Este documento presenta un resumen sobre el derecho penal humanitario. Explica que el derecho penal tiene como objetivo principal proteger a la sociedad estableciendo infracciones y sanciones. También determina qué acciones humanas son consideradas delitos y cómo establecer las sanciones correspondientes. Finalmente, señala que el periodo humanitario surgió como una etapa más humanizada de los sistemas penales, criticando los métodos anteriores y proponiendo nuevos conceptos y prácticas para respetar los derechos humanos.
1. República bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la educación
Instituto universitario de la frontera
I.U.F.R.O.N.T
San Cristóbal – Estado Táchira
San Cristóbal, agosto de 2017
3. Derecho penal humanitario
El derecho penal, es de carácter normativo, publico, contingente, valorativo, finalista,
garantizador, cultural, unitivo, coercitivo, fragmentario, subsidiario, de mínima
intervención por parte del estado, personalísimo e igualitario, que tiene la norma y el bien
jurídico como polos de sus ejes programáticos establecidos en la constitución de la
república y cuya naturaleza es eminentemente sancionatoria.
El derecho penal no se reduce solo al listado de las conductas consideradas delitos y la
pena que a cada uno corresponde, sino que fundamentalmente su misión es proteger a
la sociedad, ya que es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las
infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con
motivo de las infracciones o para prevenirlas.
4. También ha sido definido como la rama del saber jurídico que mediante la interpretación
de las leyes penales, propone a los jueces un sistema orientador de decisiones, que
contiene y reduce el poder punitivo para impulsar el progreso del estado constitucional
de derecho.
Cuando se habla de derecho penal se utiliza el término con diferentes significados según
a que el mismo se esté refiriendo. De tal modo podemos mencionar una clasificación
preliminar tal como: derecho penal sustantivo y, por otro lado, el derecho penal adjetivo o
procesal penal.
El primero de ellos está constituido por lo que generalmente conocemos como código
penal o leyes penales de fondo que son las normas promulgadas por el estado
estableciendo los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el
conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de aquellas.
5. También determina las clases y naturaleza de la acción humana que es considerado el
hecho criminal, para así establecer la sanción, por todo ello entiende que el centro
valorativo de su acción lo encuentra en la conducta humana, que es calificada bajo la
perspectiva dogmática que fija la norma penal, estableciendo parámetros valorativos con
la finalidad de determinar las formas y grado de participación, responsabilidad y sanción.
El Periodo Humanitario es considerada una de las etapas del derecho penal que surge
ante la excesiva crueldad y continua con un movimiento humanizado de las penas y en
general de los sistemas penales, el cual consistió en una crítica demoledora contra los
sistemas empleados hasta entonces y la proposición creadora de nuevos conceptos y
nuevas prácticas.
6. Por ello, el Periodo Humanitario surge como la declaración universal de los derechos del
hombre y del ciudadano en 1789, y empieza a ser respetados e iniciados los juicios para
los delincuentes, donde se observa que la sociedad es sabiamente, una forma de vida
natural y necesaria al hombre, en la cual se requiere de un ajuste de las funciones y de
las actividades para cada individuo, que haga posible la convivencia evitando choques,
resolviendo conflictos y fomentando la cooperación. En consecuencia, si el hombre ha
de vivir en sociedad para su conservación y desarrollo, es claro que en esa sociedad,
organizada con tales fines, ha de tener posibilidad de hacer todo aquello que sea medio
adecuado para llenar sus propias necesidades, hallándose obligado a respetar el
ejercicio de iguales facultades en los demás y aun a contribuir con su esfuerzo para la
satisfacción de las exigencias colectivas, constituyéndose así el orden jurídico por el
conjunto de normas que regulan y hacen posible y benéfica la vida en común.