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PROCESODERACIONALIZACIÓN 2019
YSUAPLICACIÓN ENELSIRAWEB
1
Dirección Técnico Normativa de Docentes
Julio 2019
¿Quéeselproceso
deracionalización?
Es un proceso permanente, obligatorio y
prioritario. Orientado a optimizar la
asignación de plazas docentes a nivel
nacional en función de las necesidades
reales y verificadas del servicio educativo,
con criterio de flexibilidad.
Beneficios
Equilibra la oferta y
demanda con criterio
de flexibilidad.
• Identifica el déficit de plazas
• Identifica las excedencias
del personal
• Reubicar plazas vacantes
• Reasignar personal nombrado
excedentes
• Adecuación de plazas vacantes
excedentes
RACIONALIZACIÓN
Encargatura
Contrato
docente
Nombramiento
Reasignación
Creación de
plazas
¿Porquéesnecesario realizarel
proceso racionalización?
1. Se establecen dos fases en el proceso de racionalización, que involucra a las DRE a fin que puedan
redistribuir las plazas en el ámbito regional, desplazándolas de UGEL a UGEL.
Principales cambios normativos
ETAPA
I
ETAPA
II
ETAPA
III
ETAPA
I
ETAPA
II
FASE II
FASE I
CORA IE CORA UGEL CORA DRE MINEDU-UPP DRE-UGEL
Declara
excedencias y
formula las
necesidades
de plazas.
Reasigna,
reubica y
adecua las
plazas
(ocupadas y
vacantes).
Reasigna, reubica
y adecua plazas
que no fueron
ubicadas en la
etapa II a nivel
de las UGEL del
ámbito regional.
Revisa, compara y
valida las posibles
excedencias no
declaradas.
Evalúa los
requerimientos.
Subsana
observaciones
de acuerdo a los
resultados a fin
de garantizar el
servicio
educativo.
Declarativa
Evaluativa
Marzo-junio* Julio-noviembre
*Mediante la R. M. N.° 284-2019-MINEDU se amplia la Fase 1 (Declarativa) hasta el 30 de julio, y la Fase 2 (Evaluativa) se realice entre los meses de agosto a
noviembre de 2019
Principalescambiosnormativos
A
La propuesta pedagógica,
así como, las
características del modelo
de servicio educativo que
se implementa en la IE.
Las condiciones y
necesidades
pedagógicas, referidas
a estudiantes
inclusivos.
Las limitaciones de
infraestructura escolar
y recursos humanos,
referidas a la
capacidad de
estudiantes en aula.
La realidad
socioeconómica, cultural y
lingüística, dispersión
demográfica y la geografía
para lo cual se considera la
característica y ubicación
de la IE.
B C D
2. Se incorpora el criterio de flexibilidad en el proceso de racionalización que debe ser considerada por la CORA-IE, CORA-
UGEL y CORA-DRE.
Estos criterios se consideran en el informe final que se sube en el Sira Web
3. Se establece el uso obligatorio del
sistema SIRA para determinar la
excedencia y necesidad de plazas.
4. Se incluye como criterio para declarar
excedencia, en primer orden a la plaza vacante
(orgánica o eventual).
Principalescambiosnormativos
5. Se incluye procedimientos y criterios
para el proceso de racionalización del
auxiliar de educación, en el nivel inicial y
secundaria (EBR) y especial (EBE).
Numerales
Del 9.6 al 9.10,
10.13, 10.15, 11.3,
12.4 y 12.5
6. Se establecen las responsabilidades de la
CORA IE que no lleven a cabo el proceso de
racionalización, habilitando la posibilidad a
procesos disciplinarios.
Principalescambiosnormativos
7. Se establece el número de secciones
mínimas que debe contar las IE para que
las plazas de director no tengan horas de
dictado o aula a cargo.
8. Se establece procedimientos y
requisitos para asignar plazas
de profesor de Aula de
Innovación Pedagógica – AIP
(niveles primaria y secundaria
de EBR)
9. Se fija procedimiento
para que la IE de EBR
Primaria pueda contar
con plazas orgánicas de
Educación Física.
Principalescambiosnormativos
10.Se aclara que el proceso de racionalización en los cargos de
profesor coordinador de PRONOEI y los PRITE se encuentran
a cargo de la CORA-UGEL (numeral 10.14).
11.Se establece el número de estudiantes en II.EE. del modelo
de servicio de residencia estudiantil (SRE), Secundaria en
alternancia (SA), Secundaria tutorial (ST) y el modelo de los
centro rurales de formación en alternancia – CRFA.
Principalescambiosnormativos
14.Se establece que las plazas jerárquicas se adecúan al cargo de Coordinador de Tutoría y
Orientación Educativa – TOE y el cargo de Coordinador Pedagógico y se fije el número de
secciones para que la IE pueda contar con una plaza jerárquica.
15.Se establecen disposiciones para que las II.EE. de acción conjunta y por convenio lleven a cabo
el proceso de racionalización, entre estas, que la atención del requerimiento de plazas es
atendida siempre que la IE no realice ningún cobro de pensión.
16.Se habilita que los docentes que no sean declarados excedentes, pero cuentan con título
pedagógico en otra área curricular o nivel educativo, puedan solicitar ser reasignados a plazas
vacantes que guarden relación con su formación profesional, lo que será atendido cuando la
CORA-UGEL culmine con el proceso (numeral 16.8)
Principalescambiosnormativos
Adecuacióndecargos
Para la adecuación de cargos se debe tener en cuenta lo siguiente:
La recategorización de la plaza
no debe generar incremento de
presupuesto
Pertenecer al mismo
régimen laboral
No se adecua cargos de la
IE a la UGEL/DRE u ODEC
Casosespeciales
 Profesores con enfermedades que
impiden el contacto con estudiantes
o con enfermedades terminales
Estos deberán ser debidamente
diagnosticados y en ambos casos se
debe subir información al SIRA WEB.
 Profesores con medida de separación
preventiva o retiro
Si la medida aplicada se encuentre
dentro de un periodo de 90 días, el
profesor no debería ser considerado en
el proceso de racionalización.
En el caso que este periodo haya sido
superado y alcance a la fase evaluativa el
docente será considerado en el proceso
de racionalización.
Casuísticasobrelaaplicación
deloscriteriosdeflexibilidad
CASO 1
En la IE “José Olaya Balandra” del nivel secundaria ha sido declarada excedente doña Carmen Salazar
Gutiérrez, profesora nombrada en la especialidad de Lengua – Literatura, y, no existe plaza vacante de su
especialidad para que pueda ser reasignada dentro del ámbito de su UGEL; sin embargo existe una IE de
Jornada Escolar Completa (JEC) que atiende cinco (5) secciones, su cuadro de horas es atendido con “Bolsa
de Horas” (225 horas), en la actualidad hay un profesor contratado en el área de Comunicación con una
jornada de 25 horas por bolsa de horas, la profesora excedente ha solicitado a la CORA-UGEL ser
reubicada a la IE- JEC en el área de comunicación.
a) ¿Es posible reubicar a la docente excedente a una plaza de bolsa de horas de su área curricular que
guarda relación con su jornada de trabajo?
b) En caso proceda la petición, señalar el procedimiento que debe realizar a nivel de la CORA-UGEL.
c) En caso no proceda, la CORA-UGEL debe sustentar los motivos por el cual no procede.
Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
CASO 2
Una IE del nivel secundaria tiene 26 secciones y cuenta con los siguientes cargos jerárquicos: una
plaza de asesor de ciencias, una plaza de asesor de letras y una plaza asesor de matemática, dichos
cargos han sido adecuados al cargo de Coordinador Pedagógico por disposición del numeral 10.10 de
la norma técnica de racionalización; ante ello la CORA-IE ha solicitado ante la CORA-UGEL que
permanezcan dos plazas de Coordinador Pedagógico por el número de secciones y la otra plaza sea
adecuada al cargo de Coordinador TOE, para lo cual sustentan que pese que la IE se encuentra
ubicada en zona urbana, la localidad se ubica en un lugar donde los estudiantes están expuestos al
pandillaje juvenil, embarazo precoz y otros problemas de índole social y por ello requieren que las
plazas jerárquicas permanezcan en la IE.
a) ¿Es posible que la IE pese a contar con 26 secciones, pueda contar con dos plazas de Coordinador Pedagógico?
b) ¿Es atendible la solicitud de adecuación al cargo de Coordinador TOE?
Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
CASO 3
Una IE cuenta en el nivel primaria con (11 secciones) y el nivel secundaria (21 secciones), además
tiene una plaza de director (designado) y dos (2) subdirectores designados ubicados en el nivel
secundaria, en el nivel primaria no cuenta con plazas directivas, la CORA-IE informa a la CORA-UGEL
que en el nivel secundaria ha sido declarada excedente una plaza de subdirector; solicitando que
dicha plaza sea reubicada al nivel primaria por el número de secciones.
La CORA-UGEL debe responder a las siguientes interrogantes:
a) ¿Corresponde que el nivel primaria cuente con plaza de subdirector?
b) El subdirector que ha sido declarado excedente ¿puede ser reubicado al nivel primaria?
c) ¿Qué otro procedimiento debe efectuar la CORA-UGEL para que el nivel primaria cuente con una plaza de
subdirector?
Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
CASO 4
La IE N.°1510 del nivel primaria (polidocente) ubicada en zona urbana, cuenta con seis (6) docentes y 01 director encargado del
puesto, cada aula tiene capacidad para albergar a 30 estudiantes en promedio, cuenta con las siguientes secciones:
Primer grado: 25 estudiantes de los cuales uno (1) es inclusivo
Segundo grado: 18 alumnos
Tercer grado: 19 alumnos
Cuarto grado: 15 alumnos
Quinto grado: 17 alumnos
Sexto grado: 18 alumnos
La CORA-IE argumentando el criterio de flexibilidad sustenta que no debe ser declarado excedente ninguna plaza docente, muy por
el contrario presenta como requerimiento una plaza de profesor para poder desdoblar el primer grado, donde se evidencia al
estudiante inclusivo. Corresponde que la CORA-UGEL realice la evaluación de dicho informe, respondiendo las siguientes
interrogantes:
a) De acuerdo a la demanda de estudiantes y la ubicación de la IE, ¿corresponde validar el requerimiento de la plaza de profesor?
b) ¿Corresponde que se declare excedente alguna plaza?
c) ¿Con cuántas plazas debe funcionar el servicio en dicha IE?
Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
CASO 5
La IE N.° 2050 del nivel primaria (polidocente) ubicada en zona rural, cuenta con 7 docentes y las siguientes secciones:
Primer grado: A (12 estudiantes, de los cuales 1 es inclusivo) y B (11 alumnos, de los cuales 1 tiene problemas de aprendizaje)
Segundo grado: 15 estudiantes
Tercer grado: 16 estudiantes
Cuarto grado: 15 estudiantes
Quinto grado: 17 estudiantes
Sexto grado: 16 estudiantes
La CORA-IE aplicando el criterio de flexibilidad (ámbito geográfico) ha sustentado ante la CORA-UGEL que no existen excedentes,
pero no ha sido sustentado en el informe reportado en el aplicativo SIRA WEB; sin embargo, la CORA-UGEL ha determinado que
corresponde que en el primer grado fusionen las secciones y solo funcione un aula por tanto debe declararse excedente una plaza,
lo cual ha conllevado a la movilización de los padres de familia que exigen se reconsidere el caso y se mantenga la misma cantidad
de plazas.
a) ¿La CORA-IE ha aplicado de manera adecuada el criterio de flexibilidad?
b) ¿La CORA-UGEL ha tenido en consideración el sustento de la CORA-IE?
c) Señalar el procedimiento para que la CORA-IE pueda sustentar el criterio de flexibilidad, y ¿qué criterios de flexibilidad se deben considerar?
Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
CASO 6
La IE N.° 89004 del nivel primario (polidocente) ubicada en zona urbana, cuenta con 6 docentes nombrados y 1 plaza vacante, y las
siguientes secciones:
Primer grado: 19 alumnos
Segundo grado: 18 alumnos
Tercer grado: 19 alumnos
Cuarto grado: 15 alumnos
Quinto grado: 17 alumnos
Sexto grado: 18 alumnos
La CORA-IE da a conocer que un docente nombrado que cuenta con la mayor escala magisterial adolece de una enfermedad grave
(TBC), quien está asistiendo a un tratamiento especializado y su médico ha recomendado que no debe tener contacto con otras
personas (cuenta con informe médico), razón por la cual no ha sido considerado en la racionalización; sin embargo, la CORA-UGEL al
momento de verificar dicho proceso en el aplicativo SIRA WEB no encuentra el sustento para poder excluir al docente del proceso,
por ello concluye que necesariamente se debe declarar un excedente.
a) De implementar lo que recomienda la CORA-UGEL ¿qué plaza debe ser declarada excedente?
b) De aplicar lo que recomienda la CORA-UGEL ¿se soluciona el problema de la excedencia? ¿qué otro problema podría ocurrir?
c) Señalar el procedimiento o los pasos que debe seguir la CORA-IE para sustentar el estado de salud del docente.
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  • 2. ¿Quéeselproceso deracionalización? Es un proceso permanente, obligatorio y prioritario. Orientado a optimizar la asignación de plazas docentes a nivel nacional en función de las necesidades reales y verificadas del servicio educativo, con criterio de flexibilidad.
  • 3. Beneficios Equilibra la oferta y demanda con criterio de flexibilidad. • Identifica el déficit de plazas • Identifica las excedencias del personal • Reubicar plazas vacantes • Reasignar personal nombrado excedentes • Adecuación de plazas vacantes excedentes
  • 5. 1. Se establecen dos fases en el proceso de racionalización, que involucra a las DRE a fin que puedan redistribuir las plazas en el ámbito regional, desplazándolas de UGEL a UGEL. Principales cambios normativos ETAPA I ETAPA II ETAPA III ETAPA I ETAPA II FASE II FASE I CORA IE CORA UGEL CORA DRE MINEDU-UPP DRE-UGEL Declara excedencias y formula las necesidades de plazas. Reasigna, reubica y adecua las plazas (ocupadas y vacantes). Reasigna, reubica y adecua plazas que no fueron ubicadas en la etapa II a nivel de las UGEL del ámbito regional. Revisa, compara y valida las posibles excedencias no declaradas. Evalúa los requerimientos. Subsana observaciones de acuerdo a los resultados a fin de garantizar el servicio educativo. Declarativa Evaluativa Marzo-junio* Julio-noviembre *Mediante la R. M. N.° 284-2019-MINEDU se amplia la Fase 1 (Declarativa) hasta el 30 de julio, y la Fase 2 (Evaluativa) se realice entre los meses de agosto a noviembre de 2019
  • 6. Principalescambiosnormativos A La propuesta pedagógica, así como, las características del modelo de servicio educativo que se implementa en la IE. Las condiciones y necesidades pedagógicas, referidas a estudiantes inclusivos. Las limitaciones de infraestructura escolar y recursos humanos, referidas a la capacidad de estudiantes en aula. La realidad socioeconómica, cultural y lingüística, dispersión demográfica y la geografía para lo cual se considera la característica y ubicación de la IE. B C D 2. Se incorpora el criterio de flexibilidad en el proceso de racionalización que debe ser considerada por la CORA-IE, CORA- UGEL y CORA-DRE. Estos criterios se consideran en el informe final que se sube en el Sira Web
  • 7. 3. Se establece el uso obligatorio del sistema SIRA para determinar la excedencia y necesidad de plazas. 4. Se incluye como criterio para declarar excedencia, en primer orden a la plaza vacante (orgánica o eventual). Principalescambiosnormativos
  • 8. 5. Se incluye procedimientos y criterios para el proceso de racionalización del auxiliar de educación, en el nivel inicial y secundaria (EBR) y especial (EBE). Numerales Del 9.6 al 9.10, 10.13, 10.15, 11.3, 12.4 y 12.5 6. Se establecen las responsabilidades de la CORA IE que no lleven a cabo el proceso de racionalización, habilitando la posibilidad a procesos disciplinarios. Principalescambiosnormativos
  • 9. 7. Se establece el número de secciones mínimas que debe contar las IE para que las plazas de director no tengan horas de dictado o aula a cargo. 8. Se establece procedimientos y requisitos para asignar plazas de profesor de Aula de Innovación Pedagógica – AIP (niveles primaria y secundaria de EBR) 9. Se fija procedimiento para que la IE de EBR Primaria pueda contar con plazas orgánicas de Educación Física. Principalescambiosnormativos
  • 10. 10.Se aclara que el proceso de racionalización en los cargos de profesor coordinador de PRONOEI y los PRITE se encuentran a cargo de la CORA-UGEL (numeral 10.14). 11.Se establece el número de estudiantes en II.EE. del modelo de servicio de residencia estudiantil (SRE), Secundaria en alternancia (SA), Secundaria tutorial (ST) y el modelo de los centro rurales de formación en alternancia – CRFA. Principalescambiosnormativos
  • 11. 14.Se establece que las plazas jerárquicas se adecúan al cargo de Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa – TOE y el cargo de Coordinador Pedagógico y se fije el número de secciones para que la IE pueda contar con una plaza jerárquica. 15.Se establecen disposiciones para que las II.EE. de acción conjunta y por convenio lleven a cabo el proceso de racionalización, entre estas, que la atención del requerimiento de plazas es atendida siempre que la IE no realice ningún cobro de pensión. 16.Se habilita que los docentes que no sean declarados excedentes, pero cuentan con título pedagógico en otra área curricular o nivel educativo, puedan solicitar ser reasignados a plazas vacantes que guarden relación con su formación profesional, lo que será atendido cuando la CORA-UGEL culmine con el proceso (numeral 16.8) Principalescambiosnormativos
  • 12. Adecuacióndecargos Para la adecuación de cargos se debe tener en cuenta lo siguiente: La recategorización de la plaza no debe generar incremento de presupuesto Pertenecer al mismo régimen laboral No se adecua cargos de la IE a la UGEL/DRE u ODEC
  • 13. Casosespeciales  Profesores con enfermedades que impiden el contacto con estudiantes o con enfermedades terminales Estos deberán ser debidamente diagnosticados y en ambos casos se debe subir información al SIRA WEB.  Profesores con medida de separación preventiva o retiro Si la medida aplicada se encuentre dentro de un periodo de 90 días, el profesor no debería ser considerado en el proceso de racionalización. En el caso que este periodo haya sido superado y alcance a la fase evaluativa el docente será considerado en el proceso de racionalización.
  • 15. CASO 1 En la IE “José Olaya Balandra” del nivel secundaria ha sido declarada excedente doña Carmen Salazar Gutiérrez, profesora nombrada en la especialidad de Lengua – Literatura, y, no existe plaza vacante de su especialidad para que pueda ser reasignada dentro del ámbito de su UGEL; sin embargo existe una IE de Jornada Escolar Completa (JEC) que atiende cinco (5) secciones, su cuadro de horas es atendido con “Bolsa de Horas” (225 horas), en la actualidad hay un profesor contratado en el área de Comunicación con una jornada de 25 horas por bolsa de horas, la profesora excedente ha solicitado a la CORA-UGEL ser reubicada a la IE- JEC en el área de comunicación. a) ¿Es posible reubicar a la docente excedente a una plaza de bolsa de horas de su área curricular que guarda relación con su jornada de trabajo? b) En caso proceda la petición, señalar el procedimiento que debe realizar a nivel de la CORA-UGEL. c) En caso no proceda, la CORA-UGEL debe sustentar los motivos por el cual no procede. Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
  • 16. CASO 2 Una IE del nivel secundaria tiene 26 secciones y cuenta con los siguientes cargos jerárquicos: una plaza de asesor de ciencias, una plaza de asesor de letras y una plaza asesor de matemática, dichos cargos han sido adecuados al cargo de Coordinador Pedagógico por disposición del numeral 10.10 de la norma técnica de racionalización; ante ello la CORA-IE ha solicitado ante la CORA-UGEL que permanezcan dos plazas de Coordinador Pedagógico por el número de secciones y la otra plaza sea adecuada al cargo de Coordinador TOE, para lo cual sustentan que pese que la IE se encuentra ubicada en zona urbana, la localidad se ubica en un lugar donde los estudiantes están expuestos al pandillaje juvenil, embarazo precoz y otros problemas de índole social y por ello requieren que las plazas jerárquicas permanezcan en la IE. a) ¿Es posible que la IE pese a contar con 26 secciones, pueda contar con dos plazas de Coordinador Pedagógico? b) ¿Es atendible la solicitud de adecuación al cargo de Coordinador TOE? Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
  • 17. CASO 3 Una IE cuenta en el nivel primaria con (11 secciones) y el nivel secundaria (21 secciones), además tiene una plaza de director (designado) y dos (2) subdirectores designados ubicados en el nivel secundaria, en el nivel primaria no cuenta con plazas directivas, la CORA-IE informa a la CORA-UGEL que en el nivel secundaria ha sido declarada excedente una plaza de subdirector; solicitando que dicha plaza sea reubicada al nivel primaria por el número de secciones. La CORA-UGEL debe responder a las siguientes interrogantes: a) ¿Corresponde que el nivel primaria cuente con plaza de subdirector? b) El subdirector que ha sido declarado excedente ¿puede ser reubicado al nivel primaria? c) ¿Qué otro procedimiento debe efectuar la CORA-UGEL para que el nivel primaria cuente con una plaza de subdirector? Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
  • 18. CASO 4 La IE N.°1510 del nivel primaria (polidocente) ubicada en zona urbana, cuenta con seis (6) docentes y 01 director encargado del puesto, cada aula tiene capacidad para albergar a 30 estudiantes en promedio, cuenta con las siguientes secciones: Primer grado: 25 estudiantes de los cuales uno (1) es inclusivo Segundo grado: 18 alumnos Tercer grado: 19 alumnos Cuarto grado: 15 alumnos Quinto grado: 17 alumnos Sexto grado: 18 alumnos La CORA-IE argumentando el criterio de flexibilidad sustenta que no debe ser declarado excedente ninguna plaza docente, muy por el contrario presenta como requerimiento una plaza de profesor para poder desdoblar el primer grado, donde se evidencia al estudiante inclusivo. Corresponde que la CORA-UGEL realice la evaluación de dicho informe, respondiendo las siguientes interrogantes: a) De acuerdo a la demanda de estudiantes y la ubicación de la IE, ¿corresponde validar el requerimiento de la plaza de profesor? b) ¿Corresponde que se declare excedente alguna plaza? c) ¿Con cuántas plazas debe funcionar el servicio en dicha IE? Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
  • 19. CASO 5 La IE N.° 2050 del nivel primaria (polidocente) ubicada en zona rural, cuenta con 7 docentes y las siguientes secciones: Primer grado: A (12 estudiantes, de los cuales 1 es inclusivo) y B (11 alumnos, de los cuales 1 tiene problemas de aprendizaje) Segundo grado: 15 estudiantes Tercer grado: 16 estudiantes Cuarto grado: 15 estudiantes Quinto grado: 17 estudiantes Sexto grado: 16 estudiantes La CORA-IE aplicando el criterio de flexibilidad (ámbito geográfico) ha sustentado ante la CORA-UGEL que no existen excedentes, pero no ha sido sustentado en el informe reportado en el aplicativo SIRA WEB; sin embargo, la CORA-UGEL ha determinado que corresponde que en el primer grado fusionen las secciones y solo funcione un aula por tanto debe declararse excedente una plaza, lo cual ha conllevado a la movilización de los padres de familia que exigen se reconsidere el caso y se mantenga la misma cantidad de plazas. a) ¿La CORA-IE ha aplicado de manera adecuada el criterio de flexibilidad? b) ¿La CORA-UGEL ha tenido en consideración el sustento de la CORA-IE? c) Señalar el procedimiento para que la CORA-IE pueda sustentar el criterio de flexibilidad, y ¿qué criterios de flexibilidad se deben considerar? Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad
  • 20. CASO 6 La IE N.° 89004 del nivel primario (polidocente) ubicada en zona urbana, cuenta con 6 docentes nombrados y 1 plaza vacante, y las siguientes secciones: Primer grado: 19 alumnos Segundo grado: 18 alumnos Tercer grado: 19 alumnos Cuarto grado: 15 alumnos Quinto grado: 17 alumnos Sexto grado: 18 alumnos La CORA-IE da a conocer que un docente nombrado que cuenta con la mayor escala magisterial adolece de una enfermedad grave (TBC), quien está asistiendo a un tratamiento especializado y su médico ha recomendado que no debe tener contacto con otras personas (cuenta con informe médico), razón por la cual no ha sido considerado en la racionalización; sin embargo, la CORA-UGEL al momento de verificar dicho proceso en el aplicativo SIRA WEB no encuentra el sustento para poder excluir al docente del proceso, por ello concluye que necesariamente se debe declarar un excedente. a) De implementar lo que recomienda la CORA-UGEL ¿qué plaza debe ser declarada excedente? b) De aplicar lo que recomienda la CORA-UGEL ¿se soluciona el problema de la excedencia? ¿qué otro problema podría ocurrir? c) Señalar el procedimiento o los pasos que debe seguir la CORA-IE para sustentar el estado de salud del docente. Casuísticasobrelaaplicacióndeloscriteriosdeflexibilidad