1. UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA
ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO MÉDICO - 2020
MATERIA: BIOÉTICA Y DEONTOLOGIA
PROFESOR DR. JORGE GAITAN
Javier Meza Agudelo
José Wilson Vargas Sánchez.
Luisiana Daza Salas
Santiago Gutiérrez Calderón
Juan José Gutiérrez
Jhon Carlos Córdoba Polo
Magaly Medina
3. INTRODUCCIÓN
- - Fue homologada en Paris el 19 de octubre de 2005.
- - Proporciona unos principios y procedimientos como
guía a los Estados en la formulación de sus políticas y
normativas.
- - La Declaración contiene 28 artículos.
- - Principios: art 3° al 17°
- - Aplicación: art 18° al 21°
- - Promoción: Art 22° al 25°
4. INTRODUCCIÓN
- - Investigación, desarrollo científico y sus aplicaciones
- - Ciencias de la vida (humana, animal y
vegetal)
- - La medicina
- Licito e ilícito
- Principio de Autonomía y Responsabilidad (Jonas)
5. INTRODUCCIÓN
- - Ética basada en la humanidad, orientadora, con
conciencia valorativa, practica y aplicable en lo personal y
lo profesional.
- - Protección y garantía → interacción con el derecho
- - Bioética.
6. INTRODUCCIÓN
- - Surge la Bioética.
- - Como disciplina de la ética, orientada a las ciencias de la
vida, su protección y orientación.
- - La humanidad ha enfrentado distintos experimentos con
la humanidad y con otras especies vivas.
7. PRINCIPIOS
• Dignidad humana y derechos humanos: Entendido como el respeto a los
derechos y libertades fundamentales y entregarle prioridad absoluta a los
intereses y el bienestar de la persona deberían respecto al interés exclusivo
de la ciencia o la sociedad.
• Beneficios y efectos nocivos: Habla de limitar al máximo los posibles
efectos nocivos para las personas derivados de la investigación. Así mismo de
buscar mayor beneficio posible para los pacientes.
• Autonomía y responsabilidad individual: Se habrá de respetar la
autonomía de la persona en lo que se refiere a la facultad de adoptar
decisiones, incluyendo a las personas que carecen de la capacidad de ejercer
su autonomía. Ellos son sujetos de medidas especiales para proteger sus
derechos e intereses.
8. PRINCIPIOS
• Consentimiento: Para la realización de cualquier intervención médica
deberá practicarse previo consentimiento libre e informado de la persona
interesada, basado en la información adecuada. De igual manera, la
investigación científica sólo se debería llevar a cabo previo consentimiento
libre, expreso e informado de la persona interesada. La información debería
ser adecuada, facilitarse de forma comprensible e incluir las modalidades
para la revocación del consentimiento.
• Personas carentes de la capacidad de dar su consentimiento: De
conformidad con la legislación nacional, se habrá de conceder protección
especial a las personas que carecen de la capacidad de dar su
consentimiento.
• Respeto de la vulnerabilidad humana y la integridad personal: Al
aplicar y fomentar el conocimiento científico, la práctica médica y las
tecnologías conexas, se debería tener en cuenta la vulnerabilidad humana.
9. PRINCIPIOS
• Privacidad y confidencialidad: La privacidad de las personas interesadas
y la confidencialidad de la información que les atañe deberían respetarse.
Dicha información no debería utilizarse o revelarse para fines distintos de
los que determinaron su acopio o para los que se obtuvo el consentimiento.
• Igualdad, justicia y equidad: Se habrá de respetar la igualdad
fundamental de todos los seres humanos en dignidad y derechos, de tal
modo que sean tratados con justicia y equidad.
• No discriminación y no estigmatización: Ningún individuo o grupo
debería ser sometido por ningún motivo, en violación de la dignidad
humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales, a
discriminación o estigmatización alguna.
10. PRINCIPIOS
• Respeto de la diversidad cultural y del pluralismo Se debe
respetar la diversidad cultural y del pluralismo.
• Solidaridad y cooperación: Fomentar la solidaridad entre los seres
humanos y la cooperación internacional a este efecto.
• Responsabilidad social y salud: El goce del grado máximo de
salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de
todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o
condición económica o social y la promoción de la salud y el
desarrollo social para sus pueblos es un cometido esencial de los
gobiernos.
11. PRINCIPIOS
• Aprovechamiento compartido de los beneficios: Los beneficios resultantes
de toda investigación científica y sus aplicaciones deberían compartirse con la
sociedad en su conjunto. Y estos beneficios no deberían constituir incentivos
indebidos para participar en actividades de investigación.
• Protección de las generaciones futuras: Se deberían tener debidamente en
cuenta las repercusiones de las ciencias de la vida en las generaciones futuras,
en particular en su constitución genética.
• Protección del medio ambiente, la biosfera y la biodiversidad: Se habrán de
tener debidamente en cuenta la interconexión entre los seres humanos y las
demás formas de vida, la importancia de un acceso apropiado a los recursos
biológicos y genéticos y su utilización, el respeto del saber tradicional y el papel
de los seres humanos en la protección del medio ambiente, la biosfera y la
biodiversidad.
12. PRINCIPIOS
• Principio de beneficencia: maximizar los beneficios posibles, sin
causar o disminuir los posibles daños.
En el ámbito médico, es la atención del paciente con el máximo
empeño y a hacer cuanto más se pueda para mejorarle la salud.
• Principio de justicia: entendida como los derechos propios de la
persona, lo que le pertenece como ser, velando por lo personal sobre lo
colectivo.
Justicia distributiva: distribución equitativa de los derechos y recursos
• Principio de la autonomía: que la podemos entender como
libertad individual: al decidir sobre su propia vida, sus planes de vida.
Autonomía moral: al valorar conscientemente cualquier norma o modelo de
conducta.
13. QUÉ BUSCA LA DECLARACIÓN
Protección jurídica de los derechos humanos; promoviendo que en
toda legislación que se promulgue se incorpore el respeto,
protección y garantía de los mismos.
En el proceso de reinterpretación o expedición normativa, se debe
determinar cuál es el bien jurídico a proteger en la situación
concreta, partiendo de los valores ético y jurídicos implicados.
Esta orientación, pretende limitar vacíos o contradicciones
normativas que atenten contra el ser, sus derechos humanos, la
dignidad, la protección de las generaciones futuras; así como a
limitar la hegemonía y presiones de otros actores con otros
intereses.
14. EFECTOS DE LA DECLARACIÓN FRENTE AL DERECHO INTERNO
Es evidente la presencia de muchos de estos
principios contenidos en la declaración, dentro de la
normatividad vigente en Colombia.
De igual manera, muchos de estos principios, son el
fundamento del catálogo de los Derechos de los
Pacientes en conceptos como el consentimiento
informado, obtener el mejor beneficio posible del
tratamiento y la regulación para la investigación, entre
otros.
15. COMPRENSION DE LA DECLARACIÓN DESDE EL
PUNTO DE VISTA ÉTICO, FILOSOFICO Y MORAL
La Declaración en su esencia conmina a la sociedad y
a sus instituciones a actualizar y adaptar los
mecanismos referenciales universales fundamentados
en valores éticos comunes, capacitados a orientar y
controlar el progreso tecno-científico.
16. EFECTOS DE LA DECLARACION EN NUESTRO
COMPORTAMIENTO
La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos abre nuevos
espacios para que la reflexión ética y proporciona herramientas necesarias para los
gobiernos puedan establecer leyes, normas y legislaciones adecuadas en el campo
bioético. Se necesitan acciones por parte de los legisladores, de los responsables
de la salud, médicos, bioeticistas, abogados, investigadores y docentes, en todos
los campos, para concretar los principios adquiridos en la realidad cotidiana de los
pueblos.
El punto de vista de la dignidad humana en esta Declaración, es un atributo
constitutivo de nuestra condición de seres humanos es aquel valor trascendente del
cual nadie nos puede privar por ninguna razón, porque es inalienable.
Finalmente, todos a nivel individual, colectivo o de organización tenemos un
compromiso con nosotros y con nuestros hijos, con el futuro. La educación es uno
de los estados que orienta la formación de los seres humanos capaces de incidir en
el destino del mundo y a potenciar sus capacidades para crear la historia. El dilema
consiste entonces en identificar la manera como se asume este compromiso y
como se hacen más conscientes las implicaciones de dicho proceso.