Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
justicia de paz
1. Universidad Fermín toro
Vice rectorado académico
Facultad de ciencias jurídicas y políticas
Escuela de derecho
Medios alternos
Alumno: Leonardo Gimenez
C.I: 24162093
2. La Justicia de Paz como instrumento para resolver
los conflictos cotidianos que se generan en la vida en
comunidad, es uno de los procedimientos alternativos
que buscan superar la insuficiencia del sistema de
administración de justicia, cuya importancia y utilidad
tienen reconocimiento en las sociedades que han
comprendido el efecto positivo que generan al
mejorar el clima de armonía entre los miembros de la
comunidad.
En toda comunidad, van a surgir conflictos entre sus
integrantes de mayor o menor gravedad. En algunos de
ellos se requiere acudir a alguna autoridad para que
intervenga. Un prefecto, una autoridad de tránsito, son
autoridades administrativas cuya misión principal no es
zanjar la rivalidad surgida por un conflicto, si no cumplir
con una obligación que le ha sido impuesta por el solo
hecho de ejercer el cargo.
3.
4. De acuerdo a lo que he venido planteando, la
administración de justicia en sentido tradicional, así
como la intervención de autoridades administrativas
ante los conflictos de intereses que inevitablemente
se producen en una comunidad, no puede ser la
única instancia o herramienta que tienen los
ciudadanos, por cuanto, aún en las sociedades en
que dichos órganos funcionan adecuadamente, ellos
no representan el instrumento idóneo para darle
respuesta a los problemas y, por ende, la
consecuencia es la persistencia del malestar, la
conflictividad, la intranquilidad en el seno de la
comunidad.
5. Según la Ley, el Juez de Paz es un funcionario que
será electo por períodos de tres años, con
posibilidades de reelección, en comunidades de
cuatro mil habitantes, numero que podría variar en
mayor o menor, si fuere necesario para no afectar la
realidad natural de una comunidad, ( Art. 14 Ley
Orgánica de Justicia de Paz LOJP ). En este sentido,
la comunidad debe estar consciente del tipo de
exigencias requeridas para ejercer dicho cargo, de
manera de escoger a la persona idónea y no
confundir los rasgos específicos que son necesarios
para satisfacer los objetivos esenciales de una
institución como la que he intentado definir
anteriormente. Por ello, un punto de primordial
importancia es el referente al Perfil del Juez de Paz,
en el cual me voy a concentrar en las siguientes
líneas
6.
7. Otro rasgo importante del juez de paz es que debe residir en la misma
población donde ha de prestar sus servicios, y en algunos casos, como en
Perú, hablar el idioma o dialecto más utilizado en dicha comunidad. En
algunos ordenamientos, como el venezolano, el colombiano, el peruano
o el ecuatoriano, el juez de paz es elegido por los propios vecinos de la
comunidad donde ejercerá su cargo; mientras que en otros casos, como
España, aunque es elegido por mayoría absoluta del Pleno del
Ayuntamiento, es nombrado por la sala de gobierno del Tribunal Superior
de Justicia correspondiente, por un periodo de 4 años (no obstante,
podrá ser elegido por dicha Sala cuando el Pleno no procediera a la
elección o las personas elegidas no fueran las adecuadas)
8. La elección del juez de paz está regulada en el Título II de la Ley
Orgánica de la justicia de paz. Sin embargo, el proceso de elección de
estas autoridades deberá ser adaptado a los nuevos postulados
constitucionales, debido a la creación del Poder Electoral. La Ley
Orgánica de justicia de paz, dispone que el juez de paz sea elegido
cada tres (3) años por todos los habitantes de la circunscripción
municipal. La circunscripción intra municipal es la jurisdicción dentro
de la cual el juez de paz ejercerá sus funciones, es decir, es la división
territorial de cada cuatro mil habitantes (4.000) realizada por el
concejo municipal, dentro de la cual el juez tiene competencia y sobre
la cual ejercerá sus funciones. El juez de paz podrá ser reelegido
inmediatamente para nuevo un período. En todo caso, según el
artículo 13, las elecciones de los jueces de paz no pueden coincidir o
ser planificadas paralelamente con cualquiera de las elecciones
nacionales, estadales o municipales. Ello con el objeto de evitar la
politización de estas elecciones y tratar que la comunidad elija a la
persona más idónea para este cargo.