Este documento describe el marco normativo y conceptual sobre el hostigamiento sexual laboral en Perú. Explica que el hostigamiento sexual es una forma de violencia que ocurre cuando hay conductas de naturaleza o connotación sexual no deseadas por la persona a quien se dirigen. Detalla las diferentes formas en que puede manifestarse, como verbal, física u otras formas, y los mitos comunes sobre el tema. También explica las consecuencias que puede tener y los procedimientos y derechos de las víctimas.
2. • Constitución Política del Perú: respeto a la dignidad (art.1), libertad e
intimidad (art. 2), trabajo (art. 23).
• Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres:
protección frente al hostigamiento sexual como lineamiento de política pública
(art. 6).
• D. Leg. N° 728 –Ley de Productividad y Competitividad Laboral y D.S. N°
003-97-TR, TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral: “El
hostigamiento sexual constituye un acto de hostilidad y una falta grave que amerita el
despido.”
• Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y su Reglamento, D.S.
N° 019-2006-TR: el hostigamiento sexual constituye una infracción muy
grave. y D.S. 019-2007-TR (su modificatoria)
• Convenio 111 OIT, relativo a la Discriminación en el Empleo
• Convención de Belén, para Prevenir y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(1996)
• Convención CEDAW, para eliminar todas las formas de discriminación
contra la Mujer (1982)
3. • Ley N° 27942, del 26 de febrero del 2003 Ley de Prevención y
Sanción del Hostigamiento Sexual.
• Ley N° 29430, del 08-11-2009 Ley que modifica Ley N° 27942 (arts.
1°,4°,5°7°y 8°) y su Reglamento, aprobado por D.S. N° 010-2003-
MIMDES.
MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO
4.
5. HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL
Conducta de
naturaleza o
connotación
sexual o
sexista
NO deseada
Por la
persona a la
que se dirige
ES UNA FORMA
DE VIOLENCIA
LA IMPORTANCIA DE ENTENDER EL
CONCEPTO DE CONSENTIMIENTO.
• Dado libremente
• Reversible
• Entusiasta
• Específico
6. Formas en que se manifiesta
VERBAL
Conversaciones con contenido sexual
“Venía y se ponía hablarme y hablarme de sexo… me
decía ‘si yo tengo mi novio y si ya he tenido
relaciones’, así me empezaba hablar (…) y me
empezaba a contar de todas sus historias con las
chicas, de lo que tenía escondido, o sea, algo así y
que no dejaba de hablar todos los días…” (Regina)*
Proposiciones, chistes
sexuales, “piropos”,
insinuaciones sexuales
*Entrevista realizada por : Ojeda Parra, Teresa, 2005
7. Formas en que se manifiesta
VERBAL
Bromas con contenido sexual
me bromeaba, me hacía bromas. Me decía ‘estás
bonita’ o algo así, me decía ‘pero, debes sonreír
más’ Y a mí más me daba cólera que me dijeraeso,
peor me ponía seria, pocas veces estaba alegre (…)
Solamente pasaba de bromas a insinuaciones, para
ver si uno hace caso.” (Edith)
Proposiciones, chistes
sexuales, “piropos”,
insinuaciones sexuales
*Entrevista realizada por : Ojeda Parra, Teresa, 2005
8. Formas en que se manifiesta
FISICA
Tocamientos no consentidos.
abrazos o besos no deseados, actos sexuales no
deseados.
“…una vez estaba así en la OFICINA …, el señor entra y
me dice ‘¡apúrate!’ y me da una palmada así en la nalga
(…) A veces yo estaba distraída, de repente lavando mis
ollas y se venía así, por detrás, y ya estaba ya ahí o ya
estaba su brazo por acá por mi hombro…” (Regina)
*Entrevista realizada por : Ojeda Parra, Teresa, 2005
9. Formas en que se manifiesta
“El que no me dejaba con su mirada de lince era
su marido; íbamos a Chorrillos donde su tía y
andaba mirando siempre por el espejo, ¡eso era
su manía! (…) Él con cara de cachoso… ¡yo le
tenía miedo!” (Edith)
Exhibición de fotos con contenido sexual.
“ ‘¡vamos a la sala para ver un vídeo!’ -pero era para
ver un vídeo de repente medio porno y él me decía-
‘es algo normal, son cosas de la vida que tu puedes
aprender mucho y para que ya sepas’ (…) también me
hacía ver una foto de una chica que estaba así pues,
desnuda…” (Regina)
Miradas insinuantes
OTRAS FORMAS
10. Sujetos del hostigamiento
sexual
Denunciado o quejado:
El/la empleador/a, algún/a integrante
del hogar en el que labora la persona
trabajadora;, tenga contacto con
aquella con ocasión del servicio que
presta.
Denunciante
Trabajador/a
11. 1. Es un problema poco frecuente.
2. Se trata solo de un malentendido o de
una mala interpretación.
3. La víctima provocó al hostigador con sus
gestos o su forma de vestir.
4. Las denuncias son una forma de
venganza de las mujeres.
5. Los hombres son así, hay que
comprenderlos. La naturaleza
masculina es así.
6. Sólo las mujeres jóvenes y atractivas
pueden ser acosadas sexualmente.
Mitos sobre el hostigamiento sexual
12. FISIOLOGICO:
Dolor de cabeza y
de estómago,
nauseas,
palpitaciones,
presión del pecho,
tensión muscular,
temblores, excesiva
sudoración
AFECTIVO:
Ira, tristeza, baja
autoestima, miedo,
ansiedad, estrés,
aislamiento, sentimiento
de culpa, sentimiento de
indefensión, vergüenza.
SOCIAL:
Baja productividad
y absentismo en el
trabajo.
Costos en
reemplazar al
personal, renuncia.
Consecuencias
13. Accionar el Cese de
hostilidad
Plazo: dentro de los 30
días calendarios
posteriores a sucedidos
los hechos
Exigir el pago de una
indemnización dando
por terminado el
contrato de trabajo.
Independientemente
deberá solicitar el pago
de los beneficios
sociales que
correspondan.
O
Asimismo, la víctima tiene el derecho de demandar los daños y
perjuicios sufridos producto del acto de
hostigamiento sexual.
Recurre al Poder Judicial
14. Procedimiento en el sector
público
De acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir)
es el organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos del Estado. A este sistema están sujetas todas las entidades de la administración
pública señaladas en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28175, Ley Marco del
Empleo Público. Las oficinas de Recursos Humanos de las entidades, o las que hagan sus veces,
constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos,
sujetándose a las disposiciones que emita Servir. Servir tiene, entre otras funciones, la de
“planificar y formular las políticas nacionales del sistema en materia de recursos humanos,
organización del trabajo y su distribución, gestión del empleo, rendimiento, evaluación,
compensación, desarrollo y capacitación, y relaciones humanas en el servicio civil”. Esto se
complementa con las atribuciones que tiene Servir como ente rector, entre las que destacan la
atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia,
normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los
recursos humanos del Estado; y la atribución supervisora, por la que tiene competencia para
revisar, en vía de fiscalización posterior y cuando lo determine conveniente, el cumplimiento de
las políticas y normas del
15.
16.
17. ¿Acoso sexual es delito?
DECRETO LEGISLATIVO 1410
Artículo 176-B.- Acoso sexual
Conducta punible:
Vigilar, perseguir, hostigar, asediar o
buscar establecer contacto o cercanía
con una persona, sin el
consentimiento de esta, para llevar a
cabo actos de connotación sexual.
Medio: cualquier forma, incluyendo
uso de nuevas tecnologías
Sujeto activo: Cualquier persona
Modalidad agravada:
La conducta se lleva a cabo en el
marco de una relación laboral
Pena:privativa de la libertad
no menor de 3- 5 años e
inhabilitación
Pena:privativa de la libertad
no menor de 4- 8 años e
inhabilitación
22. HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL
Vamos a responder:
¿Debe probarse el
impacto en el ambiente de
trabajo o en la afectación
a la víctima o en su
actividad?
¿Esnecesario jerarquía o
grados entre las partes
involucradas?
¿Esnecesario la
reiterancia?
¿Esnecesario el rechazo
expreso de la víctima?
¿solo puede ocurrir dentro
del centro de trabajo?
situaciones producidas en el marco de una relación laboral