02. argentina elias miguel - participación ciberciudadana y gobierno abierto
Concurso de los miembros de la junta de protección de derechos de la niñez y adolescencia de loja
1.
2. • Con fecha 6 de junio de 2011, la Organización Coordinadora Social de
Mujeres del Sur COSDEMUS, presentó al CPCCS una solicitud para la
conformación de un proceso de Veeduría Ciudadana al Concurso de
merecimientos para la designación de los miembros de la Junta Cantonal
de Protección de la Niñez y Adolescencia de Loja.
• Este requerimiento fue canalizado por la delegación temporal del CPCCS
en la provincia de Loja, y tomando en cuenta la demanda de trabajo en la
ciudad de Quito, el Director Nacional de Control Social, dispuso a la
delegación provincial, asumir el proceso de manera desconcentrada
coordinando con quien suscribe las acciones a realizar en base al
Reglamento.
• Con fecha 1 de julio del presente año se realiza la jornada de capacitación y
designación de Coordinadora del proceso.
• De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento General
de Veedurías Ciudadanas se acredito en acto público a la veedurías con
fecha 14 de julio del presente año, posteriormente se notificó al Municipio
de Loja en relación al inicio de la veeduría.
3. • Comisión especial de Méritos y oposición
• Comisión especial de apelaciones.
• Comisión especial de impugnaciones.
• Prueba psicotécnica.
• Entrevistas a candidatos.
4. .
• Luego de haber revisado las veedoras el fin del proceso de elección del
concurso de méritos y oposición para miembros de la JCPDNA-Loja. Es útil
presentar algunas recomendaciones, que lleven a fortalecer el proceso de
elección del concurso de merecimientos y oposición para miembros
JCPDNA-Loja.
• Que en posterior concurso para designar a la Junta del Consejo de la Niñez
y Adolescencia no se permita que los postulantes den prueba de oposición
en fechas indistintas.
• Que exista mayor publicidad para futuros concursos para garantizar mayor
participación y se cumpla con el principio de publicidad.
• Que el CPCCS dé mayor capacitación a los veedores en todas las etapas
del proceso de designación de vocales del Consejo de la Niñez y
Adolescencia de Loja.
5. .
• De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento general de
Veedurías Ciudadanas: Acompañamiento Técnico, la Dirección Nacional de
Control Social brindó asesoría y acompañamiento técnico, metodológico y de
incidencia política en los siguientes momentos.
• Dos jornadas de sensibilización y capacitación en temas relacionados con la
participación ciudadana y el control social en el marco constitucional y legal
vigente, contenidos técnicos y socialización de experiencias vivenciales de los
distintos mecanismos de participación ciudadana y control social, dando énfasis al
ejercicio de las veedurías ciudadanas.
• Asesoría técnica en la elaboración del plan de trabajo y cronograma de ejecución
de la veeduría ciudadana.
6. .
• Reunión con responsables del Municipio de Loja de manejar el Concejo Cantonal
de la Niñez, con el objeto de establecer los acuerdos necesarios para la correcta
ejecución de la veeduría, este espacio fue muy importante para articular el plan de
trabajo de la veeduría con el cronograma de trabajo establecido para la veeduría,
además de el comprometimiento de las autoridades en lo concerniente al libre
acceso a la información y a brindar las facilidades para el trabajo de la veeduría.
• Reuniones de acompañamiento técnico a la ejecución de la veeduría ciudadana,
seguimiento y monitoreo a las acciones de la veeduría y colaboración en el
análisis de la información inherente
7. • La “COORDINADORA SOCIAL DE Mujeres del Sur”, es de carácter
jurídica, ecuatoriana, de derecho privado, Con su domicilio en la parroquia
el Sagrario, cantón y provincia de Loja. Está integrada por mujeres de
diferentes sectores urbano, rurales, con vocación de servicio y
Emprendimiento hacia propuesta de desarrollo social y humano
participativo.
• Es importante señalar que esta organización participó en procesos de
contraloría social desde el año 2005, además fue parte de la red Cívica
Anticorrupción y participaron de manera protagónica en el proceso
constituyente y en la construcción del marco normativo que a la fecha rige a
la participación ciudadana.
• Además gozan de legitimidad en la provincia, en relación al impacto
ciudadano generado es importante indicar que este tipo de procesos
fortalecen la democracia participativa y la participación ciudadana en el
fortalecimiento de las instituciones públicas, especialmente por la
corresponsabilidad en los procesos de designación de autoridades
mediante concursos de méritos y oposición.
8. • En el caso de este proceso en particular, se debe resaltar el fortalecimiento
de las relaciones ciudadanía-estado; y la sostenibilidad de las
organizaciones sociales que desarrollan actividades vinculadas a la
participación ciudadana.
• El Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia, es un organismo
colegiado de nivel cantonal integrado paritariamente por representantes del
estado y la sociedad civil, encargado de elaborar y proponer políticas
locales al Concejo Municipal, goza de personería jurídica de derecho
público y de autonomía orgánica, funcional y presupuestaria, con la
cooperación del sector público y privado, que lideran la protección integral
de la niñez y adolescencia del cantón Loja.
• Dentro de los logros de este Concejo cantonal se resalta:
• Se estructura la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Niñez y
Adolescencia, después del proceso de elaboración y aprobación por parte
del CCNA L de los Reglamentos para la conformación como para su
funcionamiento se crea la primera JCPD en el cantón Loja, la integran tres
miembros principales y tres suplentes, apoyado por un equipo técnico, lo
que hace que la Junta este en la capacidad de atender de manera eficiente
y efectiva los casos de violación y restitución de derechos.
9. • Acoger las recomendaciones presentadas por la Veeduría y exhortar al
Alcalde de Loja, con el objeto de que se implementen las mismas en
futuros procesos.
• Difundir las conclusiones y recomendaciones del el informe final de la
veeduría en el portal web de la institución de conformidad con el literal f del
artículo 12 del reglamento General de Veedurías Ciudadanas.
• Coordinar la ejecución del acto público de socialización del informe final.
• Finalmente salvo mejor criterio, reconocer el trabajo de la delegación
temporal del CPCCS de Loja, que de forma desconcentrada apoyó y
acompañó el proceso.