SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 3
Descargar para leer sin conexión
1 
A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA 
SEGURIDAD SOCIAL DEL MINISTERIO DE EMPLEO Y 
SEGURIDAD SOCIAL 
DON JOSÉ MANUEL MUÑOZ PÓLIZ, Secretario General de la 
CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO, (CGT) tal y como se 
acredita en copia de poder notarial que se acompaña al presente escrito como 
documento número 1, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ 
Sagunto número 15-1, 28010 Madrid, Tfo. 914475769/ Fax 914453132, 
COMPARECE ante la DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN 
DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y 
DICEN 
Que conforme al artículo 161 bis del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 
de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la 
Seguridad Social y artículo 10 del RD1698/2011, de 18 de noviembre, viene a 
SOLICITAR EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO GENERAL 
PARA EL ESTABLECIMIENTO DE COEFICIENTES 
REDUCTORES DE LA EDAD DE JUBILACIÓN EN TRABAJOS 
CON RIESGO DE EXPOSICIÓN AL AMIANTO EN FUNCIÓN DE 
LA ACTIVIDAD EXCEPCIONALMENTE PENOSA, PELIGROSA 
O INSALUBRE, en base a los siguientes 
HECHOS 
ÚNICO.- Que a través del presente escrito se viene a solicitar inicio del 
procedimiento del establecimiento de coeficientes reductores de jubilación 
para los trabajos con riesgo de exposición al amianto en función de la 
actividad excepcionalmente penosa, peligrosa o insalubre. 
Todo ello, viene motivado en base al contenido del Anexo I que acompaña al 
presente escrito con los documentos que se adjuntan. 
Por todo lo anteriormente expuesto,
Solicitamos a la DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DE 
LA SEGURIDAD SOCIAL: 
 Que lleve a cabo conforme al artículo 11 del RD 1698/2011 por la 
Secretaría de Estado de Empleo, en colaboración con la Dirección 
General de Ordenación de la Seguridad Social, a través del Instituto 
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con la participación de 
la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo 
con las funciones atribuidas a uno y otra, respectivamente, en los 
artículos 8 y 13 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (RCL 1995, 
3053) , de Prevención de Riesgos Laborales, así como del Ministerio de 
Sanidad, Política Social e Igualdad, en función de las respectivas 
competencias, llevará a cabo un estudio preceptivo, en el que se 
analizarán las características indicadas en el artículo 2, pronunciándose 
expresamente sobre cada uno de los siguientes extremos: 
▪ Siniestralidad en el sector, distinguiendo entre índice de 
2 
accidentes de trabajo e índice de enfermedades profesionales. 
▪ Morbilidad y mortalidad por enfermedad y su relación directa 
con el trabajo, y la incapacidad permanente derivada de 
enfermedad en los términos indicados en el artículo 115.2.e) de 
la Ley General de la Seguridad Social, que se produzcan en grado 
superior a la media. 
▪ Condiciones de trabajo, en las que se tendrá en cuenta a estos 
efectos la peligrosidad, insalubridad y toxicidad, la turnicidad, el 
trabajo nocturno y el sometimiento a ritmos de producción. 
Relación con la edad del trabajador y el tiempo de exposición al 
riesgo. 
▪ Requerimientos físicos y/o psíquicos exigidos para el desarrollo 
de la actividad. 
▪ Edad aproximada a partir de la cual no es aconsejable el ingreso 
en el sector o colectivo, o desde la que no puede razonablemente 
desarrollarse la actividad. 
▪ Dicho estudio contendrá, asimismo, las posibilidades de 
modificación de las condiciones de trabajo en el sector o 
actividad, en base al informe emitido al efecto por la Inspección 
de Trabajo y Seguridad Social. 
▪ De igual modo, se tendrá en cuenta también la variable de 
género.
Que se publiquen los resultados de dichos informe de las 
unidades especializadas, a efectos de que se tenga conocimiento 
público de las actividades peligrosas, penosas y insalubres que 
han realizado las diferentes categorías profesionales de los 
trabajadores que han trabajado expuestos al amianto, dándose 
traslado también a este sindicato, CONFEDERACIÓN 
GENERAL DEL TRABAJO (CGT). 
 Que una vez se tengan los resultados de dicho informe imparcial y 
especializado, se presente por parte del MINISTERIO DE 
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL propuesta al Gobierno del 
Estado español y a las Cortes para adelantar la edad mínima 
pensionable u ordinaria actual para acceder a la pensión de 
jubilación en cada una de las categorías profesionales de los 
trabajadores que han estado expuestos al amianto mediante la 
aplicación de coeficientes reductores de la edad en función de cada una 
de las categorías profesionales analizadas y sus actividades 
excepcionalmente peligrosas, penosas o insalubres. 
 Finalmente, entendemos que es procedente que las Cortes lleven a cabo 
la aprobación mediante la normativa que el ejecutivo crea 
conveniente que reconozca el adelanto de la edad mínima 
pensionable u ordinaria actual para acceder a la pensión de 
jubilación en cada una de las categorías profesionales de los 
trabajadores que han estado expuestos al amianto mediante la 
aplicación de coeficientes reductores de la edad en función de cada una 
de las categorías profesionales analizadas y sus actividades 
excepcionalmente peligrosas, penosas o insalubres. 
3 
En Madrid a 3 de noviembre de 2014. 
JOSÉ MANUEL MUÑOZ PÓLIZ 
CGT

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley de regimen prestacional de vivienda y habitat
Ley de regimen prestacional de vivienda y habitatLey de regimen prestacional de vivienda y habitat
Ley de regimen prestacional de vivienda y habitatAndreaSnchez147
 
2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...
2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...
2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...trESS Network
 
Seguro de riesgos de trabajo
Seguro de riesgos de trabajoSeguro de riesgos de trabajo
Seguro de riesgos de trabajoEX ARTHUR MEXICO
 
Condiciones dignas de Trabajo
Condiciones dignas de TrabajoCondiciones dignas de Trabajo
Condiciones dignas de TrabajoAle Perez
 
Condiciones dignas de trabajo
Condiciones dignas de trabajoCondiciones dignas de trabajo
Condiciones dignas de trabajoEveAlvarez12
 
Novas da xustiza 1061
Novas da xustiza 1061Novas da xustiza 1061
Novas da xustiza 1061CCOOXustiza
 
condiciones dignas de trabajo
condiciones dignas de trabajocondiciones dignas de trabajo
condiciones dignas de trabajoYM MS
 
Condiciones Dignas De Trabajo
Condiciones Dignas De TrabajoCondiciones Dignas De Trabajo
Condiciones Dignas De Trabajooliver acevedo
 
Ley. lusby altuve
Ley. lusby altuveLey. lusby altuve
Ley. lusby altuveLusbyAltuve
 
Estabilidad laboral
Estabilidad laboralEstabilidad laboral
Estabilidad laboralListaYecenia
 
ley orgánica del trabajo
ley orgánica del trabajo ley orgánica del trabajo
ley orgánica del trabajo Leonel Garcia
 
Informe 175
Informe 175 Informe 175
Informe 175 siemprefm
 

La actualidad más candente (19)

Legislacion Salud
Legislacion SaludLegislacion Salud
Legislacion Salud
 
Ley de regimen prestacional de vivienda y habitat
Ley de regimen prestacional de vivienda y habitatLey de regimen prestacional de vivienda y habitat
Ley de regimen prestacional de vivienda y habitat
 
Unidad VI
Unidad VIUnidad VI
Unidad VI
 
2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...
2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...
2010 - SINOPSIS DE LAS REFORMAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL Y MATERIA...
 
Seguro de riesgos de trabajo
Seguro de riesgos de trabajoSeguro de riesgos de trabajo
Seguro de riesgos de trabajo
 
Condiciones dignas de Trabajo
Condiciones dignas de TrabajoCondiciones dignas de Trabajo
Condiciones dignas de Trabajo
 
Condiciones dignas de trabajo
Condiciones dignas de trabajoCondiciones dignas de trabajo
Condiciones dignas de trabajo
 
Locypmat yoselin
Locypmat yoselinLocypmat yoselin
Locypmat yoselin
 
Novas da xustiza 1061
Novas da xustiza 1061Novas da xustiza 1061
Novas da xustiza 1061
 
Condiciones dignas de trabajo tema 14
Condiciones dignas de trabajo tema 14Condiciones dignas de trabajo tema 14
Condiciones dignas de trabajo tema 14
 
condiciones dignas de trabajo
condiciones dignas de trabajocondiciones dignas de trabajo
condiciones dignas de trabajo
 
Condiciones Dignas de Trabajo
Condiciones Dignas de TrabajoCondiciones Dignas de Trabajo
Condiciones Dignas de Trabajo
 
Condiciones Dignas De Trabajo
Condiciones Dignas De TrabajoCondiciones Dignas De Trabajo
Condiciones Dignas De Trabajo
 
Ley. lusby altuve
Ley. lusby altuveLey. lusby altuve
Ley. lusby altuve
 
Estabilidad laboral
Estabilidad laboralEstabilidad laboral
Estabilidad laboral
 
Seguro social
Seguro socialSeguro social
Seguro social
 
ley orgánica del trabajo
ley orgánica del trabajo ley orgánica del trabajo
ley orgánica del trabajo
 
Jorgelis ley22
Jorgelis ley22Jorgelis ley22
Jorgelis ley22
 
Informe 175
Informe 175 Informe 175
Informe 175
 

Similar a A la dirección general de ordenación de la ss.

Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008
Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008
Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008Gustavo Specht
 
Norma técnica 02 2008
Norma técnica 02 2008Norma técnica 02 2008
Norma técnica 02 2008EJimenez62
 
Norma declaración de enfermedades ocupacionales
Norma declaración de enfermedades ocupacionalesNorma declaración de enfermedades ocupacionales
Norma declaración de enfermedades ocupacionalesEJimenez62
 
Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...
Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...
Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...
modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...
modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...Maria Elena Espinoza M.
 
Descargar circular 2345 2007
Descargar circular 2345 2007Descargar circular 2345 2007
Descargar circular 2345 2007INGEPROC
 
GUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTES
GUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTESGUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTES
GUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTESSergio Chávez Nuila
 
Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020
Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020
Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020jonathan9410
 
Enfermedad ocupacional inpsasel
Enfermedad ocupacional inpsaselEnfermedad ocupacional inpsasel
Enfermedad ocupacional inpsaselBELKYSORIANO
 
Manual Curso Básico en PRL para Policías Locales
 Manual Curso Básico en PRL para Policías Locales Manual Curso Básico en PRL para Policías Locales
Manual Curso Básico en PRL para Policías LocalesPrevencionar
 
politica nacional de salud y seguridad ocupacional chile
politica nacional de salud y seguridad ocupacional chilepolitica nacional de salud y seguridad ocupacional chile
politica nacional de salud y seguridad ocupacional chileDennis A. Canido Ch.
 
Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...
Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...
Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...Andrés Oliva
 

Similar a A la dirección general de ordenación de la ss. (20)

Normativa sst yesenia martinez
Normativa sst   yesenia martinezNormativa sst   yesenia martinez
Normativa sst yesenia martinez
 
Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008
Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008
Norma Técnica Declaración de Enfermedades NT02-2008
 
Norma técnica 02 2008
Norma técnica 02 2008Norma técnica 02 2008
Norma técnica 02 2008
 
Norma declaración de enfermedades ocupacionales
Norma declaración de enfermedades ocupacionalesNorma declaración de enfermedades ocupacionales
Norma declaración de enfermedades ocupacionales
 
Circular2345
Circular2345Circular2345
Circular2345
 
Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...
Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...
Decreto Supremo N° 016 2016-TR - Modifican el reglamento de la ley n° 29783, ...
 
modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...
modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...
modifican-el-reglamento-de-la-ley-n-29783-ley-de-seguridad-decreto-supremo-n-...
 
SST riesgos .pptx
SST riesgos .pptxSST riesgos .pptx
SST riesgos .pptx
 
Circular 2345
Circular 2345Circular 2345
Circular 2345
 
Descargar circular 2345 2007
Descargar circular 2345 2007Descargar circular 2345 2007
Descargar circular 2345 2007
 
Circular 2345
Circular 2345 Circular 2345
Circular 2345
 
GUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTES
GUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTESGUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTES
GUIA PARA INVESTIGACION DE ACCIDENTES
 
Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020
Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020
Instructivo de-aplicacion historia-clinica_doc-octubre-2020
 
ANALISIS LOPCYMAT
ANALISIS LOPCYMATANALISIS LOPCYMAT
ANALISIS LOPCYMAT
 
ANALISIS LOPCYMAT
ANALISIS LOPCYMATANALISIS LOPCYMAT
ANALISIS LOPCYMAT
 
Enfermedad ocupacional inpsasel
Enfermedad ocupacional inpsaselEnfermedad ocupacional inpsasel
Enfermedad ocupacional inpsasel
 
Manual Curso Básico en PRL para Policías Locales
 Manual Curso Básico en PRL para Policías Locales Manual Curso Básico en PRL para Policías Locales
Manual Curso Básico en PRL para Policías Locales
 
politica nacional de salud y seguridad ocupacional chile
politica nacional de salud y seguridad ocupacional chilepolitica nacional de salud y seguridad ocupacional chile
politica nacional de salud y seguridad ocupacional chile
 
Decreto supremo 011 2019 mt
Decreto supremo 011 2019 mtDecreto supremo 011 2019 mt
Decreto supremo 011 2019 mt
 
Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...
Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...
Coronavirus en Argentina: Decreto de aislamiento social y obligatorio de Albe...
 

A la dirección general de ordenación de la ss.

  • 1. 1 A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DON JOSÉ MANUEL MUÑOZ PÓLIZ, Secretario General de la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO, (CGT) tal y como se acredita en copia de poder notarial que se acompaña al presente escrito como documento número 1, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Sagunto número 15-1, 28010 Madrid, Tfo. 914475769/ Fax 914453132, COMPARECE ante la DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DICEN Que conforme al artículo 161 bis del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y artículo 10 del RD1698/2011, de 18 de noviembre, viene a SOLICITAR EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL ESTABLECIMIENTO DE COEFICIENTES REDUCTORES DE LA EDAD DE JUBILACIÓN EN TRABAJOS CON RIESGO DE EXPOSICIÓN AL AMIANTO EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD EXCEPCIONALMENTE PENOSA, PELIGROSA O INSALUBRE, en base a los siguientes HECHOS ÚNICO.- Que a través del presente escrito se viene a solicitar inicio del procedimiento del establecimiento de coeficientes reductores de jubilación para los trabajos con riesgo de exposición al amianto en función de la actividad excepcionalmente penosa, peligrosa o insalubre. Todo ello, viene motivado en base al contenido del Anexo I que acompaña al presente escrito con los documentos que se adjuntan. Por todo lo anteriormente expuesto,
  • 2. Solicitamos a la DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL: Que lleve a cabo conforme al artículo 11 del RD 1698/2011 por la Secretaría de Estado de Empleo, en colaboración con la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, a través del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con la participación de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con las funciones atribuidas a uno y otra, respectivamente, en los artículos 8 y 13 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (RCL 1995, 3053) , de Prevención de Riesgos Laborales, así como del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, en función de las respectivas competencias, llevará a cabo un estudio preceptivo, en el que se analizarán las características indicadas en el artículo 2, pronunciándose expresamente sobre cada uno de los siguientes extremos: ▪ Siniestralidad en el sector, distinguiendo entre índice de 2 accidentes de trabajo e índice de enfermedades profesionales. ▪ Morbilidad y mortalidad por enfermedad y su relación directa con el trabajo, y la incapacidad permanente derivada de enfermedad en los términos indicados en el artículo 115.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social, que se produzcan en grado superior a la media. ▪ Condiciones de trabajo, en las que se tendrá en cuenta a estos efectos la peligrosidad, insalubridad y toxicidad, la turnicidad, el trabajo nocturno y el sometimiento a ritmos de producción. Relación con la edad del trabajador y el tiempo de exposición al riesgo. ▪ Requerimientos físicos y/o psíquicos exigidos para el desarrollo de la actividad. ▪ Edad aproximada a partir de la cual no es aconsejable el ingreso en el sector o colectivo, o desde la que no puede razonablemente desarrollarse la actividad. ▪ Dicho estudio contendrá, asimismo, las posibilidades de modificación de las condiciones de trabajo en el sector o actividad, en base al informe emitido al efecto por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. ▪ De igual modo, se tendrá en cuenta también la variable de género.
  • 3. Que se publiquen los resultados de dichos informe de las unidades especializadas, a efectos de que se tenga conocimiento público de las actividades peligrosas, penosas y insalubres que han realizado las diferentes categorías profesionales de los trabajadores que han trabajado expuestos al amianto, dándose traslado también a este sindicato, CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO (CGT). Que una vez se tengan los resultados de dicho informe imparcial y especializado, se presente por parte del MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL propuesta al Gobierno del Estado español y a las Cortes para adelantar la edad mínima pensionable u ordinaria actual para acceder a la pensión de jubilación en cada una de las categorías profesionales de los trabajadores que han estado expuestos al amianto mediante la aplicación de coeficientes reductores de la edad en función de cada una de las categorías profesionales analizadas y sus actividades excepcionalmente peligrosas, penosas o insalubres. Finalmente, entendemos que es procedente que las Cortes lleven a cabo la aprobación mediante la normativa que el ejecutivo crea conveniente que reconozca el adelanto de la edad mínima pensionable u ordinaria actual para acceder a la pensión de jubilación en cada una de las categorías profesionales de los trabajadores que han estado expuestos al amianto mediante la aplicación de coeficientes reductores de la edad en función de cada una de las categorías profesionales analizadas y sus actividades excepcionalmente peligrosas, penosas o insalubres. 3 En Madrid a 3 de noviembre de 2014. JOSÉ MANUEL MUÑOZ PÓLIZ CGT