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Contabilidad I
Ing. Ana María Barreiro, MDP
ana.mariabarreiro@tecsu.edu.ec
Contenido Unidades 5 y 6
• Temas
El Impuesto al Valor Agregado
La Mayorización
• Objetivos
Aprender a reconocer y obtener el IVA en las
transacciones que grava este impuesto y cómo
registrarlo contablemente.
Conocer el proceso de la mayorización de las
cuentas con el fin de obtener los saldos deudores
y acreedores de un período determinado.
IMPUESTO ALVALOR
AGREGADO
•Concepto
El Impuesto alValor Agregado (IVA) grava al valor de
la transferencia de dominio o a la importación de
bienes muebles de naturaleza corporal, en todas
sus etapas de comercialización, así como a los
derechos de autor, de propiedad industrial y
derechos conexos; y al valor de los servicios
prestados. Existen básicamente dos tarifas para
este impuesto que son 12% y tarifa 0%.
¿Cómo se lo calcula?
El IVA se lo calcula sobre la base imponible que
está constituida por el precio total en el que se
vendan los bienes o se presten los servicios, si
se efectúa algún descuento el IVA grava al valor
total luego de restar el porcentaje de descuento.
En importaciones sobre el valor CIF más
impuestos, aranceles y otros gastos imputables
al precio.
¿Cuándo se declara?
Este impuesto se declara de forma mensual si los bienes que se
transfieren o los servicios que se presten están gravados con
tarifa 12%; y de manera semestral cuando exclusivamente se
transfieran bienes o se presten servicios gravados con tarifa
cero o no gravados, así como aquellos que estén sujetos a la
retención total del IVA causado, a menos que sea agente de
retención de IVA (cuya declaración será mensual).
En el caso de importaciones, la liquidación del IVA se
efectuará en la declaración de importación y su pago se
realizará previo al despacho de los bienes por parte de la
oficina de aduanas correspondiente.
Tabla del SRI con fechas de
declaraciones
Asientos
Contables
Una empresa adquiere una computadora valorada en $650,00 + IVA,
cancela con cheque.
Fecha Detalle Debe Haber
15/06/2017 Equipos de Computación (A+) 650,00
IVA Pagado (A+) 78,00
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Contables
Una empresa presta servicios de fumigación valorada en $80,00 + IVA, cancelan
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El CréditoTributario del IVA
El IVA pagado es considerado un crédito tributario (por lo tanto es
cuenta de activo) ya que en la declaración mensual el IVA que se
pagó se descuenta del IVA que se cobró. Ejemplo:
DECLARACIÓN IVA ENERO
IVA en Ventas (Cobrado) $36.000,00
IVA en compras (Pagado) $22.000,00
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Asiento contable de la declaración y pago del IVA.
Fecha Detalle Debe Haber
10/02/XX IVA Cobrado (P-) 36.000,00
IVA pagado (A-) 22.000,00
Bancos (A-) 14.000,00
El CréditoTributario del IVA
El crédito tributario también se da en los casos en que la diferencia
entre el IVA cobrado en ventas menos el IVA pagado en compras la
declaración arroje saldo a favor (el IVA en compras es mayor al IVA en
ventas), dicho saldo será considerado crédito tributario, que se hará
efectivo en la declaración del mes siguiente.
DECLARACIÓN IVA Febrero
IVA en Ventas (Cobrado) $40.000,00
IVA en compras (Pagado) $46.000,00
Total a cancelar SRI $0,00
Saldo a favor para aplicar en la siguiente declaración: $6.000,00
Asiento contable de la declaración del IVA.
Fecha Detalle Debe Haber
10/03/XX IVA Cobrado (P-) 40.000,00
Crédito Tributario IVA (A+) 6.000,00
IVA pagado (A-) 46.000,00
El CréditoTributario del IVA
Como regla de aplicación general y obligatoria, se tendrá derecho a crédito
tributario por el IVA pagado en la utilización de bienes y servicios gravados con
este impuesto, siempre que tales bienes y servicios se destinen a la producción
y comercialización de otros bienes y servicios gravados.
• SI
• NO
El CréditoTributario del IVA
No tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado, en las
adquisiciones locales e importaciones de bienes o utilización de
servicios realizados por los sujetos pasivos que produzcan o vendan
bienes o presten servicios gravados en su totalidad con tarifa cero,
ni en las adquisiciones o importaciones de activos fijos de los sujetos
que produzcan o vendan bienes o presten servicios gravados en su
totalidad con tarifa cero.
IVA Cobrado Tarifa 0%
IVA Pagado en:
Compras que no sean PPyE Cuenta Gasto
Compras que sean PPy E Forma parte del costo del activo
TRANSFERENCIAS NO
OBJETO DEL IVA
Son aquellas transferencias donde no se causa el IVA:
• Aportes en especie a sociedades.
• Adjudicaciones por herencia o por liquidación de sociedades, inclusive de
la sociedad conyugal.
• Ventas de negocios en las que se transfiera el activo y el pasivo.
• Fusiones, escisiones y transformaciones de sociedades.
• Donaciones a entidades y organismos del sector público, inclusive
empresas públicas; y, a instituciones de carácter privado sin fines de lucro
legalmente constituidas.
• Cesión de acciones, participaciones sociales y demás títulos valores.
• Las cuotas o aportes que realicen los condóminos para el mantenimiento
de los condominios dentro del régimen de propiedad horizontal, así como
las cuotas para el financiamiento de gastos comunes en urbanizaciones.
TRANSFERENCIAS TARIFA 0%
• Productos alimenticios de origen agrícola, avícola, pecuario,
apícola, cunícola, bioacuáticos, forestales, carnes en estado
natural y embutidos; y de la pesca que se mantengan en estado
natural, es decir, aquellos que no hayan sido objeto de
elaboración, proceso o tratamiento que implique modificación
de su naturaleza. La sola refrigeración, enfriamiento o
congelamiento para conservarlos, el pilado, el desmote, la
trituración, la extracción por medios mecánicos o químicos para
la elaboración del aceite comestible, el faenamiento, el cortado
y el empaque no se considerarán procesamiento.
TRANSFERENCIAS TARIFA 0%
• Leches en estado natural, pasteurizada,
homogeneizada o en polvo de producción nacional,
quesos y yogures. Leches maternizadas, proteicos
infantiles. (Bebidas lácteas producidas en base al
suero de leche están gravadas con tarifa 12%)
• Pan, azúcar, panela, sal, manteca, margarina,
avena, maicena, fideos, harinas de consumo
humano, enlatados nacionales de atún, macarela,
sardina y trucha, aceites comestibles, excepto el de
oliva.
TRANSFERENCIAS TARIFA 0%
• Semillas certificadas, bulbos, plantas, esquejes y raíces vivas.
Harina de pescado y los alimentos balanceados, y otros
preparados que se utilizan como comida de animales que se
críen para alimentación humana. Fertilizantes, insecticidas,
pesticidas, fungicidas, herbicidas, aceite agrícola.
• Tractores de llantas de hasta 200 hp incluyendo los tipo canguro
y los que se utiliza en el cultivo del arroz; arados, rastras,
surcadores y vertedores; cosechadoras, sembradoras,
cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables,
aspersores y rociadores para equipos de riego y demás
elementos de uso agrícola, partes y piezas que se establezca por
parte del Presidente de la República mediante Decreto.
TRANSFERENCIAS TARIFA 0%
• Medicamentos y drogas de uso humano, de acuerdo con las listas que
mediante Decreto establecerá anualmente el Presidente de la
República, así como la materia prima e insumos importados o
adquiridos en el mercado interno para producirlas. En el caso de que
por cualquier motivo no se realice las publicaciones antes
establecidas, regirán las listas anteriores. Los envases y etiquetas
importados o adquiridos en el mercado local que son utilizados
exclusivamente en la fabricación de medicamentos de uso humano o
veterinario.
• Papel bond, libros y material complementario que se comercializa
conjuntamente con los libros.
• Los que se exporten.
TRANSFERENCIAS TARIFA 0%
• Los que introduzcan al país los diplomáticos extranjeros y funcionarios
de organismos internacionales, regionales y subregionales.
• También tienen tarifa cero las donaciones provenientes del exterior
que se efectúen en favor de las entidades y organismos del sector
público y empresas públicas
• Energía Eléctrica.
• Lámparas fluorescentes.
• Aviones, avionetas y helicópteros destinados al transporte comercial
de pasajeros, carga y servicios.
• Vehículos híbridos (hasta $35.000)
SERVICIOS TARIFA 0%
• Los de transporte nacional terrestre y acuático de pasajeros y
carga, así como los de transporte internacional de carga y el
transporte de carga nacional aéreo desde, hacia y en la provincia
de Galápagos. Incluye también el transporte de petróleo crudo y
de gas natural por oleoductos y gasoductos.
• Los de salud, incluyendo los de medicina prepagada y los servicios
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exclusivamente, para vivienda.
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• Los de impresión de libros.
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• Los administrativos prestados por el Estado y las entidades del
sector público por lo que se deba pagar un precio o una tasa tales
como los servicios que presta el Registro Civil, otorgamiento de
licencias, registros, permisos y otros.
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• Los paquetes de turismo receptivo, facturados dentro o fuera del
país, a personas naturales o sociedades no residentes en el
Ecuador.
• El peaje y pontazgo que se cobra por la utilización de las carreteras
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• Los sistemas de lotería de la Junta de Beneficencia de Guayaquil y
Fe y Alegría.
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• Los prestados personalmente por los artesanos calificados por la
Junta Nacional de Defensa del Artesano. También tendrán tarifa
cero de IVA los servicios que presten sus talleres y operarios y
bienes producidos y comercializados por ellos.
SERVICIOS TARIFA 0%
• Los de refrigeración, enfriamiento y congelamiento para conservar los
bienes alimenticios con tarifa cero% de IVA, y en general todos los
productos perecibles, que se exporten así como los de faenamiento,
cortado, pilado, trituración y, la extracción por medios mecánicos o
químicos para elaborar aceites comestibles.
• Los seguros y reaseguros de salud y vida individuales, en grupo,
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• Los prestados por clubes sociales, gremios profesionales, cámaras de la
producción, sindicatos y similares, que cobren a sus miembros cánones,
alícuotas o cuotas que no excedan de 1.500 dólares en el año. Los
servicios que se presten a cambio de cánones, alícuotas, cuotas o
similares superiores a 1.500 dólares en el año estarán gravados con IVA
tarifa 12%.
¿Quién paga realmente el IVA?
LA MAYORIZACIÓN
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• Este libro de contabilidad, tiene por finalidad registrar a manera de
resumen todas las operaciones contabilizadas en el Libro Diario de
tal forma que se facilite la estructuración de los estados
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• En el libro Mayor, se abrirán cuentas independientes, para cada
una de las cuentas que aparezcan en el libro Diario, pero sin repetir
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IVA y Mayorización Contabilidad I

  • 1. Contabilidad I Ing. Ana María Barreiro, MDP ana.mariabarreiro@tecsu.edu.ec
  • 2. Contenido Unidades 5 y 6 • Temas El Impuesto al Valor Agregado La Mayorización • Objetivos Aprender a reconocer y obtener el IVA en las transacciones que grava este impuesto y cómo registrarlo contablemente. Conocer el proceso de la mayorización de las cuentas con el fin de obtener los saldos deudores y acreedores de un período determinado.
  • 3. IMPUESTO ALVALOR AGREGADO •Concepto El Impuesto alValor Agregado (IVA) grava al valor de la transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como a los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos; y al valor de los servicios prestados. Existen básicamente dos tarifas para este impuesto que son 12% y tarifa 0%.
  • 4. ¿Cómo se lo calcula? El IVA se lo calcula sobre la base imponible que está constituida por el precio total en el que se vendan los bienes o se presten los servicios, si se efectúa algún descuento el IVA grava al valor total luego de restar el porcentaje de descuento. En importaciones sobre el valor CIF más impuestos, aranceles y otros gastos imputables al precio.
  • 5. ¿Cuándo se declara? Este impuesto se declara de forma mensual si los bienes que se transfieren o los servicios que se presten están gravados con tarifa 12%; y de manera semestral cuando exclusivamente se transfieran bienes o se presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados, así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado, a menos que sea agente de retención de IVA (cuya declaración será mensual). En el caso de importaciones, la liquidación del IVA se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente.
  • 6. Tabla del SRI con fechas de declaraciones
  • 7. Asientos Contables Una empresa adquiere una computadora valorada en $650,00 + IVA, cancela con cheque. Fecha Detalle Debe Haber 15/06/2017 Equipos de Computación (A+) 650,00 IVA Pagado (A+) 78,00 Bancos (A-) 728,00
  • 8. Asientos Contables Una empresa presta servicios de fumigación valorada en $80,00 + IVA, cancelan con cheque. Fecha Detalle Debe Haber 15/06/2017 Bancos (A+) 89,60 Servicios Prestados (I+) 80,00 IVA cobrado (P+) 9,60
  • 9. El CréditoTributario del IVA El IVA pagado es considerado un crédito tributario (por lo tanto es cuenta de activo) ya que en la declaración mensual el IVA que se pagó se descuenta del IVA que se cobró. Ejemplo: DECLARACIÓN IVA ENERO IVA en Ventas (Cobrado) $36.000,00 IVA en compras (Pagado) $22.000,00 Total a cancelar SRI $14.000,00 Asiento contable de la declaración y pago del IVA. Fecha Detalle Debe Haber 10/02/XX IVA Cobrado (P-) 36.000,00 IVA pagado (A-) 22.000,00 Bancos (A-) 14.000,00
  • 10. El CréditoTributario del IVA El crédito tributario también se da en los casos en que la diferencia entre el IVA cobrado en ventas menos el IVA pagado en compras la declaración arroje saldo a favor (el IVA en compras es mayor al IVA en ventas), dicho saldo será considerado crédito tributario, que se hará efectivo en la declaración del mes siguiente. DECLARACIÓN IVA Febrero IVA en Ventas (Cobrado) $40.000,00 IVA en compras (Pagado) $46.000,00 Total a cancelar SRI $0,00 Saldo a favor para aplicar en la siguiente declaración: $6.000,00 Asiento contable de la declaración del IVA. Fecha Detalle Debe Haber 10/03/XX IVA Cobrado (P-) 40.000,00 Crédito Tributario IVA (A+) 6.000,00 IVA pagado (A-) 46.000,00
  • 11. El CréditoTributario del IVA Como regla de aplicación general y obligatoria, se tendrá derecho a crédito tributario por el IVA pagado en la utilización de bienes y servicios gravados con este impuesto, siempre que tales bienes y servicios se destinen a la producción y comercialización de otros bienes y servicios gravados. • SI • NO
  • 12. El CréditoTributario del IVA No tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado, en las adquisiciones locales e importaciones de bienes o utilización de servicios realizados por los sujetos pasivos que produzcan o vendan bienes o presten servicios gravados en su totalidad con tarifa cero, ni en las adquisiciones o importaciones de activos fijos de los sujetos que produzcan o vendan bienes o presten servicios gravados en su totalidad con tarifa cero. IVA Cobrado Tarifa 0% IVA Pagado en: Compras que no sean PPyE Cuenta Gasto Compras que sean PPy E Forma parte del costo del activo
  • 13. TRANSFERENCIAS NO OBJETO DEL IVA Son aquellas transferencias donde no se causa el IVA: • Aportes en especie a sociedades. • Adjudicaciones por herencia o por liquidación de sociedades, inclusive de la sociedad conyugal. • Ventas de negocios en las que se transfiera el activo y el pasivo. • Fusiones, escisiones y transformaciones de sociedades. • Donaciones a entidades y organismos del sector público, inclusive empresas públicas; y, a instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas. • Cesión de acciones, participaciones sociales y demás títulos valores. • Las cuotas o aportes que realicen los condóminos para el mantenimiento de los condominios dentro del régimen de propiedad horizontal, así como las cuotas para el financiamiento de gastos comunes en urbanizaciones.
  • 14. TRANSFERENCIAS TARIFA 0% • Productos alimenticios de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestales, carnes en estado natural y embutidos; y de la pesca que se mantengan en estado natural, es decir, aquellos que no hayan sido objeto de elaboración, proceso o tratamiento que implique modificación de su naturaleza. La sola refrigeración, enfriamiento o congelamiento para conservarlos, el pilado, el desmote, la trituración, la extracción por medios mecánicos o químicos para la elaboración del aceite comestible, el faenamiento, el cortado y el empaque no se considerarán procesamiento.
  • 15. TRANSFERENCIAS TARIFA 0% • Leches en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producción nacional, quesos y yogures. Leches maternizadas, proteicos infantiles. (Bebidas lácteas producidas en base al suero de leche están gravadas con tarifa 12%) • Pan, azúcar, panela, sal, manteca, margarina, avena, maicena, fideos, harinas de consumo humano, enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha, aceites comestibles, excepto el de oliva.
  • 16. TRANSFERENCIAS TARIFA 0% • Semillas certificadas, bulbos, plantas, esquejes y raíces vivas. Harina de pescado y los alimentos balanceados, y otros preparados que se utilizan como comida de animales que se críen para alimentación humana. Fertilizantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas, herbicidas, aceite agrícola. • Tractores de llantas de hasta 200 hp incluyendo los tipo canguro y los que se utiliza en el cultivo del arroz; arados, rastras, surcadores y vertedores; cosechadoras, sembradoras, cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables, aspersores y rociadores para equipos de riego y demás elementos de uso agrícola, partes y piezas que se establezca por parte del Presidente de la República mediante Decreto.
  • 17. TRANSFERENCIAS TARIFA 0% • Medicamentos y drogas de uso humano, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establecerá anualmente el Presidente de la República, así como la materia prima e insumos importados o adquiridos en el mercado interno para producirlas. En el caso de que por cualquier motivo no se realice las publicaciones antes establecidas, regirán las listas anteriores. Los envases y etiquetas importados o adquiridos en el mercado local que son utilizados exclusivamente en la fabricación de medicamentos de uso humano o veterinario. • Papel bond, libros y material complementario que se comercializa conjuntamente con los libros. • Los que se exporten.
  • 18. TRANSFERENCIAS TARIFA 0% • Los que introduzcan al país los diplomáticos extranjeros y funcionarios de organismos internacionales, regionales y subregionales. • También tienen tarifa cero las donaciones provenientes del exterior que se efectúen en favor de las entidades y organismos del sector público y empresas públicas • Energía Eléctrica. • Lámparas fluorescentes. • Aviones, avionetas y helicópteros destinados al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios. • Vehículos híbridos (hasta $35.000)
  • 19. SERVICIOS TARIFA 0% • Los de transporte nacional terrestre y acuático de pasajeros y carga, así como los de transporte internacional de carga y el transporte de carga nacional aéreo desde, hacia y en la provincia de Galápagos. Incluye también el transporte de petróleo crudo y de gas natural por oleoductos y gasoductos. • Los de salud, incluyendo los de medicina prepagada y los servicios de fabricación de medicamentos. • Los de alquiler o arrendamiento de inmuebles destinados, exclusivamente, para vivienda. • Los servicios públicos de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y los de recolección de basura. • Los de educación en todos los niveles.
  • 20. SERVICIOS TARIFA 0% • Los de guarderías infantiles y de hogares de ancianos. • Los religiosos. • Los de impresión de libros. • Los funerarios. • Los administrativos prestados por el Estado y las entidades del sector público por lo que se deba pagar un precio o una tasa tales como los servicios que presta el Registro Civil, otorgamiento de licencias, registros, permisos y otros. • Los espectáculos públicos. • Los financieros y bursátiles prestados por las entidades legalmente autorizadas para prestar los mismos.
  • 21. SERVICIOS TARIFA 0% • Los paquetes de turismo receptivo, facturados dentro o fuera del país, a personas naturales o sociedades no residentes en el Ecuador. • El peaje y pontazgo que se cobra por la utilización de las carreteras y puentes. • Los sistemas de lotería de la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. • Los de aerofumigación. • Los prestados personalmente por los artesanos calificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano. También tendrán tarifa cero de IVA los servicios que presten sus talleres y operarios y bienes producidos y comercializados por ellos.
  • 22. SERVICIOS TARIFA 0% • Los de refrigeración, enfriamiento y congelamiento para conservar los bienes alimenticios con tarifa cero% de IVA, y en general todos los productos perecibles, que se exporten así como los de faenamiento, cortado, pilado, trituración y, la extracción por medios mecánicos o químicos para elaborar aceites comestibles. • Los seguros y reaseguros de salud y vida individuales, en grupo, asistencia médica y accidentes personales, así como los obligatorios por accidentes de tránsito terrestres. • Los prestados por clubes sociales, gremios profesionales, cámaras de la producción, sindicatos y similares, que cobren a sus miembros cánones, alícuotas o cuotas que no excedan de 1.500 dólares en el año. Los servicios que se presten a cambio de cánones, alícuotas, cuotas o similares superiores a 1.500 dólares en el año estarán gravados con IVA tarifa 12%.
  • 24. LA MAYORIZACIÓN EL LIBRO MAYOR • Este libro de contabilidad, tiene por finalidad registrar a manera de resumen todas las operaciones contabilizadas en el Libro Diario de tal forma que se facilite la estructuración de los estados financieros. • En el libro Mayor, se abrirán cuentas independientes, para cada una de las cuentas que aparezcan en el libro Diario, pero sin repetir una misma cuenta, trasladándose, los débitos y los créditos con referencia al diario en el mismo orden y fecha que tengan.
  • 25. Proceso de Mayorización Un asiento de diario presenta la siguiente información: El libro mayor se presenta de la siguiente manera: Cuenta: Caja Chica