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PROCEDIMIENTO DE
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA.
Autoridad
Substanciadora
2
Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Clasificación de las Faltas:
Faltas Graves y No Graves.
3
FALTAS NO GRAVES DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES
ESTABLECIDAS POR EL ART. 49 DE LA LGRA, ENTRE
OTRAS:
Cumplir las
funciones
encomendadas.
Supervisar a los
servidores
públicos sujetos
a su dirección.
Rendir cuentas sobre
el ejercicio de las
funciones.
Presentar las
declaraciones de
situación patrimonial y de
intereses, en los términos
de Ley.
Que en la celebración
de contratos no se
actualice un conflicto
de interés.
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ejercicio de sus
funciones llegare a
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sus superiores
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bajo su
responsabilidad
Colaborar en los
procedimientos
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administrativos en los
que sea parte
4
Adicionalmente el Art. 48 de la Ley de
Responsabilidades Políticas y Administrativas del
Estado de Jalisco.
Establece Diversas Faltas No Graves
1
Cohecho Peculado
Desvío de
recursos
públicos
Utilización
indebida de la
información
Abuso de
funciones
Conflicto de
interés
Contratación
indebida
Enriquecimiento
oculto u
ocultamiento de
conflicto de
interés
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Encubrimiento Desacato
Obstrucción
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FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES
(Art.52-64).
ACTOS DE PARTICULARES
VINCULADOS CON FALTAS
ADMINISTRATIVAS GRAVES
(Art. 65-73).
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Partes en el Procedimiento
• Autoridad Investigadora
• El servidor público señalado como presunto
responsable
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en comisión de faltas de Particulares
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pueda afectar la resolución que se dicte en el
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PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Falta no grave Art. 208 LGRA
Informe de
presunta
responsabilidad
Citatorio a
las partes
Audiencia
Inicial
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Inicio
Autoridad
investigadora, Terceros,
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Emplazamiento se señalara:
- Día, lugar, hora y autoridad que llevará a cabo la
audiencia.
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mismo; no declararse culpable; defenderse
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nómbrale un defensor de oficio
Entre
emplazamiento
y audiencia 10
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emplazamiento
y audiencia
cuando menos
72 horas
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Pruebas
Resolución
Alegatos
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de
Instrucción
Audiencia
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• Manifiestan lo que
convenga
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Presunto
Responsable:
• Rinde declaración
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Resolución
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Instrucción
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Califica
si es
Grave
Si la Falta no es grave regresa a
la autoridad substanciadora
PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
Falta grave
La autoridad substanciadora o resolutora por
hacer uso de los siguientes medios de
apremio para cumplir sus determinaciones:
• Multa del 100 a 150 UMAS
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Falta No Grave: 3 años, a partir del día siguiente a
que se haya cometido la falta.
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se haya cometido la falta.
Nota: Caducidad de la Instancia opera
cuando se deja de actuar por mas de 6
meses sin causa justificada.
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Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, o las leyes que rijan en esa materia en
las entidades federativas.
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Jalisco.
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16
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desempeñar cargos públicos
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años.
o Sanción económica
o Sanción Económica
o Inhabilitación temporal para participar
en contrataciones
o Indemnización por daños y perjuicios
ocasionados a la hacienda pública
(federal, local o municipal)
o Suspensión de actividades
o Disolución de la sociedad respectiva
PARTICULARES, PERSONAS FÍSICAS
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Por faltas no graves y graves
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I. El nivel jerárquico y los
antecedentes del infractor,
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en el servicio;
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III. La reincidencia en el
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EN CUENTA PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS
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  • 2. 2 Ley General de Responsabilidades Administrativas. Clasificación de las Faltas: Faltas Graves y No Graves.
  • 3. 3 FALTAS NO GRAVES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS POR EL ART. 49 DE LA LGRA, ENTRE OTRAS: Cumplir las funciones encomendadas. Supervisar a los servidores públicos sujetos a su dirección. Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones. Presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, en los términos de Ley. Que en la celebración de contratos no se actualice un conflicto de interés. Denunciar los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir Atender las instrucciones de sus superiores Custodiar y cuidar la documentación e información tenga bajo su responsabilidad Colaborar en los procedimientos judiciales y administrativos en los que sea parte
  • 4. 4 Adicionalmente el Art. 48 de la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco. Establece Diversas Faltas No Graves
  • 5. 1 Cohecho Peculado Desvío de recursos públicos Utilización indebida de la información Abuso de funciones Conflicto de interés Contratación indebida Enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés Tráfico de influencias Encubrimiento Desacato Obstrucción de justicia FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES (Art.52-64).
  • 6. ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES (Art. 65-73). Soborno Participación ilícita en procedimientos administrativos Trafico de Influencias Utilización de información falsa Obstrucción de facultades de investigación Colusión Uso indebido de recursos públicos Contratación indebida
  • 7. ETAPA DE SUBSTANCIACIÓN. Art. 112. de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Inicia cuando la Autoridad Substanciadora admita el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. Procedimiento establecido en los artículos 208 y 209 de la Ley General. Autoridad Substanciadora debe ser distinto a quien lleve la Investigación.
  • 9. Partes en el Procedimiento • Autoridad Investigadora • El servidor público señalado como presunto responsable • El particular señalado como presunto responsable en comisión de faltas de Particulares • Los terceros (Denunciante y aquellos a quienes pueda afectar la resolución que se dicte en el procedimiento.)
  • 10. Interrumpe prescripción PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Falta no grave Art. 208 LGRA Informe de presunta responsabilidad Citatorio a las partes Audiencia Inicial Secretarías o el Órgano Interno de control Inicio Autoridad investigadora, Terceros, incluido denunciante Emplazamiento se señalara: - Día, lugar, hora y autoridad que llevará a cabo la audiencia. - Que tiene derecho a No declarar contra sí mismo; no declararse culpable; defenderse personalmente o por un defensor; o en su caso nómbrale un defensor de oficio Entre emplazamiento y audiencia 10 – 15 días Entre emplazamiento y audiencia cuando menos 72 horas
  • 11. 11 Periodo De Pruebas Resolución Alegatos y cierre de Instrucción Audiencia Inicial Partes: • Manifiestan lo que convenga •Ofrecen pruebas Presunto Responsable: • Rinde declaración • Ofrece pruebas 5 días 30 + 30 días
  • 12. 12 Informe de presunta responsabilidad Citatorio Audiencia Inicial Cierre de Audiencia Inicial Secretarías o el Órgano Interno de control Periodo De Pruebas Resolución Alegatos y cierre de Instrucción Tribunal Federal de Justicia Administrativa Califica si es Grave Si la Falta no es grave regresa a la autoridad substanciadora PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Falta grave
  • 13. La autoridad substanciadora o resolutora por hacer uso de los siguientes medios de apremio para cumplir sus determinaciones: • Multa del 100 a 150 UMAS • Arresto Administrativo (hasta por 36 horas) • Solicitar auxilio de la Fuerza Pública. Medidas de Apremio.
  • 14. La admisión del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa interrumpe el plazo de la prescripción: Falta No Grave: 3 años, a partir del día siguiente a que se haya cometido la falta. Falta Grave: 7 años, a partir del día siguiente a que se haya cometido la falta. Nota: Caducidad de la Instancia opera cuando se deja de actuar por mas de 6 meses sin causa justificada. Prescripción.
  • 15. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, o las leyes que rijan en esa materia en las entidades federativas. Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco. Supletoriedad.
  • 16. 16 o Amonestación pública o privada o Suspensión o Destitución o Inhabilitación temporal para desempeñar cargos públicos No grave: mínimo 3 meses, máximo 1 año Grave: mínimo 1 año, máximo 20 años. o Sanción económica o Sanción Económica o Inhabilitación temporal para participar en contrataciones o Indemnización por daños y perjuicios ocasionados a la hacienda pública (federal, local o municipal) o Suspensión de actividades o Disolución de la sociedad respectiva PARTICULARES, PERSONAS FÍSICAS Y MORALES SERVIDORES PÚBLICOS Por faltas no graves y graves SANCIONES
  • 17. I. El nivel jerárquico y los antecedentes del infractor, entre ellos la antigüedad en el servicio; II. Las condiciones exteriores y los medios de ejecución, y III. La reincidencia en el cumplimiento de obligaciones. ELEMENTOS QUE SE DEBEN DE TOMAR EN CUENTA PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS SANCIONES.
  • 18. Resolución •Imposición de sanciones •Recurso de revocación •Juicio administrativo •Recurso revisión •Amparo directo Autoridad Responsable FALTAS NO GRAVES
  • 19. 19 Resolución Admitan, desechen o tengan por no presentado: • El Informe de Presunta Responsabilidad • La contestación • Alguna prueba •Decreten o nieguen el sobreseimiento del PRA •Admitan o rechacen la intervención del tercero Recurso de reclamación (ante substanciadora) Faltas no graves Resuelve el Tribunal MEDIOS DE IMPUGNACION
  • 20. Resolución Tribunal Recurso de apelación Recurso revisión •Amparo directo Autoridad SFP – OIC - ASF Responsable o Terceros Faltas graves MEDIOS DE IMPUGNACION