1. PROPUESTA DE NORMA PARA LA ADECUADA ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN
DEL PLAN DE FOMENTO DE LA LECTURA Y LA ESCRITURA EN LAS INSTITUCIONES
EDUCATIVAS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA
2016
I. FINALIDAD
Establecer las normas y orientaciones para la implementación, ejecución y evaluación del
Plan de fomento de la lectura y la escritura en las instituciones educativas públicas y
privadas de la Educación Básica en el marco de la mejora de los aprendizajes.
OBJETIVOS
2.1. Objetivo general
Contribuir a la formación de lectores y escritores en las Instituciones Educativas públicas y
privadas de la Educación Básica de todo el país, con la finalidad de desarrollar competencias en
los estudiantes para el ejercicio de su ciudadanía y su participación en la vida social.
2.2. Objetivos Específicos
• Promover la disponibilidad y el acceso a textos escritos completos, de diversos tipos,
géneros autores y temas, presentados en diversos formatos (continuos, discontinuos,
mixtos y múltiples) y soportes (audiovisual, impreso o digital), seleccionados de acuerdo a
las características, necesidades e intereses de los estudiantes y al contexto socio cultural.
• Promover el gusto por la lectura y la escritura, la creatividad y la imaginación en los
estudiantes de la Educación Básica en diversos escenarios y momentos, a través de
actividades permanentes y estrategias que consideran como referente las prácticas sociales
propias de la comunidad en las que se usa el lenguaje con diferentes propósitos.
• Fortalecer las competencias comunicativas de los estudiantes de educación básica que se
ponen en juego en las diferentes actividades y estrategias que se proponen en el Plan de
fomento de la lectura y escritura.
• Implementar el uso efectivo, sistemático, pertinente y creativo de la biblioteca de aula y la
biblioteca de la Institución Educativa distribuidas por el MINEDU a todas las instituciones
educativas, como espacios de formación de lectores y escritores.
• Incentivar la participación y compromiso de la comunidad educativa, la familia, las
instituciones del Estado y de la Sociedad Civil, en acciones a favor de la lectura y la escritura
encaminadas a conformar una comunidad de lectores y escritores.
II. ALCANCES
• Ministerio de Educación/Dirección General de Educación Básica Regular
• Gobiernos Regionales, a través de sus Direcciones Regionales de Educación y Unidades de
Gestión Educativa Local.
• Instituciones Educativas de Gestión Pública y Privada de Educación Básica Regular.
III. BASE NORMATIVA
• Ley N° 28044, Ley General de Educación.
• Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización.
2. • Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
• Decreto Supremo N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación.
• Resolución Ministerial N° 0386-2006-ED, Aprueban Directiva sobre Normas para la
Organización y AplicacióndelPlanLector enlas Instituciones Educativas de EducaciónBásica
Regular.
• Resolución Vice Ministerial N° 0014-2007-ED, Normas complementarias para la adecuada
organización, aplicación y consolidación del Plan Lector en las Instituciones Educativas de
Educación Básica Regular.
• Resolución Ministerial Nº 0440-2008-ED, que aprueba el “Diseño Curricular Nacional de la
Educación Básica Regular”.
• Resolucion-Ministerial-N-199-2015-MINEDU Modificación del Diseño Curricular Nacional
de la Educación Básica Regular.
• Reglamento de Organización y Funciones del MINEDU, aprobado por el DS. N° 006-2012-ED
• Resolución Ministerial N° 572-2015- MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada
“Normas y orientaciones el desarrollo del año escolar 2016 en Instituciones Educativas y
Programas de la Educación Básica”.
IV. DISPOSICIONES GENERALES
5.1. En el marco de la presente directiva, es conveniente tener en cuenta a qué nos referimos
con las prácticas sociales del lenguaje.
Las prácticas sociales del lenguaje son los diferentes usos del lenguaje oral y escrito que
se dan en la vida cotidiana, con propósitos claros, destinatarios concretos y en diversos
contextos. Desde esta perspectiva se considera que los usos del lenguaje no tienen el
mismo valor en los diferentes grupos sociales, por eso existen distintos modos de leer,
interpretar, estudiar y compartir los textos, así como de escribir y de participar en las
interacciones orales.
5.2. El Plan de fomento de la lectura y la escritura es una estrategia de alcance nacional que
promueve la formación de lectores y escritores en la escuela a través de prácticas
sociales vinculadas con la lectura, la escritura y la oralidad, centradas en generar el
interés y el placer por leer, así como la motivación por escribir libre y creativamente.
5.3. Los lectores y escritores son todas aquellas personas capaces de participar en las
interacciones sociales a través de la cultura escrita con diferentes propósitos
comunicativos.
5.4. Para los propósitos del Plan de fomento de la lectura y la escritura los estudiantes
deberán interactuar con diversos tipos de textos presentados en variados formatos y
soportes. Además, se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones por nivel:
En el II ciclo del nivel Inicial y el III ciclo del nivel Primario, la cantidad de textos que
leen los estudiantes estará en relación a las oportunidades de lectura que se
fomenten desde el aula, a través de diversas estrategias como la mediación
docente, la lectura individual o en parejas, entre otras; así como las características,
necesidades e intereses propios de los niños y niñas.
En el IV y V ciclo del nivel Primario la cantidad sugerida es de 7 textos literarios
completos de los cuales 4 serán sugeridos por el docente y 3 serán elegidos por los
estudiantes a partir del catálogo propuesto para el grado.
En VI y VII ciclo del nivel Secundario la cantidad de textos sugerida es de 10 textos
literarios completos a razón de uno por mes del año escolar, de los cuales 6 serán
sugeridos por el docente y 4 serán elegidos por los estudiantes a partir del catálogo
propuesto para el grado.
5.5. El Plan de fomento de la lectura y la escritura promueve la participación de todos los
estudiantes, docentes y equipo directivo de los distintos niveles y modalidades de las
3. instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica del país e involucra a
las familias, la comunidad, así como a otras instituciones del Estado y de la sociedad civil.
5.6. La implementación del Plan de fomento de la lectura y la escritura implica el uso de la
biblioteca de aula1
, así como de diversos espacios organizados para el desarrollo de
prácticas de lectura y escritura en el contexto escolar, familiar y comunal (clubes, ferias,
foros, redes virtuales, tertulias, etcétera).
5.7. La implementación del Plan de fomento de la lectura y la escritura, considera las
siguientes etapas:
5.5.1 Elaboración de un diagnóstico.
Se requiere revisar las acciones previas a favor de la lectura y escritura,
realizadas en la institución educativa u otras entidades. Además, se necesita
identificar las prácticas de oralidad, lectura y escritura propias del contexto, de
las familias, de las instituciones educativas de la Educación Básica y la
comunidad, y la función que cumplen en el medio social, así como realizar un
listado de materiales y recursos con los que se cuenta.
Para elaborar el diagnóstico se debe tomar en cuenta los siguientes elementos:
Prácticas orales. Se transcribirá los relatos orales más distintivos en la
comunidad (tradiciones, mitos, leyendas, canciones, anécdotas, historias de
vida, etc.) conservadas en las familias y en la localidad, sea que se trate de
zonas urbanas o rurales.
Prácticas de lectura y escritura. Se recogerán las prácticas de lectura y
escritura de los propios estudiantes, de sus familias, de las instituciones
educativas/CEBA y la comunidad, identificando la función que cumplen en el
medio social.
Documentos y materiales. Se realizará un listado de documentos y
materiales de lectura y escritura en diversos soportes (libros, revistas,
audiovisuales, etc.). Este listado incluirá también otras formas de
comunicación además de la alfabética (tablas de Sarhua, telares, etc.).
5.5.2 Implementación y ejecución.
a. Establecer los roles y funciones de los diversos agentes de la comunidad
educativa (estudiantes, docentes, directores, padres y madres de familia,
abuelos, yachachis, bibliotecarios, entre otros) con la finalidad de involucrarlos
en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades del plan lector.
b. Incorporar actividades y estrategias de fomento de la lectura y escritura en la
escuela y en la comunidad, en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el
Plan Anual de Trabajo (PAT).
c. Planificar actividades del Plan Lector a lo largo del año escolar (incluirlas en el
PAT), a partir de las prácticas orales y prácticas letradas identificadas, y disponer
de materiales y espacios, dentro y fuera del aula para su ejecución.
d. Poner a disposición y asegurar el acceso de los estudiantes a diversos materiales
de lectura y escritura en formatos impresos o digitales, nuevos o existentes, en
espacios y tiempos escolares y extraescolares.
e. Establecer de forma consensuada un tiempo o momentos para la lectura y
escritura, que responda a las características y necesidades de los estudiantes.
1
Las instituciones educativas pueden ampliar las bibliotecas distribuidas por el Ministerio de
Educación.
4. f. Acondicionar la biblioteca de aula o la biblioteca de la institución educativa en
un espacio iluminado, de poco tránsito, atractivo y que ponga los libros al
alcance de los estudiantes.
g. Acondicionar otros espacios que permitan realizar conversatorios, clubes de
lectura y escritura, tertulias, dramatizaciones, entre otros.
h. Generar y articular las actividades del Plan Lector con las acciones que se
promueven desde la comunidad a favor de la lectura y escritura.
5.5.3 Evaluación de la implementación del Plan
La evaluación del Plan de Fomento de La Lectura y la Escritura en las
Instituciones educativas requiere criterios e instrumentos que posibiliten el
recojo de información en los siguientes aspectos:
Identificar logros y dificultades en la implementación del Plan, así como el
nivel de participación de los diferentes agentes de la comunidad educativa
considerando los objetivos que se han propuesto para cada grado y nivel
educativo que permita recoger dicha información en dos momentos del
año escolar. A partir de esos resultados, se realizarán los ajustes necesarios
al plan.
Evaluar el comportamiento lector a través de las prácticas de lectura en las
que se evidencien la disposición hacia la lectura, la frecuencia con que
recurren a los textos de manera continua y reiterada, el interés por leer, la
preferencia por asistir a ferias y eventos relacionados con la lectura, la
asistencia a bibliotecas, entre otros.
V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Las disposiciones se centrarán en las responsabilidades de cada uno de los estamentos y
actores involucrados en la implementación del Plan Lector.
6.1 DE LAS RESPONSABILIDADES
6.1.1 De la Dirección General de Educación Básica Regular
• Emitir la norma del Plan de Fomento de La Lectura y la Escritura así como orientaciones
para su implementación para la Educación Básica.
• Dotar periódicamente de módulos de biblioteca con libros de diversos tipos de textos
presentados en diversos formatos y soportes a todas las instituciones educativas
públicas.
• Promover la participación de otras instituciones y sectores del Estado (Ministerio de
Cultura y Biblioteca Nacional), y en coordinación con las Direcciones de Educación Básica
del MINEDU en las actividades de implementación del Plan de fomento de la lectura y
la escritura.
• Establecer convenios con instituciones públicas y privadas, editoriales y diarios de
circulación nacional para la edición, impresión y difusión de diversos materiales de
lectura y escritura a precios populares.
Elaborar orientaciones para el uso pedagógico de los diversos materiales de la biblioteca
distribuidos por el Ministerio de Educación.
Elaborar catálogos de diferentes tipos de textos recomendados de acuerdo con la edad,
los intereses y características de los estudiantes de los distintos niveles de la Educación
Básica.
5. • Elaborar, adaptar y/o adecuar textos de diverso tipo con orientaciones para el uso con
los estudiantes de los distintos niveles de la Educación Básica.
• Diseñar y publicar un portal web con materiales virtuales para la formación de
mediadores de lectura dirigido a docentes, directivos, bibliotecarios, padres y madres
de familia, a fin de mejorar prácticas educativas relacionadas con la lectura y la escritura.
Asimismo, esta página web debe permitir a los estudiantes el acceso a diversas
publicaciones.
• Evaluar el logro de los objetivos del Plan de Fomento de La Lectura y la Escritura a nivel
nacional cada dos años, en relación a los materiales y las estrategias de implementación.
• Sistematizar y difundir prácticas exitosas de la implementación del Plan de Fomento de
La Lectura y la Escritura.
• Diseñar orientaciones para la evaluación con indicadores que permita hacer
seguimiento y evaluación al Plan, identificar los logros y reorientar las acciones que sea
necesario durante el proceso de implementación.
6.1.2 De las Direcciones Regionales de Educación
• Emitir oportunamente las normas complementarias y aclaratorias del Plan de Fomento
de La Lectura y la Escritura adecuándolas al contexto sociocultural de la región y
teniendo en cuenta los objetivos nacionales del mismo.
• Conformar una comisión para la implementación del Plan de Fomento de La Lectura y
la Escritura en su región y coordinar con las gerencias de educación o desarrollo social
de la región para garantizar recursos que permitan su implementación.
• Gestionar recursos de diverso tipo con entidades públicas y privadas de la región,
estableciendo alianzas para la implementación y ejecución del Plan de Fomento de la
Lectura y la Escritura.
• Brindar asistencia técnica a los especialistas de las UGEL según las necesidades y
prioridades de las instituciones educativas en relación a la implementación del Plan de
Fomento de la Lectura y la Escritura.
• Monitorear a las UGEL en el acompañamiento a las instituciones educativas en la
implementación y ejecución del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura.
• Evaluar la implementación del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura en las
instituciones educativas a partir de los objetivos previstos, reconociendo logros,
dificultades, y a partir de estas proponer estrategias y acciones que posibiliten el logro
de los objetivos. Remitir esta información al Ministerio de Educación al finalizar cada
año.
• Promover el voluntariado, mediante la convocatoria de estudiantes de universidades,
institutos superiores pedagógicos acreditados para realizar acciones a favor de la lectura
y la escritura en espacios escolares, locales comunales, parques, entre otros lugares
donde concurre el público.
• Incentivar y reconocer las buenas prácticas de las instituciones educativas en relación a
la implementación del Plan de Fomento de La Lectura y la Escritura.
6.1.3 De las Unidades de Gestión Educativa Local
• Difundir y orientar la ejecución del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura en las
instituciones educativas de educación básica de su ámbito.
• Incorporar en el proyecto Educativo Local (PEL) las acciones que fomenten la práctica
de la lectura y la escritura en espacios escolares y de la comunidad.
• Brindar asistencia técnica a los docentes de las instituciones educativas según sus
necesidades y las prioridades de la institución educativa en la implementación del Plan
de Fomento de la Lectura y la Escritura.
• Monitorear a los docentes de las instituciones educativas en la implementación y
ejecución del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura.
6. • Evaluar la implementación del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura en las
instituciones educativas a partir de los objetivos previstos, reconociendo logros,
dificultades, y a partir de estas proponer estrategias y acciones que posibiliten el logro
de los objetivos. Sistematizar la información y remitirla a la Dirección Regional de
Educación, al finalizar cada año.
• Difundir en el ámbito de su jurisdicción las experiencias exitosas de implementación del
Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura a nivel de institución educativa o red
educativa.
6.1.4 De las Instituciones educativas o Red educativa
• Difundir el Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura entre los diferentes actores
educativos (docentes, estudiantes, padres y madres de familia, entre otros).
• Conformar un equipo de docentes que lidere el logro de los objetivos del Plan de
Fomento de la Lectura y la Escritura, responsable de la selección de textos acorde a las
características e intereses de los estudiantes, así como del planteamiento de estrategias
para abordar la lectura y la escritura. En caso que las instituciones educativas cuenten
con más de doce aulas, los docentes organizados en equipos por ciclo se encargarán de
esta tarea. Y en el caso de las instituciones educativas unidocentes o multigrado, estás
se organizarán a nivel de Redes Educativas para realizar el trabajo.
• Incorporar los objetivos y las actividades del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura
en el Plan Anual de Trabajo (PAT) asegurando la participación de la comunidad educativa
y la comunidad local. En el caso de las escuelas multigrado y multiedad podrán
implementar y ejecutar el Plan Lector a nivel de las redes educativas.
• Conformar e implementar bibliotecas de aula o biblioteca de la institución educativa,
con los materiales distribuidos por el Ministerio de Educación y otros materiales que las
instituciones educativas pueden adquirir o gestionar a través de alianzas con
instituciones de la sociedad civil y a partir de los lineamientos del Ministerio. Asimismo,
incorporar en las bibliotecas las producciones de autores locales o regionales, así como
producciones de los estudiantes desarrollados en los proyectos o unidades de
aprendizaje, o en el marco de los juegos florales y concursos ( juegos florales , Premio
José María Arguedas)
• Producir, adaptar y/o recrear textos, considerando las prácticas orales (mitos, leyendas,
historias, entre otras) como expresión de la creatividad de las personas y los pueblos.
• Incorporar como parte de las actividades del Plan de Fomento de la Lectura y la
Escritura, las prácticas de oralidad, lectura y escritura que promuevan procesos
significativos de lectura y de escritura vinculadas al hogar, la comunidad y la escuela.
• Establecer de manera institucional un tiempo adecuado (cada día y a la misma hora)
dentro de la jornada escolar, destinado al fomento de prácticas de la lectura y escritura
(por ejemplo, el momento de lectura en el cual los estudiantes puede leer
progresivamente un texto elegido o el docente les lee una parte del texto, entre otros);
práctica que deberá ser creativa, flexible, adecuada a la edad, a las características de los
estudiantes, según el ciclo y nivel educativo.
• Evaluar la implementación del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura en las
instituciones educativas a partir de los objetivos previstos, reconociendo logros,
dificultades, y a partir de estas proponer estrategias y acciones que posibiliten el logro
de los objetivos. Sistematizar la información y remitirla a Unidad de Gestión Educativa
Local, al finalizar cada año.
7. VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
7.1 El Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura puede ser adecuado o modificado a nivel
de institución educativa, en forma consensuada, según los intereses de los estudiantes y
las características del contexto.
7.2 Las Direcciones Regionales de Educación establecerán acuerdos o convenios con
bibliotecas locales, regionales o nacionales, con instituciones públicas o privadas, para
contribuir con la implementación de las bibliotecas de aula o de institución educativa, así
como para la promoción de acciones a favor de la lectura y escritura.
7.3 El Ministerio de Educación complementará esta Norma con orientaciones metodológicas
para el desarrollo del Plan de Fomento de la Lectura y la Escritura en las instituciones
educativas.