
suele incluir varios de
los servicios
siguientes: consultoría,
desarrollo de
aplicaciones,
implantación,
mantenimiento,
formación, gestión de
redes, backup,
seguridad, plan de
contingencia, etc. Los
mismos podrán