Intervención en el primer debate de las Enmiendas Constitucionales en la Sesión 302 de la Asamblea Nacional del Ecuador. Mi postura frente a la Historia.
Intervención en contra de las enmiendas constitucionales que concentran el poder
1. Intervención en el Primer Debate de las Enmiendas Constitucionales
Sesión 302. Diciembre 2 de 2014
Los jueces de la Corte Constitucional en una actitud de franco vasallaje frente al poder político, permitieron a través de un fallo ilegítimo y espurio que los cambios propuestos a nuestra Carta Política que en su gran mayoría, no todos, afectan derechos y alteran la estructura del Estado, sean tratados como Enmiendas en detrimento del pronunciamiento ciudadano, sino que ejerciendo indebidamente facultades omnímodas, han querido subyugar a este Parlamento Ecuatoriano, al mero papel de tramitador de puntos y comas e inclusive a que rindamos cuentas.
Esa misma Corte no cumplió con su obligación jurídica e histórica de proteger, defender y salvaguardar la Constitución, al determinar que un Proyecto Político se encuentra por encima de la voluntad popular y de la Carta Magna, asestándole un golpe mortal a la democracia que lo sufrirán las presentes y futuras generaciones.
La Constitución de los 300 años les quedó estrecha. El Garantismo del que tanto se vanagloriaban ha quedado reducido una vez más. Los adalides de la participación ciudadana ahora quieren menoscabarla y restringirla. Los que han venido violando sostenidamente y ultrajando a la Constitución ahora quieren cambiarla, pero no para darle más derechos y garantías a los
2. ciudadanos, sino para quebrantar esos derechos y esas garantías con la finalidad de consolidar un modelo estatista, totalitario y concentrador de poder.
Es justamente en ese sentido, que estas mal llamadas Enmiendas, constituyen un traje a la medida para avalar el autoritarismo, ante el flagrante temor de conocer el pronunciamiento ciudadano, de lo que el pueblo ecuatoriano pueda decidir sobre ellas.
Lo que quieren hacer, de frente –y eso es lo que queda de este debate- es quitar los frenos que tiene el poder y que son propios de un Estado Democrático, para extenderle los derechos a una sola persona para que pueda seguir gobernando.
En esa línea, el oficialismo se inaugura como el primero que desde el retorno de la democracia, -porque si bien, ha habido muchas Reformas de carácter legal sobre el tema de la participación en elecciones- pero será el primero que en materia de reelección de dignidades no acuda al pueblo ecuatoriano. En el año 1978, el pueblo en referéndum dijo “no” a cualquier tipo de reelección, hastiado de 40 años de Velasquismo; en 1994, a través de consulta popular, la ciudadanía manifestó que exista reelección ilimitada para prefectos, alcaldes, diputados, concejales y consejeros y pasando un período para Presidente de la República, principio que fue recogido textualmente por la Constitución de 1998, y diez años después en el referéndum de la Constitución de Montecristi, el pueblo se pronunció en el sentido que exista reelección, si, por una vez, consecutiva o no. Y ahora, que se quiere la reelección presidencial indefinida, que es la más profunda y poderosa en una
3. Reforma constitucional por el sistema caudillista que ha arrastrado la Historia del Ecuador, se la quiere pasar por las tranqueras, irrespetando el sentir de los ecuatorianos.
Es realmente penoso como en el intento de adecuar la Ley Fundamental a las pretensiones de la élite gobernante, caen en preceptos, por decir lo menos, absurdos, incluso en el Dictamen y en el informe se descontextualiza a Norberto Bobbio y a Sartori, y se nos dice que “no se puede desperdiciar un buen presidente” y que la democracia se entiende como “la más amplia participación posible”.
Nadie discute eso, nadie está en contra de la mayor participación ciudadana ni de la reelección –que ya existe-, porque parece por el debate que recién la vamos a poner. Inclusive no discuto la facultad que tiene este órgano legislativo de presentar Enmiendas y Reformas constitucionales. Es el procedimiento: este tema debió pasar por Reforma, tramitarlo en la Asamblea, es su derecho por tener la mayoría, pero el resultado de estos dos debates, que se dan en 90 días, 45 días después debe ser refrendado por el pueblo ecuatoriano, eso manifiesta el artículo 442 de nuestra Constitución. ¿Y por qué? Porque la participación electoral de quienes ejercen el gobierno, no la de los ciudadanos en derecho de participación, como establece el artículo 61, se da dentro de los límites al poder, puesto que, reelección presidencial ilimitada y sin consulta es igual a absolutismo.
Se argumenta que la consulta al pueblo se la hará en las elecciones del 2017 cuando se vote a favor o no del actual Primer Mandatario. Pero esto no es un combo, no es un 2x1: primero se aprueba el concepto, la institución jurídica
4. denominada “reelección de dignidades”, y después los sujetos políticos que se sientan acreedores, pueden ejercer el derecho a participar. En ese sentido, ahí es donde la alternancia, que es un principio democrático republicano, se ve seriamente afectada y tiene que ver con la estructura del Estado, de la República. Y digo República, en los más altos e imperecederos valores e ideales como son: Democracia, Libertad, Igualdad de oportunidades y Esperanza inquebrantable.
También se esgrime que muchas autoridades se han reelegido, muchos alcaldes, muchos diputados. Efectivamente, pero aquí hay una gran diferencia, en la mitad del juego, no cambiaron las reglas para elegirse sino que se candidatizaron con las reglas preestablecidas, y al revés, a medida que han ido avanzando, estas normas han restringido los derechos de quienes ejercen, momentáneamente, el poder político.
Aquí esta tarde he escuchado tres ejemplos que no pensé que iba a escuchar: citaron al señor François Mitterrand, 14 años en Francia, solo dos períodos de siete, nada más. Y en el 2000, vía referéndum lo achicaron a cinco. Citaron a Felipe González, de España: democracia parlamentaria, se vota por partido, no se vota en papeleta por el Presidente del Gobierno; se fue porque perdió la mayoría en 1996. Y se citó a Franklin Delano Roosevelt, gran presidente norteamericano, quien fue candidato en el año 1932, 144 años después que la Constitución preveía que exista reelección. Años después de su fallecimiento, en su cuarto mandato en ejercicio, se limitó la reelección a dos períodos. Esa es la gran diferencia, que entre otras cosas, la Corte Constitucional en su servilismo político y su precariedad jurídica no pudo o no quiso descifrar.
5. Algunas de estas Reformas tapiñadas de Enmiendas son realmente lapidarias para el pueblo ecuatoriano. En lo referente al art. 104 inciso 4, la iniciativa ciudadana, ¿cómo no va a ser restricción, limitación de derechos, si se puede consultar sobre cualquier asunto y ahora se la elimina? Salvo las excepciones tributarias y de organización territorial. Eso inclusive amerita una Asamblea Nacional Constituyente. Inclusive se olvidaron, o quien hizo la enmienda se olvidó, de argumentarlo, y al principal de la Corte, que se prestó para aquello, no le importó y dijo que se puede hacer minutos antes de la sustentación de la argumentación. Así que es falso que exista una contradicción en ese sentido, lo que quieren es aprobarlo, para que vía Ley limitar aún más lo que el pueblo ecuatoriano pueda consultar, para que sólo sea el Presidente de la República quien tenga esa facultad. Y ya sabemos que a estas alturas no quieren consultar absolutamente nada.
Esto se termina de consumar de forma inaudita, quitándole a la Contraloría su control de gestión en base a conjeturas para pasárselo a los tecnócratas gubernamentales, militarizando la seguridad ciudadana con la gravedad que esto conlleva, rebajando el derecho de comunicación y de libertad de expresión de los ecuatorianos a un servicio que es prestado por el Estado y que es equiparable al alcantarillado y finalmente y como no podía ser de otra manera, afectando competencias municipales en expresas actitudes centralistas. En conclusión, todo para el Poder, nada para el pueblo.
Este paquetazo de Enmiendas lo único que busca es usurpar los derechos y garantías constitucionales, demostrando el desprecio y el miedo al pronunciamiento del pueblo ecuatoriano para consolidar el Proyecto y así
6. perennizar en el poder a quien ejerce en la práctica y de forma autoproclamada, la Jefatura de todas las Funciones del Estado.
Pero hay un dicho: “Hay que ser esclavo de la ley para no ser esclavo de los déspotas.” Ante aquello, hay que romper los dogales y las cadenas porque si queremos vivir en una República de ciudadanos libres, hemos de rechazar la amenaza de un Ecuador constituido por súbditos y azotado por autócratas.