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• La presente ley municipal, tiene por objeto regular la
gestión municipal desconcentrada y la prestación
descentralizada de los servicios municipales, que
posibilite eficiencia y cumplimiento de las competencias
autónomas, así como la profundización de la
participación ciudadana en el desarrollo municipal.
• La presente ley municipal tiene el siguiente alcance:
• 1) establecer las bases territoriales, organizaciones,
instituciones y administrativas para la gestión
descontrolada del gobierno autónomo de la paz.
• 2)organizar la institución publica del gobierno autónomo
municipal de la paz, a objeto del ejercicio de la gestión
del ejercicio de la gestión desconcentrada y la prestación
descentralizada de los servicios municipales, de
conformidad con sus competencias y atribuciones
autónomas.
• La asignación de competencias a las su alcaldías
municipales para su ejercicio en el ámbito territorial que
establece la presente ley municipal, en representación
del gobierno autónomo municipal de la paz.
• El fortalecimiento de la capacitación financiera de la sub
alcaldía municipales mediante la transferencia de
recursos económicos para el ejercicio y cumplimiento de
sus competencias en el cambio de su territorio.
• 6) la regulación d mecanismos de participación
ciudadana y el ejercicio del control social en la gestión
municipal descontrolada.
• 1) desconcentrar la admón. y gestión municipal,
acercando su institucionalidad publica al territorio, que
permita la atención directa y desburocratizada de las
necesidades y demandas de la población.
• 2) promover la admón. eficiente del territorio del
municipio de nuestra señora de la paz, organizando
adecuadamente su jurisdicción territorial en espacios
compatible al ejercicio d una gestión municipal acorde a
la realidad de la población del municipio.
• 3) fortalecer la capacitación institucional, técnica,
financiera y la gestión de las alcaldías municipales, como
instancias eficientes y eficaces en la atención de la
necesidades y demandas de la población de su ámbito
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• 4) garantizar a la población del municipio, el acceso a los
servicios municipales de modo directo, oportuno,
eficiente y sin barreras admtiva y burocráticas.
• 5) asignar y transferir recursos municipales a las su
alcaldías municipales, a efecto de incrementar y mejorar
su capacitación de inversión publica en planes,
programas y proyectos municipales.
• 6) profundizar la democracia municipal, mediante la
ampliación de la participación ciudadana en la toma de
decisiones en los asuntos municipales y hacer afectivo y
eficaz el control social en la gestión y admón. publica
municipal.
• Las disposiciones de la presente ley municipal, son de
aplicación en todo el territorio del municipio de nuestra
señora la paz y cumplimiento obligatorio por toda
persona natural o colectiva, publica o privada, nacional o
extranjera indistintamente de su naturaleza y
características.
• La gestión municipal desconcentrada y la
descentralización de los servicios municipales que
regulan la presente ley municipal, se originan por el
siguiente marco legal:
1) Constitución política del estado
2) Ley marco de autonomías y descentralización «Andrés
Ibáñez» No 31/ de 19 de julio /de 2010
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NO PROPUESTA QUE PROPONE
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REVOCACIÓN DE MANDATO
2 21, 37 Y 73 SE IMPONEN MAYORES REQUISITOS DE
ELEGIBILIDAD PARA SER CANDIDATO A
GOBERNADOR, DIPUTADO LOCAL, PRESIDENTE
MUNICIPAL, SINDICO O REGIDOR.
3 ARTICULO 18,
FRACCIÓN II DEL
ARTICULO 20 ,
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ARTICULO 21,
FRACCIÓN II DEL
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PROPONE QUE CONFORME A LA LISTAS DE
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MIGRANTE O BINACIONAL.
4 INICIATIVA DE LEY QUE
CONFORMA EL
PÁRRAFO CUARTO DE
LA FRACCIÓN V DEL
ARTICULO 12 DE LA
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA
ESTABLECE EL SUELDO DE LOS CONSEJEROS FUERA
E PERIÓDICO DE ELECCIONES NO DEBERÁ DE SER A
LA MITAD DEL SUELDO EQUIVALENTE AL SUELDO DE
LOS EMIGRANTES
5 INICIATIVA DE LEY QUE
REFORMA EL ARTICULO
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OTORGA FACULTADES AL IEPC DE JALISCO, PARA
CONVENIR CON EL IFE PARA QUE ESTE ASUME LA
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6 12y 13 la constitución política Que los salarios de los consejeros electos sean
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fracción ii, 74 fracción vii y
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11 Iniciativa que reforma el articulo 12
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Gestión municipal y cambio político

  • 1.
  • 2. • La presente ley municipal, tiene por objeto regular la gestión municipal desconcentrada y la prestación descentralizada de los servicios municipales, que posibilite eficiencia y cumplimiento de las competencias autónomas, así como la profundización de la participación ciudadana en el desarrollo municipal.
  • 3. • La presente ley municipal tiene el siguiente alcance: • 1) establecer las bases territoriales, organizaciones, instituciones y administrativas para la gestión descontrolada del gobierno autónomo de la paz. • 2)organizar la institución publica del gobierno autónomo municipal de la paz, a objeto del ejercicio de la gestión del ejercicio de la gestión desconcentrada y la prestación descentralizada de los servicios municipales, de conformidad con sus competencias y atribuciones autónomas.
  • 4.
  • 5. • La asignación de competencias a las su alcaldías municipales para su ejercicio en el ámbito territorial que establece la presente ley municipal, en representación del gobierno autónomo municipal de la paz. • El fortalecimiento de la capacitación financiera de la sub alcaldía municipales mediante la transferencia de recursos económicos para el ejercicio y cumplimiento de sus competencias en el cambio de su territorio.
  • 6. • 6) la regulación d mecanismos de participación ciudadana y el ejercicio del control social en la gestión municipal descontrolada.
  • 7. • 1) desconcentrar la admón. y gestión municipal, acercando su institucionalidad publica al territorio, que permita la atención directa y desburocratizada de las necesidades y demandas de la población.
  • 8. • 2) promover la admón. eficiente del territorio del municipio de nuestra señora de la paz, organizando adecuadamente su jurisdicción territorial en espacios compatible al ejercicio d una gestión municipal acorde a la realidad de la población del municipio.
  • 9. • 3) fortalecer la capacitación institucional, técnica, financiera y la gestión de las alcaldías municipales, como instancias eficientes y eficaces en la atención de la necesidades y demandas de la población de su ámbito territorial.
  • 10. • 4) garantizar a la población del municipio, el acceso a los servicios municipales de modo directo, oportuno, eficiente y sin barreras admtiva y burocráticas.
  • 11. • 5) asignar y transferir recursos municipales a las su alcaldías municipales, a efecto de incrementar y mejorar su capacitación de inversión publica en planes, programas y proyectos municipales.
  • 12. • 6) profundizar la democracia municipal, mediante la ampliación de la participación ciudadana en la toma de decisiones en los asuntos municipales y hacer afectivo y eficaz el control social en la gestión y admón. publica municipal.
  • 13. • Las disposiciones de la presente ley municipal, son de aplicación en todo el territorio del municipio de nuestra señora la paz y cumplimiento obligatorio por toda persona natural o colectiva, publica o privada, nacional o extranjera indistintamente de su naturaleza y características.
  • 14. • La gestión municipal desconcentrada y la descentralización de los servicios municipales que regulan la presente ley municipal, se originan por el siguiente marco legal: 1) Constitución política del estado 2) Ley marco de autonomías y descentralización «Andrés Ibáñez» No 31/ de 19 de julio /de 2010 3) Ley de municipales No2028 de 29 de diciembre de 1999 4) Legislación aplicaciones al régimen de las autonomías municipales.
  • 15.
  • 16. NO PROPUESTA QUE PROPONE 1 8,11,12,22,35,38,40- BIS,41,68,70 Y 73 REVOCACIÓN DE MANDATO 2 21, 37 Y 73 SE IMPONEN MAYORES REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA SER CANDIDATO A GOBERNADOR, DIPUTADO LOCAL, PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO O REGIDOR. 3 ARTICULO 18, FRACCIÓN II DEL ARTICULO 20 , FRACCIÓN III DEL ARTICULO 21, FRACCIÓN II DEL ARTÍCULOS 74 PROPONE QUE CONFORME A LA LISTAS DE DIPUTADOS PLURINOMINALES UNO DEBERÁ TENER AL MOMENTO DE LA ELECCIÓN LA CALIDAD DE MIGRANTE O BINACIONAL. 4 INICIATIVA DE LEY QUE CONFORMA EL PÁRRAFO CUARTO DE LA FRACCIÓN V DEL ARTICULO 12 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA ESTABLECE EL SUELDO DE LOS CONSEJEROS FUERA E PERIÓDICO DE ELECCIONES NO DEBERÁ DE SER A LA MITAD DEL SUELDO EQUIVALENTE AL SUELDO DE LOS EMIGRANTES 5 INICIATIVA DE LEY QUE REFORMA EL ARTICULO 12 FRACCIÓN XI DE LA CONSTITUCIÓN OTORGA FACULTADES AL IEPC DE JALISCO, PARA CONVENIR CON EL IFE PARA QUE ESTE ASUME LA ORGANIZACIÓN DE PROCESOS ELECTORAL LOCALES, SIN QUE MEDIE AUTORIZACIÓN DEL H,
  • 17. 6 12y 13 la constitución política Que los salarios de los consejeros electos sean según lo dictamine el comité técnico de valoración salarial. Modifica las reglas de financiamiento publico a los partidos políticos. 7 13 de la contestación política Modifica montos de distribución de financiamiento a los partidos políticos. 8 8adicionar los artículos 8,11,1235,40 y 41 de la constitución política del estado de Jalisco Reno vacación de mandato 9 Iniciativa de ley que reforma los artículos 18 y 19 de la constitución política del estado Propone eliminar un distrito electoral y tres diputados de representación proporcional. 10 Iniciativa de la ley para reformar artículos 18 y 19 primer párrafo, fracción ii, 74 fracción vii y adicionar el articulo 21 las fracciones xvii y xviii de la constitución política del estado de Jalisco Modificar la demanda lectoral estatal a 19 distritos. Reduce el numero de diputados. 11 Iniciativa que reforma el articulo 12 de la constitución política y los artículos 121 y 122 del código electoral y de participación ciudadana Aumenta la duración del cargo de consejeros electorales , de 3 a 4 años y crea la comisión interinstitucional, la cual eligiera a los mismo con las dos terceras partes de los miembros que integren dicha comisión.