El documento resume los principios y procedimientos del régimen disciplinario para servidores públicos en Colombia de acuerdo con la Ley 734 de 2002, incluyendo principios como legalidad, debido proceso y derecho de defensa, así como las etapas del procedimiento disciplinario, clasificación de faltas y sanciones, y competencias en procesos disciplinarios.
1. HOSPITAL SANTA CLARA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO LEY 734 DE 2002 REGIMEN DISCIPLINARIO
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17. CLASIFICACIÓN Y LÍMITE DE LAS SANCIONES 1. FALTAS GRAVISIMAS DOLOSAS- CULPA GRAVISIMA: Destitución e inhabilidad general (10-20 años) 2. FALTAS GRAVES DOLOSAS O GRAVISIMAS CULPOSAS: Suspensión e inhabilidad especial (1-12 meses) 3. FALTAS GRAVES CULPOSAS: Suspensión (1-12 meses) 4. FALTAS LEVES DOLOSAS: Multa (10-180 días) 5. LEVES CULPOSAS: Amonestación escrita
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19. LA ACCION DISCIPLINARIA 1. Aplicación en procesos disciplinarios en contra de servidores públicos. 2. La ejerce Procuraduría, Personería, Oficinas Control Interno Disciplinario. 3. Es pública 4. De Oficio o por información o queja o anónimo 5. Obligatoriedad de la acción disciplinaria 6. Exoneración del deber de formular quejas 7. Acción contra el servidor público retirado del servicio. 8. Terminación del proceso *
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21. LA COMPETENCIA 1. Calidad del sujeto disciplinable 2. La naturaleza del hecho 3. El territorio donde se cometió 4. Factor funcional 5. La conexidad
25. EL QUEJOSO SE LIMITA A PRESENTAR Y AMPLIAR LA QUEJA BAJO JURAMENTO Y APORTAR LAS PRUEBAS, RECURRIENDO LA DECISION DE ARCHIVO O EL FALLO ABSOLUTORIO.
26. LA CALIDAD DE INVESTIGADO SE ADQUIERE A PARTIR DEL MOMENTO DE LA APERTURA DE INVESTIGACIÓN O DE LA ORDEN DE VINCULACIÓN. EL AUTO SE NOTIFICA PERSONALMENTE O POR EDICTO.
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28. COMUNICACION AL QUEJOSO EL AUTO DE ARCHIVO Y EL FALLO ABSOLUTORIO . Se entiende cumplida cuando hayan pasado 5 días desde la fecha de su entrega a la oficina de correo.