SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
JUICIO ORDINARIO LABORAL 78-2006 Oficial 2º.
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LOS RAMOS CIVIL,
ECONOMICO COACTIVO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL
MUNICIPIO DE SAN BENITO, DEPARTAMENTO DE PETEN - - - - - - - - - - - - -
- CARLOS RODERICO IRIAS MORALES, de cuarenta y seis años de edad, casado,
guatemalteco, Maestro de Educación Primaria, de este domicilio y vecino del Municipio de
Ciudad Flores, Departamento de Petén, en mi calidad de Sindico Primero de la Corporación
Municipal de Flores, Departamento de Petén, comparezco en representación de la
MUNICIPALIDAD DE FLORES, DEPARTAMENTO DE PETEN, calidad que
acredito con el acuerdo numero cero cero uno diagonal dos mil tres (001/2003) de la Junta
Electoral Departamental de Peten, de fecha nueve de diciembre de dos mil dos, que contiene
la adjudicación de cargos y que en copia legalizada acompaño; certificación del acta numero
cero cero uno guión dos mil cuatro (001-2004), de fecha quince de enero del año dos mil
cuatro celebrada por el Concejo Municipal de Flores, Departamento de Petén, en la cual
consta mi toma de posesión, y que en copia legalizada acompaño, actúo bajo la Asesoria del
Abogado NELSON EMILIO CASTELLANOS AREVALO, y señalo como lugar para
recibir notificaciones la cero avenida frente a Tribunales y Colegio Sagrada Familia, zona
uno Santa Elena, Flores Petén, respetuosamente, a CONTESTAR LA DEMANDA EN
SENTIDO NEGATIVO, en base a los siguientes:
H E C H O S:
Mi representada fue notificada de la demanda ordinaria laboral, y en virtud de no estar de
acuerdo con la pretensión de los actores en nombre de mi representada CONTESTO LA
DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO, en base a los argumentos siguientes:
I-. DE LA FALTA DE FUNDAMENTO LEGAL Y SOSTENIMIENTO
DOCUMENTAL DE LA OBLIGACION DE LA MUNICIPALIDAD A PAGAR
BONIFICACION POR EMERGENCIA: De conformidad con el artículo 63 inciso “d”, de
la Ley de Servicio Municipal establece que la cesación definitiva de funciones de los
trabajadores municipales se produce por jubilación, por lo que los actores ya no tienen
relación laboral con la Municipalidad de Flores, Departamento de Peten, como consecuencia
ya no hay subordinación, ni se encuentra bajo las ordenes inmediatas de ningún funcionario
de mi representada, y los mismo actores manifiestan que actualmente son beneficiarios de
una Jubilación, la cual esta normada por la Ley Orgánica del Plan de Prestaciones del
Empleado Municipal, por lo que no existe ninguna norma jurídica que obligue a mi
representada a hacer efectivo la Bonificación por Emergencia, como lo pretenden los actores,
y la única obligación de las Municipalidades del país, es aportar la denominada cuota
patronal, la cual se encuentra establecida en el articulo 19 inciso “b” del decreto 44-94 Ley
Orgánica del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal y el artículo 22 del Reglamento
de la misma ley y que corresponde al pago de la cuota patronal del siete por ciento (7%)
sobre los salarios mensuales pagados a sus trabajadores y el descuento de la cuota laboral del
cinco por ciento (5%) mensual a sus trabajadores activos. Por lo que con fundamento en las
leyes citadas, el pago de la bonificación por emergencia reclamada por los actores no
corresponde a mi representada en virtud de no existir fundamento legal ni documental que
imponga esta obligación y como consecuencia no se puede alegar un derecho adquirido, así
mismo no se puede condenar a mi representada al pago de la referida prestación laboral sino
se encuentra plenamente probado el derecho de los actores.
INTEGRACION DE LA BONIFICACION POR EMERGENCIA AL SALARIO:
El artículo 1 del decreto cincuenta y nueve guión noventa y cinco (59-95), regula: El
gobierno de la Republica, sus entidades descentralizadas y autónomas y las municipalidades.
Deberán, consolidar como salario para sus trabajadores, la bonificación de emergencia que
actualmente se paga a todos los trabajadores del sector, público, asimismo, deberán
considerar como parte del salario de estos… así mismo el artículo tres del decreto ya citado
señala: la consolidación de salarios bonificaciones y salarios diferidos, entra en vigencia a
partir del uno de enero de mil novecientos noventa y seis, igualmente las pensiones y
bonificaciones quedarán consolidadas en un solo monto a partir del uno de enero del mil
novecientos noventa y seis.
Por lo que en el presente caso la bonificación por emergencia que los actores reclaman ya
está consolidada en su pensión que reciben por jubilación.
ll.- LOS DOCUMENTOS APORTADOS POR LOS ACTORES NO PRUEBAN SU
DERECHO A LA BONIFICACIÓN QUE RECLAMAN: El juzgador al traer a la vista
los documentos presentados por los actores y tener un contacto directo mediante la lectura
podrá establecer plenamente que los mismos se refieren a que los actores son beneficiarios de
UNA JUBILACIÓN, y en ningún momento se menciona la BONIFICACION POR
EMERGENCIA, que reclaman los actores en la presente demanda, y en su caso si la
mencionarán las entidades que las emitieron son administrativas y autónomas, por lo que no
pueden interferir en la autonomía Municipal, oficiando que sea mi representada la que pague
la Bonificación por Emergencia a los actores en el presente caso, pues tales instituciones
estatales, carecen de facultades para crear prestaciones laborales y derechos de carácter
laborales, mas de los que la ley les otorga.
Así, mismo el articulo 1 del decreto 59-95 del Congreso de la Republica es claro al
establecer que el Gobierno de la República, sus entidades descentralizadas y autónomas y las
Municipalidades deberán, consolidar como salario la bonificación de emergencia y cualquier
otra bonificación, y el artículo 3 del citado decreto indica que la consolidación de salarios
bonificaciones y salarios diferidos igualmente las pensiones y bonificaciones quedarán
consolidadas en un solo monto a partir del uno de enero de mil novecientos noventa y seis,
esto quiere decir que la Bonificación por Emergencia que solicitan los actores ya se
encuentra INTEGRADA y CONSOLIDADA en su JUBILACION que reciben para
que exista una transparencia en la jubilación, que se recibe, por tales motivos solicito al
señor juez que se tenga por contestada la demanda en sentido negativo y que la presente
demanda debe ser declarada sin lugar toda vez que el derecho de los actores no se encuentra
debidamente probado.
FUNDAMENTO DE DERECHO
CODIGO DE TRABAJO:
El artículo 338 establece: Si el demandado no se conforma con las pretensiones del actor,
debe expresar con claridad en la primera audiencia, los hechos en que funda su oposición,
pudiendo en ese mismo acto reconvenir al actor. La contestación de la demanda y la
reconvención en su caso, podrán presentarse por escrito, hasta el momento de la primera
audiencia…) El artículo 1 del decreto cincuenta y nueve guión noventa y cinco (59-95),
regula: El gobierno de la Republica, sus entidades descentralizadas y autónomas y las
municipalidades. Deberán, consolidar como salario para sus trabajadores, la bonificación de
emergencia que actualmente se paga a todos los trabajadores del sector, público, asimismo,
deberán considerar como parte del salario de estos…
PRUEBAS:
DOCUMENTAL:
Para probar los hechos extintivos propongo como medios de prueba documental, los
siguientes documentos que obran en autos:
I.- Resoluciones emitidas por la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado
Municipal siguientes: a) resolución número ocho mil setenta y seis guión V (8,076-V) de
fecha doce de julio del año dos mil seis; b) resolución número ocho mil ciento seis guión V
(8,106-V) de fecha tres de agosto del año dos mil seis. Documentos que obran en autos.
II.- Fotocopia legalizada del acuerdo numero cero cero uno diagonal dos mil tres (001/2003)
de la Junta Electoral Departamental de Peten, de fecha nueve de diciembre de dos mil dos,
que contiene la adjudicación de cargos; fotocopia legalizada de la certificación del acta
numero cero cero uno guión dos mil cuatro (001-2004), de fecha quince de enero del año
dos mil cuatro celebrada por el Concejo Municipal de Flores, Departamento de Petén, en la
cual consta mi toma de posesión.
III.- PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que de los hechos probados se
deriven.
PETICION
DE TRÁMITE:
1. Que se admita para su trámite el presente memorial y se manda agregar al expediente
respectivo.
2. Se tenga por CONTESTADA LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO.
3. Que se tome nota que actuó en representación de la Municipalidad de Flores,
Departamento de Petén, y con los documentos que adjunto se tenga por justificada la
representación que ejercito.
4. Se tome nota que actuó bajo la asesoria del Abogado y Notario Nelson Emilio
Castellanos Arévalo, y por señalado el lugar para recibir notificaciones.
5. Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba en forma individualizados en el
apartado respectivo y se incorporen al proceso los documentos que acompaño.
DE FONDO:
Que al dictar la sentencia que en derecho corresponde se declare: a) sin lugar la
demanda ordinaria laboral de pago de bonificación por emergencia, toda vez que el
derecho de los actores no se encuentra regulado en ninguna ley como derecho adquirido
y no existen elementos de convicción que los prueben, la cual ya esta consolidada en su
jubilación de conformidad con el decreto 59-95 del Congreso de la República de
Guatemala; b) por litigar de buena fe las partes procesales se eximan del pago de costas
procesales.
Acompaño duplicado y dos copias del presente memorial y de los documentos adjuntos
Santa Elena, Petén 10 de noviembre de 2006.
JUICIO No. 02- 2006 OFICIAL MENDEZ. NOT 1. ORDINARIO LABORAL.
JUZAGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL ECONCOMICO
COACTIVO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL MUNICIPIO DE
SANBENITO, DEPARTAMENTO DE PETEN, SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS
MIL
SEIS.-------------------------------------------------------------------------------------------------- I.
Por recibido el memorial de la demanda que antecede con los documentos acompañados se
inicia la formación del expediente judicial respectivo, para su trámite en la vía Ordinaria
Laboral; II. Se tiene como demandante a ANACLETO GARCIA LEMUS, y como
demandada a ALCIRA BEATRIZ PINZON SOLANO, propietaria de la empresa de
TRANSPORTES VELOCES. III. Se tiene como lugar para recibir notificaciones el
señalado, se confiere la dirección a los profesionales propuestos; IV. Se tienen por ofrecidos
y acompañados los medios de prueba identificados en el apartado de pruebas en el presente
memorial; V. Por señalado el lugar indicado para notificar a la parte demandada,
previniéndole que deberá señalar casa o lugar dentro del perímetro legal de este juzgado para
recibir sus notificaciones de no hacerlo las posteriores se le harán por los juzgados del
estrado; VI. Para que las partes comparezcan a JUICIO ORAL LABORAL SE SEÑALA
AUDIENCIA PARA EL DÍA QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL SEIS A LAS DIEZ
HORAS EN ESTE JUZGADO, previniéndole a las partes comparecer con sus respectivos
medios de prueba a efecto de rendirlas en la audiencia señalada, bajo apercibimiento de
continuar el juicio en rebeldía de quien no compareciere en tiempo, sin más citarle ni oírle;
VII. La parte demandada deberá: a) personalmente y no por medio de apoderado, prestar
confesión judicial de conformidad con las posiciones que en la audiencia señalada le
articulara la parte actora, bajo apercibimiento que si dejare de hacerlo será declarado confeso
sobre los extremos de las que le sean legalmente imputables, b) presentar copia del contrato
sucrito con la parte actora, sin perjuicio de tener como ciertas las afirmaciones de la parte
actora. VIII. Lo demás solicitado presente para su oportunidad; ARTÍCULOS: 1, 2, 4, 5,12,
28, de la Constitución Política de la República de Guatemala; 321, 322, 323, 326, 327, 328,
329, 332, 333, 334, 336, 337, 340, 341, 342, 344, 345, 346, 358, del Código de Trabajo;
141, 142, de la Ley del Organismo Judicial .
JUEZ
TESTIGOS DE ASISTENCIA
CURSO: CLINICAS LABORALES, II
LICDA. AIXA MARIZOL AGUIRRE RIVERA
TRABAJO:
CONTESTACION DE EXCEPCION DE INCOMPETENCIA
Y PRIMERA RESOLUCION
INTEGRANTES DEL GRUPO:
TERESITA DEL CARMEN ENRIQUEZ SAGASTUME
JUAN CARLOS DURAN VASQUEZ
LESBIA MARISOL MORALES CHEN
JUANA AZUCENA GIRON
SANTA ELENA, PETEN, 08 DE MARZO DEL 2006

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...
RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...
RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Demanda de desalojo falta de pago
Demanda de desalojo falta de pago Demanda de desalojo falta de pago
Demanda de desalojo falta de pago Anthony Alta
 
Demanda adopcion mayor - ibarrola
Demanda adopcion   mayor - ibarrolaDemanda adopcion   mayor - ibarrola
Demanda adopcion mayor - ibarrolaEfrain Cardenas
 
Procedimiento de casacion civil
Procedimiento de casacion civilProcedimiento de casacion civil
Procedimiento de casacion civilArispeJohanny
 
(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativasCarla Niño Alvarado
 
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
La tacha (venezuela)
La tacha (venezuela)La tacha (venezuela)
La tacha (venezuela)RosanaM24
 
Control externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentasControl externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentasMirta Hnriquez
 
Modelo de-demanda-de-divorcio-por-causal
Modelo de-demanda-de-divorcio-por-causalModelo de-demanda-de-divorcio-por-causal
Modelo de-demanda-de-divorcio-por-causalluisimo
 
Modelo de escrito de contestación de la demanda autor josé maría pacori cari
Modelo de escrito de contestación de la demanda   autor josé maría pacori cariModelo de escrito de contestación de la demanda   autor josé maría pacori cari
Modelo de escrito de contestación de la demanda autor josé maría pacori cariCorporación Hiram Servicios Legales
 
Enmienda de protocolo, derecho notarial Guatemalteco
Enmienda de protocolo, derecho notarial GuatemaltecoEnmienda de protocolo, derecho notarial Guatemalteco
Enmienda de protocolo, derecho notarial GuatemaltecoKevinSantos106
 
Escrito solicitando se expida sentencia sucesion intestada
Escrito solicitando se expida sentencia   sucesion intestadaEscrito solicitando se expida sentencia   sucesion intestada
Escrito solicitando se expida sentencia sucesion intestada43630204
 
Cuadro comparativo del procedimiento breve y ordinario
Cuadro comparativo del procedimiento breve y ordinarioCuadro comparativo del procedimiento breve y ordinario
Cuadro comparativo del procedimiento breve y ordinarioLenin Graterol
 
Demanda divorcio por causal
Demanda divorcio por causalDemanda divorcio por causal
Demanda divorcio por causalrsedanog
 
Contracautela en su modalidad de caución juratoria
Contracautela en su modalidad de caución juratoriaContracautela en su modalidad de caución juratoria
Contracautela en su modalidad de caución juratoriaLuis Miguel Chambi
 
Contestacion peticion de herencia
Contestacion peticion de herenciaContestacion peticion de herencia
Contestacion peticion de herenciaWilliam A. Valdivia
 

La actualidad más candente (20)

S .impugnación n° 1418 2015
S .impugnación n° 1418 2015S .impugnación n° 1418 2015
S .impugnación n° 1418 2015
 
RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...
RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...
RESOLUCIÓN- MODELO DE EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y AMBIGUEDAD EN EL MODO DE PROPO...
 
Demanda de desalojo falta de pago
Demanda de desalojo falta de pago Demanda de desalojo falta de pago
Demanda de desalojo falta de pago
 
Demanda adopcion mayor - ibarrola
Demanda adopcion   mayor - ibarrolaDemanda adopcion   mayor - ibarrola
Demanda adopcion mayor - ibarrola
 
Procedimiento de casacion civil
Procedimiento de casacion civilProcedimiento de casacion civil
Procedimiento de casacion civil
 
Demanda de rectificacionde partida
Demanda de rectificacionde partidaDemanda de rectificacionde partida
Demanda de rectificacionde partida
 
(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativas
 
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
 
La tacha (venezuela)
La tacha (venezuela)La tacha (venezuela)
La tacha (venezuela)
 
Control externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentasControl externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentas
 
Modelo de-demanda-de-divorcio-por-causal
Modelo de-demanda-de-divorcio-por-causalModelo de-demanda-de-divorcio-por-causal
Modelo de-demanda-de-divorcio-por-causal
 
Modelo de escrito de contestación de la demanda autor josé maría pacori cari
Modelo de escrito de contestación de la demanda   autor josé maría pacori cariModelo de escrito de contestación de la demanda   autor josé maría pacori cari
Modelo de escrito de contestación de la demanda autor josé maría pacori cari
 
Escritos medidas cautelares
Escritos medidas cautelaresEscritos medidas cautelares
Escritos medidas cautelares
 
Enmienda de protocolo, derecho notarial Guatemalteco
Enmienda de protocolo, derecho notarial GuatemaltecoEnmienda de protocolo, derecho notarial Guatemalteco
Enmienda de protocolo, derecho notarial Guatemalteco
 
Escrito solicitando se expida sentencia sucesion intestada
Escrito solicitando se expida sentencia   sucesion intestadaEscrito solicitando se expida sentencia   sucesion intestada
Escrito solicitando se expida sentencia sucesion intestada
 
Cuadro comparativo del procedimiento breve y ordinario
Cuadro comparativo del procedimiento breve y ordinarioCuadro comparativo del procedimiento breve y ordinario
Cuadro comparativo del procedimiento breve y ordinario
 
314188514 modelos-de-recuros-de-apelacion-ncpp
314188514 modelos-de-recuros-de-apelacion-ncpp314188514 modelos-de-recuros-de-apelacion-ncpp
314188514 modelos-de-recuros-de-apelacion-ncpp
 
Demanda divorcio por causal
Demanda divorcio por causalDemanda divorcio por causal
Demanda divorcio por causal
 
Contracautela en su modalidad de caución juratoria
Contracautela en su modalidad de caución juratoriaContracautela en su modalidad de caución juratoria
Contracautela en su modalidad de caución juratoria
 
Contestacion peticion de herencia
Contestacion peticion de herenciaContestacion peticion de herencia
Contestacion peticion de herencia
 

Destacado

Delitos menos graves
Delitos menos gravesDelitos menos graves
Delitos menos gravesARGENIS88
 
Contestacion de la acusacion fiscal
Contestacion de la acusacion fiscalContestacion de la acusacion fiscal
Contestacion de la acusacion fiscalARGENIS88
 
Acta de archivo del Jury a Carniello
Acta de archivo del Jury a CarnielloActa de archivo del Jury a Carniello
Acta de archivo del Jury a CarnielloMendoza Post
 
Introducción
IntroducciónIntroducción
Introducciónluis deza
 
Ensayo vocaroo
Ensayo vocaroo Ensayo vocaroo
Ensayo vocaroo ARGENIS88
 

Destacado (6)

Delitos menos graves
Delitos menos gravesDelitos menos graves
Delitos menos graves
 
Contestacion de la acusacion fiscal
Contestacion de la acusacion fiscalContestacion de la acusacion fiscal
Contestacion de la acusacion fiscal
 
Acusacion fiscal
Acusacion fiscalAcusacion fiscal
Acusacion fiscal
 
Acta de archivo del Jury a Carniello
Acta de archivo del Jury a CarnielloActa de archivo del Jury a Carniello
Acta de archivo del Jury a Carniello
 
Introducción
IntroducciónIntroducción
Introducción
 
Ensayo vocaroo
Ensayo vocaroo Ensayo vocaroo
Ensayo vocaroo
 

Similar a Juicio ordinario laboral 78-2006

Escrito de tutela de alba luz torrejano perdomo
Escrito de tutela de alba luz torrejano perdomoEscrito de tutela de alba luz torrejano perdomo
Escrito de tutela de alba luz torrejano perdomofaiber robles polo
 
SENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdf
SENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdfSENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdf
SENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdfStalinAranaVera
 
Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.
Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.
Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.Laura Alonso
 
Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...
Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...
Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...EscuelaDeFiscales
 
Expediente lunes
Expediente lunesExpediente lunes
Expediente lunesDAVNES
 
Cesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestrosCesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestrosYulieth Cifuentes
 
Cesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestrosCesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestrosJesus Villa
 
Presentacion demanda punta arenas inc prev
Presentacion demanda punta arenas inc prevPresentacion demanda punta arenas inc prev
Presentacion demanda punta arenas inc prevmarkitox77
 
Derecho de peticion prima de servicios
Derecho de peticion prima de serviciosDerecho de peticion prima de servicios
Derecho de peticion prima de serviciosJoel Coronado
 
Sentencia acu 0080
Sentencia acu 0080Sentencia acu 0080
Sentencia acu 0080jorgeopiac
 
Bullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la Patria
Bullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la PatriaBullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la Patria
Bullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la PatriaEduardo Nelson German
 
Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016
Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016
Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016Nelson Leiva®
 

Similar a Juicio ordinario laboral 78-2006 (20)

Escrito de tutela de alba luz torrejano perdomo
Escrito de tutela de alba luz torrejano perdomoEscrito de tutela de alba luz torrejano perdomo
Escrito de tutela de alba luz torrejano perdomo
 
R.a. no.087 bonificacion sepelio y luto
R.a. no.087 bonificacion sepelio  y lutoR.a. no.087 bonificacion sepelio  y luto
R.a. no.087 bonificacion sepelio y luto
 
SENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdf
SENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdfSENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdf
SENTENCIA ACCION DE INCUMPLIMIENTO.pdf
 
Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.
Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.
Resolucion Servini. Fiscales Nacionales.
 
Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...
Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...
Resolucion Servini de Cubria sobre Inconstitucionalidad Art 56 - 58 Codigo Na...
 
Expediente lunes
Expediente lunesExpediente lunes
Expediente lunes
 
Demanda desalojo
Demanda desalojoDemanda desalojo
Demanda desalojo
 
Cesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestrosCesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestros
 
Cesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestrosCesantias y mora, nuevos maestros
Cesantias y mora, nuevos maestros
 
Nota Parés a OSEP
Nota Parés a OSEPNota Parés a OSEP
Nota Parés a OSEP
 
Presentacion demanda punta arenas inc prev
Presentacion demanda punta arenas inc prevPresentacion demanda punta arenas inc prev
Presentacion demanda punta arenas inc prev
 
Derecho de peticion prima de servicios
Derecho de peticion prima de serviciosDerecho de peticion prima de servicios
Derecho de peticion prima de servicios
 
Decreto n 835
Decreto n 835Decreto n 835
Decreto n 835
 
Sentencia acu 0080
Sentencia acu 0080Sentencia acu 0080
Sentencia acu 0080
 
1209-ca.docx
1209-ca.docx1209-ca.docx
1209-ca.docx
 
Bullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la Patria
Bullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la PatriaBullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la Patria
Bullrich denunció a Quintela por sedición y traición a la Patria
 
Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016
Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016
Ley N° 20971 y N° 20975 Reajuste del Sector Público 2016
 
A7 mintrabajo
A7 mintrabajoA7 mintrabajo
A7 mintrabajo
 
A16mintrabajo
A16mintrabajoA16mintrabajo
A16mintrabajo
 
GACETANro5259.pdf
GACETANro5259.pdfGACETANro5259.pdf
GACETANro5259.pdf
 

Último

TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdfTEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdfDannyTola1
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdfOswaldoGonzalezCruz
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfManuel Molina
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxMapyMerma1
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docxPLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docxJUANSIMONPACHIN
 
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfFundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfsamyarrocha1
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Baker Publishing Company
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfCESARMALAGA4
 
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOTUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOweislaco
 
periodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicasperiodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicas123yudy
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxOscarEduardoSanchezC
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialpatriciaines1993
 

Último (20)

TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdfTEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdfTema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docxPLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
 
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfFundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
TL/CNL – 2.ª FASE .
TL/CNL – 2.ª FASE                       .TL/CNL – 2.ª FASE                       .
TL/CNL – 2.ª FASE .
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
 
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOTUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
 
periodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicasperiodico mural y sus partes y caracteristicas
periodico mural y sus partes y caracteristicas
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
 

Juicio ordinario laboral 78-2006

  • 1. JUICIO ORDINARIO LABORAL 78-2006 Oficial 2º. SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LOS RAMOS CIVIL, ECONOMICO COACTIVO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL MUNICIPIO DE SAN BENITO, DEPARTAMENTO DE PETEN - - - - - - - - - - - - - - CARLOS RODERICO IRIAS MORALES, de cuarenta y seis años de edad, casado, guatemalteco, Maestro de Educación Primaria, de este domicilio y vecino del Municipio de Ciudad Flores, Departamento de Petén, en mi calidad de Sindico Primero de la Corporación Municipal de Flores, Departamento de Petén, comparezco en representación de la MUNICIPALIDAD DE FLORES, DEPARTAMENTO DE PETEN, calidad que acredito con el acuerdo numero cero cero uno diagonal dos mil tres (001/2003) de la Junta Electoral Departamental de Peten, de fecha nueve de diciembre de dos mil dos, que contiene la adjudicación de cargos y que en copia legalizada acompaño; certificación del acta numero cero cero uno guión dos mil cuatro (001-2004), de fecha quince de enero del año dos mil cuatro celebrada por el Concejo Municipal de Flores, Departamento de Petén, en la cual consta mi toma de posesión, y que en copia legalizada acompaño, actúo bajo la Asesoria del Abogado NELSON EMILIO CASTELLANOS AREVALO, y señalo como lugar para recibir notificaciones la cero avenida frente a Tribunales y Colegio Sagrada Familia, zona uno Santa Elena, Flores Petén, respetuosamente, a CONTESTAR LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO, en base a los siguientes: H E C H O S: Mi representada fue notificada de la demanda ordinaria laboral, y en virtud de no estar de acuerdo con la pretensión de los actores en nombre de mi representada CONTESTO LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO, en base a los argumentos siguientes: I-. DE LA FALTA DE FUNDAMENTO LEGAL Y SOSTENIMIENTO DOCUMENTAL DE LA OBLIGACION DE LA MUNICIPALIDAD A PAGAR
  • 2. BONIFICACION POR EMERGENCIA: De conformidad con el artículo 63 inciso “d”, de la Ley de Servicio Municipal establece que la cesación definitiva de funciones de los trabajadores municipales se produce por jubilación, por lo que los actores ya no tienen relación laboral con la Municipalidad de Flores, Departamento de Peten, como consecuencia ya no hay subordinación, ni se encuentra bajo las ordenes inmediatas de ningún funcionario de mi representada, y los mismo actores manifiestan que actualmente son beneficiarios de una Jubilación, la cual esta normada por la Ley Orgánica del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, por lo que no existe ninguna norma jurídica que obligue a mi representada a hacer efectivo la Bonificación por Emergencia, como lo pretenden los actores, y la única obligación de las Municipalidades del país, es aportar la denominada cuota patronal, la cual se encuentra establecida en el articulo 19 inciso “b” del decreto 44-94 Ley Orgánica del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal y el artículo 22 del Reglamento de la misma ley y que corresponde al pago de la cuota patronal del siete por ciento (7%) sobre los salarios mensuales pagados a sus trabajadores y el descuento de la cuota laboral del cinco por ciento (5%) mensual a sus trabajadores activos. Por lo que con fundamento en las leyes citadas, el pago de la bonificación por emergencia reclamada por los actores no corresponde a mi representada en virtud de no existir fundamento legal ni documental que imponga esta obligación y como consecuencia no se puede alegar un derecho adquirido, así mismo no se puede condenar a mi representada al pago de la referida prestación laboral sino se encuentra plenamente probado el derecho de los actores. INTEGRACION DE LA BONIFICACION POR EMERGENCIA AL SALARIO: El artículo 1 del decreto cincuenta y nueve guión noventa y cinco (59-95), regula: El gobierno de la Republica, sus entidades descentralizadas y autónomas y las municipalidades. Deberán, consolidar como salario para sus trabajadores, la bonificación de emergencia que actualmente se paga a todos los trabajadores del sector, público, asimismo, deberán
  • 3. considerar como parte del salario de estos… así mismo el artículo tres del decreto ya citado señala: la consolidación de salarios bonificaciones y salarios diferidos, entra en vigencia a partir del uno de enero de mil novecientos noventa y seis, igualmente las pensiones y bonificaciones quedarán consolidadas en un solo monto a partir del uno de enero del mil novecientos noventa y seis. Por lo que en el presente caso la bonificación por emergencia que los actores reclaman ya está consolidada en su pensión que reciben por jubilación. ll.- LOS DOCUMENTOS APORTADOS POR LOS ACTORES NO PRUEBAN SU DERECHO A LA BONIFICACIÓN QUE RECLAMAN: El juzgador al traer a la vista los documentos presentados por los actores y tener un contacto directo mediante la lectura podrá establecer plenamente que los mismos se refieren a que los actores son beneficiarios de UNA JUBILACIÓN, y en ningún momento se menciona la BONIFICACION POR EMERGENCIA, que reclaman los actores en la presente demanda, y en su caso si la mencionarán las entidades que las emitieron son administrativas y autónomas, por lo que no pueden interferir en la autonomía Municipal, oficiando que sea mi representada la que pague la Bonificación por Emergencia a los actores en el presente caso, pues tales instituciones estatales, carecen de facultades para crear prestaciones laborales y derechos de carácter laborales, mas de los que la ley les otorga. Así, mismo el articulo 1 del decreto 59-95 del Congreso de la Republica es claro al establecer que el Gobierno de la República, sus entidades descentralizadas y autónomas y las Municipalidades deberán, consolidar como salario la bonificación de emergencia y cualquier otra bonificación, y el artículo 3 del citado decreto indica que la consolidación de salarios bonificaciones y salarios diferidos igualmente las pensiones y bonificaciones quedarán consolidadas en un solo monto a partir del uno de enero de mil novecientos noventa y seis, esto quiere decir que la Bonificación por Emergencia que solicitan los actores ya se
  • 4. encuentra INTEGRADA y CONSOLIDADA en su JUBILACION que reciben para que exista una transparencia en la jubilación, que se recibe, por tales motivos solicito al señor juez que se tenga por contestada la demanda en sentido negativo y que la presente demanda debe ser declarada sin lugar toda vez que el derecho de los actores no se encuentra debidamente probado. FUNDAMENTO DE DERECHO CODIGO DE TRABAJO: El artículo 338 establece: Si el demandado no se conforma con las pretensiones del actor, debe expresar con claridad en la primera audiencia, los hechos en que funda su oposición, pudiendo en ese mismo acto reconvenir al actor. La contestación de la demanda y la reconvención en su caso, podrán presentarse por escrito, hasta el momento de la primera audiencia…) El artículo 1 del decreto cincuenta y nueve guión noventa y cinco (59-95), regula: El gobierno de la Republica, sus entidades descentralizadas y autónomas y las municipalidades. Deberán, consolidar como salario para sus trabajadores, la bonificación de emergencia que actualmente se paga a todos los trabajadores del sector, público, asimismo, deberán considerar como parte del salario de estos… PRUEBAS: DOCUMENTAL: Para probar los hechos extintivos propongo como medios de prueba documental, los siguientes documentos que obran en autos: I.- Resoluciones emitidas por la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal siguientes: a) resolución número ocho mil setenta y seis guión V (8,076-V) de fecha doce de julio del año dos mil seis; b) resolución número ocho mil ciento seis guión V (8,106-V) de fecha tres de agosto del año dos mil seis. Documentos que obran en autos. II.- Fotocopia legalizada del acuerdo numero cero cero uno diagonal dos mil tres (001/2003)
  • 5. de la Junta Electoral Departamental de Peten, de fecha nueve de diciembre de dos mil dos, que contiene la adjudicación de cargos; fotocopia legalizada de la certificación del acta numero cero cero uno guión dos mil cuatro (001-2004), de fecha quince de enero del año dos mil cuatro celebrada por el Concejo Municipal de Flores, Departamento de Petén, en la cual consta mi toma de posesión. III.- PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que de los hechos probados se deriven. PETICION DE TRÁMITE: 1. Que se admita para su trámite el presente memorial y se manda agregar al expediente respectivo. 2. Se tenga por CONTESTADA LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO. 3. Que se tome nota que actuó en representación de la Municipalidad de Flores, Departamento de Petén, y con los documentos que adjunto se tenga por justificada la representación que ejercito. 4. Se tome nota que actuó bajo la asesoria del Abogado y Notario Nelson Emilio Castellanos Arévalo, y por señalado el lugar para recibir notificaciones. 5. Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba en forma individualizados en el apartado respectivo y se incorporen al proceso los documentos que acompaño. DE FONDO: Que al dictar la sentencia que en derecho corresponde se declare: a) sin lugar la demanda ordinaria laboral de pago de bonificación por emergencia, toda vez que el derecho de los actores no se encuentra regulado en ninguna ley como derecho adquirido y no existen elementos de convicción que los prueben, la cual ya esta consolidada en su jubilación de conformidad con el decreto 59-95 del Congreso de la República de
  • 6. Guatemala; b) por litigar de buena fe las partes procesales se eximan del pago de costas procesales. Acompaño duplicado y dos copias del presente memorial y de los documentos adjuntos Santa Elena, Petén 10 de noviembre de 2006.
  • 7. JUICIO No. 02- 2006 OFICIAL MENDEZ. NOT 1. ORDINARIO LABORAL. JUZAGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL ECONCOMICO COACTIVO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL MUNICIPIO DE SANBENITO, DEPARTAMENTO DE PETEN, SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-------------------------------------------------------------------------------------------------- I. Por recibido el memorial de la demanda que antecede con los documentos acompañados se inicia la formación del expediente judicial respectivo, para su trámite en la vía Ordinaria Laboral; II. Se tiene como demandante a ANACLETO GARCIA LEMUS, y como demandada a ALCIRA BEATRIZ PINZON SOLANO, propietaria de la empresa de TRANSPORTES VELOCES. III. Se tiene como lugar para recibir notificaciones el señalado, se confiere la dirección a los profesionales propuestos; IV. Se tienen por ofrecidos
  • 8. y acompañados los medios de prueba identificados en el apartado de pruebas en el presente memorial; V. Por señalado el lugar indicado para notificar a la parte demandada, previniéndole que deberá señalar casa o lugar dentro del perímetro legal de este juzgado para recibir sus notificaciones de no hacerlo las posteriores se le harán por los juzgados del estrado; VI. Para que las partes comparezcan a JUICIO ORAL LABORAL SE SEÑALA AUDIENCIA PARA EL DÍA QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL SEIS A LAS DIEZ HORAS EN ESTE JUZGADO, previniéndole a las partes comparecer con sus respectivos medios de prueba a efecto de rendirlas en la audiencia señalada, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía de quien no compareciere en tiempo, sin más citarle ni oírle; VII. La parte demandada deberá: a) personalmente y no por medio de apoderado, prestar confesión judicial de conformidad con las posiciones que en la audiencia señalada le articulara la parte actora, bajo apercibimiento que si dejare de hacerlo será declarado confeso sobre los extremos de las que le sean legalmente imputables, b) presentar copia del contrato sucrito con la parte actora, sin perjuicio de tener como ciertas las afirmaciones de la parte actora. VIII. Lo demás solicitado presente para su oportunidad; ARTÍCULOS: 1, 2, 4, 5,12, 28, de la Constitución Política de la República de Guatemala; 321, 322, 323, 326, 327, 328, 329, 332, 333, 334, 336, 337, 340, 341, 342, 344, 345, 346, 358, del Código de Trabajo; 141, 142, de la Ley del Organismo Judicial . JUEZ
  • 9. TESTIGOS DE ASISTENCIA CURSO: CLINICAS LABORALES, II LICDA. AIXA MARIZOL AGUIRRE RIVERA TRABAJO: CONTESTACION DE EXCEPCION DE INCOMPETENCIA Y PRIMERA RESOLUCION INTEGRANTES DEL GRUPO:
  • 10. TERESITA DEL CARMEN ENRIQUEZ SAGASTUME JUAN CARLOS DURAN VASQUEZ LESBIA MARISOL MORALES CHEN JUANA AZUCENA GIRON SANTA ELENA, PETEN, 08 DE MARZO DEL 2006