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FECHAS CLAVE CAMPAÑA DE RENTA
02/04/2019
• A partir del 2 de abril ya puede presentar sus declaraciones de la Renta y
Patrimonio 2018.
26/06/2019
• Último día de domiciliación bancaria para presentar sus declaraciones de
Renta y Patrimonio 2018 si el resultado es a ingresar (el importe se cargará
en cuenta el día 01/07/2019)
01/07/2019
• Último día para presentar sus declaraciones de Renta y Patrimonio 2018.
05/11/2019
• Último día para realizar el ingreso del segundo plazo de la cuota del
impuesto sobre la Renta 2018 si se fraccionó el pago
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Novedades sobre la declaración de renta 2018
El límite para la obligación de declarar cuando los Rendimientos
del trabajo procedan de más de un pagador aumenta a los 14.000€.
El límite en el caso de un pagador se mantiene en 22.000€
Se establece la exención de las prestaciones de maternidad y
paternidad percibidas de la Seguridad Social.
Se incrementa el importe de la Deducción por maternidad hasta en
1.000€ adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la
misma hubiera satisfecho gastos de custodia en guarderías o
centros de educación infantil.
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Documentación
• DNI original del titular y fotocopia del DNI de todos los que
figuren en la declaración (DNI ENVIGOR).
• Número IBAN de cuenta bancaria.
• Recibos de IBI de todos los inmuebles de su propiedad o en los
que viva de alquiler o en otras circunstancias.
• Documentos donde conste el tipo de renta que se ha
percibido: Rendimientos de trabajo (ej. certificado de retenciones
del trabajo) , Rendimientos del capital inmobiliario (ej. alquileres de
pisos, locales, plazas de garaje… y los gastos derivados), Rendimientos
del capital mobiliario (ej. certificados bancarios, certificados de reparto
de dividendos…).
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Documentación
Ganancias y pérdidas patrimoniales
• Transmisión de inmuebles: escritura de
venta y escritura de adquisición
(compraventa o herencia), así como
todos los gastos relacionados con
dichas operaciones (ej. Gastos notaria,
gestoría, plusvalía…)
• Transmisiones de acciones,
participaciones, fondos de inversión…:
justificante de adquisición y de
transmisión así como los gastos
relacionados con la operación.
• Subvenciones percibidas: justificante de
las mismas.
Deducciones
• Deducción familia numerosa: libro de
familia numerosa en vigor.
• Deducción por maternidad: certificado
gastos en guarderías o centros de
educación infantil.
• Donativos: justificantes donativos.
• Deducción por alquiler vivienda
habitual: NIF arrendador y cantidades
pagadas.
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¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero?
Si ha presentado la declaración de la renta 2018 y le sale a devolver, la
Agencia Tributaria le devolverá el dinero en un plazo máximo de 6 meses
desde que finaliza el plazo legal de presentación (1 de julio). Sin embargo,
suele adelantarse a este plazo.
Puede conocer el estado de su declaración a devolver:
- En la página de la Agencia Tributaria, en el apartado “Consulta
devolución”.
- En la App “AgenciaTributaria”.
Recuerde que debe entrar con sus claves: certificado digital o DNI
electrónico, con Cl@ve PIN o con el número de referencia.
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Ya pueden solicitar cita para que
nuestros fiscalistas atiendan sus dudas
y/o formalicen su declaración.
O si lo prefieren, puede ponerse en
contacto con nosotros y enviarnos la
documentación por email SIN tener que
acudir a nuestras oficinas (rentas menos
complejas).