2. 107 modificaciones a la Ley Orgánica de
Educación Superior
Fueron introducidas por el presidente de
Ecuador, Rafael Correa,
Fueron aprobadas el 4 de agosto del 2010
por la Asamblea Nacional de ese país.
3. Artículo 53, Inciso primero, se extienden los
procesos electorales para elegir a las
autoridades hasta llegar al decano,
subdecano, director y subdirector de
escuela. Ellos podrán ser reelegidos por una
sola vez.
Artículo 55, Incisos primero y segundo, se
establecían diferentes procesos de elección
para rectores de universidades públicas y
privadas.
4. Artículo 70, indica que quienes trabajan en
instituciones de educación superior son
servidores públicos. Pero continuaran
regulados por el Consejo de Educación.
Artículos 351, 353, y 355, relativos a la
autonomía universitaria y a la competencia
de los organismos públicos colegiados que
deben regir el Sistema de Educación
Superior, estarán bajo un veto parcial, esto
advirtió el Presidente de CONESUP.