2. plazo de copyright de 14 años, renovable por una vez si el autor aún vivía; es decir 28 años de
protección. Las obras publicadas antes de 1710 recibirían un único plazo de protección de 21
años contados a partir de esa fecha. El dominio público en derecho anglosajón nació hasta 1774.
Estados Unidos incorporó los principios ingleses sobre copyright. En la Constitución de 1787
establece en favor de los autores “derechos sobre la propiedad creativa” por tiempo limitado.
En 1790 el congreso de Estados Unidos promulgó la primera ley sobre copyright, creando un
sistema federal de copyright y protegiéndolo por un plazo de 14 años, renovable por otros 14
años si el autor aún vivía, es decir, un máximo de 28 años de protección, si no había renovación
la obra inmediatamente pasaba a ser de dominio público.
En Estados Unidos el copyright se convirtió en un derecho de propiedad comerciable, mientras
que en Francia y Alemania se desarrolló el derecho de autor, bajo la idea de expresión única de
autor. El Filósofo alemán Kant decía que la obra no puede separarse de su autor.
En Francia 1777 un grupo de dramaturgos liderados por Beaumarchais (autor de la Comedia de
Sevilla) fundaron la primera organización para promover el reconocimiento de los derechos de
los autores. Hubo que esperar hasta el final de la Revolución Francesa para que la Asamblea
Nacional aprobara la primera Ley de Derecho de Autor en 1791.
Evolución del Copyright
En 1790 en Estados Unidos las obras protegidas por copyright eran sólo los mapas “cartas de
navegación y los libros, no cubría las obras musicales ni de arquitectura. Este copyright
otorgaba al autor el derecho exclusivo de publicar las obras por lo que se solo se constituía en
violación si se reimprimía la obra sin el permiso de su autor. Este derecho no se extendía a las
obras derivadas por lo que no se prohibían las traducciones o adaptaciones del texto. Con los
años el titular del copyright obtuvo el derecho exclusivo de controlar cualquier publicación de
su obra. Sus derechos se extendieron de la obra en particular a cualquier obra derivada de la
obra original.
El Congreso de Estados Unidos en 1831 incrementó el plazo inicial del copyright de 14 a 28
años (42 años de protección), en 1909 extendió el plazo de renovación a 28 años (56 años de
protección máximo). A partir de los años 50, comenzó a extender los plazos existentes en forma
habitual (1962, 1976, 1998).
3. Símbolos
El símbolo “P” mayúscula dentro de un círculo representa la reserva de los
derechos de autor sobre una grabación musical “sonido” y es la abreviatura
de la palabra fonógrafo o registro fonográfico. Este símbolo hace referencia
directamente a la obra musical grabada en un disco, cassette, CD, etc., se le ve generalmente en
la contraportada de los álbumes musicales.
El símbolo “C” mayúscula dentro de un círculo representa el copyright o derecho de autor sobre
las obras intelectuales como: libros, folletos, obras dramáticas,
cinematográficas y audiovisuales, dibujos, obras de arquitectura, pinturas,
etc.
Campo de Aplicación
La protección de derecho de autor abarca únicamente la expresión de un contenido no las ideas.
Los derechos de autor nacen con la creación de la obra.
Son objeto de protección las obras originales del campo literario, artístico y científico,
cualquiera que sea su forma de expresión, soporte o medio. Entre otras:
- Libros, folletos y otros escritos.
- Obras dramáticas y/o dramático musicales.
- Obras coreográficas y pantomimas.
- Composiciones musicales con o sin letra.
- Obras cinematográficas y otras obras audiovisuales
- Obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía.
- Obras fotográficas.
- Ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativas a la geografía, a la
topografía, a la arquitectura o a las ciencias.
- Programas informáticos.
- Entrevistas.
- Páginas Web.
Derechos de Autor
El titular de los derechos de autor goza de los derechos exclusivos respecto de:
- Reproducir la obra en copias o fonogramas.
- Preparar obras derivadas basadas en la obra.
4. - Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo
de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.
- Presentar la obra públicamente en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas,
coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.
- Mostrar la obra públicamente en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas,
coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales incluyendo
imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales.
- En el caso de las grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la
transmisión audiodigital.
La protección del derecho de autor existe desde que la obra es creada. El derecho de autor sobre
una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó la obra. Sólo el
autor o aquellos cuyos derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad.
Los autores de una obra colectiva son co-dueños del derecho de autor de la obra salvo algún
acuerdo que indique lo contrario. Los derechos de autor de cada contribución de cualquier obra
colectiva existen de manera individual.
Los menores de edad pueden reclamar derechos de autor pero las leyes específicas pueden
reglamentar cualquier transacción relacionada donde ellos tengan parte.
Clases de Derechos de Autor
La tradición jurídica del Derecho Continental suele distinguir los siguientes derechos de autor:
- Derechos Patrimoniales: los que permiten de manera exclusiva la explotación de la obra
hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los autores, posteriormente
pasan al dominio del público pudiendo cualquier persona explotar la obra.
- Derechos Morales: ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e
imprescriptibles.
- Derechos Conexos: son los que protegen a personas distintas al autor como pueden ser
los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.
La legislación sobre derechos de autor cambia de un país a otro, difieren específicamente en los
siguientes puntos:
- Plazo de protección: En la mayoría de los países, los derechos de autor expiran no más
allá de los 70 años tras la muerte del autor.
5. - Situación de las Obras del Estado: En muchos países los documentos publicados por el
estado para uso oficial están en el dominio público.
- Tipo de material sujeto a derechos de autor.
El texto fue escrito a partir de la información de la siguiente página:
http://aprendeenlinea.udea.edu.co/lms/moodle/mod/resource/view.php?inpopup=true&id=55823
LICENCIAS CREATIVE COMMONS
Las licencias y herramientas de derechos de autor, creative commons, generan equilibrio dentro
del escenario tradicional, de todos los “derechos reservados” que crean las leyes de propiedad
intelectual. Las herramientas creative commons entregan a todos, desde creadores individuales
a grandes compañías e instituciones una vía simple y estandarizada de otorgar permisos de
derechos de autor con sus trabajos creativos. La combinación de herramientas y usuarios forman
un conjunto de bienes digitales vasto y creciente, una fuente de contenidos que pueden ser
copiados, distribuidos, editados, remezclados y usados como base para crear, todo dentro de los
límites del derecho de autor.
Todas las licencias creative commons tienen importantes características en común. Cada
licencia ayuda a los creadores o licenciantes que usan las herramientas a mantener sus derechos
de autor, al mismo tiempo que permite a otros copiar, distribuir y hacer algunos usos de su obra,
de forma no comercial. Las licencias creative commons permiten que sus licenciantes obtengan
el crédito que merecen por sus obras.
Las licencias creative commons funcionan alrededor del mundo y duran tanto tiempo como sea
aplicable el derecho de autor, pues se basan en él. Éstas características en común sirven como
base a partir de la cual los licenciantes pueden optar por entregar más permisos cuando decidan
cómo quieren que su obra sea utilizada.
Las licencias creative commons no afectan las libertades que la ley otorga a los usuarios de
obras protegidas por derechos de autor o los usos justos. Las licencias creative commons exigen
que los licenciatarios obtengan permiso para hacer cualquier cosa con una obra que la ley
reserve exclusivamente al licenciante y que la licencia no permita expresamente. Los
licenciatarios deben dar crédito al licenciante y mantener los avisos de derechos de autor
intactos en todas las copias de la obra y enlazar a la licencia desde las copias de la obra. Los
licenciatarios no pueden utilizar medidas tecnológicas para restringir el acceso a la obra.
6. Las licencias creative commons públicas de derechos de autor se
soportan en tres capas:
- Instrumento legal: en tipo de lenguaje y formato de texto conocido y armado por los
abogados. Se le llama capa de código legal de cada licencia.
- Versión legible para humanos: (Commons Deed) referencia práctica para licenciantes y
licenciatarios que resume y expresa algunos términos y condiciones más importantes.
Como una interfaz amistosa.
- Versión legible por máquinas: Resumen de los derechos y obligaciones clave escritos
en formato digital para que los sistemas informáticos, los motores de búsqueda y otras
formas de tecnología lo puedan entender. Se ha desarrollado un modo estandarizado de
escribir licencias que el software pueda leer llamado CC Rights Expression Language
(CC REL).
Los usuarios de las licencias commons pueden buscar por contenido abierto haciendo uso de
herramientas como Google, buscar imágenes en Flickr, Discos en Jamendo, y medios en general
spinxpress, Wikimedia commons, el repositorio multimedia de Wikipedia.
Las tres capas de licencia aseguran que el espectro de derechos no es solamente un concepto
legal. Es algo que los creadores de obras pueden entender, sus usuarios pueden entender y hasta
la propia Web puede entender.
Las Licencias
Atribución CC BY: Ésta licencia permite a otros distribuir,
remezclar, retocar y crear a partir de una obra incluso con fines
comerciales siempre y cuando se le de crédito al creador de la obra original. Es la más flexible
de las licencias ofrecidas. Se recomienda para la máxima difusión y utilización de los materiales
licenciados.
Atribución Compartirigual CC BY SA: Ésta licencia permite a otros
remezclar, retocar y crear a partir de la obra incluso con fines comerciales siempre y cuando se
de crédito y licencien las nuevas creaciones bajo las mismas condiciones. Ésta licencia suele
compararse con las licencias copyleft de software libre y código abierto. Todas las nuevas obras
basadas en una obra portarán la misma licencia así que cualesquier obra derivada permitirá
también uso comercial. Ésta es la licencia que usa Wikipedia.
7. Atribución sin Derivadas CC BY-ND: Ésta licencia permite la
redistribución comercial y no comercial siempre y cuando la obra
circule íntegra y sin cambios, dándole crédito.
Atribución Nocomercial CC BY NC: Ésta licencia permite a otros
distribuir, remezclar, retocar y crear a partir de la obra con fines no
comerciales, a pesar de que las nuevas obras deben dar créditos y mantenerse sin fines
comerciales, no están obligados a licenciar sus obras derivadas bajo las mismas condiciones.
Atribución Nocomercial Compartirigual CC BY SA: Ésta licencia
permite a otros distribuir, remezclar, retocar y crear a partir de la obra
de modo no comercial siempre y cuando den crédito y licencien sus nuevas creaciones bajo las
mismas condiciones.
Atribución Nocomercial SinDerivadas CC BY- NC- ND: Ésta licencia
es la más restrictiva de las seis licencias principales, permitiendo a
otros solo descargar la obra y compartirla con otros siempre y cuando den los créditos, pero no
permiten cambiarlas ni usarlas comercialmente.
El texto fue escrito a partir de la información de la siguiente página:
https://creativecommons.org/licenses/?lang=es
Reflexión: Implicaciones Éticas y Legales
Utilizar material de internet sin los debidos créditos ni permisos…… copiar y pegar
indiscriminadamente en primera instancia aboca al usuario a procesos legales y jurídicos y de
sanciones económicas ya que la propiedad intelectual está amparada por las leyes dentro de
unos tiempos y plazos que son reglados en cada país con el propósito de evitar el plagio de
contenidos desconociendo los respectivos créditos a los autores.
Las licencias Creative Commons contribuyen a evitar el uso indiscriminado de contenidos ya
que son gratuitas pero fundamentadas en los derechos de autor en las cuales permite distribuir,
remezclar, retocar y crear a partir de una obra, eso sí dando los créditos y mencionando al autor
de la obra. De éste modo se incentiva la creación a partir de diversas obras y respetando siempre
la propiedad intelectual del creador de la obra original.