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SUMILLA: INTERPONGO RECLAMO Y SOLICITO
RECONSIDERACION.
SEÑOR:
JUAN CARLOS TALA AYNA
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA TALLER DE CAMPIÑA MOQUEGUANA.
GRULEY WINSER ORTEGA QUISPE, identificado con DNI Nº 47080817,
socio de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA TALLER DE CAMPIÑA MOQUEGUANA, con domicilio
real en la Mz B Lte 15 de la misma asociación ubicada en la Quebrada de Lechuzas del C. P.
San Francisco del Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; a usted
digo:
PETITORIO:
Dentro del plazo indicado solicito se absuelva MI DESCARGO Y
RECONSIDERACIÓN en cuanto a los cargos y sanciones imputadas en mi contra de acuerdo a
los estatutos y procedimientos formales establecidos en la Ley.
Recurso que interpongo, con el objeto siguiente:
Pretensión Principal:
a) Se me exima de responsabilidades que no me asisten por actos de terceros en mi contra
b) Reconsideración de determinaciones de sanción interpuesta en reunión ultima de acuerdo
a estatutos.
FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO: Que, en el año 2019 mi persona desempeñaba el cargo de
secretario de la directiva de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA TALLER DE CAMPIÑA
MOQUEGUANA que Ud. actualmente representa.
SEGUNDO: En ese entonces por órdenes del presidente en ese entonces
Sr. CARLOS BARRIENTOS PALOMINO con autorización de la asamblea general, me autorizan
entregar dinero en efectivo por la suma de S/. 2,140 y con 00/100 soles al Sr. Carlos Esquiche
C. quien fue comisionado para la contratación los servicios de profesionales y el pago respectivo
para la elaboración de un juego de planos previamente acordados en asamblea de la asociación,
lo cual he cumplido a cabalidad conforme a los acuerdos y mandatos de la asamblea a través del
presidente en su oportunidad.
TERCERO: Con fecha 24 de agosto del 2021 se me cursa un documento
firmado por los Sres. Juan Carlos Tala Ayna actual presidente y el Sr. Alberto Flores Mucho, en
la cual me solicitan la rendición de cuentas del monto asignado anteriormente y al mismo tiempo
conminándome a aceptar de una u otra forma que acepte ser el responsable del dinero y
solucione ese vacío económico de lo contrario se procederá de acuerdo a los estatutos
mencionando el capítulo III, Art. 15° y el Capitulo IV Art. 24° literales B y G , la cual me causa
mucha sorpresa en tanto que yo no soy el directo responsable de la comisión mencionada en el
párrafo precedente.
CUARTO. – Debo aclarar que, los planos se realizaron conforme a lo
peticionado por la asamblea y se entregó al presidente de en ese entonces al Sr. Carlos
Barrientos para que se realice los trámites respectivos propios de la asociación.
QUINTO. – En cuanto al supuesto fraude económico en perjuicio de la
asociación, debo reiterar que no es de mi responsabilidad, en este caso quien debería de
sustentar o realizar los descargos con boletas o factura o declaraciones juradas u otro
documento de los gastos es el Sr. CARLOS ESQUICHE C. a quien se le comisionó y se le
entregó el dinero en mención del cual es la controversia que se me imputa injustamente.
Como bien saben el Sr. CARLOS ESQUICHE C. ya no es habido en
nuestra asociación quien fue pareja de nuestra socia MIRELLA TARQUI y del cual desconozco
su paradero actual.
SEXTO. - Después de que se me cursa el documento arriba mencionado,
por voluntad propia e interés de nuestra asociación he indagado y realizado los esfuerzos por dar
con la ubicación de los profesionales que prestaron sus servicios en la elaboración de los planos
que fueron entregados a la asociación en su oportunidad y se trata del Ing. JAIME J. QUISPE
HINOJOSA quien muy amablemente me expide un Recibo por Honorarios por el monto S/. 2,140
y con 00/100 soles y así mismo es quien firma los planos que obra en poder de la asociación.
SEPTIMO. - Preocupación mía es que se aclare el asunto y no se me
impute actos que no he cometido y por ello cursé una CARTA N° 002-GWOQ el cual presente a
la secretaria de la asociación con fecha 13 de enero del 2022 y a la fecha no se me da respuesta
por escrito.
FUNDAMENTOS PARA DESESTIMAR MI SANCION:
Como se puede evidenciar en los hechos manifestados de manera clara,
secuencial y concordante, no soy responsable de los hechos que se me imputan en relación a la
apropiación del dinero, es más, las sanciones establecidas y determinada en mi contra en la
asamblea última no se ajustan a lo establecido en los estatutos debido a que:
PRIMERO.- Del capítulo III Artículo 15° que se menciona: de los
estatutos menciona de que uno de mis derechos es la NO SEPARACION de la asociación sin
recurrir a un PREVIO PROCESO SUMARIO y sin haber ejercido el derecho a mi defensa y
a la doble instancia respectiva; en este caso, debemos entender que un proceso sumario
consiste en la realización de un procedimiento que se efectúa ante la autoridad judicial, donde
las partes en conflicto reseñan hechos, exponen los fundamentos de sus derechos y solicitan se
declare mediante sentencia a quien corresponde el derecho debatido, según lo alegado y probado
durante el juicio oral(…) cosa que no me permitieron realizar los descargos correspondientes y
no se tomaron en cuenta los mismos
SEGUNDO.- Del capítulo IV Artículo 24° literal B y G también no es
aplicable a la pretensión como lo acordado en el acta de reunión ultima ya que: en el Literal B)
de los estatutos indica la obligación de aprobar los balances económicos y esa no es mi función
ni mi responsabilidad la cual recae directamente al tesorero; y en el literal G) sobre la sanción a
los socios tampoco es aplicable ya que no se ajustan a lo establecido en los estatutos ya que:
1.- En el Art. 21° de los estatutos establece que, para tener validez la determinación debe estar
aprobado con el 50% más uno de todos los asistentes en la asamblea y en este caso solo
aprobaron la propuesta de mi sanción o atribución solo 06 socios de los 19 asistentes tal como
consta en las firmas del acta en el folio 129, así mismo se estaría cometiendo abuso de autoridad
en mi contra ya que no se ajustan de acuerdo a un debido proceso y derecho a defensa por actos
emotivos (cólera) en mi contra la cual son pasibles de poder recurrir a las instancias
correspondientes a fin de hacer valer mis derechos de persona.
2.- Por lo tanto, no se respeta la determinación de la asamblea en el acta ultima de acuerdo al
Art. 27° de los estatutos, donde se solicita mi sanción y conmina al pago del dinero pese a que
está demostrado que no soy responsable de la sustentación del dinero y pese a ello lo he
realizado a fin de salvaguardar los medios económicos de nuestra asociación.
CONCLUSIONES:
PRIMERO: Bajo este contexto de exigibilidad, acredito plenamente que:
1. Que, no me he apropiado del dinero en mención por los fundamentos expuestos y solo
cumplí con entregar a la comisión representado por el Sr. CARLOS ESQUICHE C. por
orden de la asamblea.
2. Quien debería de responder por el dinero y sustentar los gastos con documentos es el
señor CARLOS ESQUICHE C. a quien se le entregó el dinero, más por el contrario he
cumplido con demostrar el gasto con un recibo por Honorarios otorgado por el profesional.
3. Los planos se le entregó en su oportunidad al presidente para los fines que se elaboró en
03 juegos y firmados por el profesional y en tal sentido no se puede atribuir de apropiación
de dinero ya que si está evidenciado los resultados.
MEDIOS PROBATORIOS:
En calidad de medios probatorios adjunto los siguientes:
1. Copia simple de notificación de rendición de cuentas en la que me conminan al pago de
su totalidad.
2. Copia simple de acta de acuerdo de los folios 128 y 129 que demuestra los acuerdos y
los votos de mi sanción que no se ajustan a los estatutos.
3. Copia simple Copia de CARTA N° 002- WGOQ donde realizo mi descargo y no tengo
respuesta
4. Copia de Recibo por Honorarios otorgado por el ingeniero responsable de elaboración
de planos.
5. Copia de planos firmados por el ingeniero responsable de elaboración y los cuales obran
en el poder de la asociación
POR LO EXPUESTO:
Solicito, se sirva darle el trámite al presente conforme a su naturaleza
corresponde, y oportunamente declarar fundado mi descargo y por consiguiente tomar en
reconsideración los acuerdos en mi contra, ya que de no ser así estaremos recurriendo a las
instancias correspondientes a fin de hacer prevalecer nuestros derechos frente a la asociación y
por consiguiente como persona, ya que ha sido plenamente mancillado mi honor y honra
respectivamente por la cual les solicito retractarse y tomar determinaciones conforme a los
estatutos y encontrar responsabilidades previa investigación interna a la cual me someto sin
obstrucción alguna.
Moquegua, 17deenero del 2022
GRUYLEY WINSER ORTEGA QUISPE,
DNI Nº 48080817

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RECONSIDERACION.docx

  • 1. SUMILLA: INTERPONGO RECLAMO Y SOLICITO RECONSIDERACION. SEÑOR: JUAN CARLOS TALA AYNA PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA TALLER DE CAMPIÑA MOQUEGUANA. GRULEY WINSER ORTEGA QUISPE, identificado con DNI Nº 47080817, socio de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA TALLER DE CAMPIÑA MOQUEGUANA, con domicilio real en la Mz B Lte 15 de la misma asociación ubicada en la Quebrada de Lechuzas del C. P. San Francisco del Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; a usted digo: PETITORIO: Dentro del plazo indicado solicito se absuelva MI DESCARGO Y RECONSIDERACIÓN en cuanto a los cargos y sanciones imputadas en mi contra de acuerdo a los estatutos y procedimientos formales establecidos en la Ley. Recurso que interpongo, con el objeto siguiente: Pretensión Principal: a) Se me exima de responsabilidades que no me asisten por actos de terceros en mi contra b) Reconsideración de determinaciones de sanción interpuesta en reunión ultima de acuerdo a estatutos. FUNDAMENTOS DE HECHO: PRIMERO: Que, en el año 2019 mi persona desempeñaba el cargo de secretario de la directiva de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA TALLER DE CAMPIÑA MOQUEGUANA que Ud. actualmente representa. SEGUNDO: En ese entonces por órdenes del presidente en ese entonces Sr. CARLOS BARRIENTOS PALOMINO con autorización de la asamblea general, me autorizan entregar dinero en efectivo por la suma de S/. 2,140 y con 00/100 soles al Sr. Carlos Esquiche C. quien fue comisionado para la contratación los servicios de profesionales y el pago respectivo para la elaboración de un juego de planos previamente acordados en asamblea de la asociación, lo cual he cumplido a cabalidad conforme a los acuerdos y mandatos de la asamblea a través del presidente en su oportunidad. TERCERO: Con fecha 24 de agosto del 2021 se me cursa un documento firmado por los Sres. Juan Carlos Tala Ayna actual presidente y el Sr. Alberto Flores Mucho, en la cual me solicitan la rendición de cuentas del monto asignado anteriormente y al mismo tiempo conminándome a aceptar de una u otra forma que acepte ser el responsable del dinero y solucione ese vacío económico de lo contrario se procederá de acuerdo a los estatutos
  • 2. mencionando el capítulo III, Art. 15° y el Capitulo IV Art. 24° literales B y G , la cual me causa mucha sorpresa en tanto que yo no soy el directo responsable de la comisión mencionada en el párrafo precedente. CUARTO. – Debo aclarar que, los planos se realizaron conforme a lo peticionado por la asamblea y se entregó al presidente de en ese entonces al Sr. Carlos Barrientos para que se realice los trámites respectivos propios de la asociación. QUINTO. – En cuanto al supuesto fraude económico en perjuicio de la asociación, debo reiterar que no es de mi responsabilidad, en este caso quien debería de sustentar o realizar los descargos con boletas o factura o declaraciones juradas u otro documento de los gastos es el Sr. CARLOS ESQUICHE C. a quien se le comisionó y se le entregó el dinero en mención del cual es la controversia que se me imputa injustamente. Como bien saben el Sr. CARLOS ESQUICHE C. ya no es habido en nuestra asociación quien fue pareja de nuestra socia MIRELLA TARQUI y del cual desconozco su paradero actual. SEXTO. - Después de que se me cursa el documento arriba mencionado, por voluntad propia e interés de nuestra asociación he indagado y realizado los esfuerzos por dar con la ubicación de los profesionales que prestaron sus servicios en la elaboración de los planos que fueron entregados a la asociación en su oportunidad y se trata del Ing. JAIME J. QUISPE HINOJOSA quien muy amablemente me expide un Recibo por Honorarios por el monto S/. 2,140 y con 00/100 soles y así mismo es quien firma los planos que obra en poder de la asociación. SEPTIMO. - Preocupación mía es que se aclare el asunto y no se me impute actos que no he cometido y por ello cursé una CARTA N° 002-GWOQ el cual presente a la secretaria de la asociación con fecha 13 de enero del 2022 y a la fecha no se me da respuesta por escrito. FUNDAMENTOS PARA DESESTIMAR MI SANCION: Como se puede evidenciar en los hechos manifestados de manera clara, secuencial y concordante, no soy responsable de los hechos que se me imputan en relación a la apropiación del dinero, es más, las sanciones establecidas y determinada en mi contra en la asamblea última no se ajustan a lo establecido en los estatutos debido a que: PRIMERO.- Del capítulo III Artículo 15° que se menciona: de los estatutos menciona de que uno de mis derechos es la NO SEPARACION de la asociación sin recurrir a un PREVIO PROCESO SUMARIO y sin haber ejercido el derecho a mi defensa y a la doble instancia respectiva; en este caso, debemos entender que un proceso sumario consiste en la realización de un procedimiento que se efectúa ante la autoridad judicial, donde las partes en conflicto reseñan hechos, exponen los fundamentos de sus derechos y solicitan se declare mediante sentencia a quien corresponde el derecho debatido, según lo alegado y probado durante el juicio oral(…) cosa que no me permitieron realizar los descargos correspondientes y no se tomaron en cuenta los mismos
  • 3. SEGUNDO.- Del capítulo IV Artículo 24° literal B y G también no es aplicable a la pretensión como lo acordado en el acta de reunión ultima ya que: en el Literal B) de los estatutos indica la obligación de aprobar los balances económicos y esa no es mi función ni mi responsabilidad la cual recae directamente al tesorero; y en el literal G) sobre la sanción a los socios tampoco es aplicable ya que no se ajustan a lo establecido en los estatutos ya que: 1.- En el Art. 21° de los estatutos establece que, para tener validez la determinación debe estar aprobado con el 50% más uno de todos los asistentes en la asamblea y en este caso solo aprobaron la propuesta de mi sanción o atribución solo 06 socios de los 19 asistentes tal como consta en las firmas del acta en el folio 129, así mismo se estaría cometiendo abuso de autoridad en mi contra ya que no se ajustan de acuerdo a un debido proceso y derecho a defensa por actos emotivos (cólera) en mi contra la cual son pasibles de poder recurrir a las instancias correspondientes a fin de hacer valer mis derechos de persona. 2.- Por lo tanto, no se respeta la determinación de la asamblea en el acta ultima de acuerdo al Art. 27° de los estatutos, donde se solicita mi sanción y conmina al pago del dinero pese a que está demostrado que no soy responsable de la sustentación del dinero y pese a ello lo he realizado a fin de salvaguardar los medios económicos de nuestra asociación. CONCLUSIONES: PRIMERO: Bajo este contexto de exigibilidad, acredito plenamente que: 1. Que, no me he apropiado del dinero en mención por los fundamentos expuestos y solo cumplí con entregar a la comisión representado por el Sr. CARLOS ESQUICHE C. por orden de la asamblea. 2. Quien debería de responder por el dinero y sustentar los gastos con documentos es el señor CARLOS ESQUICHE C. a quien se le entregó el dinero, más por el contrario he cumplido con demostrar el gasto con un recibo por Honorarios otorgado por el profesional. 3. Los planos se le entregó en su oportunidad al presidente para los fines que se elaboró en 03 juegos y firmados por el profesional y en tal sentido no se puede atribuir de apropiación de dinero ya que si está evidenciado los resultados. MEDIOS PROBATORIOS: En calidad de medios probatorios adjunto los siguientes: 1. Copia simple de notificación de rendición de cuentas en la que me conminan al pago de su totalidad. 2. Copia simple de acta de acuerdo de los folios 128 y 129 que demuestra los acuerdos y los votos de mi sanción que no se ajustan a los estatutos. 3. Copia simple Copia de CARTA N° 002- WGOQ donde realizo mi descargo y no tengo respuesta 4. Copia de Recibo por Honorarios otorgado por el ingeniero responsable de elaboración de planos.
  • 4. 5. Copia de planos firmados por el ingeniero responsable de elaboración y los cuales obran en el poder de la asociación POR LO EXPUESTO: Solicito, se sirva darle el trámite al presente conforme a su naturaleza corresponde, y oportunamente declarar fundado mi descargo y por consiguiente tomar en reconsideración los acuerdos en mi contra, ya que de no ser así estaremos recurriendo a las instancias correspondientes a fin de hacer prevalecer nuestros derechos frente a la asociación y por consiguiente como persona, ya que ha sido plenamente mancillado mi honor y honra respectivamente por la cual les solicito retractarse y tomar determinaciones conforme a los estatutos y encontrar responsabilidades previa investigación interna a la cual me someto sin obstrucción alguna. Moquegua, 17deenero del 2022 GRUYLEY WINSER ORTEGA QUISPE, DNI Nº 48080817