1. ESTUDIANTES:
HECTOR PEREZ
C.I: 25.881.694
PROFESORA:
PEREZ NELLY
RRII
ARAURE, AGOSTO DEL 2020
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y ECONÓMICAS
ESCUELA DE RELACIONES INDUSTRIALES
VICERRECTORADO ACADÉMICO
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
ARAURE- ESTADO PORTUGUESA
LEY DEL
RÉGIMEN PRESTACIONAL DE
EMPLEO
2. ASPECTOS MAS RELEVANTES
Establecer la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de
Empleo, y los mecanismos de adopción e implementación de sus
políticas, programas y medidas especiales
Favorecer la empleabilidad de la fuerza de trabajo, para lograr su
acceso a empleos y ocupaciones productivas de calidad.
Promover mecanismos organizativos y de políticas orientadas
a prevenir la pérdida de la ocupación.
Definir mecanismos de participación de la persona en situación de desempleo,
para que asuma un papel proactivo como sujeto social, creador y realizador de
cambios de su condición laboral y del control de políticas públicas orientadas a
concretar su derecho a una ocupación productiva de calidad.
Recibir la prestación dineraria ante la pérdida involuntaria del empleo, de
conformidad con los requisitos y condiciones previstos en esta Ley y su
Reglamento.
Afiliarse al Régimen Prestacional de Empleo.
3. Definir los lineamientos, políticas, planes y estrategias del
Régimen Prestacional de Empleo.
Aprobar el Plan Nacional del Régimen Prestacional de Empleo.
Establecer formas de interacción y coordinación conjunta entre
instituciones públicas y privadas, a los fines de garantizar la integralidad
del Régimen Prestacional de Empleo.
Garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Régimen Prestacional de
Empleo en las materias de su competencia, así como de las obligaciones bajo la
potestad de sus entes bajo su adscripción.
Constituir, coordinar y promover el funcionamiento de la Red de Servicios de Atención
Integral a la Persona en Situación de Desempleo, en el ámbito de información
profesional del mercado de trabajo, orientación, recapacitación, intermediación laboral,
asesoría para la formulación de proyectos productivos individuales o asociativos, y
asistencia técnica al emprendedor
Celebrar, previa aprobación del ministerio con competencia en materia de empleo,
convenios de cooperación con los órganos y entes internacionales, nacionales, regionales y
locales, así como con organizaciones empresariales, laborales y comunitarias, con el objeto
de facilitar y consolidar el funcionamiento de la red de observatorios laborales
contemplados en esta Ley.