2. BIOETICA EN INVESTIGACION EN
SERES HUMANOS
Estudio de los aspectos éticos de las ciencias de la vida (medicina y biología,
principalmente), así como de las relaciones del hombre con los restantes seres
vivos.
Hay que crear una nueva ética mundial, una ética que sirva para evitar el mal uso
de los conocimientos tecno científicos y sus aplicaciones, una nueva ética que se
anticipe a éstas y que no sirva únicamente como técnica de parcheo ante las faltas
ya cometidas, una nueva ética mundial que vaya más allá de las consideraciones
religiosas, ideológicas, políticas y las personales convicciones.
3. Los principios de respeto a las personas: tiene 2
concepciones: La primera es que todos los
individuos deben ser tratados como agentes
autónomos, y la segunda, que todas las personas cuya
autonomía está disminuida tienen derecho a ser
protegidas.
Beneficencia: Se trata a las personas de manera ética
no sólo respetando sus decisiones y protegiéndolas
de daño, sino también esforzándose en asegurar su
bienestar.
4. Justicia: La selección de sujetos de
investigación necesita ser examinada a fin de
determinar si algunas clases ( pacientes de la
seguridad social, grupos raciales particulares y
minorías étnicas o personas aisladas en
instituciones) se seleccionan de manera
sistemática por la sencilla razón de que son
fácilmente asequibles, su posición es
comprometida, o pueden ser manipulados, más
que por razones directamente relacionadas con
el problema que se estudia.
5. CONSENTIMIENTO INFORMADO
Es absolutamente esencial el consentimiento
voluntario del sujeto humano. Esto significa que
la persona implicada debe tener capacidad legal
para dar consentimiento; su situación debe ser
tal que pueda ser capaz de ejercer una elección
libre, sin intervención de cualquier elemento de
fuerza, fraude, engaño, coacción u otra forma
de constreñimiento o coerción; debe tener
suficiente conocimiento y comprensión de los
elementos implicados que le capaciten para
hacer una decisión razonable e ilustrada.
6. 1) El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente
esencial.
2) El experimento debe realizarse con la finalidad de obtener resultados
fructíferos para el bien de la sociedad.
3) El experimento debe ser diseñado y basado en los resultados obtenidos
mediante la experimentación previa con animales y el pleno conocimiento
de la historia natural de la enfermedad.
4) El grado de riesgo tomado no debe exceder nunca el determinado por
la importancia humanitaria del problema a ser resuelto por el experimento.
5) Se deben proveer las precauciones adecuadas y tener facilidades
óptimas para proteger al sujeto envuelto de la más remota posibilidad de
lesión, incapacidad o muerte.
6) El experimento debe ser conducido únicamente por personas
científicamente calificadas.
7) Durante el curso del experimento el sujeto humano debe tener la
libertad de poner fin a éste.
7. El proyecto y el método de todo procedimiento
experimental en seres humanos debe formularse
claramente en un protocolo experimental. Este debe
enviarse, para consideración, comentario, consejo, y
cuando sea oportuno, aprobación, aun comité de
evaluación ética especialmente designado, que debe ser
independiente del investigador, del patrocinador o de
cualquier otro tipo de influencia indebida.
Consentimiento informado:•Información.
•Comprensión •Voluntariedad
8. La Declaración trata de las cuestiones éticas
relacionadas con la medicina, las ciencias de la vida
y las tecnologías conexas aplicadas a los seres
humanos, teniendo en cuenta sus dimensiones
sociales, jurídicas yambientales.2. La Declaración
va dirigida a los Estados. Imparte también
orientación, cuando procede, para las decisiones o
prácticas de individuos, grupos, comunidades,
instituciones y empresas, públicas y privadas.
9. El deber y la responsabilidad para asegurarse de la calidad del
consentimiento residen en cada individuo que inicie, dirija o
esté implicado en el experimento. Es un deber y
responsabilidad personales que no pueden ser delegados
impunemente.
El experimento debe ser tal que dé resultados provechosos
para el beneficio de la sociedad, no sea obtenible por otros
métodos o medios y no debe ser de naturaleza aleatoria o
innecesaria.
El experimento debe ser proyectado y basado sobre los
resultados de experimentación animal y de un conocimiento de
la historia natural de la enfermedad o de otro problema bajo
estudio, de tal forma que los resultados previos justificarán la
realización del experimento.
10. DECLARACION DE HELSINKY
La Declaración es un importante documento en la historia de la investigación
ética, como un significativo esfuerzo de la comunidad médica para
autorregularse, y forma la base de muchos de los documentos subsecuentes
La investigación se debe basar en un conocimiento cuidadoso del campo
científico, una cuidadosa evaluación de los riesgos y beneficios, la probabilidad
razonable de un beneficio en la población estudiada y que sea conducida y
manejada por investigadores expertos usando protocolos aprobados, sujeta a una
revisión ética independiente y una supervisión de un comité correctamente
convocado
11. La bioética es hoy la disciplina con mayor crecimiento
mundial en el ámbito de las ciencias de la salud, así
como en el ámbito jurídico en la disciplina
recientemente constituida, el bioderecho, en tan sólo
unas cuantas décadas a partir del advenimiento de esta
nueva ética aplicada a la vida, ya se encuentra presente
en los planes de estudio
y en los objetivos educacionales de prácticamente
todas las escuelas y facultades de las carreras de
medicina, enfermería, odontología, trabajo social,
psicología, química y otras profesiones vinculadas con
el trabajo en salud
12. LINCOGRAFIA
Declaración de Helsinki. Principios éticos para las investigaciones médicas
en seres humanos. Recuperado de
http://www.isciii.es/ISCIII/es/contenidos/fd-investigacion/fd-
evaluacion/fd-evaluacion-etica-investigacion/Declaracion-Helsinki-2013-
Esp.pdf
Link Web Curso de 23 de octubre de 2017: http://goo.gl/JMLPq4
El informe Belmont. Principios y guías éticos para la protección de los
sujetos humanos de investigación comisión nacional para la protección de
los sujetos humanos de investigación biomédica y del comportamiento.
U.S.A. abril 18 de 1979. Recuperado de:
http://www.bioeticayderecho.ub.edu/archivos/norm/InformeBelmont.pdf