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FACULTAD DE FILOSOFÍA, LETRAS Y
CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
CARRERA DE PEDAGOGÍA DE LAS
CIENCIAS EXPERIMENTALES, QUÍMICA
Y BIOLOGÍA
UNIVERSIDAD
CENTRAL DEL
ECUADOR
Legislación educativa
Chancusig Andrea
Primero “A”
Msc: Ángel Orna
28 de marzo de 2021
ncordancias : Código de
niñez, constitución del
ador del 2008, y la LOEI
2020-2021
DEMOCRACIA
Constitución 2008:
Art.27: -La educación se centrará en el ser
humano y garantizará su desarrollo holístico,
Art.347- literal 2: Garantizar que los centros
educativos sean espacios democráticos de
ejercicio de derechos y convivencia pacífica.
Código de la niñez:
Art .64 lit-4- Cultivar los valores de
respeto, solidaridad, tolerancia, paz,
justicia, equidad y democracia
Principios de la LOEI
Art.2 literal -i- La educación debe
basarse en la transmisión y práctica
de valores que promuevan la libertad
personal, la democracia, el respeto a
los derechos
m. Educación para la democracia
LOEI
Art.6 lit -v, Garantizar una educación para la
democracia, sustentada en derechos y
obligaciones; en principios y valores
Art.7 lit-h- Participar en los procesos
eleccionarios de las directivas de grado, de los
consejos de curso, del consejo estudiantil
DISCRIMINACIÓN
Constitución de la republica
Art. 28: Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación
alguna
Art. 46 literal 7: Protección programas o mensajes, difundidos que promuevan la violencia, o
la discriminación racial o de género
Art. 27: -La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico,
Art. 66 numeral 4: Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.
Art. 44: - El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo
integral de las niñas, niños y adolescentes
Art. 48 numeral 1: La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados
coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica.
Art. 347 numeral 6: Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar
por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes.
PRNCIPIOS LOEI
Art. 2 La actividad
educativa se desarrolla
atendiendo a los
siguientes principios
generales
Literales: a-f-i-k-l-
z
LOEI
Art.3 literal l: desarrollo de una cultura de paz
entre los pueblos y de no violencia entre las
personas.
Art. 6 literal a: Garantizar, bajo los principios
de equidad, igualdad, no discriminación y
libertad,
Art. 7 literales c: Ser tratado con justicia,
dignidad, sin discriminación.
D: Intervenir en el proceso de evaluación, sin
discriminación de ninguna naturaleza;
Art.8 literal e: Tratar con dignidad, respeto y
sin discriminación alguna a los miembros de la
comunidad educativa;
Art. 10 literal f: Recibir una remuneración
acorde con su experiencia sin discriminación de
ninguna naturaleza;
Art. 6: - La principal obligación del Estado es el
cumplimiento pleno, permanente y progresivo de
los derechos y garantías constitucionales en
materia educativa, y de los principios y fines
establecidos en esta Ley literales f-h-o
Código de la niñez y adolescencia
Art.6: Igualdad y no discriminación. Todos
los niños, niñas y adolescentes son iguales
ante la ley y no serán discriminados
Art. 37- 5. Que respete las convicciones
éticas, morales y religiosas de los padres
y de los mismos niños, niñas
adolescentes.
Art. 50: Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a que se respete su
integridad personal, etc.
LAICISMO
Constitución de la republica
Art. 28 Se garantizará el acceso universal,
permanencia, movilidad y egreso sin
discriminación alguna y la obligatoriedad
en el nivel inicial, básico y bachillerato o
su equivalente.
Art. 27 garantizará su desarrollo holístico,
en el marco del respeto a los derechos
humanos
Código de la niñez y
adolescencia
Art. 37 Derecho a la educación.- La
educación pública es laica en
todos sus niveles escolares
PRINCIPIOS DE LA LOEI
Art.2 literal Y.- Laicismo.- Se garantiza la
educación pública laica, se respeta y
mantiene la independencia frente a las
religiones, cultos y doctrinas, evitando la
imposición de cualquiera de ellos, para
garantizar la libertad de conciencia de los
miembros de la comunidad educativa.
AMBIENTE SANO
PRINCIPIOS DE LA
LOEI
Art 2 literal kk.-
Convivencia armónica. -
La educación tendrá como
principio rector la
formulación de acuerdos
de convivencia armónica
entre los actores de la
comunidad educativa.
Constitución de la
República del Ecuador
Art. 66, numeral 27
El derecho a vivir en un
ambiente sano,
ecológicamente equilibrado,
libre de contaminación y en
armonía con la naturaleza.
Código de la niñez y
adolescencia
Art. 32
Derecho a un medio
ambiente sano.- Todo los
niños, niñas y
adolescentes tienen
derecho a
vivir en un ambiente sano
Ley Orgánica de
Educación Intercultural
Art. 3, literal f
El fomento y desarrollo de
una conciencia ciudadana y
planetaria
GRATUIDAD
Constitución 2008
Art. 47.- numeral. 1.- La atención
especializada en las entidades públicas
y privadas Numeral. 4.- Exenciones en
el régimen tributarlo. Numeral 9.- La
atención psicológica gratuita para las
personas con discapacidad y sus
familias
Art.28 .- La educación responderá al
interés público..
Art. 348.- La educación pública será
gratuita y el Estado la financiará de
manera oportuna, regular y suficiente.
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pública será gratuita hasta el tercer
nivel.
PRINCIPIOS LOEI
Art.2 lit-gg: Gratuidad,
todos los centros educativos
públicos están obligados a
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labores pues estos son
pagados por el estado.
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Art.7, literal e.- Recibir
gratuitamente servicios de
carácter social, psicológico y de
atención integral de salud en sus
circuitos educativos
Art.10 lit-a: literal a.- Acceder
gratuitamente a procesos de
desarrollo profesional
Código de la niñez
Art. 12.- Los niños, niñas y
adolescentes tiene prioridad absoluta
a las que se asegurará el acceso
preferente a los servicios públicos y
a cualquier clase de atención que
ellos requieren.
Art. 31.- Todos los niños, niñas y
adolescentes tienen el derecho a una
seguridad social. Es de acceso
efectivo a beneficios generales.
Art.37: Derecho a la educación.-
Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a una educación
de calidad.
IGUALDAD
Constitución 2008
Art.26: La educación garantiza la igualdad e inclusión social y
condición indispensable para el buen vivir
Art.351: - El sistema de educación superior se regirá por los
principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de
oportunidades,
Art.356: se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso,
en la permanencia, y en la movilidad y en el egreso
LOEI
Art.3- fines de la educación: lit-e-i-l,
Art.7- Las y los estudiantes tienen los
siguientes derechos lit-b-j
PRINCIPIOS LOEI
Art.2- La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los
siguientes principios generales, que son los fundamentos
filosóficos, conceptuales y constitucionales que sustentan,
definen y rigen las decisiones y actividades en el ámbito
educativo: LITERAL-f-i-k-l-v
Código de la niñez:
Art.6: Igualdad y no
discriminación.- párrafo-1
Cultura
Constitución 2008
Art.44: párr-2, desarrollo integral de las niñas,
niños y adolescente
Art.45: párr-2, gozarán de los derechos comunes
del ser humano
Art.48: #1, adoptará a favor de las personas con
discapacidad medidas que aseguren a los niños
niñas
Art.66: Se reconoce y garantizará a las personas
derechos de libertad. #2 #24 #28,
Art.27: La educación se centrará en el ser humano y
garantizará su desarrollo holístico,
Art.28: Es derecho de toda persona y comunidad
interactuar entre culturas y participar en una
sociedad que aprende. El Estado promoverá el
diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones.
Art.29: y el derecho de las personas de aprender en
su propia lengua y ámbito cultural
Art.343: el desarrollo de capacidades y
potencialidades individuales y colectivas de la
población
Art.350: desarrollo y difusión de los saberes y las
culturas
LOEI
Art.3- Fines de la educación-
lit-a-b-c-i-k-r
Art.7- Las y los estudiantes
tienen los siguientes derechos
lit-c-n-r
Art.10 - docentes del sector
público tienen los siguientes
derechos lit-b
Art.11- y los docentes tienen las
siguientes obligaciones: lit h-i
PRINCIPIOS LOEI
ART 2 literal z.
Interculturalidad y
plurinacionalidad
Código de la niñez
Art.6- Igualdad y no discriminación.-
Art.7 La ley reconoce y garantiza el
derecho de los niños, niñas y
adolescentes de nacionalidades
indígenas y afro ecuatorianos
Art.11 - El interés superior del niño
párr-3
Art.34 - Derecho a la identidad
cultural.-
Art.37 - Derecho a la educación.- #2
#4,
Art.50 Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a que se
Respete su integridad personal, física,
psicológica, cultural, afectiva y sexual
EQUIDAD DE
GÉNERO
Constitución 2008
Art.27: La educación se centrará en
el ser humano y garantizará su
desarrollo holístico, en el marco del
respeto a los derechos humanos
Art. 47 numeral 7: Una educación que
desarrolle sus potencialidades y
habilidades para su integración y
participación en igualdad de condiciones.
LOEI
ART. 3: LITERAL E: La garantía
del acceso plural y libre a la
información sobre la sexualidad, los
derechos sexuales.
LITERAL I: La Promoción de
igualdades entre hombres, mujeres y
personas diversas para el cambio de
concepciones culturales
discriminatorias
Principios LOEI
a. Universalidad.- Estado garantizar el acceso,
permanencia y calidad de la educación
l. Igualdad de género.-La educación debe
garantizar la igualdad de condiciones,
oportunidades y trato entre hombres y mujeres.
v. Equidad e inclusión.- La equidad e inclusión
aseguran a todas las personas el acceso,
permanencia y culminación en el Sistema
Educativo.
Código de la niñez
Art. 1.- Tiene el fin de lograr su desarrollo
integral y el disfrute pleno de sus
derechos, en un marco de libertad,
dignidad y equidad.
Art. 64 numeral 4.- Cultivar los valores
de respeto, solidaridad, tolerancia, paz,
justicia, equidad y democracia.
INTERÉS
SUPERIOR
Constitución 2008
Art.44 párr-1: El Estado, la sociedad y la
familia promoverán de forma
Prioritaria el desarrollo integral de las niñas,
niños y adolescentes, y asegurarán el
ejercicio pleno de sus derechos
LOEI
Art.2 lit-d: El interés superior de los
niños, niñas y adolescentes, está
orientado a garantizar el ejercicio
efectivo del conjunto de sus derechos
PRINCIPIOS DE LA LOEI
D. Interés superior de los niños, niño y
adolescente.-El interés superior de los niños,
niñas y adolescentes, está orientado a
garantizar el ejercicio efectivo sus derechos.
CÓDIGO DE LA NIÑEZ
Art.1: regula el goce y ejercicio de los
derechos, deberes y responsabilidades
Art.11: El interés superior del niño es
un principio que está orientado a
satisfacer el ejercicio efectivo
Art.22: cuando aquello sea imposible
o contrario a su interés superior
PARTICIPACIÓN
Constitución 2008
Art.45: Las niñas, niños y adolescentes gozarán
de los derechos comunes del ser humano, además
de los específicos de su edad
Art.48 #1: La inclusión social, mediante planes y
programas estatales y privados coordinados
Numeral 4.- La participación política, que
asegurará su representación, de acuerdo con la ley.
Art.66: Literal #24: El derecho a participar en la
vida cultural de la comunidad.
Art.27: -La educación se centrará en el ser
humano y garantizará su desarrollo holístico
Art.28 párr-2: Es derecho de toda persona y
comunidad interactuar entre culturas y participar
en una sociedad que aprende
Art.347 Literal #11: Garantizar la participación
activa de estudiantes, familias y docentes en los
procesos educativos.
Art.355: El Estado reconocerá a las universidades
participación en la planificación nacional.
LOEI
art.2 Literal -m- Educación para la democracia.-
o- Participación ciudadana.- r- Evaluación: Se establece la
evaluación integral
Art.7 lit- -h, Participar en los procesos eleccionarios de las
directivas de grado
Art.8 Literal -b-.- Participar en la evaluación de manera
permanente, a través de procesos internos
f,- .- Participar en los procesos de elección del gobierno escolar
Art.10 lit-g- Participar en concursos de méritos y oposición para
ingresar al Magisterio Ecuatoriano
Literal i.- Participar en el gobierno escolar al que pertenecen
PRINCIPIOS
LOEI
o. Participación
ciudadana
Código de la niñez:
Art.38 lit-b, Promover la participación y el dialogo
Art.52 #1: La participación de niños, niñas y
adolescentes en programas, mensajes publicitarios
Producciones de contenido pornográfico y en
espectáculos cuyos contenidos sean inadecuados
para su edad
Art.79 #12: Participación del agresor o del persona
de la institución en la que se haya producido el
maltrato
LIBERTAD DE
EXPRESIÓN
Constitución de la republica
Art.66: numeral 6: .- El derecho a
opinar y expresar su pensamiento
libremente y en todas sus formas y
manifestaciones.
ART 45: parte 2 y 3.- El Estado
garantizará su libertad de expresión y
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Código de la niñez y
adolescencia
Art.59: Derecho a la libertad de
expresión.
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LOEI
Art.7 literal g: Ejercer activamente su libertad
de organización y expresión
Art.8 literal g: Fundamentar debidamente sus
opiniones y respetar las de los demás;
Art.10 literal c: Expresar libre y
respetuosamente su opinión en todas sus formas
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Art.11 literal e: Respetar el derecho de las y los
estudiantes y de los miembros de la comunidad
educativa, a expresar sus opiniones
fundamentadas
PRNCIPIOS LOEI
m. Educación para la
democracia
VIOLENCIA
Constitución de la republica
Art.45: Las niñas, niños y adolescentes
tienen derecho a la integridad física y
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Art.46 Literal 4: Protección y atención
contra todo tipo de violencia, maltrato,
explotación sexual o de cualquier otra
índole
Art.66 Literal 3: El derecho a la
integridad personal
Art.347 Literal 6: Erradicar todas las
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y velar por la integridad física, psicológica y
sexual de las estudiantes y los estudiantes.
Art. 66 numeral 12: El derecho a la
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Código de la niñez y adolescencia
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LOEI
Art 6, Literal h- . Erradicar todas las formas de violencia en el
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tipo de violencia en las instituciones educativas
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Art. 11 literal l . Promover en los espacios educativos una cultura
de respeto a la diversidad y de erradicación de concepciones
Art. 12 Derechos.- Las madres, los padres de y/o los
representantes legales de las y los estudiantes literal j
PLURINACIONAL
Constitución de la republica
Art 45 p2.- Educarse de manera
prioritaria en su idioma y en los
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pueblos y nacionalidades.
Art 343 numeral 9.- el respeto a los
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Código de la niñez y
adolescencia
Art 7.- La ley reconoce y garantiza el
derecho de los niños, niño y
adolescente de nacionalidades
indígenas y afro ecuatoriano.
PRNCIPIOS LOEI
Z. interculturalidad y
plurinacionalidad
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LOEI
Art. 3 literal- fines de la
educación a, c
Art. 6 literal g- El diseño
curricular considerará siempre la
visión de un Estado plurinacional e
intercultural, En relación a la
diversidad cultural y lingüística
DISCAPACIDAD
Constitución de la republica
Art. 46 numeral 3 Atención preferente
para la plena integración social de
quienes tengan discapacidad. El Estado
garantizará su incorporación en el
sistema de educación regular y en la
sociedad
Art. 47- El Estado garantizará políticas
de prevención de las discapacidades y,
de manera conjunta con la sociedad y la
familia, procurará la equiparación de
oportunidades para las personas con
discapacidad y su integración social.
Numerales 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 11
Art.48- - El Estado adoptará a favor de
las personas con discapacidad medidas
que aseguren Numerales -1-7
Código de la niñez y
adolescencia
Art. 6 Igualdad y no
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Art. 20.- Derecho a la vida
Art. 26.- Derecho a una vida digna
Art. 31.- Derecho a la seguridad
social
LOEI
Art. 10 literal h Ser tratados sin
discriminación, y en el caso de los
docentes con discapacidad,
Art. 11 literal j Elaborar y
ejecutar, en coordinación con la
instancia competente de la
Autoridad Educativa Nacional
Art. 10 literal t Gozar de dos
horas de permiso diario cuando a
su cargo, responsabilidad
PRNCIPIOS LOEI
Art. 2 literal e Atención
prioritaria.- Atención e
integración prioritaria y
especializada de las niñas,
niños y adolescentes con
discapacidad o que padezcan
enfermedades catastróficas
de alta complejidad
INFORMACIÓN
Constitución de la republica
Art 45 p2.- Recibir información acerca de sus progenitores
o familiares Ausentes.
Art. 66, y numeral 25 El derecho a acceder a bienes
y servicios públicos y privados de calidad, con
eficiencia, eficacia y buen trato
Art 347 literal 8 Incorporar las tecnologías de la
información y comunicación en el proceso educativo y
propiciar el enlace de la enseñanza con las
actividades productivas o 103 sociales
Código de la niñez y adolescencia
Art 21.- Derecho a conocer a los progenitores
LOEI
Art 3 Literal e y literal n.- La garantía a
la información
Art 6 literal j Art 6 Literal j.- Garantizar
el uso de las tecnologías de la
información y comunicación en el
proceso educativo.
Art 6 Literal k.- acceder a la información
que consideren pertinentes y que este en
posesión de la institución educativa
PRNCIPIOS LOEI
Art. 2.- Interaprendizaje y
multiaprendizaje. - Se
considera al interaprendizaje y
multiaprendizaje como
instrumentos para potenciar
las capacidades humanas por
medio de la cultura
IDENTIDAD
Constitución de la republica
Art. 45
El Estado reconocerá y garantizará la vida,
incluido el cuidado y protección desde la
concepción.
Art. 66, numeral 28
El derecho a la identidad personal y
colectiva, que incluye tener nombre y
apellido, debidamente registrados y
libremente escogidos; y conservar,
desarrollar y fortalecer las características
materiales e inmateriales de la identidad
Código de la niñez y adolescencia
Art 33 Derecho a la identidad.- Los
niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a la identidad y a
Los elementos que la constituyen,
especialmente el nombre, la
nacionalidad y sus relaciones de
Familia, de conformidad con la ley.
Art 34 Derecho a la identidad cultural.-
Art 35 Derecho a la identificación
LOEI
Art 3 literal c El desarrollo de
la identidad nacional
PRNCIPIOS LOEI
Art. 2 La actividad educativa se
desarrolla atendiendo a los
siguientes principios generales, que
son los fundamentos filosóficos,
conceptuales y constitucionales
que sustentan, definen y rigen las
decisiones y actividades en el
ámbito educativo literal i, s, aa
VIDA DIGNA
Constitución de la republica
Art. 46. Numeral 1.- Atención a menores
de seis años, que garantice su nutrición,
salud, educación y cuidado diario en un
marco de protección integral de sus
derechos.
Art. 66, numeral 2 El derecho a una vida
digna, que asegure la salud, alimentación y
nutrición, agua potable, vivienda,
saneamiento ambiental
Código de la niñez y
adolescencia
Art. 26 derecho a una
vida digna.- Los niños,
niñas y adolescentes
tienen derecho a una
vida digna
LOEI
Art 3, literal i
La Promoción de igualdades entre
hombres, mujeres y personas diversas para
el cambio de concepciones culturales
discriminatorias de cualquier orden
Art 7, literal c
Ser tratado con justicia, dignidad, sin
discriminación, con respeto a su diversidad
individual, cultural, sexual y lingüística, a
sus convicciones ideológicas, políticas y
religiosas
PRNCIPIOS LOEI
Art 2, literal kk
Convivencia armónica.- La
educación tendrá como
principio rector la
formulación de acuerdos de
convivencia armónica entre
los actores de la comunidad
educativa
LIBERTAD DE ASOCIACIÓN
Constitución de la republica
Art. 45.- El Estado garantizará su libertad
de expresión y asociación, el
funcionamiento libre de los consejos
estudiantiles y demás formas asociativas
Art. 66, numeral 13
Art. 66.- 13. El derecho a asociarse,
reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria.
Código de la niñez y
adolescencia
Art. 63
Derecho de libre
asociación. - Los niños,
niñas y adolescentes
tienen derecho a asociarse
libremente con fines
lícitos
LOEI
Art. 10 literal j
Derechos.- literal. j. Ejercer el
derecho a la libertad de
asociación de conformidad con
la Constitución de la República
PRNCIPIOS LOEI
c) Libertad.- La educación
forma a las personas para
la emancipación,
autonomía y el pleno
ejercicio de sus libertades.
SEXUALIDAD
Constitución de la republica
Art. 66 literal 3 a: La integridad física, psíquica, moral y
sexual.
Art 66 literal 9: El derecho a tomar decisiones libres,
informadas, voluntarias y responsables sobre su
sexualidad, y su vida y orientación sexual.
Art 347 literal 4: Asegurar que todas las entidades
educativas impartan una educación en ciudadanía,
sexualidad y ambiente, desde el enfoque de derechos.
Literal 6: Erradicar todas las formas de violencia en el
sistema educativo y velar por la integridad física,
psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes.
PRNCIPIOS LOE
k) Enfoque en derechos.- La acción, práctica y contenidos
educativos deben centrar su acción en las personas y sus
derechos.
Código de la niñez y
adolescencia
Art. 50.- Derecho a la integridad
personal: Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a que se respete su
integridad personal Art. 69.- Concepto de
explotación sexual: Constituyen explotación
sexual la prostitución y la pornografía
infantil.
LOEI
Art. 3 literal e: La garantía del acceso plural y libre a la
información sobre la sexualidad, los derechos sexuales
Art. 11 literal s: “Obligaciones de los docentes” Respetar y
proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los
estudiantes
Art. 6 literal w: Garantizar una educación integral que
incluya la educación en sexualidad
INCLUSIÓN Constitución de la republica
Art. 26 La educación es un derecho de las personas a lo
largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable
Art 27 -La educación se centrará en el ser humano y
garantizará su desarrollo holístico, en el marco del
respeto a los derechos humanos
Art. 48, numeral 1
La inclusión social, mediante planes y programas
estatales y privados coordinados, que fomenten su
participación política, social, cultural, educativa y
económica
Art. 345 párrafo 2
En los establecimientos educativos se proporcionarán
sin costo servicios de carácter social y de apoyo
psicológico, en el marco del sistema de inclusión y
equidad social
Código de la niñez y
adolescencia
Art.40 excluirán toda forma de
Abuso, maltrato y
desvalorización, por tanto,
cualquier forma de castigo cruel,
inhumano y
Degradante.
LOEI
Art. 6
w. Garantizar una educación
integral que incluya la
educación en sexualidad,
humanística, científica como
legítimo derecho al buen vivir
l. Incluir en los currículos de
estudio, de manera progresiva,
la enseñanza de, al menos, un
idioma ancestral; el estudio
PRNCIPIOS LOEI
Art 2 literal v.- Equidad e
inclusión. - La equidad e inclusión
aseguran a todas las personas el
acceso, permanencia y
culminación en el Sistema
Educativo.

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  • 1. FACULTAD DE FILOSOFÍA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN CARRERA DE PEDAGOGÍA DE LAS CIENCIAS EXPERIMENTALES, QUÍMICA Y BIOLOGÍA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR Legislación educativa Chancusig Andrea Primero “A” Msc: Ángel Orna 28 de marzo de 2021 ncordancias : Código de niñez, constitución del ador del 2008, y la LOEI 2020-2021
  • 2. DEMOCRACIA Constitución 2008: Art.27: -La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, Art.347- literal 2: Garantizar que los centros educativos sean espacios democráticos de ejercicio de derechos y convivencia pacífica. Código de la niñez: Art .64 lit-4- Cultivar los valores de respeto, solidaridad, tolerancia, paz, justicia, equidad y democracia Principios de la LOEI Art.2 literal -i- La educación debe basarse en la transmisión y práctica de valores que promuevan la libertad personal, la democracia, el respeto a los derechos m. Educación para la democracia LOEI Art.6 lit -v, Garantizar una educación para la democracia, sustentada en derechos y obligaciones; en principios y valores Art.7 lit-h- Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil
  • 3. DISCRIMINACIÓN Constitución de la republica Art. 28: Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna Art. 46 literal 7: Protección programas o mensajes, difundidos que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género Art. 27: -La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, Art. 66 numeral 4: Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación. Art. 44: - El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes Art. 48 numeral 1: La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica. Art. 347 numeral 6: Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes. PRNCIPIOS LOEI Art. 2 La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los siguientes principios generales Literales: a-f-i-k-l- z LOEI Art.3 literal l: desarrollo de una cultura de paz entre los pueblos y de no violencia entre las personas. Art. 6 literal a: Garantizar, bajo los principios de equidad, igualdad, no discriminación y libertad, Art. 7 literales c: Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación. D: Intervenir en el proceso de evaluación, sin discriminación de ninguna naturaleza; Art.8 literal e: Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los miembros de la comunidad educativa; Art. 10 literal f: Recibir una remuneración acorde con su experiencia sin discriminación de ninguna naturaleza; Art. 6: - La principal obligación del Estado es el cumplimiento pleno, permanente y progresivo de los derechos y garantías constitucionales en materia educativa, y de los principios y fines establecidos en esta Ley literales f-h-o Código de la niñez y adolescencia Art.6: Igualdad y no discriminación. Todos los niños, niñas y adolescentes son iguales ante la ley y no serán discriminados Art. 37- 5. Que respete las convicciones éticas, morales y religiosas de los padres y de los mismos niños, niñas adolescentes. Art. 50: Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete su integridad personal, etc.
  • 4. LAICISMO Constitución de la republica Art. 28 Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente. Art. 27 garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos Código de la niñez y adolescencia Art. 37 Derecho a la educación.- La educación pública es laica en todos sus niveles escolares PRINCIPIOS DE LA LOEI Art.2 literal Y.- Laicismo.- Se garantiza la educación pública laica, se respeta y mantiene la independencia frente a las religiones, cultos y doctrinas, evitando la imposición de cualquiera de ellos, para garantizar la libertad de conciencia de los miembros de la comunidad educativa.
  • 5. AMBIENTE SANO PRINCIPIOS DE LA LOEI Art 2 literal kk.- Convivencia armónica. - La educación tendrá como principio rector la formulación de acuerdos de convivencia armónica entre los actores de la comunidad educativa. Constitución de la República del Ecuador Art. 66, numeral 27 El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza. Código de la niñez y adolescencia Art. 32 Derecho a un medio ambiente sano.- Todo los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir en un ambiente sano Ley Orgánica de Educación Intercultural Art. 3, literal f El fomento y desarrollo de una conciencia ciudadana y planetaria
  • 6. GRATUIDAD Constitución 2008 Art. 47.- numeral. 1.- La atención especializada en las entidades públicas y privadas Numeral. 4.- Exenciones en el régimen tributarlo. Numeral 9.- La atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familias Art.28 .- La educación responderá al interés público.. Art. 348.- La educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y suficiente. Art.356: La educación superior pública será gratuita hasta el tercer nivel. PRINCIPIOS LOEI Art.2 lit-gg: Gratuidad, todos los centros educativos públicos están obligados a que no exista cobro por sus labores pues estos son pagados por el estado. LOEI Art.7, literal e.- Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de atención integral de salud en sus circuitos educativos Art.10 lit-a: literal a.- Acceder gratuitamente a procesos de desarrollo profesional Código de la niñez Art. 12.- Los niños, niñas y adolescentes tiene prioridad absoluta a las que se asegurará el acceso preferente a los servicios públicos y a cualquier clase de atención que ellos requieren. Art. 31.- Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a una seguridad social. Es de acceso efectivo a beneficios generales. Art.37: Derecho a la educación.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad.
  • 7. IGUALDAD Constitución 2008 Art.26: La educación garantiza la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir Art.351: - El sistema de educación superior se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, Art.356: se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso, en la permanencia, y en la movilidad y en el egreso LOEI Art.3- fines de la educación: lit-e-i-l, Art.7- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos lit-b-j PRINCIPIOS LOEI Art.2- La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los siguientes principios generales, que son los fundamentos filosóficos, conceptuales y constitucionales que sustentan, definen y rigen las decisiones y actividades en el ámbito educativo: LITERAL-f-i-k-l-v Código de la niñez: Art.6: Igualdad y no discriminación.- párrafo-1
  • 8. Cultura Constitución 2008 Art.44: párr-2, desarrollo integral de las niñas, niños y adolescente Art.45: párr-2, gozarán de los derechos comunes del ser humano Art.48: #1, adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren a los niños niñas Art.66: Se reconoce y garantizará a las personas derechos de libertad. #2 #24 #28, Art.27: La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, Art.28: Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones. Art.29: y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural Art.343: el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población Art.350: desarrollo y difusión de los saberes y las culturas LOEI Art.3- Fines de la educación- lit-a-b-c-i-k-r Art.7- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos lit-c-n-r Art.10 - docentes del sector público tienen los siguientes derechos lit-b Art.11- y los docentes tienen las siguientes obligaciones: lit h-i PRINCIPIOS LOEI ART 2 literal z. Interculturalidad y plurinacionalidad Código de la niñez Art.6- Igualdad y no discriminación.- Art.7 La ley reconoce y garantiza el derecho de los niños, niñas y adolescentes de nacionalidades indígenas y afro ecuatorianos Art.11 - El interés superior del niño párr-3 Art.34 - Derecho a la identidad cultural.- Art.37 - Derecho a la educación.- #2 #4, Art.50 Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se Respete su integridad personal, física, psicológica, cultural, afectiva y sexual
  • 9. EQUIDAD DE GÉNERO Constitución 2008 Art.27: La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos Art. 47 numeral 7: Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y participación en igualdad de condiciones. LOEI ART. 3: LITERAL E: La garantía del acceso plural y libre a la información sobre la sexualidad, los derechos sexuales. LITERAL I: La Promoción de igualdades entre hombres, mujeres y personas diversas para el cambio de concepciones culturales discriminatorias Principios LOEI a. Universalidad.- Estado garantizar el acceso, permanencia y calidad de la educación l. Igualdad de género.-La educación debe garantizar la igualdad de condiciones, oportunidades y trato entre hombres y mujeres. v. Equidad e inclusión.- La equidad e inclusión aseguran a todas las personas el acceso, permanencia y culminación en el Sistema Educativo. Código de la niñez Art. 1.- Tiene el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad. Art. 64 numeral 4.- Cultivar los valores de respeto, solidaridad, tolerancia, paz, justicia, equidad y democracia.
  • 10. INTERÉS SUPERIOR Constitución 2008 Art.44 párr-1: El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma Prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos LOEI Art.2 lit-d: El interés superior de los niños, niñas y adolescentes, está orientado a garantizar el ejercicio efectivo del conjunto de sus derechos PRINCIPIOS DE LA LOEI D. Interés superior de los niños, niño y adolescente.-El interés superior de los niños, niñas y adolescentes, está orientado a garantizar el ejercicio efectivo sus derechos. CÓDIGO DE LA NIÑEZ Art.1: regula el goce y ejercicio de los derechos, deberes y responsabilidades Art.11: El interés superior del niño es un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo Art.22: cuando aquello sea imposible o contrario a su interés superior
  • 11. PARTICIPACIÓN Constitución 2008 Art.45: Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad Art.48 #1: La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados Numeral 4.- La participación política, que asegurará su representación, de acuerdo con la ley. Art.66: Literal #24: El derecho a participar en la vida cultural de la comunidad. Art.27: -La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico Art.28 párr-2: Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende Art.347 Literal #11: Garantizar la participación activa de estudiantes, familias y docentes en los procesos educativos. Art.355: El Estado reconocerá a las universidades participación en la planificación nacional. LOEI art.2 Literal -m- Educación para la democracia.- o- Participación ciudadana.- r- Evaluación: Se establece la evaluación integral Art.7 lit- -h, Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado Art.8 Literal -b-.- Participar en la evaluación de manera permanente, a través de procesos internos f,- .- Participar en los procesos de elección del gobierno escolar Art.10 lit-g- Participar en concursos de méritos y oposición para ingresar al Magisterio Ecuatoriano Literal i.- Participar en el gobierno escolar al que pertenecen PRINCIPIOS LOEI o. Participación ciudadana Código de la niñez: Art.38 lit-b, Promover la participación y el dialogo Art.52 #1: La participación de niños, niñas y adolescentes en programas, mensajes publicitarios Producciones de contenido pornográfico y en espectáculos cuyos contenidos sean inadecuados para su edad Art.79 #12: Participación del agresor o del persona de la institución en la que se haya producido el maltrato
  • 12. LIBERTAD DE EXPRESIÓN Constitución de la republica Art.66: numeral 6: .- El derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones. ART 45: parte 2 y 3.- El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre delos consejos estudiantiles y demás formas asociativas. Código de la niñez y adolescencia Art.59: Derecho a la libertad de expresión. Art.60: Derecho a ser consultados. LOEI Art.7 literal g: Ejercer activamente su libertad de organización y expresión Art.8 literal g: Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los demás; Art.10 literal c: Expresar libre y respetuosamente su opinión en todas sus formas y manifestaciones Art.11 literal e: Respetar el derecho de las y los estudiantes y de los miembros de la comunidad educativa, a expresar sus opiniones fundamentadas PRNCIPIOS LOEI m. Educación para la democracia
  • 13. VIOLENCIA Constitución de la republica Art.45: Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica Art.46 Literal 4: Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole Art.66 Literal 3: El derecho a la integridad personal Art.347 Literal 6: Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes. Art. 66 numeral 12: El derecho a la objeción de conciencia, que no podrá menoscabar otros derechos, ni causar daño a las personas o a la naturaleza Código de la niñez y adolescencia Art.17 Deber jurídico de denunciar contra cualquier tipo de violencia a un niño Art.40: excluirán toda forma de abuso, maltrato y desvalorización, por tanto, cualquier forma de castigo cruel, inhumano y degradante. Art. 41 Sanciones prohibidas.- Numeral: 1. 2. 3 Art. 50: Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen. PRNCIPIOS LOEI Art. 2 literal t Cultura de paz y solución de conflictos LOEI Art 6, Literal h- . Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo Art 7, Literal i- Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas Art 3- - Son fines de la educación literal a, l, m Art. 11 literal l . Promover en los espacios educativos una cultura de respeto a la diversidad y de erradicación de concepciones Art. 12 Derechos.- Las madres, los padres de y/o los representantes legales de las y los estudiantes literal j
  • 14. PLURINACIONAL Constitución de la republica Art 45 p2.- Educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades. Art 343 numeral 9.- el respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades Código de la niñez y adolescencia Art 7.- La ley reconoce y garantiza el derecho de los niños, niño y adolescente de nacionalidades indígenas y afro ecuatoriano. PRNCIPIOS LOEI Z. interculturalidad y plurinacionalidad bb. Plurilingüismo LOEI Art. 3 literal- fines de la educación a, c Art. 6 literal g- El diseño curricular considerará siempre la visión de un Estado plurinacional e intercultural, En relación a la diversidad cultural y lingüística
  • 15. DISCAPACIDAD Constitución de la republica Art. 46 numeral 3 Atención preferente para la plena integración social de quienes tengan discapacidad. El Estado garantizará su incorporación en el sistema de educación regular y en la sociedad Art. 47- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Numerales 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 11 Art.48- - El Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren Numerales -1-7 Código de la niñez y adolescencia Art. 6 Igualdad y no discriminación Art. 20.- Derecho a la vida Art. 26.- Derecho a una vida digna Art. 31.- Derecho a la seguridad social LOEI Art. 10 literal h Ser tratados sin discriminación, y en el caso de los docentes con discapacidad, Art. 11 literal j Elaborar y ejecutar, en coordinación con la instancia competente de la Autoridad Educativa Nacional Art. 10 literal t Gozar de dos horas de permiso diario cuando a su cargo, responsabilidad PRNCIPIOS LOEI Art. 2 literal e Atención prioritaria.- Atención e integración prioritaria y especializada de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad o que padezcan enfermedades catastróficas de alta complejidad
  • 16. INFORMACIÓN Constitución de la republica Art 45 p2.- Recibir información acerca de sus progenitores o familiares Ausentes. Art. 66, y numeral 25 El derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato Art 347 literal 8 Incorporar las tecnologías de la información y comunicación en el proceso educativo y propiciar el enlace de la enseñanza con las actividades productivas o 103 sociales Código de la niñez y adolescencia Art 21.- Derecho a conocer a los progenitores LOEI Art 3 Literal e y literal n.- La garantía a la información Art 6 literal j Art 6 Literal j.- Garantizar el uso de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso educativo. Art 6 Literal k.- acceder a la información que consideren pertinentes y que este en posesión de la institución educativa PRNCIPIOS LOEI Art. 2.- Interaprendizaje y multiaprendizaje. - Se considera al interaprendizaje y multiaprendizaje como instrumentos para potenciar las capacidades humanas por medio de la cultura
  • 17. IDENTIDAD Constitución de la republica Art. 45 El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción. Art. 66, numeral 28 El derecho a la identidad personal y colectiva, que incluye tener nombre y apellido, debidamente registrados y libremente escogidos; y conservar, desarrollar y fortalecer las características materiales e inmateriales de la identidad Código de la niñez y adolescencia Art 33 Derecho a la identidad.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la identidad y a Los elementos que la constituyen, especialmente el nombre, la nacionalidad y sus relaciones de Familia, de conformidad con la ley. Art 34 Derecho a la identidad cultural.- Art 35 Derecho a la identificación LOEI Art 3 literal c El desarrollo de la identidad nacional PRNCIPIOS LOEI Art. 2 La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los siguientes principios generales, que son los fundamentos filosóficos, conceptuales y constitucionales que sustentan, definen y rigen las decisiones y actividades en el ámbito educativo literal i, s, aa
  • 18. VIDA DIGNA Constitución de la republica Art. 46. Numeral 1.- Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco de protección integral de sus derechos. Art. 66, numeral 2 El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental Código de la niñez y adolescencia Art. 26 derecho a una vida digna.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una vida digna LOEI Art 3, literal i La Promoción de igualdades entre hombres, mujeres y personas diversas para el cambio de concepciones culturales discriminatorias de cualquier orden Art 7, literal c Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y lingüística, a sus convicciones ideológicas, políticas y religiosas PRNCIPIOS LOEI Art 2, literal kk Convivencia armónica.- La educación tendrá como principio rector la formulación de acuerdos de convivencia armónica entre los actores de la comunidad educativa
  • 19. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Constitución de la republica Art. 45.- El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas asociativas Art. 66, numeral 13 Art. 66.- 13. El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria. Código de la niñez y adolescencia Art. 63 Derecho de libre asociación. - Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a asociarse libremente con fines lícitos LOEI Art. 10 literal j Derechos.- literal. j. Ejercer el derecho a la libertad de asociación de conformidad con la Constitución de la República PRNCIPIOS LOEI c) Libertad.- La educación forma a las personas para la emancipación, autonomía y el pleno ejercicio de sus libertades.
  • 20. SEXUALIDAD Constitución de la republica Art. 66 literal 3 a: La integridad física, psíquica, moral y sexual. Art 66 literal 9: El derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual. Art 347 literal 4: Asegurar que todas las entidades educativas impartan una educación en ciudadanía, sexualidad y ambiente, desde el enfoque de derechos. Literal 6: Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes. PRNCIPIOS LOE k) Enfoque en derechos.- La acción, práctica y contenidos educativos deben centrar su acción en las personas y sus derechos. Código de la niñez y adolescencia Art. 50.- Derecho a la integridad personal: Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete su integridad personal Art. 69.- Concepto de explotación sexual: Constituyen explotación sexual la prostitución y la pornografía infantil. LOEI Art. 3 literal e: La garantía del acceso plural y libre a la información sobre la sexualidad, los derechos sexuales Art. 11 literal s: “Obligaciones de los docentes” Respetar y proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes Art. 6 literal w: Garantizar una educación integral que incluya la educación en sexualidad
  • 21. INCLUSIÓN Constitución de la republica Art. 26 La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable Art 27 -La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos Art. 48, numeral 1 La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica Art. 345 párrafo 2 En los establecimientos educativos se proporcionarán sin costo servicios de carácter social y de apoyo psicológico, en el marco del sistema de inclusión y equidad social Código de la niñez y adolescencia Art.40 excluirán toda forma de Abuso, maltrato y desvalorización, por tanto, cualquier forma de castigo cruel, inhumano y Degradante. LOEI Art. 6 w. Garantizar una educación integral que incluya la educación en sexualidad, humanística, científica como legítimo derecho al buen vivir l. Incluir en los currículos de estudio, de manera progresiva, la enseñanza de, al menos, un idioma ancestral; el estudio PRNCIPIOS LOEI Art 2 literal v.- Equidad e inclusión. - La equidad e inclusión aseguran a todas las personas el acceso, permanencia y culminación en el Sistema Educativo.