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  1. 1. IVA Impuesto al Valor Agregado
  2. 2. Generalidades Es un Impuesto Indirecto Grava todas las etapas de comercialización Afecta al consumidor final (es quien lo paga) Sustenta Crédito Tributario Este impuesto no aplica a la transferencia de bienes inmuebles Las Tarifas del IVA son 0% y 12%
  3. 3. Importador Intermediario US$ US$ Precio de Venta 180,000 Precio de Venta 300,000 Importaciones 100,000 Precio de Compra 250,000 Valor Agregado 80,000 Valor Agregado 50,000 IVA 9,600 IVA 6,000 Mayorista Minorista US$ US$ Precio de Venta 250,000 Precio de Venta 340,000 Precio de Compra 180,000 Precio de Compra 300,000 Valor Agregado 70,000 Valor Agregado 40,000 IVA 8,400 IVA 4,800 Impuesto que no se duplica y afecta a la Diferencia entre el Precio de Venta y el Precio de Compra (Valor Agregado)
  4. 4. ¿A qué grava el Impuesto al Valor Agregado? Al valor de las transferencias de dominio de bienes muebles de naturaleza corporal. A las importaciones Al valor de los servicios prestados De acuerdo a lo que estipula la LORTI
  5. 5. ¿Cuándo se causa el IVA? En el momento en que se realiza el acto o se suscribe el contrato, hecho por el cual se debe emitir obligatoriamente la respectiva factura, nota o boleta de venta. En el caso de los contratos en que se realice la transferencia de bienes o la prestación de servicios por etapas, el IVA se causará al cumplirse las condiciones para cada periodo, donde se emitirá el comprobante de venta. En el caso de introducción de mercaderías al territorio nacional, el impuesto se causa en el momento de su despacho por la aduana. El impuesto comprende el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de bienes corporales muebles, inmuebles amoblados, con instalaciones o maquinarias, que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial. Incluye también la licencia de uso o cualquier otra forma de cesión del uso o goce de marcas, patentes de invención, procedimientos o fórmulas industriales.
  6. 6. Transferencias que no son objeto de IVA Aportes en especie a sociedades Adjudicaciones por herencia o por liquidación de sociedades, inclusive la sociedad conyugal. Ventas de negocios en las que se transfiera activo y pasivo Fusiones, escisiones y transformaciones de sociedades. Donaciones a entidades del sector público, instituciones de carácter privado de beneficencia, cultura, educación, investigación salud o deportivas, legalmente constituídas. Cesión de acciones, y demás títulos valores. Las cuotas o aportes que realizan los condóminos. No se causa el IVA en servicios facturados desde el exterior por actividades efectuadas en el exterior u ocasionalmente en el Ecuador.
  7. 7. Transferencias de bienes gravadas con tarifa 0% de IVA Productos alimenticios en estado natural. Leches de Producción Nacional. Pan, azúcar, panela, sal, manteca, margarina, avena maicena, fideos, harinas de consumo humano, enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha, aceites comestibles excepto el de oliva. Semillas certificadas, bulbos, plantas, esquejes y raíces vivas. Harina de pescado y los alimentos balanceados, preparados forrajeros con adición de melaza o azúcar, y otros preparados que se utilizan como comida de animales que se críen para alimentación humana. Fertilizantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas, herbicidas, aceite agrícola utilizado contra la sigatoka negra, antiparasitarios y productos veterinarios así como la materia prima e insumos, importados o adquiridos en el mercado interno, para producirlas, Tractores de llantas de hasta 200 hp incluyendo los tipo canguro y los que se utiliza en el cultivo del arroz; arados, rastras, surcadores y vertedores; cosechadoras, sembradoras, cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables, aspersores y rociadores para equipos de riego y demás elementos de uso agrícola.
  8. 8. Transferencias de bienes gravadas con tarifa 0% de IVA Medicamentos y drogas de uso humano, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establecerá anualmente el Presidente de la República, así como la materia prima e insumos importados o adquiridos en el mercado interno para producirlas. En el caso de que por cualquier motivo no se realice las publicaciones antes establecidas, regirán las listas anteriores; Los envases y etiquetas importados o adquiridos en el mercado local que son utilizados exclusivamente en la fabricación de medicamentos de uso humano o veterinario. Papel bond, papel periódico ; periódicos, revistas, libros y material complementario. Los que se exporten.
  9. 9. Transferencias de bienes gravadas con tarifa 0% de IVA Los que se introduzcan al país a) Los Diplomáticos y funcionarios de Organismos Internacionales liberados de derechos e impuestos. b) Los pasajeros que ingresen al País. c) Los bienes con admisión temporal d) Las donaciones provenientes del extranjero. Los bienes producidos y comercializados por los ARTESANOS Los que adquieran las instituciones del Estado y empresas públicas que perciban ingresos exentos del impuesto a la renta. Energía Eléctrica; y, Lámparas fluorescentes. Con el mandato de julio del 2008 se incorporaron: Embutidos, yogurt y queso
  10. 10. Servicios gravados con tarifa 0% de IVA Los de transporte nacional terrestre y acuático de pasajeros y carga, así como los de transporte internacional de carga y el transporte de carga desde y hacia la provincia de Galápagos. Incluye también el transporte de petróleo crudo y de gas natural por oleoductos y gasoductos; Los de salud, incluyendo los de medicina prepagada y los servicios de fabricación de medicamentos; Los de alquiler de inmuebles, destinados exclusivamente para la vivienda. Los servicios, públicos de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y recolección de basura. Los de educación en todos los niveles. Los de guarderías infantiles y de hogares de ancianos los religiosos
  11. 11. Servicios gravados con tarifa 0% de IVA Los de impresión de libros Los funerarios Los administrativos prestados por el estado como Registro Civil, otorgamiento de licencias, registros y permisos. Los espectáculos públicos Los financieros y bursátiles La trasferencia de Títulos Valores Los que se exporten, inclusive los de turismo receptivo. Pagados dentro o fuera del país, en su valor total estará comprendido el impuesto. ELIMINADO (Honorarios) El peaje y pontazgo que se cobra por la utilización de las carreteras y puentes;
  12. 12. Servicios gravados con tarifa 0% de IVA Los sistemas de lotería Los de aerofumigación y, los Prestados personalmente por los artesanos. Los de enfriamiento, congelamiento, refrigeración. Faenamiento, cortado, pilado, trituración y extracción por medios mecánicos o químicos para elaborar aceites comestibles. Los prestados a las instituciones del Estado y empresas públicas que perciben ingresos exentos del impuesto a la renta; Los seguros y reaseguros de salud y vida individuales, en grupo, asistencia médica y accidentes personales, así como los obligatorios por accidentes de transito terrestres; y, Los prestados por clubes sociales, gremios profesionales, cámaras de la producción, sindicatos y similares, que cobren a sus miembros cánones, alícuotas o cuotas que no excedan de 1.500 dólares en el año. Los servicios que se presten a cambio de cánones, alícuotas, cuotas o similares superiores a 1.500 dólares en el año estarán gravados con IVA tarifa 12%.
  13. 13. Ejercicios: Identificar que tarifa es aplicable a las siguientes transacciones: 1.- Compra de cajas de cartón para el banano ($30,000) 12% 2.- Compra de bujías para el carro ($1,400) 12% 3.- Compra de libros para sus hijos ($ 250) 0% 4.- Compra de 1000 plumas marca bic ($0.50 c/u) 12% 5.- Arriendo de un local comercial ($600) 12% 6.- Compra de alimento para el camarón. ($500) 0% 7.- El Municipio (096324465122001) compra 500 carpetas manila ($20) 12% 8.- La compañía Textiles S.A. importa 1000 mts de tela ( $20,000) 12% 9.- Se exportan 1,000 lbs de camarones ($3,000) 0% 10.- Arriendo de un departamento para vivienda ($400) 0%
  14. 14. Ejercicios: Identificar que tarifa es aplicable a las siguientes transacciones: 11.- Compra de aceite de oliva ($3,500) 12% 12.- Servicios profesionales ($100) 12% 13.- Servicio de telecomunicación ($ 200) 12% 14.- Exportación de 1,000 repuestos para impresoras ($20,000) 0% 15.- Cesión de acciones a otra empresas ($5,000) 12% 16.- Compra de comida para perros. ($10) 12% 17.- Solca (0991325762001) compra computadores por ($14,000) 12% 18.- Pago de la mensualidad de colegio ( $100) 0% 19.- Atención médica ($60) 0% 20.- Transferencia de una casa producto de una herencia ($40,000) 0%
  15. 15. Base Imponible en General La base imponible de este impuesto corresponde al valor total de los bienes muebles de naturaleza corporal que se transfieren o de los servicios que se presten, calculado sobre la base de sus precios de venta o de prestación del servicio, que incluyen impuestos, tasas por servicios y demás gastos legalmente imputables al precio. Precio de Venta - Descuentos o Bonificaciones - Intereses y Seguros - Valor de envases (si son retornables) Base Imponible IVA
  16. 16. Base Imponible  La base imponible, en las importaciones, es el resultado de sumar al valor CIF los impuestos, aranceles, tasas, derechos, recargos y otros gastos que figuren en la declaración de importación y en los demás documentos pertinentes.  En los casos de permuta, de retiro de bienes para uso o consumo personal y de donaciones, la base imponible será el valor de los bienes, el cual se determinará en relación a los precios de mercado.  Este impuesto se declara de forma mensual si los bienes que se transfieren o los servicios que se presten están gravados con tarifa 12%; y de manera semestral cuando exclusivamente se transfieran bienes o se presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados, así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado, a menos que sea agente de retención de IVA (cuya declaración será mensual).
  17. 17. Base Imponible Declaración del Iva  Este impuesto se declara de forma mensual si los bienes que se transfieren o los servicios que se presten están gravados con tarifa 12%; y  de manera semestral cuando exclusivamente se transfieran bienes o se presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados,  así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado,  a menos que sea agente de retención de IVA (cuya declaración será mensual).
  18. 18. Noveno Dígito Fecha máxima de declaración (si es mensual) Fecha máxima de declaración (si es semestral) Primer semestre Segundo Semestre 1 10 del mes siguiente 10 de julio 10 de enero 2 12 del mes siguiente 12 de julio 12 de enero 3 14 del mes siguiente 14 de julio 14 de enero 4 16 del mes siguiente 16 de julio 16 de enero 5 18 del mes siguiente 18 de julio 18 de enero 6 20 del mes siguiente 20 de julio 20 de enero 7 22 del mes siguiente 22 de julio 22 de enero 8 24 del mes siguiente 24 de julio 24 de enero 9 26 del mes siguiente 26 de julio 26 de enero 0 28 del mes siguiente PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR
  19. 19. Sujetos del IVA Sujeto Activo: El Estado Sujeto Pasivo: Agente de Percepción Agente de Retención
  20. 20. Crédito Tributario El crédito tributario se define como la diferencia entre el IVA cobrado en ventas menos el IVA pagado en compras. En aquellos casos en los que la declaración arroje saldo a favor (el IVA en compras es mayor al IVA en ventas), dicho saldo será considerado crédito tributario, que se hará efectivo en la declaración del mes siguiente.
  21. 21. EJEMPLO PARA COMPENSAR EL CREDITO TRIBUTARIO MAYO IVA PAGADO (COMPRAS) 100,00 IVA COBRADO (VENTAS) 80,00 CREDITO TRIBUTARIO 20,00 JUNIO IVA PAGADO (COMPRAS) 90,00 IVA COBRADO (VENTAS) 130,00 VALOR A DECLARAR 40,00 (-) CREDITO TRIBUTARIO 20,00 TOTAL IVA A PAGAR 20,00
  22. 22. Crédito Tributario ¿Quién tiene este derecho? Como regla de aplicación general y obligatoria, se tendrá derecho a crédito tributario por el IVA pagado en la utilización de bienes y servicios gravados con este impuesto, siempre que tales bienes y servicios se destinen a la producción y comercialización de otros bienes y servicios gravados.
  23. 23. Crédito Tributario Cuando se presuma que el crédito tributario resultante no podrá ser compensado con el IVA causado dentro de los seis meses inmediatos siguientes. el sujeto pasivo podrá solicitar al Director Regional o Provincial del Servicio de Rentas Internas la devolución o la compensación del crédito tributario originado por retenciones que le hayan sido practicadas.
  24. 24. Crédito Tributario No tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado, en las adquisiciones locales e importaciones de bienes o utilización de servicios realizados por los sujetos pasivos que produzcan o vendan bienes o presten servicios gravados en su totalidad con tarifa cero, ni en las adquisiciones o importaciones de activos fijos de los sujetos que produzcan o vendan bienes o presten servicios gravados en su totalidad con tarifa cero.
  25. 25. - Instituciones Públicas - Contribuyentes Especiales - Sociedades - P. Naturales c/cont. - Sociedades emisoras de tarjetas de crédito - Exportadores AGENTE RETENCIÓN RETENCIONES DE IVA
  26. 26. PORCENTAJES DE RETENCION IVA 30% BIENES 70% SERVICIOS 100% CASOS ESPECIFICOS
  27. 27. - Contratos de Construcción - Transferencia de bienes muebles 30% - Prestación de Servicios - Comisiones - Comisionistas 70% PORCENTAJES DE RETENCION IVA
  28. 28. - Servicios Profesionales - Arriendo de Inmuebles a proveedores s/contabilidad - Liq. de Compra de bienes y servicios - Arrendamientos de cuotas al Exterior - Bienes para la exportación 100% - Sector Público - Contribuyentes Especiales - Compañías de Aviación - Agencias de Viaje - Distribución de Combustible Exención PORCENTAJES DE RETENCION IVA
  29. 29. RETENCIONES DEL I.V.A. INSTITUCIÓN PUBLICA NO RETIENE NO RETIENE BIENES 30% SERVICIOS 70% BIENES 30% SERVICIOS 70% BIENES 30% SERVICIOS 70% CONTRIBUYENTE ESPECIAL NO RETIENE NO RETIENE BIENES 30% SERVICIOS 70% BIENES 30% SERVICIOS 70% BIENES 30% SERVICIOS 70% SOCIEDAD NO RETIENE NO RETIENE NO RETIENE NO RETIENE BIENES 30% SERVICIOS 70% PERSONANATURAL OBLIGADAALLEVAR CONTABILIDAD NO RETIENE NO RETIENE NO RETIENE NO RETIENE BIENES 30% SERVICIOS 70% PERSONANATURAL NO OBLIGADAALLEVAR CONTABILIDAD NO RETIENE NO RETIENE NO RETIENE NO RETIENE NO RETIENE SE RETENDRA 100% DEL IVA: * SERVICIOS PROFESIONALES CON TÍTULO TERMINAL * ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES A PERSONAS NATURALES * RUSTICIDAD DEL CASO SOCIEDADES CONTRIBUYENTES ESPECIALES INSTITUCION PUBLICA AGENTES DE RETENCIÓN A QUIEN SE DEBE RETENER OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD
  30. 30. EMITEFACTURA O NOTA DEVENTA SEEMITE LIQUIDACIÓNDE COMPRASDEBIENES OADQUISICIÓNDE SERVICIOS(INCLUYE PAGOSPOR ARRENDAMIENTOAL EXTERIOR) PROFESIONALES POR ARRENDAMIENTODE BIENESINMUEBLES PROPIOS ENTIDADESYORGANISMOSDEL SECTORPÚBLICO Y EMPRESASPÚBLICAS BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENES30% SERVICIOS70% BIENES30% SERVICIOS70% BIENES30% SERVICIOS70% BIENES100% SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% CONTRIBUYENTESESPECIALES BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENES30% SERVICIOS70% BIENES30% SERVICIOS70% BIENES30% SERVICIOS70% BIENES100% SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% SOCIEDAD YPERSONANATURAL OBLIGADAA LLEVARCONTABILIDAD BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENES30% SERVICIOS70% BIENES100% SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% CONTRATANTEDESERVICIOSDECONSTRUCCIÓN BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOS30% BIENESNORETIENE SERVICIOS30% BIENESNORETIENE SERVICIOS30% BIENESNORETIENE SERVICIOS30% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS30% ------------------ COMPAÑÍASDESEGUROSYREASEGUROS BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENES30% SERVICIOS70% BIENES30% SERVICIOS70% BIENES30% SERVICIOS70% BIENES100% SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% BIENESNORETIENE SERVICIOS100% EXPORTADORES(UNICAMENTEENLAADQUISICIÓN DEBIENESQUESEEXPORTEN, OENLACOMPRADE BIENESOSERVICIOSPARALAFABRICACIÓNY COMERCIALIZACIÓNDEL BIENEXPORTADO) BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENESNORETIENE SERVICIOSNORETIENE BIENES100% SERVICIOS100% BIENES100% SERVICIOS100% BIENES100% SERVICIOS100% BIENES100% SERVICIOS100% BIENES100% SERVICIOS100% ------------------ OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD NOOBLIGADA A LLEVARCONTABILIDAD RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO AGENTEDE RETENCIÓN (Comprador; el que realizael pago) RETENIDO: El que vende o transfiere bienes, o prestaservicios. ENTIDADESY ORGANISMOSDEL SECTORPÚBLICOY EMPRESASPÚBLICAS CONTRIBUYENTES ESPECIALES SOCIEDADES PERSONASNATURALES
  31. 31. Ejercicios de IVA
  32. 32. Declaración de IVA Como agentes de percepción: Mensualmente Están obligados quienes habitualmente efectúen transferencias de bienes o presten servicios gravados con tarifa 12% del impuesto al valor agregado. Semestralmente Los sujetos pasivos no obligados a llevar contabilidad que son sujetos de retención en la fuente por la totalidad del impuesto al valor agregado facturado. Quienes estén sujetos únicamente a tarifa 0% Como agentes de retención: Los agentes de retención del IVA deben presentar una declaración mensual, aún cuando no hayan efectuado retenciones en la fuente.
  33. 33. Liquidación de IVA Si la declaración arrojare un saldo a favor del sujeto pasivo, este saldo será considerado crédito tributario, que se hará efectivo en la declaración del mes siguiente. Si de las retenciones que se le realizaron al contribuyente no se pueden compensar en las declaraciones dentro de los seis meses inmediatos, podrán solicitar al Director Regional para que les sean reintegrados dichos valores. IVA COBRADO DEL MES MENOS CREDITO TRIBUTARIO DEL MES

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