SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 33
Descargar para leer sin conexión
LA EXTINCIÓN DE
LAS OBLIGACIONES
B Á R B A R A S A L A Z A R
UBA
ÍNDICE
1. Mutuo disenso
-El mutuo disenso en el Código Civil
-Análisis jurisprudencial del mutuo disenso tácito en la experiencia de la Corte Suprema de Justicia.
-Extinción de trabajo mediante la suscripción de mutuo disensos como alternativa al procedimiento de cese colectivo.
-Separación de mutuo disenso o acuerdo como causal de divorcio.
-Problemas jurisprudenciales del mutuo disenso tácito por mutuo incumplimiento.
2. Muerte
-Sucesión de empresa y extinción de contrato por muerte, incapacidad o jubilación.
-Identidades de funciones o efectos provenientes de la negocialidad entre vivos y por causa de muerte.
-Estudio de la extinción del mandato desde un punto de vista jurisprudencial.
-Necesidad de extinguir el juicio de inventario como requisito para la sucesión por causa de muerte.
-La muerte de un familiar en accidente de tráfico: cuestiones controvertidas con ocasión de la STS de 1 de abril de 2009.
3. Prescripción extintiva
-En torno a la prescripción extintiva
-La prescripción extintiva y la caducidad
-La prescripción de la acción reivindicatoria
-La prescripción extintiva de obligaciones solidarias
-La noción y función de la exigibilidad para la fijación del punto de partida de la prescripción extintiva de las obligaciones
-La prescripción extintiva en materia civil
4. Referencias Bibliográficas
MUTUO
DISENSO
EL MUTUO DISENSO EN EL CÓDIGO CIVIL
Resumen:
El mutuo disenso es un medio extintivo obligacional que proviene de un consentimiento prestado de manera opuesta o
contraria al primigenio. se trata, entonces, de un contrato cuyo contenido es justamente lo inverso a la constitución del vínculo
obligatorio, con el cual se elimina, en virtud de la voluntad de ambas partes, el acuerdo anterior. en el presente artículo, los
autores se encargan de analizar el contenido del artículo 1313 del Código Civil y precisar los alcances y limitaciones de esta
figura.
F e l i p e O s t e r l i n g P a r o d i y M a r i o C a s t i l l o F r e y r e ( 2 0 1 3 )
Aporte:
Una perspectiva más amplia sobre el mutuo disenso en el código civil de otros países de América Latina.
ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL DEL MUTUO DISENSO TÁCITO
EN LA EXPERIENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Resumen:
En el presente texto se expondrá el Mutuo disenso tácito entendido como un acto extintivo de un vínculo contractual que, aunque
mutuamente incumplido se encuentra vigente. Esta figura jurídica es independiente y se diferencia de otras instituciones jurídicas,
debe ser declarada judicialmente y tiene como presupuestos para su configuración el mutuo y simultáneo o concomitante
incumplimiento de las partes obligaciones derivadas de un contrato bilateral, válido y vigente por ellas celebrado, además, impone
acreditar del comportamiento tácito de las partes la voluntad inequívocamente dirigida a romper el vínculo contractual. A
continuación, se presentará la línea jurisprudencial compuesta por los pronunciamientos que sobre Mutuo disenso tácito ha tenido la
Corte Suprema de Justicia, donde se evidencian las tres posturas que este tribunal ha tenido en sede de Casación, la primera de
ellas apuntó a no configurarlo con fundamento en los presupuestos de la resolución, la segunda admitió su configuración ante el
simple hecho del incumplimiento recíproco y, por último, la tercera posición que exige además acreditar del comportamiento tácito
de los contratantes la voluntad de disolver el vínculo contractual. Lo anterior, para concluir que la jurisprudencia de la Corte Suprema
de Justicia varió a lo largo del tiempo y determinó así, los elementos fácticos y fundamentos jurídicos del Mutuo disenso tácito cuya
construcción jurisprudencial se ha desarrollado en aras de perfeccionar las instituciones jurídicas y adecuarlas a la realidad social.
J o h n n a t t a n S t e v e n A l b a r r a c i n J o y a ( 2 0 1 6 )
ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL DEL MUTUO DISENSO TÁCITO
EN LA EXPERIENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aporte:
Descripción exhaustiva y práctica sobre el mutuo disenso de naturaleza tácita; aquel que se encuentra vigente aunque no es
cumplido. De esta manera, presenta una serie de casos de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, en forma de enriquecer la
concepción y entendimiento de este tipo de acto extintivo.
J o h n n a t t a n S t e v e n A l b a r r a c i n J o y a ( 2 0 1 6 )
EXTINCIÓN DE TRABAJO MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE MUTUO
DISENSOS COMO ALTERNATIVA AL PROCEDIMIENTO DE CESE COLECTIVO
Resumen:
En la presente investigación exploramos la extinción de contratos de trabajo por mutuo acuerdo como alternativa al procedimiento de cese
colectivo que contiene una regulación genérica por causas objetivas vinculadas a motivos económicos, tecnológicos o estructurales, y en donde el
empleador debe demostrar que ha cumplido con proporcionar la información pertinente, la nómina de trabajadores afectados a la parte laboral para
entablar negociaciones en trato directo y probar mediante una pericia contable ante la Autoridad Administrativa de Trabajo que tiene la necesidad
empresarial de cesar una determinada cantidad de puestos de trabajo en su empresa.
En ese contexto, nuestro objetivo es describir el mutuo disenso como posible alternativa al procedimiento de cese colectivo.
La metodología empleada fue analizar Resoluciones Directorales Generales emitidas por la Dirección General de Trabajo en la materia para identificar
factores jurídicos determinantes en la autorización del cese colectivo, identificar la incidencia del mutuo disenso e identificar pros y contras de su
celebración, en el marco de un procedimiento de cese que tiene un resultado incierto además donde la parte laboral se encuentran en una situación
de desventaja económica y probatoria respecto al empleador.
Se halló criterios que la A.A.T. aspirando cubrir las deficiencias normativas ha desarrollado a través de precedentes administrativos para pronunciarse
sobre las solicitudes de cese formuladas y una tendencia a desaprobarlas. Sobre el mutuo disenso, como figura jurídica tiene relativa incidencia en el
procedimiento, aunque su celebración es provechosa, fundamentalmente para el empleador.
En el desarrollo del este trabajo, se ha tenido en cuenta los conceptos fundamentales sobre contrato de trabajo, extinción del contrato de trabajo,
mutuo disenso, procedimiento de cese colectivo, estabilidad laboral y libertad de empresa.
C a r l o s A l f r e d o A r a u j o A l v a r a d o y C é s a r A u g u s t o C a r b a j a l A l a y a ( 2 0 2 1 )
EXTINCIÓN DE TRABAJO MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE MUTUO
DISENSOS COMO ALTERNATIVA AL PROCEDIMIENTO DE CESE COLECTIVO
C a r l o s A l f r e d o A r a u j o A l v a r a d o y C é s a r A u g u s t o C a r b a j a l A l a y a ( 2 0 2 1 )
Aporte:
Explora el mutuo disenso en el ámbito laboral, aplicado como alternativa al procedimiento de cese colectivo. Se exploran
normativas que son deficientes en el procedimiento de cese colectivo para justificar la inclusión de mutuo disenso. Además, se
exploraron conceptos fundamentales dentro del contexto plantead. Su aporte principal es el establecimiento del mutuo disenso
como figura jurídica provechosa para el empleador.
SEPARACIÓN DE MUTUO DISENSO O ACUERDO
COMO CAUSAL DE DIVORCIO
Resumen:
La presente tesis que el postulante pone en consideración del tribunal examinador para optar el grado de Magíster en Derecho,
tiene por objeto el estudio de una nueva causal de divorcio como es: “Separación de mutuo disenso o acuerdo como causal de
divorcio”.
Se pretende diseñar el marco metodológico – investigativo que seguirá el presente trabajo, desarrollando una justificación en torno
a la vigencia y pertinencia del tema de investigación, del mismo modo, se trazan los objetivos y el diseño metodológico de la
investigación.
Se hace recopilación de datos, conceptos referentes a la unión como matrimonio, hasta la ruptura de la relación matrimonial, las
diferentes causas de disolución que tiene nuestro ordenamiento jurídico, las consecuencias que acarrea la desvinculación matrimonio.
Mediante la legislación comparada se muestra la aplicabilidad del tema que es sujeto a estudio, además se encuentra la encuesta
realizada, la cual nos da un parámetro.
Se hace una propuesta de Proyecto de Ley para que el Congreso Nacional pueda elevar a rango de ley. Finalmente, haciendo un
análisis histórico, jurídico, doctrinal se llegaron a varias conclusiones y recomendaciones convenientes al tema de estudio.
E m e r s o n M o s t a c e d o E s p a d a ( 2 0 0 9 )
SEPARACIÓN DE MUTUO DISENSO O ACUERDO
COMO CAUSAL DE DIVORCIO
E m e r s o n M o s t a c e d o E s p a d a ( 2 0 0 9 )
Aporte:
Nueva propuesta para causa de divorcio a través del mutuo disenso. Se trata de un trabajo especial de grado por lo que,
luego de estudiar el contexto jurídico en el Perú, se propone el presente como un elemento a usarse.
Es importante dado que, al ser países latinoamericanos, tienen especial influencia en el derecho venezolano por múltiples
organizaciones y, además, por rasgos característicos y comunes con los códigos civiles y demás leyes en los distintos países de
Latinoamérica.
PROBLEMAS JURISPRUDENCIALES DEL MUTUO
DISENSO TÁCITO POR MUTUO INCUMPLIMIENTO
Resumen:
En el derecho privado colombiano ha sido ardua la discusión sobre cuál puede ser la adecuada interpretación jurídica para
resolver el problema del mutuo y simultáneo incumplimiento de los contratos de promesa de compraventa. Ello se puede
constatar en la pluralidad de posturas jurisprudenciales que ha producido la Corte Suprema de Justicia en la que se destaca la
tesis jurisprudencial del mutuo disenso tácito de la que se exponen dos modalidades: el mutuo y simultáneo incumplimiento
como equivalente al mutuo disenso tácito; y la del mutuo y concomitante incumplimiento más otras circunstancias de cada uno
de los contratantes que den certeza de su voluntad recíproca de prescindir del contrato previo, presupuestos éstos exigidos
como necesarios para estructurar la otra modalidad que es la vigente en el. Igualmente, se hallan otras posturas: por ejemplo la
que permite la procedencia concurrente de las pretensiones de resolución, o de cumplimiento, o de mutuo disenso tácito,
según e; o la que, solo acepta la resolución y el mutuo disenso; o la que niega la improcedencia de las pretensiones de
resolución o de cumplimiento pero sin establecer fórmula alguna de solución.
Todo este escenario, por sí solo es revelador de lo arduo y polémico que ha resultado para la jurisprudencia afrontar el
problema. No obstante, resulta dable sostener que aún no se ha logrado una solución concluyente dadas las contradicciones y
vacíos de que adolece cada una de las tesis jurisprudenciales enunciadas incluida la postura vigente del mutuo disenso tácito.
Ello justifica el objeto de estudios como el aquí se propone, el cual se dedica solo al problema del mutuo disenso tácito.
J o s é H e l v e r t R a m o s ( 2 0 1 1 )
PROBLEMAS JURISPRUDENCIALES DEL MUTUO
DISENSO TÁCITO POR MUTUO INCUMPLIMIENTO
J o s é H e l v e r t R a m o s ( 2 0 1 1 )
Aporte:
Se realiza una revisión exhaustiva sobre la adecuada interpretación jurídica para el mutuo disenso tácito. En este sentido, se
remite, específicamente, al caso de los acuerdos de compra-venta, por lo que refiere una nueva perspectiva del mutuo disenso
tácito en los hechos de carácter jurídico. De esta manera, se examina el mutuo disenso tácito para proponer soluciones en
cuanto se encuentran vacíos legales y contradicciones que influyen en los procesos legales relacionados.
MUERTE
SUCESIÓN DE EMPRESA Y EXTINCIÓN DE CONTRATO
POR MUERTE, INCAPACIDAD O JUBILACIÓN
Resumen:
La realización de éste trabajo tiene como objetivo el estudio de las consecuencias jurídicas en el ámbito laboral que producen
diferentes fenómenos como la sucesión empresarial (ya sea por venta o herencia), o las diferentes extinciones de los
contratos de trabajo que se producen por desaparición de los sujetos (tanto empresarios como trabajadores) debido a las
circunstancias de muerte, incapacidad y jubilación. Dicho estudio pretende aclarar todos los puntos conflictivos de estos
supuestos con una especial mención a los arts. 44 ,49.1,g), 49 e), 51 de la LET entre otra normativa aplicable (por ejemplo
normativa de la Seguridad Social) y del trato que hace de la misma la actual jurisprudencia.
Este es un tema de gran relevancia actual puesto que con el fenómeno de globalización existente, sumado a la crisis
económica del momento son necesarios los mecanismos descritos anteriormente, primero para una correcta seguridad jurídica
en todas las relaciones existentes y en segundo lugar pero no menos importante la protección de los protección de los
trabajadores ante las diferentes sucesiones de empresa o en otros supuestos en los que desaparece la figura de empresario.
J a v i e r Á l a m o G o n z á l e z ( 2 0 1 3 )
SUCESIÓN DE EMPRESA Y EXTINCIÓN DE CONTRATO
POR MUERTE, INCAPACIDAD O JUBILACIÓN
J a v i e r Á l a m o G o n z á l e z ( 2 0 1 3 )
Aporte:
Se basa en la extinción de obligaciones para procesos jurídicos de naturaleza empresarial. Específicamente, en la sucesión de
empresa. La extinción de estas obligaciones, por muerte, estará asociado a consecuencias jurídicas con posibles puntos
conflictivos. Así, se han revisado y analizado dichos casos dada la relevancia actual del tema, por lo que aporta gran contenido
teórico acerca de posibles complicaciones y detalles importantes en estos procesos.
IDENTIDADES DE FUNCIONES O EFECTOS PROVENIENTES DE
LA NEGOCIALIDAD ENTRE VIVOS Y POR CAUSA DE MUERTE
Resumen:
Sobre la base de reconocer que al menos hay dos métodos para analizar las figuras del Derecho, uno que atiende a sus
estructuras y otro a sus funciones, en aplicación de este último el presente artículo verifica la existencia de un paralelismo de
funciones que pueden tener lugar tanto entre vivos, aunque por lo general merced a estructuras contractuales, como por
causa de muerte por medio a estructuras legatarias; de modo que diversas estructuras pueden cumplir, en su orden, las
mismas funciones: la constitución de derechos reales y de derechos personales, la circulación del dominio de las cosas
corporales, la circulación de derechos reales y de derechos personales, la extinción de derecho reales, la tipologización de las
obligaciones, la tipologización de los efectos de las obligaciones, la posibilidad de pago, remisión, compensación y confusión
entre vivos y por causa de muerte.
A l e j a n d r o G u z m á n B r i t o ( 2 0 0 9 )
IDENTIDADES DE FUNCIONES O EFECTOS PROVENIENTES DE
LA NEGOCIALIDAD ENTRE VIVOS Y POR CAUSA DE MUERTE
A l e j a n d r o G u z m á n B r i t o ( 2 0 0 9 )
Aporte:
Este artículo examina la extinción de obligaciones por causa de muerte como una de las funciones de las figuras del Derecho.
Este es, en este sentido, un efecto proveniente de dicha situación. La extinción de obligaciones y derechos reales, así, está
ligada a estructuras contractuales.
ESTUDIO DE LA EXTINCIÓN DEL MANDATO DESDE UN
PUNTO DE VISTA JURISPRUDENCIAL
Resumen:
En el presente trabajo se realiza un análisis de la jurisprudencia recaída a propósito de la extinción del mandato, prestándose
especial atención al supuesto de la revocación, estudiándose sus formas, efectos y excepciones.
J o s é R a m ó n d e V e r d a y B e a m o n t e y E n r i q u e J o s é E s c r i v á T e r á n ( 2 0 1 5 )
Aporte:
El estudio de la extinción del mandato, por causa de muerte, es otro ejemplo práctico de la extinción de obligaciones por las
estrategias o razones expuesta.
NECESIDAD DE EXTINGUIR EL JUICIO DE INVENTARIO COMO
REQUISITO PARA LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE
Resumen:
Actualmente las normas civiles, están pasando por un proceso de transformación en el Ecuador, por lo que se necesita
igualmente realizar una actualización al régimen de la sucesión por causa de muerte, específicamente a lo que se refiere al
inventario y partición de bienes del difunto.
Es así, que en la actualidad el Art. 1001 del Código Civil, habla de la formación del acervo líquido en toda sucesión por causa
de muerte, es decir la masa de bienes que el difunto dejó, e incluso créditos tributarios, pero como es la costumbre toda
persona que se crea asistida por esa clase de derechos concurre al beneficio del juicio de inventario, el mismo que tiene un
procedimiento especial; de ahí, que para cualquier partición de bienes hereditarios es necesario acogerse a dicho beneficio, el
mismo que consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias,
sino hasta el valor de los bienes que han heredado. Lastimosamente el proceso de inventarios es tratado en libro separado
del derecho principal que es la partición de los bienes hereditarios, lo que no está acorde a los principios de celeridad,
simplicidad y agilidad jurídica constitucionalmente reconocidos en la Carta Magna.
H é c t o r I v á n J á c o m e E s p i n o z a ( 2 0 1 8 )
NECESIDAD DE EXTINGUIR EL JUICIO DE INVENTARIO COMO
REQUISITO PARA LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE
H é c t o r I v á n J á c o m e E s p i n o z a ( 2 0 1 8 )
Aporte:
En lugar de analizar el proceso jurídico, se propone la simplificación del proceso que supone la sucesión por causa de muerte.
A diferencia de otros artículos, se presentan razones para la actualización al régimen de la sucesión por muerte. De manera
específica, se estudia el caso de la herencia del difunto.
Al ser una investigación presentada para el Ecuador, supone gran importancia jurídica para Venezuela por lo descrito
anteriormente.
LA MUERTE DE UN FAMILIAR EN ACCIDENTE DE TRÁFICO:
CUESTIONES CONTROVERTIDAS CON OCASIÓN DE LA STS DE 1
DE ABRIL DE 2009
Resumen:
La LRCSVM establece qué personas se consideran perjudicadas por la muerte de un familiar en accidente de tráfico. En este
trabajo se parte de la teoría de la doble presunción según la cual debe permitirse demostrar que personas que se contemplan
como perjudicadas por la ley no han sufrido realmente daño alguno y que personas que no se consideran como tales sí lo han
sufrido y deben, por tanto, ser indemnizadas por ello. Para resolver la cuestión de cómo cuantificar la indemnización de quien
no aparece en el baremo como perjudicado debe acudirse al recurso de la analogía o, incluso, en caso de no ser ello posible,
al régimen general del art. 1902 CC.
Por otra parte, la exclusión de cobertura del seguro de responsabilidad civil de los daños morales que sufre el causante del
accidente por la muerte de sus familiares se desprende del régimen general de responsabilidad civil pues no se da la
alteridad del daño. Además en caso de considerar que llega a nacer una obligación, ésta quedaría automáticamente
extinguida por confusión. Por ello, no es necesario que la ley prevea dicha exclusión. En cambio, la exclusión de cobertura de
los daños morales de los familiares por la muerte del causante del accidente no se debe a la falta de ajenidad del daño sino a
que el legislador así lo ha previsto porque ese daño moral deriva de un hecho que sí está excluido de cobertura por este
motivo: la muerte del causante del accidente. En el trabajo se cuestiona la oportunidad de tal medida pues se deja
desprotegido al familiar del causante del accidente.
A l e j a n d r a d e L a m a A y m á ( 2 0 1 0 )
LA MUERTE DE UN FAMILIAR EN ACCIDENTE DE TRÁFICO:
CUESTIONES CONTROVERTIDAS CON OCASIÓN DE LA STS DE 1
DE ABRIL DE 2009
A l e j a n d r a d e L a m a A y m á ( 2 0 1 0 )
Aporte:
Se estudia, a manera más general, la extinción de obligaciones por causa de muerte en el contexto de los accidentes de
tránsito y las personas perjudicadas por ello. De esta forma, se realiza la revisión y análisis de los aspectos que circundan con
respecto a los afectados y qué obligaciones pueden extinguirse al ser afectados por la muertes del familiar conforme a la ley.
PRESCRIPCIÓN
EXTINTIVA
EN TORNO A LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA
Resumen:
El decurso del tiempo como fenómeno jurídico y, más concretamente, como hecho jurídico, tiene especial relevancia
en cuanto que puede ser extintivo de una relación jurídica, ya porque dé lugar a la constitución de una nueva, como en la
prescripción usucupativa; ya porque también puede extinguir la pretensión que deriva del derecho integrado a ella, como en la
prescripción extintiva; o porque puede extinguir el derecho mismo, como en la caducidad.
F e r n a n d o V i d a l R a m í r e z ( 2 0 0 9 )
Aporte:
Se interpreta, a manera general, los aspectos que rondan a la prescripción extintiva de una relación jurídica. Se proponen,
como ejemplos, ciertos casos para evaluar el contexto de esta estrategia.
LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA Y LA CADUCIDAD
Resumen:
Este escrito presenta el régimen colombiano vigente en materia de prescripción liberatoria como modo extintivo de las
obligaciones. Estudio el panorama legal, jurisprudencial y doctrinal de la prescripción y plantea crterios i para compararla con la
figura de la caducidad, con la cual suele confundirse.
C l a u d i a F o n s e c a J a r a m i l l o ( 2 0 0 4 )
Aporte:
Al ser una investigación del derecho colombiano, es pertinente para la actualización y consenso en el derecho venezolano.
Estudiando el panorama desde distintas perspectivas, permite contextualizar la prescripción extintiva y su relación legal con la
caducidad de la misma en ciertos procesos jurídicos.
LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA
Conclusión:
Llego a la conclusión de que la acción reivindicatoria prescribe estintivamente sin más, si es sobre muebles, por el paso de seis
años, si sobre es inmuebles, por el de treinta. De modo que aunque nadie haya usucapido la cosa, la acción reivindicatoria
prescribe de todos modos. Aparte de eso, si alguien la usucapió antes de los seis o treinta años, la acción reivindicatoria se
extingue para el antiguo dueño desde que, por la usucapión del nuevo, perdió su propieda, pero semejante efecto no
constituye una prescripción extintiva que sea la otra cara de la usucapión de la cosa, sino simplemente un carecer de acción
porque ya no se es dueño, lo mismo que carece de acción reivindicatoria, pongo por caso, el que transmitió su propiedad por
venta o donación; y a nadie se le ocurre decir sino que la perdió por venta o por donación, mientras que en vez de decir, sin
más, que si le usucapieron la cosa, el dueño antiguo perdió la acción reivindicatoria por usucapión, muchos se obstinan en
decir que la perdió por prescripción extintiva, que entienden ser la cara perdidosa para el dueño antiguo, de lo que para el
susucapiente es la usucapión como cara gananciosa.
M a n u e l A b a l a d e j o ( 1 9 9 0 )
LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA
M a n u e l A b a l a d e j o ( 1 9 9 0 )
Aporte:
Propone una explicación detallada de cómo funciona la prescripción extintiva para la acción reivindicatoria en el marco de los
bienes muebles y los bienes inmuebles con las consideración de la posible usucapión de los mismos. Así, presenta cómo
quedan invalidados ciertos reclamos ante las acciones del afectado.
LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE OBLIGACIONES
SOLIDARIAS
Resumen:
Desde una perspectiva histórica-evolutiva, se busca la mejor aproximación con el propósito de determinar cuáles son los
efectos de la prescripción extintiva entre deudores solidarios, ante las diferentes posturas que se conocen sobre la materia.
Con tal fin se analizará el orden público como elemento de la esencia de la prescripción, su naturaleza jurídica, los efectos de la
interrupción, la tesis que estima que la condición real de la excepción, sin distinguir quién o quienes la formulen, aniquila la
totalidad del título, y la posición de quienes juzgan que el beneficio es a petición de parte. Se indagó sobre el agotamiento de
la jurisdicción, la obligación de invocarla, y se estudiará, en capítulo aparte, el efecto interruptivo de la acción cambiaria, para
concluir en que la teoría que gobierna dicha institución obedece a normas de orden público, y no se debe a consideraciones
que desnaturalizan el juicio normativo y la seguridad jurídica.
L u c a s M e n e s e s C h a v a r r o ( 2 0 1 5 )
Aporte:
Explica los efectos de la prescripción extintivas entre deudores solidarios en base a diferentes perspectivas dentro del mismo
contexto. Además, ofrece una visión desde el orden público y efectos consecuentes en la aplicación de la prescripción
extintiva para instituciones públicas.
LA NOCIÓN Y FUNCIÓN DE LA EXIGIBILIDAD PARA LA FIJACIÓN DEL
PUNTO DE PARTIDA DE LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE LAS
OBLIGACIONES
Resumen:
La exigibilidad es el momento que el Código Civil chileno establece para el inicio del cómputo de la prescripción extintiva en el
derecho de las obligaciones. Sin embargo, los estudios sobre la noción de exigibilidad de las obligaciones no han sido
prolíficos, lo que justifica su análisis a fin de delimitar sus elementos y problemas que presenta en el derecho chileno. Esta tarea
nos permitirá esclarecer cuándo comienza a contarse el plazo de la prescripción extintiva conforme lo dispuesto en el artículo
2514 del Código Civil.
C a r l o s P i z a r r o W i l s o n ( 2 0 2 0 )
Aporte:
Se estudia la prescripción extintiva desde el derecho chileno. De esta manera, se detallan las bases para la extinción de las
obligaciones a partir de este método. También, aporta elementos y aspectos importantes a la hora de su aplicación que, como
se ha venido desarrollando, pueden suponer bases importantes para el derecho venezolano.
LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA EN MATERIA CIVIL
Resumen:
La prescripción extintiva, es aquella institución jurídica que una vez que ha operado, produce la extinción de las acciones y derechos
ajenos y se incluye por ende, entre los modos de extinguir las obligaciones. Nuestra ley la define como un modo de extinguir los
derechos y acciones ajenos, por no haberlos ejercitado el titular de ellos durante cierto lapso, concurriendo los demás requisitos
legales.
En estricto rigor, solo las acciones se extinguen por la prescripción no los derechos, en atención a que siempre existe la posibilidad
de ejerces estos últimos y retener lo dado o pagado por el deudor, quien habrá cumplido con una obligación netamente natural.
Lo importante aquí, es saber determinar el momento exacto en que comienza el cómputo de la prescripción, para lo cual, es
necesario saber ante qué tipo de obligaciones estamos, ya que, esta es la clave para establecer lo que señala el legislador, “el plazo
de prescripción comienza desde que la obligación de ha hecho exigible”, es decir, ¿Cuándo se hace exigible la obligación?
Dicho lo anterior y sumando a esto la inactividad principalmente del acreedor, en requerir a su deudor, exigiéndole judicialmente el
cumplimiento de su obligación, es que podemos determinar el momento en que comienza el cómputo para la prescripción extintiva.
F r e d y E s t e b a n M o r e n o M o r á n ( 2 0 1 9 )
LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA EN MATERIA CIVIL
F r e d y E s t e b a n M o r e n o M o r á n ( 2 0 1 9 )
Aporte:
Se estudia la prescripción extintiva desde el derecho civil. Así, se resaltan aspectos importantes que figuran dentro de esta
estrategia. Se incluyen las excepciones donde las obligaciones son exigibles en cualquier caso. De igual forma, se presenta el
punto de partida para la prescripción extintiva en el derecho civil.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
O s t e r l i n g , F . y C a s t i l l o , M . ( 2 0 1 3 ) . E l m u t u o d i s e n s o e n e l C ó d i g o C i v i l [ D o c u m e n t o e l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / r e v i s t a s . p u c p . e d u . p e / i n d e x . p h p / i u s e t v e r i t a s / a r t i c l e / v i e w / 1 1 9 6 3 / 1 2 5 3 1 C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 .
A r a u j o , C . y C a r b a j a l , C . ( 2 0 2 1 ) . E x t i n c i ó n d e c o n t r a t o s d e t r a b a j o m e d i a n t e l a s u s c r i p c i ó n d e m u t u o d i s e n s o s c o m o
a l t e r n a t i v a a l p r o c e d i m i e n t o d e c e s e c o l e c t i v o [ T r a b a j o e n l í n e a ] . T e s i s p a r a o p t a r e l t í t u l o p r o f e s i o n a l d e A b o g a d o .
U n i v e r s i d a d N a c i o n a l d e T r u j i l l o . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / d s p a c e . u n i t r u . e d u . p e / h a n d l e / U N I T R U / 1 7 9 9 5 C o n s u l t a d o e l :
2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 .
A l b a r r a c i n , J . ( 2 0 1 6 ) . A n á l i s i s j u r i s p r u d e n c i a l d e l m u t u o d i s e n s o t á c i t o e n l a e x p e r i e n c i a d e l a C o r t e S u p r e m a d e J u s t i c i a
[ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / r e p o s i t o r y . u c a t o l i c a . e d u . c o / b i t s t r e a m / 1 0 9 8 3 / 1 4 1 8 6 / 1 / A n % c 3 % a 1 l i s i s % 2 0 j u r i s p r u d e n c i a l % 2 0 d e l % 2 0 m u t o % 2 0 d i s e n s o % 2 0
t % c 3 % a 1 c i t o % 2 0 C S J % 2 0 % 2 8 J o n a t a n % 2 0 A l b a r r a c i n % 2 0 J o y a % 2 9 % 2 0 % 2 8 J o n a t a n % 2 0 A l b a r r a c i . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
M o s t a c e d o , E . ( 2 0 0 9 ) . S e p a r a c i ó n d e m u t u o d i s e n s o o a c u e r d o c o m o c a u s a l d e d i v o r c i o [ T r a b a j o e n l í n e a ] . T e s i s e n o p c i ó n
a l g r a d o d e m a g í s t e r e n d e r e c h o . U n i v e r s i d a d M a y o r , R e a l y P o n t i f i c i a d e S a n F r a n c i s c o X a v i e r d e C h u q u i s a c a . D i s p o n i b l e
e n :
h t t p s : / / h a n d b o o k . u s f x . b o / n u e v a / C e p i / 4 6 6 _ T e s i s % 2 0 E d i t a d a s % 2 0 C E P I / 2 5 5 _ M a e s t r i a / 5 _ D E R E C H O % 2 0 P U B L I C O / S e p a r a c i o n % 2 0 D
e % 2 0 M u t u o % 2 0 D i s e n s o % 2 0 O % 2 0 A c u e r d o % 2 0 C o m o % 2 0 C a u s a l % 2 0 D e % 2 0 D i v o r c i o . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 .
R a m o s , J . ( 2 0 1 1 ) . P r o b l e m a s j u r i s p r u d e n c i a l e s d e l m u t u o d i s e n s o t á c i t o p o r m u t u o i n c u m p l i m i e n t o [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] .
D i s p o n i b l e e n : h t t p : / / r e v i s t a s . u s t a t u n j a . e d u . c o / i n d e x . p h p / p i u r i s / a r t i c l e / v i e w / 4 3 6 / 5 8 5 C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 .
Á l a m o , J . ( 2 0 1 3 ) . S u c e s i ó n d e E m p r e s a y E x t i n c i ó n d e c o n t r a t o p o r M u e r t e , I n c a p a c i d a d o J u b i l a c i ó n [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] .
D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / r i u l l . u l l . e s / x m l u i / b i t s t r e a m / h a n d l e / 9 1 5 / 4 2 2 / S u c e s i o n % 2 0 d e % 2 0 E m p r e s a % 2 0 y % 2 0 E x t i n c i o n % 2 0 d e % 2 0 c o n t r a t o % 2 0 p o r %
2 0 M u e r t e , % 2 0 I n c a p a c i d a d % 2 0 o % 2 0 % 2 0 J u b i l a c i o n . p d f ? s e q u e n c e = 1 C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 .
G u z m á n , A ( 2 0 0 9 ) . I d e n t i d a d e s d e f u n c i o n e s o e f e c t o s p r o v e n i e n t e s d e l a n e g o c i a l i d a d e n t r e v i v o s y p o r c a u s a d e m u e r t e
[ A r t í c u l o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . s c i e l o . c l / s c i e l o . p h p ? p i d = S 0 7 1 8 - 6 8 5 1 2 0 0 9 0 0 0 1 0 0 0 0 1 & s c r i p t = s c i _ a r t t e x t & t l n g = p t
C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 .
D e V e r d a , J . y E s c r i v á , E . ( 2 0 1 5 ) . E s t u d i o d e l a e x t i n c i ó n d e l m a n d a t o d e s d e u n p u n t o d e v i s t a j u r i s p r u d e n c i a l [ D o c u m e n t o
e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r o d e r i c . u v . e s / b i t s t r e a m / h a n d l e / 1 0 5 5 0 / 4 3 1 9 1 / 5 1 7 - 5 3 2 . p d f ? s e q u e n c e = 1 C o n s u l t a d o e l :
2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
J á c o m e , H . ( 2 0 1 8 ) . N e c e s i d a d d e e x t i n g u i r e l J u i c i o d e I n v e n t a r i o c o m o r e q u i s i t o p a r a l a s u c e s i ó n p o r c a u s a d e m u e r t e
[ T r a b a j o e n l í n e a ] . T r a b a j o d e t i t u l a c i ó n p a r a e l t í t u l o d e M a g i s t e r e n D e r e c h o C i v i l y P r o c e s a l C i v i l . U n i v e r s i d a d T é c n i c a
P a r t i c u l a r d e L o j a . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / d s p a c e . u t p l . e d u . e c / b i t s t r e a m / 2 0 . 5 0 0 . 1 1 9 6 2 / 2 3 2 3 8 / 1 / J % c 3 % a 1 c o m e % 2 0 E s p i n o z a % 2 0 H % c 3 % a 9 c t o r % 2 0 I v % c 3 % a 1 n % 2 0 t e s i
s . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
D e L a m a , A . ( 2 0 1 0 ) . L a m u e r t e d e u n f a m i l i a r e n a c c i d e n t e d e t r á f i c o : c u e s t i o n e s c o n t r o v e r t i d a s c o n o c a s i ó n d e l a S T S d e 1
d e a b r i l d e 2 0 0 9 [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / w w w . r a c o . c a t / i n d e x . p h p / I n D r e t / a r t i c l e / d o w n l o a d / 2 2 5 3 6 1 / 3 0 6 6 7 2 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / r o d e r i c . u v . e s / b i t s t r e a m / h a n d l e / 1 0 5 5 0 / 4 3 1 9 1 / 5 1 7 - 5 3 2 . p d f ? s e q u e n c e = 1 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
V i d a l , F . ( 2 0 0 9 ) . E n t o r n o a l a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / r e v i s t a s . p j . g o b . p e / r e v i s t a / i n d e x . p h p / r o p j / a r t i c l e / v i e w / 2 1 9 / 2 7 4 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
F o n s e c a , C . ( 2 0 0 4 ) . L a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a y l a c a d u c i d a d [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / r e p o s i t o r i o . u n i a n d e s . e d u . c o / b i t s t r e a m / h a n d l e / 1 9 9 2 / 4 7 3 9 9 / p r e s c r i p c i o n - e x t i n t i v a - c a d u c i d a d . p d f ? s e q u e n c e = 1
C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
A b a l a d e j o , M . ( 1 9 9 0 ) . L a p r e s c r i p c i ó n d e l a a c c i ó n r e i v i n d i c a t o r i a [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / w w w . b o e . e s / b i b l i o t e c a _ j u r i d i c a / a n u a r i o s _ d e r e c h o / a b r i r _ p d f . p h p ? i d = A N U - C - 1 9 9 0 - 1 0 0 0 2 5 0 0 0 5 8 C o n s u l t a d o e l :
2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
M e n e s e s , L . ( 2 0 1 5 ) . L a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a d e o b l i g a c i o n e s s o l i d a r i a s [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n :
h t t p s : / / r e v i s t a s . u s e r g i o a r b o l e d a . e d u . c o / i n d e x . p h p / C u a d e r n o s / a r t i c l e / v i e w / 4 4 1 / 3 7 9 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
P i z a r r o , C . ( 2 0 2 0 ) . L a n o c i ó n y f u n c i ó n d e l a e x i g i b i l i d a d p a r a l a f i j a c i ó n d e l p u n t o d e p a r t i d a d e l a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a
d e l a s o b l i g a c i o n e s [ A r t í c u l o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . s c i e l o . c l / s c i e l o . p h p ? p i d = S 0 7 1 8 -
3 4 3 7 2 0 2 0 0 0 0 2 0 0 5 4 3 & s c r i p t = s c i _ a r t t e x t & t l n g = p t C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
M o r e n o , F . ( 2 0 1 9 ) . L a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a e n m a t e r i a c i v i l [ T r a b a j o e n l í n e a ] . M e m o r i a p a r a o p t a r a l T í t u l o P r o f e s i o n a l d e
L i c e n c i a d o e n C i e n c i a s J u r í d i c a s . U n i v e r s i d a d M i g u e l d e C e r v a n t e s . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . u m c e r v a n t e s . c l / w p -
c o n t e n t / u p l o a d s / 2 0 2 1 / 0 1 / 5 - T E S I S - P R E S C R I P C I O N - N O V I E M B R E - 2 0 1 9 . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .

Más contenido relacionado

Similar a Obligaciones#4 Bárbara Salazar

2592 8599-1-pb
2592 8599-1-pb2592 8599-1-pb
2592 8599-1-pbjotam62
 
Jurisprudencia colombia
Jurisprudencia colombiaJurisprudencia colombia
Jurisprudencia colombiaArturo Molina
 
Clases de procesos en el codigo general del proceso colombia
Clases de procesos en el codigo general del proceso colombiaClases de procesos en el codigo general del proceso colombia
Clases de procesos en el codigo general del proceso colombiaNorman Gomez
 
Análisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitraje
Análisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitrajeAnálisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitraje
Análisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitrajeFUSADES
 
Solucion controversias contractuales
Solucion controversias contractualesSolucion controversias contractuales
Solucion controversias contractualesCEFIC
 
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdfDivorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdfyessica coloma delgado
 
Jurisdicción y Aplicacion Del Derecho Extranjero
Jurisdicción y Aplicacion Del Derecho ExtranjeroJurisdicción y Aplicacion Del Derecho Extranjero
Jurisdicción y Aplicacion Del Derecho ExtranjeroAugusto Wayar
 
1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdf
1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdf1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdf
1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdfGabrielaGonzalesLen
 
Acuerdos prematrimoniales sobre relaciones
Acuerdos prematrimoniales sobre relacionesAcuerdos prematrimoniales sobre relaciones
Acuerdos prematrimoniales sobre relacionesRosaMartinHuelves
 
objeto y forma del contrato
objeto y forma del contratoobjeto y forma del contrato
objeto y forma del contratocqam
 
Las modalidades del acto jurídico.pdf
Las modalidades del acto jurídico.pdfLas modalidades del acto jurídico.pdf
Las modalidades del acto jurídico.pdfMaribelRimac1
 
Articulo arbitraje accion_colecctiva_pdf
Articulo arbitraje accion_colecctiva_pdfArticulo arbitraje accion_colecctiva_pdf
Articulo arbitraje accion_colecctiva_pdfDe Hoyos y Aviles
 
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA MARIO JAIME ANDIA
 
Marco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptx
Marco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptxMarco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptx
Marco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptxnuby mogollòn anaya
 

Similar a Obligaciones#4 Bárbara Salazar (20)

2592 8599-1-pb
2592 8599-1-pb2592 8599-1-pb
2592 8599-1-pb
 
Jurisprudencia colombia
Jurisprudencia colombiaJurisprudencia colombia
Jurisprudencia colombia
 
El mutuo disenso en el código civil
El mutuo disenso en el código civilEl mutuo disenso en el código civil
El mutuo disenso en el código civil
 
Clases de procesos en el codigo general del proceso colombia
Clases de procesos en el codigo general del proceso colombiaClases de procesos en el codigo general del proceso colombia
Clases de procesos en el codigo general del proceso colombia
 
Introducción arbitraje
Introducción arbitrajeIntroducción arbitraje
Introducción arbitraje
 
Introducción arbitraje
Introducción arbitrajeIntroducción arbitraje
Introducción arbitraje
 
Arbtvir
ArbtvirArbtvir
Arbtvir
 
Análisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitraje
Análisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitrajeAnálisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitraje
Análisis Legal e Institucional: Importancia de las reformas al arbitraje
 
Solucion controversias contractuales
Solucion controversias contractualesSolucion controversias contractuales
Solucion controversias contractuales
 
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdfDivorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
 
Jurisdicción y Aplicacion Del Derecho Extranjero
Jurisdicción y Aplicacion Del Derecho ExtranjeroJurisdicción y Aplicacion Del Derecho Extranjero
Jurisdicción y Aplicacion Del Derecho Extranjero
 
1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdf
1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdf1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdf
1. A MANERA DE INTRODUCCIÓN TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO.pdf
 
Acuerdos prematrimoniales sobre relaciones
Acuerdos prematrimoniales sobre relacionesAcuerdos prematrimoniales sobre relaciones
Acuerdos prematrimoniales sobre relaciones
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
objeto y forma del contrato
objeto y forma del contratoobjeto y forma del contrato
objeto y forma del contrato
 
Las modalidades del acto jurídico.pdf
Las modalidades del acto jurídico.pdfLas modalidades del acto jurídico.pdf
Las modalidades del acto jurídico.pdf
 
Articulo arbitraje accion_colecctiva_pdf
Articulo arbitraje accion_colecctiva_pdfArticulo arbitraje accion_colecctiva_pdf
Articulo arbitraje accion_colecctiva_pdf
 
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
 
Marco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptx
Marco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptxMarco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptx
Marco legal y jurisprudencial- funciones del conciliador.pptx
 

Último

Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilAidaTejada5
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docxprodinetpc1
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd patanallelu515
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 

Último (20)

Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 

Obligaciones#4 Bárbara Salazar

  • 1. LA EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES B Á R B A R A S A L A Z A R UBA
  • 2. ÍNDICE 1. Mutuo disenso -El mutuo disenso en el Código Civil -Análisis jurisprudencial del mutuo disenso tácito en la experiencia de la Corte Suprema de Justicia. -Extinción de trabajo mediante la suscripción de mutuo disensos como alternativa al procedimiento de cese colectivo. -Separación de mutuo disenso o acuerdo como causal de divorcio. -Problemas jurisprudenciales del mutuo disenso tácito por mutuo incumplimiento. 2. Muerte -Sucesión de empresa y extinción de contrato por muerte, incapacidad o jubilación. -Identidades de funciones o efectos provenientes de la negocialidad entre vivos y por causa de muerte. -Estudio de la extinción del mandato desde un punto de vista jurisprudencial. -Necesidad de extinguir el juicio de inventario como requisito para la sucesión por causa de muerte. -La muerte de un familiar en accidente de tráfico: cuestiones controvertidas con ocasión de la STS de 1 de abril de 2009. 3. Prescripción extintiva -En torno a la prescripción extintiva -La prescripción extintiva y la caducidad -La prescripción de la acción reivindicatoria -La prescripción extintiva de obligaciones solidarias -La noción y función de la exigibilidad para la fijación del punto de partida de la prescripción extintiva de las obligaciones -La prescripción extintiva en materia civil 4. Referencias Bibliográficas
  • 4. EL MUTUO DISENSO EN EL CÓDIGO CIVIL Resumen: El mutuo disenso es un medio extintivo obligacional que proviene de un consentimiento prestado de manera opuesta o contraria al primigenio. se trata, entonces, de un contrato cuyo contenido es justamente lo inverso a la constitución del vínculo obligatorio, con el cual se elimina, en virtud de la voluntad de ambas partes, el acuerdo anterior. en el presente artículo, los autores se encargan de analizar el contenido del artículo 1313 del Código Civil y precisar los alcances y limitaciones de esta figura. F e l i p e O s t e r l i n g P a r o d i y M a r i o C a s t i l l o F r e y r e ( 2 0 1 3 ) Aporte: Una perspectiva más amplia sobre el mutuo disenso en el código civil de otros países de América Latina.
  • 5. ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL DEL MUTUO DISENSO TÁCITO EN LA EXPERIENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Resumen: En el presente texto se expondrá el Mutuo disenso tácito entendido como un acto extintivo de un vínculo contractual que, aunque mutuamente incumplido se encuentra vigente. Esta figura jurídica es independiente y se diferencia de otras instituciones jurídicas, debe ser declarada judicialmente y tiene como presupuestos para su configuración el mutuo y simultáneo o concomitante incumplimiento de las partes obligaciones derivadas de un contrato bilateral, válido y vigente por ellas celebrado, además, impone acreditar del comportamiento tácito de las partes la voluntad inequívocamente dirigida a romper el vínculo contractual. A continuación, se presentará la línea jurisprudencial compuesta por los pronunciamientos que sobre Mutuo disenso tácito ha tenido la Corte Suprema de Justicia, donde se evidencian las tres posturas que este tribunal ha tenido en sede de Casación, la primera de ellas apuntó a no configurarlo con fundamento en los presupuestos de la resolución, la segunda admitió su configuración ante el simple hecho del incumplimiento recíproco y, por último, la tercera posición que exige además acreditar del comportamiento tácito de los contratantes la voluntad de disolver el vínculo contractual. Lo anterior, para concluir que la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia varió a lo largo del tiempo y determinó así, los elementos fácticos y fundamentos jurídicos del Mutuo disenso tácito cuya construcción jurisprudencial se ha desarrollado en aras de perfeccionar las instituciones jurídicas y adecuarlas a la realidad social. J o h n n a t t a n S t e v e n A l b a r r a c i n J o y a ( 2 0 1 6 )
  • 6. ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL DEL MUTUO DISENSO TÁCITO EN LA EXPERIENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aporte: Descripción exhaustiva y práctica sobre el mutuo disenso de naturaleza tácita; aquel que se encuentra vigente aunque no es cumplido. De esta manera, presenta una serie de casos de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, en forma de enriquecer la concepción y entendimiento de este tipo de acto extintivo. J o h n n a t t a n S t e v e n A l b a r r a c i n J o y a ( 2 0 1 6 )
  • 7. EXTINCIÓN DE TRABAJO MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE MUTUO DISENSOS COMO ALTERNATIVA AL PROCEDIMIENTO DE CESE COLECTIVO Resumen: En la presente investigación exploramos la extinción de contratos de trabajo por mutuo acuerdo como alternativa al procedimiento de cese colectivo que contiene una regulación genérica por causas objetivas vinculadas a motivos económicos, tecnológicos o estructurales, y en donde el empleador debe demostrar que ha cumplido con proporcionar la información pertinente, la nómina de trabajadores afectados a la parte laboral para entablar negociaciones en trato directo y probar mediante una pericia contable ante la Autoridad Administrativa de Trabajo que tiene la necesidad empresarial de cesar una determinada cantidad de puestos de trabajo en su empresa. En ese contexto, nuestro objetivo es describir el mutuo disenso como posible alternativa al procedimiento de cese colectivo. La metodología empleada fue analizar Resoluciones Directorales Generales emitidas por la Dirección General de Trabajo en la materia para identificar factores jurídicos determinantes en la autorización del cese colectivo, identificar la incidencia del mutuo disenso e identificar pros y contras de su celebración, en el marco de un procedimiento de cese que tiene un resultado incierto además donde la parte laboral se encuentran en una situación de desventaja económica y probatoria respecto al empleador. Se halló criterios que la A.A.T. aspirando cubrir las deficiencias normativas ha desarrollado a través de precedentes administrativos para pronunciarse sobre las solicitudes de cese formuladas y una tendencia a desaprobarlas. Sobre el mutuo disenso, como figura jurídica tiene relativa incidencia en el procedimiento, aunque su celebración es provechosa, fundamentalmente para el empleador. En el desarrollo del este trabajo, se ha tenido en cuenta los conceptos fundamentales sobre contrato de trabajo, extinción del contrato de trabajo, mutuo disenso, procedimiento de cese colectivo, estabilidad laboral y libertad de empresa. C a r l o s A l f r e d o A r a u j o A l v a r a d o y C é s a r A u g u s t o C a r b a j a l A l a y a ( 2 0 2 1 )
  • 8. EXTINCIÓN DE TRABAJO MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE MUTUO DISENSOS COMO ALTERNATIVA AL PROCEDIMIENTO DE CESE COLECTIVO C a r l o s A l f r e d o A r a u j o A l v a r a d o y C é s a r A u g u s t o C a r b a j a l A l a y a ( 2 0 2 1 ) Aporte: Explora el mutuo disenso en el ámbito laboral, aplicado como alternativa al procedimiento de cese colectivo. Se exploran normativas que son deficientes en el procedimiento de cese colectivo para justificar la inclusión de mutuo disenso. Además, se exploraron conceptos fundamentales dentro del contexto plantead. Su aporte principal es el establecimiento del mutuo disenso como figura jurídica provechosa para el empleador.
  • 9. SEPARACIÓN DE MUTUO DISENSO O ACUERDO COMO CAUSAL DE DIVORCIO Resumen: La presente tesis que el postulante pone en consideración del tribunal examinador para optar el grado de Magíster en Derecho, tiene por objeto el estudio de una nueva causal de divorcio como es: “Separación de mutuo disenso o acuerdo como causal de divorcio”. Se pretende diseñar el marco metodológico – investigativo que seguirá el presente trabajo, desarrollando una justificación en torno a la vigencia y pertinencia del tema de investigación, del mismo modo, se trazan los objetivos y el diseño metodológico de la investigación. Se hace recopilación de datos, conceptos referentes a la unión como matrimonio, hasta la ruptura de la relación matrimonial, las diferentes causas de disolución que tiene nuestro ordenamiento jurídico, las consecuencias que acarrea la desvinculación matrimonio. Mediante la legislación comparada se muestra la aplicabilidad del tema que es sujeto a estudio, además se encuentra la encuesta realizada, la cual nos da un parámetro. Se hace una propuesta de Proyecto de Ley para que el Congreso Nacional pueda elevar a rango de ley. Finalmente, haciendo un análisis histórico, jurídico, doctrinal se llegaron a varias conclusiones y recomendaciones convenientes al tema de estudio. E m e r s o n M o s t a c e d o E s p a d a ( 2 0 0 9 )
  • 10. SEPARACIÓN DE MUTUO DISENSO O ACUERDO COMO CAUSAL DE DIVORCIO E m e r s o n M o s t a c e d o E s p a d a ( 2 0 0 9 ) Aporte: Nueva propuesta para causa de divorcio a través del mutuo disenso. Se trata de un trabajo especial de grado por lo que, luego de estudiar el contexto jurídico en el Perú, se propone el presente como un elemento a usarse. Es importante dado que, al ser países latinoamericanos, tienen especial influencia en el derecho venezolano por múltiples organizaciones y, además, por rasgos característicos y comunes con los códigos civiles y demás leyes en los distintos países de Latinoamérica.
  • 11. PROBLEMAS JURISPRUDENCIALES DEL MUTUO DISENSO TÁCITO POR MUTUO INCUMPLIMIENTO Resumen: En el derecho privado colombiano ha sido ardua la discusión sobre cuál puede ser la adecuada interpretación jurídica para resolver el problema del mutuo y simultáneo incumplimiento de los contratos de promesa de compraventa. Ello se puede constatar en la pluralidad de posturas jurisprudenciales que ha producido la Corte Suprema de Justicia en la que se destaca la tesis jurisprudencial del mutuo disenso tácito de la que se exponen dos modalidades: el mutuo y simultáneo incumplimiento como equivalente al mutuo disenso tácito; y la del mutuo y concomitante incumplimiento más otras circunstancias de cada uno de los contratantes que den certeza de su voluntad recíproca de prescindir del contrato previo, presupuestos éstos exigidos como necesarios para estructurar la otra modalidad que es la vigente en el. Igualmente, se hallan otras posturas: por ejemplo la que permite la procedencia concurrente de las pretensiones de resolución, o de cumplimiento, o de mutuo disenso tácito, según e; o la que, solo acepta la resolución y el mutuo disenso; o la que niega la improcedencia de las pretensiones de resolución o de cumplimiento pero sin establecer fórmula alguna de solución. Todo este escenario, por sí solo es revelador de lo arduo y polémico que ha resultado para la jurisprudencia afrontar el problema. No obstante, resulta dable sostener que aún no se ha logrado una solución concluyente dadas las contradicciones y vacíos de que adolece cada una de las tesis jurisprudenciales enunciadas incluida la postura vigente del mutuo disenso tácito. Ello justifica el objeto de estudios como el aquí se propone, el cual se dedica solo al problema del mutuo disenso tácito. J o s é H e l v e r t R a m o s ( 2 0 1 1 )
  • 12. PROBLEMAS JURISPRUDENCIALES DEL MUTUO DISENSO TÁCITO POR MUTUO INCUMPLIMIENTO J o s é H e l v e r t R a m o s ( 2 0 1 1 ) Aporte: Se realiza una revisión exhaustiva sobre la adecuada interpretación jurídica para el mutuo disenso tácito. En este sentido, se remite, específicamente, al caso de los acuerdos de compra-venta, por lo que refiere una nueva perspectiva del mutuo disenso tácito en los hechos de carácter jurídico. De esta manera, se examina el mutuo disenso tácito para proponer soluciones en cuanto se encuentran vacíos legales y contradicciones que influyen en los procesos legales relacionados.
  • 14. SUCESIÓN DE EMPRESA Y EXTINCIÓN DE CONTRATO POR MUERTE, INCAPACIDAD O JUBILACIÓN Resumen: La realización de éste trabajo tiene como objetivo el estudio de las consecuencias jurídicas en el ámbito laboral que producen diferentes fenómenos como la sucesión empresarial (ya sea por venta o herencia), o las diferentes extinciones de los contratos de trabajo que se producen por desaparición de los sujetos (tanto empresarios como trabajadores) debido a las circunstancias de muerte, incapacidad y jubilación. Dicho estudio pretende aclarar todos los puntos conflictivos de estos supuestos con una especial mención a los arts. 44 ,49.1,g), 49 e), 51 de la LET entre otra normativa aplicable (por ejemplo normativa de la Seguridad Social) y del trato que hace de la misma la actual jurisprudencia. Este es un tema de gran relevancia actual puesto que con el fenómeno de globalización existente, sumado a la crisis económica del momento son necesarios los mecanismos descritos anteriormente, primero para una correcta seguridad jurídica en todas las relaciones existentes y en segundo lugar pero no menos importante la protección de los protección de los trabajadores ante las diferentes sucesiones de empresa o en otros supuestos en los que desaparece la figura de empresario. J a v i e r Á l a m o G o n z á l e z ( 2 0 1 3 )
  • 15. SUCESIÓN DE EMPRESA Y EXTINCIÓN DE CONTRATO POR MUERTE, INCAPACIDAD O JUBILACIÓN J a v i e r Á l a m o G o n z á l e z ( 2 0 1 3 ) Aporte: Se basa en la extinción de obligaciones para procesos jurídicos de naturaleza empresarial. Específicamente, en la sucesión de empresa. La extinción de estas obligaciones, por muerte, estará asociado a consecuencias jurídicas con posibles puntos conflictivos. Así, se han revisado y analizado dichos casos dada la relevancia actual del tema, por lo que aporta gran contenido teórico acerca de posibles complicaciones y detalles importantes en estos procesos.
  • 16. IDENTIDADES DE FUNCIONES O EFECTOS PROVENIENTES DE LA NEGOCIALIDAD ENTRE VIVOS Y POR CAUSA DE MUERTE Resumen: Sobre la base de reconocer que al menos hay dos métodos para analizar las figuras del Derecho, uno que atiende a sus estructuras y otro a sus funciones, en aplicación de este último el presente artículo verifica la existencia de un paralelismo de funciones que pueden tener lugar tanto entre vivos, aunque por lo general merced a estructuras contractuales, como por causa de muerte por medio a estructuras legatarias; de modo que diversas estructuras pueden cumplir, en su orden, las mismas funciones: la constitución de derechos reales y de derechos personales, la circulación del dominio de las cosas corporales, la circulación de derechos reales y de derechos personales, la extinción de derecho reales, la tipologización de las obligaciones, la tipologización de los efectos de las obligaciones, la posibilidad de pago, remisión, compensación y confusión entre vivos y por causa de muerte. A l e j a n d r o G u z m á n B r i t o ( 2 0 0 9 )
  • 17. IDENTIDADES DE FUNCIONES O EFECTOS PROVENIENTES DE LA NEGOCIALIDAD ENTRE VIVOS Y POR CAUSA DE MUERTE A l e j a n d r o G u z m á n B r i t o ( 2 0 0 9 ) Aporte: Este artículo examina la extinción de obligaciones por causa de muerte como una de las funciones de las figuras del Derecho. Este es, en este sentido, un efecto proveniente de dicha situación. La extinción de obligaciones y derechos reales, así, está ligada a estructuras contractuales.
  • 18. ESTUDIO DE LA EXTINCIÓN DEL MANDATO DESDE UN PUNTO DE VISTA JURISPRUDENCIAL Resumen: En el presente trabajo se realiza un análisis de la jurisprudencia recaída a propósito de la extinción del mandato, prestándose especial atención al supuesto de la revocación, estudiándose sus formas, efectos y excepciones. J o s é R a m ó n d e V e r d a y B e a m o n t e y E n r i q u e J o s é E s c r i v á T e r á n ( 2 0 1 5 ) Aporte: El estudio de la extinción del mandato, por causa de muerte, es otro ejemplo práctico de la extinción de obligaciones por las estrategias o razones expuesta.
  • 19. NECESIDAD DE EXTINGUIR EL JUICIO DE INVENTARIO COMO REQUISITO PARA LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE Resumen: Actualmente las normas civiles, están pasando por un proceso de transformación en el Ecuador, por lo que se necesita igualmente realizar una actualización al régimen de la sucesión por causa de muerte, específicamente a lo que se refiere al inventario y partición de bienes del difunto. Es así, que en la actualidad el Art. 1001 del Código Civil, habla de la formación del acervo líquido en toda sucesión por causa de muerte, es decir la masa de bienes que el difunto dejó, e incluso créditos tributarios, pero como es la costumbre toda persona que se crea asistida por esa clase de derechos concurre al beneficio del juicio de inventario, el mismo que tiene un procedimiento especial; de ahí, que para cualquier partición de bienes hereditarios es necesario acogerse a dicho beneficio, el mismo que consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sino hasta el valor de los bienes que han heredado. Lastimosamente el proceso de inventarios es tratado en libro separado del derecho principal que es la partición de los bienes hereditarios, lo que no está acorde a los principios de celeridad, simplicidad y agilidad jurídica constitucionalmente reconocidos en la Carta Magna. H é c t o r I v á n J á c o m e E s p i n o z a ( 2 0 1 8 )
  • 20. NECESIDAD DE EXTINGUIR EL JUICIO DE INVENTARIO COMO REQUISITO PARA LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE H é c t o r I v á n J á c o m e E s p i n o z a ( 2 0 1 8 ) Aporte: En lugar de analizar el proceso jurídico, se propone la simplificación del proceso que supone la sucesión por causa de muerte. A diferencia de otros artículos, se presentan razones para la actualización al régimen de la sucesión por muerte. De manera específica, se estudia el caso de la herencia del difunto. Al ser una investigación presentada para el Ecuador, supone gran importancia jurídica para Venezuela por lo descrito anteriormente.
  • 21. LA MUERTE DE UN FAMILIAR EN ACCIDENTE DE TRÁFICO: CUESTIONES CONTROVERTIDAS CON OCASIÓN DE LA STS DE 1 DE ABRIL DE 2009 Resumen: La LRCSVM establece qué personas se consideran perjudicadas por la muerte de un familiar en accidente de tráfico. En este trabajo se parte de la teoría de la doble presunción según la cual debe permitirse demostrar que personas que se contemplan como perjudicadas por la ley no han sufrido realmente daño alguno y que personas que no se consideran como tales sí lo han sufrido y deben, por tanto, ser indemnizadas por ello. Para resolver la cuestión de cómo cuantificar la indemnización de quien no aparece en el baremo como perjudicado debe acudirse al recurso de la analogía o, incluso, en caso de no ser ello posible, al régimen general del art. 1902 CC. Por otra parte, la exclusión de cobertura del seguro de responsabilidad civil de los daños morales que sufre el causante del accidente por la muerte de sus familiares se desprende del régimen general de responsabilidad civil pues no se da la alteridad del daño. Además en caso de considerar que llega a nacer una obligación, ésta quedaría automáticamente extinguida por confusión. Por ello, no es necesario que la ley prevea dicha exclusión. En cambio, la exclusión de cobertura de los daños morales de los familiares por la muerte del causante del accidente no se debe a la falta de ajenidad del daño sino a que el legislador así lo ha previsto porque ese daño moral deriva de un hecho que sí está excluido de cobertura por este motivo: la muerte del causante del accidente. En el trabajo se cuestiona la oportunidad de tal medida pues se deja desprotegido al familiar del causante del accidente. A l e j a n d r a d e L a m a A y m á ( 2 0 1 0 )
  • 22. LA MUERTE DE UN FAMILIAR EN ACCIDENTE DE TRÁFICO: CUESTIONES CONTROVERTIDAS CON OCASIÓN DE LA STS DE 1 DE ABRIL DE 2009 A l e j a n d r a d e L a m a A y m á ( 2 0 1 0 ) Aporte: Se estudia, a manera más general, la extinción de obligaciones por causa de muerte en el contexto de los accidentes de tránsito y las personas perjudicadas por ello. De esta forma, se realiza la revisión y análisis de los aspectos que circundan con respecto a los afectados y qué obligaciones pueden extinguirse al ser afectados por la muertes del familiar conforme a la ley.
  • 24. EN TORNO A LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA Resumen: El decurso del tiempo como fenómeno jurídico y, más concretamente, como hecho jurídico, tiene especial relevancia en cuanto que puede ser extintivo de una relación jurídica, ya porque dé lugar a la constitución de una nueva, como en la prescripción usucupativa; ya porque también puede extinguir la pretensión que deriva del derecho integrado a ella, como en la prescripción extintiva; o porque puede extinguir el derecho mismo, como en la caducidad. F e r n a n d o V i d a l R a m í r e z ( 2 0 0 9 ) Aporte: Se interpreta, a manera general, los aspectos que rondan a la prescripción extintiva de una relación jurídica. Se proponen, como ejemplos, ciertos casos para evaluar el contexto de esta estrategia.
  • 25. LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA Y LA CADUCIDAD Resumen: Este escrito presenta el régimen colombiano vigente en materia de prescripción liberatoria como modo extintivo de las obligaciones. Estudio el panorama legal, jurisprudencial y doctrinal de la prescripción y plantea crterios i para compararla con la figura de la caducidad, con la cual suele confundirse. C l a u d i a F o n s e c a J a r a m i l l o ( 2 0 0 4 ) Aporte: Al ser una investigación del derecho colombiano, es pertinente para la actualización y consenso en el derecho venezolano. Estudiando el panorama desde distintas perspectivas, permite contextualizar la prescripción extintiva y su relación legal con la caducidad de la misma en ciertos procesos jurídicos.
  • 26. LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA Conclusión: Llego a la conclusión de que la acción reivindicatoria prescribe estintivamente sin más, si es sobre muebles, por el paso de seis años, si sobre es inmuebles, por el de treinta. De modo que aunque nadie haya usucapido la cosa, la acción reivindicatoria prescribe de todos modos. Aparte de eso, si alguien la usucapió antes de los seis o treinta años, la acción reivindicatoria se extingue para el antiguo dueño desde que, por la usucapión del nuevo, perdió su propieda, pero semejante efecto no constituye una prescripción extintiva que sea la otra cara de la usucapión de la cosa, sino simplemente un carecer de acción porque ya no se es dueño, lo mismo que carece de acción reivindicatoria, pongo por caso, el que transmitió su propiedad por venta o donación; y a nadie se le ocurre decir sino que la perdió por venta o por donación, mientras que en vez de decir, sin más, que si le usucapieron la cosa, el dueño antiguo perdió la acción reivindicatoria por usucapión, muchos se obstinan en decir que la perdió por prescripción extintiva, que entienden ser la cara perdidosa para el dueño antiguo, de lo que para el susucapiente es la usucapión como cara gananciosa. M a n u e l A b a l a d e j o ( 1 9 9 0 )
  • 27. LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA M a n u e l A b a l a d e j o ( 1 9 9 0 ) Aporte: Propone una explicación detallada de cómo funciona la prescripción extintiva para la acción reivindicatoria en el marco de los bienes muebles y los bienes inmuebles con las consideración de la posible usucapión de los mismos. Así, presenta cómo quedan invalidados ciertos reclamos ante las acciones del afectado.
  • 28. LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE OBLIGACIONES SOLIDARIAS Resumen: Desde una perspectiva histórica-evolutiva, se busca la mejor aproximación con el propósito de determinar cuáles son los efectos de la prescripción extintiva entre deudores solidarios, ante las diferentes posturas que se conocen sobre la materia. Con tal fin se analizará el orden público como elemento de la esencia de la prescripción, su naturaleza jurídica, los efectos de la interrupción, la tesis que estima que la condición real de la excepción, sin distinguir quién o quienes la formulen, aniquila la totalidad del título, y la posición de quienes juzgan que el beneficio es a petición de parte. Se indagó sobre el agotamiento de la jurisdicción, la obligación de invocarla, y se estudiará, en capítulo aparte, el efecto interruptivo de la acción cambiaria, para concluir en que la teoría que gobierna dicha institución obedece a normas de orden público, y no se debe a consideraciones que desnaturalizan el juicio normativo y la seguridad jurídica. L u c a s M e n e s e s C h a v a r r o ( 2 0 1 5 ) Aporte: Explica los efectos de la prescripción extintivas entre deudores solidarios en base a diferentes perspectivas dentro del mismo contexto. Además, ofrece una visión desde el orden público y efectos consecuentes en la aplicación de la prescripción extintiva para instituciones públicas.
  • 29. LA NOCIÓN Y FUNCIÓN DE LA EXIGIBILIDAD PARA LA FIJACIÓN DEL PUNTO DE PARTIDA DE LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE LAS OBLIGACIONES Resumen: La exigibilidad es el momento que el Código Civil chileno establece para el inicio del cómputo de la prescripción extintiva en el derecho de las obligaciones. Sin embargo, los estudios sobre la noción de exigibilidad de las obligaciones no han sido prolíficos, lo que justifica su análisis a fin de delimitar sus elementos y problemas que presenta en el derecho chileno. Esta tarea nos permitirá esclarecer cuándo comienza a contarse el plazo de la prescripción extintiva conforme lo dispuesto en el artículo 2514 del Código Civil. C a r l o s P i z a r r o W i l s o n ( 2 0 2 0 ) Aporte: Se estudia la prescripción extintiva desde el derecho chileno. De esta manera, se detallan las bases para la extinción de las obligaciones a partir de este método. También, aporta elementos y aspectos importantes a la hora de su aplicación que, como se ha venido desarrollando, pueden suponer bases importantes para el derecho venezolano.
  • 30. LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA EN MATERIA CIVIL Resumen: La prescripción extintiva, es aquella institución jurídica que una vez que ha operado, produce la extinción de las acciones y derechos ajenos y se incluye por ende, entre los modos de extinguir las obligaciones. Nuestra ley la define como un modo de extinguir los derechos y acciones ajenos, por no haberlos ejercitado el titular de ellos durante cierto lapso, concurriendo los demás requisitos legales. En estricto rigor, solo las acciones se extinguen por la prescripción no los derechos, en atención a que siempre existe la posibilidad de ejerces estos últimos y retener lo dado o pagado por el deudor, quien habrá cumplido con una obligación netamente natural. Lo importante aquí, es saber determinar el momento exacto en que comienza el cómputo de la prescripción, para lo cual, es necesario saber ante qué tipo de obligaciones estamos, ya que, esta es la clave para establecer lo que señala el legislador, “el plazo de prescripción comienza desde que la obligación de ha hecho exigible”, es decir, ¿Cuándo se hace exigible la obligación? Dicho lo anterior y sumando a esto la inactividad principalmente del acreedor, en requerir a su deudor, exigiéndole judicialmente el cumplimiento de su obligación, es que podemos determinar el momento en que comienza el cómputo para la prescripción extintiva. F r e d y E s t e b a n M o r e n o M o r á n ( 2 0 1 9 )
  • 31. LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA EN MATERIA CIVIL F r e d y E s t e b a n M o r e n o M o r á n ( 2 0 1 9 ) Aporte: Se estudia la prescripción extintiva desde el derecho civil. Así, se resaltan aspectos importantes que figuran dentro de esta estrategia. Se incluyen las excepciones donde las obligaciones son exigibles en cualquier caso. De igual forma, se presenta el punto de partida para la prescripción extintiva en el derecho civil.
  • 32. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS O s t e r l i n g , F . y C a s t i l l o , M . ( 2 0 1 3 ) . E l m u t u o d i s e n s o e n e l C ó d i g o C i v i l [ D o c u m e n t o e l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r e v i s t a s . p u c p . e d u . p e / i n d e x . p h p / i u s e t v e r i t a s / a r t i c l e / v i e w / 1 1 9 6 3 / 1 2 5 3 1 C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 . A r a u j o , C . y C a r b a j a l , C . ( 2 0 2 1 ) . E x t i n c i ó n d e c o n t r a t o s d e t r a b a j o m e d i a n t e l a s u s c r i p c i ó n d e m u t u o d i s e n s o s c o m o a l t e r n a t i v a a l p r o c e d i m i e n t o d e c e s e c o l e c t i v o [ T r a b a j o e n l í n e a ] . T e s i s p a r a o p t a r e l t í t u l o p r o f e s i o n a l d e A b o g a d o . U n i v e r s i d a d N a c i o n a l d e T r u j i l l o . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / d s p a c e . u n i t r u . e d u . p e / h a n d l e / U N I T R U / 1 7 9 9 5 C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 . A l b a r r a c i n , J . ( 2 0 1 6 ) . A n á l i s i s j u r i s p r u d e n c i a l d e l m u t u o d i s e n s o t á c i t o e n l a e x p e r i e n c i a d e l a C o r t e S u p r e m a d e J u s t i c i a [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r e p o s i t o r y . u c a t o l i c a . e d u . c o / b i t s t r e a m / 1 0 9 8 3 / 1 4 1 8 6 / 1 / A n % c 3 % a 1 l i s i s % 2 0 j u r i s p r u d e n c i a l % 2 0 d e l % 2 0 m u t o % 2 0 d i s e n s o % 2 0 t % c 3 % a 1 c i t o % 2 0 C S J % 2 0 % 2 8 J o n a t a n % 2 0 A l b a r r a c i n % 2 0 J o y a % 2 9 % 2 0 % 2 8 J o n a t a n % 2 0 A l b a r r a c i . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . M o s t a c e d o , E . ( 2 0 0 9 ) . S e p a r a c i ó n d e m u t u o d i s e n s o o a c u e r d o c o m o c a u s a l d e d i v o r c i o [ T r a b a j o e n l í n e a ] . T e s i s e n o p c i ó n a l g r a d o d e m a g í s t e r e n d e r e c h o . U n i v e r s i d a d M a y o r , R e a l y P o n t i f i c i a d e S a n F r a n c i s c o X a v i e r d e C h u q u i s a c a . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / h a n d b o o k . u s f x . b o / n u e v a / C e p i / 4 6 6 _ T e s i s % 2 0 E d i t a d a s % 2 0 C E P I / 2 5 5 _ M a e s t r i a / 5 _ D E R E C H O % 2 0 P U B L I C O / S e p a r a c i o n % 2 0 D e % 2 0 M u t u o % 2 0 D i s e n s o % 2 0 O % 2 0 A c u e r d o % 2 0 C o m o % 2 0 C a u s a l % 2 0 D e % 2 0 D i v o r c i o . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 . R a m o s , J . ( 2 0 1 1 ) . P r o b l e m a s j u r i s p r u d e n c i a l e s d e l m u t u o d i s e n s o t á c i t o p o r m u t u o i n c u m p l i m i e n t o [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p : / / r e v i s t a s . u s t a t u n j a . e d u . c o / i n d e x . p h p / p i u r i s / a r t i c l e / v i e w / 4 3 6 / 5 8 5 C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 . Á l a m o , J . ( 2 0 1 3 ) . S u c e s i ó n d e E m p r e s a y E x t i n c i ó n d e c o n t r a t o p o r M u e r t e , I n c a p a c i d a d o J u b i l a c i ó n [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r i u l l . u l l . e s / x m l u i / b i t s t r e a m / h a n d l e / 9 1 5 / 4 2 2 / S u c e s i o n % 2 0 d e % 2 0 E m p r e s a % 2 0 y % 2 0 E x t i n c i o n % 2 0 d e % 2 0 c o n t r a t o % 2 0 p o r % 2 0 M u e r t e , % 2 0 I n c a p a c i d a d % 2 0 o % 2 0 % 2 0 J u b i l a c i o n . p d f ? s e q u e n c e = 1 C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 . G u z m á n , A ( 2 0 0 9 ) . I d e n t i d a d e s d e f u n c i o n e s o e f e c t o s p r o v e n i e n t e s d e l a n e g o c i a l i d a d e n t r e v i v o s y p o r c a u s a d e m u e r t e [ A r t í c u l o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . s c i e l o . c l / s c i e l o . p h p ? p i d = S 0 7 1 8 - 6 8 5 1 2 0 0 9 0 0 0 1 0 0 0 0 1 & s c r i p t = s c i _ a r t t e x t & t l n g = p t C o n s u l t a d o e l : 2 5 / 1 1 / 2 0 2 2 . D e V e r d a , J . y E s c r i v á , E . ( 2 0 1 5 ) . E s t u d i o d e l a e x t i n c i ó n d e l m a n d a t o d e s d e u n p u n t o d e v i s t a j u r i s p r u d e n c i a l [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r o d e r i c . u v . e s / b i t s t r e a m / h a n d l e / 1 0 5 5 0 / 4 3 1 9 1 / 5 1 7 - 5 3 2 . p d f ? s e q u e n c e = 1 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .
  • 33. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS J á c o m e , H . ( 2 0 1 8 ) . N e c e s i d a d d e e x t i n g u i r e l J u i c i o d e I n v e n t a r i o c o m o r e q u i s i t o p a r a l a s u c e s i ó n p o r c a u s a d e m u e r t e [ T r a b a j o e n l í n e a ] . T r a b a j o d e t i t u l a c i ó n p a r a e l t í t u l o d e M a g i s t e r e n D e r e c h o C i v i l y P r o c e s a l C i v i l . U n i v e r s i d a d T é c n i c a P a r t i c u l a r d e L o j a . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / d s p a c e . u t p l . e d u . e c / b i t s t r e a m / 2 0 . 5 0 0 . 1 1 9 6 2 / 2 3 2 3 8 / 1 / J % c 3 % a 1 c o m e % 2 0 E s p i n o z a % 2 0 H % c 3 % a 9 c t o r % 2 0 I v % c 3 % a 1 n % 2 0 t e s i s . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . D e L a m a , A . ( 2 0 1 0 ) . L a m u e r t e d e u n f a m i l i a r e n a c c i d e n t e d e t r á f i c o : c u e s t i o n e s c o n t r o v e r t i d a s c o n o c a s i ó n d e l a S T S d e 1 d e a b r i l d e 2 0 0 9 [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . r a c o . c a t / i n d e x . p h p / I n D r e t / a r t i c l e / d o w n l o a d / 2 2 5 3 6 1 / 3 0 6 6 7 2 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r o d e r i c . u v . e s / b i t s t r e a m / h a n d l e / 1 0 5 5 0 / 4 3 1 9 1 / 5 1 7 - 5 3 2 . p d f ? s e q u e n c e = 1 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . V i d a l , F . ( 2 0 0 9 ) . E n t o r n o a l a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r e v i s t a s . p j . g o b . p e / r e v i s t a / i n d e x . p h p / r o p j / a r t i c l e / v i e w / 2 1 9 / 2 7 4 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . F o n s e c a , C . ( 2 0 0 4 ) . L a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a y l a c a d u c i d a d [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r e p o s i t o r i o . u n i a n d e s . e d u . c o / b i t s t r e a m / h a n d l e / 1 9 9 2 / 4 7 3 9 9 / p r e s c r i p c i o n - e x t i n t i v a - c a d u c i d a d . p d f ? s e q u e n c e = 1 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . A b a l a d e j o , M . ( 1 9 9 0 ) . L a p r e s c r i p c i ó n d e l a a c c i ó n r e i v i n d i c a t o r i a [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . b o e . e s / b i b l i o t e c a _ j u r i d i c a / a n u a r i o s _ d e r e c h o / a b r i r _ p d f . p h p ? i d = A N U - C - 1 9 9 0 - 1 0 0 0 2 5 0 0 0 5 8 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . M e n e s e s , L . ( 2 0 1 5 ) . L a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a d e o b l i g a c i o n e s s o l i d a r i a s [ D o c u m e n t o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / r e v i s t a s . u s e r g i o a r b o l e d a . e d u . c o / i n d e x . p h p / C u a d e r n o s / a r t i c l e / v i e w / 4 4 1 / 3 7 9 C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . P i z a r r o , C . ( 2 0 2 0 ) . L a n o c i ó n y f u n c i ó n d e l a e x i g i b i l i d a d p a r a l a f i j a c i ó n d e l p u n t o d e p a r t i d a d e l a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a d e l a s o b l i g a c i o n e s [ A r t í c u l o e n l í n e a ] . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . s c i e l o . c l / s c i e l o . p h p ? p i d = S 0 7 1 8 - 3 4 3 7 2 0 2 0 0 0 0 2 0 0 5 4 3 & s c r i p t = s c i _ a r t t e x t & t l n g = p t C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 . M o r e n o , F . ( 2 0 1 9 ) . L a p r e s c r i p c i ó n e x t i n t i v a e n m a t e r i a c i v i l [ T r a b a j o e n l í n e a ] . M e m o r i a p a r a o p t a r a l T í t u l o P r o f e s i o n a l d e L i c e n c i a d o e n C i e n c i a s J u r í d i c a s . U n i v e r s i d a d M i g u e l d e C e r v a n t e s . D i s p o n i b l e e n : h t t p s : / / w w w . u m c e r v a n t e s . c l / w p - c o n t e n t / u p l o a d s / 2 0 2 1 / 0 1 / 5 - T E S I S - P R E S C R I P C I O N - N O V I E M B R E - 2 0 1 9 . p d f C o n s u l t a d o e l : 2 6 / 1 1 / 2 0 2 2 .