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“AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL”
INTEGRANTES:
BENITES VALVERDE AUGUSTO CLEBER
LINARES ARCELA KLEVER DANILO
ROJAS PALACIOS GUSTAVO ALFONSO
VITE CHUNA LESLIE ABIGAIL
DOCENTE:
TEODOR BENITES KATHIA KATHERINE
CURSO:
MATEMÁTICA FINANCIERA
TEMA:
SEGUROS PACÍFICOS
PACÍFICO COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS
1. Antecedentes:
PacificoCompañíade Segurosy Reaseguros(en adelante“la Compañía”)nacede la fusión por
absorción efectuada el 1 de agosto de 2017 entre El Pacifico Vida Compañía de Seguros y
Reaseguros(enadelante“EPV” o “PacíficoVida”)encalidaddeabsorbentey ElPacificoPeruano
Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante “PPS” o “Pacífico Peruano Suiza”) en
calidaddeabsorbida.Comoresultado delafusión,todoslosbienes,derechos,obligaciones
y demás relaciones jurídicas que correspondían a la sociedad absorbida fueron
transferidos a la sociedad absorbente.
LaCompañíaesunasubsidiariadeCredicorpLtd.(unaempresaconstituidaenBermudas),laque
al 31 de diciembre de 2021 posee directamente el 65.20% de las acciones representativas del
capital social de la Compañía y en forma indirecta, a través de Grupo Crédito el 33.60%, por lo
que la participación total de Credicorp Ltd. en el capital social de la Compañía asciendea
98.80%.
Su domicilio legal está ubicado en la Avenida Juan de Arona No.830, San Isidro, Lima.
2. Actividad Económica:
LaactividadeconómicadelaCompañíacomprendelacontrataciónyadministracióndetodaclase
desegurosderiesgosgeneralesydevida,operacionesdereaseguros,realizarinversiones
financieras e inmobiliarias, así como la realización de actividades conexas, dentro de los
alcances de la Ley No.26702 - Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y
OrgánicadelaSuperintendenciadeBancay Segurosy/o de acuerdocondisposicionesemitidas
por laSuperintendenciadeBanca,Segurosy AdministradorasPrivadasde FondosdePensiones
(en adelante “SBS”).
la Compañía, a través de sus subsidiarias y su asociada, participa en forma dinámica en los
negocios de seguros múltiples yde salud.
3. Subsidiarias:
a) Crediseguro S.A. Seguros Personales.
b) Crediseguro S.A. Seguros Generales.
c) Asociación Civil Asistencia Social Cristal (Médica).
d) Pacifico Asiste S.A.C.
En el caso de las subsidiarias de losliterales a) y b), sus operacionesse realizan en el
País de Boliviayenel casode losliteralesc) yd),susoperacioneslorealizanenelPerú.
4. Base legal:
a) Ley N°29946, Leydel Contrato de Seguro.
b) Ley No.29903, Leyde Reforma del Sistema Privado de Pensiones.
c) TextoÚnicoOrdenadodelaLeydel SistemaPrivado dePensiones,aprobadomediante
Decreto Supremo No.054-97-EF.
d) Ley N° 29355 – Ley de CreacióndelRegistroNacionaldeInformacióndeContratos de
Segurosde Vida y de AccidentesPersonalesconcoberturadefallecimientoodemuerte
accidental.
e) Reglamento de Caución, aprobado con Resolución S.B.S. Nº 3200 -2013.
f) Reglamento de Pago de Primas, aprobado con Resolución S.B.S. N° 3198 -2013.
g) Reglamento de Salud, aprobado con Resolución S.B.S. N° 3203-2013.
h) Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado, aprobadocon ResoluciónS.B.S. N°
4143- 2019.
i) Reglamento para el uso de Pólizas Electrónicas, aprobado con Resolución S.B.S. N °
3201-2013.
j) ReglamentoparalaGestióny Pagos de Siniestros,aprobadocon ResoluciónS.B.S. N°
3202-2013.
k) Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que Establece los Derechos de las Personas
Usuarias de los Servicios de Salud.
5. Productos ofrecidos
PacificoCompañíadeSegurosy Reaseguros,buscabrindarunaoferta integralde productosyservicios a
lasfamiliasperuanas,comosonPlanesdeSalud(EPS),SegurodeAsistenciaMédicayPrestaciones,yde
los cuales, los cataloga de la siguiente manera:
1. Seguro para ti y tu familia:
 Salud.
 Oncológicos.
 Vida + ahorro.
 Accidentes Personales.
 Viajes.
 Rentas e Inversiones.
 Sepelio.
2. Seguro para tus bienes:
 Seguro Vehicular.
 SOAT.
 Hogares yBienes.
3. Salud para Trabajadores:
 EPS y Complementarios.
 EPS Individual.
4. Seguros para tu Empresa:
 Vida Ley y Vida Empleados.
 Accidentes Colectivo.
 SCTR (Trabajo de Riesgo).
 Accidentes Estudiantil.
 Patrimoniales.
 PYME
En eseordendeideas,y deacuerdoalo solicitado enclase,lapresentesebasaráúnicamenteenSeguros
de Vida, pero antes, debemos mencionar algunas definiciones según la LeyN°29946:
 Contrato deSeguro: Elcontratodeseguroesaquelporelqueelaseguradorseobliga,mediante
el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de
cobertura, a indemnizar dentro de los limites pactados el daño producido al asegurado o a
satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convencidas.
 Prima: La prima es una cantidad de dinero dada a un individuo, respondiendo a criterios de
recompensa o incentivo para una acción en particular. Generalmente, propia de asunción de
contratos o acuerdos o la bonificación por determinados bienes o servicios.
 Póliza: La póliza es el documento, con el cual, se formalizan los contratos de seguros. En este
sentido, un documentoquesegeneracuandose ha alcanzadounacuerdoentreel aseguradory
el ASEGURADO firmando estos el contrato del seguro.
 Cobertura:ElcontratodeSegurocubrecualquierriesgosiemprequealtiempodesucelebración
exista un interés asegurable actual o contingente.
 Duración del Contrato:Sepresumequeladuracióndelcontrato es de un (1) año, salvo quese
pacte un plazo distinto.
 Comienzo yfin delacobertura: laCoberturadelaseguradorcomienzaalasdoce(12)horasdel
día en que se inicia la vigencia y termina a las doce (12) horas del ultimo día de vigencia del
contrato salvo pacto en contrario.
 Alcance de Seguro de Vida: Por el Seguro de Vida el asegurador se obliga, mediante el cobro
de la primaestipuladaydentro de los limitesestablecidaenlaley y enel contrato, a satisfaceral
beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o de
supervivencia del asegurado. Asimismo, el seguro sobre la vida puede estipularse sobre la vida
propia o la de un tercero, así como sobre una o varias personas.
A continuación, detallaremos, lo que nos Ofrece Pacifico Compañía de Seguros y Reaseguros:
VIDA + AHORRO
Un seguro de vida es un tipo de seguro que te permite proteger el futuro de tu familia al brindar
una compensación económica en caso de fallecimiento o muerte del asegurado.
En este seguro, se ofrecen varios tipos, según detalle:
1. Seguro Vida Ley: Brinda protección a tu familia en caso fallecieras y te permite ahorrar
devolviéndote lo pagado al final del periodo.
Monto de la
Prima
Cobertura Monto a devolver
Periodo de
Protección
S/.39
mensuales
Desde S/.100,000
hasta S/.150,000
Hasta el 200% de lo
pagado.
Desde 5 años
S/.135 o $40
Mensuales
Desde S/ 350,000 o
US$ 100,000
Hasta el 150% de lo
pagado
Desde 10 años
¿Cuáles son las características de un seguro de vida con ahorro?
 Sumas aseguradas desde S/100,000 o $100,000
 Ofrece 7 plazos de contratación: 5,7, 10, 12, 15, 20 o 25 años.
 Productos en soles o dólares.
 Devuelve todas las primas pagas hasta 100% adicional al finalizar el pago.
¿Cuáles son las coberturas?
a) Cobertura principal
 Cubre en caso de fallecimiento del asegurado de manera natural o accidental
durante la vigencia de la póliza
b) Coberturas adicionales
 Beneficio por muerte accidental
 Exoneración de pago de primas por Invalidez Total y Permanente por accidente o
enfermedad
 Invalidez Total o Permanente por accidente o enfermedad
 Invalidez accidental y desmembramiento
c) ¿Qué no cubre?
 Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio
y/o actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en
tiempo de guerra.
 Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado
como delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.
 En los seguros sobre la vida de un tercero, la muerte provocada deliberadamente
por un acto ilícito del Contratante.
 Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular,
cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.
 El uso de alucinógenos, estupefacientes o drogas no prescritas.
 Estado etílico del Asegurado,con presencia de alcohol en la sangre en proporción
mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo
en el acontecimiento que produjo su deceso.
 Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por símismo, o por terceros con su
consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e
ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.
 Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.
 Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios, en cuyo
caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a
los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados, no
responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma
asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado
d) ¿Cuáles son los medios de pago?
 La modalidad de pago es mensual, semestral o anual; la cual se puede pagar a
través de una tarjeta de crédito o débito (VISA, MASTERCARD; DINERS y
AMERICAN EXPRESS). El cargo de la prima del seguro en tu tarjeta de crédito es
independiente del costo por mantenimiento de la misma.
e) ¿Quiénes pueden acceder?
 Podrán acceder al seguro aquellas personas que no superen los 45, 50, 55 y 60
años de edad actuarial, según el plazo de contratación y tipo de seguro elegido,
teniendo la oportunidad de mantenerse como Asegurados hasta el fin del referido
plazo de contratación.
2. Vida Inversión Flex: Te acompaña y se adapta a cada etapa de tu vida. Te protegemos
a ti y a tu familia en caso de fallecimiento. Nuestro seguro te permite crear un fondo de
inversión con mayor rentabilidad.
Seguro Monto de la Prima Cobertura Rendimiento
Vida Inversión
Flex
S/ 180 o
$55 mensuales
Desde S/ 300,000 o
US$ 100,000
Tienes la opción de
elegir entre los 4
fondos de inversión
según tu perfil de
riesgo.
Vida Inversión
Base
$10 Mensuales Desde US$ 10,000
Tienes la opción de
elegir entre 3
fondos de inversión
según tu perfil de
riesgo.
a) ¿Cuáles son las características de un seguro de vida con inversión?
 Sumas aseguradas desde S/350,000 o $100,000
 Productos en soles o dólares
 Comprende tipos de 4 fondos de inversión:
1. Fondo Garantizado
2. Fondo Controlado
3. Fondo Balanceado
4. Fondo de Capitalización.
b) ¿Cuáles son las coberturas?
Cobertura principal
 Cubre en caso de fallecimiento del asegurado de manera natural o accidental
durante la vigencia de la póliza
Coberturas adicionales
 Beneficio por muerte accidental
 Exoneración de pago de primas por Invalidez Total y Permanente por accidente o
enfermedad
 Beneficio en vida por enfermedades graves
 Invalidez accidental y desmembramiento
 Invalidez Total y Permanente por accidente o enfermedad
 Vida temporal hasta 55 o 65 años
c) ¿Qué no cubre?
 Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio
y/o actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en
tiempo de guerra.
 Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado
como delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.
 En los seguros sobre la vida de un tercero, la muerte provocada deliberadamente
por un acto ilícito del Contratante.
 Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular,
cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.
 El uso de alucinógenos,estupefacientes o drogas no prescritas.
 Estado etílico del Asegurado, con presencia de alcohol en la sangre en proporción
mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo en
el acontecimiento que produjo su deceso.
 Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por símismo, o por terceros con su
consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e
ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.
 Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.
 Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios, en cuyo
caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a
los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados,no
responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma
asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado
d) ¿Cuáles son los medios de pago?
La modalidad de pago es mensual, semestral o anual; la cual se puede pagar a través
de una tarjeta de crédito o débito (VISA, MASTERCARD, DINERS y AMERICAN
EXPRESS)
e) ¿Quiénes pueden acceder?
Podrán acceder al seguro aquellas personas que no superen los 60 años de edad,
teniendo la oportunidad de mantenerse asegurados hasta el aniversario de la póliza en
el cual cumplan los noventa y cinco (95) años de edad.
3. Vida Educación: Protege a tu familia en caso de fallecieras y ahorra para la educación
de tu hijo devolviéndote todo lo pagado al finalizar el periodo.
Seguro Monto de la Prima Cobertura
Monto a
devolver
Periodo de
Protección
Vida
Educación
Desde S/
39 mensuales
Desde S/100,000
hasta S/150,000
Hasta 200% de
lo pagado
Desde 5
años
4. Fondo Universitario: Asegura la educación de tus hijos con una tasa garantizada.
Protegemos a tu familia en caso de invalidez y fallecimiento.
Seguro Monto de la Prima Cobertura
Tasa
garantizada
Periodo de
Protección
Fondo
Universitario
Desde $45
mensuales
Desde $10,000
4% anual en
dólares
Desde 10
años
1. ¿Cuáles son las características de un seguro de Fondo Universitario?
 Sumas aseguradas desde $10,000
 Producto sólo dólares
 Ofrece plazos entre 10 y 18 años
 Brinda una tasa garantizada de hasta 4%
2. ¿Cuáles son las coberturas?
Cobertura principal
 Exoneración de pago de primas en caso de fallecimiento natural o accidental, o
invalidez total y permanente durante la vigencia de la póliza.
3. ¿Qué no cubre?
 Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio y/o
actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo
de guerra.
 Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado como
delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.
 En los seguros sobre la vida de un tercero,la muerte provocada deliberadamente por
un acto ilícito del Contratante.
 Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular,
cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.
 El uso de alucinógenos, estupefacientes o drogas no prescritas.
 Estado etílico del Asegurado, con presencia de alcohol en la sangre en proporción
mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo en
el acontecimiento que produjo su deceso.
 Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por sí mismo, o por terceros con su
consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e
ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.
 Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.
 Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios,en cuyo caso
la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a los)
beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados, no
responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma
asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado
4. ¿Cuáles son los medios de pago?
La modalidad de pago es mensual, semestral o anual; la cual se puede pagar a través de una
tarjeta de crédito o débito (VISA, MASTERCARD, DINERS y AMERICAN EXPRESS)
5. ¿Quiénes pueden acceder?
Este seguro está pensado para personas entre los 18 y 60 años que tienen hijos o nietos en
edad pre-escolar o escolar y que cuentan con la posibilidad de ahorrar entre 10 y 18 años para
garantizarles la educación superior.
6. Vida Inversión Capital: Invierte tu capital en un fondo variable en el extranjero y según
tu nivel de riesgo, mientras proteges a tu familia.
Seguro
Monto de la
Prima
Cobertura
¿Rendimiento
esperado?
Fondos de Inversión
Vida
Inversión
Capital
US$ 50,000
prima única
US$ 10,000
adicionales para tus
beneficiarios en
caso de
fallecimiento natural
o accidental.
Tienes la opción
de elegir entre 2
fondos de
inversión, según
tu perfil de
riesgo.
Familia de Fondos Controlados.
Familia de Fondos Balanceados.
Familia de Fondos de
Capitalización.
Familia de Fondos Garantizados.
VIDA LEY Y VIDA EMPLEADOS
¿Qué es el Seguro de Vida Ley Perú?
El SegurodeVida Leyes unseguroobligatorioquelocontratalaempresaafavor desus trabajadorescon
lo cual podrán estar cubiertos ante muerte natural, accidental o quede inválido. Este seguro de vida Ley
protege al trabajador tanto dentro como fuera de la empresa.
¿Cuándo contratar el Seguro de Vida Ley?
Desde elprimerdía en queel trabajadoriniciaenlaempresa,estosegún elDecretode UrgenciaN°009-
2019 yregulado por el Decreto Supremo N°009-2020-TR.
¿Cuáles son las condiciones de acceso y límites de permanencia del seguro?
Podrán acceder al seguro aquellos trabajadores que hayan cumplido cuatro (4) años al servicio del
Contratante(AseguradosObligatorios),teniendolaoportunidaddemantenersecomoAseguradoshastasu
cese.Adicionalmente,sepodráincluiralostrabajadorescontres(3)mesesomásenplanillas(Asegurados
Facultativos), que hayan sido incluidos en la declaración de planilla efectuada por el Contratante y que
cumplan con los requisitos de asegurabilidad establecidos por la Compañía.
¿Qué cubre tu seguro de vida?
 Muerte Natural
 Muerte Accidental
 Invalidez total y permanente por accidente
Beneficios principales:
 Muerte Natural: 16 remuneraciones mensuales asegurables, promedio del último trimestre,
percibidas por el trabajador asegurado hasta el mes previo a su fallecimiento.
 Muerte Accidental: 32 remuneraciones mensuales asegurables percibidas por el trabajador
asegurado el mes previo al accidente.
 Invalidez Total y Permanente por Accidente: 32 remuneraciones mensuales asegurables
percibidas por el trabajador asegurado el mes previo al accidente.
¿Qué no cubre tu seguro de vida?
Este seguro, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 688, el seguro “Vida Ley” no
contempla exclusiones. No obstante, no se cubre el fallecimiento o invalidez que se produjera como
consecuenciadesuicidioode lesionesauto inferidas,siemprey cuandoestas situacionesnogenerenun
supuesto de muerte natural, muerte accidental ni de invalidez total y permanente por accidente del
Asegurado.
Cotización:
 Desde 0.80 diario
 desde 23 soles al mes
 Protege hasta por 200,000 soles durante los 20 años de finalizar la contratación
 Se puede solicitar la emisión de una póliza Individual como continuidad al Seguro de Vida Ley,
siempre y cuando no hayan transcurrido más de treinta (30) días calendario desde la fecha de
cese del trabajador.
 La póliza de seguro de Vida Ley para ex trabajadores continuará vigente, siempre y cuando el
asegurado cumpla con realizar el pago de las primas oportunamente.
 La tasa anual (que variará cada año según la edad del Asegurado) para la determinación de la
prima será la acordada entre el Asegurado y la Compañía, y se aplicará sobre la remuneración
mensualdeltrabajador,lamismaquenopodráexcederdela RemuneraciónMáximaAsegurable
establecida para efectos del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio del Sistema
Privado de Pensiones (SPP).
 La vigencia de la póliza terminará si el Asegurado adquiere otra póliza de vida obligatoria
Beneficiarios: Los posibles beneficiarios por ley de este seguro son:
 Los hijos y el/la cónyuge (a falta de cónyuge, el/la conviviente que cumplacon los requisitos del
artículo 326 del Código Civil: 2 años de convivencia de hecho y libres de impedimentos
matrimoniales).
 Los hijos y el/la cónyuge (a falta de cónyuge, el/la conviviente que cumplacon los requisitos del
artículo 326 del Código Civil: 2 años de convivencia de hecho y libres de impedimentos
matrimoniales).
 El empleador contratante del seguro tiene derecho a cobrar la suma asegurada, si fallecido el
trabajador asegurado y vencido el plazo de un (1) año de ocurrido el siniestro, ninguno de los
beneficiarios señalados en el artículo 1 hubiera ejercido su derecho.
El trabajador debe presentarle al empleador una Declaración de Beneficiarios con su firma legalizada.
Coberturas Adicionales:
 Fallecimiento por cáncer: Se otorgará una indemnización en caso el asegurado falleciera a
consecuencia directa de cáncer. Para tener derecho a indemnización por esta cobertura el
diagnóstico de cáncer se debe de haber realizado después de la fecha de incorporación del
asegurado a la póliza.
 Desgravamen: En caso de fallecimiento del asegurado por causas naturales o accidentales, se
pagará a la empresa contratante de esta póliza el saldo deudor de cualquier préstamo que la
empresa hubiera realizado al asegurado.
 Desamparo familiar súbito: Se paga una única indemnización si uno o más hijos del asegurado
que sean menoresa 18 años quedaranen condicióndedesamparofamiliar súbito(fallecimiento
de ambos padres).
 Infarto al miocardio:Sepagaunaúnicaindemnizaciónsiunoomáshijosdelaseguradoquesean
menoresa 18 añosquedaranen condicióndedesamparofamiliarsúbito(fallecimientodeambos
padres).
 Accidente Vascular Cerebral (VAC): Se otorgará una indemnización en caso el asegurado
falleciera a consecuencia directa de un Accidente Cerebro Vascular.
 Insuficiencia renal crónica: Se otorgará una indemnización si el asegurado falleciera a
consecuencia directa de una Insuficiencia Renal Crónica en etapa terminal o de los procesos
dialíticos,así comoelfallecimientoenelintraoperatorioopost operatorioinmediatodecirugíade
Trasplante renal como tratamiento de la Insuficiencia Renal Crónica.
 Trasplante de órganos: Se indemnizará al asegurado que por prescripción médica deba ser
sometido a un Trasplante de Órganos.
 Quemaduras: Se indemnizará al asegurado que, como resultado de un accidente, producido a
partir de la fecha de inicio de cobertura, presente quemaduras de tercer gradoque le ocasionen
la destrucción total ypermanente de al menos 20% de la piel.
 Repatriaciónderestos: En casoel aseguradofallecierafueradesu país de nacionalidadodesu
país de residenciayse trasladaransus restos haciaotro país conla finalidadde darlesepultura,
Pacífico Seguros efectuará el pago de una indemnización cuyo importe se indica en la Primera
Parte del presente endoso.
 Ceguera por accidente: Se indemnizará al asegurado que, como consecuencia de un accidente
producidoapartirdelafechadeiniciodecobertura,tengaunapérdidatotaldelavisión enambos
ojos.
 Sordera por accidente: Se indemnizará al asegurado que, como consecuencia de un accidente
producidoapartirdelafechadeiniciodecobertura, presentelapérdidatotaleirrecuperabledela
audición en ambos oídos.
 RentaAccidentalporFallecimientoenAccidentedeTrabajo:SeotorgaunaRentaMensualporun
periodode6 meses,siemprequeel fallecimientodelaseguradotengalugardentrodeun periodo
de 90días contadosdesdelafechadeocurrenciadelaccidentequefuecausa del fallecimiento.
 Incapacidadparaeltrabajo.La compañíaotorgaráelbeneficioestablecidoparaestacoberturaal
asegurado que estando incapacitado para el trabajo hubiere superado el límite máximo de
subsidios que otorga Essalud.
 Reembolsodegastosdesepelio:En casoprocedieraelpagodelacoberturadeMuerteNaturalo
Muerte Accidental, se reembolsan los gastos efectivamente realizados por el sepelio del
asegurado hasta el límite máximo establecido en la Primera Parte.
 Reembolsodegastosdesepelio:En casoprocedieraelpagodelacoberturadeMuerteNaturalo
Muerte Accidental, se reembolsan los gastos efectivamente realizados por el sepelio del
asegurado hasta el límite máximo establecido en la Primera Parte.
 Cobertura de coma: En caso procediera el pago de la cobertura de Muerte Natural o Muerte
Accidental,sereembolsanlosgastosefectivamenterealizadosporelsepeliodelaseguradohasta
el límite máximo establecido en la Primera Parte.
 Coberturahijo póstumo:SepagaráunaIndemnizaciónencasodenacimientodeunHijoPóstumo,
siempre que el recién nacido haya llegado a cumplir un mes de vida.
¿Que en hacer en los siguientes casos:
Muerte natural del asegurado.
El empleador debe contactarse con Pacífico ypresentar los siguientes documentos:
 Partida o acta de defunción legalizada.
 Certificado médico de defunción completo legalizado.
 Declaración jurada de beneficiarios.
 Partida de matrimonio.
 Documento de identidad del asegurado yde los beneficiarios.
 Boleta depagocorrespondientealostres (3) últimosmesespreviosal fallecimiento;encasoque
el aseguradosea obrero, las boletasde pago correspondientesalas doce(12) últimassemanas
previas al fallecimiento.
Muerte accidental del asegurado:
El empleador debe contactarse con Pacífico ypresentar los siguientes documentos:
 Partida o acta de defunción legalizada.
 Certificado médico de defunción completo legalizado.
 Atestado policial completo o carpeta fiscal.
 Certificado yprotocolo de necropsia completo.
 Documento de identidad del asegurado yde los beneficiarios.
 Declaración jurada de beneficiarios.
 Partida de matrimonio.
 Boletasde pagocorrespondientesalúltimomesprevioalfallecimiento;encaso queelasegurado
sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las cuatro (4) últimas semanas previas al
fallecimiento.
Invalidez total o permanente del asegurado:
El empleador debe contactarse con Pacífico ypresentar los siguientes documentos:
 Partida o acta de defunción legalizada.
 Certificado médico de defunción completo legalizado.
 Atestado policial completo o carpeta fiscal.
 Certificado yprotocolo de necropsia completo.
 Documento de identidad del asegurado yde los beneficiarios.
 Declaración jurada de beneficiarios.
 Partida de matrimonio.
 Boletasde pagocorrespondientesalúltimomesprevioalfallecimiento;encasoqueelasegurado
sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las cuatro (4) últimas semanas previas al
fallecimiento.
Conclusiones:
La funcióndelosSeguros,es brindardiferentescoberturascomo,salud,vida, bienes,dinero,ocasionados
por diversas situacionesadversasquesegeneran,esto acambiodeunasumadedinero,elcualsepuede
pagar mensual o anual.
En el Perú, existen seguros obligatorios como son el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y el
Seguro Vida Ley, también existen seguros no obligatorios como son Seguros de vida, seguros de salud,
seguros financieros,segurosde bienesentre otros, este tipo de seguros a pesar que no son obligatorios,
son necesarios para proteger a nuestros familiares de cualquier eventualidad que suceda.
Referencias:
https://www.pacifico.com.pe/

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Seguros de vida Pacífico

  • 1. “AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL” INTEGRANTES: BENITES VALVERDE AUGUSTO CLEBER LINARES ARCELA KLEVER DANILO ROJAS PALACIOS GUSTAVO ALFONSO VITE CHUNA LESLIE ABIGAIL DOCENTE: TEODOR BENITES KATHIA KATHERINE CURSO: MATEMÁTICA FINANCIERA TEMA: SEGUROS PACÍFICOS
  • 2. PACÍFICO COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS 1. Antecedentes: PacificoCompañíade Segurosy Reaseguros(en adelante“la Compañía”)nacede la fusión por absorción efectuada el 1 de agosto de 2017 entre El Pacifico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros(enadelante“EPV” o “PacíficoVida”)encalidaddeabsorbentey ElPacificoPeruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante “PPS” o “Pacífico Peruano Suiza”) en calidaddeabsorbida.Comoresultado delafusión,todoslosbienes,derechos,obligaciones y demás relaciones jurídicas que correspondían a la sociedad absorbida fueron transferidos a la sociedad absorbente. LaCompañíaesunasubsidiariadeCredicorpLtd.(unaempresaconstituidaenBermudas),laque al 31 de diciembre de 2021 posee directamente el 65.20% de las acciones representativas del capital social de la Compañía y en forma indirecta, a través de Grupo Crédito el 33.60%, por lo que la participación total de Credicorp Ltd. en el capital social de la Compañía asciendea 98.80%. Su domicilio legal está ubicado en la Avenida Juan de Arona No.830, San Isidro, Lima. 2. Actividad Económica: LaactividadeconómicadelaCompañíacomprendelacontrataciónyadministracióndetodaclase desegurosderiesgosgeneralesydevida,operacionesdereaseguros,realizarinversiones financieras e inmobiliarias, así como la realización de actividades conexas, dentro de los alcances de la Ley No.26702 - Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y OrgánicadelaSuperintendenciadeBancay Segurosy/o de acuerdocondisposicionesemitidas por laSuperintendenciadeBanca,Segurosy AdministradorasPrivadasde FondosdePensiones (en adelante “SBS”). la Compañía, a través de sus subsidiarias y su asociada, participa en forma dinámica en los negocios de seguros múltiples yde salud. 3. Subsidiarias: a) Crediseguro S.A. Seguros Personales. b) Crediseguro S.A. Seguros Generales. c) Asociación Civil Asistencia Social Cristal (Médica). d) Pacifico Asiste S.A.C. En el caso de las subsidiarias de losliterales a) y b), sus operacionesse realizan en el País de Boliviayenel casode losliteralesc) yd),susoperacioneslorealizanenelPerú.
  • 3. 4. Base legal: a) Ley N°29946, Leydel Contrato de Seguro. b) Ley No.29903, Leyde Reforma del Sistema Privado de Pensiones. c) TextoÚnicoOrdenadodelaLeydel SistemaPrivado dePensiones,aprobadomediante Decreto Supremo No.054-97-EF. d) Ley N° 29355 – Ley de CreacióndelRegistroNacionaldeInformacióndeContratos de Segurosde Vida y de AccidentesPersonalesconcoberturadefallecimientoodemuerte accidental. e) Reglamento de Caución, aprobado con Resolución S.B.S. Nº 3200 -2013. f) Reglamento de Pago de Primas, aprobado con Resolución S.B.S. N° 3198 -2013. g) Reglamento de Salud, aprobado con Resolución S.B.S. N° 3203-2013. h) Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado, aprobadocon ResoluciónS.B.S. N° 4143- 2019. i) Reglamento para el uso de Pólizas Electrónicas, aprobado con Resolución S.B.S. N ° 3201-2013. j) ReglamentoparalaGestióny Pagos de Siniestros,aprobadocon ResoluciónS.B.S. N° 3202-2013. k) Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que Establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud. 5. Productos ofrecidos PacificoCompañíadeSegurosy Reaseguros,buscabrindarunaoferta integralde productosyservicios a lasfamiliasperuanas,comosonPlanesdeSalud(EPS),SegurodeAsistenciaMédicayPrestaciones,yde los cuales, los cataloga de la siguiente manera: 1. Seguro para ti y tu familia:  Salud.  Oncológicos.  Vida + ahorro.  Accidentes Personales.  Viajes.  Rentas e Inversiones.  Sepelio. 2. Seguro para tus bienes:  Seguro Vehicular.  SOAT.  Hogares yBienes.
  • 4. 3. Salud para Trabajadores:  EPS y Complementarios.  EPS Individual. 4. Seguros para tu Empresa:  Vida Ley y Vida Empleados.  Accidentes Colectivo.  SCTR (Trabajo de Riesgo).  Accidentes Estudiantil.  Patrimoniales.  PYME En eseordendeideas,y deacuerdoalo solicitado enclase,lapresentesebasaráúnicamenteenSeguros de Vida, pero antes, debemos mencionar algunas definiciones según la LeyN°29946:  Contrato deSeguro: Elcontratodeseguroesaquelporelqueelaseguradorseobliga,mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar dentro de los limites pactados el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convencidas.  Prima: La prima es una cantidad de dinero dada a un individuo, respondiendo a criterios de recompensa o incentivo para una acción en particular. Generalmente, propia de asunción de contratos o acuerdos o la bonificación por determinados bienes o servicios.  Póliza: La póliza es el documento, con el cual, se formalizan los contratos de seguros. En este sentido, un documentoquesegeneracuandose ha alcanzadounacuerdoentreel aseguradory el ASEGURADO firmando estos el contrato del seguro.  Cobertura:ElcontratodeSegurocubrecualquierriesgosiemprequealtiempodesucelebración exista un interés asegurable actual o contingente.  Duración del Contrato:Sepresumequeladuracióndelcontrato es de un (1) año, salvo quese pacte un plazo distinto.  Comienzo yfin delacobertura: laCoberturadelaseguradorcomienzaalasdoce(12)horasdel día en que se inicia la vigencia y termina a las doce (12) horas del ultimo día de vigencia del contrato salvo pacto en contrario.  Alcance de Seguro de Vida: Por el Seguro de Vida el asegurador se obliga, mediante el cobro de la primaestipuladaydentro de los limitesestablecidaenlaley y enel contrato, a satisfaceral beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o de supervivencia del asegurado. Asimismo, el seguro sobre la vida puede estipularse sobre la vida propia o la de un tercero, así como sobre una o varias personas.
  • 5. A continuación, detallaremos, lo que nos Ofrece Pacifico Compañía de Seguros y Reaseguros: VIDA + AHORRO Un seguro de vida es un tipo de seguro que te permite proteger el futuro de tu familia al brindar una compensación económica en caso de fallecimiento o muerte del asegurado. En este seguro, se ofrecen varios tipos, según detalle: 1. Seguro Vida Ley: Brinda protección a tu familia en caso fallecieras y te permite ahorrar devolviéndote lo pagado al final del periodo. Monto de la Prima Cobertura Monto a devolver Periodo de Protección S/.39 mensuales Desde S/.100,000 hasta S/.150,000 Hasta el 200% de lo pagado. Desde 5 años S/.135 o $40 Mensuales Desde S/ 350,000 o US$ 100,000 Hasta el 150% de lo pagado Desde 10 años ¿Cuáles son las características de un seguro de vida con ahorro?  Sumas aseguradas desde S/100,000 o $100,000  Ofrece 7 plazos de contratación: 5,7, 10, 12, 15, 20 o 25 años.  Productos en soles o dólares.  Devuelve todas las primas pagas hasta 100% adicional al finalizar el pago. ¿Cuáles son las coberturas? a) Cobertura principal  Cubre en caso de fallecimiento del asegurado de manera natural o accidental durante la vigencia de la póliza b) Coberturas adicionales  Beneficio por muerte accidental  Exoneración de pago de primas por Invalidez Total y Permanente por accidente o enfermedad  Invalidez Total o Permanente por accidente o enfermedad  Invalidez accidental y desmembramiento c) ¿Qué no cubre?
  • 6.  Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio y/o actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.  Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado como delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.  En los seguros sobre la vida de un tercero, la muerte provocada deliberadamente por un acto ilícito del Contratante.  Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular, cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.  El uso de alucinógenos, estupefacientes o drogas no prescritas.  Estado etílico del Asegurado,con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo en el acontecimiento que produjo su deceso.  Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por símismo, o por terceros con su consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.  Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.  Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios, en cuyo caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados, no responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado d) ¿Cuáles son los medios de pago?  La modalidad de pago es mensual, semestral o anual; la cual se puede pagar a través de una tarjeta de crédito o débito (VISA, MASTERCARD; DINERS y AMERICAN EXPRESS). El cargo de la prima del seguro en tu tarjeta de crédito es independiente del costo por mantenimiento de la misma.
  • 7. e) ¿Quiénes pueden acceder?  Podrán acceder al seguro aquellas personas que no superen los 45, 50, 55 y 60 años de edad actuarial, según el plazo de contratación y tipo de seguro elegido, teniendo la oportunidad de mantenerse como Asegurados hasta el fin del referido plazo de contratación. 2. Vida Inversión Flex: Te acompaña y se adapta a cada etapa de tu vida. Te protegemos a ti y a tu familia en caso de fallecimiento. Nuestro seguro te permite crear un fondo de inversión con mayor rentabilidad. Seguro Monto de la Prima Cobertura Rendimiento Vida Inversión Flex S/ 180 o $55 mensuales Desde S/ 300,000 o US$ 100,000 Tienes la opción de elegir entre los 4 fondos de inversión según tu perfil de riesgo. Vida Inversión Base $10 Mensuales Desde US$ 10,000 Tienes la opción de elegir entre 3 fondos de inversión según tu perfil de riesgo.
  • 8. a) ¿Cuáles son las características de un seguro de vida con inversión?  Sumas aseguradas desde S/350,000 o $100,000  Productos en soles o dólares  Comprende tipos de 4 fondos de inversión: 1. Fondo Garantizado 2. Fondo Controlado 3. Fondo Balanceado 4. Fondo de Capitalización. b) ¿Cuáles son las coberturas? Cobertura principal  Cubre en caso de fallecimiento del asegurado de manera natural o accidental durante la vigencia de la póliza Coberturas adicionales  Beneficio por muerte accidental  Exoneración de pago de primas por Invalidez Total y Permanente por accidente o enfermedad  Beneficio en vida por enfermedades graves  Invalidez accidental y desmembramiento  Invalidez Total y Permanente por accidente o enfermedad  Vida temporal hasta 55 o 65 años c) ¿Qué no cubre?  Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio y/o actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.  Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado como delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.  En los seguros sobre la vida de un tercero, la muerte provocada deliberadamente por un acto ilícito del Contratante.  Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular, cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.  El uso de alucinógenos,estupefacientes o drogas no prescritas.  Estado etílico del Asegurado, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo en el acontecimiento que produjo su deceso.
  • 9.  Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por símismo, o por terceros con su consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.  Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.  Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios, en cuyo caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados,no responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado d) ¿Cuáles son los medios de pago? La modalidad de pago es mensual, semestral o anual; la cual se puede pagar a través de una tarjeta de crédito o débito (VISA, MASTERCARD, DINERS y AMERICAN EXPRESS) e) ¿Quiénes pueden acceder? Podrán acceder al seguro aquellas personas que no superen los 60 años de edad, teniendo la oportunidad de mantenerse asegurados hasta el aniversario de la póliza en el cual cumplan los noventa y cinco (95) años de edad. 3. Vida Educación: Protege a tu familia en caso de fallecieras y ahorra para la educación de tu hijo devolviéndote todo lo pagado al finalizar el periodo.
  • 10. Seguro Monto de la Prima Cobertura Monto a devolver Periodo de Protección Vida Educación Desde S/ 39 mensuales Desde S/100,000 hasta S/150,000 Hasta 200% de lo pagado Desde 5 años 4. Fondo Universitario: Asegura la educación de tus hijos con una tasa garantizada. Protegemos a tu familia en caso de invalidez y fallecimiento. Seguro Monto de la Prima Cobertura Tasa garantizada Periodo de Protección Fondo Universitario Desde $45 mensuales Desde $10,000 4% anual en dólares Desde 10 años 1. ¿Cuáles son las características de un seguro de Fondo Universitario?  Sumas aseguradas desde $10,000  Producto sólo dólares  Ofrece plazos entre 10 y 18 años  Brinda una tasa garantizada de hasta 4% 2. ¿Cuáles son las coberturas? Cobertura principal  Exoneración de pago de primas en caso de fallecimiento natural o accidental, o invalidez total y permanente durante la vigencia de la póliza.
  • 11. 3. ¿Qué no cubre?  Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio y/o actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.  Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado como delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.  En los seguros sobre la vida de un tercero,la muerte provocada deliberadamente por un acto ilícito del Contratante.  Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular, cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.  El uso de alucinógenos, estupefacientes o drogas no prescritas.  Estado etílico del Asegurado, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo en el acontecimiento que produjo su deceso.  Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por sí mismo, o por terceros con su consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.  Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.  Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios,en cuyo caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados, no responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado 4. ¿Cuáles son los medios de pago? La modalidad de pago es mensual, semestral o anual; la cual se puede pagar a través de una tarjeta de crédito o débito (VISA, MASTERCARD, DINERS y AMERICAN EXPRESS) 5. ¿Quiénes pueden acceder? Este seguro está pensado para personas entre los 18 y 60 años que tienen hijos o nietos en edad pre-escolar o escolar y que cuentan con la posibilidad de ahorrar entre 10 y 18 años para garantizarles la educación superior.
  • 12. 6. Vida Inversión Capital: Invierte tu capital en un fondo variable en el extranjero y según tu nivel de riesgo, mientras proteges a tu familia. Seguro Monto de la Prima Cobertura ¿Rendimiento esperado? Fondos de Inversión Vida Inversión Capital US$ 50,000 prima única US$ 10,000 adicionales para tus beneficiarios en caso de fallecimiento natural o accidental. Tienes la opción de elegir entre 2 fondos de inversión, según tu perfil de riesgo. Familia de Fondos Controlados. Familia de Fondos Balanceados. Familia de Fondos de Capitalización. Familia de Fondos Garantizados. VIDA LEY Y VIDA EMPLEADOS ¿Qué es el Seguro de Vida Ley Perú? El SegurodeVida Leyes unseguroobligatorioquelocontratalaempresaafavor desus trabajadorescon lo cual podrán estar cubiertos ante muerte natural, accidental o quede inválido. Este seguro de vida Ley protege al trabajador tanto dentro como fuera de la empresa. ¿Cuándo contratar el Seguro de Vida Ley? Desde elprimerdía en queel trabajadoriniciaenlaempresa,estosegún elDecretode UrgenciaN°009- 2019 yregulado por el Decreto Supremo N°009-2020-TR.
  • 13. ¿Cuáles son las condiciones de acceso y límites de permanencia del seguro? Podrán acceder al seguro aquellos trabajadores que hayan cumplido cuatro (4) años al servicio del Contratante(AseguradosObligatorios),teniendolaoportunidaddemantenersecomoAseguradoshastasu cese.Adicionalmente,sepodráincluiralostrabajadorescontres(3)mesesomásenplanillas(Asegurados Facultativos), que hayan sido incluidos en la declaración de planilla efectuada por el Contratante y que cumplan con los requisitos de asegurabilidad establecidos por la Compañía. ¿Qué cubre tu seguro de vida?  Muerte Natural  Muerte Accidental  Invalidez total y permanente por accidente Beneficios principales:  Muerte Natural: 16 remuneraciones mensuales asegurables, promedio del último trimestre, percibidas por el trabajador asegurado hasta el mes previo a su fallecimiento.  Muerte Accidental: 32 remuneraciones mensuales asegurables percibidas por el trabajador asegurado el mes previo al accidente.  Invalidez Total y Permanente por Accidente: 32 remuneraciones mensuales asegurables percibidas por el trabajador asegurado el mes previo al accidente. ¿Qué no cubre tu seguro de vida? Este seguro, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 688, el seguro “Vida Ley” no contempla exclusiones. No obstante, no se cubre el fallecimiento o invalidez que se produjera como consecuenciadesuicidioode lesionesauto inferidas,siemprey cuandoestas situacionesnogenerenun supuesto de muerte natural, muerte accidental ni de invalidez total y permanente por accidente del Asegurado. Cotización:  Desde 0.80 diario  desde 23 soles al mes  Protege hasta por 200,000 soles durante los 20 años de finalizar la contratación  Se puede solicitar la emisión de una póliza Individual como continuidad al Seguro de Vida Ley, siempre y cuando no hayan transcurrido más de treinta (30) días calendario desde la fecha de cese del trabajador.  La póliza de seguro de Vida Ley para ex trabajadores continuará vigente, siempre y cuando el asegurado cumpla con realizar el pago de las primas oportunamente.
  • 14.  La tasa anual (que variará cada año según la edad del Asegurado) para la determinación de la prima será la acordada entre el Asegurado y la Compañía, y se aplicará sobre la remuneración mensualdeltrabajador,lamismaquenopodráexcederdela RemuneraciónMáximaAsegurable establecida para efectos del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio del Sistema Privado de Pensiones (SPP).  La vigencia de la póliza terminará si el Asegurado adquiere otra póliza de vida obligatoria Beneficiarios: Los posibles beneficiarios por ley de este seguro son:  Los hijos y el/la cónyuge (a falta de cónyuge, el/la conviviente que cumplacon los requisitos del artículo 326 del Código Civil: 2 años de convivencia de hecho y libres de impedimentos matrimoniales).  Los hijos y el/la cónyuge (a falta de cónyuge, el/la conviviente que cumplacon los requisitos del artículo 326 del Código Civil: 2 años de convivencia de hecho y libres de impedimentos matrimoniales).  El empleador contratante del seguro tiene derecho a cobrar la suma asegurada, si fallecido el trabajador asegurado y vencido el plazo de un (1) año de ocurrido el siniestro, ninguno de los beneficiarios señalados en el artículo 1 hubiera ejercido su derecho. El trabajador debe presentarle al empleador una Declaración de Beneficiarios con su firma legalizada.
  • 15. Coberturas Adicionales:  Fallecimiento por cáncer: Se otorgará una indemnización en caso el asegurado falleciera a consecuencia directa de cáncer. Para tener derecho a indemnización por esta cobertura el diagnóstico de cáncer se debe de haber realizado después de la fecha de incorporación del asegurado a la póliza.  Desgravamen: En caso de fallecimiento del asegurado por causas naturales o accidentales, se pagará a la empresa contratante de esta póliza el saldo deudor de cualquier préstamo que la empresa hubiera realizado al asegurado.  Desamparo familiar súbito: Se paga una única indemnización si uno o más hijos del asegurado que sean menoresa 18 años quedaranen condicióndedesamparofamiliar súbito(fallecimiento de ambos padres).  Infarto al miocardio:Sepagaunaúnicaindemnizaciónsiunoomáshijosdelaseguradoquesean menoresa 18 añosquedaranen condicióndedesamparofamiliarsúbito(fallecimientodeambos padres).  Accidente Vascular Cerebral (VAC): Se otorgará una indemnización en caso el asegurado falleciera a consecuencia directa de un Accidente Cerebro Vascular.  Insuficiencia renal crónica: Se otorgará una indemnización si el asegurado falleciera a consecuencia directa de una Insuficiencia Renal Crónica en etapa terminal o de los procesos dialíticos,así comoelfallecimientoenelintraoperatorioopost operatorioinmediatodecirugíade Trasplante renal como tratamiento de la Insuficiencia Renal Crónica.  Trasplante de órganos: Se indemnizará al asegurado que por prescripción médica deba ser sometido a un Trasplante de Órganos.
  • 16.  Quemaduras: Se indemnizará al asegurado que, como resultado de un accidente, producido a partir de la fecha de inicio de cobertura, presente quemaduras de tercer gradoque le ocasionen la destrucción total ypermanente de al menos 20% de la piel.  Repatriaciónderestos: En casoel aseguradofallecierafueradesu país de nacionalidadodesu país de residenciayse trasladaransus restos haciaotro país conla finalidadde darlesepultura, Pacífico Seguros efectuará el pago de una indemnización cuyo importe se indica en la Primera Parte del presente endoso.  Ceguera por accidente: Se indemnizará al asegurado que, como consecuencia de un accidente producidoapartirdelafechadeiniciodecobertura,tengaunapérdidatotaldelavisión enambos ojos.  Sordera por accidente: Se indemnizará al asegurado que, como consecuencia de un accidente producidoapartirdelafechadeiniciodecobertura, presentelapérdidatotaleirrecuperabledela audición en ambos oídos.  RentaAccidentalporFallecimientoenAccidentedeTrabajo:SeotorgaunaRentaMensualporun periodode6 meses,siemprequeel fallecimientodelaseguradotengalugardentrodeun periodo de 90días contadosdesdelafechadeocurrenciadelaccidentequefuecausa del fallecimiento.  Incapacidadparaeltrabajo.La compañíaotorgaráelbeneficioestablecidoparaestacoberturaal asegurado que estando incapacitado para el trabajo hubiere superado el límite máximo de subsidios que otorga Essalud.  Reembolsodegastosdesepelio:En casoprocedieraelpagodelacoberturadeMuerteNaturalo Muerte Accidental, se reembolsan los gastos efectivamente realizados por el sepelio del asegurado hasta el límite máximo establecido en la Primera Parte.  Reembolsodegastosdesepelio:En casoprocedieraelpagodelacoberturadeMuerteNaturalo Muerte Accidental, se reembolsan los gastos efectivamente realizados por el sepelio del asegurado hasta el límite máximo establecido en la Primera Parte.  Cobertura de coma: En caso procediera el pago de la cobertura de Muerte Natural o Muerte Accidental,sereembolsanlosgastosefectivamenterealizadosporelsepeliodelaseguradohasta el límite máximo establecido en la Primera Parte.  Coberturahijo póstumo:SepagaráunaIndemnizaciónencasodenacimientodeunHijoPóstumo, siempre que el recién nacido haya llegado a cumplir un mes de vida. ¿Que en hacer en los siguientes casos: Muerte natural del asegurado. El empleador debe contactarse con Pacífico ypresentar los siguientes documentos:  Partida o acta de defunción legalizada.  Certificado médico de defunción completo legalizado.
  • 17.  Declaración jurada de beneficiarios.  Partida de matrimonio.  Documento de identidad del asegurado yde los beneficiarios.  Boleta depagocorrespondientealostres (3) últimosmesespreviosal fallecimiento;encasoque el aseguradosea obrero, las boletasde pago correspondientesalas doce(12) últimassemanas previas al fallecimiento. Muerte accidental del asegurado: El empleador debe contactarse con Pacífico ypresentar los siguientes documentos:  Partida o acta de defunción legalizada.  Certificado médico de defunción completo legalizado.  Atestado policial completo o carpeta fiscal.  Certificado yprotocolo de necropsia completo.  Documento de identidad del asegurado yde los beneficiarios.  Declaración jurada de beneficiarios.  Partida de matrimonio.  Boletasde pagocorrespondientesalúltimomesprevioalfallecimiento;encaso queelasegurado sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las cuatro (4) últimas semanas previas al fallecimiento. Invalidez total o permanente del asegurado: El empleador debe contactarse con Pacífico ypresentar los siguientes documentos:  Partida o acta de defunción legalizada.  Certificado médico de defunción completo legalizado.  Atestado policial completo o carpeta fiscal.  Certificado yprotocolo de necropsia completo.  Documento de identidad del asegurado yde los beneficiarios.  Declaración jurada de beneficiarios.  Partida de matrimonio.  Boletasde pagocorrespondientesalúltimomesprevioalfallecimiento;encasoqueelasegurado sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las cuatro (4) últimas semanas previas al fallecimiento.
  • 18. Conclusiones: La funcióndelosSeguros,es brindardiferentescoberturascomo,salud,vida, bienes,dinero,ocasionados por diversas situacionesadversasquesegeneran,esto acambiodeunasumadedinero,elcualsepuede pagar mensual o anual. En el Perú, existen seguros obligatorios como son el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y el Seguro Vida Ley, también existen seguros no obligatorios como son Seguros de vida, seguros de salud, seguros financieros,segurosde bienesentre otros, este tipo de seguros a pesar que no son obligatorios, son necesarios para proteger a nuestros familiares de cualquier eventualidad que suceda. Referencias: https://www.pacifico.com.pe/