SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 5
Descargar para leer sin conexión
1. ¿Qué es el Impuesto Predial?
Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad
Distrital donde se ubica el predio. La Municipalidad Metropolitana de Lima es la encargada de
la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial de los inmuebles ubicados
en el Cercado de Lima. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su
autovalúo El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción
que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento todos los años.
2. ¿Quién Paga el impuesto Predial?
Son contribuyentes de este impuesto: Las personas naturales o jurídicas que al 1° de enero de
cada año resultan propietarios de los predios gravados. En caso de transferir el predio, el
comprador asumirá la condición de contribuyente a partir del 1° de enero del año siguiente de
producida la transferencia. En caso de condóminos o copropietarios, ellos están en la obligación
de comunicar a la Municipalidad de su distrito la parte proporcional del predio que les
corresponde (% de propiedad); sin embargo, la Municipalidad puede exigir a cualquiera de ellos
el pago total del Impuesto. En los casos en que la existencia del propietario no pueda ser
determinada, se encuentran obligados al pago (en calidad de responsables) los poseedores o
tenedores de los predios.
3. ¿Cómo se calcula el Impuesto Predial?
Información sobre el Impuesto Predial
1. ¿Qué es el Impuesto Predial?
2. ¿Quién Paga el impuesto Predial?
3. ¿Cómo se calcula el Impuesto Predial?
4. ¿Dónde y Cómo presento la declaración jurada?
5. ¿Qué sucede si no cumple con presentar las declaraciones juradas de inscripción o descargo dentro
de los plazos?
6. ¿Cuál es el beneficio para pensionistas?
7. ¿Cuál es el plazo para declarar un predio?
8. ¿Dónde puedo declarar y pagar el Impuesto?
9. En caso de vender mi predio, ¿qué debo hacer?
10. ¿Cómo se adquiere la condición de contribuyente para el pago de arbitrios?
11. ¿Cómo se pagan los arbitrios?
12. ¿Dónde y cómo cancelo los arbitrios?
El impuesto se calcula aplicando al valor de autovalúo, del total de los predios del contribuyente
ubicados en cada distrito, la siguiente escala progresiva acumulativa: Tramo de autovalúo
Alícuota
Hasta 15 UIT 0.2%
Más de 15 UIT y hasta 60 UIT 0.6%
Más de 60 UIT 1.0%.
4. ¿Dónde y Cómo presento la declaración jurada?
La declaración jurada debe ser presentada en la Administración Tributaria de la Municipalidad
Distrital donde se ubique el predio. En el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la
declaración jurada deberá presentarse en las Oficinas de Atención SAT, para lo cual deberá
presentar lo siguiente:
Requisitos de la declaración jurada de inscripción:
•Exhibición y copia del documento de identidad del propietario o de su representante, de ser el
caso.
•Exhibición del último recibo de luz, agua o teléfono del domicilio del actual propietario.
•En caso de representación deberá presentar poder especifico en documento público o privado
con firma legalizada ante notario o certificada por Fedatario del SAT.
•Exhibición y copia del documento sustentatorio de la adquisición:
a) Compra: Minuta o transferencia.
b) Donación: Escritura pública de donación.
c) Herencia: Partida de defunción, declaratoria de herederos, sentencia o escritura pública que
señala la división y partición de los bienes.
d) Remate: Acta judicial, resolución administrativa.
e) Permuta: Contrato de permuta.
f) Fusión: Copia literal de la inscripción en Registros Públicos.
g) En los demás casos, documento que acredite la propiedad o posesión. Asimismo, si transfiere
o vende un inmueble del Cercado de Lima, debe realizar su Declaración Jurada de Descargo
ante el SAT comunicando la transferencia. El plazo vence el último día hábil del mes siguiente
de producida la transferencia. De esta manera el SAT no emitirá más documentos a su nombre
por deuda de años posteriores a la transferencia por ese inmueble. Asimismo, está obligado al
pago total del Impuesto Predial del año en que se transfiere el inmueble.
Requisitos de la declaración jurada de descargo:
•Exhibición y copia del documento de identidad del propietario o de su representante, de ser el
caso.
•En caso de representación deberá presentar poder especifico en documento público o privado
con firma legalizada ante notario o certificada por Fedatario del SAT.
.Exhibición y copia del documento sustentatorio que acredite la transferencia.
5. ¿Qué sucede si no cumple con presentar las declaraciones juradas de inscripción o
descargo dentro de los plazos?
Si no ha presentado su declaración jurada dentro de los plazos establecidos, será pasible de la
imposición de una multa tributaria, cuyos montos varían entre el 15% y el 100% de la UIT,
dependiendo de la fecha de la infracción, del tipo de la declaración jurada (inscripción o
descargo), y del tipo de contribuyente (Ej.: persona natural, persona jurídica, etc.) Sin embargo,
existe un régimen de gradualidad de descuentos en los siguientes casos: Las multas tributarias
serán rebajadas en un 90%, siempre que el deudor tributario cumple con cancelar la sanción con
anterioridad a cualquier notificación o requerimiento de la Administración. Si la cancelación se
realiza con posterioridad a la notificación o requerimiento de la Administración, pero antes de la
notificación de la Resolución de Multa, la sanción se reducirá en un 80%.
Cuando la cancelación de la sanción se realiza con posterioridad a la notificación de la
Resolución de Multa, la sanción será rebajada en un 70%.
6. ¿Cuál es el beneficio para pensionistas?
El beneficio consiste en deducir de su base imponible un monto equivalente a 50 UIT (vigente
en el ejercicio gravable). De exceder este monto, deberá pagar el impuesto predial sólo por la
diferencia resultante. Asimismo estará afecto al pago correspondiente al derecho de emisión.
Para obtener este beneficio deberá cumplir las siguientes condiciones:
•Ser propietario de un solo predio (no sólo en el distrito), a su nombre o de la sociedad
conyugal, destinado a su vivienda.
•Su ingreso bruto debe estar constituido por la pensión y no exceder de 1 UIT mensual.
Para ello deberá presentar los siguientes documentos:
•Dos últimas boletas de pago de pensión de jubilación
•Resolución Directoral (emitido por ONP, AFP, etc.)
•Documento de identidad.
•Recibo de agua, luz o teléfono.
7. ¿Cuál es el plazo para declarar un predio?
Al adquirir un predio, el nuevo propietario podrá declararlo hasta el último día hábil del mes de
febrero del año siguiente a la adquisición del bien. De no hacerlo incurrirá en infracción y se le
sancionará con multa. Sin embargo, al estar obligado al pago de los arbitrios de el mes siguiente
de producida la transferencia, se recomienda presentar su Declaración Jurada hasta antes del
último día hábil del mes siguiente de ejecutada la transferencia.
8. ¿Dónde puedo declarar y pagar el Impuesto?
En su municipalidad distrital correspondiente.
De pertenecer al Cercado de Lima: Usted puede declarar en cualquiera de nuestras agencias:
Listado de Agencias.
Formas de Pago.
9. En caso de vender mi predio, ¿qué debo hacer?
Cuando se efectúe cualquier transferencia de un predio, el vendedor debe comunicar la venta del
bien, para lo cual deberá presentar una declaración de descargo hasta el último día hábil del mes
siguiente de producidos los hechos. Asimismo debe cumplir con efectuar el pago del impuesto
de todo el año en que se produjo la transferencia. De no realizar dicha declaración, se le
generará una multa tributaria por no comunicar la transferencia a la administración dentro del
plazo establecido.
Arbitrios Municipales Los Arbitrios Municipales son tasas que se pagan por la prestación o
mantenimiento de los servicios públicos de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y
Serenazgo.
Los arbitrios para el año 2009 han sido aprobado mediante la Ordenanza Nº 1203, la misma que
ha establecido los montos de las tasas que deben pagar los contribuyentes del Cercado de Lima
por concepto de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del ejercicio 2009.
Ver Ordenanza 1203.
Obligados al pago de arbitrios (Ordenanza N° 562)
Son contribuyentes de los Arbitrios Municipales, los propietarios de los predios cuando los
habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el
predio bajo cualquier título.
En el caso de los predios propiedad de las entidades religiosas, son responsables solidarios los
poseedores de los mismos.
Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirirá la calidad de
contribuyente el poseedor del predio.
Asimismo, los predios de propiedad del Estado Peruano que hayan sido afectados en uso a
diferentes personas naturales o jurídicas, se consideran contribuyentes para efectos del pago de
los arbitrios a los ocupantes del mismo.
10. ¿Cómo se adquiere la condición de contribuyente para el pago de arbitrios?
Una persona adquiere la condición de contribuyente el primer día de cada mes al que
corresponde la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia, la obligación
tributaria para el nuevo propietario nacerá el primer día del mes siguiente al que se adquirió la
condición de propietario.
11. ¿Cómo se pagan los arbitrios?
Los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo son de
periodicidad mensual y su recaudación es trimestral. El pago puede efectuarse por cuotas
trimestrales o al contado. Si se efectúa el pago al contado del total de los arbitrios a pagar en el
2009 dentro del plazo de vencimiento del 1º trimestre, tendrá un descuento del 5%. Los
descuentos no incluyen el derecho de emisión.
12. ¿Dónde y cómo cancelo los arbitrios?
Los Arbitrios Municipales pueden ser cancelados en cualquier Agencia de los siguientes
bancos:
>> Ver listado de lugares y formas de pago.
https://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/Atencion/FormasdePago.aspx
Asimismo podrán ser cancelados en nuestras Oficinas de Servicios al Administrado:
>> Oficinas de Atención SAT.
https://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/Atencion/AgenciasSat.aspx

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La actualidad más candente (20)

Impuesto alcabala
Impuesto alcabalaImpuesto alcabala
Impuesto alcabala
 
Los Tributos Municipales
Los Tributos MunicipalesLos Tributos Municipales
Los Tributos Municipales
 
Tributos del gobierno municipal12
Tributos del gobierno municipal12Tributos del gobierno municipal12
Tributos del gobierno municipal12
 
Enajenación de bienes IVA
Enajenación de bienes IVAEnajenación de bienes IVA
Enajenación de bienes IVA
 
Tributos municipales
Tributos municipalesTributos municipales
Tributos municipales
 
Diapositiva Jsaavedra
Diapositiva JsaavedraDiapositiva Jsaavedra
Diapositiva Jsaavedra
 
Casuistica de impuestos municipales y renta
Casuistica de impuestos municipales y rentaCasuistica de impuestos municipales y renta
Casuistica de impuestos municipales y renta
 
Enajenación
 Enajenación Enajenación
Enajenación
 
Impuesto de alcabala
Impuesto de alcabalaImpuesto de alcabala
Impuesto de alcabala
 
Impuesto vehicular
Impuesto  vehicularImpuesto  vehicular
Impuesto vehicular
 
Impuesto
ImpuestoImpuesto
Impuesto
 
Los Impuestos
Los ImpuestosLos Impuestos
Los Impuestos
 
Iva capitulo 1
Iva capitulo 1Iva capitulo 1
Iva capitulo 1
 
LOS IMPUESTOS EN EL PERU
LOS IMPUESTOS EN EL PERULOS IMPUESTOS EN EL PERU
LOS IMPUESTOS EN EL PERU
 
Tributaria
TributariaTributaria
Tributaria
 
Sesion II tributacion municipal en el peru
Sesion II tributacion municipal en el peruSesion II tributacion municipal en el peru
Sesion II tributacion municipal en el peru
 
Impuesto alcabala-peru
Impuesto alcabala-peruImpuesto alcabala-peru
Impuesto alcabala-peru
 
Tributos Municipales maron
Tributos Municipales maronTributos Municipales maron
Tributos Municipales maron
 
Ley del impuesto al valor agregado IVA
Ley del impuesto al valor agregado IVALey del impuesto al valor agregado IVA
Ley del impuesto al valor agregado IVA
 
Impuesto sobre la renta
Impuesto sobre la rentaImpuesto sobre la renta
Impuesto sobre la renta
 

Similar a El Impuesto Predial

Impuesto Pre dial Peru
Impuesto Pre dial PeruImpuesto Pre dial Peru
Impuesto Pre dial PeruRozhita Narro
 
guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015edsonbarrionuevo
 
guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015edsonbarrionuevo
 
Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.
Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.
Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.Francisco Diaz
 
GESTION DE RECAUDACION.pptx
GESTION DE RECAUDACION.pptxGESTION DE RECAUDACION.pptx
GESTION DE RECAUDACION.pptxMARTINPARODI3
 
GESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptx
GESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptxGESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptx
GESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptxMARTINPARODI3
 
Impuesto al Alcabala
Impuesto al AlcabalaImpuesto al Alcabala
Impuesto al Alcabalajuliocesaros
 
LEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docx
LEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docxLEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docx
LEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docxMirnaRivera11
 
Registro contable del IVA.docx
Registro contable del IVA.docxRegistro contable del IVA.docx
Registro contable del IVA.docxKARLAPRIEGO3
 
---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptx
---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptx---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptx
---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptxAnitaRaquel3
 
Ley del impuesto a la renta welinger
Ley del impuesto a la renta welingerLey del impuesto a la renta welinger
Ley del impuesto a la renta welingerPERCY DIAZ ODICIO
 
Derecho tributario clasificacion de los tributos
Derecho tributario clasificacion de los tributosDerecho tributario clasificacion de los tributos
Derecho tributario clasificacion de los tributosNoelia Cpacondori Cuayla
 
5 sem derecho fiscal
5 sem  derecho fiscal5 sem  derecho fiscal
5 sem derecho fiscalSalon Naid
 
Diapositivas
DiapositivasDiapositivas
DiapositivasJean CR
 
Impuestos de san luis
Impuestos de san luisImpuestos de san luis
Impuestos de san luisildivo69
 

Similar a El Impuesto Predial (20)

Impuesto Pre dial Peru
Impuesto Pre dial PeruImpuesto Pre dial Peru
Impuesto Pre dial Peru
 
guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015
 
guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015guia de_orientacion_tributaria 2015
guia de_orientacion_tributaria 2015
 
Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.
Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.
Sucesiones y Donaciones Rep. Dom.
 
GESTION DE RECAUDACION.pptx
GESTION DE RECAUDACION.pptxGESTION DE RECAUDACION.pptx
GESTION DE RECAUDACION.pptx
 
GESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptx
GESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptxGESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptx
GESTION DE RECAUDACION POR DITAR.pptx
 
Impuesto al Alcabala
Impuesto al AlcabalaImpuesto al Alcabala
Impuesto al Alcabala
 
RETNION
RETNIONRETNION
RETNION
 
LEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docx
LEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docxLEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docx
LEY DE ITBMS IMPUESTO PANAMA.docx
 
Grupo IV, Impuestos Sucesorales
Grupo IV, Impuestos SucesoralesGrupo IV, Impuestos Sucesorales
Grupo IV, Impuestos Sucesorales
 
Todo Sobre Retencion en la fuente
Todo Sobre Retencion en la fuenteTodo Sobre Retencion en la fuente
Todo Sobre Retencion en la fuente
 
Registro contable del IVA.docx
Registro contable del IVA.docxRegistro contable del IVA.docx
Registro contable del IVA.docx
 
Los ilicitos tributarios
Los ilicitos tributariosLos ilicitos tributarios
Los ilicitos tributarios
 
---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptx
---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptx---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptx
---IMPUESTO A LA RENTA (IR)..pptx
 
Ley del impuesto a la renta welinger
Ley del impuesto a la renta welingerLey del impuesto a la renta welinger
Ley del impuesto a la renta welinger
 
Derecho tributario clasificacion de los tributos
Derecho tributario clasificacion de los tributosDerecho tributario clasificacion de los tributos
Derecho tributario clasificacion de los tributos
 
5 sem derecho fiscal
5 sem  derecho fiscal5 sem  derecho fiscal
5 sem derecho fiscal
 
Diapositivas
DiapositivasDiapositivas
Diapositivas
 
Impuestos de san luis
Impuestos de san luisImpuestos de san luis
Impuestos de san luis
 
IGV
IGVIGV
IGV
 

Último

Procedimientos Concursales y Disoluciones
Procedimientos Concursales y DisolucionesProcedimientos Concursales y Disoluciones
Procedimientos Concursales y DisolucionesJaime Cubillo Fleming
 
jaspers la filosofia, que es la filosofia?
jaspers la filosofia, que es la filosofia?jaspers la filosofia, que es la filosofia?
jaspers la filosofia, que es la filosofia?alexandra177219
 
Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9
Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9
Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9KATERINZUCELYMARTINE
 
empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024
empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024
empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024aldo678996
 
INTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptx
INTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptxINTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptx
INTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptxdanielzabala41
 
Josvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicas
Josvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicasJosvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicas
Josvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicasJosvilAngel
 
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...lucerito39
 
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxJOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxWalter torres pachas
 
CLASIFICACION ECONOMICA INGRESOS Y GASTOS.ppt
CLASIFICACION ECONOMICA  INGRESOS Y GASTOS.pptCLASIFICACION ECONOMICA  INGRESOS Y GASTOS.ppt
CLASIFICACION ECONOMICA INGRESOS Y GASTOS.pptMerly Calderón Diaz
 
Unidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdf
Unidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdfUnidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdf
Unidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdfJonathanOrtega86
 
Un plan de cuentas de una empresa comercial
Un plan de cuentas de una empresa comercialUn plan de cuentas de una empresa comercial
Un plan de cuentas de una empresa comercialMejoresAmigas11
 
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLAN
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLANPLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLAN
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLANharrynavarro70573014
 
Tratados de libre comercio de Ecuador con México
Tratados de libre comercio de Ecuador con MéxicoTratados de libre comercio de Ecuador con México
Tratados de libre comercio de Ecuador con MéxicoGlenisLita
 
Nulidad y Resolución del Contrato de los Contratos Públicos del Estado
Nulidad y Resolución del Contrato  de los Contratos Públicos del EstadoNulidad y Resolución del Contrato  de los Contratos Públicos del Estado
Nulidad y Resolución del Contrato de los Contratos Públicos del EstadoBruceManuelLozanoPue
 
520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptx
520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptx520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptx
520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptxEmilyUgarteParedes1
 
semana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.ppt
semana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.pptsemana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.ppt
semana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.pptEspinosaAsociados
 
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...RossyGordillo
 
Grupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.ppt
Grupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.pptGrupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.ppt
Grupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.pptFrancisco Cruzado
 
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampasflujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampasJuan Rodrigez
 
CA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdf
CA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdfCA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdf
CA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdfAnghieQuiquiaContrer
 

Último (20)

Procedimientos Concursales y Disoluciones
Procedimientos Concursales y DisolucionesProcedimientos Concursales y Disoluciones
Procedimientos Concursales y Disoluciones
 
jaspers la filosofia, que es la filosofia?
jaspers la filosofia, que es la filosofia?jaspers la filosofia, que es la filosofia?
jaspers la filosofia, que es la filosofia?
 
Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9
Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9
Mapa Mental sobre la Norma de informacion financiera 9
 
empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024
empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024
empresa aje gropu trabajo grupal periodo 2024
 
INTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptx
INTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptxINTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptx
INTRODUCCION A LA SEGMENTACIÓN MERCADO.pptx
 
Josvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicas
Josvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicasJosvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicas
Josvil_Angel.pptx_Variables macroeconomicas
 
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
 
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxJOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
 
CLASIFICACION ECONOMICA INGRESOS Y GASTOS.ppt
CLASIFICACION ECONOMICA  INGRESOS Y GASTOS.pptCLASIFICACION ECONOMICA  INGRESOS Y GASTOS.ppt
CLASIFICACION ECONOMICA INGRESOS Y GASTOS.ppt
 
Unidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdf
Unidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdfUnidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdf
Unidad 1 El valor del dinero en el tiempo.pdf
 
Un plan de cuentas de una empresa comercial
Un plan de cuentas de una empresa comercialUn plan de cuentas de una empresa comercial
Un plan de cuentas de una empresa comercial
 
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLAN
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLANPLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLAN
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO SEGUIMIENTO DEL CEPLAN
 
Tratados de libre comercio de Ecuador con México
Tratados de libre comercio de Ecuador con MéxicoTratados de libre comercio de Ecuador con México
Tratados de libre comercio de Ecuador con México
 
Nulidad y Resolución del Contrato de los Contratos Públicos del Estado
Nulidad y Resolución del Contrato  de los Contratos Públicos del EstadoNulidad y Resolución del Contrato  de los Contratos Públicos del Estado
Nulidad y Resolución del Contrato de los Contratos Públicos del Estado
 
520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptx
520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptx520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptx
520221231-Plantilla-UCSUR-Ppt-eueieie.pptx
 
semana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.ppt
semana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.pptsemana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.ppt
semana 2 Los-Costos-por-proceso-de-producción.ppt
 
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
 
Grupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.ppt
Grupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.pptGrupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.ppt
Grupo07_USIL_FIN2_BoMunLima_02_atuncar.ppt
 
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampasflujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
 
CA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdf
CA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdfCA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdf
CA152-UPC-Impuesto a la Renta-Sesión 4-2024-1.pdf
 

El Impuesto Predial

  • 1. 1. ¿Qué es el Impuesto Predial? Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. La Municipalidad Metropolitana de Lima es la encargada de la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años. 2. ¿Quién Paga el impuesto Predial? Son contribuyentes de este impuesto: Las personas naturales o jurídicas que al 1° de enero de cada año resultan propietarios de los predios gravados. En caso de transferir el predio, el comprador asumirá la condición de contribuyente a partir del 1° de enero del año siguiente de producida la transferencia. En caso de condóminos o copropietarios, ellos están en la obligación de comunicar a la Municipalidad de su distrito la parte proporcional del predio que les corresponde (% de propiedad); sin embargo, la Municipalidad puede exigir a cualquiera de ellos el pago total del Impuesto. En los casos en que la existencia del propietario no pueda ser determinada, se encuentran obligados al pago (en calidad de responsables) los poseedores o tenedores de los predios. 3. ¿Cómo se calcula el Impuesto Predial? Información sobre el Impuesto Predial 1. ¿Qué es el Impuesto Predial? 2. ¿Quién Paga el impuesto Predial? 3. ¿Cómo se calcula el Impuesto Predial? 4. ¿Dónde y Cómo presento la declaración jurada? 5. ¿Qué sucede si no cumple con presentar las declaraciones juradas de inscripción o descargo dentro de los plazos? 6. ¿Cuál es el beneficio para pensionistas? 7. ¿Cuál es el plazo para declarar un predio? 8. ¿Dónde puedo declarar y pagar el Impuesto? 9. En caso de vender mi predio, ¿qué debo hacer? 10. ¿Cómo se adquiere la condición de contribuyente para el pago de arbitrios? 11. ¿Cómo se pagan los arbitrios? 12. ¿Dónde y cómo cancelo los arbitrios?
  • 2. El impuesto se calcula aplicando al valor de autovalúo, del total de los predios del contribuyente ubicados en cada distrito, la siguiente escala progresiva acumulativa: Tramo de autovalúo Alícuota Hasta 15 UIT 0.2% Más de 15 UIT y hasta 60 UIT 0.6% Más de 60 UIT 1.0%. 4. ¿Dónde y Cómo presento la declaración jurada? La declaración jurada debe ser presentada en la Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital donde se ubique el predio. En el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la declaración jurada deberá presentarse en las Oficinas de Atención SAT, para lo cual deberá presentar lo siguiente: Requisitos de la declaración jurada de inscripción: •Exhibición y copia del documento de identidad del propietario o de su representante, de ser el caso. •Exhibición del último recibo de luz, agua o teléfono del domicilio del actual propietario. •En caso de representación deberá presentar poder especifico en documento público o privado con firma legalizada ante notario o certificada por Fedatario del SAT. •Exhibición y copia del documento sustentatorio de la adquisición: a) Compra: Minuta o transferencia. b) Donación: Escritura pública de donación. c) Herencia: Partida de defunción, declaratoria de herederos, sentencia o escritura pública que señala la división y partición de los bienes. d) Remate: Acta judicial, resolución administrativa. e) Permuta: Contrato de permuta. f) Fusión: Copia literal de la inscripción en Registros Públicos. g) En los demás casos, documento que acredite la propiedad o posesión. Asimismo, si transfiere o vende un inmueble del Cercado de Lima, debe realizar su Declaración Jurada de Descargo ante el SAT comunicando la transferencia. El plazo vence el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia. De esta manera el SAT no emitirá más documentos a su nombre por deuda de años posteriores a la transferencia por ese inmueble. Asimismo, está obligado al pago total del Impuesto Predial del año en que se transfiere el inmueble. Requisitos de la declaración jurada de descargo: •Exhibición y copia del documento de identidad del propietario o de su representante, de ser el caso. •En caso de representación deberá presentar poder especifico en documento público o privado con firma legalizada ante notario o certificada por Fedatario del SAT. .Exhibición y copia del documento sustentatorio que acredite la transferencia. 5. ¿Qué sucede si no cumple con presentar las declaraciones juradas de inscripción o descargo dentro de los plazos?
  • 3. Si no ha presentado su declaración jurada dentro de los plazos establecidos, será pasible de la imposición de una multa tributaria, cuyos montos varían entre el 15% y el 100% de la UIT, dependiendo de la fecha de la infracción, del tipo de la declaración jurada (inscripción o descargo), y del tipo de contribuyente (Ej.: persona natural, persona jurídica, etc.) Sin embargo, existe un régimen de gradualidad de descuentos en los siguientes casos: Las multas tributarias serán rebajadas en un 90%, siempre que el deudor tributario cumple con cancelar la sanción con anterioridad a cualquier notificación o requerimiento de la Administración. Si la cancelación se realiza con posterioridad a la notificación o requerimiento de la Administración, pero antes de la notificación de la Resolución de Multa, la sanción se reducirá en un 80%. Cuando la cancelación de la sanción se realiza con posterioridad a la notificación de la Resolución de Multa, la sanción será rebajada en un 70%. 6. ¿Cuál es el beneficio para pensionistas? El beneficio consiste en deducir de su base imponible un monto equivalente a 50 UIT (vigente en el ejercicio gravable). De exceder este monto, deberá pagar el impuesto predial sólo por la diferencia resultante. Asimismo estará afecto al pago correspondiente al derecho de emisión. Para obtener este beneficio deberá cumplir las siguientes condiciones: •Ser propietario de un solo predio (no sólo en el distrito), a su nombre o de la sociedad conyugal, destinado a su vivienda. •Su ingreso bruto debe estar constituido por la pensión y no exceder de 1 UIT mensual. Para ello deberá presentar los siguientes documentos: •Dos últimas boletas de pago de pensión de jubilación •Resolución Directoral (emitido por ONP, AFP, etc.) •Documento de identidad. •Recibo de agua, luz o teléfono. 7. ¿Cuál es el plazo para declarar un predio? Al adquirir un predio, el nuevo propietario podrá declararlo hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente a la adquisición del bien. De no hacerlo incurrirá en infracción y se le sancionará con multa. Sin embargo, al estar obligado al pago de los arbitrios de el mes siguiente de producida la transferencia, se recomienda presentar su Declaración Jurada hasta antes del último día hábil del mes siguiente de ejecutada la transferencia. 8. ¿Dónde puedo declarar y pagar el Impuesto? En su municipalidad distrital correspondiente. De pertenecer al Cercado de Lima: Usted puede declarar en cualquiera de nuestras agencias: Listado de Agencias. Formas de Pago.
  • 4. 9. En caso de vender mi predio, ¿qué debo hacer? Cuando se efectúe cualquier transferencia de un predio, el vendedor debe comunicar la venta del bien, para lo cual deberá presentar una declaración de descargo hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos. Asimismo debe cumplir con efectuar el pago del impuesto de todo el año en que se produjo la transferencia. De no realizar dicha declaración, se le generará una multa tributaria por no comunicar la transferencia a la administración dentro del plazo establecido. Arbitrios Municipales Los Arbitrios Municipales son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de los servicios públicos de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo. Los arbitrios para el año 2009 han sido aprobado mediante la Ordenanza Nº 1203, la misma que ha establecido los montos de las tasas que deben pagar los contribuyentes del Cercado de Lima por concepto de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del ejercicio 2009. Ver Ordenanza 1203. Obligados al pago de arbitrios (Ordenanza N° 562) Son contribuyentes de los Arbitrios Municipales, los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier título. En el caso de los predios propiedad de las entidades religiosas, son responsables solidarios los poseedores de los mismos. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirirá la calidad de contribuyente el poseedor del predio. Asimismo, los predios de propiedad del Estado Peruano que hayan sido afectados en uso a diferentes personas naturales o jurídicas, se consideran contribuyentes para efectos del pago de los arbitrios a los ocupantes del mismo. 10. ¿Cómo se adquiere la condición de contribuyente para el pago de arbitrios? Una persona adquiere la condición de contribuyente el primer día de cada mes al que corresponde la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia, la obligación tributaria para el nuevo propietario nacerá el primer día del mes siguiente al que se adquirió la condición de propietario. 11. ¿Cómo se pagan los arbitrios? Los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo son de periodicidad mensual y su recaudación es trimestral. El pago puede efectuarse por cuotas trimestrales o al contado. Si se efectúa el pago al contado del total de los arbitrios a pagar en el 2009 dentro del plazo de vencimiento del 1º trimestre, tendrá un descuento del 5%. Los descuentos no incluyen el derecho de emisión. 12. ¿Dónde y cómo cancelo los arbitrios?
  • 5. Los Arbitrios Municipales pueden ser cancelados en cualquier Agencia de los siguientes bancos: >> Ver listado de lugares y formas de pago. https://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/Atencion/FormasdePago.aspx Asimismo podrán ser cancelados en nuestras Oficinas de Servicios al Administrado: >> Oficinas de Atención SAT. https://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/Atencion/AgenciasSat.aspx