El documento describe los valores, principios y tipos de organizaciones de la economía solidaria. Explica que los valores fundamentales son la honestidad, responsabilidad, equidad, transparencia, democracia y preocupación por los demás. Los principios incluyen asociación voluntaria, control democrático, participación económica, autonomía e independencia. También define las diferentes formas de organizaciones solidarias como cooperativas, fondos de empleo y asociaciones mutuales.
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CURSO BÁSICO DE ECONOMÍA SOLIDARIA
Valores y Principios del Cooperativismo Internacional
Los valores y principios cooperativos son los elementos distintivos de las
organizaciones y empresas cooperativas. Ya en 1844, los Pioneros de Rochdale,
fundadores de la primera cooperativa de la historia, habían formulado un sistema de
principios simple, claro y contundente, que les aseguró la conducción de la organización
en beneficio de sus miembros.
Figura N. 1 tomada de la Web
Valores solidarios:
2. Responsabilidad
5. Democracia
1. Honestidad
4. Transparencia
3. Equidad
6. Preocupación por
los demás
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Figura N.2 Ajustada basada en Cartilla ABC solidaria
Expliquemos cada uno de ellos:
1. La honestidad: Es un valor moral fundamental para entablar relaciones
interpersonales basadas en la confianza, la sinceridad y el respeto mutuo.
2. Responsabilidad: Los miembros asumen la responsabilidad para su cooperativa, su
creación y vitalidad continua.
3. Equidad: Se refiere a la forma en que se trata a los miembros dentro de la
cooperativa y a la forma de retribuirles su participación en la cooperativa hace
alusión a la justicia.
4. Transparencia: Es un valor social que genera confianza, seguridad y muestra el lado
positivo de los individuos
5. Democracia: Los miembros tienen derecho a participar, ser informados, escuchados
e involucrados en la toma de decisiones.
6. Preocupación por los demás: La preocupación por el otro se añade a la racionalidad
para definir el comportamiento.
10. Solidaridad.
9. Responsabilidad
Social
7. Igualdad 8. Ayuda mutua
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7. Igualdad: Los miembros deben asociarse lo más igualitariamente posible, aunque a
veces sea, un reto difícil en las grandes cooperativas o en las federaciones de
cooperativas.
8. Ayuda mutua: Se basa en la creencia que toda las personas pueden y deben
controlar su propio destino.
9. Responsabilidad social: Es un término que se refiere a la carga, compromiso u
obligación, de los miembros de una sociedad ya sea como individuos o como
miembros de algún grupo, entre sí como para la sociedad en su conjunto.
10.Solidaridad: La cooperativa tiene la responsabilidad de velar por el interés colectivo
de sus miembros. Es la mera causa y consecuencia de auto ayuda y ayuda mutua,
dos de los conceptos fundamentales que son al corazón de la filosofía cooperativa.
Principios solidarios:
1. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora.
2. Adhesión voluntaria, responsable y abierta.
3. Participación económica, de los asociados, en justicia y equidad.
4. Formación e información para sus miembros de manera permanente, oportuna y
progresiva.
5. Autonomía autodeterminación y autogobierno.
6. Servicio a la comunidad.
7. Integridad con otras organizaciones del mismo sector.
8. El ser humano prima sobre los medios de producción.
9. Espíritu de solidaridad, cooperación participación y ayuda mutua.
10.Promoción de la cultura ecológica.
11.Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción.
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Para las organizaciones de ECONOMÍA SOLIDARIA, llamado también modelo
cooperativo a través de la alianza cooperativa internacional. Se establecieron unos
principios y valores que están adoptados bajo la ley colombiana:
Figura N. 3 Esquema Adaptado
Siguiendo la tradición de sus fundadores sus miembros creen en los 4 valores éticos
que son:
Figura N. 4 Autoria Propia
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Principios del Cooperativismo
Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las cooperativas
ponen en práctica sus valores. Los principios constituyen el núcleo de las cooperativas
y están estrechamente ligados, de forma que si se ignora uno se menosprecian los
demás. Estos principios son:
1. Asociación voluntaria y abierta: Las cooperativas son organizaciones voluntarias
abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y
dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía, sin
discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.
2. Control democrático de los miembros: Las cooperativas son organizaciones
democráticas controladas por sus miembros, quienes participan activamente en
la definición de las políticas y en la toma de decisiones.
3. Participación económica: Los miembros contribuyen equitativamente y controlan
de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de
ese capital es propiedad común de la cooperativa.
4. Autonomía e independencia: Las cooperativas son organizaciones autónomas
de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras
organizaciones, (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo
realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus
miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa.
5. Educación, entrenamiento e información: Las cooperativas le proporcionan
educación y entrenamiento a sus miembros, representantes electos, dirigentes
y empleados de modo que puedan contribuir eficazmente al desarrollo de sus
cooperativas.
6. Cooperación entre Cooperativas: Las cooperativas sirven a sus miembros
eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo trabajando en conjunto o
mediante las estructuras locales, nacionales e internacionales.
7. Compromiso con la comunidad: Las cooperativas trabajan para el desarrollo
sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros.
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Fines de la economía solidaria
Promover el desarrollo integral del ser humano.
Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamiento
solidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo
y la paz de los pueblos.
Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.
Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de
desarrollo económico y social.
Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo,
la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin
discriminación alguna.
El sector solidario de acuerdo a la ley está conformado de la siguiente manera:
ORGANIZACIONES DE LA
ECONOMÍA SOLIDARIA
COOPERATIVAS
Una cooperativa es una empresa asociativa, sin ánimo
de lucro en la cual los asociados, según el caso, son
simultáneamente los aportantes y los gestores de la
empresa, creada con el objeto de producir o distribuir
conjunta y eficientemente bienes o servicios para
satisfacer las necesidades de sus asociados y de la
comunidad en general.
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Las cooperativas se dividen en razón del desarrollo de sus actividades, así:
COOPERATIVAS
ESPECIALIZA-
DAS
• Atienden una necesidad específica, correspondiente a una sola clase de actividad
económica, social y cultural.
COOPERATIVAS
INTEGRALES
• Aquellas que, en desarrollo de su objeto social, realizan dos o más actividades
complementarias entre sí en la generación de un bien y servicio.
COOPERATIVAS
MULTIACTIVAS
• Atienden varias necesidades mediante la concurrencia de servicios en una sola
entidad.
PRECOOPERATI-
VAS
• Se organizan para realizar actividades permitidas a las cooperativas y que por
carecer de capacidad económica, educativa o administrativa, no están en posibilidad
de organizarse como cooperativas.
COOPERATIVAS
DE TRABAJO
ASOCIADO
•Asocian personas naturales que simultáneamente son gestores y aportantes directos de su
capacidad de trabajo, con el fin de producir en común para satisfacer sus necesidades, el
vínculo de asociación se determina por el saber hacer intelectual o material de sus asociados.
FONDOS DE
EMPLEO
•Los fondos de empleos son organizaciones pertenecientes al sector de la economía solidaria,
de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes,
trabajadores asociados o por servidores públicos que ofrecen servicios.
ASOCIACIONES
MUTUALES
•Las asociaciones mutuales son organizaciones privadas sin ánimo de lucro que están
constituidas por personas naturales para fomentar la ayuda recíproca entre sus miembros,
satisfaciendo sus necesidades mediante la prestación de servicios que contribuyan al
mejoramiento de su calidad de vida.
ENTIDADES
AUXILIARES DE
LA ECONOMÍA
SOLIDARIA
•Son organizaciones solidarias que tienen por finalidad realizar actividades para fortalecer al
sector solidario. Están constituidas bien sea por organizaciones de la economía solidaria o
por personas naturales para realizar actividades orientadas al desarrollo del sector solidario.
Figura N.5 Basada en la cartilla ABC
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ORGANIZACIONES SOLIDARIAS DE DESARROLLO
Figura N.6 Basada en la cartilla ABC
FUNDACIONES
Personas jurídicas que nacen de la voluntad de una o varias personas
naturales o jurídicas y cuya finalidad es propender por el bienestar común
bien sea de un sector o grupo en particular, sus acciones tienen un impacto
positivo para toda la comunidad.
CORPORACIONES Y ASOCIACIONES
Una corporación o una asociación es una persona jurídica que surge de un
acuerdo de voluntades vinculadas mediante aportes en dinero, especie o
actividad, en orden a la realización de un fin de beneficio social, que puede
contraerse a los asociados o a un gremio o grupo social particular. Su
régimen estatutario se deriva de la voluntad de sus miembros.
ACCIÓN COMUNAL
Es una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad
civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y
sustentable contribuido a partir del ejercicio de la democracia participativa
en la gestión del desarrollo de la comunidad. ( LEY 743 DE 2002, ARTÍCULO
6).