SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 50
TEMA
LEY 169619 DICIEMBRE 2013
PRESENTADOPOR :
JUANPABLOPEÑAMARTINEZ
CURSOTÉCNICO:
CONTROLDE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y SEGURIDADVIAL
PRESENTADOA :
INSTRUCTOR: PEDROPABLORODRÍGUEZCRISTANCHO
FECHA: 17/06/2022
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
(DICIEMBRE 19)
"POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN
DISPOSICIONES PENALES Y
ADMINISTRATIVAS PARA SANCIONAR
LA CONDUCCIÓN BAJO EL INFLUJO
DEL ALCOHOL U OTRAS
SUSTANCIAS PSICOACTIVAS"
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:
CAPÍTULO. I OBJETO
CAPÍTULO 1 Objeto.
Artículo 1°. La presente ley tiene por objeto
establecer sanciones penales y
administrativas a la conducción bajo el influjo
del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO II MEDIDAS PENALES.
Artículo 2°. Adiciónese un numeral al artículo 110
de la Ley 599 de 2000, Código Penal, el cual
quedará así:
Artículo 110. Circunstancias de agravación punitiva
para el homicidio culposo. La pena prevista en el
artículo anterior se aumentará:
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO II MEDIDAS PENALES
.
6. Si al momento de cometer la conducta el agente
estuviese conduciendo vehículo automotor bajo el grado
de alcoholemia igual o superior al grado 1° o bajo el
efecto de droga o sustancia que produzca dependencia
física o síquica, y ello haya sido determinante para su
ocurrencia, la pena se aumentará de las dos terceras
partes al doble, en la pena principal y accesoria.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
Artículo 3°. Modifíquese el parágrafo del artículo 26 de la
Ley 769 de 2002, artículo modificado por el artículo 7° de la
Ley 1383 de 2010, el cual quedará así:
Parágrafo. La suspensión o cancelación de la Licencia de
Conducción implica la entrega obligatoria del documento a
la autoridad de tránsito competente para imponer la sanción
por el periodo de la suspensión o a partir de la cancelación
de ella.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
La resolución de la autoridad de tránsito que
establezca la responsabilidad e imponga la
suspensión o cancelación de la licencia de
conducción, deberá contener la prohibición
expresa al infractor de conducir vehículos
automotores durante el tiempo que se le
suspenda o cancele la licencia.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
La notificación de la suspensión o cancelación
de la licencia de conducción, se realizará de
conformidad con las disposiciones aplicables
del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Una vez se encuentre en firme la resolución de la autoridad
de tránsito mediante la cual cancela la licencia de
conducción, por las causales previstas en los numerales 6°
y 7° de este artículo, se compulsarán copias de la actuación
administrativa a la Fiscalía General de la Nación, para lo de
su competencia.
Transcurridos veinticinco (25) años desde la cancelación, el
conductor podrá volver a solicitar una nueva licencia de
conducción.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Transcurridos veinticinco (25) años desde la
cancelación, el conductor podrá volver a solicitar
una nueva licencia de conducción.
Artículo 4°. Multas. Elimínese el numeral E.3 y
créese el literal F en el artículo 131 de la Ley 769
de 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley
1383 de 2010 así:
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
Artículo 131. Multas. Los infractores de las normas de
tránsito serán sancionados con la imposición de multas,
de acuerdo con el tipo de infracción, así:
F. Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los
efectos de sustancias psicoactivas. Esta conducta será
sancionada con las multas establecidas en el artículo
152 de este Código.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Si se trata de conductores de vehículos de servicio
público, de transporte escolar o de instructor de
conducción, la multa y el período de suspensión de
la licencia se duplicarán. En todos los casos de
embriaguez o alcoholemia el vehículo será
inmovilizado.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
El estado de embriaguez o alcoholemia se
establecerá mediante una prueba que no cause
lesión, la cual será determinada por el Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Artículo 5°. El artículo 152 de la Ley 769 de 2002, modificado
por el artículo 10 de la Ley 1548 de 2012, quedará así:
Artículo 152. Sanciones y grados de alcoholemia. Si hecha la
prueba, se establece que el conductor se encuentra en alguno
de los siguientes grados de alcoholemia, incurrirá en las
sanciones respectivas, según el nivel de reincidencia
correspondiente de conformidad con lo indicado a continuación
para cada evento:
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
1. Grado cero de alcoholemia, entre 20 y 39 mg de
etanol/100 mi de sangre total, se impondrá:
1.1 Primera vez
1.1.1 suspensión de la licencia de conducción por un (1)
año.
1.1.2 Multa correspondiente a noventa (90) Salarios
Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
1.1.3 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del
alcohol o sustancias psicoactivas, durante veinte (20)
horas.
1.1.4 Inmovilización del vehículo por un (1) día hábil.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
1. Grado cero de alcoholemia, entre 20 y 39 mg de
etanol/100 mi de sangre total, se impondrá:
1.2. Segunda Vez
1.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por un
(1) año.
1.2.2 Multa correspondiente a ciento treinta y cinco
(135) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes
(SMDLV).
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
1.2.3 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o
sustancias psicoactivas, durante veinte (20) horas.
1.2.4 Inmovilización del vehículo por un (1) día hábil.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
CAPÍTULO III Medidas administrativas.
1. Grado cero de alcoholemia, entre 20 y 39 mg de
etanol/100 mi de sangre total, se impondrá:
1.3. Tercera Vez
1.3.1 Suspensión de la licencia de conducción por tres (3)
años.
1.3.2 Multa correspondiente a ciento ochenta (180)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
1.3.3 Realización de acciones comunitarias para
la prevención de la conducción bajo el influjo del
alcohol o sustancias psicoactivas, durante treinta
(30) horas.
1.3.4 Inmovilización del vehículo por tres (3) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
2. Primer grado de embriaguez, entre 40 y 99 mg
de etanol/100ml de sangre total, se impondrá:
2.1 Primera Vez
2.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por
tres (3) años.
2.1.2 Multa correspondiente a ciento ochenta (180)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes
(SMDLV).
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
2.1.3 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del
alcoholo sustancias psicoactivas, durante treinta
(30) horas.
2.1.4 Inmovilización del vehículo por tres (3) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
CAPÍTULO III Medidas administrativas.
2. Primer grado de embriaguez, entre 40 y 99 mg de
etanol/100ml de sangre total, se impondrá:
2.2 Segunda Vez
2.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por seis
(6) años.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
3 2.2.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o
sustancias psicoactivas, durante cincuenta (50) horas.
2.2.3 Multa correspondiente a doscientos setenta (270)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
2.2.4 Inmovilización del vehículo por cinco (5) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
2. Primer grado de embriaguez, entre 40 y 99 mg de
etanol/100ml de sangre total, se impondrá:
2.3 Tercera Vez
2.3.1 Cancelación de la licencia de conducción.
2.3.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo
sustancias psicoactivas, durante sesenta (60) horas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
2.3.3 Multa correspondiente a trescientos sesenta
(360) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes
(SMDLV).
2.3.4 Inmovilización del vehículo por diez (10) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
3. Segundo grado de embriaguez, entre 100 y 149 mg
de etanol/100ml de sangre total, se impondrá:
3.1 Primera Vez
3.1.1 Suspensión de la licencia de conducción por cinco
(5) años.
3.1.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo
sustancias psicoactivas, durante cuarenta (40) horas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
3.1.3 Multa correspondiente a trescientos sesenta (360)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
3.1.4 Inmovilización del vehículo por seis (6) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
3. Segundo grado de embriaguez, entre 100 y 149 mg de
etanol/100ml de sangre total, se impondrá:
3.2 Segunda Vez
3.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por diez (10)
años.
3.2.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo
sustancias psicoactivas, durante sesenta (60) horas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
3.2.3 Multa correspondiente a quinientos cuarenta (540)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
3.2.4 Inmovilización del vehículo por diez (10) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
3. Segundo grado de embriaguez, entre 100 y 149 mg
de etanol/100ml de sangre total, se impondrá:
3.3 Tercera Vez
3.3.1 Cancelación de la licencia de conducción.
3.3.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo
sustancias psicoactivas, durante ochenta (80) horas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
3.3.3 Multa correspondiente a setecientos veinte (720)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
4 3.3.4 Inmovilización del vehículo por veinte (20) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
4. Tercer grado de embriaguez, desde 150 mg de
etanol/100 mi de sangre total en adelante, se impondrá:
4.1 Primera Vez
4.1.1 Suspensión de la licencia de conducción por diez
(10) años.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
4.1.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o
sustancia psicoactivas, durante cincuenta (50) horas.
4.1.3 Multa correspondiente a setecientos veinte (720)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
4.1.4 Inmovilización del vehículo por diez (10) días hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
4. Tercer grado de embriaguez, desde 150 mg de
etanol/100 mi de sangre total en adelante, se impondrá:
4.2 Segunda Vez
4.2.1 Cancelación de la licencia de conducción.
4.2.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo
sustancias psicoactivas, durante ochenta (80) horas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
4.2.3 Multa correspondiente a mil ochenta (1080)
Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
4.2.4 Inmovilización del vehículo por veinte (20) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
4. Tercer grado de embriaguez, desde 150 mg de
etanol/100 mi de sangre total en adelante, se impondrá:
4.3 Tercera Vez
4.3.1 Cancelación de la licencia de conducción.
4.3.2 Realización de acciones comunitarias para la
prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo
sustancias psicoactivas, durante noventa (90) horas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
4.3.3 Multa correspondiente a mil cuatrocientos cuarenta
(1440) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes
(SMDLV).
4.3.4 Inmovilización del vehículo por veinte (20) días
hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Parágrafo 1. Si el conductor reincide en un grado
de alcoholemia distinto a aquel en el que fue
sorprendido la última vez, se le aplicarán las
sanciones del grado en el que sea hallado.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
Para determinar el orden de reincidencia que
corresponda, será considerado el número de ocasiones
en que haya sido sancionado con antelación, por
conducir bajo el influjo de alcohol en cualquiera de los
grados previstos en este artículo.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Parágrafo 2. En todos los casos enunciados, la autoridad de
tránsito o quien haga sus veces, al momento de realizar la
orden de comparendo procederá a realizar la retención
preventiva de la licencia de conducción que se mantendrá
hasta tanto quede en firme el acto administrativo que decide
sobre la responsabilidad contravencional. La retención
deberá registrarse de manera inmediata en el RUNT.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Parágrafo 3. Al conductor del vehículo automotor que pese a
ser requerido por las autoridades de tránsito, con plenitud de
garantías, no permita la realización de las pruebas físicas o
clínicas a que se refiere la presente ley o se dé a la fuga, se le
cancelará la licencia, se le impondrá multa correspondiente a mil
cuatrocientos cuarenta (1440) Salarios Mínimos Diarios legales
Vigentes 8SMDLV) y procederá la inmovilización del vehículo
por veinte (20) días hábiles.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
Parágrafo 4. En el evento en que la alcoholemia sea
igual o superior a 20 mg de etanol/100 ml de sangre, se
aplicará las sanciones establecidas sin que sea
necesario realizar pruebas adicionales para la
determinación de la presencia de otras sustancias
psicoactivas.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO III Medidas administrativas.
Parágrafo 5. Para los conductores que incurran
en las faltas previstas en el presente artículo no
existirá la reducción de multas de la que trata el
artículo 136 de la Ley 769 de 2002.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES
Artículo 6°. Medidas especia/es para procedimientos de
tránsito. El Gobierno nacional implementará los
mecanismos tecnológicos necesarios para garantizar
que los procedimientos de tránsito, adelantados por las
autoridades competentes, Queden registrados en video
y/o audio que permita su posterior consulta.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES
Artículo 7° Registro de antecedentes de tránsito. Para
efectos de contabilizar las sanciones contempladas en
el artículo 152 de la ley 769 de 2002 y establecer la
posible reincidencia, estos datos permanecerán en el
RUNT o en el registro que haga sus veces.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES
Después de cumplidas las sanciones, esta información
no será de acceso público y solo podrá ser consultada
por las autoridades de tránsito, el titular de la
información u orden judicial.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES
Artículo 8°. Tratamiento integra/ a personas condenadas
penamente. A quien fuere condenado penalmente, y le fuere
imputado el agravante descrito en el numeral 6 del artículo 110
de la ley 599 de 2000, se le brindará tratamiento integral
contra el alcoholismo, según lo dispuesto en el Plan
Obligatorio de Salud o el que haga sus veces.
El Gobierno Nacional reglamentará la materia.
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES
Artículo 9 Publicación de sanciones y
obligaciones por conducción en estado de
embriaguez. Las sanciones y obligaciones
consignadas en esta ley, deberán hacerse
notoriamente
LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013
CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES
públicas en todos los establecimientos donde se
expendan bebidas embriagantes y en los
parqueaderos de vehículos automotores.
Artículo 10. Vigencia y derogatorias. La presente
Ley rige a partir de su promulgación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Riegos laborales,polvos
Riegos laborales,polvosRiegos laborales,polvos
Riegos laborales,polvosLilian Lemus
 
ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE
ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE
ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE Tanya Makkar
 
alcohol al conducir
alcohol al conduciralcohol al conducir
alcohol al conducirguest78c4db
 
SEGURIDAD VIAL "LAS MOTOCICLETAS"
SEGURIDAD VIAL  "LAS MOTOCICLETAS"SEGURIDAD VIAL  "LAS MOTOCICLETAS"
SEGURIDAD VIAL "LAS MOTOCICLETAS"NETWORKVIAL
 
Accidentes de tránsito
Accidentes de tránsitoAccidentes de tránsito
Accidentes de tránsitosolange18
 
Traffic & road safety
Traffic & road safetyTraffic & road safety
Traffic & road safetycapricorn27
 
Uso Del Celular Al Volante
Uso Del Celular Al VolanteUso Del Celular Al Volante
Uso Del Celular Al Volanteguest4e50d67
 
Ley de Tránsito Didáctica
Ley de Tránsito DidácticaLey de Tránsito Didáctica
Ley de Tránsito DidácticaNelson Leiva®
 
PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.ppt
PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.pptPREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.ppt
PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.pptKevinPrieto13
 
ACTORES VIALES - BOLIVAR.pptx
ACTORES VIALES - BOLIVAR.pptxACTORES VIALES - BOLIVAR.pptx
ACTORES VIALES - BOLIVAR.pptxEDNANIO2
 
Examen manejo defensivo
Examen manejo defensivoExamen manejo defensivo
Examen manejo defensivomaribelchoqque
 
Capacitación - Manejo Defensivo
Capacitación -  Manejo DefensivoCapacitación -  Manejo Defensivo
Capacitación - Manejo DefensivoTVPerú
 
Road Accident Prevention Free Pps
Road Accident Prevention Free PpsRoad Accident Prevention Free Pps
Road Accident Prevention Free PpsNarayan Nihure
 
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestreDiapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestreCesar Santillán
 

La actualidad más candente (20)

Riegos laborales,polvos
Riegos laborales,polvosRiegos laborales,polvos
Riegos laborales,polvos
 
ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE
ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE
ROAD SAFETY AND SAFE DRIVE
 
alcohol al conducir
alcohol al conduciralcohol al conducir
alcohol al conducir
 
curso de manejo defensivo.ppt
curso de manejo defensivo.pptcurso de manejo defensivo.ppt
curso de manejo defensivo.ppt
 
SEGURIDAD VIAL "LAS MOTOCICLETAS"
SEGURIDAD VIAL  "LAS MOTOCICLETAS"SEGURIDAD VIAL  "LAS MOTOCICLETAS"
SEGURIDAD VIAL "LAS MOTOCICLETAS"
 
Accidentes de tránsito
Accidentes de tránsitoAccidentes de tránsito
Accidentes de tránsito
 
MANEJO DEFENSIVO
MANEJO DEFENSIVOMANEJO DEFENSIVO
MANEJO DEFENSIVO
 
Traffic & road safety
Traffic & road safetyTraffic & road safety
Traffic & road safety
 
Uso Del Celular Al Volante
Uso Del Celular Al VolanteUso Del Celular Al Volante
Uso Del Celular Al Volante
 
Ley de Tránsito Didáctica
Ley de Tránsito DidácticaLey de Tránsito Didáctica
Ley de Tránsito Didáctica
 
Seguridad vial
Seguridad vialSeguridad vial
Seguridad vial
 
PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.ppt
PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.pptPREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.ppt
PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.ppt
 
ACTORES VIALES - BOLIVAR.pptx
ACTORES VIALES - BOLIVAR.pptxACTORES VIALES - BOLIVAR.pptx
ACTORES VIALES - BOLIVAR.pptx
 
Examen manejo defensivo
Examen manejo defensivoExamen manejo defensivo
Examen manejo defensivo
 
Capacitación - Manejo Defensivo
Capacitación -  Manejo DefensivoCapacitación -  Manejo Defensivo
Capacitación - Manejo Defensivo
 
Alcohol+conducción
Alcohol+conducciónAlcohol+conducción
Alcohol+conducción
 
Road Accident Prevention Free Pps
Road Accident Prevention Free PpsRoad Accident Prevention Free Pps
Road Accident Prevention Free Pps
 
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestreDiapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestre
 
Educacion vial y Movilidad Segura
Educacion vial y Movilidad SeguraEducacion vial y Movilidad Segura
Educacion vial y Movilidad Segura
 
Seleccion respiratorio
Seleccion respiratorioSeleccion respiratorio
Seleccion respiratorio
 

Similar a ley 1696 de 2012.pptx

Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013
Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013 Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013
Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013 Lina Gómez G
 
grados de embraguez articulo 152.pptx
grados de embraguez articulo 152.pptxgrados de embraguez articulo 152.pptx
grados de embraguez articulo 152.pptxJuanPabloPeaMartnez
 
Proyecto endurecimiento de sanciones conductores ebrios
Proyecto endurecimiento de sanciones conductores ebriosProyecto endurecimiento de sanciones conductores ebrios
Proyecto endurecimiento de sanciones conductores ebriosMariano Manuel Bustos
 
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s  decomiso vehículo ebriosPl 15 13 s  decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebriosAngela Patricia
 
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s  decomiso vehículo ebriosPl 15 13 s  decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebriosAngela Patricia
 
Boletín Mes de Marzo FIESTA II
Boletín Mes de Marzo FIESTA IIBoletín Mes de Marzo FIESTA II
Boletín Mes de Marzo FIESTA IIKeyeema
 
Boletin FIESTA II marzo 2015
Boletin FIESTA II marzo 2015Boletin FIESTA II marzo 2015
Boletin FIESTA II marzo 2015Fiesta II
 
Capacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdf
Capacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdfCapacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdf
Capacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdfAlexCrdovaRodrguez
 
Ley138316032010
Ley138316032010Ley138316032010
Ley138316032010jaiderb
 
Ley 1383 de 2010
Ley 1383 de 2010Ley 1383 de 2010
Ley 1383 de 2010Javier
 
proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...
proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...
proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...Juan Garavito Fuentes
 
Boe a-2009-18732
Boe a-2009-18732Boe a-2009-18732
Boe a-2009-18732pruebas
 
Decreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de Cúcuta
Decreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de CúcutaDecreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de Cúcuta
Decreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de CúcutaJairo Sandoval H
 
Delitos tributarios en el perú
Delitos tributarios en el perúDelitos tributarios en el perú
Delitos tributarios en el perúLucia Méndez
 
SUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCAL
SUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCALSUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCAL
SUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCALEndoDelgado
 

Similar a ley 1696 de 2012.pptx (20)

Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013
Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013 Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013
Ley 1696 del 19 de diciembre de 2013
 
grados de embraguez articulo 152.pptx
grados de embraguez articulo 152.pptxgrados de embraguez articulo 152.pptx
grados de embraguez articulo 152.pptx
 
Proyecto endurecimiento de sanciones conductores ebrios
Proyecto endurecimiento de sanciones conductores ebriosProyecto endurecimiento de sanciones conductores ebrios
Proyecto endurecimiento de sanciones conductores ebrios
 
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s  decomiso vehículo ebriosPl 15 13 s  decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebrios
 
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s  decomiso vehículo ebriosPl 15 13 s  decomiso vehículo ebrios
Pl 15 13 s decomiso vehículo ebrios
 
Boletín Mes de Marzo FIESTA II
Boletín Mes de Marzo FIESTA IIBoletín Mes de Marzo FIESTA II
Boletín Mes de Marzo FIESTA II
 
Boletin FIESTA II marzo 2015
Boletin FIESTA II marzo 2015Boletin FIESTA II marzo 2015
Boletin FIESTA II marzo 2015
 
Capacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdf
Capacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdfCapacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdf
Capacitacion Ancash-TUO 14y15 de setiembre 2017-Consuelo.pdf
 
Ley sobre el Tercer Strike
Ley sobre el Tercer StrikeLey sobre el Tercer Strike
Ley sobre el Tercer Strike
 
Ley138316032010
Ley138316032010Ley138316032010
Ley138316032010
 
Ley 1383 ..
Ley 1383 ..Ley 1383 ..
Ley 1383 ..
 
Ley 1383 ..
Ley 1383 ..Ley 1383 ..
Ley 1383 ..
 
Ley138316032010
Ley138316032010Ley138316032010
Ley138316032010
 
Ley 1383 de 2010
Ley 1383 de 2010Ley 1383 de 2010
Ley 1383 de 2010
 
proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...
proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...
proyecto de ley modificacion código penal ley 906 de 2004 homicidio en accide...
 
Proyecto
ProyectoProyecto
Proyecto
 
Boe a-2009-18732
Boe a-2009-18732Boe a-2009-18732
Boe a-2009-18732
 
Decreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de Cúcuta
Decreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de CúcutaDecreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de Cúcuta
Decreto 0961 del 21 de Octubre de 2015 Alcaldía de Cúcuta
 
Delitos tributarios en el perú
Delitos tributarios en el perúDelitos tributarios en el perú
Delitos tributarios en el perú
 
SUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCAL
SUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCALSUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCAL
SUPUESTO PRÁCTICO POLICIA LOCAL
 

Último

Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfJosé María
 
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxVictoriaCanales6
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilAidaTejada5
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORALTITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORALlitaroxselyperezmont
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd patanallelu515
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docxprodinetpc1
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.pptclase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.pptMarcederecho
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualJose Navarro
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 

Último (20)

Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
 
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORALTITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.pptclase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actual
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 

ley 1696 de 2012.pptx

  • 1. TEMA LEY 169619 DICIEMBRE 2013 PRESENTADOPOR : JUANPABLOPEÑAMARTINEZ CURSOTÉCNICO: CONTROLDE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y SEGURIDADVIAL PRESENTADOA : INSTRUCTOR: PEDROPABLORODRÍGUEZCRISTANCHO FECHA: 17/06/2022
  • 2. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 (DICIEMBRE 19) "POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PENALES Y ADMINISTRATIVAS PARA SANCIONAR LA CONDUCCIÓN BAJO EL INFLUJO DEL ALCOHOL U OTRAS SUSTANCIAS PSICOACTIVAS"
  • 3. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: CAPÍTULO. I OBJETO CAPÍTULO 1 Objeto. Artículo 1°. La presente ley tiene por objeto establecer sanciones penales y administrativas a la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
  • 4. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO II MEDIDAS PENALES. Artículo 2°. Adiciónese un numeral al artículo 110 de la Ley 599 de 2000, Código Penal, el cual quedará así: Artículo 110. Circunstancias de agravación punitiva para el homicidio culposo. La pena prevista en el artículo anterior se aumentará:
  • 5. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO II MEDIDAS PENALES . 6. Si al momento de cometer la conducta el agente estuviese conduciendo vehículo automotor bajo el grado de alcoholemia igual o superior al grado 1° o bajo el efecto de droga o sustancia que produzca dependencia física o síquica, y ello haya sido determinante para su ocurrencia, la pena se aumentará de las dos terceras partes al doble, en la pena principal y accesoria.
  • 6. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Artículo 3°. Modifíquese el parágrafo del artículo 26 de la Ley 769 de 2002, artículo modificado por el artículo 7° de la Ley 1383 de 2010, el cual quedará así: Parágrafo. La suspensión o cancelación de la Licencia de Conducción implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tránsito competente para imponer la sanción por el periodo de la suspensión o a partir de la cancelación de ella.
  • 7. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. La resolución de la autoridad de tránsito que establezca la responsabilidad e imponga la suspensión o cancelación de la licencia de conducción, deberá contener la prohibición expresa al infractor de conducir vehículos automotores durante el tiempo que se le suspenda o cancele la licencia.
  • 8. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. La notificación de la suspensión o cancelación de la licencia de conducción, se realizará de conformidad con las disposiciones aplicables del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
  • 9. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Una vez se encuentre en firme la resolución de la autoridad de tránsito mediante la cual cancela la licencia de conducción, por las causales previstas en los numerales 6° y 7° de este artículo, se compulsarán copias de la actuación administrativa a la Fiscalía General de la Nación, para lo de su competencia. Transcurridos veinticinco (25) años desde la cancelación, el conductor podrá volver a solicitar una nueva licencia de conducción.
  • 10. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Transcurridos veinticinco (25) años desde la cancelación, el conductor podrá volver a solicitar una nueva licencia de conducción. Artículo 4°. Multas. Elimínese el numeral E.3 y créese el literal F en el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010 así:
  • 11. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Artículo 131. Multas. Los infractores de las normas de tránsito serán sancionados con la imposición de multas, de acuerdo con el tipo de infracción, así: F. Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Esta conducta será sancionada con las multas establecidas en el artículo 152 de este Código.
  • 12. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Si se trata de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción, la multa y el período de suspensión de la licencia se duplicarán. En todos los casos de embriaguez o alcoholemia el vehículo será inmovilizado.
  • 13. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. El estado de embriaguez o alcoholemia se establecerá mediante una prueba que no cause lesión, la cual será determinada por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
  • 14. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Artículo 5°. El artículo 152 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 10 de la Ley 1548 de 2012, quedará así: Artículo 152. Sanciones y grados de alcoholemia. Si hecha la prueba, se establece que el conductor se encuentra en alguno de los siguientes grados de alcoholemia, incurrirá en las sanciones respectivas, según el nivel de reincidencia correspondiente de conformidad con lo indicado a continuación para cada evento:
  • 15. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 1. Grado cero de alcoholemia, entre 20 y 39 mg de etanol/100 mi de sangre total, se impondrá: 1.1 Primera vez 1.1.1 suspensión de la licencia de conducción por un (1) año. 1.1.2 Multa correspondiente a noventa (90) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
  • 16. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 1.1.3 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, durante veinte (20) horas. 1.1.4 Inmovilización del vehículo por un (1) día hábil.
  • 17. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 1. Grado cero de alcoholemia, entre 20 y 39 mg de etanol/100 mi de sangre total, se impondrá: 1.2. Segunda Vez 1.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por un (1) año. 1.2.2 Multa correspondiente a ciento treinta y cinco (135) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
  • 18. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 1.2.3 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, durante veinte (20) horas. 1.2.4 Inmovilización del vehículo por un (1) día hábil.
  • 19. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS CAPÍTULO III Medidas administrativas. 1. Grado cero de alcoholemia, entre 20 y 39 mg de etanol/100 mi de sangre total, se impondrá: 1.3. Tercera Vez 1.3.1 Suspensión de la licencia de conducción por tres (3) años. 1.3.2 Multa correspondiente a ciento ochenta (180) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
  • 20. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 1.3.3 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, durante treinta (30) horas. 1.3.4 Inmovilización del vehículo por tres (3) días hábiles.
  • 21. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 2. Primer grado de embriaguez, entre 40 y 99 mg de etanol/100ml de sangre total, se impondrá: 2.1 Primera Vez 2.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por tres (3) años. 2.1.2 Multa correspondiente a ciento ochenta (180) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
  • 22. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 2.1.3 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo sustancias psicoactivas, durante treinta (30) horas. 2.1.4 Inmovilización del vehículo por tres (3) días hábiles.
  • 23. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. CAPÍTULO III Medidas administrativas. 2. Primer grado de embriaguez, entre 40 y 99 mg de etanol/100ml de sangre total, se impondrá: 2.2 Segunda Vez 2.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por seis (6) años.
  • 24. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 3 2.2.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, durante cincuenta (50) horas. 2.2.3 Multa correspondiente a doscientos setenta (270) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 2.2.4 Inmovilización del vehículo por cinco (5) días hábiles.
  • 25. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 2. Primer grado de embriaguez, entre 40 y 99 mg de etanol/100ml de sangre total, se impondrá: 2.3 Tercera Vez 2.3.1 Cancelación de la licencia de conducción. 2.3.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo sustancias psicoactivas, durante sesenta (60) horas.
  • 26. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 2.3.3 Multa correspondiente a trescientos sesenta (360) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 2.3.4 Inmovilización del vehículo por diez (10) días hábiles.
  • 27. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 3. Segundo grado de embriaguez, entre 100 y 149 mg de etanol/100ml de sangre total, se impondrá: 3.1 Primera Vez 3.1.1 Suspensión de la licencia de conducción por cinco (5) años. 3.1.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo sustancias psicoactivas, durante cuarenta (40) horas.
  • 28. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 3.1.3 Multa correspondiente a trescientos sesenta (360) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 3.1.4 Inmovilización del vehículo por seis (6) días hábiles.
  • 29. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 3. Segundo grado de embriaguez, entre 100 y 149 mg de etanol/100ml de sangre total, se impondrá: 3.2 Segunda Vez 3.2.1 Suspensión de la licencia de conducción por diez (10) años. 3.2.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo sustancias psicoactivas, durante sesenta (60) horas.
  • 30. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 3.2.3 Multa correspondiente a quinientos cuarenta (540) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 3.2.4 Inmovilización del vehículo por diez (10) días hábiles.
  • 31. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 3. Segundo grado de embriaguez, entre 100 y 149 mg de etanol/100ml de sangre total, se impondrá: 3.3 Tercera Vez 3.3.1 Cancelación de la licencia de conducción. 3.3.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo sustancias psicoactivas, durante ochenta (80) horas.
  • 32. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 3.3.3 Multa correspondiente a setecientos veinte (720) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 4 3.3.4 Inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles.
  • 33. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 4. Tercer grado de embriaguez, desde 150 mg de etanol/100 mi de sangre total en adelante, se impondrá: 4.1 Primera Vez 4.1.1 Suspensión de la licencia de conducción por diez (10) años.
  • 34. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 4.1.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancia psicoactivas, durante cincuenta (50) horas. 4.1.3 Multa correspondiente a setecientos veinte (720) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 4.1.4 Inmovilización del vehículo por diez (10) días hábiles.
  • 35. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 4. Tercer grado de embriaguez, desde 150 mg de etanol/100 mi de sangre total en adelante, se impondrá: 4.2 Segunda Vez 4.2.1 Cancelación de la licencia de conducción. 4.2.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo sustancias psicoactivas, durante ochenta (80) horas.
  • 36. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. 4.2.3 Multa correspondiente a mil ochenta (1080) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 4.2.4 Inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles.
  • 37. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 4. Tercer grado de embriaguez, desde 150 mg de etanol/100 mi de sangre total en adelante, se impondrá: 4.3 Tercera Vez 4.3.1 Cancelación de la licencia de conducción. 4.3.2 Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcoholo sustancias psicoactivas, durante noventa (90) horas.
  • 38. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS 4.3.3 Multa correspondiente a mil cuatrocientos cuarenta (1440) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). 4.3.4 Inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles.
  • 39. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Parágrafo 1. Si el conductor reincide en un grado de alcoholemia distinto a aquel en el que fue sorprendido la última vez, se le aplicarán las sanciones del grado en el que sea hallado.
  • 40. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Para determinar el orden de reincidencia que corresponda, será considerado el número de ocasiones en que haya sido sancionado con antelación, por conducir bajo el influjo de alcohol en cualquiera de los grados previstos en este artículo.
  • 41. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Parágrafo 2. En todos los casos enunciados, la autoridad de tránsito o quien haga sus veces, al momento de realizar la orden de comparendo procederá a realizar la retención preventiva de la licencia de conducción que se mantendrá hasta tanto quede en firme el acto administrativo que decide sobre la responsabilidad contravencional. La retención deberá registrarse de manera inmediata en el RUNT.
  • 42. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. Parágrafo 3. Al conductor del vehículo automotor que pese a ser requerido por las autoridades de tránsito, con plenitud de garantías, no permita la realización de las pruebas físicas o clínicas a que se refiere la presente ley o se dé a la fuga, se le cancelará la licencia, se le impondrá multa correspondiente a mil cuatrocientos cuarenta (1440) Salarios Mínimos Diarios legales Vigentes 8SMDLV) y procederá la inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles.
  • 43. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Parágrafo 4. En el evento en que la alcoholemia sea igual o superior a 20 mg de etanol/100 ml de sangre, se aplicará las sanciones establecidas sin que sea necesario realizar pruebas adicionales para la determinación de la presencia de otras sustancias psicoactivas.
  • 44. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO III Medidas administrativas. Parágrafo 5. Para los conductores que incurran en las faltas previstas en el presente artículo no existirá la reducción de multas de la que trata el artículo 136 de la Ley 769 de 2002.
  • 45. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 6°. Medidas especia/es para procedimientos de tránsito. El Gobierno nacional implementará los mecanismos tecnológicos necesarios para garantizar que los procedimientos de tránsito, adelantados por las autoridades competentes, Queden registrados en video y/o audio que permita su posterior consulta.
  • 46. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 7° Registro de antecedentes de tránsito. Para efectos de contabilizar las sanciones contempladas en el artículo 152 de la ley 769 de 2002 y establecer la posible reincidencia, estos datos permanecerán en el RUNT o en el registro que haga sus veces.
  • 47. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Después de cumplidas las sanciones, esta información no será de acceso público y solo podrá ser consultada por las autoridades de tránsito, el titular de la información u orden judicial.
  • 48. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 8°. Tratamiento integra/ a personas condenadas penamente. A quien fuere condenado penalmente, y le fuere imputado el agravante descrito en el numeral 6 del artículo 110 de la ley 599 de 2000, se le brindará tratamiento integral contra el alcoholismo, según lo dispuesto en el Plan Obligatorio de Salud o el que haga sus veces. El Gobierno Nacional reglamentará la materia.
  • 49. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 9 Publicación de sanciones y obligaciones por conducción en estado de embriaguez. Las sanciones y obligaciones consignadas en esta ley, deberán hacerse notoriamente
  • 50. LEY 1696 19 DICIEMBRE 2013 CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES públicas en todos los establecimientos donde se expendan bebidas embriagantes y en los parqueaderos de vehículos automotores. Artículo 10. Vigencia y derogatorias. La presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.