2. Obligaciones tributarias y laborales
para el primer mes de 2015
Con el inicio del año se reanudan también las obligaciones de los
contribuyentes, empleados y empleadores con los respectivos organismos
de control. A continuación detallamos algunas de las disposiciones que se
deben cumplir o que entran en vigencia en estos primeros días de 2015.
3.
4. Presentación del Anexo de Retenciones en la Fuente
bajo Relación de Dependencia :
Las sociedades, públicas o privadas y personas naturales, en su calidad de
empleadores (agentes de retención para efectos de Impuesto a la Renta o
IR), deberán presentar la información relativa a las retenciones en la fuente
del IR de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia realizadas a
sus trabajadores, en el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de
diciembre de cada año.
5. Entrega del comprobante de retención:
Los pagos que hagan los empleadores a los contribuyentes que trabajan
con relación de dependencia, deberán realizar la retención en la fuente
correspondiente. En este caso, el comprobante de retención será
entregado dentro del mes de enero de cada año en relación con las rentas
del año precedente.
Hasta enero 31, el empleador debe entregar el comprobante retención
(Formulario 107) a sus trabajadores bajo relación de dependencia, por las
retenciones practicadas en el ejercicio fiscal 2014, aún cuando los
trabajadores no hayan sido sujetos de retención
6. -Proyección de gastos personales:
Hasta el 31 de enero, los contribuyentes en relación de dependencia,
cuyos ingresos mensuales sean de más de $900 (o superen los $10.800
anuales) deben presentar a su empleador la proyección de gastos
personales. Este mecanismo permite reducir su pago del IR. Se pueden
hacer estos cálculos sobre cinco categorías de consumo. El formulario para
este trámite es el SRI-GP.
7. -Facturación electrónica:
Desde enero de 2015, están obligados a ingresar en el sistema de
facturación electrónica los siguientes contribuyentes: -Aquellos que
posean autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y
documentos complementarios, a través de sistemas computarizados (auto-
impresores). – Contribuyentes que realicen ventas a través de internet. -Los
sujetos pasivos que realicen actividades económicas de exportación.
-Los sujetos pasivos del sector público como: empresas públicas, entidades
del sector público, financiero y empresas de economía mixta.
Este grupo se une a los contribuyentes que son parte del sistema.