3. Es una técnica de archivamiento de documentos
basado fundamentalmente en el cambio de
soporte de los documentos electrónicos o, de
papel, en otro de un material sintético muy
resistente y durable. Normalmente es una cinta
de 30,5 metros de un material plástico flexible,
sobre la cual se ha depositado una capa de
material tipo fotográfico de altísima calidad. En
esta cinta se ¨fotografían¨ los documentos con
fuertes reducciones, sin por ello perder calidad o
información.
4. De ésta reducción o miniaturización de
tamaño, derivan todas las aplicaciones y, por
consiguiente sus grandes ventajas. La
operación se lleva a cabo con máquinas
especiales, y manejadas por personal
competente que continuamente están
testeando todo el material para que la calidad
se mantenga dentro de los parámetros
establecidos.
5. 1- Microfilmadora Planetaria
2-Microfilmadora Rotativa
3-Cámaras repetidoras o paso a paso
4-Cámaras C.O.M
6. Es generalmente usada
para documentos cuyas
dimensiones son
incompatibles con la
capacidad de entrada de
los equipos o cámaras
rotativas tales como:
mapas, dibujos técnicos,
planos de ingeniería,
libros, periódicos, etc.
7. Con la microfilmadora rotativa
se consigue microfilmar con el
método más rápido y
automatizado. Con este método
pueden fotografiarse miles de
documentos por hora. La
microfilmadora rotativa acepta,
por lo general, hojas sueltas.
Los documentos a fotografiar
deben ser colocados en el
alimentador. Una vez
introducidos en el área de
alimentación, los documentos
pasan a través de la
microfilmadora, son filmados y
depositados en una bandeja
receptora.
8. La microfilmadora paso a paso
es un tipo de microfilmadora
planetaria que utiliza película
de microfilm de 105 mm. en
forma de rollo u hoja. Se utiliza
para producir microfichas. (La
microficha es una hoja de
microfilm que contiene varias
imágenes posicionadas en una
cuadrícula). La microfilmadora
expone un fotograma (pequeña
parte) del microfilm de 105
mm. por cada imagen.
9. Estas microfilmadoras
pasan directamente a
microfilm datos contenidos
en una cinta magnética de
computadora, de esta
forma no es necesario
imprimir estos datos; el
papel no se utiliza para
nada.(el microfilm es
generalmente un rollo de
16 mm. o 105 mm. puede
ser cortado para convertirlo
en microficha)
10. Objetivo General
Resguardar
documentos,
expedientes y demás
información de interés
para la institución,
ejecutando actividades
de recepción, archivo y
custodia de
documentos, en una
unidad de archivo, a
fin de mantener
información
organizada.
Objetivo Específico
Microfilmar varios
documentos,
organizando,
clasificando y
distribuyendo el
material.
Y preservar los
documentos originales
sin importar cual sea su
soporte.
11. Ventajas
Durabilidad.
Tecnología estable.
Versatilidad.
Es un medio rápido y
práctico para la
localización de
información.
Se puede trasladar a
través del correo, lo
que facilita transporte
y bajos costos del
mismo.
Desventajas
Imposibilidad de
mejorar la imagen por
su carácter fotográfico.
El microfilm no puede
mejorar la legibilidad
de la información que
tiene problemas en
soporte de papel.
Lentitud en la
búsqueda
Consulta única
12. ARTICULO 2° del Decreto 2527 de 1950
Podrán microfilmarse los documentos y expedientes que han sido sometidos
al trámite normal y los que encontrándose en trámite, por su importancia
merezcan un especial cuidado en la conservación y autenticidad; pero no
podrán ser destruidos sus originales hasta cuando haya transcurrido el
tiempo que la prudencia y la costumbre aconsejen en cada caso, de acuerdo
con su naturaleza.
Al someter a la microfilmación cualquier documento, debe tenerse el cuidado
de que quede copiado en la cinta íntegramente y con absoluta fidelidad, de
tal modo que queda prohibido hacerles recortes, dobleces, enmendaduras o
cualquier adulteración, con pena de perder su valor probatorio.
El procedimiento de microfilm, deberá aplicarse en los archivos oficiales de
la administración nacional, departamental y municipal, y en los de las
instituciones de crédito y demás entidades sometidas a la supervigilancia del
Estado, cumpliendo las disposiciones de este decreto y las que para cada
caso establezca la correspondiente autoridad, sea ministerio, gobernación,
comando de fuerza o arma, departamento administrativo, alcaldía,
superintendencia o junta directiva.Derogado por la Ley 80 de 1989 Ver
Circular Secretaría General 50 de 2002