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Civil
Venezolano
Universidad Fermin Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
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hechos que no
requieren
pruebas
valoracion
de la
prueba
Circunstancias en
que no son
necesario el lapso
probatorio
La Prueba en el Proceso
Civil
Venezolano
Concepto
conjunto de reglas que
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Quien pretende
una acciòn
debera provarlo
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una acciòn
debera probarlo
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Los hechos
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generalmente
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admitidos
Los hechos que
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, indefinidas o
indeterminadas
los hechos
presumidos por la
ley
amenos quen exista
procedimiento previo
el juez la evaluara
según su sana critica
las pruebas de testigos el
juez debedeterminar que
coincidan con los hechos y
evaluar el motivi de us
delaraiones para
determinar si este dijo la
verdad
los jueces deben
analizar ada una de
las pruebas y
pronunciarse respecto
a ella
los jueces apreciaran los
indicios que resulten del auto
en su conjunto teniendo en
consideracionla gravedad ,
concordancia y convergencia
entre si y su relacion con las
demas pruebas
Negativa y
admision de
la prueba
si la prueba
fuera
admitida
en superior
si la prueba
fuera
Negada en
superior
La Prueba en el Proceso
Civil
Venezolano Si se
admiten las
pruebas
Apertura del
lapso
provatorio
Admicion de la
prueba
Si el juez no
providenciase
los escritos en
el lapso
Si el Juez no
providenciare los
escritos de prueba en el
término que se le señala
en el artículo anterior,
incurrirá en una multa
disciplinaria
Tipos de
pruebas
Prueba por escrito(135 ccv)
Prueba de testigo (1387 ccv)
Confecion (1400 ccv)
Juramento (1406 ccv)
Experticia(1422ccv)
Inspeccion Ocular(1428 ccv)
Dentro de los tres días siguientes al
vencimiento del término fijado en el
artículo anterior , el Juez
providenciará los escritos de pruebas,
admitiendo las que sean legales y
procedentes y desechando las que
aparezcan manifiestamente ilegales o
impertinentes. En el mismo auto, el
Juez ordenará que se omita toda
declaración o prueba sobre aquellos
hechos en que aparezcan claramente
convenidas las partes.
Al día siguiente del vencimiento
del lapso del emplazamiento para
la contestación de la demanda, sin
haberse logrado la conciliación ni
el convenimiento del demandado,
quedará el juicio abierto a
pruebas, sin necesidad de decreto
o providencia del Juez, a menos
que, por deberse decidir el asunto
sin pruebas, el Juez lo declare así
en el día siguiente a dicho lapso
Si las pruebas hubieren de evacuarse
fuera del lugar del juicio, se contarán
a partir del auto de admisión:
primero el término de la distancia
concedido para la ida; a
continuación, los días del lapso de
evacuación que transcurran en el
Tribunal comisionado, a partir del día
siguiente al vencimiento del término
de la distancia, de lo cual dejará
constancia el comisionado; y
finalmente, el término de la
distancia de vuelta.
Si las pruebas hubieren de practicarse
en el lugar del juicio, se contarán
primero los días transcurridos en el
Tribunal después del auto de
admisión hasta la salida del despacho
para el Juez comisionado exclusive, y
lo que falta del lapso, por los días que
transcurran en el Tribunal
comisionado, a partir del día siguiente
al recibo de la comisión.
termino del lapso
probatorio
el juez debera
ordenar alguno de los
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en el articulo 401 del
C.P.C
habra lugar a la
apelacion y esta
sera oida en
ambos casos en
el solo efecto
devolutivo
el Tribunal de la
causa fijará un plazo
para su evacuación y
concluido éste, se
procederá como se
indica en el artículo
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en la sentencia
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Mándala la prueba en el derecho Civil Venezolano

  • 1. La Prueba en el Proceso Civil Venezolano Universidad Fermin Toro Vice-Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Milagro Hernandez CI: 13.408.201
  • 2. hechos que no requieren pruebas valoracion de la prueba Circunstancias en que no son necesario el lapso probatorio La Prueba en el Proceso Civil Venezolano Concepto conjunto de reglas que regulan la admisión, producción, asunción y valoración de los diversos medios que pueden emplearse para llevar al juez la convicción sobre los hechos que interesan en el proceso. Carga de la prueba Quien pretende una acciòn debera provarlo Quien pretenda haberse liberaciòn de una acciòn debera probarlo Puntos en que se versase la demanda sea de mero derecho El demandado aceptase los hechos demandados y solamente contradijera el derecho. Las partes así lo hubieran convenido la ley establesca que solo se admite la prueba instrumental ¿Que hechos se consideran pruebas? Debe terner relacion a la pretencion de las partes y no extraño al debate judicial para que el juez pueda tenerlo en cuanta para tomar una desicion Los hechos notorios es decir generalmente conocidos o admitidos Los hechos que constituyen afirmaciones o restriniones absolutas , indefinidas o indeterminadas los hechos presumidos por la ley amenos quen exista procedimiento previo el juez la evaluara según su sana critica las pruebas de testigos el juez debedeterminar que coincidan con los hechos y evaluar el motivi de us delaraiones para determinar si este dijo la verdad los jueces deben analizar ada una de las pruebas y pronunciarse respecto a ella los jueces apreciaran los indicios que resulten del auto en su conjunto teniendo en consideracionla gravedad , concordancia y convergencia entre si y su relacion con las demas pruebas
  • 3. Negativa y admision de la prueba si la prueba fuera admitida en superior si la prueba fuera Negada en superior La Prueba en el Proceso Civil Venezolano Si se admiten las pruebas Apertura del lapso provatorio Admicion de la prueba Si el juez no providenciase los escritos en el lapso Si el Juez no providenciare los escritos de prueba en el término que se le señala en el artículo anterior, incurrirá en una multa disciplinaria Tipos de pruebas Prueba por escrito(135 ccv) Prueba de testigo (1387 ccv) Confecion (1400 ccv) Juramento (1406 ccv) Experticia(1422ccv) Inspeccion Ocular(1428 ccv) Dentro de los tres días siguientes al vencimiento del término fijado en el artículo anterior , el Juez providenciará los escritos de pruebas, admitiendo las que sean legales y procedentes y desechando las que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes. En el mismo auto, el Juez ordenará que se omita toda declaración o prueba sobre aquellos hechos en que aparezcan claramente convenidas las partes. Al día siguiente del vencimiento del lapso del emplazamiento para la contestación de la demanda, sin haberse logrado la conciliación ni el convenimiento del demandado, quedará el juicio abierto a pruebas, sin necesidad de decreto o providencia del Juez, a menos que, por deberse decidir el asunto sin pruebas, el Juez lo declare así en el día siguiente a dicho lapso Si las pruebas hubieren de evacuarse fuera del lugar del juicio, se contarán a partir del auto de admisión: primero el término de la distancia concedido para la ida; a continuación, los días del lapso de evacuación que transcurran en el Tribunal comisionado, a partir del día siguiente al vencimiento del término de la distancia, de lo cual dejará constancia el comisionado; y finalmente, el término de la distancia de vuelta. Si las pruebas hubieren de practicarse en el lugar del juicio, se contarán primero los días transcurridos en el Tribunal después del auto de admisión hasta la salida del despacho para el Juez comisionado exclusive, y lo que falta del lapso, por los días que transcurran en el Tribunal comisionado, a partir del día siguiente al recibo de la comisión. termino del lapso probatorio el juez debera ordenar alguno de los numerales previstos en el articulo 401 del C.P.C habra lugar a la apelacion y esta sera oida en ambos casos en el solo efecto devolutivo el Tribunal de la causa fijará un plazo para su evacuación y concluido éste, se procederá como se indica en el artículo 511 no se apreciará en la sentencia la prueba si hubiere sido evacuada.