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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
DE LOS LLANOS OCCIDENTALES
“EZEQUIEL ZAMORA”
NÚCLEO APURE
UNELLEZ
SUBPROYECTO: EJES TRANSVERSALES IV
FACILITADOR:
Abg. Carlos Cabeza
PARTICIPANTE:
 Jimenez Amarilis
 CI: 23.697.411
RECREO MAYO 2017.
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
Tras el anuncio del presidente Nicolás Maduro este 1º de mayo que
como parte de sus “atribuciones constitucionales” convoca al proceso de
una Asamblea Nacional Constituyente, de acuerdo con el capítulo III de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Concretamente se trata de los artículos 347, 348 y 349, que
explican las formas a través de las que se realizará esta Constituyente,
que, según el artículo 342 de la Carta Magna puede ser convocada por el
Presidente de la República.
El texto constitucional establece lo siguiente:
Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder
constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una
Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado,
crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
Desde mi perspectiva, este texto claramente expresa que en una
nación como la nuestra donde el sistema implementado es la democracia
participativa, es el pueblo quien decide quien tiene el poder legítimo para
convocar a una asamblea nacional constituyente y hasta redactar una
nueva constitución, es decir, es quien posee la voluntad originaria,
soberana, suprema y directa para constituir un Estado dándole una
personalidad al mismo y darse la organización jurídica y política que más
le convenga.
Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional
Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República
en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las
dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en
cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el
quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el
Registro Civil y Electoral.
Sin duda alguna, este artículo le da la potestad de convocar a la
asamblea nacional constituyente no solo al Presidente De La Republica,
sino también a la asamblea nacional, a los Concejos Municipales en
cabildo, siempre y cuando sea mediante el voto de las dos terceras partes
de los mismos; también a el quince por ciento de los electores inscritos y
electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral. Ahora bien, hay quienes
califican tal iniciativa de fraude, golpe de estado, y cualquier otras tantas
denominaciones que se les ocurra porque fue el presidente quien tomo la
iniciativa basándose en lo establecido en el mencionado artículo, pero me
pregunto yo. ¿Si hubiese sido la asamblea nacional que en estos
momentos la preside la oposición, quien tomara la iniciativa de convocar a
la constituyente, opinarían lo mismo? Pues yo creo que no, ya que estos a
lo único que se dedican es a hablar cuántas barbaridades se les ocurre
aprovechando las coyunturas por las que está pasando nuestro país
donde los culpables en gran parte de todo lo que está pasando son ellos.
Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá
objetar la nueva Constitución.
Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las
decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente.
Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta
de la Asamblea Nacional Constituyente.
De este texto puedo apreciar, que una vez constituida la asamblea
nacional constituyente, tal como lo establece nuestra carta magna, ni el
Presidente De La República, ni los poderes podrán inmiscuirse, u objetar
las decisiones de la misma.
Ahora bien, Las reacciones de juristas y dirigentes políticos no se
hicieron esperar, Se exponen las reacciones de diversos juristas a la
propuesta. Pues, hay quienes están en desacuerdo con esta iniciativa del
presidente, dentro de los cuales están los siguientes juristas o tratadistas.
COMO FRAUDE CALIFICO LA CONSTITUYENTE.
El Abogado Constitucionalista, José Ignacio Hernández, Lo
primero que hay que decir es que esto no es una Constituyente, al menos
no a la luz de lo que establece la Constitución, pero como este es un
Gobierno experto en cambiarle el nombre a las cosas y engañar a la
gente hay que dejar eso en claro”,
Así mismo, cuestionó que la mitad de los 500 miembros de la
instancia sean escogidos por los sindicatos, movimientos estudiantiles y
consejos comunales y comunas, estos últimos no previstos en la Carta
Magna vigente.
“Los constituyentes no serán elegidos de manera universal y
secreta, sino que se producirá una elección corporativa o indirecta, tal y
como ya ha ocurrido en regímenes autoritarios como los de la Unión
Soviética o Cuba”, declaró.
De igual forma, aseguró que con ello el Gobierno pretende
“controlar la conformación de la Constituyente” y así “profundizar el golpe
de Estado” vigente en el país desde que el Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ) le arrebató a la Asamblea Nacional las pocas potestades que le
quedan y la inmunidad a la mayoría de sus miembros.
Según este tratadista, esto no es una constituyente basada en el
marco constitucional de nuestro país, este considera la constituyente
como un golpe de estado, ya que en su opinión, Los constituyentes no
serán elegidos de manera universal y secreta sino de manera indirecta y
autoritaria, y que es el gobierno quien va a conformar la mayoría de los
miembros para así controlar la misma y tener el poder de todo. Así mismo
para él la opinión de los sindicatos, movimientos estudiantiles, consejos
comunales y comunas no cuenta, ya que en su opinión estos no están
contemplados en la constitución.
COMO UNA DICTADURA ADVIRTIÓ.
El Abogado Constitucionalista Pedro Alfonso Del Pino. La
Asamblea Nacional Constituyente anunciada podría realizarse sin
someterla a votación, eliminaría la actual Asamblea Nacional y
representaría “las puertas a la dictadura”,
“La Constituyente es la puerta del precipicio del país. Lo más
importante no solo es si el gobierno la convoca o no, sino si habrá
votación”, alertó el abogado.
A su juicio, la intención es diseñar una Asamblea Nacional que no
dependa del sufragio directo y que luego suplante al actual Parlamento:
“Sería un fraude”
El mencionado jurista, considera la constituyente como una
dictadura, ¿me pregunto yo es que ellos no saben que es una dictadura?
¿Será que en una dictadura ellos podrán hacer todo lo que hacen? habla
de fraude, cuando los expertos en eso son ellos, expertos en engañar, en
manipular y destruir. Según su opinión, el gobierno no someterá a
votación la constituyente tal como lo expresa nuestra carta magna sino
que se van a imponer y así eliminar la actual asamblea nacional.
EL PUEBLO DEBE APROBAR UNA CONSTITUYENTE A
TRAVÉS DE REFERENDO.
El Abogado Constitucionalista, Jesús María Casal: con la
convocatoria de constituyente hubo un grave atropello a la soberanía
popular, “se está violando el artículo 347 de la Constitución porque quien
puede convocar al poder constituyente es el pueblo, quien aprueba las
bases comiciales y rectoras de la Asamblea Nacional Constituyente a
través de un referendo, es decir, una consulta al pueblo”.
También señaló, que dentro de la naturaleza del concepto de
constituyente se implica de forma directa la necesidad de consulta
popular, “la Asamblea Constituyente tiene que emanar del pueblo, en
ejercicio de su soberanía, como sucedió en 1999 y no es cierto el
argumento que se está tratando de implantar de que como ya se hizo un
referendo en el año 99 ahora no habría que hacerlo“.
Así mismo, reiteró que no se puede impulsar un proceso
constituyente que esté a espaldas del pueblo, “quien tiene la libertad de
definir cuáles son las reglas de una nueva Constitución es el pueblo,
jamás se partió del actual argumento que quiere presentarse de que el
propio órgano del poder constituido va a definir las reglas, es decir, va a
hacer una constituyente a su medida“.
El jurista considera que los problemas del país no se deben a una
mala Constitución, “la defienden todos los venezolanos, la defiende el
chavismo como parte de un legado, la oposición y la academia; es una
Constitución democrática y aceptable para el presente y para un futuro
político“
Casal afirmo; que quien puede convocar a la constituyente es el
pueblo, porque en el reside el poder y la soberanía, la cual es
intransferible e inalienable, así mismo resalto que esta convocatoria es un
atropello a dicha soberanía, ya que no se puede impulsar un proceso de
esta magnitud a espaldas del pueblo donde el gobierno nacional hará
todo a su justa medida, Y que los problemas por los que está pasando el
país no tiene nada que ver con la constitución sino que es un problema de
gobierno, porque esta constitución es defendida por todos los
venezolanos sin importar la tolda política.
Por su parte, hay quienes discrepan de estas opiniones.
COMO CAMBIO CALIFICO LA CONSTITUYENTE.
El Abogado Constitucionalista, Hermann Escarrá, explicó que el
planteamiento no pretende modificar sustancialmente el texto
constitucional, sino adecuarlo “a los sujetos activos que están en nuestra
sociedad y que forman parte de la organización social del pueblo”.
Método. Escarrá dijo que la Asamblea Nacional Constituyente tiene
por objeto “consultar a todos los sectores de la nación en un plazo no
mayor a 15 días para presentar un documento que servirá de bases
comiciales donde se trataría el tema de la elección de la instancia”. Dijo
que se buscará tener doble votación: se podría votar por una persona del
sector productivo y también por la de la circunscripción electoral, con la
finalidad de buscar el equilibrio.
De acuerdo a este jurista, la constituyente es una forma de
organización y que para esta, tal como lo prevé la constitución se deberá
consultar al pueblo, y se incluirán en dicha elección a todos los sectores
del país, ya que la soberanía reside en el pueblo y es el quien podrá
decidir que es mejor para el país.
COMO INTEGRACIÓN ENFATIZO.
El Jurista Constitucionalista, Académico Y Activista De
Derechos Humanos, Tulio Álvarez;
El abogado Tulio Álvarez hizo una referencia a su libro La
Constituyente: todo lo que usted necesita saber, publicado por el diario El
Nacional en 1998, en el que asegura que previo a la Asamblea Nacional
Constituyente de 1999, se redactó un proyecto en 1993 que buscaba la
trasformación profunda a la crisis que atravesaba el país en ese
momento. Fue el ex presidente Hugo Chávez que convocó 5 años
después a retomar ese proyecto. Sin embargo “se cometió el error de
cambiar el marco de la institucionalidad, con la pérdida de la autonomía
de los Poderes Públicos, se desvió el camino para la trasformación
política. Hoy las razones para apoyar un proceso constituyente son las
mismas que en 1998. Rescato parte de las conclusiones de este libro, que
siguen vigentes. La Asamblea Nacional Constituyente podría asumirse
como un instrumento de cambio que le dé al proceso dos atributos
fundamentales: la legitimidad, de la cual carece el Congreso para ejecutar
la reforma constitucional, y la integración de las fuerzas políticas, con el
objetivo común de consolidar un sistema verdaderamente democrático.
Afirmó que “la Constituyente no es solo para modificar la
Constitución sino para integrarnos como venezolanos para un cambio
profundo. Es un acto de valor de la sociedad venezolana integrarnos a
este proceso de transformación política, económica y social. Quizás no le
doy 100% de éxito de esta propuesta, dependerá de la fuerza que le
ponga el pueblo, pero trabajaremos en este camino para recuperar un
país destruido moralmente.
Álvarez aseguro, que las razones para apoyar este proceso
constituyente son las mismas que en 1998, debido a que es un
instrumento de cambio y de integración de las fuerzas políticas, cuyo
objetivo común es consolidar un sistema verdaderamente democrático,
para así integrarnos como venezolanos.
El Diputado De La Asamblea Nacional Y Constitucionalista
Juan Miguel Matheus, aclaró que aunque el artículo 347 faculta al
Presidente para iniciar la convocatoria de este mecanismo, la
convocatoria se hace efectiva con un referendo consultivo para que los
ciudadanos decidan si la aprueban o no.
En su opinión, el jefe de Estado plantea una Constituyente de
segundo grado que no está contemplado en el texto fundamental, pues
Maduro aclaró que de los 500 constituyentes que serán escogidos, solo
200 se escogerán por voto directo, lo que asoma que el resto será
escogido en las bases chavistas.
“Una Constituyente en estos momentos, con el mismo CNE, TSJ y
Poder Ciudadano, no es ninguna garantía de que se va a resolver la crisis
sino más bien agravarla”,
Para el abogado, experto en materia constitucional, Duque
Corredor, la Constituyente podría agravar la crisis, si no se produce un
cambio de Gobierno. Así mismo manifestó que de los 500 constituyentes
a escoger más de la mitad serán por parte del gobierno nacional. El
experto señaló que se trata de “un anuncio demagógico producto de la
presión nacional e internacional.
El Abogado Constitucionalista, Julio César Lattan, aseguró que
las bases comiciales de la Asamblea Constituyente, se presentará a todo
el país y podrán ser votadas por todos los venezolanos. Negando así las
declaraciones oficiales en las que indicaban que los comicios serían
sectoriales.
El objetivo de esta decisión es que se resuelva el conflicto que
tiene la Asamblea Nacional con el resto de los poderes. Además de esto,
señaló que se buscará profundizar algunas normas. Incluso el presidente
podría poner su cargo a la orden de la Asamblea Constituyente, sin
embargo, acotó que la discusión del bloque constitucional debe ser
discutida entre personas que manejen el tema.
Preguntado sobre las elecciones regionales señaló que la
oposición “no la han solicitado con seriedad”. Lattan dijo que no se han
dado pues el Consejo Nacional Electoral (CNE) estaba enfocado en el
revocatorio, que finalmente no se dio. Por otro lado afirmó que
“mayoritariamente” han sido los de la oposición los que han accionado las
armas en las marchas.
Este jurista señalo, que todos los venezolanos podrán participar en
la constituyente, y que esta es una forma de resolver los conflictos que
tienen los poderes, así mismo enfatizo que el presidente podría poner su
cargo a disposición de la asamblea constituyente.

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Asamblea nacional constituyente

  • 1. UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES “EZEQUIEL ZAMORA” NÚCLEO APURE UNELLEZ SUBPROYECTO: EJES TRANSVERSALES IV FACILITADOR: Abg. Carlos Cabeza PARTICIPANTE:  Jimenez Amarilis  CI: 23.697.411 RECREO MAYO 2017.
  • 2. ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Tras el anuncio del presidente Nicolás Maduro este 1º de mayo que como parte de sus “atribuciones constitucionales” convoca al proceso de una Asamblea Nacional Constituyente, de acuerdo con el capítulo III de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Concretamente se trata de los artículos 347, 348 y 349, que explican las formas a través de las que se realizará esta Constituyente, que, según el artículo 342 de la Carta Magna puede ser convocada por el Presidente de la República. El texto constitucional establece lo siguiente: Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución. Desde mi perspectiva, este texto claramente expresa que en una nación como la nuestra donde el sistema implementado es la democracia participativa, es el pueblo quien decide quien tiene el poder legítimo para convocar a una asamblea nacional constituyente y hasta redactar una nueva constitución, es decir, es quien posee la voluntad originaria, soberana, suprema y directa para constituir un Estado dándole una personalidad al mismo y darse la organización jurídica y política que más le convenga. Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.
  • 3. Sin duda alguna, este artículo le da la potestad de convocar a la asamblea nacional constituyente no solo al Presidente De La Republica, sino también a la asamblea nacional, a los Concejos Municipales en cabildo, siempre y cuando sea mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; también a el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral. Ahora bien, hay quienes califican tal iniciativa de fraude, golpe de estado, y cualquier otras tantas denominaciones que se les ocurra porque fue el presidente quien tomo la iniciativa basándose en lo establecido en el mencionado artículo, pero me pregunto yo. ¿Si hubiese sido la asamblea nacional que en estos momentos la preside la oposición, quien tomara la iniciativa de convocar a la constituyente, opinarían lo mismo? Pues yo creo que no, ya que estos a lo único que se dedican es a hablar cuántas barbaridades se les ocurre aprovechando las coyunturas por las que está pasando nuestro país donde los culpables en gran parte de todo lo que está pasando son ellos. Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente. De este texto puedo apreciar, que una vez constituida la asamblea nacional constituyente, tal como lo establece nuestra carta magna, ni el Presidente De La República, ni los poderes podrán inmiscuirse, u objetar las decisiones de la misma. Ahora bien, Las reacciones de juristas y dirigentes políticos no se hicieron esperar, Se exponen las reacciones de diversos juristas a la propuesta. Pues, hay quienes están en desacuerdo con esta iniciativa del presidente, dentro de los cuales están los siguientes juristas o tratadistas.
  • 4. COMO FRAUDE CALIFICO LA CONSTITUYENTE. El Abogado Constitucionalista, José Ignacio Hernández, Lo primero que hay que decir es que esto no es una Constituyente, al menos no a la luz de lo que establece la Constitución, pero como este es un Gobierno experto en cambiarle el nombre a las cosas y engañar a la gente hay que dejar eso en claro”, Así mismo, cuestionó que la mitad de los 500 miembros de la instancia sean escogidos por los sindicatos, movimientos estudiantiles y consejos comunales y comunas, estos últimos no previstos en la Carta Magna vigente. “Los constituyentes no serán elegidos de manera universal y secreta, sino que se producirá una elección corporativa o indirecta, tal y como ya ha ocurrido en regímenes autoritarios como los de la Unión Soviética o Cuba”, declaró. De igual forma, aseguró que con ello el Gobierno pretende “controlar la conformación de la Constituyente” y así “profundizar el golpe de Estado” vigente en el país desde que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) le arrebató a la Asamblea Nacional las pocas potestades que le quedan y la inmunidad a la mayoría de sus miembros. Según este tratadista, esto no es una constituyente basada en el marco constitucional de nuestro país, este considera la constituyente como un golpe de estado, ya que en su opinión, Los constituyentes no serán elegidos de manera universal y secreta sino de manera indirecta y autoritaria, y que es el gobierno quien va a conformar la mayoría de los miembros para así controlar la misma y tener el poder de todo. Así mismo para él la opinión de los sindicatos, movimientos estudiantiles, consejos comunales y comunas no cuenta, ya que en su opinión estos no están contemplados en la constitución. COMO UNA DICTADURA ADVIRTIÓ.
  • 5. El Abogado Constitucionalista Pedro Alfonso Del Pino. La Asamblea Nacional Constituyente anunciada podría realizarse sin someterla a votación, eliminaría la actual Asamblea Nacional y representaría “las puertas a la dictadura”, “La Constituyente es la puerta del precipicio del país. Lo más importante no solo es si el gobierno la convoca o no, sino si habrá votación”, alertó el abogado. A su juicio, la intención es diseñar una Asamblea Nacional que no dependa del sufragio directo y que luego suplante al actual Parlamento: “Sería un fraude” El mencionado jurista, considera la constituyente como una dictadura, ¿me pregunto yo es que ellos no saben que es una dictadura? ¿Será que en una dictadura ellos podrán hacer todo lo que hacen? habla de fraude, cuando los expertos en eso son ellos, expertos en engañar, en manipular y destruir. Según su opinión, el gobierno no someterá a votación la constituyente tal como lo expresa nuestra carta magna sino que se van a imponer y así eliminar la actual asamblea nacional. EL PUEBLO DEBE APROBAR UNA CONSTITUYENTE A TRAVÉS DE REFERENDO. El Abogado Constitucionalista, Jesús María Casal: con la convocatoria de constituyente hubo un grave atropello a la soberanía popular, “se está violando el artículo 347 de la Constitución porque quien puede convocar al poder constituyente es el pueblo, quien aprueba las bases comiciales y rectoras de la Asamblea Nacional Constituyente a través de un referendo, es decir, una consulta al pueblo”. También señaló, que dentro de la naturaleza del concepto de constituyente se implica de forma directa la necesidad de consulta popular, “la Asamblea Constituyente tiene que emanar del pueblo, en ejercicio de su soberanía, como sucedió en 1999 y no es cierto el
  • 6. argumento que se está tratando de implantar de que como ya se hizo un referendo en el año 99 ahora no habría que hacerlo“. Así mismo, reiteró que no se puede impulsar un proceso constituyente que esté a espaldas del pueblo, “quien tiene la libertad de definir cuáles son las reglas de una nueva Constitución es el pueblo, jamás se partió del actual argumento que quiere presentarse de que el propio órgano del poder constituido va a definir las reglas, es decir, va a hacer una constituyente a su medida“. El jurista considera que los problemas del país no se deben a una mala Constitución, “la defienden todos los venezolanos, la defiende el chavismo como parte de un legado, la oposición y la academia; es una Constitución democrática y aceptable para el presente y para un futuro político“ Casal afirmo; que quien puede convocar a la constituyente es el pueblo, porque en el reside el poder y la soberanía, la cual es intransferible e inalienable, así mismo resalto que esta convocatoria es un atropello a dicha soberanía, ya que no se puede impulsar un proceso de esta magnitud a espaldas del pueblo donde el gobierno nacional hará todo a su justa medida, Y que los problemas por los que está pasando el país no tiene nada que ver con la constitución sino que es un problema de gobierno, porque esta constitución es defendida por todos los venezolanos sin importar la tolda política. Por su parte, hay quienes discrepan de estas opiniones. COMO CAMBIO CALIFICO LA CONSTITUYENTE. El Abogado Constitucionalista, Hermann Escarrá, explicó que el planteamiento no pretende modificar sustancialmente el texto constitucional, sino adecuarlo “a los sujetos activos que están en nuestra sociedad y que forman parte de la organización social del pueblo”.
  • 7. Método. Escarrá dijo que la Asamblea Nacional Constituyente tiene por objeto “consultar a todos los sectores de la nación en un plazo no mayor a 15 días para presentar un documento que servirá de bases comiciales donde se trataría el tema de la elección de la instancia”. Dijo que se buscará tener doble votación: se podría votar por una persona del sector productivo y también por la de la circunscripción electoral, con la finalidad de buscar el equilibrio. De acuerdo a este jurista, la constituyente es una forma de organización y que para esta, tal como lo prevé la constitución se deberá consultar al pueblo, y se incluirán en dicha elección a todos los sectores del país, ya que la soberanía reside en el pueblo y es el quien podrá decidir que es mejor para el país. COMO INTEGRACIÓN ENFATIZO. El Jurista Constitucionalista, Académico Y Activista De Derechos Humanos, Tulio Álvarez; El abogado Tulio Álvarez hizo una referencia a su libro La Constituyente: todo lo que usted necesita saber, publicado por el diario El Nacional en 1998, en el que asegura que previo a la Asamblea Nacional Constituyente de 1999, se redactó un proyecto en 1993 que buscaba la trasformación profunda a la crisis que atravesaba el país en ese momento. Fue el ex presidente Hugo Chávez que convocó 5 años después a retomar ese proyecto. Sin embargo “se cometió el error de cambiar el marco de la institucionalidad, con la pérdida de la autonomía de los Poderes Públicos, se desvió el camino para la trasformación política. Hoy las razones para apoyar un proceso constituyente son las mismas que en 1998. Rescato parte de las conclusiones de este libro, que siguen vigentes. La Asamblea Nacional Constituyente podría asumirse como un instrumento de cambio que le dé al proceso dos atributos fundamentales: la legitimidad, de la cual carece el Congreso para ejecutar
  • 8. la reforma constitucional, y la integración de las fuerzas políticas, con el objetivo común de consolidar un sistema verdaderamente democrático. Afirmó que “la Constituyente no es solo para modificar la Constitución sino para integrarnos como venezolanos para un cambio profundo. Es un acto de valor de la sociedad venezolana integrarnos a este proceso de transformación política, económica y social. Quizás no le doy 100% de éxito de esta propuesta, dependerá de la fuerza que le ponga el pueblo, pero trabajaremos en este camino para recuperar un país destruido moralmente. Álvarez aseguro, que las razones para apoyar este proceso constituyente son las mismas que en 1998, debido a que es un instrumento de cambio y de integración de las fuerzas políticas, cuyo objetivo común es consolidar un sistema verdaderamente democrático, para así integrarnos como venezolanos. El Diputado De La Asamblea Nacional Y Constitucionalista Juan Miguel Matheus, aclaró que aunque el artículo 347 faculta al Presidente para iniciar la convocatoria de este mecanismo, la convocatoria se hace efectiva con un referendo consultivo para que los ciudadanos decidan si la aprueban o no. En su opinión, el jefe de Estado plantea una Constituyente de segundo grado que no está contemplado en el texto fundamental, pues Maduro aclaró que de los 500 constituyentes que serán escogidos, solo 200 se escogerán por voto directo, lo que asoma que el resto será escogido en las bases chavistas. “Una Constituyente en estos momentos, con el mismo CNE, TSJ y Poder Ciudadano, no es ninguna garantía de que se va a resolver la crisis sino más bien agravarla”, Para el abogado, experto en materia constitucional, Duque Corredor, la Constituyente podría agravar la crisis, si no se produce un
  • 9. cambio de Gobierno. Así mismo manifestó que de los 500 constituyentes a escoger más de la mitad serán por parte del gobierno nacional. El experto señaló que se trata de “un anuncio demagógico producto de la presión nacional e internacional. El Abogado Constitucionalista, Julio César Lattan, aseguró que las bases comiciales de la Asamblea Constituyente, se presentará a todo el país y podrán ser votadas por todos los venezolanos. Negando así las declaraciones oficiales en las que indicaban que los comicios serían sectoriales. El objetivo de esta decisión es que se resuelva el conflicto que tiene la Asamblea Nacional con el resto de los poderes. Además de esto, señaló que se buscará profundizar algunas normas. Incluso el presidente podría poner su cargo a la orden de la Asamblea Constituyente, sin embargo, acotó que la discusión del bloque constitucional debe ser discutida entre personas que manejen el tema. Preguntado sobre las elecciones regionales señaló que la oposición “no la han solicitado con seriedad”. Lattan dijo que no se han dado pues el Consejo Nacional Electoral (CNE) estaba enfocado en el revocatorio, que finalmente no se dio. Por otro lado afirmó que “mayoritariamente” han sido los de la oposición los que han accionado las armas en las marchas. Este jurista señalo, que todos los venezolanos podrán participar en la constituyente, y que esta es una forma de resolver los conflictos que tienen los poderes, así mismo enfatizo que el presidente podría poner su cargo a disposición de la asamblea constituyente.