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Comercio internacional:
Medios de pago internacionales
1. Introducción
2. Factores a tener en cuenta para seleccionar un medio de pago
3. Principales medios de pago internacionales
4. Crédito documentario
5. Caso práctico: Atlas SL
Medios de pago internacionales
1. INTRODUCCIÓN
Medio de pago es un instrumento utilizado
para liquidar una operación de compra-venta.
El medio de pago elegido está en función de
la confianza entre las partes.
Es un elemento fundamental de la estrategia
comercial. El departamento comercial debe ser
experto en sistemas de pago. El origen
siempre en la negociación comercial.
2. ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO
• Grado de confianza: informes de solvencia
• Posición dominante en la negociación comercial
• Experiencias anteriores
• Importe de la operación y costes financieros
• Riesgo país: seguridad del medio de pago
• CESCE: http://www.cesce.es/riesgo-pais
• COFACE: http://www.riesgopaiscoface.com/start/
• Crédito y Caución (Atradius): http://
www.creditoycaucion.es/es/prensa/cycnews/portada
2. ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO
2. ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO
Cobertura del riesgo comercial:
• Anulación del contrato: irrevocable, anticipo (tipologías: 100%,
50%-50%, 30%-70%...)
• Riesgo político: LC irrevocable y confirmado banco español
• Riesgo impago: aval bancario, garantía o stand by, compañías
aseguradoras (CESCE, Crédito y Caución, Coface)
 Cobertura impago (80%-100%)
 Límite de importe que se asegura
 Actualizaciones de coberturas
 Diferentes plazos por países
 Coste: % sobre facturación
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
INSTRUMENTOS DE COBRO vs. SEGURIDAD
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
La Cámara de Comercio Internacional (ICC), sede central en Paris
y presencia en más de 100 países.
Principales reglamentaciones de CCI:
Publicación600-Reglas Uniformes de Créditos Documentarios.
Publicación522-Reglas Uniformes sobre Remesas
Publicación715–Incoterms2010
Publicación758–Garantías bancarias a Primer Requerimiento
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
La orden de pago o transferencia: medio de pago simple
1.Envío de la mercancía y de los
documentos comerciales
2. Importador ordena a su banco
que emita la transferencia
3. Banco emisor adeuda la cuenta
del importador
4. Banco emisor paga a banco
pagador
5. Banco pagador abona al
exportador el importe establecido
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
La orden de pago o transferencia: medio de pago simple
Importador:
Sistema pago seguro
Coste reducido, pero más caro que un cheque
Tramitación sencilla y rápida
Mantiene fondos en cuenta hasta el pago
Exportador:
Riesgo de impago y pérdida de propiedad de mercancía
No tiene posibilidad de descuento
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
El cheque personal: medio de pago simple
1.Envío de la mercancía y de los
documentos comerciales
2.Envío del cheque personal al
vencimiento del pago pactado
3. Entrega del cheque personal para
su cobro
4. Envío del cheque en “Gestión del
cobro”
5.Adeudo en cuenta
6.Comunicación de reembolso
(abono en cuenta)
7.Abono en cuenta del cheque
personal
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
El cheque personal: medio de pago simple
Importador:
No tiene coste
Tramitación sencilla
Mantiene fondos en cuenta hasta el pago
Exportador:
Riesgo de impago y pérdida de propiedad de mercancía
Mayor coste que una transferencia
Limitada facilidad de descuento
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
Remesa simple: el envío de efectos de comercio (letra de cambio)
sin documentos comerciales, para que el exportador gestione el
cobro de operaciones.
1.Envío de mercancía y de
documentos comerciales
2. Entrega del efecto y las
instrucciones de cobro
3.Envío del efecto junto con las
instrucciones del librador y las del
propio banco
4.Aviso de la llegada del efecto y de las
instrucciones de pago
5. Instrucción de pago al vencimiento y
autorización de adeudo en cuenta
6.Adeudo en cuenta al vencimiento
7.Reembolso de la operación
8.Abono en cuenta de la operación
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
Remesa documentaria: consiste en el envío por vía bancaria de
los documentos generados por el exportador y que el importador
necesita para hacerse con la mercancía en destino. Están
Reguladas internacionalmente por la CCI en su Pub.522
1. Envío de la mercancía
2. Entrega de los documentos
comerciales 3. Envío de los documentos
comerciales y de instrucciones del
exportador y banco
4. Aviso de llegada de los documentos
comerciales y de las instrucciones
5. Autorización de pago
6. Entrega de los documentos y adeudo
en cuenta (o financiación)
7. Reembolso de la operación
8. Recogida de mercancía en el puerto
9. Abono de la remesa
3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO
Remesas
Importador:
Más económico que un crédito documentario
No se revisa mercancía antes de aceptación letra
Seguridad de pago contra documentación y posesión
Exportador:
Facilidad de financiación bancaria
Riesgo de no aceptación de la letra de cambio por importador
Mantiene la propiedad de la mercancía situada en un punto en el
extranjero
Si el pago es aplazado, y el importador no hace frente al pago, puede
perder propiedad mercancía y debe recurrir al protesto sin seguridad
de cobro.
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• LC – Letter of Credit (Carta de crédito)
• Medio pago internacional más común
• Altas garantía para las partes
• Concordancia entre momento de pago y recepción mercancías
• Regulados Internacionalmente por las Reglas y Usos Uniformes de
los Créditos Documentarios UCP600 de la CCI (1-7-2007)
• “Es un medio de pago bancario por el que una entidad financiera
por cuenta de su cliente (importador) y siguiendo sus instrucciones,
se compromete a pagar al exportador contra la presentación de
unos documentos determinados, que cumplan los requisitos
solicitados y sean presentados dentro del plazo estipulado a dicho
banco emisor”
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• ORDENANTE (Applicant): Importador. El que da las instrucciones para el condicionado
(Fechas, Cláusulas y Documentos) a su Banco para que emita el Crédito a favor del
Exportador/Vendedor según lo previamente acordado entre ambos.
• BENEFICIARIO (Beneficiary): Generalmente el Exportador, que, como beneficiario del
derecho irrevocable de cobro, si cumple el condicionado obtiene el cobro.
• EMISOR (Issuing Bank): Banco que abre el crédito y ofrece la garantía Irrevocable de pago al
exportador.
• AVISADOR (Advising Bank): Banco que avisa al beneficiario y le entrega el condicionado del
crédito, según lo ha recibido del emisor. No asume riesgo ni aporta garantía, salvo que añada
su Confirmación.
• CONFIRMADOR (Confirming Bank): Añade su confirmación al crédito y da su Garantía de Pago
Irrevocable al exportador si el Emisor incumple su compromiso. Generalmente coincide con
el avisador que además de Avisar asume también el riesgo de pago al beneficiario.
• CONDICIONADO O CLAUSULADO (Terms and Conditions): Cláusulas, condiciones, plazos y
documentos que se exigen en un crédito documentario y que debe cumplir el beneficiario
para obtener el “derecho de cobro irrevocable”.
4. CREDITO DOCUMENTARIO
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• Importador
• Único pago que le permite el envío de mercancía por un
proveedor que exija garantía de cobro
• Se asegura una fecha de entrega de la mercancía
• Se garantiza obtener mercancía si paga
• Costes elevados respecto a otros medios de pago
• Exportador
• Se asegura que el pedido no va a ser anulado
• Seguridad de cobro si fabrica y entrega la mercancía en el plazo
indicado
• Posibilidad de anticipar el cobro a través del banco
• Costes elevados respecto a otros medios de pago
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• REVOCABLE: Pueden ser modificados una vez establecidos, e incluso cancelados. No interesa
al exportador.
• IRREVOCABLE: No pueden ser modificados una vez emitido y avisado el beneficiario.
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• SIN CONFIRMACIÓN: El banco avisador/intermediario no asume ninguna responsabilidad,
sólo verifica autenticidad del crédito, avisa, recibe y paga.
• CONFIRMADO: El banco avisador/intermediario se subroga a las obligaciones del banco
emisor. Importante si el banco emisor es solvente, serio y el país en el que está ubicado.
 Forma común: “Crédito documentario irrevocable y confirmado por banco español
de primera categoría”.
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• A LA VISTA: El exportador no concede ningún aplazamiento de pago al comprador.
• A PLAZO: El exportador ofrece un aplazamiento, financiación, al comprador y debe recogerse
en el crédito.
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• CONDICIONADO O CLAUSULADO
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• Los Incoterms más adecuados con carta de crédito son aquellos en
los que el vendedor controla el documento de transporte
internacional (CMR, B/L, AWB, FBL) que es el que justifica la entrega
y permite cobrar el crédito
4. CREDITO DOCUMENTARIO
• ERRORES FRECUENTES EN UN CRÉDITO DOCUMENTARIO:
• Faltan documentos
• Menos ejemplares de los solicitados
• No coinciden en distintos documentos la descripción de
mercancía, número de bultos, dimensiones, etc.
• Fecha del seguro posterior al conocimiento de embarque
• Entregar los documentos fuera del plazo de validez
• Factura con importe superior al crédito
• Errores ortográficos y de escritura
• Fundamental revisar documentos. Muy riguroso y meticuloso.
5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL
Situación previa a la negociación forma pago:
2015 JUN: Oferta comercial EXW 100% adelantado
2015 OCT: Adjudicación concurso:
2015 NOV-DIC: Negociación forma de pago:
¿Qué elementos son determinantes para determinar la
fortaleza de cada parte en la negociación?
5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL
Elementos relevantes:
Importe / costes
Confianza / solvencia
Histórico / experiencia
Riesgo país
Posición dominante / compromisos adquiridos
5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL
Negociación forma pago
Importador 30% - 70%
Exportador: 70% - 30% o LC
Costes
Riesgo
LC banco emisor
LC banco avisador y confirmador
5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL
Cronograma
2015 JUN: Oferta comercial
2015 OCT: Adjudicación concurso
2015 NOV-DIC: Negociación forma de pago
2016 FEB: Inicio negociación LC
2016 MAY: Fin negociación y apertura LC
2016 AGO: Cobro LC
2016 DIC: Instalación mobiliario urbano
2017 FEB: Finalización obras y aprobación cliente
5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL
LC inicial 07/02/2016 vs. LC definitiva 12/05/2016
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  • 1. Comercio internacional: Medios de pago internacionales
  • 2. 1. Introducción 2. Factores a tener en cuenta para seleccionar un medio de pago 3. Principales medios de pago internacionales 4. Crédito documentario 5. Caso práctico: Atlas SL Medios de pago internacionales
  • 3. 1. INTRODUCCIÓN Medio de pago es un instrumento utilizado para liquidar una operación de compra-venta. El medio de pago elegido está en función de la confianza entre las partes. Es un elemento fundamental de la estrategia comercial. El departamento comercial debe ser experto en sistemas de pago. El origen siempre en la negociación comercial.
  • 4. 2. ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO • Grado de confianza: informes de solvencia • Posición dominante en la negociación comercial • Experiencias anteriores • Importe de la operación y costes financieros • Riesgo país: seguridad del medio de pago • CESCE: http://www.cesce.es/riesgo-pais • COFACE: http://www.riesgopaiscoface.com/start/ • Crédito y Caución (Atradius): http:// www.creditoycaucion.es/es/prensa/cycnews/portada
  • 5. 2. ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO
  • 6. 2. ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO Cobertura del riesgo comercial: • Anulación del contrato: irrevocable, anticipo (tipologías: 100%, 50%-50%, 30%-70%...) • Riesgo político: LC irrevocable y confirmado banco español • Riesgo impago: aval bancario, garantía o stand by, compañías aseguradoras (CESCE, Crédito y Caución, Coface)  Cobertura impago (80%-100%)  Límite de importe que se asegura  Actualizaciones de coberturas  Diferentes plazos por países  Coste: % sobre facturación
  • 8. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO INSTRUMENTOS DE COBRO vs. SEGURIDAD
  • 9. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO La Cámara de Comercio Internacional (ICC), sede central en Paris y presencia en más de 100 países. Principales reglamentaciones de CCI: Publicación600-Reglas Uniformes de Créditos Documentarios. Publicación522-Reglas Uniformes sobre Remesas Publicación715–Incoterms2010 Publicación758–Garantías bancarias a Primer Requerimiento
  • 10. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO La orden de pago o transferencia: medio de pago simple 1.Envío de la mercancía y de los documentos comerciales 2. Importador ordena a su banco que emita la transferencia 3. Banco emisor adeuda la cuenta del importador 4. Banco emisor paga a banco pagador 5. Banco pagador abona al exportador el importe establecido
  • 11. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO La orden de pago o transferencia: medio de pago simple Importador: Sistema pago seguro Coste reducido, pero más caro que un cheque Tramitación sencilla y rápida Mantiene fondos en cuenta hasta el pago Exportador: Riesgo de impago y pérdida de propiedad de mercancía No tiene posibilidad de descuento
  • 12. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO El cheque personal: medio de pago simple 1.Envío de la mercancía y de los documentos comerciales 2.Envío del cheque personal al vencimiento del pago pactado 3. Entrega del cheque personal para su cobro 4. Envío del cheque en “Gestión del cobro” 5.Adeudo en cuenta 6.Comunicación de reembolso (abono en cuenta) 7.Abono en cuenta del cheque personal
  • 13. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO El cheque personal: medio de pago simple Importador: No tiene coste Tramitación sencilla Mantiene fondos en cuenta hasta el pago Exportador: Riesgo de impago y pérdida de propiedad de mercancía Mayor coste que una transferencia Limitada facilidad de descuento
  • 14. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO Remesa simple: el envío de efectos de comercio (letra de cambio) sin documentos comerciales, para que el exportador gestione el cobro de operaciones. 1.Envío de mercancía y de documentos comerciales 2. Entrega del efecto y las instrucciones de cobro 3.Envío del efecto junto con las instrucciones del librador y las del propio banco 4.Aviso de la llegada del efecto y de las instrucciones de pago 5. Instrucción de pago al vencimiento y autorización de adeudo en cuenta 6.Adeudo en cuenta al vencimiento 7.Reembolso de la operación 8.Abono en cuenta de la operación
  • 15. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO Remesa documentaria: consiste en el envío por vía bancaria de los documentos generados por el exportador y que el importador necesita para hacerse con la mercancía en destino. Están Reguladas internacionalmente por la CCI en su Pub.522 1. Envío de la mercancía 2. Entrega de los documentos comerciales 3. Envío de los documentos comerciales y de instrucciones del exportador y banco 4. Aviso de llegada de los documentos comerciales y de las instrucciones 5. Autorización de pago 6. Entrega de los documentos y adeudo en cuenta (o financiación) 7. Reembolso de la operación 8. Recogida de mercancía en el puerto 9. Abono de la remesa
  • 16. 3. PRINCIPALES MEDIOS DE PAGO Remesas Importador: Más económico que un crédito documentario No se revisa mercancía antes de aceptación letra Seguridad de pago contra documentación y posesión Exportador: Facilidad de financiación bancaria Riesgo de no aceptación de la letra de cambio por importador Mantiene la propiedad de la mercancía situada en un punto en el extranjero Si el pago es aplazado, y el importador no hace frente al pago, puede perder propiedad mercancía y debe recurrir al protesto sin seguridad de cobro.
  • 17. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • LC – Letter of Credit (Carta de crédito) • Medio pago internacional más común • Altas garantía para las partes • Concordancia entre momento de pago y recepción mercancías • Regulados Internacionalmente por las Reglas y Usos Uniformes de los Créditos Documentarios UCP600 de la CCI (1-7-2007) • “Es un medio de pago bancario por el que una entidad financiera por cuenta de su cliente (importador) y siguiendo sus instrucciones, se compromete a pagar al exportador contra la presentación de unos documentos determinados, que cumplan los requisitos solicitados y sean presentados dentro del plazo estipulado a dicho banco emisor”
  • 18. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • ORDENANTE (Applicant): Importador. El que da las instrucciones para el condicionado (Fechas, Cláusulas y Documentos) a su Banco para que emita el Crédito a favor del Exportador/Vendedor según lo previamente acordado entre ambos. • BENEFICIARIO (Beneficiary): Generalmente el Exportador, que, como beneficiario del derecho irrevocable de cobro, si cumple el condicionado obtiene el cobro. • EMISOR (Issuing Bank): Banco que abre el crédito y ofrece la garantía Irrevocable de pago al exportador. • AVISADOR (Advising Bank): Banco que avisa al beneficiario y le entrega el condicionado del crédito, según lo ha recibido del emisor. No asume riesgo ni aporta garantía, salvo que añada su Confirmación. • CONFIRMADOR (Confirming Bank): Añade su confirmación al crédito y da su Garantía de Pago Irrevocable al exportador si el Emisor incumple su compromiso. Generalmente coincide con el avisador que además de Avisar asume también el riesgo de pago al beneficiario. • CONDICIONADO O CLAUSULADO (Terms and Conditions): Cláusulas, condiciones, plazos y documentos que se exigen en un crédito documentario y que debe cumplir el beneficiario para obtener el “derecho de cobro irrevocable”.
  • 20. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • Importador • Único pago que le permite el envío de mercancía por un proveedor que exija garantía de cobro • Se asegura una fecha de entrega de la mercancía • Se garantiza obtener mercancía si paga • Costes elevados respecto a otros medios de pago • Exportador • Se asegura que el pedido no va a ser anulado • Seguridad de cobro si fabrica y entrega la mercancía en el plazo indicado • Posibilidad de anticipar el cobro a través del banco • Costes elevados respecto a otros medios de pago
  • 21. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • REVOCABLE: Pueden ser modificados una vez establecidos, e incluso cancelados. No interesa al exportador. • IRREVOCABLE: No pueden ser modificados una vez emitido y avisado el beneficiario.
  • 22. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • SIN CONFIRMACIÓN: El banco avisador/intermediario no asume ninguna responsabilidad, sólo verifica autenticidad del crédito, avisa, recibe y paga. • CONFIRMADO: El banco avisador/intermediario se subroga a las obligaciones del banco emisor. Importante si el banco emisor es solvente, serio y el país en el que está ubicado.  Forma común: “Crédito documentario irrevocable y confirmado por banco español de primera categoría”.
  • 23. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • A LA VISTA: El exportador no concede ningún aplazamiento de pago al comprador. • A PLAZO: El exportador ofrece un aplazamiento, financiación, al comprador y debe recogerse en el crédito.
  • 24. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • CONDICIONADO O CLAUSULADO
  • 25. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • Los Incoterms más adecuados con carta de crédito son aquellos en los que el vendedor controla el documento de transporte internacional (CMR, B/L, AWB, FBL) que es el que justifica la entrega y permite cobrar el crédito
  • 26. 4. CREDITO DOCUMENTARIO • ERRORES FRECUENTES EN UN CRÉDITO DOCUMENTARIO: • Faltan documentos • Menos ejemplares de los solicitados • No coinciden en distintos documentos la descripción de mercancía, número de bultos, dimensiones, etc. • Fecha del seguro posterior al conocimiento de embarque • Entregar los documentos fuera del plazo de validez • Factura con importe superior al crédito • Errores ortográficos y de escritura • Fundamental revisar documentos. Muy riguroso y meticuloso.
  • 27. 5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL Situación previa a la negociación forma pago: 2015 JUN: Oferta comercial EXW 100% adelantado 2015 OCT: Adjudicación concurso: 2015 NOV-DIC: Negociación forma de pago: ¿Qué elementos son determinantes para determinar la fortaleza de cada parte en la negociación?
  • 28. 5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL Elementos relevantes: Importe / costes Confianza / solvencia Histórico / experiencia Riesgo país Posición dominante / compromisos adquiridos
  • 29. 5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL Negociación forma pago Importador 30% - 70% Exportador: 70% - 30% o LC Costes Riesgo LC banco emisor LC banco avisador y confirmador
  • 30. 5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL Cronograma 2015 JUN: Oferta comercial 2015 OCT: Adjudicación concurso 2015 NOV-DIC: Negociación forma de pago 2016 FEB: Inicio negociación LC 2016 MAY: Fin negociación y apertura LC 2016 AGO: Cobro LC 2016 DIC: Instalación mobiliario urbano 2017 FEB: Finalización obras y aprobación cliente
  • 31. 5. CASO PRÁCTICO: ATLAS SL LC inicial 07/02/2016 vs. LC definitiva 12/05/2016