SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 33
Descargar para leer sin conexión
ORGANIZACIÓN Y
ATRIBUCIONES DEL
PODER JUDICIAL
(PARTE I)
TUTORIAS DE EXAMEN DE GRADO
Proyecto Capa @proyectopontelacapa
La elaboración de los esquemas ha sido resultado de un trabajo
colectivo de años. Solicitamos, por respeto, no apropiarse del mismo. 1
INDICE
UNIDAD I: PRINCIPIOS FUNAMENTALES
DEL DERECHO PROCESAL Y LEY
PROCESAL
UNIDAD II: BASES DE LA JURISDICCIÓN
UNIDAD III: LA COMPETENCIA
2
CUESTIÓN PREVIA:
¿Qué ven los Tribunales de Justicia?
 TITULO I: Del Poder Judicial y de la Administración de Justicia en general
Artículo 1° La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de juzgarlas y de hacer
ejecutar lo juzgado pertenece exclusivamente a los tribunales que establece la ley.
Art. 2° También corresponde a los tribunales intervenir en todos aquellos actos no
contenciosos en que una ley expresa requiera su intervención.
Art. 3° Los tribunales tienen, además, las facultades conservadoras, disciplinarias y
económicas que a cada uno de ellos se asignan en los respectivos títulos de este Código.
3
UNIDAD I: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO
PROCESAL Y LEY PROCESAL
EL CONFLICTO EN LA
SOCIEDAD
El hombre es un ser gregario,
vive en comunidad y
depende de ésta, es un ser
social, de lo que resulta
inevitable la existencia de
conflictos de intereses, que
enfrentan al hombre con el
hombre, o al hombre con la
sociedad o bien común.
Conflicto: Controversia entre
dos o más hipotéticas
situaciones que son
excluyentes
CONFLICTO
INTERNO – EXTERNO
CONFLICTO SIN -
CON RELEVANCIA
JURIDICA
CONFLCITO DE
RELEVANCIA JURIDICA
“conflicto intersubjetivo de intereses, jurídicamente
trascendente, reglado por el derecho objetivo, y
caracterizado por la existencia de una pretensión resistida”
EL DERECHO
viene a regular la convivencia social, de modo que la
vida en común sea posible, regulando la actuación
de los sujetos a través de normas de conductas
FORMAS SOLUCIONAR
CONTROVERSIAS
La simple dictación de éstas normas no basta, dado que
pueden ser transgredidas y ante la vulneración de éstas,
surge la interrogante de “cómo” obtener la solución de las
controversias
4
5
FORMAS SOLUCIÓN
DEL CONFLICTO
AUTOTUELA
AUTOCOMPOSICIÓN
Objeto es recuperar la paz
social
EL PROCESO: LA
HETEROCOMPOCISIÓN
La reacción directa y personal de quien
se hace justicia con manos propias
En Chile RG: Prohibida
Ex: 1) Legitima defensa
2) Propter rem: árbol extiende sus
ramas o raíces
la forma mediante la cual, bien ambas partes
mediante el acuerdo mutuo, bien una de ellas,
deciden poner término al litigio planteado
FORMAS
UNILATERAL
BILATERAL
Renuncia de un d°
Retiro de la demanda
Desistimiento de la demanda
Allanamiento
Transacción
Mediación
Conciliación
Avenimiento
Suspensión condicional del procedimiento
antes de entablar acción
antes notificación demanda
No cosa juzgada
después notificación demanda
Si hay cosa juzgada
Declaración de voluntad del demandado en la
que reconoce y se somete a la pretensión jurídica
Solo elimina la fase probatoria
Acuerdos reparatorios
Contrato Civil
Trámite obligatorio en JO
Penal
Penal
IMPORTANTE:
Manejar
clasificaciones
NUEVO Artículo 3º bis CPC.
Es deber de los abogados,
de los funcionarios de la
administración de justicia
y de los jueces, promover
el empleo de métodos
autocompositivos de
resolución de conflictos,
como la conciliación, la
mediación, entre otros.
6
EL PROCESO: LA
HETEROCOMPOCISIÓN
Método de solución de conflictos en el cual las partes acuden a un tercero, ya sea una persona
individual o colegiada, quien se obliga, luego de tomar conocimiento de las alegaciones y pruebas,
a emitir una decisión que pone fin a la controversia, cuyo cumplimiento deben acatar las partes”.
3ro es imparcial, nombrado por el Estado
e investido de función jurisdiccional.
ACCION
PRETENSIÓN
PROCESO
PROCEDIMIENTO
Derecho subjetivo publico consistente en poner en funcionamiento la actividad jurisdiccional del Estado.
Subordinar interés ajeno al interés propio
Conjunto de actos y actuaciones emanados por las partes y el tribunal con la finalidad de que se resuelva el
conflicto de relevancia jurídica mediante un juicio de autoridad con efecto de cosa juzgada
Conjunto de reglas y plazos que deben cumplir las partes y el tribunal en la substanciación del proceso.
CLASES
Según finalidad
Según norma de fondo
Según extensión competencia
1, Declarativo
2. Ejecutivo
3. Cautelares
Civiles, de familia, trabajo, etc.
1, Lato conocimiento
2. Sumario
7
DERECHO PROCESAL
CONCEPTO
CLASIFICACIÓN
El Derecho procesal es el conjunto de normas que regulan la actividad jurisdiccional
del Estado para la aplicación de las leyes de fondo y su estudio comprende:
i) la organización del Poder judicial;
ii) a determinación de la competencia de los funcionarios que lo integran; y
iii) a actuación del juez y de las partes en la substanciación del proceso”.
CONTENIDO
CARACTERISTICAS
PROCESAL ORGANICO
PROCESAL FUNCIONAL
Función jurisdiccional, competencia, organización y
atribuciones del PJUD (COT, CPC, CPR)
Procedimientos en materia civil y penal, junto a los
recursos contemplados
Otras denominaciones 1. DERECHO ADJETIVO: oposición Derecho Sustantivo
2. DERECHO DE PROCEDIMIENTO JUDICIALES: énfasis rituales procesales
Núcleo es la función jurisdiccional ejercida por tribunales de justicia. A su vez, la
jurisdicción se ejercita bajo reglas de competencia y atribución de funciones.
Finalmente el proceso es activado por las partes (RG) debiendo seguirse el determinado
procedimiento.
Carácter publico
Orden publico
Instrumental
Objetivo: traducir la voluntad concreta
de los mandamientos legales
PJUD es un poder público y la función jurisdiccional es una función estatal.
• Interesado no disponer d°s y o°s. Excepcionalmente se puede renunciar
a ciertos derechos (12 CC). Ej. Renuncia, desistimiento
• Leyes organización y competencia absoluta son irrenunciables.
Competencia relativa y leyes de procedimiento en ejecución son
renunciables
8
FUENTES DEL DERECHO
PROCESAL
DIRECTAS INDIRECTAS
CPR
TRATADOS INTERNACIONALES
RATIFICADOS POR CHILE
LEY EN SENTIDO
ESTRICTO
AUTO ACORDADOS
JURISPRUDENCIA
DOCTRINA
USOS PROCESALES
ACUERDOS DE PARTE
DERECHO COMPARADO
PRINCIPIOS DERECHO
PROCESAL
9
DIRECTAS
CPR
TRATADOS INTERNACIONALES
RATIFICADOS POR CHILE
LEY EN SENTIDO ESTRICTO
AUTO ACORDADOS
Contiene normas y principios básicos del derecho procesal: a) debido
proceso, b) garantías procesales, c) garantías penales, d) PJUD, e) MP, f)
Poder de imperio, etc.
Debido proceso
Acciones constitucionales
conjunto de derechos procesales
mínimos contenidos en la CPR y
Tratados Internacionales sobre DDHH
i) Igualdad partes
ii) Figura del juez: natural, imparcial e independiente
iii) No comisiones especiales
iv) D° acción y defensa
v) D° defensa letrada
vi) Proceso: publico, racional y justo y sin dilaciones indebidas
vii) Sentencia: proceso previo y legamente tramitado;
motivada y congruente; fuentes legales vigentes; posibilidad
de impugnar: y haya cosa juzgada
Principal importancia radica en aquellos sobre
DDHH que recogen d°s procesales y principios
básicos (estos tratados tienen rango constitucional)
Principales PIDCyP y la CADH
Interesa su contenido (regula actuación Jurisdiccional, organiza
PJUD, competencia tribunales, proceso y procedimiento).
Normas jurídicas dictadas en ejercicio de las facultades económicas de
tribunales superiores de justicia con el fin a) velar por un mejor servicio de
justicia o b) complementar materias no expresamente reguladas por la ley
Naturaleza jurídica
clasificación
acto administrativo carácter normativo
Según forma
Según extensión
a. Mandato constitucional o legal
b. Facultades económicas del poder judicial
a. C.S
b. C.Ap.
1. Crítica
2. Ejemplos
10
INDIRECTAS
JURISPRUDENCIA
DOCTRINA
USOS PROCESALES
ACUERDOS DE PARTE
DERECHO COMPARADO
PRINCIPIOS DERECHO
PROCESAL
Reiteradas interpretaciones que hacen de las
normas jurídicas los tribunales superiores de justicia
• No vinculantes (en la práctica no tan cierto)
• Efecto relativo (art. 3 CC)
Estudios efectuados por los autores del derecho procesal, donde hay
creación, sistematización e interpretación de las normas jurídicas.
Actuaciones reiteradas no contempladas en la
ley (oficios, redacción escritos, libros receptores)
Fuera de proceso
Dentro de proceso
a) Mediación
b) Transacción
c) Compromiso
a) Avenimiento
b) Conciliación
c) Reducción termino probatorio, etc.
Dictado fuera del país y que rige otras sociedades.
Núcleo básico que debe ser respetado
por el legislador, las partes y el juez.
11
PRINCIPIOS DEL
DERECHO
PROCESAL
JURIDICOS-
NATURALES
JURÍDICO-
TECNICO
IGUALDAD DE
PARTES
IMPARCIALIDAD
BUENA FE
DISPOSITIVO/INQUISITIVO
APORTACIÓN PARTE/INVESTIGACIÓN DE OFICIO
ORALIDAD/ESCRITURACIÓN
IMPULSO PROCESAL
ECONOMÍA PROCESAL
ADQUISICIÓN PROCESAL
Consecuencia directa es CONTRADICCIÓN:
1) controvertir las pretensiones jurídicas de la contraria y
2) argumentar y acreditar los planteamientos propios
Paridad de oportunidades y
audiencias entre las partes.
Partes no utilicen el sistema procesal para fines
fraudulentos o dolosos, o alegar hechos contrarios a la
realidad.
Juez no tenga interés en los resultados del juicio, que sea independiente
de las partes y no albergue prejuicios respeto al asunto de fondo
Manifestaciones
a) Costas (litigante temerario)
b) Prohib. de incidente c/ fines
dilatorios.
c) Juramento/tacha de testigos
d) Implicancias y recusaciones
Principios
formativos del
procedimiento
Inherentes a
todo proceso
D° A LA PRUEBA
D° AL RECURSO
a) Derecho a un término probatorio
b) Derecho a proponer/ofrecer medios de prueba
c) Derecho a que medios sean admitidos y valorados
Derecho subjetivo de quienes intervienen en el proceso a cualquier título y
condición, para que se corrijan los errores del juez, que le causan gravamen
o perjuicio.
REGLAS
PROCESALES
CONCENTRACIÓN/DESC.
INMEDIACIÓN/MEDIACIÓN
PUBLICIDAD/SECRETO
12
PRINCIPIOS DEL
DERECHO
PROCESAL
JURÍDICO-
TECNICOS
DISPOSITIVO/
INQUISITIVO
AP. DE PARTE/INV. DE OFICIO
IMPULSO
PROCESAL
DISPOSITIVO
INQUISITIVO
solo las partes tienen la facultad de iniciar el
proceso y delimitar el objeto del conflicto.
Manifestaciones
a) Demanda
b) Aportación de prueba
c) Deber congruencia juez: ultra,
extra y citra petita
d) Términos voluntarios procedimiento
(desistimiento, retiro)
el juez tiene facultad iniciar el proceso y delimitar el objeto
del conflicto (propio proceso involucrado interés general)
APORTACIÓN DE PARTE
iniciativa probatoria recae en las partes, careciendo
juez facultad para decretar pruebas de oficio.
De quién es la carga de
hacer avanzar el
proceso?
No
Absoluto
ADQUISICIÓN PROCESAL
Los resultados de las actuaciones probatorias se
acumulan con prescindencia de parte que las haya
realizado (Ej. Confesión judicial, testimonial, pericial)
DERECHO PROCESAL
ES DERECHO PÚBLICO
Su fin es la PAZ SOCIAL.
Juez debe darle curso, en todo
aquello no comprendido en el
principio dispositivo.
13
PRINCIPIOS DEL
DERECHO
PROCESAL
REGLAS
PROCESALES
ORALIDAD/
ESCRITURACIÓN
ORALIDAD
ESCRITURACIÓN
Sentencia
dicta en base
al material
recogido en
las audiencias
Concentración
Inmediación
Publicidad general
Actividad procesal concentra en el mínimo audiencia posible.
Obligación del juez de estar en contacto directo con:
1) las partes y
2) medios de prueba
Debiendo ser este mismo juez quien dicte sentencia definitiva
(prohíbe delegación).
interna
externa
Sentencias dictará
exclusivamente en
base al material
que se recoge en
el expediente.
Desconcentración
Mediación
Secreto
Proceso desenvuelve en una serie de etapas o fases
El juez no tiene contacto directo con las partes ni con
la prueba (falla conforme el expediente)
Conocidos como
“Subsistemas procesales”
14
LEY PROCESAL
CARACTERISTICAS
INTERPRETACIÓN E
INTEGRACIÓN
EFECTOS
es la que regula
la actuación de
la ley en el
proceso y
particularmente,
la que regula la
relación procesal
AUTONOMA
IMPERATIVA
NAT. PUBLICA
FINALIDAD
EN CUANTO
AL LUGAR
EN CUANTO
AL TIEMPO
ESTADO DEL JUICIO
NATURALEZA JCA.
NORMAS PROCESALES
a) Terminado por sentencia firme (174 CPC)
b) No iniciado
c) En tramitación o pendiente de resolución
Existen normas
transitorias en
nueva ley
No existen normas
transitorias en
nueva ley
Leyes procesal de
organización
LEY EFECTO RETROACTIVO
DE LAS LEYES
Irretroactividad
(9 CC y 19N°3
CPR)
Leyes
procesal de
competencia
In actum
Relativa in actum pero
no afecta prorrogas de
competencias ya
efectuadas
Absoluta In Actum
Territorialidad
Plantea situaciones especiales
1) Plazos
2) Actuaciones judiciales
y diligencias
3) Medios de prueba
4) Recursos
15
LEY PROCESAL
EFECTOS
EN CUANTO
AL ESPACIO
EN CUANTO
AL TIEMPO
Irretroactividad
Territorialidad
Arts. 1 y 5 COT
EXCEPCIONES
Tribunales chilenos conocen
asuntos ocurridos en el extranjero
Exequatur
Inmunidad jurisdiccional
Requisitos a) Delitos taxativos 6 COT
b) No haya proceso o sentencia
absolutoria del país
c) Persona se encuentre en chile
(voluntad o extradición)
1. Estados extranjeros
2. Jefes de Estados Extranjeros
3. Agentes Diplomáticos
UNIDAD II: BASES DE
LA JURISDICCIÓN
16
Jurisdicción: Poder – deber del Estado radicado preferentemente en los
tribunales de justicia, para que estos como órganos imparciales e
independientes, resuelven de manera, definitiva, inalterable y con
posibilidad de ejecución los conflictos de relevancia jurídica suscitados
entre las partes o respecto violación del ordenamiento jurídico-social
en un espacio temporal y dentro del territorio nacional.
(76 CPR y 1 COT)
JURISDICCION
CARACTERISTICAS
CLASIFICACIÓN
MOMENTOS
JURISDICCIONALES
1. Origen constitucional
2. Jerarquizada
3. Emana soberanía del Estado
4. Ejerce con debido proceso
5. Independiente
6. No clasificable
7. Improrrogable
8. Territorial
9. Inexcusable
10. Pasiva
11. Efectos relativos
DE DERECHO/ DE EQUIDAD
CONTENCIOSA/ NO CONTENCIOSA
Acto judicial no contencioso la ley requiere la intervención del juez sin haber
conflicto de relevancia jurídica
• No es jurisdicción voluntaria (no es jurisdicción ni
es voluntaria)
Características 1) Efecto cosa juzgada
2) Prueba se aprecia «prudencialmente»
3) Si existen 3ros interesados, pueden
oponerse.
4) Esencialmente modificable el dictamen
5) Recurso apelación y casación
Crítica a clasif. Y nombre de no contenciosa o voluntaria
De equidad: Ver art. 170 n°5 CPC
17
JURISDICCION
MOMENTOS
JURISDICCIONALES
LIMITES
JURISDICCIONALES
CONOCER
JUZGAR
HACER EJECUTAR
LO JUZGADOS
Hechos
Prueba
El juez toma conocimiento de los hechos en base a las
versiones de cada parte, parciales e incluso contradictorias
Fase en que se produce el fundamento factico y
jurídico que determinará el contenido de la sentencia
PPO.
CONGRUENCIA
Fase eventual 1) Discusión de derecho
2) Allanamiento
3) Acuerdos probatorios
Resuelve el conflicto de relevancia jurídica a través del
estudio y análisis de los hechos, las pruebas y el derecho
• Sentencia definitiva
Hace cumplir las resoluciones por medio de la
facultad de imperio y a través de la coacción
(uso fuerza socialmente organizada).
TERRITORIO
LEGALIDAD
TEMPORALIDAD
MATERIA
COMPETENCIA
a) Delitos art. 6 COT
b) Delito internacionales vía art. 2 inc. 2 CPR
Excepciones
Excepciones a) Árbitros
b) Tribunales unipersonales de excepción
c) Limite 75 años ejercer función jurisdiccional
Excepciones a) Inmunidad jurisdiccional
18
JURISDICCION
ATRIBUCIONES
CONEXAS
EQUIVALENTE
JURISDICCIONALES
FAC.
CONSERVADORA
FAC.
DISCIPLINARIA
FAC.
ECONOMICAS
Actuación competente de los
órganos estatales
Protección de DDFF, CPR y la ley
inaplicabilidad por inconstitucionalidad
y conflictos jurisdicción
acción protección, amparo, petición,
reclamación x perdida nacionalidad
Mantener el orden interno y el
respecto entre subalternos y las partes
Corregir las faltas o abusos cometidos
por funcionarios y partes del proceso
CS tiene la superintendencia directiva,
correccional y económica de todos
los tribunales
Ex: TC, TRICEL, TER, TM Tiempos Guerra
Vías de ejercicio
De oficio
Petición de parte
1) Calificación jueces
2) Visitas de Ministros de Corte
1) Queja disciplinaria
2) Recurso de queja
administrar bienes que dispone
órgano jurisdiccional
regular la economía judicial y el
rendimiento del trabajo
velar por una mejor y más racional
administración de justicia
Manifestaciones 1) Autoacordado
2) Calificaciones de funcionarios
3) Reglas de distribución de causas
4) Escalafón judicial
Crítica
Visitas de JG a centros de detención
19
EQUIVALENTE
JURISDICCIONALES
CRITERIO TRANSACCIÓN CONCILIACIÓN AVENIMIENTO
CONCEPTO Contrato en virtud del cual las
partes ponen termino a un litigio
pendiente o precaven un litigio
eventual (art. 2446 CC)
A.J. procesal bilateral, en virtud del
cual las partes, a iniciativa del juez,
logran poner fin al conflicto de mutuo
acuerdo
Acuerdo que logran las partes en
virtud del cual le ponen termino al
conflicto jurídico pendiente de
resolución judicial, haciéndoselo
saber al juez que está conociendo
del mismo.
TERCERO Las partes negocias sin
intervención de un tercero
El juez siempre será el tercero que
interviene de forma activa
Sin tercero, pero debe aprobar o
rechazarlo.
MOMENTO EN
QUE SE PUEDE
DAR
Extrajudicial, proceso pendiente o
antes de iniciar
Intrajudicial Extrajudicial, pero hay un proceso
pendiente.
ESCRITO Escritura publica
(acompaña doc. Al juez)
Acta conciliación Acta avenimiento, aprobada por
juez y firmada por secretario.
Todos producen efecto de cosa juzgada
20
BASES EJERCICIO
DE LA
JURISDICCION
LEGALIDAD
INDEPENDNCIA
INAMOVIBILIDAD
Principios y normas
fundamentales
sobre los cuales
descansa el
funcionamiento
correcto de los
órganos
jurisdiccionales
6 y 7 CPR, 170 n°5
CPC
Orgánica
Funcional
Solo en virtud ley puede crear
tribunales, organización y atribuciones.
Tribunales deben actuar dentro del marco legal y fallar
los conflictos jurídicos traídos ante ellos aplicándola.
Orgánica
Funcional
Respecto otros poderes del estado
Respecto otro órgano jurisdiccional (sobre todos superiores)
Personal Respecto de otros jueces o autoridades (sobre todo colegiados)
RESPONSABILIDAD
Común
Disciplinaria
Política
Ministerial
Personal o natural
falta o abuso en sus funciones
contra tribunales superiores, vía acusación
constitucional por notable abandono de deberes
Todos los jueces por sus resoluciones.
• Cohecho, prevaricación, torcida administración de justicia (no CS), falta observancia ley
Juez no puede ser removido de sus cargos mientras observen buen
comportamiento hasta un máximo de 75 años.
Ex: Juicio de amovilidad
INEXCUSABILIDAD
a) Todos los tribunales están obligados a conocer y juzgar los asuntos traídos ante
ellos y no pueden excusarse en la falta de ley para no hacerlo (aplica equidad)
b) Toda sentencia debe tener enunciación de las leyes aplicarán o en su defecto,
las reglas de la equidad.
Art 12 COT
Arts. 13 COT y 79 CPR
Art. 76 inc. 2° CPR, 10
inc. 2° COT y 170 N°5
CPC
21
BASES EJERCICIO
DE LA
JURISDICCION
TERRITORIALIDAD
JERARQUÍA
SEDENTARIEDAD
PUBLICIDAD
PASIVIDAD
Art. 7 COT
El tribunal sólo puede actuar dentro de su territorio determinado por ley
Excepciones
1) Visitas de los ministros de Corte
2) Acumulación de autos en materia civil
3) Sometimiento de un asunto a arbitraje
En el Poder Judicial existe una estructura piramidal, encontrándose en la base los jueces ordinarios
de menor jerarquía y va subiendo hasta llegar a la cúspide, donde se encuentra la Corte Suprema
Importancia 1) Distribución de competencia de los tribunales
2) Instancias y recursos
3) Facultades disciplinarias de tribunales
Art. 9 COT
Los actos de los tribunales son públicos, salvo excepciones expresamente
establecidas en la ley, como por ejemplo, los procedimientos de separación, nulidad
de matrimonio o divorcio son secretos, sólo los conocen las partes (secreto relativo)
Los tribunales deben ejercer sus funciones en un lugar fijo y determinado,
es decir, no existen en nuestro país jueces viajeros o ambulantes
Art. 10 COT
Los tribunales actúan a petición de partes, salvo que la ley los faculte
expresamente para actuar de oficio
Excepciones 1) Declaración de oficio respecto de nulidad absoluta (Civil)
2) Juez puede negarse a proveer la demanda si no cumple con alguno de los 3 primero
requisitos del art. 254 CPC
3) Juez denegar ejecución del titulo si está prescrito
INAVOCABILIDAD Ningún tribunal puede abocarse el conocimiento de causas o negocios pendientes
ante otro tribunal, a menos que la ley le confiera expresamente esta facultad
Art. 8 y
112 COT
Excepciones
1) Exhortos
2) Inspección personal del juez
3) Inc. 2° 43 COT
22
BASES EJERCICIO
DE LA
JURISDICCION
GRATUIDAD
AUTOGENERACIÓN
INCOMPLETA
CONTINUIDAD
COMPETENCIA
COMÚN
Se materializa en la idea de que las partes no remuneran el ejercicio de la función
jurisdiccional. Sin embargo, se sabe que abogados, procuradores, receptores y demás
auxiliares de la administración de justicia reciben remuneración, lo que hace bastante oneroso
el procedimiento judicial.
Mecanismos 1) Abogados de turno
2) Asesoría jurídica de la CAJ
3) Privilegio de pobreza
4) Defensoría penal publica
Refiere al sistema de nombramiento y designación de jueces, el modelo chileno recibe este
nombre dado a que en el intervienen dos o mas poderes del Estado (PJUD, Ejecutivo y
legislativo)
Jueces
Ministros y fiscales CS
Poder judicial y Ejecutivo
Poder judicial, Poder ejecutivo y Poder legislativo
Es regla general que los tribunales sean competentes para conocer toda clases de
asuntos. Sin embargo hay especialidades.
Una vez instalado el tribunal, este no podrá dejar de funcionar. Por otra parte encontramos
la continuidad en relación al reemplazo contemplando dos instituciones o mecanismos de
reemplazo: respecto de los jueces, la subrogación (artículos 211 a 214); y, respecto de los
tribunales colegiados, la integración (artículos 215 a 219).
23
CONFLICTOS DE
JURISDICCION
TRIBUNALES INFERIORES Y
AUTORIDAD ADMINISRRATIVA
TRIBUNALES SUPERIORES Y
AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
TC
SENADO
UNIDAD III: LA COMPETENCIA
24
Criterio Jurisdicción Competencia
Relación Genero Especie
Tipo concepto Genérico Específico: porción jurisdicción
que corresponde a c/ tribunal.
Clasificaciones Indivisible, no admite
clasificación
Divisible, admite clasificación.
Delegación No Si (exhortos)
Prorroga No Si (c. relativa)
Ausencia Inexistencia Nulidad procesal
Vía alegar Excepción perentoria Excepción dilatoria o incidente
de nulidad
CONCEPTO
Art. 108 COT. La facultad que tiene c/ juez o tribunal para
conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de
la esfera de sus atribuciones.
(Doctrinaria) Esfera de atribuciones que a c/órgano judicial
la ley ha reservado como su medida de jurisdicción dentro
de la cual pueden actuar válidamente conociendo,
juzgando y haciendo ejecutar los asuntos que le
correspondan
• Diferencias Jurisdicción y competencia
25
CLASIFICACIÓN
COMPETENCIA
ABSOLUTA/RELATIVA
NATURAL/PRORROGADA
PROPIA/DELEGADA
COMÚN/ESPECIAL
Absoluta
Relativa
Busca determinar la
jerarquía del tribunal
competente y dentro de
esta específicamente
cual es el indicado.
determina la jerarquía del tribunal en base
a tres factores: cuantía, materia y fuero.
basada en el elemento territorial, determina, dentro de la jerarquía,
ante qué tribunal especifico debe ser llevado el conflicto
Natural
Prorrogada
competencia que posee el tribunal natural o
prorrogadamente
posee el tribunal, que no conoce el asunto,
para la realización de diligencia especificas
tiene el tribunal asignada legalmente tras
reglas de competencia absoluta y relativa
tiene el tribunal encomendada por
las partes, expresa o tácitamente
Solo procede a) Asuntos civiles,
b) Contenciosos
c) 1ra instancia
d) Tribunales de igual jerarquía
Propia
Delegada
Común
Especial
EXHORTO
según extensión materias
tribunal conoce una variada gama de
materias (penales, civiles, trabajo, etc.)
tribunal conoce únicamente
de una materia en especifico
C.Ap. Y C.S
26
CLASIFICACIÓN
COMPETENCIA
PRIVATIVA/ACUMULATIVA
UNICA/PRIMERA/SEGUNDA
INSTANCIA
CONTENCIOSA/ NO CONTENCIOSA
OBJETIVA/SUBJETIVA
Privativa
Acumulativa
Única Inst.
1ra Inst.
Común
Especial
2da Inst.
Según número de tribunales
ley entrega competencia.
un tribunal conoce un asunto
con exclusión de los demás
dos o más tribunales potencialmente competentes
para conocer del asunto (reglas competencia relativa)
CS respecto casación y
el recurso de revisión
Excepcional, no procede recurso
apelación (materia penal es la RG)
procede recurso apelación
en conocimiento recurso apelación
Efectos pedagógicos -> En realidad no existe jurisdicción no contenciosa.
Destinatario normas
competencia
determina el órgano jurisdiccional competente
determina la competencia del juez o
ministro que debería conocer el asunto
27
REGLAS DE LA
COMPETENCIA
REGLAS GENERALES
REGLAS ESPECIALES
RADICACIÓN O FIJEZA
GRADO O JERARQUÍA
COMPETENCIA ABSOLUTA
COMPETENCIA RELATIVA
Características
1) Reglas generales
2) Complementarias
y consecuenciales
reglas
competencia
absoluta y relativa
3) No tienen sanción
única.
EXTENSIÓN
INEXCUSABILIDAD
EJECUCIÓN
CUANTÍA
FUERO
MATERIA
ASUNTOS CIVILES NO CONTENCIOSOS
ASUNTOS CIVILES CONTENCIOSOS
Las reglas
ESPECIALES de la
competencia, se
aplicarán en
primer lugar, toda
vez que permiten
determinar el
Tribunal que será
competente para
conocer de un
asunto judicial
artículos 109 y siguientes del
Código Orgánico de Tribunales
28
REGLAS
ESPECIALES
C. ABSOLUTA
Materia se
impone sobre
cuantía y el
fuero se impone
sobre materia.
CUANTÍA
FUERO
MATERIA
(Civil) el valor de la cosa disputada o (penal) la pena del delito que lleva consigo
Importancia
Conocimiento única (menor 10 UTM) o primera instancia
Determinar el procedimiento aplicable
a) Mínima (- 10 UTM)
b) Menor (10 – 500 UTM)
c) Mayor cuantía (500 UTM)
Momento determina Al tiempo de presentarse la demanda y fijada no puede alterarse.
Reglas
No susceptible
aprec. pecuniaria
Susceptible aprec.
pecuniaria
Se reputan de mayor cuantía
Acompaña documentos
No acompaña
documentos
atiene valor dado
Acción personal
Acción real
apreciación demandante
en su acción
acuerdo partes o mediante
apreciación pericial
la naturaleza del asunto controvertido
Importancia
Utilizada para el establecimiento de los tribunales especiales
Determinación de la jerarquía de
un tribunal. En este carácter,
arrastra los asuntos de una
cuantía inferior a otra superior.
a) Juicios de hacienda: jueces de letras de comuna asiento de C.Ap.
b) Asuntos judiciales no contenciosos: juez de letras en 1ra instancia
c) Asuntos sigan contra seguridad Estado: ministro C.Ap.
d) Delitos jurisdicción de tribunales chilenos puedan afectar
relaciones internacionales: ministro C.S
29
REGLAS
ESPECIALES
C. ABSOLUTA FUERO
Beneficio establecido a favor de la contraparte
de la persona que detente dignidad o grado,
con el fin de asegurar mayor independencia
del tribunal y que este no se vea intimidado
F. MAYOR
F. MENOR
Causas en que sean parte o tengan interés: PDR, ex
PDR, ministros, miembros tribunales superiores, CGR,
Comandante en jefe FFAA, general director
carabineros senadores, diputados, gobernadores, etc.
Causas en que tenga interés: comandante jefe ejército,
general director carabineros, ministros CS y C.Ap.,
fiscales, jueces de letras, cónsules, fundaciones de D°P°
Juzgador será ministro C.Ap
juez de letras en primera instancia asunto de
cuantía menor 10 UTM
Improcedencia 1) Juicios de minas
2) Posesorios
3) Distribución de aguas
4) Asuntos no contenciosos
5) Juicio sumario
C. RELATIVA
Asuntos Civiles Cont.
Asuntos Civiles NO cont.
Reglas descarte
1° Prórroga de competencia
2° Disposiciones especiales COT
3° Naturaleza acción
4° Regla residual: domicilio demandado
Muebles
Inmuebles
Mixta
Reglas especiales
Juez domicilio del solicitante
30
REGLAS
GENERALES
RADICACIÓN O FIJEZA
GRADO O JERARQUÍA
EXTENSIÓN
INEXCUSABILIDAD O
PREVENCIÓN
EJECUCIÓN
Fija definitivamente la competencia del
tribunal, sin importar hechos posteriores
Requisitos
Momento
Excepciones
1) Tribunal conozca asunto
2) Tribunal competente
1) Civil: notificación valida demanda
2) Penal: formalización investigación
1) Ley nueva
2) Compromiso
3) Acumulación autos
Establece cual sería el tribunal de alzada competente en caso de recurrir la sentencia
El tribunal que conoce el asunto principal,
conocerá todo lo vinculado al mismo.
Aplica asunto ppal, reconvención, incidentes,
ejecución sentencia, algunos recursos
a) Habiendo 2 o + tribunales competentes ninguno puede
excusarse de la competencia del otro para no conocer del asunto
b) Conociendo uno de los tribunales,
quedan los demás excluidos de conocer.
Fija competencia tribunales para hacer cumplir lo fallado en sus
sentencias de primer o única instancia (facultad de imperio)
Excepciones 1) Ejecución sentencias penales y medidas seguridad (JG)
2) Ejecución fallos por tribunales que conozcan de ciertos
recursos en segunda instancia (casación, apelación, revisión)
31
PRORROGA DE
COMPETENCIA
LIMITES
CLASES
EFECTOS
Acuerdo expreso o tácito de
las partes en virtud del cual,
en la primera instancia de los
asuntos contenciosos,
otorgan competencia a un
tribunal para conocer de él,
en razón de la competencia
relativa.
1) Competencia relativa
2) Primera instancia
3) Tribunales ordinarios 1ra instancia
4) Asuntos civiles contenciosos
Dte por el solo hecho de recurrir al juez no naturalmente
competente y demandado por hacer cualquier gestión
que no sea reclamar la incompetencia del tribunal.
Expresa
Tacita
a) Tribunal no era competente para conocer de
un asunto pasa a ser competente
b) Solo afectan a las partes que han concurrido
INCOMPETENCIA
TRIBUNAL
DE OFICIO
VIA INCIDENTAL
CASACIÓN EN LA FORMA
1. Tribunal facultad de corregir de oficio los errores en la tramitación del proceso
2. Facultad tribunal que conoce apelación, casación, revisión o incidente de
poder casar la sentencia en la forma.
Declinatoria
Inhibitoria
Incidente nulidad procesal
Incidente nulidad procesal 2da instancia
Incidente propone ante el tribunal que se estima incompetente,
indicándole el tribunal competente y solicita que se abstenga conocer
Incidente promueve ante tribunal que se estima competente para que se dirija
al tribunal que está conociendo el asunto, para que se inhiba y remita los autos
Sin plazo, pero debe haber juicio pendiente y que
el tribunal sea absolutamente incompetente
Junto a Litis pendencia.
Jamás casación en el fondo.
32
TURNO Y
DISTRIBUCIÓN DE
CAUSA
DISTRIBUCIÓN
DE CAUSAS
TURNOS
Asuntos contenciosos
Asuntos no contenciosos
Reformado por
LTE 2015. (art.
175 COT)
Tribunal comuna o
agrupación de comunas
Tribunal asiento de C.Ap.
Debe conocer la demanda el juzgado de letras que
conozca de medidas prejudiciales, gestiones preparatorias
o ejecución sentencias primera o única instancia.
La acción o gestión se presenta ante la secretaría del
primer juzgado de letras de la comuna o agrupación
de comunas donde se realizará la distribución a
través de un sistema electrónico idóneo.
La acción o gestión debe presentarse ante la Corte
para que distribuya, también a través de un sistema
electrónico por orden del presidente de la Corte
Mismas reglas asuntos contenciosos.
CUESTIONES Y
CONFLICTOS DE
COMPETENCIA
CUESTIONES DE COMPETENCIA
CONTIENDAS DE COMPETENCIA
Una de las partes reclama mediante la
promoción del incidente de incompetencia
del tribunal para conocer del asunto.
DECLINATORIA
INHIBITORIA
Cuando se suscita un conflicto
entre dos o más tribunales, en el
que uno de ellos sostiene poseer
competencia para conocer de un
determinado asunto con exclusión
de los otros que están
conociendo, o ninguno cree ser
competente para conocer asunto.
Entre tribunales ordinarios
Entre tribunales ordinarios y
especiales o entre especiales
Entre tribunales arbitrales o entre
estos y trib. Ordinarios o especiales
Superior jerárquico de ambos, o del que
tenga más jerarquía o quien previno
Corte en común o la corte del
superior jerárquico o CS.
Democratizar el conocimiento es tarea de todxs. Si tienen
correcciones que hacernos, háganlas llegar a nuestro
Instagram @proyectopontelacapa , para enmendar el error
y mejorar la calidad del material.
Como equipo, decidimos liberar gran parte del material
que tenemos y usamos porque creemos que el grado no
debería ser un negocio. Al contrario, deberían ser las
Universidades las que se encarguen de acompañar
durante el proceso de graduación a sus estudiantes, pero
bueno, sabemos que en la mayoría de los casos aquello no
ocurre.
Y, a sabiendas que no todxs pueden acceder a un tutorx,
pues, esperamos poder ayudarlos dentro de la medida de
lo posible.
33

Más contenido relacionado

Similar a 1. Orgánico (parte 1).pdf

Teoria general del proceso
Teoria general del procesoTeoria general del proceso
Teoria general del procesorohaners
 
Momentos Jurisdiccionales Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De Jurisdiccion
Momentos Jurisdiccionales  Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De JurisdiccionMomentos Jurisdiccionales  Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De Jurisdiccion
Momentos Jurisdiccionales Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De JurisdiccionRock Ash
 
procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papic
 procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papic procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papic
procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papicFelipe Jofre Arriagada
 
Quiebrasregistro
QuiebrasregistroQuiebrasregistro
QuiebrasregistroMEC
 
REGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNO
REGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNOREGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNO
REGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNOMEC
 
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptxUNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptxcesartorres241
 
DERECHO PROCESAL CIVIL I.docx
DERECHO PROCESAL CIVIL I.docxDERECHO PROCESAL CIVIL I.docx
DERECHO PROCESAL CIVIL I.docxPazVaressi
 
Clases I y IE derecho procesal dddddddddd
Clases I y IE derecho procesal ddddddddddClases I y IE derecho procesal dddddddddd
Clases I y IE derecho procesal ddddddddddManuelUrzaUrza
 
Contencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSRContencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSRMauri Rojas
 
JURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptx
JURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptxJURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptx
JURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptxLuisiñho Coba
 
Procedimiento contencioso
Procedimiento contenciosoProcedimiento contencioso
Procedimiento contenciosoJuan Piedrahita
 
guia-preparatorio generalproceso derecho general
guia-preparatorio generalproceso derecho generalguia-preparatorio generalproceso derecho general
guia-preparatorio generalproceso derecho generalSandracastaeda52
 
Material de Apoyo.pdf
Material de Apoyo.pdfMaterial de Apoyo.pdf
Material de Apoyo.pdfLemuelGuerra1
 
Cuestionario examen semestral de derecho civil
Cuestionario examen semestral de derecho civil Cuestionario examen semestral de derecho civil
Cuestionario examen semestral de derecho civil Angelica Perez
 
Elaigerlaboral
ElaigerlaboralElaigerlaboral
Elaigerlaboralelaiger
 
Elaigerlaboral
ElaigerlaboralElaigerlaboral
Elaigerlaboralelaiger
 

Similar a 1. Orgánico (parte 1).pdf (20)

Teoria general del proceso
Teoria general del procesoTeoria general del proceso
Teoria general del proceso
 
Momentos Jurisdiccionales Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De Jurisdiccion
Momentos Jurisdiccionales  Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De JurisdiccionMomentos Jurisdiccionales  Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De Jurisdiccion
Momentos Jurisdiccionales Limites Jurisdiccionales Y Conflictos De Jurisdiccion
 
procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papic
 procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papic procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papic
procedimiento-civil-juicio-ordinario-de-mayor-cuantia-ignacio-rodriguez-papic
 
Quiebrasregistro
QuiebrasregistroQuiebrasregistro
Quiebrasregistro
 
REGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNO
REGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNOREGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNO
REGISTRODEQUIEBRASDUARTEADORNO
 
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptxUNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptx
 
Tesis
TesisTesis
Tesis
 
DERECHO PROCESAL CIVIL I.docx
DERECHO PROCESAL CIVIL I.docxDERECHO PROCESAL CIVIL I.docx
DERECHO PROCESAL CIVIL I.docx
 
Clases I y IE derecho procesal dddddddddd
Clases I y IE derecho procesal ddddddddddClases I y IE derecho procesal dddddddddd
Clases I y IE derecho procesal dddddddddd
 
Arbtvir
ArbtvirArbtvir
Arbtvir
 
Contencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSRContencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSR
 
JURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptx
JURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptxJURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptx
JURISPRUDENCIA EN DERECHOS HUMANOS.pptx
 
Procedimiento contencioso
Procedimiento contenciosoProcedimiento contencioso
Procedimiento contencioso
 
Derecho procesal civil
Derecho procesal civilDerecho procesal civil
Derecho procesal civil
 
guia-preparatorio generalproceso derecho general
guia-preparatorio generalproceso derecho generalguia-preparatorio generalproceso derecho general
guia-preparatorio generalproceso derecho general
 
Apunte primera prueba procesal ii
Apunte primera prueba procesal iiApunte primera prueba procesal ii
Apunte primera prueba procesal ii
 
Material de Apoyo.pdf
Material de Apoyo.pdfMaterial de Apoyo.pdf
Material de Apoyo.pdf
 
Cuestionario examen semestral de derecho civil
Cuestionario examen semestral de derecho civil Cuestionario examen semestral de derecho civil
Cuestionario examen semestral de derecho civil
 
Elaigerlaboral
ElaigerlaboralElaigerlaboral
Elaigerlaboral
 
Elaigerlaboral
ElaigerlaboralElaigerlaboral
Elaigerlaboral
 

Último

cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxPryhaSalam
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 

Último (20)

Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
 

1. Orgánico (parte 1).pdf

  • 1. ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DEL PODER JUDICIAL (PARTE I) TUTORIAS DE EXAMEN DE GRADO Proyecto Capa @proyectopontelacapa La elaboración de los esquemas ha sido resultado de un trabajo colectivo de años. Solicitamos, por respeto, no apropiarse del mismo. 1
  • 2. INDICE UNIDAD I: PRINCIPIOS FUNAMENTALES DEL DERECHO PROCESAL Y LEY PROCESAL UNIDAD II: BASES DE LA JURISDICCIÓN UNIDAD III: LA COMPETENCIA 2
  • 3. CUESTIÓN PREVIA: ¿Qué ven los Tribunales de Justicia?  TITULO I: Del Poder Judicial y de la Administración de Justicia en general Artículo 1° La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de juzgarlas y de hacer ejecutar lo juzgado pertenece exclusivamente a los tribunales que establece la ley. Art. 2° También corresponde a los tribunales intervenir en todos aquellos actos no contenciosos en que una ley expresa requiera su intervención. Art. 3° Los tribunales tienen, además, las facultades conservadoras, disciplinarias y económicas que a cada uno de ellos se asignan en los respectivos títulos de este Código. 3
  • 4. UNIDAD I: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PROCESAL Y LEY PROCESAL EL CONFLICTO EN LA SOCIEDAD El hombre es un ser gregario, vive en comunidad y depende de ésta, es un ser social, de lo que resulta inevitable la existencia de conflictos de intereses, que enfrentan al hombre con el hombre, o al hombre con la sociedad o bien común. Conflicto: Controversia entre dos o más hipotéticas situaciones que son excluyentes CONFLICTO INTERNO – EXTERNO CONFLICTO SIN - CON RELEVANCIA JURIDICA CONFLCITO DE RELEVANCIA JURIDICA “conflicto intersubjetivo de intereses, jurídicamente trascendente, reglado por el derecho objetivo, y caracterizado por la existencia de una pretensión resistida” EL DERECHO viene a regular la convivencia social, de modo que la vida en común sea posible, regulando la actuación de los sujetos a través de normas de conductas FORMAS SOLUCIONAR CONTROVERSIAS La simple dictación de éstas normas no basta, dado que pueden ser transgredidas y ante la vulneración de éstas, surge la interrogante de “cómo” obtener la solución de las controversias 4
  • 5. 5 FORMAS SOLUCIÓN DEL CONFLICTO AUTOTUELA AUTOCOMPOSICIÓN Objeto es recuperar la paz social EL PROCESO: LA HETEROCOMPOCISIÓN La reacción directa y personal de quien se hace justicia con manos propias En Chile RG: Prohibida Ex: 1) Legitima defensa 2) Propter rem: árbol extiende sus ramas o raíces la forma mediante la cual, bien ambas partes mediante el acuerdo mutuo, bien una de ellas, deciden poner término al litigio planteado FORMAS UNILATERAL BILATERAL Renuncia de un d° Retiro de la demanda Desistimiento de la demanda Allanamiento Transacción Mediación Conciliación Avenimiento Suspensión condicional del procedimiento antes de entablar acción antes notificación demanda No cosa juzgada después notificación demanda Si hay cosa juzgada Declaración de voluntad del demandado en la que reconoce y se somete a la pretensión jurídica Solo elimina la fase probatoria Acuerdos reparatorios Contrato Civil Trámite obligatorio en JO Penal Penal IMPORTANTE: Manejar clasificaciones NUEVO Artículo 3º bis CPC. Es deber de los abogados, de los funcionarios de la administración de justicia y de los jueces, promover el empleo de métodos autocompositivos de resolución de conflictos, como la conciliación, la mediación, entre otros.
  • 6. 6 EL PROCESO: LA HETEROCOMPOCISIÓN Método de solución de conflictos en el cual las partes acuden a un tercero, ya sea una persona individual o colegiada, quien se obliga, luego de tomar conocimiento de las alegaciones y pruebas, a emitir una decisión que pone fin a la controversia, cuyo cumplimiento deben acatar las partes”. 3ro es imparcial, nombrado por el Estado e investido de función jurisdiccional. ACCION PRETENSIÓN PROCESO PROCEDIMIENTO Derecho subjetivo publico consistente en poner en funcionamiento la actividad jurisdiccional del Estado. Subordinar interés ajeno al interés propio Conjunto de actos y actuaciones emanados por las partes y el tribunal con la finalidad de que se resuelva el conflicto de relevancia jurídica mediante un juicio de autoridad con efecto de cosa juzgada Conjunto de reglas y plazos que deben cumplir las partes y el tribunal en la substanciación del proceso. CLASES Según finalidad Según norma de fondo Según extensión competencia 1, Declarativo 2. Ejecutivo 3. Cautelares Civiles, de familia, trabajo, etc. 1, Lato conocimiento 2. Sumario
  • 7. 7 DERECHO PROCESAL CONCEPTO CLASIFICACIÓN El Derecho procesal es el conjunto de normas que regulan la actividad jurisdiccional del Estado para la aplicación de las leyes de fondo y su estudio comprende: i) la organización del Poder judicial; ii) a determinación de la competencia de los funcionarios que lo integran; y iii) a actuación del juez y de las partes en la substanciación del proceso”. CONTENIDO CARACTERISTICAS PROCESAL ORGANICO PROCESAL FUNCIONAL Función jurisdiccional, competencia, organización y atribuciones del PJUD (COT, CPC, CPR) Procedimientos en materia civil y penal, junto a los recursos contemplados Otras denominaciones 1. DERECHO ADJETIVO: oposición Derecho Sustantivo 2. DERECHO DE PROCEDIMIENTO JUDICIALES: énfasis rituales procesales Núcleo es la función jurisdiccional ejercida por tribunales de justicia. A su vez, la jurisdicción se ejercita bajo reglas de competencia y atribución de funciones. Finalmente el proceso es activado por las partes (RG) debiendo seguirse el determinado procedimiento. Carácter publico Orden publico Instrumental Objetivo: traducir la voluntad concreta de los mandamientos legales PJUD es un poder público y la función jurisdiccional es una función estatal. • Interesado no disponer d°s y o°s. Excepcionalmente se puede renunciar a ciertos derechos (12 CC). Ej. Renuncia, desistimiento • Leyes organización y competencia absoluta son irrenunciables. Competencia relativa y leyes de procedimiento en ejecución son renunciables
  • 8. 8 FUENTES DEL DERECHO PROCESAL DIRECTAS INDIRECTAS CPR TRATADOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR CHILE LEY EN SENTIDO ESTRICTO AUTO ACORDADOS JURISPRUDENCIA DOCTRINA USOS PROCESALES ACUERDOS DE PARTE DERECHO COMPARADO PRINCIPIOS DERECHO PROCESAL
  • 9. 9 DIRECTAS CPR TRATADOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR CHILE LEY EN SENTIDO ESTRICTO AUTO ACORDADOS Contiene normas y principios básicos del derecho procesal: a) debido proceso, b) garantías procesales, c) garantías penales, d) PJUD, e) MP, f) Poder de imperio, etc. Debido proceso Acciones constitucionales conjunto de derechos procesales mínimos contenidos en la CPR y Tratados Internacionales sobre DDHH i) Igualdad partes ii) Figura del juez: natural, imparcial e independiente iii) No comisiones especiales iv) D° acción y defensa v) D° defensa letrada vi) Proceso: publico, racional y justo y sin dilaciones indebidas vii) Sentencia: proceso previo y legamente tramitado; motivada y congruente; fuentes legales vigentes; posibilidad de impugnar: y haya cosa juzgada Principal importancia radica en aquellos sobre DDHH que recogen d°s procesales y principios básicos (estos tratados tienen rango constitucional) Principales PIDCyP y la CADH Interesa su contenido (regula actuación Jurisdiccional, organiza PJUD, competencia tribunales, proceso y procedimiento). Normas jurídicas dictadas en ejercicio de las facultades económicas de tribunales superiores de justicia con el fin a) velar por un mejor servicio de justicia o b) complementar materias no expresamente reguladas por la ley Naturaleza jurídica clasificación acto administrativo carácter normativo Según forma Según extensión a. Mandato constitucional o legal b. Facultades económicas del poder judicial a. C.S b. C.Ap. 1. Crítica 2. Ejemplos
  • 10. 10 INDIRECTAS JURISPRUDENCIA DOCTRINA USOS PROCESALES ACUERDOS DE PARTE DERECHO COMPARADO PRINCIPIOS DERECHO PROCESAL Reiteradas interpretaciones que hacen de las normas jurídicas los tribunales superiores de justicia • No vinculantes (en la práctica no tan cierto) • Efecto relativo (art. 3 CC) Estudios efectuados por los autores del derecho procesal, donde hay creación, sistematización e interpretación de las normas jurídicas. Actuaciones reiteradas no contempladas en la ley (oficios, redacción escritos, libros receptores) Fuera de proceso Dentro de proceso a) Mediación b) Transacción c) Compromiso a) Avenimiento b) Conciliación c) Reducción termino probatorio, etc. Dictado fuera del país y que rige otras sociedades. Núcleo básico que debe ser respetado por el legislador, las partes y el juez.
  • 11. 11 PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL JURIDICOS- NATURALES JURÍDICO- TECNICO IGUALDAD DE PARTES IMPARCIALIDAD BUENA FE DISPOSITIVO/INQUISITIVO APORTACIÓN PARTE/INVESTIGACIÓN DE OFICIO ORALIDAD/ESCRITURACIÓN IMPULSO PROCESAL ECONOMÍA PROCESAL ADQUISICIÓN PROCESAL Consecuencia directa es CONTRADICCIÓN: 1) controvertir las pretensiones jurídicas de la contraria y 2) argumentar y acreditar los planteamientos propios Paridad de oportunidades y audiencias entre las partes. Partes no utilicen el sistema procesal para fines fraudulentos o dolosos, o alegar hechos contrarios a la realidad. Juez no tenga interés en los resultados del juicio, que sea independiente de las partes y no albergue prejuicios respeto al asunto de fondo Manifestaciones a) Costas (litigante temerario) b) Prohib. de incidente c/ fines dilatorios. c) Juramento/tacha de testigos d) Implicancias y recusaciones Principios formativos del procedimiento Inherentes a todo proceso D° A LA PRUEBA D° AL RECURSO a) Derecho a un término probatorio b) Derecho a proponer/ofrecer medios de prueba c) Derecho a que medios sean admitidos y valorados Derecho subjetivo de quienes intervienen en el proceso a cualquier título y condición, para que se corrijan los errores del juez, que le causan gravamen o perjuicio. REGLAS PROCESALES CONCENTRACIÓN/DESC. INMEDIACIÓN/MEDIACIÓN PUBLICIDAD/SECRETO
  • 12. 12 PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL JURÍDICO- TECNICOS DISPOSITIVO/ INQUISITIVO AP. DE PARTE/INV. DE OFICIO IMPULSO PROCESAL DISPOSITIVO INQUISITIVO solo las partes tienen la facultad de iniciar el proceso y delimitar el objeto del conflicto. Manifestaciones a) Demanda b) Aportación de prueba c) Deber congruencia juez: ultra, extra y citra petita d) Términos voluntarios procedimiento (desistimiento, retiro) el juez tiene facultad iniciar el proceso y delimitar el objeto del conflicto (propio proceso involucrado interés general) APORTACIÓN DE PARTE iniciativa probatoria recae en las partes, careciendo juez facultad para decretar pruebas de oficio. De quién es la carga de hacer avanzar el proceso? No Absoluto ADQUISICIÓN PROCESAL Los resultados de las actuaciones probatorias se acumulan con prescindencia de parte que las haya realizado (Ej. Confesión judicial, testimonial, pericial) DERECHO PROCESAL ES DERECHO PÚBLICO Su fin es la PAZ SOCIAL. Juez debe darle curso, en todo aquello no comprendido en el principio dispositivo.
  • 13. 13 PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL REGLAS PROCESALES ORALIDAD/ ESCRITURACIÓN ORALIDAD ESCRITURACIÓN Sentencia dicta en base al material recogido en las audiencias Concentración Inmediación Publicidad general Actividad procesal concentra en el mínimo audiencia posible. Obligación del juez de estar en contacto directo con: 1) las partes y 2) medios de prueba Debiendo ser este mismo juez quien dicte sentencia definitiva (prohíbe delegación). interna externa Sentencias dictará exclusivamente en base al material que se recoge en el expediente. Desconcentración Mediación Secreto Proceso desenvuelve en una serie de etapas o fases El juez no tiene contacto directo con las partes ni con la prueba (falla conforme el expediente) Conocidos como “Subsistemas procesales”
  • 14. 14 LEY PROCESAL CARACTERISTICAS INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN EFECTOS es la que regula la actuación de la ley en el proceso y particularmente, la que regula la relación procesal AUTONOMA IMPERATIVA NAT. PUBLICA FINALIDAD EN CUANTO AL LUGAR EN CUANTO AL TIEMPO ESTADO DEL JUICIO NATURALEZA JCA. NORMAS PROCESALES a) Terminado por sentencia firme (174 CPC) b) No iniciado c) En tramitación o pendiente de resolución Existen normas transitorias en nueva ley No existen normas transitorias en nueva ley Leyes procesal de organización LEY EFECTO RETROACTIVO DE LAS LEYES Irretroactividad (9 CC y 19N°3 CPR) Leyes procesal de competencia In actum Relativa in actum pero no afecta prorrogas de competencias ya efectuadas Absoluta In Actum Territorialidad Plantea situaciones especiales 1) Plazos 2) Actuaciones judiciales y diligencias 3) Medios de prueba 4) Recursos
  • 15. 15 LEY PROCESAL EFECTOS EN CUANTO AL ESPACIO EN CUANTO AL TIEMPO Irretroactividad Territorialidad Arts. 1 y 5 COT EXCEPCIONES Tribunales chilenos conocen asuntos ocurridos en el extranjero Exequatur Inmunidad jurisdiccional Requisitos a) Delitos taxativos 6 COT b) No haya proceso o sentencia absolutoria del país c) Persona se encuentre en chile (voluntad o extradición) 1. Estados extranjeros 2. Jefes de Estados Extranjeros 3. Agentes Diplomáticos
  • 16. UNIDAD II: BASES DE LA JURISDICCIÓN 16 Jurisdicción: Poder – deber del Estado radicado preferentemente en los tribunales de justicia, para que estos como órganos imparciales e independientes, resuelven de manera, definitiva, inalterable y con posibilidad de ejecución los conflictos de relevancia jurídica suscitados entre las partes o respecto violación del ordenamiento jurídico-social en un espacio temporal y dentro del territorio nacional. (76 CPR y 1 COT) JURISDICCION CARACTERISTICAS CLASIFICACIÓN MOMENTOS JURISDICCIONALES 1. Origen constitucional 2. Jerarquizada 3. Emana soberanía del Estado 4. Ejerce con debido proceso 5. Independiente 6. No clasificable 7. Improrrogable 8. Territorial 9. Inexcusable 10. Pasiva 11. Efectos relativos DE DERECHO/ DE EQUIDAD CONTENCIOSA/ NO CONTENCIOSA Acto judicial no contencioso la ley requiere la intervención del juez sin haber conflicto de relevancia jurídica • No es jurisdicción voluntaria (no es jurisdicción ni es voluntaria) Características 1) Efecto cosa juzgada 2) Prueba se aprecia «prudencialmente» 3) Si existen 3ros interesados, pueden oponerse. 4) Esencialmente modificable el dictamen 5) Recurso apelación y casación Crítica a clasif. Y nombre de no contenciosa o voluntaria De equidad: Ver art. 170 n°5 CPC
  • 17. 17 JURISDICCION MOMENTOS JURISDICCIONALES LIMITES JURISDICCIONALES CONOCER JUZGAR HACER EJECUTAR LO JUZGADOS Hechos Prueba El juez toma conocimiento de los hechos en base a las versiones de cada parte, parciales e incluso contradictorias Fase en que se produce el fundamento factico y jurídico que determinará el contenido de la sentencia PPO. CONGRUENCIA Fase eventual 1) Discusión de derecho 2) Allanamiento 3) Acuerdos probatorios Resuelve el conflicto de relevancia jurídica a través del estudio y análisis de los hechos, las pruebas y el derecho • Sentencia definitiva Hace cumplir las resoluciones por medio de la facultad de imperio y a través de la coacción (uso fuerza socialmente organizada). TERRITORIO LEGALIDAD TEMPORALIDAD MATERIA COMPETENCIA a) Delitos art. 6 COT b) Delito internacionales vía art. 2 inc. 2 CPR Excepciones Excepciones a) Árbitros b) Tribunales unipersonales de excepción c) Limite 75 años ejercer función jurisdiccional Excepciones a) Inmunidad jurisdiccional
  • 18. 18 JURISDICCION ATRIBUCIONES CONEXAS EQUIVALENTE JURISDICCIONALES FAC. CONSERVADORA FAC. DISCIPLINARIA FAC. ECONOMICAS Actuación competente de los órganos estatales Protección de DDFF, CPR y la ley inaplicabilidad por inconstitucionalidad y conflictos jurisdicción acción protección, amparo, petición, reclamación x perdida nacionalidad Mantener el orden interno y el respecto entre subalternos y las partes Corregir las faltas o abusos cometidos por funcionarios y partes del proceso CS tiene la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales Ex: TC, TRICEL, TER, TM Tiempos Guerra Vías de ejercicio De oficio Petición de parte 1) Calificación jueces 2) Visitas de Ministros de Corte 1) Queja disciplinaria 2) Recurso de queja administrar bienes que dispone órgano jurisdiccional regular la economía judicial y el rendimiento del trabajo velar por una mejor y más racional administración de justicia Manifestaciones 1) Autoacordado 2) Calificaciones de funcionarios 3) Reglas de distribución de causas 4) Escalafón judicial Crítica Visitas de JG a centros de detención
  • 19. 19 EQUIVALENTE JURISDICCIONALES CRITERIO TRANSACCIÓN CONCILIACIÓN AVENIMIENTO CONCEPTO Contrato en virtud del cual las partes ponen termino a un litigio pendiente o precaven un litigio eventual (art. 2446 CC) A.J. procesal bilateral, en virtud del cual las partes, a iniciativa del juez, logran poner fin al conflicto de mutuo acuerdo Acuerdo que logran las partes en virtud del cual le ponen termino al conflicto jurídico pendiente de resolución judicial, haciéndoselo saber al juez que está conociendo del mismo. TERCERO Las partes negocias sin intervención de un tercero El juez siempre será el tercero que interviene de forma activa Sin tercero, pero debe aprobar o rechazarlo. MOMENTO EN QUE SE PUEDE DAR Extrajudicial, proceso pendiente o antes de iniciar Intrajudicial Extrajudicial, pero hay un proceso pendiente. ESCRITO Escritura publica (acompaña doc. Al juez) Acta conciliación Acta avenimiento, aprobada por juez y firmada por secretario. Todos producen efecto de cosa juzgada
  • 20. 20 BASES EJERCICIO DE LA JURISDICCION LEGALIDAD INDEPENDNCIA INAMOVIBILIDAD Principios y normas fundamentales sobre los cuales descansa el funcionamiento correcto de los órganos jurisdiccionales 6 y 7 CPR, 170 n°5 CPC Orgánica Funcional Solo en virtud ley puede crear tribunales, organización y atribuciones. Tribunales deben actuar dentro del marco legal y fallar los conflictos jurídicos traídos ante ellos aplicándola. Orgánica Funcional Respecto otros poderes del estado Respecto otro órgano jurisdiccional (sobre todos superiores) Personal Respecto de otros jueces o autoridades (sobre todo colegiados) RESPONSABILIDAD Común Disciplinaria Política Ministerial Personal o natural falta o abuso en sus funciones contra tribunales superiores, vía acusación constitucional por notable abandono de deberes Todos los jueces por sus resoluciones. • Cohecho, prevaricación, torcida administración de justicia (no CS), falta observancia ley Juez no puede ser removido de sus cargos mientras observen buen comportamiento hasta un máximo de 75 años. Ex: Juicio de amovilidad INEXCUSABILIDAD a) Todos los tribunales están obligados a conocer y juzgar los asuntos traídos ante ellos y no pueden excusarse en la falta de ley para no hacerlo (aplica equidad) b) Toda sentencia debe tener enunciación de las leyes aplicarán o en su defecto, las reglas de la equidad. Art 12 COT Arts. 13 COT y 79 CPR Art. 76 inc. 2° CPR, 10 inc. 2° COT y 170 N°5 CPC
  • 21. 21 BASES EJERCICIO DE LA JURISDICCION TERRITORIALIDAD JERARQUÍA SEDENTARIEDAD PUBLICIDAD PASIVIDAD Art. 7 COT El tribunal sólo puede actuar dentro de su territorio determinado por ley Excepciones 1) Visitas de los ministros de Corte 2) Acumulación de autos en materia civil 3) Sometimiento de un asunto a arbitraje En el Poder Judicial existe una estructura piramidal, encontrándose en la base los jueces ordinarios de menor jerarquía y va subiendo hasta llegar a la cúspide, donde se encuentra la Corte Suprema Importancia 1) Distribución de competencia de los tribunales 2) Instancias y recursos 3) Facultades disciplinarias de tribunales Art. 9 COT Los actos de los tribunales son públicos, salvo excepciones expresamente establecidas en la ley, como por ejemplo, los procedimientos de separación, nulidad de matrimonio o divorcio son secretos, sólo los conocen las partes (secreto relativo) Los tribunales deben ejercer sus funciones en un lugar fijo y determinado, es decir, no existen en nuestro país jueces viajeros o ambulantes Art. 10 COT Los tribunales actúan a petición de partes, salvo que la ley los faculte expresamente para actuar de oficio Excepciones 1) Declaración de oficio respecto de nulidad absoluta (Civil) 2) Juez puede negarse a proveer la demanda si no cumple con alguno de los 3 primero requisitos del art. 254 CPC 3) Juez denegar ejecución del titulo si está prescrito INAVOCABILIDAD Ningún tribunal puede abocarse el conocimiento de causas o negocios pendientes ante otro tribunal, a menos que la ley le confiera expresamente esta facultad Art. 8 y 112 COT Excepciones 1) Exhortos 2) Inspección personal del juez 3) Inc. 2° 43 COT
  • 22. 22 BASES EJERCICIO DE LA JURISDICCION GRATUIDAD AUTOGENERACIÓN INCOMPLETA CONTINUIDAD COMPETENCIA COMÚN Se materializa en la idea de que las partes no remuneran el ejercicio de la función jurisdiccional. Sin embargo, se sabe que abogados, procuradores, receptores y demás auxiliares de la administración de justicia reciben remuneración, lo que hace bastante oneroso el procedimiento judicial. Mecanismos 1) Abogados de turno 2) Asesoría jurídica de la CAJ 3) Privilegio de pobreza 4) Defensoría penal publica Refiere al sistema de nombramiento y designación de jueces, el modelo chileno recibe este nombre dado a que en el intervienen dos o mas poderes del Estado (PJUD, Ejecutivo y legislativo) Jueces Ministros y fiscales CS Poder judicial y Ejecutivo Poder judicial, Poder ejecutivo y Poder legislativo Es regla general que los tribunales sean competentes para conocer toda clases de asuntos. Sin embargo hay especialidades. Una vez instalado el tribunal, este no podrá dejar de funcionar. Por otra parte encontramos la continuidad en relación al reemplazo contemplando dos instituciones o mecanismos de reemplazo: respecto de los jueces, la subrogación (artículos 211 a 214); y, respecto de los tribunales colegiados, la integración (artículos 215 a 219).
  • 23. 23 CONFLICTOS DE JURISDICCION TRIBUNALES INFERIORES Y AUTORIDAD ADMINISRRATIVA TRIBUNALES SUPERIORES Y AUTORIDAD ADMINISTRATIVA TC SENADO
  • 24. UNIDAD III: LA COMPETENCIA 24 Criterio Jurisdicción Competencia Relación Genero Especie Tipo concepto Genérico Específico: porción jurisdicción que corresponde a c/ tribunal. Clasificaciones Indivisible, no admite clasificación Divisible, admite clasificación. Delegación No Si (exhortos) Prorroga No Si (c. relativa) Ausencia Inexistencia Nulidad procesal Vía alegar Excepción perentoria Excepción dilatoria o incidente de nulidad CONCEPTO Art. 108 COT. La facultad que tiene c/ juez o tribunal para conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de la esfera de sus atribuciones. (Doctrinaria) Esfera de atribuciones que a c/órgano judicial la ley ha reservado como su medida de jurisdicción dentro de la cual pueden actuar válidamente conociendo, juzgando y haciendo ejecutar los asuntos que le correspondan • Diferencias Jurisdicción y competencia
  • 25. 25 CLASIFICACIÓN COMPETENCIA ABSOLUTA/RELATIVA NATURAL/PRORROGADA PROPIA/DELEGADA COMÚN/ESPECIAL Absoluta Relativa Busca determinar la jerarquía del tribunal competente y dentro de esta específicamente cual es el indicado. determina la jerarquía del tribunal en base a tres factores: cuantía, materia y fuero. basada en el elemento territorial, determina, dentro de la jerarquía, ante qué tribunal especifico debe ser llevado el conflicto Natural Prorrogada competencia que posee el tribunal natural o prorrogadamente posee el tribunal, que no conoce el asunto, para la realización de diligencia especificas tiene el tribunal asignada legalmente tras reglas de competencia absoluta y relativa tiene el tribunal encomendada por las partes, expresa o tácitamente Solo procede a) Asuntos civiles, b) Contenciosos c) 1ra instancia d) Tribunales de igual jerarquía Propia Delegada Común Especial EXHORTO según extensión materias tribunal conoce una variada gama de materias (penales, civiles, trabajo, etc.) tribunal conoce únicamente de una materia en especifico C.Ap. Y C.S
  • 26. 26 CLASIFICACIÓN COMPETENCIA PRIVATIVA/ACUMULATIVA UNICA/PRIMERA/SEGUNDA INSTANCIA CONTENCIOSA/ NO CONTENCIOSA OBJETIVA/SUBJETIVA Privativa Acumulativa Única Inst. 1ra Inst. Común Especial 2da Inst. Según número de tribunales ley entrega competencia. un tribunal conoce un asunto con exclusión de los demás dos o más tribunales potencialmente competentes para conocer del asunto (reglas competencia relativa) CS respecto casación y el recurso de revisión Excepcional, no procede recurso apelación (materia penal es la RG) procede recurso apelación en conocimiento recurso apelación Efectos pedagógicos -> En realidad no existe jurisdicción no contenciosa. Destinatario normas competencia determina el órgano jurisdiccional competente determina la competencia del juez o ministro que debería conocer el asunto
  • 27. 27 REGLAS DE LA COMPETENCIA REGLAS GENERALES REGLAS ESPECIALES RADICACIÓN O FIJEZA GRADO O JERARQUÍA COMPETENCIA ABSOLUTA COMPETENCIA RELATIVA Características 1) Reglas generales 2) Complementarias y consecuenciales reglas competencia absoluta y relativa 3) No tienen sanción única. EXTENSIÓN INEXCUSABILIDAD EJECUCIÓN CUANTÍA FUERO MATERIA ASUNTOS CIVILES NO CONTENCIOSOS ASUNTOS CIVILES CONTENCIOSOS Las reglas ESPECIALES de la competencia, se aplicarán en primer lugar, toda vez que permiten determinar el Tribunal que será competente para conocer de un asunto judicial artículos 109 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales
  • 28. 28 REGLAS ESPECIALES C. ABSOLUTA Materia se impone sobre cuantía y el fuero se impone sobre materia. CUANTÍA FUERO MATERIA (Civil) el valor de la cosa disputada o (penal) la pena del delito que lleva consigo Importancia Conocimiento única (menor 10 UTM) o primera instancia Determinar el procedimiento aplicable a) Mínima (- 10 UTM) b) Menor (10 – 500 UTM) c) Mayor cuantía (500 UTM) Momento determina Al tiempo de presentarse la demanda y fijada no puede alterarse. Reglas No susceptible aprec. pecuniaria Susceptible aprec. pecuniaria Se reputan de mayor cuantía Acompaña documentos No acompaña documentos atiene valor dado Acción personal Acción real apreciación demandante en su acción acuerdo partes o mediante apreciación pericial la naturaleza del asunto controvertido Importancia Utilizada para el establecimiento de los tribunales especiales Determinación de la jerarquía de un tribunal. En este carácter, arrastra los asuntos de una cuantía inferior a otra superior. a) Juicios de hacienda: jueces de letras de comuna asiento de C.Ap. b) Asuntos judiciales no contenciosos: juez de letras en 1ra instancia c) Asuntos sigan contra seguridad Estado: ministro C.Ap. d) Delitos jurisdicción de tribunales chilenos puedan afectar relaciones internacionales: ministro C.S
  • 29. 29 REGLAS ESPECIALES C. ABSOLUTA FUERO Beneficio establecido a favor de la contraparte de la persona que detente dignidad o grado, con el fin de asegurar mayor independencia del tribunal y que este no se vea intimidado F. MAYOR F. MENOR Causas en que sean parte o tengan interés: PDR, ex PDR, ministros, miembros tribunales superiores, CGR, Comandante en jefe FFAA, general director carabineros senadores, diputados, gobernadores, etc. Causas en que tenga interés: comandante jefe ejército, general director carabineros, ministros CS y C.Ap., fiscales, jueces de letras, cónsules, fundaciones de D°P° Juzgador será ministro C.Ap juez de letras en primera instancia asunto de cuantía menor 10 UTM Improcedencia 1) Juicios de minas 2) Posesorios 3) Distribución de aguas 4) Asuntos no contenciosos 5) Juicio sumario C. RELATIVA Asuntos Civiles Cont. Asuntos Civiles NO cont. Reglas descarte 1° Prórroga de competencia 2° Disposiciones especiales COT 3° Naturaleza acción 4° Regla residual: domicilio demandado Muebles Inmuebles Mixta Reglas especiales Juez domicilio del solicitante
  • 30. 30 REGLAS GENERALES RADICACIÓN O FIJEZA GRADO O JERARQUÍA EXTENSIÓN INEXCUSABILIDAD O PREVENCIÓN EJECUCIÓN Fija definitivamente la competencia del tribunal, sin importar hechos posteriores Requisitos Momento Excepciones 1) Tribunal conozca asunto 2) Tribunal competente 1) Civil: notificación valida demanda 2) Penal: formalización investigación 1) Ley nueva 2) Compromiso 3) Acumulación autos Establece cual sería el tribunal de alzada competente en caso de recurrir la sentencia El tribunal que conoce el asunto principal, conocerá todo lo vinculado al mismo. Aplica asunto ppal, reconvención, incidentes, ejecución sentencia, algunos recursos a) Habiendo 2 o + tribunales competentes ninguno puede excusarse de la competencia del otro para no conocer del asunto b) Conociendo uno de los tribunales, quedan los demás excluidos de conocer. Fija competencia tribunales para hacer cumplir lo fallado en sus sentencias de primer o única instancia (facultad de imperio) Excepciones 1) Ejecución sentencias penales y medidas seguridad (JG) 2) Ejecución fallos por tribunales que conozcan de ciertos recursos en segunda instancia (casación, apelación, revisión)
  • 31. 31 PRORROGA DE COMPETENCIA LIMITES CLASES EFECTOS Acuerdo expreso o tácito de las partes en virtud del cual, en la primera instancia de los asuntos contenciosos, otorgan competencia a un tribunal para conocer de él, en razón de la competencia relativa. 1) Competencia relativa 2) Primera instancia 3) Tribunales ordinarios 1ra instancia 4) Asuntos civiles contenciosos Dte por el solo hecho de recurrir al juez no naturalmente competente y demandado por hacer cualquier gestión que no sea reclamar la incompetencia del tribunal. Expresa Tacita a) Tribunal no era competente para conocer de un asunto pasa a ser competente b) Solo afectan a las partes que han concurrido INCOMPETENCIA TRIBUNAL DE OFICIO VIA INCIDENTAL CASACIÓN EN LA FORMA 1. Tribunal facultad de corregir de oficio los errores en la tramitación del proceso 2. Facultad tribunal que conoce apelación, casación, revisión o incidente de poder casar la sentencia en la forma. Declinatoria Inhibitoria Incidente nulidad procesal Incidente nulidad procesal 2da instancia Incidente propone ante el tribunal que se estima incompetente, indicándole el tribunal competente y solicita que se abstenga conocer Incidente promueve ante tribunal que se estima competente para que se dirija al tribunal que está conociendo el asunto, para que se inhiba y remita los autos Sin plazo, pero debe haber juicio pendiente y que el tribunal sea absolutamente incompetente Junto a Litis pendencia. Jamás casación en el fondo.
  • 32. 32 TURNO Y DISTRIBUCIÓN DE CAUSA DISTRIBUCIÓN DE CAUSAS TURNOS Asuntos contenciosos Asuntos no contenciosos Reformado por LTE 2015. (art. 175 COT) Tribunal comuna o agrupación de comunas Tribunal asiento de C.Ap. Debe conocer la demanda el juzgado de letras que conozca de medidas prejudiciales, gestiones preparatorias o ejecución sentencias primera o única instancia. La acción o gestión se presenta ante la secretaría del primer juzgado de letras de la comuna o agrupación de comunas donde se realizará la distribución a través de un sistema electrónico idóneo. La acción o gestión debe presentarse ante la Corte para que distribuya, también a través de un sistema electrónico por orden del presidente de la Corte Mismas reglas asuntos contenciosos. CUESTIONES Y CONFLICTOS DE COMPETENCIA CUESTIONES DE COMPETENCIA CONTIENDAS DE COMPETENCIA Una de las partes reclama mediante la promoción del incidente de incompetencia del tribunal para conocer del asunto. DECLINATORIA INHIBITORIA Cuando se suscita un conflicto entre dos o más tribunales, en el que uno de ellos sostiene poseer competencia para conocer de un determinado asunto con exclusión de los otros que están conociendo, o ninguno cree ser competente para conocer asunto. Entre tribunales ordinarios Entre tribunales ordinarios y especiales o entre especiales Entre tribunales arbitrales o entre estos y trib. Ordinarios o especiales Superior jerárquico de ambos, o del que tenga más jerarquía o quien previno Corte en común o la corte del superior jerárquico o CS.
  • 33. Democratizar el conocimiento es tarea de todxs. Si tienen correcciones que hacernos, háganlas llegar a nuestro Instagram @proyectopontelacapa , para enmendar el error y mejorar la calidad del material. Como equipo, decidimos liberar gran parte del material que tenemos y usamos porque creemos que el grado no debería ser un negocio. Al contrario, deberían ser las Universidades las que se encarguen de acompañar durante el proceso de graduación a sus estudiantes, pero bueno, sabemos que en la mayoría de los casos aquello no ocurre. Y, a sabiendas que no todxs pueden acceder a un tutorx, pues, esperamos poder ayudarlos dentro de la medida de lo posible. 33