2. SISTEMA FINANCIERO
SISTEMA
FINANCIERO
ECUATORIANO
INSTITUCIONES
FINANCIERAS
PÚBLICAS
Banco Central, Banco
Ecuatoriano de
Desarrollo, Banco del
Pacífico, MINUVI, CFN,
BanEcuador, BIESS
Se crean, por decreto
ejecutivo o legislativo
INSTITUCIONES
FINANCIERAS
PRIVADAS
Bancos, Corporaciones,
Serv. Auxiliares, Serv.
Financieros
Nacen de sociedades
anónimas, se aprueban
por la Superintendencia
de Bancos
INSTITUCIONES
FINANCIERAS DE
ECO. POPULAR Y
SOLIDARIA
Cooperativas de Ahorro
y Crédito, Cajas
Comunales y Bancos
Comunales
Se crean mediante acta
constitutiva para
solución cuando existe
necesidad común en un
grupo de personas
3. ¿A QUIÉN DENOMINAMOS
USUARIO FINANCIERO?
Es toda persona que utilice los
servicios o adquiera productos de
una institución supervisada.
Productos Financieros:
Conlleva una transacción
de dinero, percibiendo a
cambio un tipo de interés.
Cuentas bancarias,
depósitos, créditos
Servicios Financieros: Son
aquellos que apoyan a los
productos financieros.
Banca online,
asesoría vía
telefónica,
4. CODIGO DE DERECHOS
DEL USUARIO FINANCIERO
Con resolución Nº JB-2010-1782, La
Superintendencia de Bancos y Seguros
aprobó el Código de Derechos del Usuario
del Sistema Financiero que busca
establecer los principios y reglas para
proteger el derecho del usuario financiero.
¿SABÍAS
QUE?…
5. PRINCIPIOS GENERALES
Libertad e Igualdad
de acceso a
productos y servicios
financieros.
Prohibición de la
competencia desleal.
Irrenunciabilidad.
Tutela de los
derechos del usuario
financiero.
Principio de la Buena
Fe.
6. DERECHOS DEL USUARIO
FINANCIERO
Derecho a la Educación Financiera
Derecho a la Información de productos y
servicios financieros
Derecho a elegir con libertad los
productos y servicios financieros
Derecho a acceder a productos y
servicios financieros
Derecho a obtener productos y servicios
financieros de calidad
Derecho al acceso a la información y
documentación
Derecho a la protección
Derecho al reclamo
7. DERECHO A LA
EDUCACIÓN FINANCIERA
Tanto los partícipes
como los no partícipes
deben conocer sus
derechos y obligaciones
en el ámbito financiero.
El Fondo de Cesantía apoya a
la formación de conocimientos a
través de capacitaciones y
charlas dirigidas a partícipes,
colaboradores y público en
general.
8. DERECHO A LA INFORMACION
DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
FINANCIEROS
El asesor de la entidad
financiera debe
asegurarse que el
usuario haya entendido
los términos y
condiciones que
protegen el producto o
servicio elegido.
Antes de pactar una negociación con
una institución financiera (inversiones
no privativas) , el Fondo se asegura de
contar con información detallada: del
producto a contratar: plazos, costos
financieros, y no financieros
(comisiones), tasas de interés,
beneficios, etc.
9. DERECHO A ELEGIR CON
LIBERTAD LOS PRODUCTOS Y
SERVICIOS FINANICIEROS
Ningún asesor de la
entidad financiera
puede ejercer algún tipo
de presión o amenazas
para que opte por
alguna alternativa que
se le oferta.
Al momento invertir en certificados de
depósito, se está en la completa libertad
de escoger con qué entidad financiera se
realizará la negociación y los plazos de
vencimiento de la póliza.
10. DERECHO A ACCEDER A
PRODUCTOS Y SERVICIOS
FINANCIEROS
Las Instituciones
Financieras deben tener
canales que hagan fluir
las negociaciones,
optimizando tiempo.
Contratación del Servicio de Banca
Virtual, Servicios OCP optimizan
tiempo y recursos, ayudan a tener
mayor satisfacción de los partícipes al
momento de conceder créditos.
11. DERECHO A OBTENER
PRODUCTOS Y SERVICIOS
FINANCIEROS DE CALIDAD
Ofrecer buen trato y
facilidades para que el
usuario financiero
pueda acceder sin
mayores trabas a los
productos y servicios
que se ofertan.
Contar con un oficial de cuenta en la
entidad bancaria para que canalice las
solicitudes de los usuarios
rápidamente, sin tener que ingresar el
trámite por “Atención al Cliente”, lo cual
demanda tiempo.
12. DERECHO A ACCEDER A LA
INFORMACIÓN Y
DOCUMENTACIÓN
Exigir evidencia documental
que sustentan la contratación
de productos o servicios
financieros, así como solicitar
documentación cuando el
usuario haya terminado de
cumplir sus obligaciones.
La entidad bancaria está en la
obligación de emitir mensualmente los
estados de cuenta, en caso de
inversiones a plazo emite los
respectivos Certificados de Depósito
cancelados, Contratos, etc.
13. DERECHO A LA
PROTECCIÓN
Revelar información de una empresa o
persona natural, constituye un delito
penal. Es aconsejable suscribir un
Contrato de Confidencialidad.
Mantener los datos
personales de los
usuarios financieros en
estricta
confidencialidad.
14. DERECHO AL RECLAMO
Presentar quejas ante la
instancia pertinente
cuando el usuario se
haya visto afectado por
alguna acción u
omisión.
Llenar el
respectivo
Formulario para
la tramitación de
quejas o
consultas.
Las entidades
financieras tienen
hasta 15 días
para atender el
reclamo.
En caso de
inconformidad
con el
pronunciamiento
de la entidad
financiera, el
cliente puede
acudir a la
Superintendencia
de Bancos.
¿CÓMO EJERCER SU DERECHO AL RECLAMO?
15. CASO PRÁCTICO
Ej. Juan necesita un crédito para cubrir algunos gastos. Se acerca al
Balcón de Servicios del Banco XYZ para solicitar información sobre la
mejor opción que se ajuste a sus necesidades, qué documentación
deberá proporcionar el agente de crédito a Juan antes, durante y
después de la contratación de crédito?
Recibir publicidad clara, no
engañosa cuando los
contratos se basen en la
oferta publicitaria.
Conocer los costos del
préstamo (tasa de interés,
comisiones, costo
financiero total)
Recibir una copia del
contrato.
Recibir la Tabla de
amortización para saber
las cuotas a pagar durante
la vida del mismo.
Ser informado expresamente
sobre alguna modificación en
las condiciones del contrato.
Recibir periódicamente un
detalle de los movimientos
de su cuenta y/o un
resumen de liquidación.
Obtener los documentos
que han sido cancelados o
endosados.