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Reformas en
materia civil, penal
y constitucional.
Gabriela Pastor Cervantes
Reforma Energética:
Garantizará el abasto, a precios competitivos, de
energéticos como el petróleo, la luz y el gas natural. Al
mismo tiempo, modernizará este importante sector para
detonar inversión, crecimiento económico y creación de
empleos.
El titular del Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López
Obrador (AMLO), presentó el 30 de septiembre de 2021
al Congreso una iniciativa de reforma
constitucional relacionada con el sector energético de
México (la Reforma). Por ahora, la Reforma consiste en
algunas modificaciones a los conceptos generales que
rigen el sector energético mexicano, incluidos en los
artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Mexicana, junto
con una serie de artículos transitorios. Sin embargo, la
Reforma representa un cambio de dirección significativo
con respecto al marco legal y al diseño institucional
establecido desde la anterior reforma energética de
2013.
Además, y de particular preocupación, son los términos de la Reforma que cancelan
todos los permisos de generación de energía (incluyendo todas las solicitudes de
permisos pendientes de resolución) y los contratos de compraventa de electricidad
actualmente en vigor, así como el no reconocimiento (considerado ilegal) de los
permisos de autoabastecimiento y de productor independiente de energía modificados y
en vigor antes de la reforma energética de 2013. Además, la CFE tendría el derecho
constitucional de generar al menos el 54 por ciento de la energía de México (dejando el
46 por ciento restante abierto a la iniciativa privada). La Reforma también otorga a la
CFE la autoridad para determinar las tarifas de Transmisión y Distribución y anula
efectivamente el programa de Certificados de Energías Limpias.
Ante este escenario, varias empresas emprendieron juicios de amparo, así como las
ONG y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) interpuso un recurso
de inconstitucionalidad contra la reforma a la LIE ante la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN)
Reforma en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Fomenta la competencia efectiva en televisión, radio, telefonía e
Internet. Así se generarán más y mejores opciones para los
consumidores reduciendo los precios de la telefonía, la televisión
de paga y el Internet, contribuyendo a cerrar la brecha
digital para integrarnos plenamente a la sociedad del
conocimiento.
La Reforma de Telecomunicaciones beneficia a 117 millones de
mexicanos al aumentar la competencia, ampliar la cobertura y
mejorar la calidad y costo de los servicios.
Eliminación del cobro por larga distancia, extensión de la vigencia
del saldo en telefonía móvil hasta por un año y consultas del
mismo gratuitas; servicios especiales para personas con
discapacidad.
 Mayor acceso a Internet con 250 mil sitios públicos.
 Conexión de telefonía móvil en todo el país sin ningún costo.
 Portabilidad voluntaria sin cargos ni bloqueos.
 Derecho de exigir retribuciones por fallas en el servicio
telefónico.
 Garantía de respeto al uso de Internet.
Transición a la televisión digital.
Se dará paso a la licitación de dos nuevas cadenas de televisión.
Se continuará con atención a las propuestas de inversionistas extranjeros para la red compartida.
Poder al ciudadano para elegir la mejor opción en Internet, telefonía y televisión.
Los servicios de banda ancha son utilizados por sólo el 17% de la población; pero si esta
penetración creciera 10 puntos porcentuales, el impacto positivo en el PIB sería superior a un punto
porcentual.
En materia de seguridad se podrá acceder a las bases de datos de los concesionarios, únicamente
con la autorización de un Juez Federal.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se encargará de realizar las investigaciones
respectivas para garantizar la competencia en el sector.
De acuerdo con el Programa Anual de Inversión en Infraestructura, se estima que de 2013 a 2018 se
registrarán inversiones por 700 mil millones de pesos en el sector de telecomunicaciones y
radiodifusión.
Reforma Educativa
Garantiza el ejercicio del derecho de los niños y jóvenes a una educación
integral, incluyente y de calidad que les proporcione herramientas para
triunfar en un mundo globalizado.
 La Reforma Educativa implementada en el año 2013 fue reformada por el
Gobierno de López Obrador y el resultado fue un Acuerdo Educativo Nacional
que se implementará desde el ciclo escolar 2021-2022 y se ha conocido
como Nueva Escuela Mexicana. Por eso conocer qué es y las características
principales del nuevo modelo educativo es crucial.
 Cuales son las principales características:
 En este nuevo modelo se habla de excelencia educativa más que de la
búsqueda de la calidad y para esto se introduce el término de mejora
continua en la educación; en esta se enfatiza el lugar del docente como
humano y su potencial para transformar las realidades del país.
 La Nueva Escuela Mexicana se enfoca en características diferentes del
sistema anterior, las cuales es necesario que se conozca e interiorice porque
a lo largo del concurso el aspirante deberá reflejarlas en las valoraciones que
se realizan sobre tu perfil.

Características:
 Formación de pensamiento crítico y solidario de la sociedad, así como el aprendizaje
colaborativo.
 Diálogo continuo entre humanidades, artes, ciencia, tecnología e innovación como factores de
transformación social.
 Fomento de la honestidad y la integridad para evitar la corrupción y propiciar la distribución del
ingreso.
 Combatir la discriminación y violencia que se ejerce en las distintas regiones, pero con énfasis
en la que sucede contra mujeres y niños.
 Alentar la construcción de relaciones a partir del respeto por los derechos humanos.
El 4 de agosto de 2021, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el Decreto por el que se reforman los artículos 135, 138, 140, 141,
236, 237 Y 253 del Código Penal para la Ciudad de México, el cual entró en
vigor al día siguiente de su publicación.
1.El delito de lesiones culposas se perseguirá de oficio, cuando dicho
delito se haya ejecutado con motivo de tránsito de vehículos en los siguientes
casos:
I. Hubiese realizado la conducta en estado de ebriedad, bajo el influjo de
estupefacientes, psicotrópicas o de cualquier otra sustancia que produzca
efectos similares;
II. No auxilie a la víctima o se dé a la fuga;
…..
IV. Utilice indebidamente la vía ciclista o un carril confinado;
V. Evada un punto de revisión de autoridad competente, previamente
autorizado;
VI. Atendiendo la vía en la que circule, supere en una mitad la velocidad
máxima permitida por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México; o
VII. Produzca la conducta como consecuencia de manipular el teléfono
celular o cualquier dispositivo de comunicación.

En el supuesto de que el delito de homicidio culposo se haya causado en contra de dos o más
personas o si concurrieron dos o más de las circunstancias previstas en el artículo 140, se impondrá
pena de prisión de 6 a 20 años y suspensión de derechos en cuyo ejercicio se cometió el delito. Antes
de esta reforma, dicha pena de prisión sería impuesta cuando se causare homicidio a dos o más
personas en las circunstancias previstas en el artículo 140.
.Con relación al delito de extorsión, se aumentaron las penas mínima y máxima. Ahora la sanción
prevista para este delito será de 10 a 15 años de prisión y de 2,000 a 3,000 UMAs como sanción
pecuniaria ($179,000.00 – $268,860.00 MXN). Si el delito es cometido por un servidor público, miembro
o exmiembro de alguna corporación de seguridad pública y privada, las penas aumentarán al doble y,
además, se le destituirá e inhabilitará para ejercer el empleo, cargo o comisión por el mismo tiempo que
la pena de prisión impuesta. Antes de la reforma, las penas previstas para este delito eran de 5 a 10
años de prisión y multa de 1,000 a 2,000 UMAs.
Por cuanto hace al delito de delincuencia organizada, las penas mínima y máxima de prisión para
castigar a quienes cometan este delito serán de 8 a 12 años, cuando los integrantes de la asociación
delictuosa cometan alguno o varios de los delitos siguientes:
I. Homicidio previsto en el artículo 128;
II. Feminicidio previsto en el artículo 148 bis;
III. Extorsión previsto en el artículo 236;
IV. Desaparición forzada de personas previsto en los artículos 27, 28, 34 y 37 de la Ley General en
Materia de Desaparición forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema
Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas;
V. Robo previsto en el artículo 224 inciso B), C) y D);
VI. Operaciones con recursos de procedencia ilícita previsto en el artículo 250;
VII. Narcomenudeo previsto en los artículos 475 y 476 de la Ley General de Salud.
 Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos
 Las modificaciones que se hicieron en materia de derechos
humanos a la Constitución en el 2011 constituyen un cambio en
el modo de entender las relaciones entre las autoridades y la
sociedad, ya que colocan a la persona como el fin de todas las
acciones del gobierno. La Reforma representa el avance jurídico
más importante que ha tenido México para optimizar el goce y
ejercicio de los derechos humanos.
 Los principales cambios de la reforma son:
 La incorporación de todos los derechos humanos de los
tratados internacionales como derechos constitucionales.
 La obligación de las autoridades de guiarse por el principio pro
persona cuando apliquen normas de derechos humanos, lo que
significa que deben preferir la norma o la interpretación más
favorable a la persona.
 La obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna,
de cumplir con cuatro obligaciones específicas:
Los principales cambios en derechos humanos:
La incorporación de todos los derechos humanos de los tratados internacionales como derechos
constitucionales.
La obligación de las autoridades de guiarse por el principio pro persona cuando apliquen normas de
derechos humanos, lo que significa que deben preferir la norma o la interpretación más favorable a
la persona.
La obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna, de cumplir con cuatro obligaciones
específicas:
 Promover;
 Respetar;
 Proteger, y
 Garantizar los derechos humanos.
En la reforma se incorporo un precepto sobre los que se debe trabajar.
A. Incorporar en la educación a todos los niveles, los derechos humanos.
B. Hacer prevalecer los derechos humanos en el sistema penitenciario mexicano.
C. Colocar los derechos humanos como principio rector de la política exterior del país.
Conclusión:
Para que surja la necesidad de reformar la Constitución
debe existir primero una consideración normativa de
dicha Constitución; solo cabe reformar una Constitución
que se aplique, ya que no se reforma mas que aquello
que se necesita cambiar porque existe la necesidad de
que se aplique a la actualidad.
Conoces las 11 Reformas. (2014). Gobierno de México.
Recuperado 1 de octubre de 2022, de
https://www.gob.mx/epn/articulos/conoces-las-11-
reformas

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  • 1. Reformas en materia civil, penal y constitucional. Gabriela Pastor Cervantes
  • 2. Reforma Energética: Garantizará el abasto, a precios competitivos, de energéticos como el petróleo, la luz y el gas natural. Al mismo tiempo, modernizará este importante sector para detonar inversión, crecimiento económico y creación de empleos. El titular del Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), presentó el 30 de septiembre de 2021 al Congreso una iniciativa de reforma constitucional relacionada con el sector energético de México (la Reforma). Por ahora, la Reforma consiste en algunas modificaciones a los conceptos generales que rigen el sector energético mexicano, incluidos en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Mexicana, junto con una serie de artículos transitorios. Sin embargo, la Reforma representa un cambio de dirección significativo con respecto al marco legal y al diseño institucional establecido desde la anterior reforma energética de 2013.
  • 3. Además, y de particular preocupación, son los términos de la Reforma que cancelan todos los permisos de generación de energía (incluyendo todas las solicitudes de permisos pendientes de resolución) y los contratos de compraventa de electricidad actualmente en vigor, así como el no reconocimiento (considerado ilegal) de los permisos de autoabastecimiento y de productor independiente de energía modificados y en vigor antes de la reforma energética de 2013. Además, la CFE tendría el derecho constitucional de generar al menos el 54 por ciento de la energía de México (dejando el 46 por ciento restante abierto a la iniciativa privada). La Reforma también otorga a la CFE la autoridad para determinar las tarifas de Transmisión y Distribución y anula efectivamente el programa de Certificados de Energías Limpias. Ante este escenario, varias empresas emprendieron juicios de amparo, así como las ONG y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma a la LIE ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
  • 4. Reforma en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión Fomenta la competencia efectiva en televisión, radio, telefonía e Internet. Así se generarán más y mejores opciones para los consumidores reduciendo los precios de la telefonía, la televisión de paga y el Internet, contribuyendo a cerrar la brecha digital para integrarnos plenamente a la sociedad del conocimiento. La Reforma de Telecomunicaciones beneficia a 117 millones de mexicanos al aumentar la competencia, ampliar la cobertura y mejorar la calidad y costo de los servicios. Eliminación del cobro por larga distancia, extensión de la vigencia del saldo en telefonía móvil hasta por un año y consultas del mismo gratuitas; servicios especiales para personas con discapacidad.  Mayor acceso a Internet con 250 mil sitios públicos.  Conexión de telefonía móvil en todo el país sin ningún costo.  Portabilidad voluntaria sin cargos ni bloqueos.  Derecho de exigir retribuciones por fallas en el servicio telefónico.  Garantía de respeto al uso de Internet.
  • 5. Transición a la televisión digital. Se dará paso a la licitación de dos nuevas cadenas de televisión. Se continuará con atención a las propuestas de inversionistas extranjeros para la red compartida. Poder al ciudadano para elegir la mejor opción en Internet, telefonía y televisión. Los servicios de banda ancha son utilizados por sólo el 17% de la población; pero si esta penetración creciera 10 puntos porcentuales, el impacto positivo en el PIB sería superior a un punto porcentual. En materia de seguridad se podrá acceder a las bases de datos de los concesionarios, únicamente con la autorización de un Juez Federal. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se encargará de realizar las investigaciones respectivas para garantizar la competencia en el sector. De acuerdo con el Programa Anual de Inversión en Infraestructura, se estima que de 2013 a 2018 se registrarán inversiones por 700 mil millones de pesos en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión.
  • 6. Reforma Educativa Garantiza el ejercicio del derecho de los niños y jóvenes a una educación integral, incluyente y de calidad que les proporcione herramientas para triunfar en un mundo globalizado.  La Reforma Educativa implementada en el año 2013 fue reformada por el Gobierno de López Obrador y el resultado fue un Acuerdo Educativo Nacional que se implementará desde el ciclo escolar 2021-2022 y se ha conocido como Nueva Escuela Mexicana. Por eso conocer qué es y las características principales del nuevo modelo educativo es crucial.  Cuales son las principales características:  En este nuevo modelo se habla de excelencia educativa más que de la búsqueda de la calidad y para esto se introduce el término de mejora continua en la educación; en esta se enfatiza el lugar del docente como humano y su potencial para transformar las realidades del país.  La Nueva Escuela Mexicana se enfoca en características diferentes del sistema anterior, las cuales es necesario que se conozca e interiorice porque a lo largo del concurso el aspirante deberá reflejarlas en las valoraciones que se realizan sobre tu perfil. 
  • 7. Características:  Formación de pensamiento crítico y solidario de la sociedad, así como el aprendizaje colaborativo.  Diálogo continuo entre humanidades, artes, ciencia, tecnología e innovación como factores de transformación social.  Fomento de la honestidad y la integridad para evitar la corrupción y propiciar la distribución del ingreso.  Combatir la discriminación y violencia que se ejerce en las distintas regiones, pero con énfasis en la que sucede contra mujeres y niños.  Alentar la construcción de relaciones a partir del respeto por los derechos humanos.
  • 8. El 4 de agosto de 2021, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se reforman los artículos 135, 138, 140, 141, 236, 237 Y 253 del Código Penal para la Ciudad de México, el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación. 1.El delito de lesiones culposas se perseguirá de oficio, cuando dicho delito se haya ejecutado con motivo de tránsito de vehículos en los siguientes casos: I. Hubiese realizado la conducta en estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicas o de cualquier otra sustancia que produzca efectos similares; II. No auxilie a la víctima o se dé a la fuga; ….. IV. Utilice indebidamente la vía ciclista o un carril confinado; V. Evada un punto de revisión de autoridad competente, previamente autorizado; VI. Atendiendo la vía en la que circule, supere en una mitad la velocidad máxima permitida por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México; o VII. Produzca la conducta como consecuencia de manipular el teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación. 
  • 9. En el supuesto de que el delito de homicidio culposo se haya causado en contra de dos o más personas o si concurrieron dos o más de las circunstancias previstas en el artículo 140, se impondrá pena de prisión de 6 a 20 años y suspensión de derechos en cuyo ejercicio se cometió el delito. Antes de esta reforma, dicha pena de prisión sería impuesta cuando se causare homicidio a dos o más personas en las circunstancias previstas en el artículo 140. .Con relación al delito de extorsión, se aumentaron las penas mínima y máxima. Ahora la sanción prevista para este delito será de 10 a 15 años de prisión y de 2,000 a 3,000 UMAs como sanción pecuniaria ($179,000.00 – $268,860.00 MXN). Si el delito es cometido por un servidor público, miembro o exmiembro de alguna corporación de seguridad pública y privada, las penas aumentarán al doble y, además, se le destituirá e inhabilitará para ejercer el empleo, cargo o comisión por el mismo tiempo que la pena de prisión impuesta. Antes de la reforma, las penas previstas para este delito eran de 5 a 10 años de prisión y multa de 1,000 a 2,000 UMAs.
  • 10. Por cuanto hace al delito de delincuencia organizada, las penas mínima y máxima de prisión para castigar a quienes cometan este delito serán de 8 a 12 años, cuando los integrantes de la asociación delictuosa cometan alguno o varios de los delitos siguientes: I. Homicidio previsto en el artículo 128; II. Feminicidio previsto en el artículo 148 bis; III. Extorsión previsto en el artículo 236; IV. Desaparición forzada de personas previsto en los artículos 27, 28, 34 y 37 de la Ley General en Materia de Desaparición forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas; V. Robo previsto en el artículo 224 inciso B), C) y D); VI. Operaciones con recursos de procedencia ilícita previsto en el artículo 250; VII. Narcomenudeo previsto en los artículos 475 y 476 de la Ley General de Salud.
  • 11.  Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos  Las modificaciones que se hicieron en materia de derechos humanos a la Constitución en el 2011 constituyen un cambio en el modo de entender las relaciones entre las autoridades y la sociedad, ya que colocan a la persona como el fin de todas las acciones del gobierno. La Reforma representa el avance jurídico más importante que ha tenido México para optimizar el goce y ejercicio de los derechos humanos.  Los principales cambios de la reforma son:  La incorporación de todos los derechos humanos de los tratados internacionales como derechos constitucionales.  La obligación de las autoridades de guiarse por el principio pro persona cuando apliquen normas de derechos humanos, lo que significa que deben preferir la norma o la interpretación más favorable a la persona.  La obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna, de cumplir con cuatro obligaciones específicas:
  • 12. Los principales cambios en derechos humanos: La incorporación de todos los derechos humanos de los tratados internacionales como derechos constitucionales. La obligación de las autoridades de guiarse por el principio pro persona cuando apliquen normas de derechos humanos, lo que significa que deben preferir la norma o la interpretación más favorable a la persona. La obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna, de cumplir con cuatro obligaciones específicas:  Promover;  Respetar;  Proteger, y  Garantizar los derechos humanos. En la reforma se incorporo un precepto sobre los que se debe trabajar. A. Incorporar en la educación a todos los niveles, los derechos humanos. B. Hacer prevalecer los derechos humanos en el sistema penitenciario mexicano. C. Colocar los derechos humanos como principio rector de la política exterior del país.
  • 13. Conclusión: Para que surja la necesidad de reformar la Constitución debe existir primero una consideración normativa de dicha Constitución; solo cabe reformar una Constitución que se aplique, ya que no se reforma mas que aquello que se necesita cambiar porque existe la necesidad de que se aplique a la actualidad. Conoces las 11 Reformas. (2014). Gobierno de México. Recuperado 1 de octubre de 2022, de https://www.gob.mx/epn/articulos/conoces-las-11- reformas