SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 179
ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
-ESAP
DOCENTE: JAIME ENRIQUE ARREGOCÉS MONTERO
BOGOTÁ D.C., MARZO DE 2012
PRESUPUESTO PÚBLICO COLOMBIANO
NORMATIVIDAD DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
2
I. CONTEXTO GENERAL
1. CONCEPTO Y DEFINICIÓN
 Herramienta del sector público, que le permite
cumplir con la producción de bienes y servicios para
satisfacer NBI de la población (ASIP).
 Consiste en las previsiones anuales de ingresos y
gastos de una organización, ya sea pública o privada.
 Instrumento de carácter financiero y económico
mediante el cual, el Estado planea y programa los
ingresos y gastos en un período de tiempo
determinado.
3
INTERRELACIONES ENTRE PRESUPUESTO, ACCIÓN
ESTATAL Y ORGANIZACIÓN SOCIAL
NECESIDAD
PÚBLICA
PRODUCCIÓN DE
BIENES Y SERVICIOS
RECURSOS
ACCIONES TIEMPO
SOCIEDAD / ESTADO PRESUPUESTO
4
2. FUNCIONES DE LA ACTIVIDAD PRESUPUESTAL DEL
ESTADO
1. ASIGNACIÓN DE RECURSOS
Proceso mediante el cual se adelanta la provisión de Bienes y
Servicios (sin exclusión); si es el Mercado el que los suministra, se
presenta ineficiencia en la asignación.
2. FUNCIÓN DE DISTRIBUCIÓN
No necesariamente la Distribución de la renta y la riqueza,
constituye una distribución socialmente justa. Eficiencia y
Equidad.
3. POLÍTICA DE ESTABILIZACIÓN Y CRECIMIENTO
Instrumento eficaz para alcanzar mayores niveles de ocupación de
los factores y tasas de crecimiento económico positivas, con
estabilidad en el nivel de precios.
POLÍTICA DE ESTABILIZACIÓN Y CRECIMIENTO
RECURSOS
SOCIEDAD
ESTADO
ACCIÓN
PRESUPUESTARIA
GASTO
PUBLICO
ASIGNACIÓN
DISTRIBUCIÓN
ESTABILIZACIÓN
Povisión
Bienes
Sociales
Reducción
Desigualdad
Social
Motor de
Crecimiento
Económico
EL PRESUPUESTO MÁS QUE UNA HERRAMIENTA JURÍDICO-CONTABLE CONSTITUYE UN INSTRUMENTO
DE PLANIFICACIÓN Y UN COMPONENTE IMPORTANTE DE LA POLÍTICA ECONÓMICA. ESTA ES LA RAZÓN
POR LA CUAL ES INDISPENSABLE QUE EXISTA COHERENCIA ENTRE EL PRESUPUESTO Y LAS METAS Y
OBJETIVOS DEFINIDOS A TRAVÉS DE LA POLÍTICA ECONÓMICA, MONETARIA Y CAMBIARIA Y LAS METAS
DE CRECIMIENTO E INFLACIÓN.
6
II. CONTEXTO COLOMBIANO
1. RESEÑA HISTÓRICA
Ley de Junio 4/1851 - Gobierno José Hilario López
 Organiza la Hacienda Pública,
 Establece premisas y disposiciones preliminares en materia ptal.
Ley 68 de 1866 – Gobierno Tomas C. de Mosquera
 El Congreso otorga facultades al ejecutivo para construir un sistema ptal.
 Características básicas, controles y regulaciones de la cuenta general del
pto. y del tesoro.
 Instauró periodos fiscales entre el 01 de septiembre y 31 agosto (año
económico de hacienda).
 Desarrolló los principios de Unidad de Responsabilidad de Caja y Cuenta.
 Derogó la Ley de Junio 4/1851.
MENÚ
7
continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
 Constitución de 1886 - Gbno. Rafael Núñez
(Art. 204 -208)
 El presupuesto de gastos de servicios de cada
Ministerio, debía ser formulado cada 2 años
 No se ejecutaban gastos públicos, si no eran
decretados por el Congreso, Asambleas y
Consejos Municipales.
 Era función de las Cámaras Legislativas aprobar los
créditos adicionales, suplementarios o
extraordinarios.
8
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
 Ley 3ª. (Código Fiscal) y 7ª. de 1916 –Gbno.
José Vicente Concha
 Modificó el periodo fiscal, fijándolo entre el 01 de
marzo y el último día de febrero de cada año.
 Dividió y reglamentó el Pto en tres partes: Rentas,
Gastos y Crédito Público.
 Derogó algunos artículos relacionados con el
Código Fiscal (238, 274 y 275).
9
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
 Ley 60 de 1922 (Misión Kemmerer).
 Novedoso y amplio sistema presupuestal (Ley 34
de 1923)
Dividió el Ppto. en dos partes: Rentas o Ingresos
Públicos y Gastos o Ley de Apropiaciones.
Fusionó los Ministerios de Hacienda y del Tesoro.
Reguló en un término de 60 días, el estudio,
discusión y aprobación por el Congreso.
Decreto-ley 294 de 1973
Las apropiaciones aprobadas por el Congreso eran
solo lineamiento de gastos mientras el M.H autorizaba
Acuerdos de Obligaciones
 Giro de los recursos con criterio fiscalista y no de
búsqueda de eficiencia.
Manejo determinante de los recursos por parte del
Sector Financiero.
Prolongación de la vigencia hasta el mes de abril
del año siguiente
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
11
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
2. Marco Jurídico Presupuestal
Constitución Política de Colombia 1991
Título XII: Del Régimen Económico y de la Hacienda
Pública, Capítulos I, II, III, IV, V y VI Art. 332 al 373.
Capitulo II: Art. 339: Habrá un Plan Nacional de
Desarrollo, conformado por una parte general y un Plan
de Inversiones de las entidades públicas.
Capítulo III: Del Presupuesto. Art. 346: El Gobierno
formulará anualmente el Presupuesto de Rentas y Ley de
Apropiaciones que deberá corresponder al PND.
PROCESO DE PLANIFICACIÓN
POLITICAS Y
ORIENTACION DE
ACCIONES
CARACTER OPERATIVO
CON ACCIONES DE
MEDIANO Y CORTO PLAZO
MARCO FISCAL DE M.P
(PLAN FINANCIERO)
PLAN OPERATIVO ANUAL DE INV.
MARCO DE GASTOS
PRESUPUESTO ANUAL
PAC
PLAN DE
DESARROLLO
Los Planes de Desarrollo-PD son
estrategias generales o
disposiciones tomadas con el fin de
ejecutar un proyecto que afecta
toda la actividad económica,
política, social y ambiental del
Estado como un todo
PLANES DE DESARROLLO
14
Ley 152 de 1994: Ley Orgánica del Plan de Desarrollo.
 Ámbito de Aplicación: La Nación, Entidades Territoriales y
Organismos Públicos de todo Orden.
 Principios Generales: Autonomía, Coordinación, Consistencia,
Prioridad del Gasto Público, Continuidad, Participación,
Desarrollo Armónico de las Regiones, Eficiencia, viabilidad,
entre otros.
 Conformación:
- Parte General (Objetivos nacionales y sectoriales, mediano y
largo plazo; Metas nacionales y sectoriales; Instrumentos de
armonización).
- Plan de Inversiones (Proyección recursos financieros;
Descripción programas, subprogramas (48); Presupuestos
plurianuales; Mecanismos de ejecución).
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
15
Autoridades e Instancias de Planeación y Conformación
del Consejo Nacional de Planeación:
Autoridades: Presidente, CONPES, DNP, MHDA-, demás
Ministerios y Dptos. Administrativos.
Instancias: Congreso de la República y Consejo Nacional
de Planeación.
Organizaciones Sociales y Económicas:
-4 Por Sectores Económicos
-4 Por Sectores Sociales
-2 Por Sector Educativo y Cultural
-1 Por Sector Universitario y 1 Ecológico
-1 Por Sector Comunitario
-5 Por Indígenas, Minorías Étnicas y Mujeres
Entidades Territoriales:
-4 Por Municipios y Distritos
-4 Por las Provincias
-5 Por los Dptos
-1 Por Territorios Indígenas
-1 Por cada Región art. 307 CP.
Consejo Nacional de Planeación
16
continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
Elaboración
Cap... IV Ley 152
Director DNP coordina con Ministerios, Entid. Territ.
CSJ, la formulación inicial del Proyecto. Art. 15
Posteriormente lo presenta a consideración CONPES.
El Plan de Inversiones concepto previo CONFIS. Art.17
El CONPES aprueba un documento consolidado del
Proyecto del Plan. Art.17
El Presidente lo somete a consideración del CNP
hasta el 15 de nov. y envía una copia al Congreso. Art.18
El CNP formula consideraciones antes del 10 enero. Art.
18
El CONPES efectúa las enmiendas pertinentes. Art.18
Elaboración, Presentación y Aprobación del Plan de
Desarrollo
ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE
DESARROLLO
17
Primer Debate en Comisiones 3ª y 4ª de ambas Cámaras en
sesión conjunta 45 días improrrogables. Art. 20
En sesión plenaria de cada Cámara se aprobará el Proyecto en
Segundo Debate. 45 días improrrogables Art. 21
Durante el trámite legislativo, tanto el Congreso y el Gbno. Nal.
Podrán presentar modificaciones. Art. 22-23
Finalmente, si el Congreso no aprueba el Plan de Desarrollo, el
Gbno. lo aprueba por Decreto-ley. Art. 25
El Ministro de Hacienda presenta el Proyecto definitivo al
Congreso antes 7 febrero. Sesiones Ext. Art. 19
Presentación
Aprobación
Cap.. V Ley 152
18
Planes de Acción
Art. 26
Banco de Programas y
Proyectos de Inversión
Art. 27
Organismos Públicos elaboran su
Planes de Acción. (Programa. Gasto)
Registra programas y proyectos
técnica, ambiental y socioec./ente
Viables. DNP conceptúa.
Evaluación:
Cap.. VII
DNP diseña sistemas de evaluación
de gestión y resultados: Políticas y
Proyectos. Informe mes de abril. Art. 29
El Presidente presenta al Congreso
Informe de Ejecución del Plan. Art. 30
Metas, cobertura
Calidad del servicio
Costos unitarios
Al inicio de cada
Legislatura
Ejecución:
Cap.. VI
EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE
DESARROLLO
TITULO XII
DEL REGIMEN ECONOMICO Y DE LA HACIENDA
PUBLICA
CAPITULO III.
DEL PRESUPUESTO
ARTICULO 345. En tiempo de paz no se podrá percibir
contribución o impuesto que no figure en el presupuesto
de rentas, ni hacer erogación con cargo al Tesoro que no
se halle incluida en el de gastos.
Tampoco podrá hacerse ningún gasto público que no
haya sido decretado por el Congreso, por las asambleas
departamentales, o por los concejos distritales o
municipales, ni transferir crédito alguno a objeto no
previsto en el respectivo presupuesto.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 346. El Gobierno formulará anualmente el
Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones que
deberá corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y lo
presentará al Congreso, dentro de los primeros diez días
de cada legislatura.
En la Ley de Apropiaciones no podrá incluirse partida
alguna que no corresponda a un crédito judicialmente
reconocido, o a un gasto decretado conforme a ley
anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para
atender debidamente el funcionamiento de las ramas
del poder público, o al servicio de la deuda, o destinado
a dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo.
CONSTITUCIÓN POLITICA
Las comisiones de asuntos económicos de las dos
cámaras deliberarán en forma conjunta para dar
primer debate al proyecto de Presupuesto de Rentas
y Ley de Apropiaciones.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 347. El proyecto de ley de apropiaciones
deberá contener la totalidad de los gastos que el Estado
pretenda realizar durante la vigencia fiscal respectiva. Si
los ingresos legalmente autorizados no fueren suficientes
para atender los gastos proyectados, el Gobierno
propondrá, por separado, ante las mismas comisiones
que estudian el proyecto de ley del presupuesto, la
creación de nuevas rentas o la modificación de las
existentes para financiar el monto de gastos
contemplados.
CONSTITUCIÓN POLITICA
El presupuesto podrá aprobarse sin que se hubiere
perfeccionado el proyecto de ley referente a los
recursos adicionales, cuyo trámite podrá continuar su
curso en el período legislativo siguiente.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 348. Si el Congreso no expidiere el
presupuesto, regirá el presentado por el Gobierno
dentro de los términos del artículo precedente; si el
presupuesto no hubiere sido presentado dentro de
dicho plazo, regirá el del año anterior, pero el
Gobierno podrá reducir gastos, y, en consecuencia,
suprimir o refundir empleos, cuando así lo aconsejen
los cálculos de rentas del nuevo ejercicio.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 349. Durante los tres primeros meses de cada
legislatura, y estrictamente de acuerdo con las reglas de
la Ley Orgánica, el Congreso discutirá y expedirá el
Presupuesto General de Rentas y Ley de Apropiaciones.
Los cómputos de las rentas, de los recursos del crédito y
los provenientes del balance del Tesoro, no podrán
aumentarse por el Congreso sino con el concepto previo
y favorable suscrito por el ministro del ramo.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 350. La ley de apropiaciones deberá tener
un componente denominado gasto público social que
agrupará las partidas de tal naturaleza, según definición
hecha por la ley orgánica respectiva. Excepto en los casos
de guerra exterior o por razones de seguridad nacional,
el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier
otra asignación.
CONSTITUCIÓN POLITICA
En la distribución territorial del gasto público social se
tendrá en cuenta el número de personas con
necesidades básicas insatisfechas, la población, y la
eficiencia fiscal y administrativa, según
reglamentación que hará la ley.
El presupuesto de inversión no se podrá disminuir
porcentualmente con relación al año anterior
respecto del gasto total de la correspondiente ley de
apropiaciones.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 351. El Congreso no podrá aumentar
ninguna de las partidas del presupuesto de gastos
propuestas por el Gobierno, ni incluir una nueva, sino
con la aceptación escrita del ministro del ramo.
El Congreso podrá eliminar o reducir partidas de gastos
propuestas por el Gobierno, con excepción de las que se
necesitan para el servicio de la deuda pública, las
demás obligaciones contractuales del Estado, la
atención completa de los servicios ordinarios de la
administración y las inversiones autorizadas en los
planes y programas a que se refiere el artículo.
CONSTITUCIÓN POLITICA
Si se elevare el cálculo de las rentas, o si se
eliminaren o disminuyeren algunas de las
partidas del proyecto respectivo, las sumas así
disponibles, sin exceder su cuantía, podrán
aplicarse a otras inversiones o gastos autorizados
conforme a lo prescrito en el inciso final del
artículo de la Constitución.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 352. Además de lo señalado en esta
Constitución, la Ley Orgánica del Presupuesto regulará
lo correspondiente a la programación, aprobación,
modificación, ejecución de los presupuestos de la
Nación, de las entidades territoriales y de los entes
descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su
coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, así
como también la capacidad de los organismos y
entidades estatales para contratar.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 353. Los principios y las disposiciones
establecidos en este título se aplicarán, en lo que fuere
pertinente, a las entidades territoriales, para la
elaboración, aprobación y ejecución de su presupuesto.
CONSTITUCIÓN POLITICA
ARTICULO 355. Ninguna de las ramas u órganos del poder
público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de
personas naturales o jurídicas de derecho privado.
El Gobierno, en los niveles nacional, departamental,
distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos
presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas
sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin
de impulsar programas y actividades de interés público
acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de
Desarrollo. El Gobierno Nacional reglamentará la
materia.
CONSTITUCIÓN POLITICA
34
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
Decreto 111/96 – Compila leyes del Estatuto Orgánico del
Presupuesto:
Ley 38/89: Normativo del Presupuesto General de la Nación
Ley 179/94: Introduce modificaciones a la Ley 38/89
Ley 225/95: Modifica la Ley Orgánica de Presupuesto
Decretos Reglamentarios
Decreto No. 359/95: Reglamenta la Ley 179/94
Decreto No. 568/96: Reglamenta las Leyes 179/94 y 225/95
Decreto No. 0630/96: Modifica el Decreto 359/95
Decreto No. 2260/96: Introduce modificaciones al Dcto. 568/96
Decreto 4730/05 reglamenta normas orgánica del Presupuesto
35
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
Decreto 115/96, 353/98: Empresas Industriales y Comerciales del
Estado-EICE-, Sociedades de Economía Mixta.
Resolución 036/98: Normas y procedimientos sobre registros,
información y sistematización del PGN.
Normativas Presupuestarias:
 Ley 80/93: Estatuto de Contratación Administrativa.
 Ley 617/00: Reforma parcialmente la Ley 136/94; adiciona la Ley
Orgánica de Presupuesto
 Ley 715/01: Normas orgánicas en materia de recursos y
competencias. Arts. 151-288-356-357 (Acto Legislativo 01/01).
 Ley 718/01: Fondo de Compensación Interministerial (art.70.
Ley38/89).
 Ley 734/02: Código Único Disciplinario
 Ley 819/03: Normas orgánicas en materia de Presupuesto,
Responsabilidad y Transparencia Fiscal.
 Ley anual de aprobación del presupuesto
36
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
LEY 819-2003
Normas orgánicas en materia de Presupuesto, Responsabilidad
y Transparencia Fiscal
 Marco Fiscal de Mediano Plazo –MFMP-
– El Gobierno lo presenta a las Comisiones Económicas antes del 15 de
Junio de cada vigencia.
– Será estudiado y discutido durante el 1er. debate de la Ley Anual de
Presupuesto.
El MFMP Debe contener:
 Plan Financiero
 Programa Macro económico Plurianual
 Metas de Superávit Primario y el Nivel de Deuda Pública
 Informe de resultados Macroeconómicos y Fiscales de la Vigencia Fiscal
Anterior
37
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
 Evaluación de las principales actividades cuasi fiscales
 Estimación del Costo Fiscal de las Exenciones, Deducciones o
Descuentos Tributarios existentes.
 Costo Fiscal de las Leyes sancionadas en la vigencia Fiscal anterior
 Relación de los Pasivos Contingentes
 Indicadores de Gestión Presupuestal y de Resultado de los
objetivos, planes y Programas.
 Análisis del impacto fiscal de las normas (Art. 7)
 Proyectos de Ley, Ordenanzas, Acuerdos que ordenen gasto o que
otorguen beneficios tributarios.
 Exposición de motivos y ponencias: Costos fiscales y fuentes de
ingreso.
38
Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
 Vigencias Futuras Excepcionales (Art. 11)
 Obras de infraestructura, energía, comunicaciones,
aeronáutica, defensa y seguridad.
 Trimestralmente el CONFIS debe enviar a las Comisiones
Económicas del Congreso una relación de las autorizaciones
aprobadas.
39
Continuación. II. CONTEXTO COLOMBIANO
3. CARACTERÍSTICAS DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE
PRESUPUESTO – EOP
3.1 Conformación del Sistema Presupuestal:
Plan Financiero: Instrumento de planificación y gestión
financiera del sector público a mediano plazo, que tiene como
base las operaciones efectivas de las entidades.
Plan Operativo Anual de Inversiones: Diseñado por el DNP para
ser aprobado por el CONPES, contiene los proyectos de
inversión clasificados por sectores, órganos y programas
Presupuesto General de la Nación-PGN-: Elaborado por el
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
MFMP . Es un instrumento de referencia con perspectiva de diez
años para la toma de decisiones fiscales en la elaboración de los
presupuestos anuales, que tiene como objetivo promover la
responsabilidad en las finanzas públicas de diferente orden.
MGMP. Contiene las proyecciones para un período de 4 años de las
principales prioridades sectoriales y los niveles máximos de gasto,
distribuidos por sectores y componentes de gasto del Presupuesto
General de la Nación, renovable anualmente.
PAC. Es un instrumento de administración financiera mediante el
cual se verifica y aprueba el monto máximo mensual de fondos
disponibles para las entidades financiadas con los recursos del
Distrito.
3.1 Conformación del Sistema Presupuestal
3. CARACTERÍSTICAS DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE PRESUPUESTO – EOP
3.2 Cobertura del EOP
PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
PRESUPUESTO NACIONAL PRESUPUESTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
DEL ORDEN NACIONAL
Rama Legislativa, Judicial, Ministerio
Público, CGR, Organización Electoral,
Rama Ejecutiva (menos entidades
Descentralizadas con personería
Jurídica), Policía Nacional y Servicio de
La Deuda.
Establecimientos Públicos del Orden
nacional
Distribución de los excedentes
Financieros de las EICE y las
SEM con régimen de aquellas
Fijación de las metas financieras
A todo el sector público
P
R
I
M
E
R
N
I
V
E
L
S N
E I
G V
U E
N L
D
O
ANUALIDAD
HOMEOSTASIS PRESUP.
INEMBARGABILIDAD
PLANIFICACIÓN
ESPECIALIZACIÓNPROGRAMACIÓN INTEG.
COHERENCIA MACROEC.
UNIDAD DE CAJA
UNIVERSALIDAD
PRINCIPIOS PRESUPUESTALES
RESEÑA JURISPRUDENCIAL.
En la sentencia C-337 de 1993, la
Corte Constitucional sostuvo la
tesis de que "Los principios
consagrados en el estatuto
Orgánico del Presupuesto, son
precedentes que condicionan la
validez del proceso presupuestal,
de manera que al no ser tenidos
en cuenta, vician la legitimidad
del mismo. No son simples
requisitos, sino pautas
determinadas por la Ley
Orgánica y determinantes de la
ley anual de presupuesto".
PLANIFICACIÓN
El Presupuesto General de la
Nación deberá guardar
concordancia con los
contenidos del Plan
Nacional de Desarrollo, del
Plan Nacional de
Inversiones, del Plan
Financiero y del Plan
Operativo Anual de
Inversiones.
UNIDAD DE CAJA
. Con el recaudo de todas
las rentas y recursos de
capital se atenderá el
pago oportuno de las
apropiaciones
autorizadas en el
Presupuesto General
de la Nación.
UNIDAD DE CAJA
Los excedentes financieros de los
establecimientos públicos del orden
nacional son de propiedad de la
Nación. El Consejo Nacional de
Política Económica y Social, CONPES,
determinará la cuantía que hará parte
de los recursos de capital del
presupuesto nacional, fijará la fecha
de su consignación en la Dirección del
Tesoro Nacional y asignará por lo
menos el 20% al establecimiento
público que haya generado dicho
excedente. Se exceptúan de esta
norma los establecimientos públicos
que administran contribuciones
parafiscales.
UNIDAD DE CAJA
 Los rendimientos financieros de
los Establecimientos Públicos
provenientes de la inversión de
los recursos originados en los
aportes de la Nación, deben ser
consignados en la Dirección del
Tesoro Nacional, en la fecha que
indiquen los reglamentos de la
presente Ley. Exceptúanse los
obtenidos con los recursos
recibidos por los órganos de
previsión y seguridad social, para
el pago de prestaciones sociales
de carácter económico.
ANUALIDAD
El año fiscal comienza el 1 de
enero y termina el 31 de
diciembre de cada año.
Después del 31 de diciembre no
podrán asumirse compromisos
con cargo a las apropiaciones
del año fiscal que se cierra en
esa fecha y los saldos de
apropiación no afectados por
compromisos caducarán sin
excepción.
RESEÑA JURISPRUDENCIAL
. En la sentencia C-337 del 19 de agosto
de 1993, la Corte Constitucional
sostuvo la siguiente tesis respecto del
principio de anualidad: "Este principio
hace parte de nuestro ordenamiento
jurídico debido a la función de control
político integral del Congreso, pues a
medida que éste se consolidó,
reclamó para sí la intervención en los
asuntos fiscales, de manera periódica
y contínua. Su objetivo principal es
facilitar la labor de armonizar la
gestión presupuestal con otras
actividades que tienen lugar también
dentro del marco anual. El principio
de anualidad tiene, pues, la ventaja
de acomodar la gestión".
UNIVERSALIDAD
 .El presupuesto contendrá la
totalidad de los gastos
públicos que se espere
realizar durante la vigencia
fiscal respectiva. En
consecuencia ninguna
autoridad podrá efectuar
gastos públicos, erogaciones
con cargo al Tesoro o
transferir crédito alguno,
que no figuren en el
presupuesto.
RESEÑA JURISPRUDENCIAL
 La Sala Plena de la Corte Constitucional
sostuvo en la sentencia C-337 del 19 de
agosto de 1993 la siguiente tesis para
justificar la existencia de este principio:
"Su consagración obedece a que se vio la
necesidad de una concepción total,
puesto que el control político fiscal exige
la universalidad y no la parcialidad, en
aras de la objetividad, controlando el todo,
se controlan las partes, pero no lo
contrario. El control político y operativo
del presupuesto se puede realizar
efectivamente, siempre y cuando los
ingresos y gastos figuren allí. La finalidad,
pues, no es otra que la efectividad del
control. "Sin embargo, debe la Corte
reiterar que esta Corporación ya se ha
pronunciado sobre la inconstitucionalidad
del principio anteriormente citado: "La
Corte encuentra que el precepto de
universalidad no se aviene con el actual
artículo 347 de la Carta Política. El
mencionado principio se predica
únicamente del gasto y no de los ingresos
o rentas". (Sentencia C-478 del 6 de
agosto de 1992.
PROGRAMACIÓN INTEGRAL
. Todo programa presupuestal
deberá contemplar
simultáneamente los gastos de
inversión y de funcionamiento
que las exigencias técnicas y
administrativas demanden
como necesarios para su
ejecución y operación, de
conformidad con los
procedimientos y normas
legales vigentes. Parágrafo. El
programa presupuestal incluye
las obras complementarias que
garanticen su cabal ejecución.
ESPECIALIZACIÓN
Las apropiaciones deben
referirse en cada
órgano de la
administración a su
objeto y funciones, y
se ejecutarán
estrictamente
conforme al fin para el
cual fueron
programadas.
INEMBARGABILIDAD
Son inembargables las rentas
incorporadas en el Presupuesto
General de la Nación, así como los
bienes y derechos de los órganos
que lo conforman. No obstante la
anterior inembargabilidad, los
funcionarios competentes
deberán adoptar las medidas
conducentes al pago de las
sentencias en contra de los
órganos respectivos, dentro de los
plazos establecidos para ello, y
respetarán en su integridad los
derechos reconocidos a terceros
en estas sentencias.
INEMBARGABILIDAD
Se incluyen en esta
prohibición las cesiones y
participaciones de que trata
el Capítulo 4 del Título XII de
la Constitución Política. Los
funcionarios judiciales se
abstendrán de decretar
órdenes de embargo cuando
no se ajusten a lo dispuesto
en el presente artículo, so
pena de mala conducta.
RESEÑA JURISPRUDENCIAL
Al definir la constitucionalidad
del artículo 16 de la Ley 38 de
1989, el juez constitucional, en
sentencia C-546 del 1 de octubre
de 1992, afirmó que "Para la
Corte Constitucional, entonces, el
principio de inembargabilidad
presupuestal es una garantía que
es necesario preservar y
defender, ya que ella permite
proteger los recursos financieros
del Estado, destinados por
definición, en un Estado Social de
Derecho, a satisfacer los
requerimientos indispensables
para la realización de la dignidad
humana".
COHERENCIA MACROECONÓMICA
 .El presupuesto debe ser
compatible con las
metas
macroeconómicas
fijadas por el Gobierno
en coordinación con la
Junta Directiva del
Banco de la República.
HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL.
El crecimiento real del
Presupuesto de Rentas
incluida la totalidad de
los créditos adicionales
de cualquier naturaleza,
deberán guardar
congruencia con el
crecimiento de la
economía, de tal manera
que no genere
desequilibrio
macroeconómico.
HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL
Cuando por circunstancias
extraordinarias la Nación
perciba rentas que puedan
causar un desequilibrio
macroeconómico, el
Gobierno Nacional podrá
apropiar aquellas que
garanticen la normal
evolución de la economía y
utilizar los excedentes para
constituir y capitalizar un
Fondo de recursos del
superávit de la Nación.
HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL
El capital del Fondo y sus
rendimientos se invertirán en
activos externos por el
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, o de tal forma
que no afecten la base
monetaria; podrán estar
representados en títulos de
mercado, o de deuda pública
externa colombiana adquiridos
en el mercado secundario y en
inversiones de portafolio de
primera categoría en el
exterior.
El Gobierno podrá transferir los
recursos del fondo al Presupuesto
General de la Nación de tal manera
que éste se agote al ritmo de
absorción de la economía, en un
periodo que no podrá ser inferior a
ocho años desde el momento que se
utilicen por primera vez estos
recursos. Esta transferencia se
incorporará como ingresos
corrientes de la Nación.
Parágrafo. Los gastos financiados con
base en estas rentas deberán
presentarse por parte del Gobierno
a aprobación del Congreso.
HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
NACIONAL
COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL
DE LA NACIÓN
PRESUPUESTO
DE RENTAS
LEY DE
APROPIACIONES
DISPOSICIONES
GENERALES
GASTOS
INGRESOS
CORRIENTES
RECURSOS DE CAPITAL
FONDOS ESPECIALES
CONTRIB. PARAFISCALES
INGRESOS ESTAPÚBLICOS
FUNCIONAMIENTO
SERVICIO DE LA DEUDA
INVERSIÓN
INGRESOS DEL
PRESUPUESTO
GENERAL DE LA
NACIÓN
INGRESOS
DE LA
NACIÓN
INGRESO
DE LOS
ESTA PÚBLICOS
Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
INGRESOS DE
LA NACION
INGRESOS
CORRIENTES
RECURSOS
DE CAPITAL
RENTAS
PARAFISCALES
FONDOS
ESPECIALES
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
TRIBUTARIOS
NO
TRIBUTARIOS
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
INGRESOS
CORRIENTES
TRIBUTARIOS
DIRECTOS
INDIRECTOS
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
NO TRIBUTARIOS
TASAS
MULTAS Y
CONTRIBUCIONES
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
ENAJENACIÓN DE ACTIVOS
EXCEDENTES FCIEROS ENT. DESCENT.
RECURSOS DEL CRÉDITO INTERNO
RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO
OTROS RECURSOS DE CAPITAL
REINTEGROS Y OTROS RECURSOS NO APROP.
RECUPERACIÓN DE CARTERA
RECURSOS
DE
CAPITAL
RENDIMIENTOS FINANCIEROS
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
INGRESOS DE LOS
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
RECURSOS PROPIOS
APORTES DE LA NACIÓN
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
PRESUPUESTO
DE GASTOS
INVERSION
SERVICIO DE LA
DEUDA
FUNCIONAMIENTO
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
FUNCIONAMIENTO
TRANSFERENCIAS
GASTOS
GENERALES
GASTOS DE
PERSONAL
OPERACIÓN
COMERCIAL
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
GASTOS DE
PERSONAL
SERVICIOS PERSONALES
ASOCIADOS A LA NOMINA
SERVICIOS PERSONALES
INDIRECTOS
CONTRIBUC. INHERENTES
A LA NOMINA DEL S. PUB.
CONTRIB. INHERENTES
A LA NOMINA DEL S.PRIV.
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA
SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA
HORAS EXTRAS Y DÍAS FESTIVOS
INDEMNIZACIÓN POR VACACIONES
PRIMA TÉCNICA
GASTOS REPRESENTACIÓN
BONIFICACIÓN POR SERVICIOS PRESTADOS
SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN
AUXILIO DE TRANSPORTE
PRIMA DE SERVICIO
PRIMA DE VACACIONES
PRIMA DE NAVIDAD
PRIMAS EXTRAORDINARIAS
BONIFICACIÓN ESPECIAL DE RECREACIÓN
SUELDOS COMISIONES AL EXTERIOR
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA
SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS
JORNALES
PERSONAL SUPERNUMERARIO
HONORARIOS
HONORARIOS TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO
REMUNERACIÓN SERVICIOS TÉCNICOS
HORAS CÁTEDRA
CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA DEL
SECTOR PRIVADO
CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA DEL
SECTOR PUBLICO
GASTOS
GENERALES
ADQUISICIÓN DE BIENES
ADQUISICIÓN DE SERVICIOS
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
ADQUISICIÓN DE BIENES
COMPRA DE EQUIPO
MATERIALES Y SUMINISTROS
GASTOS IMPREVISTOS
SOSTENIMIENTO DE SEMOVIENTES
GASTOS RESERVADOS
CAPACITACIÓN, BIENESTAR SOCIAL Y ESTÍMULOS
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
ADQUISICIÓN DE SERVICIOS
MANTENIMIENTO
SERVICIOS PÚBLICOS
ARRENDAMIENTOS
VIÁTICOS Y GASTO DE VIAJE
IMPRESOS Y PUBLICACIONES
COMUNICACIONES Y TRANSPORTE
GASTOS JUDICIALES
SEGUROS
GASTOS DE OPERACIÓN ADUANERA
GASTOS IMPREVISTOS
TRANSPORTE DE PRESOS
SOSTENIMIENTO DE EMBAJADAS Y CONSULADOS
GASTOS RESERVADOS
APOYO A OPERACIONES MILITARES Y POLICIALES
DEFENSA HACIENDA PUBLICA
CAPACITACIÓN, BIENESTAR SOCIAL Y ESTÍMULOS
TRANSFERENCIAS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
SERVICIO DE
LA DEUDA
EXTERNA
INTERNA
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
INVERSIÓN
SUBPROYECTO
PROYECTO
SUBPROGRAMA
PROGRAMA
Continuación
III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
PROGRAMAS
Son los constituidos por las
apropiaciones destinadas a
actividades homogéneas en
un sector de acción
económica, social, financiera o
administrativa a fin de cumplir
con las metas fijadas por el
Gobierno Nacional, a través
de la integración de esfuerzos
con recursos humanos,
materiales y financieros
asignados.
SUBPROGRAMAS
Son el conjunto de
proyectos de inversión
destinados a facilitar la
ejecución en un campo
específico en virtud del cual
se fijan metas parciales que
se cumplen mediante
acciones concretas que
realizan determinados
órganos. Es una división de
los Programas.
84
IV. PROCESO PRESUPUESTAL
MENÚ
PROGRAMACIÓN
PRESENTACIÓN PROYECTO
ESTUDIO Y APROBACIÓN
LIQUIDACIÓN
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
EJECUCIÓN
ETAPAS DEL
CICLO
PRESUPUESTAL
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
FIJAN
Metas
Macroeconómicas
• Inflación
• Devaluación
• Crecimiento
• Deuda
• Déficit Fiscal
Consistentes con el FMIConsistentes con el FMI
Entorno macroeconómicoContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Responsables de la Elaboración del Presupuesto
Inversión
Disposiciones Generales
Funcionamiento
Servicio de la Deuda
Presupuesto de Rentas
Instrumentos
Presupuesto General de la Nación - PGN
Al Congreso a más tardar el 29 de julio
Marco Fiscal de Mediano Plazo - MFMP
Proyecciones a 10 años
Presentar al Congreso antes del 15 de junio
Plan Operativo Anual de Inversiones
CONPES Antes del 15 de julio
Marco de Gasto de Mediano Plazo –
MGMP a 4 años
Antes del 30 de junio
Aprueba Consejo de Ministros
LEY 819/03
DECRETO
4730/05
EOP ART. 59
SISTEMA FISCAL Y PRESUPUESTAL
(El MGMP como vínculo entre el MFMP y el PGN)
Fijación meta de inversión en Plan Financiero,
Distribución y cuota de inversión por sectores.
(Marzo, Abril)
Entidades envían anteproyecto de Inversión
(Abril, Mayo)
Comités funcionales de Inversión (Abril, Mayo)
Elaboración del POAI (Mayo y Junio)
Presentación del POAI a consideración
Del CONPES (Junio)
MHCP presenta al Congreso PGN
(primeros diez días de cada legislatura)
Envío del POAI a DGPN del MHCP
(Antes del 20 de julio)
Inscripción y Revisión Proyectos Inscritos en
BPIN . Remisión Proyectos a DA o Min.
Competente . Concepto Dirección Técnica DNP
(Plazo Marzo 1)
DGPN consolida PGN (Func. – Inv.)
(antes del 20 de julio)
DGPN recibe Proy. Inversión del DNP
(antes del 20 de julio)
DGPN elabora Disposiciones Generales
(antes del 20 de julio)
DGTCP envía a la DGPN el anteproyecto Verific.
de Serv. de la Deuda de EP. (antes de 30 de Abril)
DGPN envía a la DGTCP la relación del Servicio de
la Deuda para su verificación (antes del 15 de abril)
DGPN envía al Congreso copia del anteproyecto
(Primera semana de abril)
EntidadesenvíanaDGPNelanteproyectode
presupuesto(antesdel15deMarzo)
INVERSIÓN FUNCIONAMIENTO
Plan Nal. De
Desarrollo
Plan
Financiero
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
89
REPETICIÓN DEL PRESUPUESTO (Art. 64 Dcto. 111/96)
Sentencia C – 1645/00
Si el Proyecto de PGN no es presentado
por el Gno. Durante 10 primeros días Leg.
El Gobierno expide Decreto
De Repetición antes 10 dicie.
(Art. 348 de la C P)
Preparación del Decreto de
Repetición
Reducir gastos y
Fusionar cargos
Presupuesto
del
Año anterior
Los créditos adicionales
Aprobados año fiscal en
curso
Los traslados de
apropiaciones
Efectuadas al Pto.
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Inscripción de Proyectos en el Banco de Proyectos de
Inversión Nacional - BPIN
Entidades
Formulan
Proyectos en
Metodología y
registran Ficha
EBI en BPIN
Ministerios o
Departamentos
Administrativos
Registran y emiten
Concepto de
Viabilidad
Dirección
Técnica
del DNP
Control
Posterior
Dirección
Técnica
registra en el
BPIN del DNP
Solo los proyectos registrados a 1 de
abril del año anterior al que se está
programando, harán parte del POAI
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Comités Preliminares de Ingreso
Conformado por:
Un Representante de la DGPN
Un Representante de la DIFP del DNP
Un Representante del área financiera y uno de la Oficina de Planeación
del Establecimiento Público
 Se estudia y se determina la proyección de Ingresos Propios de la
entidad para la siguiente vigencia.
 Se determina el monto que se requiere para financiar gastos de
funcionamiento, servicio de la deuda e inversión de la entidad.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Asignación de Cuotas
Cupo Asignado a
Inversión en Plan
Financiero
Fondos Especiales
Vigencias Futuras
Leyes
Proyectos
Prioritarios del
Gobierno
Crédito Externo
Presupuesto
Flexible
Fosyga
Regalías
Solidaridad Pensional
Compensación Ambiental
Defensa y Justicia
Inflexibilidades
Ley de Vivienda
Universidades
Plan Colombia
Subsidios Eléctricos
BIRF
BID
Otros
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónPROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTOContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Priorización de recursos de inversión proyectos
con mayor rentabilidad económica y social
lograr altos niveles de productividad y
mayor crecimiento económico y bienestar social
Comunicación de cuotas de inversión a cada
una las entidades, adscritas por parte de los
Ministerios y/o Departamentos Administrativos
DNP: distribuye y comunica
a cada Ministerio, Dpto Admitivo las cuotas
según la meta de inversión
establecida para el sector público
Minhacienda +DNP:
presentan a consideración del CONPES
El Plan Financiero, con concepto previo del
CONFIS
Anteproyecto de
Inversión del
Sector
Anteproyecto de
Inversión de la
entidad
Preparación del Anteproyecto de Inversión
Inscripción y Revisión de
Proyectos Inscritos en BPIN
(DT)
Dic,Feb y Marzo
Comités Preliminares de
Ingresos
Marzo
Asignación cuotas de
Inversión
Marzo - Abril
Presentación a comisiones económicas del Congreso
Abril
PND
Plan Fin.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónPROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTOContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Presentación a las Comisiones Económicas
El Gobierno Nacional durante la primera
semana del mes de abril presentará el
anteproyecto de Presupuesto a las
Comisiones económicas de Senado y
Cámara, el cual presentará en forma
definitiva dentro de los diez primeros días
de la primera legislatura (20 de julio)
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Inscripción y Revisión de
Proyectos Inscritos en
BPIN (DT)
Dic,Feb y Marzo
Comités Preliminares de
Ingresos
Marzo
Asignación cuotas de
Inversión
Marzo - Abril
Presentación a
comisiones económicas
del Congreso
Abril
Entidades Envían Anteproyectos
Abril - Mayo
PND
Plan Fin.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Los anteproyectos contienen todos los
proyectos de inversión identificando:
 Fuentes de financiación
 Usos
 Regionalización
Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Fuentes de Financiamiento
 Aportes de la Nación
 Ordinarios
Ingresos Corrientes
Fondos Especiales
Otros Ingresos del Tesoro
Recursos del Crédito Externo Previa Autorización
 Específicos
Crédito Externo con Destinación Específica
Donaciones
 Recursos Propios
Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
USOSGastos de Personal Gastos Generales
Inversiones Financieras Inversión Neta
Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Regionalización
Información concerniente a la identificación de la(s)
región(es) y/o departamento(s) en el(las) cual(les)
se ubica geográficamente cada proyecto.
Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión
Inscripción y Revisión de
Proyectos Inscritos en
BPIN (DT)
Dic,Feb y Marzo
Comités Preliminares de
Ingresos
Marzo
Asignación cuotas de
Inversión
Marzo - Abril
Presentación a
comisiones económicas
del Congreso
Abril
Entidades Envían
Anteproyectos
Abril - Mayo
Comités Funcionales de Inversión
Abril - Mayo
PND
Plan Fin.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Comités Funcionales de Inversión
Conformado por:
Un Representante del DGPN
Un Representante del Ministerio o Departamento
Administrativo respectivo (Oficina de Planeación o
Viceministerio)
Representantes de la Entidad respectiva
Funcionario de la Dirección Técnica respectiva del DNP
Funcionario(s) de la DIFP
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Para que son?
 Se discute el anteproyecto de inversión presentado por la
entidad.
 Se presentan los principales proyectos de la entidad.
 Se aclaran dudas con respecto a las Leyendas Previo
Concepto DNP y Previa Distribución
 Se resuelven inquietudes con respecto a la ejecución de los
proyectos
 Se discute la priorización y distribución de la cuota
presentada por la entidad
Comités Funcionales de Inversión
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Inscripción y Revisión de
Proyectos Inscritos en
BPIN (DT)
Dic,Feb y Marzo
Comités Preliminares de
Ingresos
Marzo
Asignación cuotas de
Inversión
Marzo - Abril
Presentación a
comisiones económicas
del Congreso
Abril
Entidades Envían
Anteproyectos
Abril - Mayo
Comités Funcionales de
Inversión
Abril - Mayo
Elaboración del POAI
Mayo - Junio
PND
Plan Fin.
Modificaciones
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Inscripción y Revisión de
Proyectos Inscritos en
BPIN (DT)
Dic,Feb y Marzo
Comités Preliminares de
Ingresos
Marzo
Asignación cuotas de
Inversión
Marzo - Abril
Presentación a
comisiones económicas
del Congreso
Abril
Entidades Envían
Anteproyectos
Abril - Mayo
Comités Funcionales de
Inversión
Abril - Mayo
Elaboración del POAI
Mayo - Junio
Presentación al CONPES del POAI
Junio - Julio
PND
Plan Fin.
Modificaciones
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
 El DNP someterá el POAI a consideración del
Consejo Nacional de Política Económica y
Social – CONPES
 Una vez aprobado se constituye en la base del
Proyecto de Presupuesto de Inversión
Sometimiento del Plan Operativo Anual de
Inversiones al CONPES
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
 Cómo se forma?
Código Presupuestal
PROGRAMA
4 DÍGITOS
SUBPROGRAMA
4 DÍGITOS
PROYECTO
4 DÍGITOS
SUBPROYECTO
4 DÍGITOS
Tipo específico
De Gasto de
Inversión
+ + +
Sector de
Inversión
Provienen de la Ficha EBI
(Clasificación)
Secuencial
(Sistema)
Secuencial
No deben estar
en la etapa de
Programación
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Remisión del Proyecto de Presupuesto
Por parte del DNP a la Dirección General
de Presupuesto del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, con el fin de
que sea consolidado e incluido en el
Proyecto de Presupuesto General de la
Nación, antes del 20 de julio del año en
curso
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Antes del 15 de septiembre
Traslados, adiciones, reducciones,
aclaraciones de leyenda, cambios de recurso.
Del 16 de septiembre al 20 de octubre
Traslados, aclaraciones de leyenda, cambio de
recurso.
¿Que Modificaciones se pueden hacer durante el estudio
del PGN en el Congreso?
Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Entidades
Congreso de la República
Ministerio de Hacienda
Departamento Nacional de Planeación
¿Quién propone estas modificaciones?
Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Sección: 4 dígitos (Nombre de la Entidad)
A. Presupuesto de Funcionamiento
B. Servicio de la deuda
C. Presupuesto de inversión
Programa: 4 dígitos
Subprograma: 4 dígitos
La Ley de Presupuesto se aprueba a nivel de:
Sección: 0301
Departamento Nacional de Planeación
A. Presupuesto de Funcionamiento......................................................$$
B. Servicio de la Deuda........................................................................$$
C. Inversión...........................................................................................$$
0520 Administración, control y organización institucional para apoyo a
la administración del Estado..........................................$$
1000 Intersubsectorial Gobierno........... ................................$$
Por ejemplo:
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Traslados
Entre proyectos que se encuentren dentro de una misma
sección y clasificados en el mismo programa y subprograma
Cambio de fuente
Entre recursos que estén en el mismo nivel rentístico
Aclaraciones de Leyenda
Levantamiento de leyendas “PREVIO CONCEPTO DNP”
Correcciones de leyenda por errores de trascripción
y/o aritméticos
¿Que Modificaciones se pueden hacer después del 20 de
octubre?
Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Entidades
Congreso de la República (Proposiciones)
Ministerio de Hacienda
Departamento Nacional de Planeación
¿Quién propone estas modificaciones?
Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Corresponde al Gobierno dictar el Decreto de Liquidación
del PGN.
La Preparación estará a cargo del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público.
Pautas:
 Tomará como Base el Proyecto de
Presupuesto presentado al Congreso
 Insertará las modificaciones realizadas
Liquidación del Presupuesto
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Se presenta un Anexo el cual contiene el detalle
del gasto clasificado en secciones o entidades
presupuestales distinguiendo en cada una el
funcionamiento, Servicio de la deuda y los
gastos de inversión.
Los gastos de inversión se clasificarán en
Programas y Subprogramas
Liquidación del Presupuesto
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Sección: 4 dígitos (Nombre de la Entidad)
Unidad: 6 dígitos (Nombre de la Unidad ejecutora)
A. Presupuesto de Funcionamiento
Cuenta
Subcuenta
Objeto del gasto
Ordinal
Recurso
B. Servicio de la deuda
Cuenta
Subcuenta
Objeto del gasto
Ordinal
Recurso
C. Presupuesto de inversión
Programa
Subprograma
Proyecto
Recurso
Aspectos Generales del Proceso Presupuestal de la Inversión Pública Colombiana
Etapas del Proceso de Programación Presupuestal de la Inversión
El Decreto de Liquidación se aprueba a nivel de:
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Sección: 0301
Departamento Nacional de Planeación
Unidad: 030101
Gestión General
A. FUNCIONAMIENTO
3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
3 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO
3 2 1 ADMINISTRACIÓN PUBLICA CENTRAL
3 2 1 1 CUOTA DE AUDITAJE CONTRANAL
10 RECURSOS CORRIENTES
C. INVERSIÓN
520 ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y ORGANIZACIÓN
INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL
ESTADO
520 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO
520 1000 5 ASISTENCIA PROYECTO DE APOYO ADMINISTRATIVO Y
LOGÍSTICO AL CONSEJO NACIONAL DE PLANEACIÓN
11 OTROS RECURSOS DEL TESORO
Aspectos Generales del Proceso Presupuestal de la Inversión Pública Colombiana
Etapas del Proceso de Programación Presupuestal de la Inversión
Por ejemplo:
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Este proceso está a cargo de las entidades.
Las apropiaciones incluidas en el PGN se entienden
ejecutadas cuando han desarrollado el objeto de la
apropiación para la cual fueron programadas en la
respectiva vigencia fiscal.
Durante la EJECUCIÓN el Departamento Nacional de
Planeación realiza el Seguimiento Presupuestal del
Presupuesto General de Inversión de la Nación
Ejecución de la Inversión
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Apropiación
Las apropiaciones incluidas en el PGN son
autorizaciones máximas de gasto que el
Congreso aprueba para ser comprometidas
durante la vigencia fiscal respectiva.
Después del 31 de diciembre de cada año estas
expiran y en consecuencia no podrán
modificarse ni comprometerse según el Art. 89
del EOP.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Compromisos
Es el que se adquiere con cargo a una apropiación,
mediante un convenio o contrato legalmente
constituido.
Las entidades deben comprometer los recursos
apropiados entre el 1° de enero y el 31 de diciembre
de cada año.
Los saldos de apropiación no afectados por
compromisos caducarán sin excepción.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Programa Anual de Caja - PAC
Es el instrumento mediante el cual se define el
monto máximo mensual de fondos disponibles
en la Cuenta Única Nacional, en el caso de los
órganos financiados con recursos de la Nación
y el tope de pagos de los establecimientos
públicos en lo que se refiere a ingresos propios,
para efectuar el pago de los compromisos.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Programa Anual de Caja - PAC
Clasificaciones del PAC
1. Vigencia 1: Apropiaciones de la vigencia actual que
se va a ejecutar en la misma vigencia.
2. Vigencia 2: PAC rezagado de la vigencia
inmediatamente anterior
3. Vigencia 3: PAC que no cuenta con respaldo de
recursos para la presente vigencia y se prevé que va
a quedar rezagado para la vigencia siguiente
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Programa Anual de Caja - PAC
Clasificaciones del PAC
De acuerdo con la situación de fondos se clasifica en:
1. PAC CSF: requiere un giro por parte de la
Tesorería.
2. PAC SSF: No requiere giro por parte de la
Tesorería, sino que se maneja a través de unos
fondos especiales en las cuentas de las entidades.
Necesita PAC para su ejecución.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Pagos
Son la cancelación total o parcial de un
compromiso legalmente constituido
Se deben hacer teniendo en cuenta la
forma de pago pactada en el contrato y
el PAC
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Cuentas por Pagar
Son aquellos compromisos que quedan pendiente
de pago para la siguiente vigencia fiscal, y se
presentan en los siguientes casos:
Cuando el bien y/o servicio se ha recibido a
satisfacción a 31 de diciembre.
Cuando en desarrollo de un contrato se han
pactado anticipos y estos no fueron
cancelados.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Reservas
Compromisos legalmente constituidos pero cuyo objeto
no fue cumplido dentro del año fiscal que termina y
serán pagados dentro de la vigencia siguiente
Las cuentas por pagar y las reservas de apropiación
afectan el presupuesto de la vigencia en la que fueron
constituidas.
Las cuentas por pagar y las reservas constituidas, que
no se ejecuten durante el año de su vigencia,
fenecerán.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Seguimiento
1. Pérdida de apropiación (Compromisos por
entidad y por proyecto)
 Bimestral
2. Rutas Críticas
 Trimestral
3. Ejecución regionalizada del presupuesto
 Trimestral
Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Solicitud de la entidad dirigida a la DIFP
DIFP Registra la solicitud, consulta viabilidad
presupuestal y revisa si la documentación está
completa
DIFP envía a DIRECCION TECNICA respectiva
DIRECCION TECNICA estudia justificación, analiza
solicitud y emite concepto técnico y lo envía a la
DIFP
DIFP
envía
comunicación a
la entidad
La modificación es viable
Presupuestalmente ?
Concepto Técnico
favorable ?
DIFP
envía Concepto a
la entidad DIFP
envía Copia de
Concepto A
Minhacienda
SI
NO
NO
SI
Esquema de Trámites
Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
ADICIONES
TRASLADO ENTRE FUNCIONAMIENTO,
SERVICIO DE LA DEUDA E INVERSIÓN
REDUCCIONES Y SUSPENSIONES
EQUILIBRIO DECRETADO POR
SUSPENSIÓN MIENTRAS SE EXPIDE
LEY DE FINANCIAMIENTO
CONGRESO
GOBIERNO: ESTADO EXCEPCIÓN
CONGRESO
GOBIERNO: ESTADO EXCEPCIÓN
GOBIERNO, PREVIO C. MINISTROS
MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
Afectaciones, Modificaciones y Autorizaciones al
Presupuesto de Inversión
AFECTACIONES AL PRESUPUESTO
PREVIO CONCEPTO
PREVIA DISTRIBUCIÓN
ACLARACIÓN DE LEYENDA
RECURSO 13
APLAZAMIENTO Y RECORTE
MODIFICACIONES PRESUPUESTALES
TRASLADOS, CAMBIOS DE FUENTE Y ADICIONES
AUTORIZACIONES
VIGENCIAS FUTURAS
VIGENCIAS EXPIRADAS
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Afectaciones al Presupuesto
PREVIO CONCEPTO
Determinada por las Direcciones Técnicas del
DNP, cuando la información de los proyectos es
deficiente o no se ha definido claramente la
utilización de los recursos.
La entidad debe solicitar el levantamiento
durante la vigencia, adjuntando la información
requerida por las Direcciones Técnicas.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
PREVIA DISTRIBUCIÓN
Es un movimiento a través del cual una
entidad desagrega parcial o totalmente los
recursos asignados a un proyecto
determinado entre uno o varios subproyectos.
Estas distribuciones se realizan sobre los
proyectos que tiene la leyenda “Distribución
previo concepto DNP”.
Afectaciones al Presupuesto
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
PREVIA DISTRIBUCIÓN
La leyenda es impuesta por las Direcciones
Técnicas del DNP a proyectos globales cuyas
actividades o desagregación regional no esta
bien definida en el momento de realizar el
proceso de programación.
Puede ser solicitada durante la vigencia fiscal,
adjuntando la información requerida por las
Direcciones Técnicas e inscribiendo los
subproyectos correspondientes.
Afectaciones al Presupuesto
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
ACLARACIÓN DE LEYENDA
Esta figura sólo permite enmendar errores
de trascripción o aritméticos que aparezcan
en los Decretos de Liquidación del
Presupuesto.
Es importante anotar que este movimiento
no permite cambiar la destinación del gasto
original del proyecto.
Afectaciones al Presupuesto
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
RECURSO 13 /18
Apropiaciones financiadas con recursos de crédito
externo previa autorización, que dependen de la
colocación de bonos en el exterior.
La Autorización para adquisición de compromisos
financiados con Recurso 13, se da en la medida en
que la situación fiscal lo permita.
El Recurso 18 corresponde a créditos autorizados
pero no contratados y su ejecución queda sujeta a la
firma de la Operación
Afectaciones al Presupuesto
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
APLAZAMIENTO Y RECORTE
Permiten ajustar el gasto público cuando los recaudos
del año sean inferiores a los programados, no se
perfeccionan los recursos de crédito autorizados, o la
coherencia macroeconómica lo exija.
Impide la adquisición de compromisos con cargo a
recursos decretados en el PGN, disminuyendo su
apropiación o aplazando su ejecución por un
determinado tiempo.
Se pueden realizar en cualquier mes del año fiscal,
previo concepto del Consejo de Ministros.
Afectaciones al Presupuesto
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
APROPIACIÓN
CERTIFICADO DE
DISPONIBILIDAD
REGISTRO
PRESUPUESTAL
REGISTRO DE
OBLIGACIÓN
PAGOS
PAC
TRASLADO PRESUPUESTAL
Es un movimiento a través del cual una entidad, motivada por
una razón económica justificada, considera la necesidad de
contracreditar los recursos libres de afectación de un
proyecto para acreditarlos a otro.
Modificaciones Presupuestales
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
TRASLADO PRESUPUESTAL
Si el traslado se realiza entre proyectos que se encuentren
clasificados en diferentes programas y/o subprogramas y/o
entidades, se requiere presentar la modificación a consideración
del Congreso a través de un Proyecto de Ley
Los traslados que no afectan el valor de las entidades
programas y subprogramas no requieren de Ley y se realizan en
el Decreto, mediante resolución.
Modificaciones Presupuestales
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
CAMBIO DE FUENTE DE FINANCIACIÓN
Es un movimiento mediante el cual se cambia la fuente de
financiación o recurso de un proyecto.
Cuando el cambio no modifica el monto total de cada nivel
rentístico aprobado por el Congreso, lo aprueba el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público previo concepto del DNP, para
gastos de inversión.
Cuando lo modifica, requiere de aprobación por Ley.
Modificaciones Presupuestales
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
CAMBIO DE FUENTE DE FINANCIACIÓN
NIVELES RENTÍSTICOS
Aportes Nación Recursos propios
Ingresos Corrientes 10 20
Recursos de Capital
11
13
14
15
18
21
22
23
24
25
Rentas Parafiscales 17 27
Fondos Especiales 16 26
Modificaciones Presupuestales
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
ADICIONES
Es un movimiento a través del cual una entidad encuentra la
necesidad de incorporar recursos en el presupuesto
provenientes de mayores recaudos en sus ingresos corrientes,
en sus recursos de capital, o de aportes de la nación.
Estos ingresos adicionales alteran el monto global del
Presupuesto aprobado por el Congreso, y por lo tanto su
incorporación al Presupuesto es mediante Ley.
Modificaciones Presupuestales
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
ADICIONES
Las adiciones permiten financiar nuevos proyectos o incrementar el
valor de la apropiación en proyectos existentes.
Los nuevos proyectos deben ser inscritos y viabilizados en el Banco
de Proyectos y además deben ser desagregados por usos, fuentes
y regionalización.
Las adiciones en virtud de convenios celebrados con otras
entidades que hagan parte del PGN no requieren aprobación del
Congreso
Modificaciones Presupuestales
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Afectaciones, Modificaciones y Autorizaciones al
Presupuesto de Inversión
AFECTACIONES AL PRESUPUESTO
PREVIO CONCEPTO y PREVIA DISTRIBUCIÓN
ACLARACIÓN DE LEYENDA
RECURSO 13
APLAZAMIENTO Y RECORTE
MODIFICACIONES PRESUPUESTALES
TRASLADOS, CAMBIOS DE FUENTE Y ADICIONES
AUTORIZACIONES
VIGENCIAS FUTURAS
VIGENCIAS EXPIRADAS
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de Inversión
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Autorizaciones
VIGENCIAS FUTURAS
Una vigencia futura es una autorización para la asunción de
obligaciones que afecten presupuestos de vigencias siguientes,
cuando su ejecución se inicie con apropiación de la vigencia en
curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de
ellas.
A través de este movimiento se garantiza la inclusión de los
recursos en el POAI para proyectos que contemplan más de una
vigencia fiscal.
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES
Las obras de infraestructura como energía,
comunicaciones, aeronáutica, defensa y seguridad, y
las garantías a las concesiones, se consideran
situaciones excepcionales en las que el CONFIS podrá
autorizar la asunción de compromisos que afecten
vigencias futuras sin que exista apropiación o
afectación presupuestal en la vigencia en que se
autorizan.
Autorizaciones
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
VIGENCIAS FUTURAS
Tienen el inconveniente de inflexibilizar el presupuesto de
inversión de la entidad.
Esta modificación no requiere de Ley, pero si aprobación del
CONFIS, organismo directo responsable de dar autorización.
Para la solicitud de vigencias futuras se debe anexar el objeto
del contrato involucrado en el proyecto, el programa de
inversiones, detallado por año, montos y fuentes de financiación,
la justificación socioeconómica y la razón para contar con estos
recursos en vigencias posteriores.
Autorizaciones
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
VIGENCIAS EXPIRADAS
Se refiere a los compromisos adquiridos legalmente por la
entidad en una vigencia fiscal, que no son cumplidos durante la
misma y por consiguiente se hace necesario el pago de la suma
respectiva en otra vigencia.
El pago de pasivos de vigencias expiradas se realiza mediante
un traslado presupuestal con cargo a recursos de libre
afectación del proyecto que dio origen al compromiso en
vigencias pasadas.
Autorizaciones
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
VIGENCIAS EXPIRADAS
Se debe anotar que al realizar dicho movimiento
es necesario informar a la Contraloría General
de la República para la investigación respectiva
Autorizaciones
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
 Solicitud de la entidad dirigida a la DIFP, firmada por el ministro,
director u ordenador del gasto
 Justificación técnica y económica
 Certificado de Disponibilidad Presupuestal
 Actualización de la ficha EBI, o inscripción de proyectos en el BPIN
del DNP previa viabilidad del ministerio respectivo.
 Para Vigencias Futuras, anexar el programa de inversiones de cada
año con fuentes de financiación
 Para Vigencias Expiradas, el CDP del año que se generó
Afectaciones, Modificaciones y Autorizaciones al
Presupuesto de Inversión
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Solicitud de la entidad dirigida a la DIFP
DIFP Registra la solicitud, consulta viabilidad
presupuestal y revisa si la documentación está
completa
DIFP envía a DIRECCION TECNICA respectiva
DIRECCION TECNICA estudia justificación, analiza
solicitud y emite concepto técnico y lo envía a la
DIFP
DIFP
envía
comunicación a
la entidad
La modificación es viable
Presupuestalmente ?
Concepto Técnico
favorable ?
DIFP
envía Concepto
a la entidad DIFP
envía Copia de
Concepto A
Minhacienda
SI
NO
NO
SI
Esquema de Trámites
Departamento Nacional de Planeación
República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
LIBROS DE PRESUPUESTO
DE REGISTRO DE INGRESOS
DE REGISTRO DE APROPIACIONES, COMPROMISOS,
OBLIGACIONES Y PAGOS
DE REGISTRO DE VIGENCIAS FUTURAS
DE REGISTRO RESERVAS PRESUPUESTALES
DE REGISTRO DE CUENTAS POR PAGAR
153
Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
Es de carácter Financiero, basado legalmente en los art. 91 a
94, Decreto 111/96, y esta a cargo de la DGPN.
Su objetivo está vinculado directamente con la programación
y ejecución del Ppto. al Órgano respectivo.
Establece el nivel de compromiso de las apropiaciones para
la programación de futuras operaciones Pptales.
PROCEDIMIENTOS
Informes de Ejecución
Análisis de informes sobre Planta de Personal
Visitas de seguimiento
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO
V. CONTROL PRESUPUESTAL
155
V. CONTROL PRESUPUESTAL
CONCEPTO Y DEFINICIÓN
Control
Comprobación
Inspección
Fiscalización
Fiscalización Acción de
fiscalizar
Fisco Erario, tesoro
público
Ley 42 de 1923
Acto Legislativo No. 01/68
Se crea la CGR y se otorga mayores
Funciones al Contralor General.
Ley 42 de 1993 Organiza el Sistema de
Control Fiscal y los
Órganos que lo ejercen
MENÚ
156
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
1. CONTROL POLÍTICO
 Será ejercido por el Congreso de la República, mediante los
siguientes instrumentos:
 Citación a Ministros del despacho a sesiones plenarias y comisiones.
 Citación Jefes Dpto. Admin. a las comisiones.
 Examen a los informes que presenta el Presidente, Ministros y Jefes de
Dpto. Admin. sobre ejecución de los planes y programas. (Art. 6. Ley
5/92).
 La Cámara de Representantes debe “examinar y fenecer” la
Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro, que le presenta
el CGR. (Art. 178 CP; numeral 2, art. 305, Reglamento
Congreso)
CONTROL POLÍTICO NACIONAL. Sin perjuicio de las
prescripciones constitucionales sobre la materia, el
Congreso de la República ejercerá el control político sobre
el presupuesto mediante los siguientes instrumentos:
a) Ídem Ley 5 de 1992
b) Ídem Ley 5 de 1992
c) Ídem Ley 5 de 1992
d) Análisis que adelante la Cámara de Representantes para
el fenecimiento definitivo de la cuenta general del
presupuesto y del tesoro, que presente el Contralor
General de la República.
Artículo 90 Decreto 111 de 1996
158
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
 Comisión Legal de Cuentas: Examinar y proponer a
consideración de la Plenaria (Cámara de Representantes) el
fenecimiento de la Cuenta General del Presupuesto y del
Tesoro (Art. 310 Ley 5ta /92).
 La Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro contendrá los
siguientes aspectos:
a) Estados que detallen los reconocimientos de las rentas y recursos
de capital contabilizados durante la vigencia.
b) Resultados de la ejecución de la Ley de Apropiación.
c) Estados comparativos de las rentas y recursos de capital y los
gastos y reservas presupuestados para el año fiscal.
d) Estados de la deuda pública nacional.
e) Balance de la Nación (en forma prescrita en la Ley).
f) Relación detallada de los gastos pagados durante el año fiscal
cuya cuenta se rinda.
g) Las recomendaciones del señor Contralor, que tenga bien
presentar al Gobierno y a la Cámara sobre la cuenta general.
159
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
2. CONTROL FISCAL
 Está a cargo de la CGR. Carácter Selectivo y Posterior
 Sistemas de orden Financiero, de Gestión y de Resultado
 Principios de Economía, Eficiencia, Eficacia, Equidad y
Ambiental
Artículo 95 – Control Fiscal – Decreto 111 de 1996 - ¨La
Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia
fiscal de la ejecución del presupuesto sobre todos los sujetos
presupuestales¨.
EL CONTROL FISCAL
CONTROL FISCAL
NIVEL MICRO NIVEL MACRO
Decreto-Ley 267 de 2000, arts. 31 y 32
EL CONTROL FISCAL MACRO
Objetivo: Examinar el
comportamiento de las
finanzas públicas y el
grado de cumplimiento
de los objetivos
macroeconómicos.
7
8
9
10
11
12
13
14
15
abr-98
sep-98
feb-99
jul-99
dic-99
may-00
oct-00
mar-01
ago-01
ene-02
jun-02
nov-02
abr-03
sep-03
El nivel macro
-Finanzas del Estado-
de la vigilancia de la gestión fiscal
Compilación de
las estadísticas
fiscales del Estado
Determinación de
los superávit o
déficit
Consistencia de la
política fiscal
Análisis de gestión
de la política
fiscal
Análisis del
cumplimiento de
metas fiscales
Valoración de los
costos ambientales
Certificación
sobre la
situación de
las finanzas
del Estado
• Conclusiones sobre
el manejo de la política
fiscal
• Recomendaciones al
Congreso
• Recomendaciones al
Presidente de la
República
• Publicación oficial de
los resultados de las
finanzas del Estado
Artículo 41 Ley 42 de 1993
PRESENTACIÓN DE INFORMES AL CONGRESO POR LA
CGR
Artículo 255 de la Ley 5ª. De 1992
Certificación del Balance de la Nación
Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro
Certificación de las Finanzas del Estado
Informe sobre Estado de la Deuda Pública
Informe sobre Estado de los Recursos Naturales y del
Ambiente
Informe de Gestión anual
Informe Mensual
Informes al
Congreso de
la República
OBJETIVO DE LA AUDITORIA AL BALANCE
 Determinar la Razonabilidad de los E.F.
 Conocer el estado de las Finanzas Públicas
 Evaluar la calidad de la contabilidad pública
 Determinar posibles irregularidades en el manejo
de los recursos del Estado
¨PARÁGRAFO. Seis meses después de concluido el año fiscal, el
Gobierno Nacional enviará al Congreso el balance de la Hacienda,
auditado por la Contraloría General de la República, para su
conocimiento y análisis¨. PARÁGRAFO ÚNICO ART. 354 C.P.
Cuenta
General del
Presupuesto
y del Tesoro
EJECUCION DE INGRESOS
EJECUCION DE GASTOS
COMPARATIVO DE INGRESOS Y
GASTOS.
PAGOS DE LA VIGENCIA ANTERIOR.
SALDOS DE LAS CUENTAS DEL TESORO
RECOMENDACIONES QUE CONSIDERE Y
ESTADO DE LA DEUDA PUBLICA
ART. 39 LEY 42 DE 1993
CONTROL FISCAL Y CONTROL POLÍTICO
CONTRALORIA GENERAL
EVALUA GESTION
DICTAMEN
ESTADOS
CONTABLES
PLANES DE
MEJORAMIENTO
FORMULACIÓN
GLOSAS
CONSOLIDA
EJECUCION
PGN
AUDITORIA
INTEGRAL
SIIF
RENDICION
CUENTAS
ENTIDADES Y
ORGANISMOS
PGN
CGR
ELABORA CUENTA GENERAL
DEL PRESUPUESTO Y DEL
TESORO
CAMARA DE
REPRESENTANTES
COMISION LEGAL DE CUENTAS
EXAMINA Y PROPONE
FENECIMIENTO O NO FENECIMIENTO EN
PROYECTO RESOLUCION
PLENARIA CAMARA
CITACION A REPRESENTANTES
LEGALES
PROFIERE FENECIMIENTO
O NO FENECIMIENTO
COMISION DE
INVESTIGACION Y ACUSACION
HECHO SOBRESALIENTE DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991
EL CONTADOR GENERAL
ENCARGADO DE
“LLEVAR” LA
CONTABILIDAD Y
CONSOLIDARLA
LA CONTRALORIAGENERAL
ENCARGADA DE LA
CONTABILIDAD
PRESUPUESTAL
ESTADOS CONTABLES
CONSOLIDADOS
AUDITORIA A LOS ESTADOS
CONTABLES
DICTAMEN U OPINIONGOBIERNO
CONGRESO PARA
CONOCIMIENTO Y ANALISIS
FENECIMIENTO
Artículo 354. Habrá un Contador General, funcionario
de la rama ejecutiva, quien llevará la contabilidad
general de la nación y consolidará ésta con la de sus
entidades descentralizadas territorialmente o por
servicios, cualquiera que sea el orden al que
pertenezcan, excepto la referente a la ejecución del
presupuesto, cuya competencia se atribuye a la
Contraloría.
Artículo 268....................Presentar a la Cámara de
Representantes la cuenta general del presupuesto
y del tesoro ................
CONSTITUCIONALES
NUEVAS ATRIBUCIONES DE LA CGR
CERTIFICAR LOS INGRESOS
CORRIENTES DE LIBRE
DESTINACIÓN RECAUDADOS
EFECTIVAMENTE EN LA
VIGENCIA ANTERIOR Y LA
RELACIÓN PORCENTUAL
ENTRE ESTOS Y LOS
GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO PARA
EFECTOS DE
CATEGORIZACIÓN DE LAS
ENTIDADES TERRITORIALES
ARTICULO 1o DE LA LEY 617 DE 2000
172
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
3. CONTROL ECONÓMICO Y ADMINISTRATIVO
 Le corresponde a la Dirección General del Presupuesto
Nacional Ministerio de Hacienda realizarlo en forma previa,
perceptiva y posterior.
Ejecución
Programa Anual de Caja-PAC-
Operaciones Efectivas de Ingresos
y Gastos
Verificaciones y Análisis del
Presupuesto
173
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
4. CONTROL DE RESULTADOS Y DE GESTIÓN
 Lo realiza el DNP con base en el Plan Operativo de
Inversiones-POI- (Ley 715/03).
 Programa las participaciones y controla las ejecutorias de los
Entes Territoriales, beneficiados con recursos del PGN.
 - La CGR también ejerce este tipo de control. (Art. 267.
CP).
Gestión
Evaluar los resultados del accionar
de la Administración Pública
Resultados
Evaluar el cumplimiento de los objetivos,
Planes, Programas y Proyectos. Período específico
174
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
5. OTROS TIPOS DE CONTROL
 Técnico-Jurídico:
 Las Entidades Territoriales, a través de las Secretaría u Oficinas de
Planeación, verificar si el Pto. que se programa ejecutar cumple con
las normas legales.
 Control Interno:
 Corresponde a cada Entidad Pública ejercer el control fiscal, en
forma perceptiva y posterior.
 Su propósito, es asegurar la efectividad de los sistemas de control
de la Organización.
MENÚ
175
Definir y aplicar medidas
para prevenir riesgos,
detectar y corregir
desviaciones
Proteger los recursos de
la organización
Velar porque todas las
actividades y recursos de la
organización estén dirigidos al
cumplimiento de sus objetivos
Garantizar la eficacia,
eficiencia y economía en
todas las operaciones
Objetivos
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
176
Cada funcionario es
responsable ante su jefe
inmediato de la aplicabilidad
del autocontrol.
La oficina de control interno es la
responsable de evaluar con
criterio independiente el control
interno, formulando
observaciones y
recomendaciones al
representante legal
El representante legal es el
responsable de su
establecimiento, para
garantizar el cumplimiento de
los principios de la función
publica.
Características
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
177
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
CONTROL
ESTRATÉGICO
CONTROL DE
GESTIÓN
CONTROL DE
EVALUACIÓN
Esquema de organización
Planes, Principios,
Normas, Políticas,
Metas u Objetivos
Métodos,
Procedimientos
Actividades, Operaciones,
Actuaciones, Administración
de la Información y
Administración de los
Recursos
Mecanismos de
Verificación
y Evaluación
Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
178
VI. PROYECTO DE PRESUPUESTO
VIGENCIA 2011
MENSAJE PRESIDENCIAL
1. Entorno macroeconómico
2. Panorama Fiscal 2010
3. Panorama Fiscal 2011
4. El Proyecto de Presupuesto General
de la Nación 2011
!Muchas gracias¡
E-mail: jearregoces5@yahoo.es
JAIME ENRIQUE ARREGOCÉS MONTERO

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Agroindustrial casa grande
Agroindustrial casa grandeAgroindustrial casa grande
Agroindustrial casa grande
Israel Arroyo
 
Estructura de los fondos publicos
Estructura de los fondos publicosEstructura de los fondos publicos
Estructura de los fondos publicos
Vaneza Pacheco Nina
 
Acta inicial
Acta inicialActa inicial
Acta inicial
Anelly AG
 
Comparacion nagas y nias
Comparacion nagas y nias  Comparacion nagas y nias
Comparacion nagas y nias
gloriamary
 
Planificacion y presupuesto 20-06-14
Planificacion y presupuesto 20-06-14Planificacion y presupuesto 20-06-14
Planificacion y presupuesto 20-06-14
CEFIC
 
Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...
Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...
Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...
Fedegan
 
Caracteristicas del enfoque de auditoria
Caracteristicas del enfoque de auditoriaCaracteristicas del enfoque de auditoria
Caracteristicas del enfoque de auditoria
David Endara
 
Contabilidad gubernamental
Contabilidad gubernamentalContabilidad gubernamental
Contabilidad gubernamental
eddyport2010
 

La actualidad más candente (20)

El sistema nacional de contabilidad
El sistema nacional de contabilidadEl sistema nacional de contabilidad
El sistema nacional de contabilidad
 
Sistema nacional de tesorería
Sistema nacional de tesorería   Sistema nacional de tesorería
Sistema nacional de tesorería
 
CAPITULO I LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO....
CAPITULO I LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO....CAPITULO I LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO....
CAPITULO I LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO....
 
Agroindustrial casa grande
Agroindustrial casa grandeAgroindustrial casa grande
Agroindustrial casa grande
 
Estructura de los fondos publicos
Estructura de los fondos publicosEstructura de los fondos publicos
Estructura de los fondos publicos
 
Diapositiva auditoria final
Diapositiva auditoria finalDiapositiva auditoria final
Diapositiva auditoria final
 
Toma de desiciones ferreteria forty
Toma de desiciones ferreteria fortyToma de desiciones ferreteria forty
Toma de desiciones ferreteria forty
 
Analisis financiero de yura s.a.
Analisis financiero de yura s.a.Analisis financiero de yura s.a.
Analisis financiero de yura s.a.
 
Acta inicial
Acta inicialActa inicial
Acta inicial
 
RER
RERRER
RER
 
La administracion financiera del estado
La administracion financiera del estadoLa administracion financiera del estado
La administracion financiera del estado
 
Hallazgos de Auditoría y Cartas de Control Interno
Hallazgos de Auditoría y Cartas de Control InternoHallazgos de Auditoría y Cartas de Control Interno
Hallazgos de Auditoría y Cartas de Control Interno
 
Comparacion nagas y nias
Comparacion nagas y nias  Comparacion nagas y nias
Comparacion nagas y nias
 
Planificacion y presupuesto 20-06-14
Planificacion y presupuesto 20-06-14Planificacion y presupuesto 20-06-14
Planificacion y presupuesto 20-06-14
 
Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...
Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...
Fedegan_Animal_Ganadero_Colombia_Normatividad_Capitulo_V_Ley_101_1993_Contrib...
 
Caracteristicas del enfoque de auditoria
Caracteristicas del enfoque de auditoriaCaracteristicas del enfoque de auditoria
Caracteristicas del enfoque de auditoria
 
practica contable minera 01
practica contable minera 01practica contable minera 01
practica contable minera 01
 
PRESUPUESTO EN EL SECTOR PUBLICO
PRESUPUESTO EN EL SECTOR PUBLICOPRESUPUESTO EN EL SECTOR PUBLICO
PRESUPUESTO EN EL SECTOR PUBLICO
 
Contabilidad gubernamental
Contabilidad gubernamentalContabilidad gubernamental
Contabilidad gubernamental
 
Diagrama de gantt y auditoria
Diagrama de gantt y auditoriaDiagrama de gantt y auditoria
Diagrama de gantt y auditoria
 

Destacado

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.
ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.
ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.
UFPS
 
Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...
Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...
Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...
EUROsociAL II
 
Presupuesto público colombia
Presupuesto público colombiaPresupuesto público colombia
Presupuesto público colombia
killero-1
 
Presupuesto Público
Presupuesto PúblicoPresupuesto Público
Presupuesto Público
hgordillo
 
Presupuesto diapositivas
Presupuesto diapositivasPresupuesto diapositivas
Presupuesto diapositivas
oskrvqz12
 
Tema 1 presupuestos
Tema 1 presupuestosTema 1 presupuestos
Tema 1 presupuestos
tutor03770
 
Ley 715 del 2001
Ley 715 del 2001Ley 715 del 2001
Ley 715 del 2001
lipilenguas
 

Destacado (20)

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.
ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.
ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.
 
Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...
Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...
Modelo Presupuestal Colombiano: hacia la efectividad del gasto público / Fern...
 
Presupuesto público colombia
Presupuesto público colombiaPresupuesto público colombia
Presupuesto público colombia
 
Presupuesto Público
Presupuesto PúblicoPresupuesto Público
Presupuesto Público
 
Presupuesto diapositivas
Presupuesto diapositivasPresupuesto diapositivas
Presupuesto diapositivas
 
Guia metodologica mfmp1 0
Guia metodologica mfmp1 0Guia metodologica mfmp1 0
Guia metodologica mfmp1 0
 
SICE, CUBS Y RUPR
SICE,   CUBS  Y RUPRSICE,   CUBS  Y RUPR
SICE, CUBS Y RUPR
 
Presupuesto General de la Nación 2015 - Detalle al Congreso
Presupuesto General de la Nación 2015 - Detalle al CongresoPresupuesto General de la Nación 2015 - Detalle al Congreso
Presupuesto General de la Nación 2015 - Detalle al Congreso
 
Ley 715 de 2001
Ley 715 de 2001Ley 715 de 2001
Ley 715 de 2001
 
Introduccion Al Analisis Economico
Introduccion Al Analisis EconomicoIntroduccion Al Analisis Economico
Introduccion Al Analisis Economico
 
Sistema Nacional de Presupuesto / Ministerio de Economía y Finanzas (Perú)
Sistema Nacional de Presupuesto / Ministerio de Economía y Finanzas (Perú)Sistema Nacional de Presupuesto / Ministerio de Economía y Finanzas (Perú)
Sistema Nacional de Presupuesto / Ministerio de Economía y Finanzas (Perú)
 
Presupuesto
PresupuestoPresupuesto
Presupuesto
 
Actividad semana1 inducción a procesos pedagógicos
Actividad semana1 inducción a procesos pedagógicosActividad semana1 inducción a procesos pedagógicos
Actividad semana1 inducción a procesos pedagógicos
 
Del regimen economico y la hacienda publica
Del regimen economico y la hacienda publicaDel regimen economico y la hacienda publica
Del regimen economico y la hacienda publica
 
Principios Del Presupuesto
Principios Del PresupuestoPrincipios Del Presupuesto
Principios Del Presupuesto
 
¿Qué es un presupuesto?
¿Qué es un presupuesto?¿Qué es un presupuesto?
¿Qué es un presupuesto?
 
Cuadro comparativo presupuesto publico y privado
Cuadro comparativo presupuesto publico y privadoCuadro comparativo presupuesto publico y privado
Cuadro comparativo presupuesto publico y privado
 
Gestión Pública Sistemas Administrativos Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
Gestión Pública Sistemas Administrativos Gobierno Perú Giancarlo Merino AlamaGestión Pública Sistemas Administrativos Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
Gestión Pública Sistemas Administrativos Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
 
Tema 1 presupuestos
Tema 1 presupuestosTema 1 presupuestos
Tema 1 presupuestos
 
Ley 715 del 2001
Ley 715 del 2001Ley 715 del 2001
Ley 715 del 2001
 

Similar a Presupuesto pregrado

Diapositivas Elaboracion Po As
Diapositivas Elaboracion Po AsDiapositivas Elaboracion Po As
Diapositivas Elaboracion Po As
albertovelasquez
 
Elaboracion Poas
Elaboracion PoasElaboracion Poas
Elaboracion Poas
slimvic30
 
HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...
HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...
HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...
Yonalir
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
peryand
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
aoideontur
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
peryand
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
peryand
 

Similar a Presupuesto pregrado (20)

Diapositivas el presupuesto general del estado
Diapositivas el presupuesto general del estadoDiapositivas el presupuesto general del estado
Diapositivas el presupuesto general del estado
 
Clase 1 - La gestión presupuestaria de los organismos públicos.pdf
Clase 1 - La gestión presupuestaria de los organismos públicos.pdfClase 1 - La gestión presupuestaria de los organismos públicos.pdf
Clase 1 - La gestión presupuestaria de los organismos públicos.pdf
 
Informe Proforma Presupuestaria 2016 final
Informe Proforma Presupuestaria 2016 finalInforme Proforma Presupuestaria 2016 final
Informe Proforma Presupuestaria 2016 final
 
Presentación marco normativo ppto bolivia
Presentación marco normativo ppto boliviaPresentación marco normativo ppto bolivia
Presentación marco normativo ppto bolivia
 
Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al 29.08.2014
Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al 29.08.2014Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al 29.08.2014
Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al 29.08.2014
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Diapositivas Elaboracion Po As
Diapositivas Elaboracion Po AsDiapositivas Elaboracion Po As
Diapositivas Elaboracion Po As
 
Elaboracion Poas
Elaboracion PoasElaboracion Poas
Elaboracion Poas
 
Presupuesto publico
Presupuesto publicoPresupuesto publico
Presupuesto publico
 
Ley no 423-06_organica_de_presupuesto_para_sector_publico
Ley no 423-06_organica_de_presupuesto_para_sector_publicoLey no 423-06_organica_de_presupuesto_para_sector_publico
Ley no 423-06_organica_de_presupuesto_para_sector_publico
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
 
Directrices_de_Formulación_Presupuestaria_2022.pdf
Directrices_de_Formulación_Presupuestaria_2022.pdfDirectrices_de_Formulación_Presupuestaria_2022.pdf
Directrices_de_Formulación_Presupuestaria_2022.pdf
 
Copyfp
CopyfpCopyfp
Copyfp
 
HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...
HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...
HENRIQUEZ ORTEGA YONALIR DEL CARMEN, INFORMES DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO P...
 
TITULO XII Y XIII DE LA CONSTITUCIÓN PÓLITICA DE COLOMBIA
TITULO XII Y XIII DE LA CONSTITUCIÓN PÓLITICA DE COLOMBIATITULO XII Y XIII DE LA CONSTITUCIÓN PÓLITICA DE COLOMBIA
TITULO XII Y XIII DE LA CONSTITUCIÓN PÓLITICA DE COLOMBIA
 
Cronograma del Sistema de Planificación Nacional (1).pptx
Cronograma del Sistema de Planificación Nacional (1).pptxCronograma del Sistema de Planificación Nacional (1).pptx
Cronograma del Sistema de Planificación Nacional (1).pptx
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
 
El Presupuesto Municipal
El Presupuesto MunicipalEl Presupuesto Municipal
El Presupuesto Municipal
 

Más de LFRL

Presentacion historia de la revolucion en la republica de colombia
Presentacion historia de la revolucion en la republica de colombiaPresentacion historia de la revolucion en la republica de colombia
Presentacion historia de la revolucion en la republica de colombia
LFRL
 
100
100100
100
LFRL
 
Exposicion gasto social fernando
Exposicion gasto social fernandoExposicion gasto social fernando
Exposicion gasto social fernando
LFRL
 
Zipaquira
ZipaquiraZipaquira
Zipaquira
LFRL
 
2 politica publica_territorial gladys
2 politica publica_territorial gladys2 politica publica_territorial gladys
2 politica publica_territorial gladys
LFRL
 
CLIMA ORGANIZACIONAL
CLIMA ORGANIZACIONALCLIMA ORGANIZACIONAL
CLIMA ORGANIZACIONAL
LFRL
 
Exposicion opc
Exposicion opcExposicion opc
Exposicion opc
LFRL
 
Diapositivas campaña anolaima
Diapositivas campaña anolaimaDiapositivas campaña anolaima
Diapositivas campaña anolaima
LFRL
 
Sistemas de datación
Sistemas de dataciónSistemas de datación
Sistemas de datación
LFRL
 

Más de LFRL (11)

Mapa gestion
Mapa gestionMapa gestion
Mapa gestion
 
Presentacion historia de la revolucion en la republica de colombia
Presentacion historia de la revolucion en la republica de colombiaPresentacion historia de la revolucion en la republica de colombia
Presentacion historia de la revolucion en la republica de colombia
 
100
100100
100
 
Exposicion gasto social fernando
Exposicion gasto social fernandoExposicion gasto social fernando
Exposicion gasto social fernando
 
Zipaquira
ZipaquiraZipaquira
Zipaquira
 
2 politica publica_territorial gladys
2 politica publica_territorial gladys2 politica publica_territorial gladys
2 politica publica_territorial gladys
 
CLIMA ORGANIZACIONAL
CLIMA ORGANIZACIONALCLIMA ORGANIZACIONAL
CLIMA ORGANIZACIONAL
 
FONDO NACIONAL DEL AHORRO
FONDO NACIONAL DEL AHORROFONDO NACIONAL DEL AHORRO
FONDO NACIONAL DEL AHORRO
 
Exposicion opc
Exposicion opcExposicion opc
Exposicion opc
 
Diapositivas campaña anolaima
Diapositivas campaña anolaimaDiapositivas campaña anolaima
Diapositivas campaña anolaima
 
Sistemas de datación
Sistemas de dataciónSistemas de datación
Sistemas de datación
 

Último

Fichas de Letras para nivel primario buenísimo
Fichas de Letras para nivel primario buenísimoFichas de Letras para nivel primario buenísimo
Fichas de Letras para nivel primario buenísimo
ValentinaMolero
 
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptxPresentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
JulissaValderramos
 
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqutad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
iceokey158
 
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhPARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
angelorihuela4
 

Último (20)

CHARLA SOBRE CONTROL INTERNO - COSO III.pptx
CHARLA SOBRE CONTROL INTERNO - COSO III.pptxCHARLA SOBRE CONTROL INTERNO - COSO III.pptx
CHARLA SOBRE CONTROL INTERNO - COSO III.pptx
 
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxTEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
 
Fichas de Letras para nivel primario buenísimo
Fichas de Letras para nivel primario buenísimoFichas de Letras para nivel primario buenísimo
Fichas de Letras para nivel primario buenísimo
 
1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS
1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS
1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS
 
AUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGE
AUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGEAUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGE
AUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGE
 
GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdf
GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdfGESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdf
GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdf
 
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptxEL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
 
PLANEACION-Y-CONTROL-DE-UTILIDADES-.pptx
PLANEACION-Y-CONTROL-DE-UTILIDADES-.pptxPLANEACION-Y-CONTROL-DE-UTILIDADES-.pptx
PLANEACION-Y-CONTROL-DE-UTILIDADES-.pptx
 
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptxPresentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
 
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqutad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
 
Lecturas de Historia del Pensamiento Económico (Adrian Ravier).pdf
Lecturas de Historia del Pensamiento Económico (Adrian Ravier).pdfLecturas de Historia del Pensamiento Económico (Adrian Ravier).pdf
Lecturas de Historia del Pensamiento Económico (Adrian Ravier).pdf
 
Encuesta Expectativas - Informe Mayo 2024.pdf
Encuesta Expectativas - Informe Mayo 2024.pdfEncuesta Expectativas - Informe Mayo 2024.pdf
Encuesta Expectativas - Informe Mayo 2024.pdf
 
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad yRazon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
 
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
 
TEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdf
TEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y  EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdfTEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y  EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdf
TEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdf
 
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhPARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
 
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampasflujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
 
Desempleo en Chile para el año 2022 según criterios externos
Desempleo en Chile para el año 2022 según criterios externosDesempleo en Chile para el año 2022 según criterios externos
Desempleo en Chile para el año 2022 según criterios externos
 
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxJOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
 
Que son y los tipos de costos predeterminados
Que son y los tipos de costos predeterminadosQue son y los tipos de costos predeterminados
Que son y los tipos de costos predeterminados
 

Presupuesto pregrado

  • 1. ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA -ESAP DOCENTE: JAIME ENRIQUE ARREGOCÉS MONTERO BOGOTÁ D.C., MARZO DE 2012 PRESUPUESTO PÚBLICO COLOMBIANO NORMATIVIDAD DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
  • 2. 2 I. CONTEXTO GENERAL 1. CONCEPTO Y DEFINICIÓN  Herramienta del sector público, que le permite cumplir con la producción de bienes y servicios para satisfacer NBI de la población (ASIP).  Consiste en las previsiones anuales de ingresos y gastos de una organización, ya sea pública o privada.  Instrumento de carácter financiero y económico mediante el cual, el Estado planea y programa los ingresos y gastos en un período de tiempo determinado.
  • 3. 3 INTERRELACIONES ENTRE PRESUPUESTO, ACCIÓN ESTATAL Y ORGANIZACIÓN SOCIAL NECESIDAD PÚBLICA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS RECURSOS ACCIONES TIEMPO SOCIEDAD / ESTADO PRESUPUESTO
  • 4. 4 2. FUNCIONES DE LA ACTIVIDAD PRESUPUESTAL DEL ESTADO 1. ASIGNACIÓN DE RECURSOS Proceso mediante el cual se adelanta la provisión de Bienes y Servicios (sin exclusión); si es el Mercado el que los suministra, se presenta ineficiencia en la asignación. 2. FUNCIÓN DE DISTRIBUCIÓN No necesariamente la Distribución de la renta y la riqueza, constituye una distribución socialmente justa. Eficiencia y Equidad. 3. POLÍTICA DE ESTABILIZACIÓN Y CRECIMIENTO Instrumento eficaz para alcanzar mayores niveles de ocupación de los factores y tasas de crecimiento económico positivas, con estabilidad en el nivel de precios.
  • 5. POLÍTICA DE ESTABILIZACIÓN Y CRECIMIENTO RECURSOS SOCIEDAD ESTADO ACCIÓN PRESUPUESTARIA GASTO PUBLICO ASIGNACIÓN DISTRIBUCIÓN ESTABILIZACIÓN Povisión Bienes Sociales Reducción Desigualdad Social Motor de Crecimiento Económico EL PRESUPUESTO MÁS QUE UNA HERRAMIENTA JURÍDICO-CONTABLE CONSTITUYE UN INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN Y UN COMPONENTE IMPORTANTE DE LA POLÍTICA ECONÓMICA. ESTA ES LA RAZÓN POR LA CUAL ES INDISPENSABLE QUE EXISTA COHERENCIA ENTRE EL PRESUPUESTO Y LAS METAS Y OBJETIVOS DEFINIDOS A TRAVÉS DE LA POLÍTICA ECONÓMICA, MONETARIA Y CAMBIARIA Y LAS METAS DE CRECIMIENTO E INFLACIÓN.
  • 6. 6 II. CONTEXTO COLOMBIANO 1. RESEÑA HISTÓRICA Ley de Junio 4/1851 - Gobierno José Hilario López  Organiza la Hacienda Pública,  Establece premisas y disposiciones preliminares en materia ptal. Ley 68 de 1866 – Gobierno Tomas C. de Mosquera  El Congreso otorga facultades al ejecutivo para construir un sistema ptal.  Características básicas, controles y regulaciones de la cuenta general del pto. y del tesoro.  Instauró periodos fiscales entre el 01 de septiembre y 31 agosto (año económico de hacienda).  Desarrolló los principios de Unidad de Responsabilidad de Caja y Cuenta.  Derogó la Ley de Junio 4/1851. MENÚ
  • 7. 7 continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO  Constitución de 1886 - Gbno. Rafael Núñez (Art. 204 -208)  El presupuesto de gastos de servicios de cada Ministerio, debía ser formulado cada 2 años  No se ejecutaban gastos públicos, si no eran decretados por el Congreso, Asambleas y Consejos Municipales.  Era función de las Cámaras Legislativas aprobar los créditos adicionales, suplementarios o extraordinarios.
  • 8. 8 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO  Ley 3ª. (Código Fiscal) y 7ª. de 1916 –Gbno. José Vicente Concha  Modificó el periodo fiscal, fijándolo entre el 01 de marzo y el último día de febrero de cada año.  Dividió y reglamentó el Pto en tres partes: Rentas, Gastos y Crédito Público.  Derogó algunos artículos relacionados con el Código Fiscal (238, 274 y 275).
  • 9. 9 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO  Ley 60 de 1922 (Misión Kemmerer).  Novedoso y amplio sistema presupuestal (Ley 34 de 1923) Dividió el Ppto. en dos partes: Rentas o Ingresos Públicos y Gastos o Ley de Apropiaciones. Fusionó los Ministerios de Hacienda y del Tesoro. Reguló en un término de 60 días, el estudio, discusión y aprobación por el Congreso.
  • 10. Decreto-ley 294 de 1973 Las apropiaciones aprobadas por el Congreso eran solo lineamiento de gastos mientras el M.H autorizaba Acuerdos de Obligaciones  Giro de los recursos con criterio fiscalista y no de búsqueda de eficiencia. Manejo determinante de los recursos por parte del Sector Financiero. Prolongación de la vigencia hasta el mes de abril del año siguiente Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
  • 11. 11 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO 2. Marco Jurídico Presupuestal Constitución Política de Colombia 1991 Título XII: Del Régimen Económico y de la Hacienda Pública, Capítulos I, II, III, IV, V y VI Art. 332 al 373. Capitulo II: Art. 339: Habrá un Plan Nacional de Desarrollo, conformado por una parte general y un Plan de Inversiones de las entidades públicas. Capítulo III: Del Presupuesto. Art. 346: El Gobierno formulará anualmente el Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones que deberá corresponder al PND.
  • 12. PROCESO DE PLANIFICACIÓN POLITICAS Y ORIENTACION DE ACCIONES CARACTER OPERATIVO CON ACCIONES DE MEDIANO Y CORTO PLAZO MARCO FISCAL DE M.P (PLAN FINANCIERO) PLAN OPERATIVO ANUAL DE INV. MARCO DE GASTOS PRESUPUESTO ANUAL PAC PLAN DE DESARROLLO
  • 13. Los Planes de Desarrollo-PD son estrategias generales o disposiciones tomadas con el fin de ejecutar un proyecto que afecta toda la actividad económica, política, social y ambiental del Estado como un todo PLANES DE DESARROLLO
  • 14. 14 Ley 152 de 1994: Ley Orgánica del Plan de Desarrollo.  Ámbito de Aplicación: La Nación, Entidades Territoriales y Organismos Públicos de todo Orden.  Principios Generales: Autonomía, Coordinación, Consistencia, Prioridad del Gasto Público, Continuidad, Participación, Desarrollo Armónico de las Regiones, Eficiencia, viabilidad, entre otros.  Conformación: - Parte General (Objetivos nacionales y sectoriales, mediano y largo plazo; Metas nacionales y sectoriales; Instrumentos de armonización). - Plan de Inversiones (Proyección recursos financieros; Descripción programas, subprogramas (48); Presupuestos plurianuales; Mecanismos de ejecución). Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO
  • 15. 15 Autoridades e Instancias de Planeación y Conformación del Consejo Nacional de Planeación: Autoridades: Presidente, CONPES, DNP, MHDA-, demás Ministerios y Dptos. Administrativos. Instancias: Congreso de la República y Consejo Nacional de Planeación. Organizaciones Sociales y Económicas: -4 Por Sectores Económicos -4 Por Sectores Sociales -2 Por Sector Educativo y Cultural -1 Por Sector Universitario y 1 Ecológico -1 Por Sector Comunitario -5 Por Indígenas, Minorías Étnicas y Mujeres Entidades Territoriales: -4 Por Municipios y Distritos -4 Por las Provincias -5 Por los Dptos -1 Por Territorios Indígenas -1 Por cada Región art. 307 CP. Consejo Nacional de Planeación
  • 16. 16 continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO Elaboración Cap... IV Ley 152 Director DNP coordina con Ministerios, Entid. Territ. CSJ, la formulación inicial del Proyecto. Art. 15 Posteriormente lo presenta a consideración CONPES. El Plan de Inversiones concepto previo CONFIS. Art.17 El CONPES aprueba un documento consolidado del Proyecto del Plan. Art.17 El Presidente lo somete a consideración del CNP hasta el 15 de nov. y envía una copia al Congreso. Art.18 El CNP formula consideraciones antes del 10 enero. Art. 18 El CONPES efectúa las enmiendas pertinentes. Art.18 Elaboración, Presentación y Aprobación del Plan de Desarrollo
  • 17. ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO 17 Primer Debate en Comisiones 3ª y 4ª de ambas Cámaras en sesión conjunta 45 días improrrogables. Art. 20 En sesión plenaria de cada Cámara se aprobará el Proyecto en Segundo Debate. 45 días improrrogables Art. 21 Durante el trámite legislativo, tanto el Congreso y el Gbno. Nal. Podrán presentar modificaciones. Art. 22-23 Finalmente, si el Congreso no aprueba el Plan de Desarrollo, el Gbno. lo aprueba por Decreto-ley. Art. 25 El Ministro de Hacienda presenta el Proyecto definitivo al Congreso antes 7 febrero. Sesiones Ext. Art. 19 Presentación Aprobación Cap.. V Ley 152
  • 18. 18 Planes de Acción Art. 26 Banco de Programas y Proyectos de Inversión Art. 27 Organismos Públicos elaboran su Planes de Acción. (Programa. Gasto) Registra programas y proyectos técnica, ambiental y socioec./ente Viables. DNP conceptúa. Evaluación: Cap.. VII DNP diseña sistemas de evaluación de gestión y resultados: Políticas y Proyectos. Informe mes de abril. Art. 29 El Presidente presenta al Congreso Informe de Ejecución del Plan. Art. 30 Metas, cobertura Calidad del servicio Costos unitarios Al inicio de cada Legislatura Ejecución: Cap.. VI EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO
  • 19. TITULO XII DEL REGIMEN ECONOMICO Y DE LA HACIENDA PUBLICA
  • 20. CAPITULO III. DEL PRESUPUESTO ARTICULO 345. En tiempo de paz no se podrá percibir contribución o impuesto que no figure en el presupuesto de rentas, ni hacer erogación con cargo al Tesoro que no se halle incluida en el de gastos. Tampoco podrá hacerse ningún gasto público que no haya sido decretado por el Congreso, por las asambleas departamentales, o por los concejos distritales o municipales, ni transferir crédito alguno a objeto no previsto en el respectivo presupuesto. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 21. ARTICULO 346. El Gobierno formulará anualmente el Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones que deberá corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y lo presentará al Congreso, dentro de los primeros diez días de cada legislatura. En la Ley de Apropiaciones no podrá incluirse partida alguna que no corresponda a un crédito judicialmente reconocido, o a un gasto decretado conforme a ley anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para atender debidamente el funcionamiento de las ramas del poder público, o al servicio de la deuda, o destinado a dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 22. Las comisiones de asuntos económicos de las dos cámaras deliberarán en forma conjunta para dar primer debate al proyecto de Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 23. ARTICULO 347. El proyecto de ley de apropiaciones deberá contener la totalidad de los gastos que el Estado pretenda realizar durante la vigencia fiscal respectiva. Si los ingresos legalmente autorizados no fueren suficientes para atender los gastos proyectados, el Gobierno propondrá, por separado, ante las mismas comisiones que estudian el proyecto de ley del presupuesto, la creación de nuevas rentas o la modificación de las existentes para financiar el monto de gastos contemplados. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 24. El presupuesto podrá aprobarse sin que se hubiere perfeccionado el proyecto de ley referente a los recursos adicionales, cuyo trámite podrá continuar su curso en el período legislativo siguiente. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 25. ARTICULO 348. Si el Congreso no expidiere el presupuesto, regirá el presentado por el Gobierno dentro de los términos del artículo precedente; si el presupuesto no hubiere sido presentado dentro de dicho plazo, regirá el del año anterior, pero el Gobierno podrá reducir gastos, y, en consecuencia, suprimir o refundir empleos, cuando así lo aconsejen los cálculos de rentas del nuevo ejercicio. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 26. ARTICULO 349. Durante los tres primeros meses de cada legislatura, y estrictamente de acuerdo con las reglas de la Ley Orgánica, el Congreso discutirá y expedirá el Presupuesto General de Rentas y Ley de Apropiaciones. Los cómputos de las rentas, de los recursos del crédito y los provenientes del balance del Tesoro, no podrán aumentarse por el Congreso sino con el concepto previo y favorable suscrito por el ministro del ramo. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 27. ARTICULO 350. La ley de apropiaciones deberá tener un componente denominado gasto público social que agrupará las partidas de tal naturaleza, según definición hecha por la ley orgánica respectiva. Excepto en los casos de guerra exterior o por razones de seguridad nacional, el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 28. En la distribución territorial del gasto público social se tendrá en cuenta el número de personas con necesidades básicas insatisfechas, la población, y la eficiencia fiscal y administrativa, según reglamentación que hará la ley. El presupuesto de inversión no se podrá disminuir porcentualmente con relación al año anterior respecto del gasto total de la correspondiente ley de apropiaciones. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 29. ARTICULO 351. El Congreso no podrá aumentar ninguna de las partidas del presupuesto de gastos propuestas por el Gobierno, ni incluir una nueva, sino con la aceptación escrita del ministro del ramo. El Congreso podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Gobierno, con excepción de las que se necesitan para el servicio de la deuda pública, las demás obligaciones contractuales del Estado, la atención completa de los servicios ordinarios de la administración y las inversiones autorizadas en los planes y programas a que se refiere el artículo. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 30. Si se elevare el cálculo de las rentas, o si se eliminaren o disminuyeren algunas de las partidas del proyecto respectivo, las sumas así disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos autorizados conforme a lo prescrito en el inciso final del artículo de la Constitución. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 31. ARTICULO 352. Además de lo señalado en esta Constitución, la Ley Orgánica del Presupuesto regulará lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos de la Nación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, así como también la capacidad de los organismos y entidades estatales para contratar. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 32. ARTICULO 353. Los principios y las disposiciones establecidos en este título se aplicarán, en lo que fuere pertinente, a las entidades territoriales, para la elaboración, aprobación y ejecución de su presupuesto. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 33. ARTICULO 355. Ninguna de las ramas u órganos del poder público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado. El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional reglamentará la materia. CONSTITUCIÓN POLITICA
  • 34. 34 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO Decreto 111/96 – Compila leyes del Estatuto Orgánico del Presupuesto: Ley 38/89: Normativo del Presupuesto General de la Nación Ley 179/94: Introduce modificaciones a la Ley 38/89 Ley 225/95: Modifica la Ley Orgánica de Presupuesto Decretos Reglamentarios Decreto No. 359/95: Reglamenta la Ley 179/94 Decreto No. 568/96: Reglamenta las Leyes 179/94 y 225/95 Decreto No. 0630/96: Modifica el Decreto 359/95 Decreto No. 2260/96: Introduce modificaciones al Dcto. 568/96 Decreto 4730/05 reglamenta normas orgánica del Presupuesto
  • 35. 35 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO Decreto 115/96, 353/98: Empresas Industriales y Comerciales del Estado-EICE-, Sociedades de Economía Mixta. Resolución 036/98: Normas y procedimientos sobre registros, información y sistematización del PGN. Normativas Presupuestarias:  Ley 80/93: Estatuto de Contratación Administrativa.  Ley 617/00: Reforma parcialmente la Ley 136/94; adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto  Ley 715/01: Normas orgánicas en materia de recursos y competencias. Arts. 151-288-356-357 (Acto Legislativo 01/01).  Ley 718/01: Fondo de Compensación Interministerial (art.70. Ley38/89).  Ley 734/02: Código Único Disciplinario  Ley 819/03: Normas orgánicas en materia de Presupuesto, Responsabilidad y Transparencia Fiscal.  Ley anual de aprobación del presupuesto
  • 36. 36 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO LEY 819-2003 Normas orgánicas en materia de Presupuesto, Responsabilidad y Transparencia Fiscal  Marco Fiscal de Mediano Plazo –MFMP- – El Gobierno lo presenta a las Comisiones Económicas antes del 15 de Junio de cada vigencia. – Será estudiado y discutido durante el 1er. debate de la Ley Anual de Presupuesto. El MFMP Debe contener:  Plan Financiero  Programa Macro económico Plurianual  Metas de Superávit Primario y el Nivel de Deuda Pública  Informe de resultados Macroeconómicos y Fiscales de la Vigencia Fiscal Anterior
  • 37. 37 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO  Evaluación de las principales actividades cuasi fiscales  Estimación del Costo Fiscal de las Exenciones, Deducciones o Descuentos Tributarios existentes.  Costo Fiscal de las Leyes sancionadas en la vigencia Fiscal anterior  Relación de los Pasivos Contingentes  Indicadores de Gestión Presupuestal y de Resultado de los objetivos, planes y Programas.  Análisis del impacto fiscal de las normas (Art. 7)  Proyectos de Ley, Ordenanzas, Acuerdos que ordenen gasto o que otorguen beneficios tributarios.  Exposición de motivos y ponencias: Costos fiscales y fuentes de ingreso.
  • 38. 38 Continuación II. CONTEXTO COLOMBIANO  Vigencias Futuras Excepcionales (Art. 11)  Obras de infraestructura, energía, comunicaciones, aeronáutica, defensa y seguridad.  Trimestralmente el CONFIS debe enviar a las Comisiones Económicas del Congreso una relación de las autorizaciones aprobadas.
  • 39. 39 Continuación. II. CONTEXTO COLOMBIANO 3. CARACTERÍSTICAS DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE PRESUPUESTO – EOP 3.1 Conformación del Sistema Presupuestal: Plan Financiero: Instrumento de planificación y gestión financiera del sector público a mediano plazo, que tiene como base las operaciones efectivas de las entidades. Plan Operativo Anual de Inversiones: Diseñado por el DNP para ser aprobado por el CONPES, contiene los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas Presupuesto General de la Nación-PGN-: Elaborado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
  • 40. MFMP . Es un instrumento de referencia con perspectiva de diez años para la toma de decisiones fiscales en la elaboración de los presupuestos anuales, que tiene como objetivo promover la responsabilidad en las finanzas públicas de diferente orden. MGMP. Contiene las proyecciones para un período de 4 años de las principales prioridades sectoriales y los niveles máximos de gasto, distribuidos por sectores y componentes de gasto del Presupuesto General de la Nación, renovable anualmente. PAC. Es un instrumento de administración financiera mediante el cual se verifica y aprueba el monto máximo mensual de fondos disponibles para las entidades financiadas con los recursos del Distrito. 3.1 Conformación del Sistema Presupuestal
  • 41. 3. CARACTERÍSTICAS DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE PRESUPUESTO – EOP 3.2 Cobertura del EOP PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PRESUPUESTO NACIONAL PRESUPUESTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DEL ORDEN NACIONAL Rama Legislativa, Judicial, Ministerio Público, CGR, Organización Electoral, Rama Ejecutiva (menos entidades Descentralizadas con personería Jurídica), Policía Nacional y Servicio de La Deuda. Establecimientos Públicos del Orden nacional Distribución de los excedentes Financieros de las EICE y las SEM con régimen de aquellas Fijación de las metas financieras A todo el sector público P R I M E R N I V E L S N E I G V U E N L D O
  • 43. RESEÑA JURISPRUDENCIAL. En la sentencia C-337 de 1993, la Corte Constitucional sostuvo la tesis de que "Los principios consagrados en el estatuto Orgánico del Presupuesto, son precedentes que condicionan la validez del proceso presupuestal, de manera que al no ser tenidos en cuenta, vician la legitimidad del mismo. No son simples requisitos, sino pautas determinadas por la Ley Orgánica y determinantes de la ley anual de presupuesto".
  • 44. PLANIFICACIÓN El Presupuesto General de la Nación deberá guardar concordancia con los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo, del Plan Nacional de Inversiones, del Plan Financiero y del Plan Operativo Anual de Inversiones.
  • 45. UNIDAD DE CAJA . Con el recaudo de todas las rentas y recursos de capital se atenderá el pago oportuno de las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación.
  • 46. UNIDAD DE CAJA Los excedentes financieros de los establecimientos públicos del orden nacional son de propiedad de la Nación. El Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, determinará la cuantía que hará parte de los recursos de capital del presupuesto nacional, fijará la fecha de su consignación en la Dirección del Tesoro Nacional y asignará por lo menos el 20% al establecimiento público que haya generado dicho excedente. Se exceptúan de esta norma los establecimientos públicos que administran contribuciones parafiscales.
  • 47. UNIDAD DE CAJA  Los rendimientos financieros de los Establecimientos Públicos provenientes de la inversión de los recursos originados en los aportes de la Nación, deben ser consignados en la Dirección del Tesoro Nacional, en la fecha que indiquen los reglamentos de la presente Ley. Exceptúanse los obtenidos con los recursos recibidos por los órganos de previsión y seguridad social, para el pago de prestaciones sociales de carácter económico.
  • 48. ANUALIDAD El año fiscal comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción.
  • 49. RESEÑA JURISPRUDENCIAL . En la sentencia C-337 del 19 de agosto de 1993, la Corte Constitucional sostuvo la siguiente tesis respecto del principio de anualidad: "Este principio hace parte de nuestro ordenamiento jurídico debido a la función de control político integral del Congreso, pues a medida que éste se consolidó, reclamó para sí la intervención en los asuntos fiscales, de manera periódica y contínua. Su objetivo principal es facilitar la labor de armonizar la gestión presupuestal con otras actividades que tienen lugar también dentro del marco anual. El principio de anualidad tiene, pues, la ventaja de acomodar la gestión".
  • 50. UNIVERSALIDAD  .El presupuesto contendrá la totalidad de los gastos públicos que se espere realizar durante la vigencia fiscal respectiva. En consecuencia ninguna autoridad podrá efectuar gastos públicos, erogaciones con cargo al Tesoro o transferir crédito alguno, que no figuren en el presupuesto.
  • 51. RESEÑA JURISPRUDENCIAL  La Sala Plena de la Corte Constitucional sostuvo en la sentencia C-337 del 19 de agosto de 1993 la siguiente tesis para justificar la existencia de este principio: "Su consagración obedece a que se vio la necesidad de una concepción total, puesto que el control político fiscal exige la universalidad y no la parcialidad, en aras de la objetividad, controlando el todo, se controlan las partes, pero no lo contrario. El control político y operativo del presupuesto se puede realizar efectivamente, siempre y cuando los ingresos y gastos figuren allí. La finalidad, pues, no es otra que la efectividad del control. "Sin embargo, debe la Corte reiterar que esta Corporación ya se ha pronunciado sobre la inconstitucionalidad del principio anteriormente citado: "La Corte encuentra que el precepto de universalidad no se aviene con el actual artículo 347 de la Carta Política. El mencionado principio se predica únicamente del gasto y no de los ingresos o rentas". (Sentencia C-478 del 6 de agosto de 1992.
  • 52. PROGRAMACIÓN INTEGRAL . Todo programa presupuestal deberá contemplar simultáneamente los gastos de inversión y de funcionamiento que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su ejecución y operación, de conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes. Parágrafo. El programa presupuestal incluye las obras complementarias que garanticen su cabal ejecución.
  • 53. ESPECIALIZACIÓN Las apropiaciones deben referirse en cada órgano de la administración a su objeto y funciones, y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.
  • 54. INEMBARGABILIDAD Son inembargables las rentas incorporadas en el Presupuesto General de la Nación, así como los bienes y derechos de los órganos que lo conforman. No obstante la anterior inembargabilidad, los funcionarios competentes deberán adoptar las medidas conducentes al pago de las sentencias en contra de los órganos respectivos, dentro de los plazos establecidos para ello, y respetarán en su integridad los derechos reconocidos a terceros en estas sentencias.
  • 55. INEMBARGABILIDAD Se incluyen en esta prohibición las cesiones y participaciones de que trata el Capítulo 4 del Título XII de la Constitución Política. Los funcionarios judiciales se abstendrán de decretar órdenes de embargo cuando no se ajusten a lo dispuesto en el presente artículo, so pena de mala conducta.
  • 56. RESEÑA JURISPRUDENCIAL Al definir la constitucionalidad del artículo 16 de la Ley 38 de 1989, el juez constitucional, en sentencia C-546 del 1 de octubre de 1992, afirmó que "Para la Corte Constitucional, entonces, el principio de inembargabilidad presupuestal es una garantía que es necesario preservar y defender, ya que ella permite proteger los recursos financieros del Estado, destinados por definición, en un Estado Social de Derecho, a satisfacer los requerimientos indispensables para la realización de la dignidad humana".
  • 57. COHERENCIA MACROECONÓMICA  .El presupuesto debe ser compatible con las metas macroeconómicas fijadas por el Gobierno en coordinación con la Junta Directiva del Banco de la República.
  • 58. HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL. El crecimiento real del Presupuesto de Rentas incluida la totalidad de los créditos adicionales de cualquier naturaleza, deberán guardar congruencia con el crecimiento de la economía, de tal manera que no genere desequilibrio macroeconómico.
  • 59. HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL Cuando por circunstancias extraordinarias la Nación perciba rentas que puedan causar un desequilibrio macroeconómico, el Gobierno Nacional podrá apropiar aquellas que garanticen la normal evolución de la economía y utilizar los excedentes para constituir y capitalizar un Fondo de recursos del superávit de la Nación.
  • 60. HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL El capital del Fondo y sus rendimientos se invertirán en activos externos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o de tal forma que no afecten la base monetaria; podrán estar representados en títulos de mercado, o de deuda pública externa colombiana adquiridos en el mercado secundario y en inversiones de portafolio de primera categoría en el exterior.
  • 61. El Gobierno podrá transferir los recursos del fondo al Presupuesto General de la Nación de tal manera que éste se agote al ritmo de absorción de la economía, en un periodo que no podrá ser inferior a ocho años desde el momento que se utilicen por primera vez estos recursos. Esta transferencia se incorporará como ingresos corrientes de la Nación. Parágrafo. Los gastos financiados con base en estas rentas deberán presentarse por parte del Gobierno a aprobación del Congreso. HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL
  • 62. III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 63. COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PRESUPUESTO DE RENTAS LEY DE APROPIACIONES DISPOSICIONES GENERALES GASTOS INGRESOS CORRIENTES RECURSOS DE CAPITAL FONDOS ESPECIALES CONTRIB. PARAFISCALES INGRESOS ESTAPÚBLICOS FUNCIONAMIENTO SERVICIO DE LA DEUDA INVERSIÓN
  • 64. INGRESOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN INGRESOS DE LA NACIÓN INGRESO DE LOS ESTA PÚBLICOS Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 65. INGRESOS DE LA NACION INGRESOS CORRIENTES RECURSOS DE CAPITAL RENTAS PARAFISCALES FONDOS ESPECIALES Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 66. TRIBUTARIOS NO TRIBUTARIOS Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL INGRESOS CORRIENTES
  • 68. NO TRIBUTARIOS TASAS MULTAS Y CONTRIBUCIONES Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 69. ENAJENACIÓN DE ACTIVOS EXCEDENTES FCIEROS ENT. DESCENT. RECURSOS DEL CRÉDITO INTERNO RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO OTROS RECURSOS DE CAPITAL REINTEGROS Y OTROS RECURSOS NO APROP. RECUPERACIÓN DE CARTERA RECURSOS DE CAPITAL RENDIMIENTOS FINANCIEROS Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 70. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS RECURSOS PROPIOS APORTES DE LA NACIÓN Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 71. PRESUPUESTO DE GASTOS INVERSION SERVICIO DE LA DEUDA FUNCIONAMIENTO Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 73. GASTOS DE PERSONAL SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS CONTRIBUC. INHERENTES A LA NOMINA DEL S. PUB. CONTRIB. INHERENTES A LA NOMINA DEL S.PRIV. Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 74. SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA HORAS EXTRAS Y DÍAS FESTIVOS INDEMNIZACIÓN POR VACACIONES PRIMA TÉCNICA GASTOS REPRESENTACIÓN BONIFICACIÓN POR SERVICIOS PRESTADOS SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN AUXILIO DE TRANSPORTE PRIMA DE SERVICIO
  • 75. PRIMA DE VACACIONES PRIMA DE NAVIDAD PRIMAS EXTRAORDINARIAS BONIFICACIÓN ESPECIAL DE RECREACIÓN SUELDOS COMISIONES AL EXTERIOR SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA
  • 76. SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS JORNALES PERSONAL SUPERNUMERARIO HONORARIOS HONORARIOS TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO REMUNERACIÓN SERVICIOS TÉCNICOS HORAS CÁTEDRA CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA DEL SECTOR PRIVADO CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA DEL SECTOR PUBLICO
  • 77. GASTOS GENERALES ADQUISICIÓN DE BIENES ADQUISICIÓN DE SERVICIOS Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 78. ADQUISICIÓN DE BIENES COMPRA DE EQUIPO MATERIALES Y SUMINISTROS GASTOS IMPREVISTOS SOSTENIMIENTO DE SEMOVIENTES GASTOS RESERVADOS CAPACITACIÓN, BIENESTAR SOCIAL Y ESTÍMULOS Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 79. ADQUISICIÓN DE SERVICIOS MANTENIMIENTO SERVICIOS PÚBLICOS ARRENDAMIENTOS VIÁTICOS Y GASTO DE VIAJE IMPRESOS Y PUBLICACIONES COMUNICACIONES Y TRANSPORTE GASTOS JUDICIALES SEGUROS GASTOS DE OPERACIÓN ADUANERA GASTOS IMPREVISTOS TRANSPORTE DE PRESOS SOSTENIMIENTO DE EMBAJADAS Y CONSULADOS GASTOS RESERVADOS APOYO A OPERACIONES MILITARES Y POLICIALES DEFENSA HACIENDA PUBLICA CAPACITACIÓN, BIENESTAR SOCIAL Y ESTÍMULOS
  • 80. TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 81. SERVICIO DE LA DEUDA EXTERNA INTERNA Continuación III. ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
  • 83. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN PROGRAMAS Son los constituidos por las apropiaciones destinadas a actividades homogéneas en un sector de acción económica, social, financiera o administrativa a fin de cumplir con las metas fijadas por el Gobierno Nacional, a través de la integración de esfuerzos con recursos humanos, materiales y financieros asignados. SUBPROGRAMAS Son el conjunto de proyectos de inversión destinados a facilitar la ejecución en un campo específico en virtud del cual se fijan metas parciales que se cumplen mediante acciones concretas que realizan determinados órganos. Es una división de los Programas.
  • 84. 84 IV. PROCESO PRESUPUESTAL MENÚ PROGRAMACIÓN PRESENTACIÓN PROYECTO ESTUDIO Y APROBACIÓN LIQUIDACIÓN SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN EJECUCIÓN ETAPAS DEL CICLO PRESUPUESTAL
  • 85. Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL FIJAN Metas Macroeconómicas • Inflación • Devaluación • Crecimiento • Deuda • Déficit Fiscal Consistentes con el FMIConsistentes con el FMI
  • 86. Entorno macroeconómicoContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL Responsables de la Elaboración del Presupuesto Inversión Disposiciones Generales Funcionamiento Servicio de la Deuda Presupuesto de Rentas
  • 87. Instrumentos Presupuesto General de la Nación - PGN Al Congreso a más tardar el 29 de julio Marco Fiscal de Mediano Plazo - MFMP Proyecciones a 10 años Presentar al Congreso antes del 15 de junio Plan Operativo Anual de Inversiones CONPES Antes del 15 de julio Marco de Gasto de Mediano Plazo – MGMP a 4 años Antes del 30 de junio Aprueba Consejo de Ministros LEY 819/03 DECRETO 4730/05 EOP ART. 59 SISTEMA FISCAL Y PRESUPUESTAL (El MGMP como vínculo entre el MFMP y el PGN)
  • 88. Fijación meta de inversión en Plan Financiero, Distribución y cuota de inversión por sectores. (Marzo, Abril) Entidades envían anteproyecto de Inversión (Abril, Mayo) Comités funcionales de Inversión (Abril, Mayo) Elaboración del POAI (Mayo y Junio) Presentación del POAI a consideración Del CONPES (Junio) MHCP presenta al Congreso PGN (primeros diez días de cada legislatura) Envío del POAI a DGPN del MHCP (Antes del 20 de julio) Inscripción y Revisión Proyectos Inscritos en BPIN . Remisión Proyectos a DA o Min. Competente . Concepto Dirección Técnica DNP (Plazo Marzo 1) DGPN consolida PGN (Func. – Inv.) (antes del 20 de julio) DGPN recibe Proy. Inversión del DNP (antes del 20 de julio) DGPN elabora Disposiciones Generales (antes del 20 de julio) DGTCP envía a la DGPN el anteproyecto Verific. de Serv. de la Deuda de EP. (antes de 30 de Abril) DGPN envía a la DGTCP la relación del Servicio de la Deuda para su verificación (antes del 15 de abril) DGPN envía al Congreso copia del anteproyecto (Primera semana de abril) EntidadesenvíanaDGPNelanteproyectode presupuesto(antesdel15deMarzo) INVERSIÓN FUNCIONAMIENTO Plan Nal. De Desarrollo Plan Financiero PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
  • 89. 89 REPETICIÓN DEL PRESUPUESTO (Art. 64 Dcto. 111/96) Sentencia C – 1645/00 Si el Proyecto de PGN no es presentado por el Gno. Durante 10 primeros días Leg. El Gobierno expide Decreto De Repetición antes 10 dicie. (Art. 348 de la C P) Preparación del Decreto de Repetición Reducir gastos y Fusionar cargos Presupuesto del Año anterior Los créditos adicionales Aprobados año fiscal en curso Los traslados de apropiaciones Efectuadas al Pto. Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 90. Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL Inscripción de Proyectos en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional - BPIN Entidades Formulan Proyectos en Metodología y registran Ficha EBI en BPIN Ministerios o Departamentos Administrativos Registran y emiten Concepto de Viabilidad Dirección Técnica del DNP Control Posterior Dirección Técnica registra en el BPIN del DNP Solo los proyectos registrados a 1 de abril del año anterior al que se está programando, harán parte del POAI
  • 91. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL Comités Preliminares de Ingreso Conformado por: Un Representante de la DGPN Un Representante de la DIFP del DNP Un Representante del área financiera y uno de la Oficina de Planeación del Establecimiento Público  Se estudia y se determina la proyección de Ingresos Propios de la entidad para la siguiente vigencia.  Se determina el monto que se requiere para financiar gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión de la entidad.
  • 92. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL Asignación de Cuotas Cupo Asignado a Inversión en Plan Financiero Fondos Especiales Vigencias Futuras Leyes Proyectos Prioritarios del Gobierno Crédito Externo Presupuesto Flexible Fosyga Regalías Solidaridad Pensional Compensación Ambiental Defensa y Justicia Inflexibilidades Ley de Vivienda Universidades Plan Colombia Subsidios Eléctricos BIRF BID Otros
  • 93. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónPROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTOContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL Priorización de recursos de inversión proyectos con mayor rentabilidad económica y social lograr altos niveles de productividad y mayor crecimiento económico y bienestar social Comunicación de cuotas de inversión a cada una las entidades, adscritas por parte de los Ministerios y/o Departamentos Administrativos DNP: distribuye y comunica a cada Ministerio, Dpto Admitivo las cuotas según la meta de inversión establecida para el sector público Minhacienda +DNP: presentan a consideración del CONPES El Plan Financiero, con concepto previo del CONFIS Anteproyecto de Inversión del Sector Anteproyecto de Inversión de la entidad Preparación del Anteproyecto de Inversión
  • 94. Inscripción y Revisión de Proyectos Inscritos en BPIN (DT) Dic,Feb y Marzo Comités Preliminares de Ingresos Marzo Asignación cuotas de Inversión Marzo - Abril Presentación a comisiones económicas del Congreso Abril PND Plan Fin. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónPROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTOContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 95. Presentación a las Comisiones Económicas El Gobierno Nacional durante la primera semana del mes de abril presentará el anteproyecto de Presupuesto a las Comisiones económicas de Senado y Cámara, el cual presentará en forma definitiva dentro de los diez primeros días de la primera legislatura (20 de julio) Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 96. Inscripción y Revisión de Proyectos Inscritos en BPIN (DT) Dic,Feb y Marzo Comités Preliminares de Ingresos Marzo Asignación cuotas de Inversión Marzo - Abril Presentación a comisiones económicas del Congreso Abril Entidades Envían Anteproyectos Abril - Mayo PND Plan Fin. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 97. Los anteproyectos contienen todos los proyectos de inversión identificando:  Fuentes de financiación  Usos  Regionalización Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 98. Fuentes de Financiamiento  Aportes de la Nación  Ordinarios Ingresos Corrientes Fondos Especiales Otros Ingresos del Tesoro Recursos del Crédito Externo Previa Autorización  Específicos Crédito Externo con Destinación Específica Donaciones  Recursos Propios Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 99. USOSGastos de Personal Gastos Generales Inversiones Financieras Inversión Neta Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 100. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL Regionalización Información concerniente a la identificación de la(s) región(es) y/o departamento(s) en el(las) cual(les) se ubica geográficamente cada proyecto. Anteproyecto de Presupuesto General de Inversión
  • 101. Inscripción y Revisión de Proyectos Inscritos en BPIN (DT) Dic,Feb y Marzo Comités Preliminares de Ingresos Marzo Asignación cuotas de Inversión Marzo - Abril Presentación a comisiones económicas del Congreso Abril Entidades Envían Anteproyectos Abril - Mayo Comités Funcionales de Inversión Abril - Mayo PND Plan Fin. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 102. Comités Funcionales de Inversión Conformado por: Un Representante del DGPN Un Representante del Ministerio o Departamento Administrativo respectivo (Oficina de Planeación o Viceministerio) Representantes de la Entidad respectiva Funcionario de la Dirección Técnica respectiva del DNP Funcionario(s) de la DIFP Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 103. Para que son?  Se discute el anteproyecto de inversión presentado por la entidad.  Se presentan los principales proyectos de la entidad.  Se aclaran dudas con respecto a las Leyendas Previo Concepto DNP y Previa Distribución  Se resuelven inquietudes con respecto a la ejecución de los proyectos  Se discute la priorización y distribución de la cuota presentada por la entidad Comités Funcionales de Inversión Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 104. Inscripción y Revisión de Proyectos Inscritos en BPIN (DT) Dic,Feb y Marzo Comités Preliminares de Ingresos Marzo Asignación cuotas de Inversión Marzo - Abril Presentación a comisiones económicas del Congreso Abril Entidades Envían Anteproyectos Abril - Mayo Comités Funcionales de Inversión Abril - Mayo Elaboración del POAI Mayo - Junio PND Plan Fin. Modificaciones Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 105. Inscripción y Revisión de Proyectos Inscritos en BPIN (DT) Dic,Feb y Marzo Comités Preliminares de Ingresos Marzo Asignación cuotas de Inversión Marzo - Abril Presentación a comisiones económicas del Congreso Abril Entidades Envían Anteproyectos Abril - Mayo Comités Funcionales de Inversión Abril - Mayo Elaboración del POAI Mayo - Junio Presentación al CONPES del POAI Junio - Julio PND Plan Fin. Modificaciones Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 106.  El DNP someterá el POAI a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONPES  Una vez aprobado se constituye en la base del Proyecto de Presupuesto de Inversión Sometimiento del Plan Operativo Anual de Inversiones al CONPES Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 107.  Cómo se forma? Código Presupuestal PROGRAMA 4 DÍGITOS SUBPROGRAMA 4 DÍGITOS PROYECTO 4 DÍGITOS SUBPROYECTO 4 DÍGITOS Tipo específico De Gasto de Inversión + + + Sector de Inversión Provienen de la Ficha EBI (Clasificación) Secuencial (Sistema) Secuencial No deben estar en la etapa de Programación Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 108. Remisión del Proyecto de Presupuesto Por parte del DNP a la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con el fin de que sea consolidado e incluido en el Proyecto de Presupuesto General de la Nación, antes del 20 de julio del año en curso Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 109. Antes del 15 de septiembre Traslados, adiciones, reducciones, aclaraciones de leyenda, cambios de recurso. Del 16 de septiembre al 20 de octubre Traslados, aclaraciones de leyenda, cambio de recurso. ¿Que Modificaciones se pueden hacer durante el estudio del PGN en el Congreso? Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 110. Entidades Congreso de la República Ministerio de Hacienda Departamento Nacional de Planeación ¿Quién propone estas modificaciones? Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 111. Sección: 4 dígitos (Nombre de la Entidad) A. Presupuesto de Funcionamiento B. Servicio de la deuda C. Presupuesto de inversión Programa: 4 dígitos Subprograma: 4 dígitos La Ley de Presupuesto se aprueba a nivel de: Sección: 0301 Departamento Nacional de Planeación A. Presupuesto de Funcionamiento......................................................$$ B. Servicio de la Deuda........................................................................$$ C. Inversión...........................................................................................$$ 0520 Administración, control y organización institucional para apoyo a la administración del Estado..........................................$$ 1000 Intersubsectorial Gobierno........... ................................$$ Por ejemplo: Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 112. Traslados Entre proyectos que se encuentren dentro de una misma sección y clasificados en el mismo programa y subprograma Cambio de fuente Entre recursos que estén en el mismo nivel rentístico Aclaraciones de Leyenda Levantamiento de leyendas “PREVIO CONCEPTO DNP” Correcciones de leyenda por errores de trascripción y/o aritméticos ¿Que Modificaciones se pueden hacer después del 20 de octubre? Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 113. Entidades Congreso de la República (Proposiciones) Ministerio de Hacienda Departamento Nacional de Planeación ¿Quién propone estas modificaciones? Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 114. Corresponde al Gobierno dictar el Decreto de Liquidación del PGN. La Preparación estará a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Pautas:  Tomará como Base el Proyecto de Presupuesto presentado al Congreso  Insertará las modificaciones realizadas Liquidación del Presupuesto Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 115. Se presenta un Anexo el cual contiene el detalle del gasto clasificado en secciones o entidades presupuestales distinguiendo en cada una el funcionamiento, Servicio de la deuda y los gastos de inversión. Los gastos de inversión se clasificarán en Programas y Subprogramas Liquidación del Presupuesto Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 116. Sección: 4 dígitos (Nombre de la Entidad) Unidad: 6 dígitos (Nombre de la Unidad ejecutora) A. Presupuesto de Funcionamiento Cuenta Subcuenta Objeto del gasto Ordinal Recurso B. Servicio de la deuda Cuenta Subcuenta Objeto del gasto Ordinal Recurso C. Presupuesto de inversión Programa Subprograma Proyecto Recurso Aspectos Generales del Proceso Presupuestal de la Inversión Pública Colombiana Etapas del Proceso de Programación Presupuestal de la Inversión El Decreto de Liquidación se aprueba a nivel de: Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 117. Sección: 0301 Departamento Nacional de Planeación Unidad: 030101 Gestión General A. FUNCIONAMIENTO 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO 3 2 1 ADMINISTRACIÓN PUBLICA CENTRAL 3 2 1 1 CUOTA DE AUDITAJE CONTRANAL 10 RECURSOS CORRIENTES C. INVERSIÓN 520 ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 520 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 520 1000 5 ASISTENCIA PROYECTO DE APOYO ADMINISTRATIVO Y LOGÍSTICO AL CONSEJO NACIONAL DE PLANEACIÓN 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO Aspectos Generales del Proceso Presupuestal de la Inversión Pública Colombiana Etapas del Proceso de Programación Presupuestal de la Inversión Por ejemplo: Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 118. Este proceso está a cargo de las entidades. Las apropiaciones incluidas en el PGN se entienden ejecutadas cuando han desarrollado el objeto de la apropiación para la cual fueron programadas en la respectiva vigencia fiscal. Durante la EJECUCIÓN el Departamento Nacional de Planeación realiza el Seguimiento Presupuestal del Presupuesto General de Inversión de la Nación Ejecución de la Inversión Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 119. Apropiación Las apropiaciones incluidas en el PGN son autorizaciones máximas de gasto que el Congreso aprueba para ser comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva. Después del 31 de diciembre de cada año estas expiran y en consecuencia no podrán modificarse ni comprometerse según el Art. 89 del EOP. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 120. Compromisos Es el que se adquiere con cargo a una apropiación, mediante un convenio o contrato legalmente constituido. Las entidades deben comprometer los recursos apropiados entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de cada año. Los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 121. Programa Anual de Caja - PAC Es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles en la Cuenta Única Nacional, en el caso de los órganos financiados con recursos de la Nación y el tope de pagos de los establecimientos públicos en lo que se refiere a ingresos propios, para efectuar el pago de los compromisos. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 122. Programa Anual de Caja - PAC Clasificaciones del PAC 1. Vigencia 1: Apropiaciones de la vigencia actual que se va a ejecutar en la misma vigencia. 2. Vigencia 2: PAC rezagado de la vigencia inmediatamente anterior 3. Vigencia 3: PAC que no cuenta con respaldo de recursos para la presente vigencia y se prevé que va a quedar rezagado para la vigencia siguiente Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 123. Programa Anual de Caja - PAC Clasificaciones del PAC De acuerdo con la situación de fondos se clasifica en: 1. PAC CSF: requiere un giro por parte de la Tesorería. 2. PAC SSF: No requiere giro por parte de la Tesorería, sino que se maneja a través de unos fondos especiales en las cuentas de las entidades. Necesita PAC para su ejecución. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 124. Pagos Son la cancelación total o parcial de un compromiso legalmente constituido Se deben hacer teniendo en cuenta la forma de pago pactada en el contrato y el PAC Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 125. Cuentas por Pagar Son aquellos compromisos que quedan pendiente de pago para la siguiente vigencia fiscal, y se presentan en los siguientes casos: Cuando el bien y/o servicio se ha recibido a satisfacción a 31 de diciembre. Cuando en desarrollo de un contrato se han pactado anticipos y estos no fueron cancelados. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 126. Reservas Compromisos legalmente constituidos pero cuyo objeto no fue cumplido dentro del año fiscal que termina y serán pagados dentro de la vigencia siguiente Las cuentas por pagar y las reservas de apropiación afectan el presupuesto de la vigencia en la que fueron constituidas. Las cuentas por pagar y las reservas constituidas, que no se ejecuten durante el año de su vigencia, fenecerán. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 127. Seguimiento 1. Pérdida de apropiación (Compromisos por entidad y por proyecto)  Bimestral 2. Rutas Críticas  Trimestral 3. Ejecución regionalizada del presupuesto  Trimestral Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 128. Solicitud de la entidad dirigida a la DIFP DIFP Registra la solicitud, consulta viabilidad presupuestal y revisa si la documentación está completa DIFP envía a DIRECCION TECNICA respectiva DIRECCION TECNICA estudia justificación, analiza solicitud y emite concepto técnico y lo envía a la DIFP DIFP envía comunicación a la entidad La modificación es viable Presupuestalmente ? Concepto Técnico favorable ? DIFP envía Concepto a la entidad DIFP envía Copia de Concepto A Minhacienda SI NO NO SI Esquema de Trámites Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 129. ADICIONES TRASLADO ENTRE FUNCIONAMIENTO, SERVICIO DE LA DEUDA E INVERSIÓN REDUCCIONES Y SUSPENSIONES EQUILIBRIO DECRETADO POR SUSPENSIÓN MIENTRAS SE EXPIDE LEY DE FINANCIAMIENTO CONGRESO GOBIERNO: ESTADO EXCEPCIÓN CONGRESO GOBIERNO: ESTADO EXCEPCIÓN GOBIERNO, PREVIO C. MINISTROS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
  • 130. Afectaciones, Modificaciones y Autorizaciones al Presupuesto de Inversión AFECTACIONES AL PRESUPUESTO PREVIO CONCEPTO PREVIA DISTRIBUCIÓN ACLARACIÓN DE LEYENDA RECURSO 13 APLAZAMIENTO Y RECORTE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES TRASLADOS, CAMBIOS DE FUENTE Y ADICIONES AUTORIZACIONES VIGENCIAS FUTURAS VIGENCIAS EXPIRADAS Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 131. Afectaciones al Presupuesto PREVIO CONCEPTO Determinada por las Direcciones Técnicas del DNP, cuando la información de los proyectos es deficiente o no se ha definido claramente la utilización de los recursos. La entidad debe solicitar el levantamiento durante la vigencia, adjuntando la información requerida por las Direcciones Técnicas. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 132. PREVIA DISTRIBUCIÓN Es un movimiento a través del cual una entidad desagrega parcial o totalmente los recursos asignados a un proyecto determinado entre uno o varios subproyectos. Estas distribuciones se realizan sobre los proyectos que tiene la leyenda “Distribución previo concepto DNP”. Afectaciones al Presupuesto Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 133. PREVIA DISTRIBUCIÓN La leyenda es impuesta por las Direcciones Técnicas del DNP a proyectos globales cuyas actividades o desagregación regional no esta bien definida en el momento de realizar el proceso de programación. Puede ser solicitada durante la vigencia fiscal, adjuntando la información requerida por las Direcciones Técnicas e inscribiendo los subproyectos correspondientes. Afectaciones al Presupuesto Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 134. ACLARACIÓN DE LEYENDA Esta figura sólo permite enmendar errores de trascripción o aritméticos que aparezcan en los Decretos de Liquidación del Presupuesto. Es importante anotar que este movimiento no permite cambiar la destinación del gasto original del proyecto. Afectaciones al Presupuesto Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 135. RECURSO 13 /18 Apropiaciones financiadas con recursos de crédito externo previa autorización, que dependen de la colocación de bonos en el exterior. La Autorización para adquisición de compromisos financiados con Recurso 13, se da en la medida en que la situación fiscal lo permita. El Recurso 18 corresponde a créditos autorizados pero no contratados y su ejecución queda sujeta a la firma de la Operación Afectaciones al Presupuesto Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 136. APLAZAMIENTO Y RECORTE Permiten ajustar el gasto público cuando los recaudos del año sean inferiores a los programados, no se perfeccionan los recursos de crédito autorizados, o la coherencia macroeconómica lo exija. Impide la adquisición de compromisos con cargo a recursos decretados en el PGN, disminuyendo su apropiación o aplazando su ejecución por un determinado tiempo. Se pueden realizar en cualquier mes del año fiscal, previo concepto del Consejo de Ministros. Afectaciones al Presupuesto Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 138. TRASLADO PRESUPUESTAL Es un movimiento a través del cual una entidad, motivada por una razón económica justificada, considera la necesidad de contracreditar los recursos libres de afectación de un proyecto para acreditarlos a otro. Modificaciones Presupuestales Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 139. TRASLADO PRESUPUESTAL Si el traslado se realiza entre proyectos que se encuentren clasificados en diferentes programas y/o subprogramas y/o entidades, se requiere presentar la modificación a consideración del Congreso a través de un Proyecto de Ley Los traslados que no afectan el valor de las entidades programas y subprogramas no requieren de Ley y se realizan en el Decreto, mediante resolución. Modificaciones Presupuestales Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 140. CAMBIO DE FUENTE DE FINANCIACIÓN Es un movimiento mediante el cual se cambia la fuente de financiación o recurso de un proyecto. Cuando el cambio no modifica el monto total de cada nivel rentístico aprobado por el Congreso, lo aprueba el Ministerio de Hacienda y Crédito Público previo concepto del DNP, para gastos de inversión. Cuando lo modifica, requiere de aprobación por Ley. Modificaciones Presupuestales Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 141. CAMBIO DE FUENTE DE FINANCIACIÓN NIVELES RENTÍSTICOS Aportes Nación Recursos propios Ingresos Corrientes 10 20 Recursos de Capital 11 13 14 15 18 21 22 23 24 25 Rentas Parafiscales 17 27 Fondos Especiales 16 26 Modificaciones Presupuestales Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 142. ADICIONES Es un movimiento a través del cual una entidad encuentra la necesidad de incorporar recursos en el presupuesto provenientes de mayores recaudos en sus ingresos corrientes, en sus recursos de capital, o de aportes de la nación. Estos ingresos adicionales alteran el monto global del Presupuesto aprobado por el Congreso, y por lo tanto su incorporación al Presupuesto es mediante Ley. Modificaciones Presupuestales Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 143. ADICIONES Las adiciones permiten financiar nuevos proyectos o incrementar el valor de la apropiación en proyectos existentes. Los nuevos proyectos deben ser inscritos y viabilizados en el Banco de Proyectos y además deben ser desagregados por usos, fuentes y regionalización. Las adiciones en virtud de convenios celebrados con otras entidades que hagan parte del PGN no requieren aprobación del Congreso Modificaciones Presupuestales Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 144. Afectaciones, Modificaciones y Autorizaciones al Presupuesto de Inversión AFECTACIONES AL PRESUPUESTO PREVIO CONCEPTO y PREVIA DISTRIBUCIÓN ACLARACIÓN DE LEYENDA RECURSO 13 APLAZAMIENTO Y RECORTE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES TRASLADOS, CAMBIOS DE FUENTE Y ADICIONES AUTORIZACIONES VIGENCIAS FUTURAS VIGENCIAS EXPIRADAS Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de Inversión Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 145. Autorizaciones VIGENCIAS FUTURAS Una vigencia futura es una autorización para la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias siguientes, cuando su ejecución se inicie con apropiación de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas. A través de este movimiento se garantiza la inclusión de los recursos en el POAI para proyectos que contemplan más de una vigencia fiscal. Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 146. VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES Las obras de infraestructura como energía, comunicaciones, aeronáutica, defensa y seguridad, y las garantías a las concesiones, se consideran situaciones excepcionales en las que el CONFIS podrá autorizar la asunción de compromisos que afecten vigencias futuras sin que exista apropiación o afectación presupuestal en la vigencia en que se autorizan. Autorizaciones Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 147. VIGENCIAS FUTURAS Tienen el inconveniente de inflexibilizar el presupuesto de inversión de la entidad. Esta modificación no requiere de Ley, pero si aprobación del CONFIS, organismo directo responsable de dar autorización. Para la solicitud de vigencias futuras se debe anexar el objeto del contrato involucrado en el proyecto, el programa de inversiones, detallado por año, montos y fuentes de financiación, la justificación socioeconómica y la razón para contar con estos recursos en vigencias posteriores. Autorizaciones Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 148. VIGENCIAS EXPIRADAS Se refiere a los compromisos adquiridos legalmente por la entidad en una vigencia fiscal, que no son cumplidos durante la misma y por consiguiente se hace necesario el pago de la suma respectiva en otra vigencia. El pago de pasivos de vigencias expiradas se realiza mediante un traslado presupuestal con cargo a recursos de libre afectación del proyecto que dio origen al compromiso en vigencias pasadas. Autorizaciones Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 149. VIGENCIAS EXPIRADAS Se debe anotar que al realizar dicho movimiento es necesario informar a la Contraloría General de la República para la investigación respectiva Autorizaciones Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 150. DOCUMENTACIÓN NECESARIA  Solicitud de la entidad dirigida a la DIFP, firmada por el ministro, director u ordenador del gasto  Justificación técnica y económica  Certificado de Disponibilidad Presupuestal  Actualización de la ficha EBI, o inscripción de proyectos en el BPIN del DNP previa viabilidad del ministerio respectivo.  Para Vigencias Futuras, anexar el programa de inversiones de cada año con fuentes de financiación  Para Vigencias Expiradas, el CDP del año que se generó Afectaciones, Modificaciones y Autorizaciones al Presupuesto de Inversión Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 151. Solicitud de la entidad dirigida a la DIFP DIFP Registra la solicitud, consulta viabilidad presupuestal y revisa si la documentación está completa DIFP envía a DIRECCION TECNICA respectiva DIRECCION TECNICA estudia justificación, analiza solicitud y emite concepto técnico y lo envía a la DIFP DIFP envía comunicación a la entidad La modificación es viable Presupuestalmente ? Concepto Técnico favorable ? DIFP envía Concepto a la entidad DIFP envía Copia de Concepto A Minhacienda SI NO NO SI Esquema de Trámites Departamento Nacional de Planeación República de Colombia Presupuesto de InversiónContinuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL
  • 152. LIBROS DE PRESUPUESTO DE REGISTRO DE INGRESOS DE REGISTRO DE APROPIACIONES, COMPROMISOS, OBLIGACIONES Y PAGOS DE REGISTRO DE VIGENCIAS FUTURAS DE REGISTRO RESERVAS PRESUPUESTALES DE REGISTRO DE CUENTAS POR PAGAR
  • 153. 153 Continuación IV. PROCESO PRESUPUESTAL Es de carácter Financiero, basado legalmente en los art. 91 a 94, Decreto 111/96, y esta a cargo de la DGPN. Su objetivo está vinculado directamente con la programación y ejecución del Ppto. al Órgano respectivo. Establece el nivel de compromiso de las apropiaciones para la programación de futuras operaciones Pptales. PROCEDIMIENTOS Informes de Ejecución Análisis de informes sobre Planta de Personal Visitas de seguimiento SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO
  • 155. 155 V. CONTROL PRESUPUESTAL CONCEPTO Y DEFINICIÓN Control Comprobación Inspección Fiscalización Fiscalización Acción de fiscalizar Fisco Erario, tesoro público Ley 42 de 1923 Acto Legislativo No. 01/68 Se crea la CGR y se otorga mayores Funciones al Contralor General. Ley 42 de 1993 Organiza el Sistema de Control Fiscal y los Órganos que lo ejercen MENÚ
  • 156. 156 Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL 1. CONTROL POLÍTICO  Será ejercido por el Congreso de la República, mediante los siguientes instrumentos:  Citación a Ministros del despacho a sesiones plenarias y comisiones.  Citación Jefes Dpto. Admin. a las comisiones.  Examen a los informes que presenta el Presidente, Ministros y Jefes de Dpto. Admin. sobre ejecución de los planes y programas. (Art. 6. Ley 5/92).  La Cámara de Representantes debe “examinar y fenecer” la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro, que le presenta el CGR. (Art. 178 CP; numeral 2, art. 305, Reglamento Congreso)
  • 157. CONTROL POLÍTICO NACIONAL. Sin perjuicio de las prescripciones constitucionales sobre la materia, el Congreso de la República ejercerá el control político sobre el presupuesto mediante los siguientes instrumentos: a) Ídem Ley 5 de 1992 b) Ídem Ley 5 de 1992 c) Ídem Ley 5 de 1992 d) Análisis que adelante la Cámara de Representantes para el fenecimiento definitivo de la cuenta general del presupuesto y del tesoro, que presente el Contralor General de la República. Artículo 90 Decreto 111 de 1996
  • 158. 158 Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL  Comisión Legal de Cuentas: Examinar y proponer a consideración de la Plenaria (Cámara de Representantes) el fenecimiento de la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro (Art. 310 Ley 5ta /92).  La Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro contendrá los siguientes aspectos: a) Estados que detallen los reconocimientos de las rentas y recursos de capital contabilizados durante la vigencia. b) Resultados de la ejecución de la Ley de Apropiación. c) Estados comparativos de las rentas y recursos de capital y los gastos y reservas presupuestados para el año fiscal. d) Estados de la deuda pública nacional. e) Balance de la Nación (en forma prescrita en la Ley). f) Relación detallada de los gastos pagados durante el año fiscal cuya cuenta se rinda. g) Las recomendaciones del señor Contralor, que tenga bien presentar al Gobierno y a la Cámara sobre la cuenta general.
  • 159. 159 Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL 2. CONTROL FISCAL  Está a cargo de la CGR. Carácter Selectivo y Posterior  Sistemas de orden Financiero, de Gestión y de Resultado  Principios de Economía, Eficiencia, Eficacia, Equidad y Ambiental Artículo 95 – Control Fiscal – Decreto 111 de 1996 - ¨La Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia fiscal de la ejecución del presupuesto sobre todos los sujetos presupuestales¨.
  • 160. EL CONTROL FISCAL CONTROL FISCAL NIVEL MICRO NIVEL MACRO Decreto-Ley 267 de 2000, arts. 31 y 32
  • 161. EL CONTROL FISCAL MACRO Objetivo: Examinar el comportamiento de las finanzas públicas y el grado de cumplimiento de los objetivos macroeconómicos. 7 8 9 10 11 12 13 14 15 abr-98 sep-98 feb-99 jul-99 dic-99 may-00 oct-00 mar-01 ago-01 ene-02 jun-02 nov-02 abr-03 sep-03
  • 162. El nivel macro -Finanzas del Estado- de la vigilancia de la gestión fiscal Compilación de las estadísticas fiscales del Estado Determinación de los superávit o déficit Consistencia de la política fiscal Análisis de gestión de la política fiscal Análisis del cumplimiento de metas fiscales Valoración de los costos ambientales Certificación sobre la situación de las finanzas del Estado • Conclusiones sobre el manejo de la política fiscal • Recomendaciones al Congreso • Recomendaciones al Presidente de la República • Publicación oficial de los resultados de las finanzas del Estado Artículo 41 Ley 42 de 1993
  • 163. PRESENTACIÓN DE INFORMES AL CONGRESO POR LA CGR Artículo 255 de la Ley 5ª. De 1992
  • 164. Certificación del Balance de la Nación Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro Certificación de las Finanzas del Estado Informe sobre Estado de la Deuda Pública Informe sobre Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente Informe de Gestión anual Informe Mensual Informes al Congreso de la República
  • 165. OBJETIVO DE LA AUDITORIA AL BALANCE  Determinar la Razonabilidad de los E.F.  Conocer el estado de las Finanzas Públicas  Evaluar la calidad de la contabilidad pública  Determinar posibles irregularidades en el manejo de los recursos del Estado ¨PARÁGRAFO. Seis meses después de concluido el año fiscal, el Gobierno Nacional enviará al Congreso el balance de la Hacienda, auditado por la Contraloría General de la República, para su conocimiento y análisis¨. PARÁGRAFO ÚNICO ART. 354 C.P.
  • 166. Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro EJECUCION DE INGRESOS EJECUCION DE GASTOS COMPARATIVO DE INGRESOS Y GASTOS. PAGOS DE LA VIGENCIA ANTERIOR. SALDOS DE LAS CUENTAS DEL TESORO RECOMENDACIONES QUE CONSIDERE Y ESTADO DE LA DEUDA PUBLICA ART. 39 LEY 42 DE 1993
  • 167. CONTROL FISCAL Y CONTROL POLÍTICO CONTRALORIA GENERAL EVALUA GESTION DICTAMEN ESTADOS CONTABLES PLANES DE MEJORAMIENTO FORMULACIÓN GLOSAS CONSOLIDA EJECUCION PGN AUDITORIA INTEGRAL SIIF RENDICION CUENTAS ENTIDADES Y ORGANISMOS PGN
  • 168. CGR ELABORA CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO Y DEL TESORO CAMARA DE REPRESENTANTES COMISION LEGAL DE CUENTAS EXAMINA Y PROPONE FENECIMIENTO O NO FENECIMIENTO EN PROYECTO RESOLUCION PLENARIA CAMARA CITACION A REPRESENTANTES LEGALES PROFIERE FENECIMIENTO O NO FENECIMIENTO COMISION DE INVESTIGACION Y ACUSACION
  • 169. HECHO SOBRESALIENTE DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991 EL CONTADOR GENERAL ENCARGADO DE “LLEVAR” LA CONTABILIDAD Y CONSOLIDARLA LA CONTRALORIAGENERAL ENCARGADA DE LA CONTABILIDAD PRESUPUESTAL ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS AUDITORIA A LOS ESTADOS CONTABLES DICTAMEN U OPINIONGOBIERNO CONGRESO PARA CONOCIMIENTO Y ANALISIS FENECIMIENTO
  • 170. Artículo 354. Habrá un Contador General, funcionario de la rama ejecutiva, quien llevará la contabilidad general de la nación y consolidará ésta con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan, excepto la referente a la ejecución del presupuesto, cuya competencia se atribuye a la Contraloría. Artículo 268....................Presentar a la Cámara de Representantes la cuenta general del presupuesto y del tesoro ................ CONSTITUCIONALES
  • 171. NUEVAS ATRIBUCIONES DE LA CGR CERTIFICAR LOS INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN RECAUDADOS EFECTIVAMENTE EN LA VIGENCIA ANTERIOR Y LA RELACIÓN PORCENTUAL ENTRE ESTOS Y LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO PARA EFECTOS DE CATEGORIZACIÓN DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES ARTICULO 1o DE LA LEY 617 DE 2000
  • 172. 172 Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL 3. CONTROL ECONÓMICO Y ADMINISTRATIVO  Le corresponde a la Dirección General del Presupuesto Nacional Ministerio de Hacienda realizarlo en forma previa, perceptiva y posterior. Ejecución Programa Anual de Caja-PAC- Operaciones Efectivas de Ingresos y Gastos Verificaciones y Análisis del Presupuesto
  • 173. 173 Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL 4. CONTROL DE RESULTADOS Y DE GESTIÓN  Lo realiza el DNP con base en el Plan Operativo de Inversiones-POI- (Ley 715/03).  Programa las participaciones y controla las ejecutorias de los Entes Territoriales, beneficiados con recursos del PGN.  - La CGR también ejerce este tipo de control. (Art. 267. CP). Gestión Evaluar los resultados del accionar de la Administración Pública Resultados Evaluar el cumplimiento de los objetivos, Planes, Programas y Proyectos. Período específico
  • 174. 174 Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL 5. OTROS TIPOS DE CONTROL  Técnico-Jurídico:  Las Entidades Territoriales, a través de las Secretaría u Oficinas de Planeación, verificar si el Pto. que se programa ejecutar cumple con las normas legales.  Control Interno:  Corresponde a cada Entidad Pública ejercer el control fiscal, en forma perceptiva y posterior.  Su propósito, es asegurar la efectividad de los sistemas de control de la Organización. MENÚ
  • 175. 175 Definir y aplicar medidas para prevenir riesgos, detectar y corregir desviaciones Proteger los recursos de la organización Velar porque todas las actividades y recursos de la organización estén dirigidos al cumplimiento de sus objetivos Garantizar la eficacia, eficiencia y economía en todas las operaciones Objetivos Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
  • 176. 176 Cada funcionario es responsable ante su jefe inmediato de la aplicabilidad del autocontrol. La oficina de control interno es la responsable de evaluar con criterio independiente el control interno, formulando observaciones y recomendaciones al representante legal El representante legal es el responsable de su establecimiento, para garantizar el cumplimiento de los principios de la función publica. Características Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
  • 177. 177 SISTEMA DE CONTROL INTERNO CONTROL ESTRATÉGICO CONTROL DE GESTIÓN CONTROL DE EVALUACIÓN Esquema de organización Planes, Principios, Normas, Políticas, Metas u Objetivos Métodos, Procedimientos Actividades, Operaciones, Actuaciones, Administración de la Información y Administración de los Recursos Mecanismos de Verificación y Evaluación Continuación V. CONTROL PRESUPUESTAL
  • 178. 178 VI. PROYECTO DE PRESUPUESTO VIGENCIA 2011 MENSAJE PRESIDENCIAL 1. Entorno macroeconómico 2. Panorama Fiscal 2010 3. Panorama Fiscal 2011 4. El Proyecto de Presupuesto General de la Nación 2011