2. IUS ROMANO
LEX HUMANA
El término Ius es la palabra en latín que hace referencia al Derecho objetivo, es
decir la norma (lex-ius-regula) y en sentido subjetivo la "facultas", entendida como
el poder jurídico que concretamente pertenece a un sujeto de derecho en cierto
momento; solamente que la concepción clásica de la "facultas" va
inesperadamente unida a la idea de actio; esto es, como poder de acudir a los
tribunales en demanda de justicia, de tal manera que no hay verdadera "facultas"
sin su actio respectiva, de aquí que el derecho clásico se presenta más como un
sistema de acciones que de derechos subjetivos. Esta situación cambia cuando se
concibe la idea general de una sola acción separada de los derechos subjetivos.
3. Ius es empleado por los romanos para designar tanto el Derecho objetivo –ius civile, ius
gentium, ius Romanum o ius Romanorum–, como al Derecho subjetivo –ius utendi, ius fruendi, ius
vendendi, ius distrahendi.
El ius civile antiguo es un cuerpo de normas que parece surgido con la propia estirpe, y con esa
fuerza de razón que está en la razón misma de las cosas. Pero esa razón –natural, sencilla y
geométrica– es metida en forma, y de la forma queda prisionera. El rigor y la quietud formales
prohijarán fácilmente las iniquitates.
4. ¿Que es el FAS?
LEX DIVINA
En el derecho romano se entendía por fas el derecho de los dioses, es
decir, lo permitido y manifestado por la divinidad.
El fas era dado por los sacerdotes y se contraponía, como derecho
divino, al derecho humano o ius.
5.
6. Separación de Ius y Fas
El derecho y la religión
estaban aún sin desligarse.
Ya en el Siglo I a.C., se
diferencian Ius y Fas en el
sentido de que Fas es
derecho divino y Ius derecho
humano, como
consecuencia de la
transformación de la
sociedad que hace que
ambos conceptos se
separen.
7. ¿QUE ES EL IUSTITIA?
Si iustum es lo que se conforma
al ius, podrá decirse de la voluntad
humana, si se acomoda al ius, que
es iusta. Y si tal adaptación al ius es
constante, constituirá un estado
habitual del sujeto. Para referirse a
esta virtud, a esta conformidad
habitual de una voluntad humana
con ius, los romanos se sirvieron de
la palabra iustitia, y en tal acepción
considerada, es decir, como una
inclinación subjetiva, nos han
transmitido una definición de la
misma los textos justinianeos.
8. ¿QUE ES PRAECEPTA IURIS?
Todos los deberes que el derecho
objetivo impone a los seres
humanos, pueden resumirse, en
los famosos tres preceptos del
derecho: honeste vivere (vivir
honradamente), alterum non
laedere (No lesionar los intereses
de los demás), suum cuique
tribuere (atribuir a cada uno lo
suyo o dar a cada quien lo suyo)
Los "Preceptos Jurídicos"
9. IURISPRUDENTIA
En el sentido estrictamente etimológico, y por estar formada por
los vocablos latinos juris y prudentia, la palabra "Jurisprudencia"
significa pericia en el Derecho, saber derecho, sabiduría en
derecho.
Ciencia del derecho.
Conjunto de las sentencias de los tribunales, y doctrina que contienen.
Criterio sobre un problema jurídico establecido por una pluralidad de
sentencias concordes.