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FISCALIZACIÓN EN SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Rafael Arturo Yáñez Briceño
rafael.yanez.briceno69@gmail.com
994503863
Modificatoria de los artículos:
13, 26, 28 , 32, inciso d) del
artículo 49, 76 y cuarta
disposición complementaria
modificatoria de la ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
 PREVENCION: de los riesgos laborales
 RESPONSABILIDAD: de la empresa y los trabajadores
 COOPERACION: del empleador y los empleados
 CAPACITACION: Se debe mantener un sistema de capacitación que permita a los
miembros del comité y a los empleados estar concientes de la implicancia de la
aplicación de las políticas de seguridad.
• 4 cap al año en SCTR obligadas – ahora se piden capacitaciones virtuales hacer doc
por estado de emergencia. De lo contrario deben ser presenciales. Si se aduce que
ya están presenciales se debe indicar que mientras no acabe el estado de
emergencia nada impide que se haga la capacitación
• En el caso de capacitaciones con calificación debe conservarse las evaluaciones
para acreditar la supremacía de realidad
• Se debe especificar en documento los temas de capacitaciones
• Los cursos deben estar enfocados a las labores de los trabajadores
 GESTION INTEGRAL: Deben brindarse las herramientas para que los trabajadores
puedan informarse de toda la política de seguridad y trabajo de la empresa
 ATENCION INTEGRAL DE LA SALUD: Debe considerarse todos los aspectos de salud
dentro de los seguros
 CONSULTA Y PARTICIPACION: Brindar facilidades para que pueda haber participacion
 PRIMACIA DE LA REALIDAD: Los temas no reglamentados se imponen por primacia de la
realidad.
 PROTECCION: Del bienestar del ser humano por encima de todo.
 INCIDENTE: evento NO DESEADO casual o fortuito que no genera daños.
 INCIDENTE PERLIGROSO: cuando el incidente amenaza la vida del trabajador.
 ACCIDENTE: cuando el incidente provoca daños y atenta contra la salud del trabajador
 Accidente laboral debe ser reportado en las 24 horas
 Sino ya no se considera como accidente laboral para uso del sctr
 Las políticas deben ser propios o adaptadas a tu medio. Nm puedes copiarlas de otro
lado sino te sancionan.
 La política de seguridad en le trabajo es el conjunto de compromisos asociados a lo
que la empresa va a cumplir. En la política de seguridad no debe faltar:
1. Cumplir lo que estipula la norma o dispositivos legales,
2. El hecho de dar a los trabajadores la posibilidad de desarrollarse para hacer
prevención.
3. Estructura del trabajador en base a su sistema de gestión, conocerlo con la
finalidad de que pueda acceder de manera adecuada a todos los recursos
 Publicar la política con la firma del mas alto ejecutivo y colocarle la versión de
revisión, no puede ser única y eterna debe adaptarse cada año o revisarse al menos,
la falta de revisión es no conformidad para SUNALFIL
 Asumimso que tenemos la documentación , pero debemos buscar que haya la acción
y que se tengan evidencias de alguna manera fotos, firmas o actas. Se puede usar los
medios digitales para exponer (inducción) de seguridad ( por ejempló para covid) tipo
misión y visión pero en políticas de seguridad
 El fiscalizador puede preguntar a quien sea sobre las políticas para asegurarse que
todos los conocen y manejan
 La asistencia de los miembros del comité de seguridad a los comités es obligatoria
también es sancionable por el comité como por el empleador ya que su ausencia en
las actas impondrá sanción por parte de SUNAFIL.
 En crucial contar con los registros de cada acción realizada por la empresa para
asegurar la seguridad de los empleados, entre ellos los exámenes ocupacionales.
 El comité debe estar debidamente capacitado en SST, asi también debe ser de fácil
localización o identificación.
 Si la empresa tiene varias sedes, cada sede debe contener un subcomité.
 SUNAFIL puede brindar capacitaciones al COMITÉ.
• Hacer lo
planificado
• Las cosas
pasarán
según lo
planificado
• ¿Qué hacer y
cómo
hacerlo?
• ¿Cómo
mejorar la
próxima vez?
Actuar Planificar
Hacer
Verificar
Organización del SGSST
Mejora
continua
1er paso: Lograr el compromiso del empleador o la máxima autoridad
2do paso: Realizar un Estudio Línea Base
3er paso: Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER)
4to paso: Conformar el CSST (>=20 trabajadores) o Supervisor de SST
5to paso: Elaborar un RISST (>=20 trabajadores)
6to paso: Elaborar el Programa Anual de la SST y el Programa Anual de Capacitaciones
7mo paso: Otros Documentos y Registros del SGSST
Pasos para la implementación de un SGSST
ARTICULO 168-A
VIGENTE
DEROGADO
Se excluye la responsabilidad penal cuando la
muerte o lesiones graves son producto de la
inobservancia de la normas de seguridad y salud en
el trabajo por parte de trabajador.
Infringir normas
de seguridad y
poner en riesgo
inminente la vida,
salud e integridad
física de los
trabajadores o
terceros
Infringir normas
de seguridad
con ocurrencia
de lesiones
graves y /o
muerte a
trabajadores o
terceros
Infringir normas
de seguridad
con ocurrencia
de lesiones
graves y /o
muerte
Infringir normas
de seguridad con
ocurrencia de
lesiones graves y
/o muerte a
trabajadores o
terceros
De 5 a 10
años de
pena
privativa
De 2 a 5
años de
pena
privativa
De 4 a
8 años
en caso
de
muerte
De 1 a 4
años de
pena
privativ
a
De 3a
6 años
en
caso
de
muert
e
IPERC
QUE ES?.............................
Identificación
Peligros
Evaluación
Riesgos
Medidas de
Contról
c
PELIGRO
RIESGO
ACCIDENTE
INCIDENTE
INCIDENTE
PELIGROSO
EMPRESA O REQUISITO TIPODE
SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD
3 C 13
CA-C
SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD
2 C 8 EPP
CI
CA-C
SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD
SOBREESFUERZOS 4 B 14 EPP
CI
CA-C
SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD
2 C 8 E
EXPOSICIONA CONTACTOS DIRECTOS CA-S
EPP
SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD
CONTAGIO COVID19 2 A 3 EPP
S
INCORRECTA MANIPULACION DE CARGA
PROBABILIDAD DE MUTILACION
MECANICO
ATRAPAMIENTO DEPARTEDEL CUERPO / MUTILACION
ALMACENERO Empresa LEVANTAMIENTO DECARGAS ERGONOMICO
CONTROL DEINGENIERIA
CAPACITACION
DAÑOS FISICOS
MUTILACION DE PARTE DEL CUERPO
EQUIPOS ENMOVIMIENTO
PROBLEMAS FISICOS POR MALA POSTURA
ERGONOMICO
CONDICIONES ERGONOMICAS POSTURAS INCORRECTAS
LEGAL
Empresa
SECRETARIA POSTURAS FORZADAS CONTROL-ADM
EQUIPOS DEPROTECCIONPERSONAL
Empresa
Empresa
MECANICO
TERCERO
PUESTO LESIONPOSIBLEODETERIORODELA SALUD
MEDIDA DECONTROL
PELIGRO
EPP
CONTROL DEINGENIERIA
RIESGO
PELIGRO
FACTORDERIESGO
MECANICO
CAPACITACION
EPP
EXPOSICIONA RIESGOS ELECTRICOS ELECTRICO
ELIMINACION
PROBABILIDAD DE ELECTROCUCION QUEMADURAS / MUERTE POR DESCARGAS ELECTRICAS CAPACITACION
SEGURIDAD Empresa PERSONA CONSOBREPESO BIOLOGICO
POSIBLE CONTAGIO POR CONTACTO CON CLIENTES DE LA EMPRESA POSIBLE MUERTE
EPP
SINTOMATOLOGIA DE VIRUS COVID19 SUSTITUCION
MUY ALTO 1 al 4
ALTO 5 al 8
MEDIO 9 al 15
BAJO 16 al 25
SEÑALIZACIÓN
ESTANDARES
CAPACITACIÓN
E
S
CI
SEÑALIZACIÓN CA-S
ESTANDAR CA-E
CAPACITACION CA-C
EPP
Desarrollo de herramientas para el proceso
Eliminación del peligro
Reemplazar por algo menos peligroso
Utilizar la tecnología y procesos de ejecución
Equipos de Protección Personal
CONTROL ADM
ELIMINACION
SUSTITUCIÓN
CONTROL DE ING
EPP
ELIMINACIÓN
SUSTITUCIÓN
CONTROL DEINGENIERIA
EPP
MEDIDAS DE CONTROL
CONTROL ADMINISTRATIVO
Cambios
respecto
de
la
norma
sanitaria
anterior
(Resolución
Ministerial
N°
972-2020-MINSA)?
MODIFICATORIAS 2019 - 2020
Artículo Original Artículo Modificado
empresa; abriendo la puerta a que apliquen
para cualquier empresa.
Se aclara que las capacitaciones que dicten el
MTPE o la SUNAFIL son aceptadas como
registros válidos de cumplimiento de las
capacitaciones de SST.
Las capacitaciones deben ser presenciales
atendiendo a los temas dispuestos en el plan
anual de capacitaciones aprobado por el
Comité de Seguridad y Salud en el trabajo.”
Antes ni la Ley 29783 ni el DS 005-2012-TR,
especificaban si las capacitaciones podrían
ser presenciales o virtuales, por lo cual ese
vacío normativo permitía que las
capacitaciones se hicieran en formato virtual.
Ahora esta nueva norma aclara que solo es
válido el formato presencial.
Numeral 13.3 del DS 019-2006-TR Artículo 2 del DS 020-2019-TR.
Las actuaciones de investigación o Las actuaciones de investigación o
comprobatorias deberán realizarse en el comprobatorias deben realizarse en el plazo
plazo señalado en las órdenes de inspección. señalado en las órdenes de inspección. El plazo
El plazo máximo de 30 días hábiles a que se máximo de treinta (30) días hábiles a que se
refiere el artículo 13 de la Ley, se computa refiere el artículo 13 de la Ley, se computa
desde la fecha en que se inicien las desde la fecha en que se inicien las actuaciones
actuaciones inspectivas. inspectivas.
En el caso de accidente de trabajo seguido
de muerte del trabajador, las actuaciones de
investigación o comprobatorias deben
culminar en un plazo máximo de diez (10)
días hábiles, prorrogables por única vez
hasta por el mismo plazo.”
Antes el plazo para todas las investigaciones
(Incidentes Peligrosos, Accidentes de
Trabajo, Enfermedades Profesionales, etc)
era de hasta 30 días hábiles. Ahora se
especifica que en los casos de accidentes
fatales se tendrá como meta inicial 10 días
hábiles y un máximo de 20 días hábiles.
Artículo 3 del Decreto Supremo N° 007- Artículo 3 del DS 020-2019-TR.
2017-TR
Artículo Original Artículo Modificado
Artículo 27 del DS 005-2012-TR. Artículo 1 del DS 020-2019-TR.
El empleador, en cumplimiento del deber de El empleador, en cumplimiento del deber de
prevención y del artículo 27 de la Ley, prevención y del artículo 27 de la Ley, garantiza
garantiza que los trabajadores sean que los trabajadores sean capacitados en materia
capacitados en materia de prevención. de prevención.
La formación debe estar centrada: La formación debe estar centrada:
a) En el puesto de trabajo específico o en la a) En el puesto y ambiente* de trabajo específico
función que cada trabajador desempeña, o en función que cada trabajador desempeña,
cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo,
modalidad o duración de su contrato. modalidad o duración de su contrato
b) En los cambios en las funciones que b) En los cambios en las funciones que
desempeñe, cuando éstos se produzcan. desempeñe, cuando éstos se produzcan.
c) En los cambios en las tecnologías o en c) En los cambios en las tecnologías o en los
los equipos de trabajo, cuando éstos se equipos de trabajo, cuando éstos se produzcan.
produzcan.
d) En las medidas que permitan la d) En las medidas que permitan la adaptación a
adaptación a la evolución de los riesgos y la la evolución de los riesgos y la prevención de
prevención de nuevos riesgos. nuevos riesgos.
e) En la actualización periódica de los e) En la actualización periódica de los
conocimientos. conocimientos.
Para la capacitación de los trabajadores La Autoridad Administrativa de Trabajo brinda
de la micro y pequeña empresa, la servicios gratuitos de formación en seguridad
Autoridad Administrativa de Trabajo y salud en el trabajo; estas capacitaciones son
brinda servicios gratuitos de formación en consideradas como válidas para efectos del
seguridad y salud en el trabajo. cumplimiento del deber de capacitación a que
alude el artículo 27 de la Ley.
Ya no se hace énfasis en que las
capacitaciones que dicta el MTPE o la
SUNAFIL eran aplicables a la micro y pequeña
Artículo Original Artículo Modificado
Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad
Inspectiva de Trabajo no podrá programar Inspectiva de Trabajo no podrá programar más
más de una orden de inspección sobre una de una orden de inspección sobre una misma
misma materia respecto del mismo sujeto materia respecto del mismo sujeto
inspeccionado. Las órdenes de inspección inspeccionado. Las órdenes de inspección que
que se emitan en contravención de este se emitan en contravención de este artículo no
artículo no pueden concluir con la emisión de pueden concluir con la emisión de un acta de
un acta de infracción. infracción.
Esta disposición no afecta la generación de Esta disposición no es de aplicación cuando
órdenes de inspección por denuncia sobre se trate de inspecciones en materia de
incumplimientos de obligaciones seguridad y salud en el trabajo, derechos
sociolaborales fundamentales laborales y registro de
trabajadores en planilla; así como en los
casos de denuncia sobre incumplimientos de
obligaciones sociolaborales.
Antes solo se permitía más de una
inspección en un año en caso de denuncias
de incumplimientos de obligaciones
sociolaborales (Ejemplo: CTS, aportes a AFP,
utilidades, etc), ahora se amplía dicha
excepción cuando se trata de SST, derechos
fundamentales y registro de trabajadores en
planilla.
Artículo 7 del Decreto Supremo N° 017- Artículo 4 del DS 020-2019-TR.
2012-TR.
Es deber de los directores de prevención y Es deber de los directores de prevención y
solución de conflictos, los directores solución de conflictos, los directores
subregionales, los directores regionales de subregionales, los directores regionales de
trabajo y promoción del empleo, la Dirección trabajo y promoción del empleo, la Dirección
General de Trabajo del Ministerio de Trabajo General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y
y Promoción del Empleo y del despacho Promoción del Empleo, del despacho
Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Viceministerial de Trabajo del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo publicar en Trabajo y Promoción del Empleo, y de la
el portal web del gobierno regional o Autoridad Inspectiva de Trabajo, publicar en el
nacional, según corresponda, las portal web del gobierno regional o nacional,
resoluciones administrativas que pongan fin según corresponda, las resoluciones
a la segunda instancia administrativa, administrativas consentidas o que causen
dentro de los cinco (05) días hábiles estado, dentro de los cinco (05) días hábiles
siguientes a su expedición, de acuerdo a las siguientes a su expedición, de acuerdo a las
siguientes materias: siguientes materias (...).
En el caso de resoluciones de procedimiento
administrativo sancionador de la inspección
del trabajo, referidas a accidente de trabajo y
enfermedad profesional comprobada seguida
de muerte, la publicación debe efectuarse por
Artículo Original Artículo Modificado
única vez, además, en un diario de
circulación del ámbito de su jurisdicción”.
Antes todas las resoluciones de sanciones
solo se publicaban en la página web del
MTPE y gobiernos regionales, ahora se
añade a la web de la SUNAFIL y sobre todo
se añade que cuando la resolución esté
asociada a la muerte de uno o más
trabajadores ya sea por accidentes de trabajo
o enfermedades profesionales, la resolución
se debe publicar en un diario de circulación
local.
* Aunque el DS 020-2019-TR añade la expresión: Ambiente de Trabajo, no la define. Sin embargo,
podemos ver una definición de este término en el glosario del DS 005-2012-TR, el cuál dice:
“Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Son aquellos elementos, agentes o factores que
tienen influencia en la generación de riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores.
Quedan específicamente incluidos en esta definición:
- Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás
elementos materiales existentes en el centro de trabajo.
- La naturaleza, intensidades, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos,
químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades,
concentraciones o niveles de presencia.
- Los procedimientos, métodos de trabajo y tecnologías establecidas para la utilización o
procesamiento de los agentes citados en el apartado anterior, que influyen en la generación de
riesgos para los trabajadores.
- La organización y ordenamiento de las labores y las relaciones laborales, incluidos los factores
ergonómicos y psicosociales”
Artículo Original Artículo Modificado
empresa; abriendo la puerta a que apliquen
para cualquier empresa.
Se aclara que las capacitaciones que dicten el
MTPE o la SUNAFIL son aceptadas como
registros válidos de cumplimiento de las
capacitaciones de SST.
Las capacitaciones deben ser presenciales
atendiendo a los temas dispuestos en el plan
anual de capacitaciones aprobado por el
Comité de Seguridad y Salud en el trabajo.”
Antes ni la Ley 29783 ni el DS 005-2012-TR,
especificaban si las capacitaciones podrían
ser presenciales o virtuales, por lo cual ese
vacío normativo permitía que las
capacitaciones se hicieran en formato virtual.
Ahora esta nueva norma aclara que solo es
válido el formato presencial.
Numeral 13.3 del DS 019-2006-TR Artículo 2 del DS 020-2019-TR.
Las actuaciones de investigación o Las actuaciones de investigación o
comprobatorias deberán realizarse en el comprobatorias deben realizarse en el plazo
plazo señalado en las órdenes de inspección. señalado en las órdenes de inspección. El plazo
El plazo máximo de 30 días hábiles a que se máximo de treinta (30) días hábiles a que se
refiere el artículo 13 de la Ley, se computa refiere el artículo 13 de la Ley, se computa
desde la fecha en que se inicien las desde la fecha en que se inicien las actuaciones
actuaciones inspectivas. inspectivas.
En el caso de accidente de trabajo seguido
de muerte del trabajador, las actuaciones de
investigación o comprobatorias deben
culminar en un plazo máximo de diez (10)
días hábiles, prorrogables por única vez
hasta por el mismo plazo.”
Antes el plazo para todas las investigaciones
(Incidentes Peligrosos, Accidentes de
Trabajo, Enfermedades Profesionales, etc)
era de hasta 30 días hábiles. Ahora se
especifica que en los casos de accidentes
fatales se tendrá como meta inicial 10 días
hábiles y un máximo de 20 días hábiles.
Artículo 3 del Decreto Supremo N° 007- Artículo 3 del DS 020-2019-TR.
2017-TR
Artículo Original Artículo Modificado
Artículo 27 del DS 005-2012-TR. Artículo 1 del DS 020-2019-TR.
El empleador, en cumplimiento del deber de El empleador, en cumplimiento del deber de
prevención y del artículo 27 de la Ley, prevención y del artículo 27 de la Ley, garantiza
garantiza que los trabajadores sean que los trabajadores sean capacitados en materia
capacitados en materia de prevención. de prevención.
La formación debe estar centrada: La formación debe estar centrada:
a) En el puesto de trabajo específico o en la a) En el puesto y ambiente* de trabajo específico
función que cada trabajador desempeña, o en función que cada trabajador desempeña,
cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo,
modalidad o duración de su contrato. modalidad o duración de su contrato
b) En los cambios en las funciones que b) En los cambios en las funciones que
desempeñe, cuando éstos se produzcan. desempeñe, cuando éstos se produzcan.
c) En los cambios en las tecnologías o en c) En los cambios en las tecnologías o en los
los equipos de trabajo, cuando éstos se equipos de trabajo, cuando éstos se produzcan.
produzcan.
d) En las medidas que permitan la d) En las medidas que permitan la adaptación a
adaptación a la evolución de los riesgos y la la evolución de los riesgos y la prevención de
prevención de nuevos riesgos. nuevos riesgos.
e) En la actualización periódica de los e) En la actualización periódica de los
conocimientos. conocimientos.
Para la capacitación de los trabajadores La Autoridad Administrativa de Trabajo brinda
de la micro y pequeña empresa, la servicios gratuitos de formación en seguridad
Autoridad Administrativa de Trabajo y salud en el trabajo; estas capacitaciones son
brinda servicios gratuitos de formación en consideradas como válidas para efectos del
seguridad y salud en el trabajo. cumplimiento del deber de capacitación a que
alude el artículo 27 de la Ley.
Ya no se hace énfasis en que las
capacitaciones que dicta el MTPE o la
SUNAFIL eran aplicables a la micro y pequeña
Artículo Original Artículo Modificado
Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad
Inspectiva de Trabajo no podrá programar Inspectiva de Trabajo no podrá programar más
más de una orden de inspección sobre una de una orden de inspección sobre una misma
misma materia respecto del mismo sujeto materia respecto del mismo sujeto
inspeccionado. Las órdenes de inspección inspeccionado. Las órdenes de inspección que
que se emitan en contravención de este se emitan en contravención de este artículo no
artículo no pueden concluir con la emisión de pueden concluir con la emisión de un acta de
un acta de infracción. infracción.
Esta disposición no afecta la generación de Esta disposición no es de aplicación cuando
órdenes de inspección por denuncia sobre se trate de inspecciones en materia de
incumplimientos de obligaciones seguridad y salud en el trabajo, derechos
sociolaborales fundamentales laborales y registro de
trabajadores en planilla; así como en los
casos de denuncia sobre incumplimientos de
obligaciones sociolaborales.
Antes solo se permitía más de una
inspección en un año en caso de denuncias
de incumplimientos de obligaciones
sociolaborales (Ejemplo: CTS, aportes a AFP,
utilidades, etc), ahora se amplía dicha
excepción cuando se trata de SST, derechos
fundamentales y registro de trabajadores en
planilla.
Artículo 7 del Decreto Supremo N° 017- Artículo 4 del DS 020-2019-TR.
2012-TR.
Es deber de los directores de prevención y Es deber de los directores de prevención y
solución de conflictos, los directores solución de conflictos, los directores
subregionales, los directores regionales de subregionales, los directores regionales de
trabajo y promoción del empleo, la Dirección trabajo y promoción del empleo, la Dirección
General de Trabajo del Ministerio de Trabajo General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y
y Promoción del Empleo y del despacho Promoción del Empleo, del despacho
Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Viceministerial de Trabajo del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo publicar en Trabajo y Promoción del Empleo, y de la
el portal web del gobierno regional o Autoridad Inspectiva de Trabajo, publicar en el
nacional, según corresponda, las portal web del gobierno regional o nacional,
resoluciones administrativas que pongan fin según corresponda, las resoluciones
a la segunda instancia administrativa, administrativas consentidas o que causen
dentro de los cinco (05) días hábiles estado, dentro de los cinco (05) días hábiles
siguientes a su expedición, de acuerdo a las siguientes a su expedición, de acuerdo a las
siguientes materias: siguientes materias (...).
En el caso de resoluciones de procedimiento
administrativo sancionador de la inspección
del trabajo, referidas a accidente de trabajo y
enfermedad profesional comprobada seguida
de muerte, la publicación debe efectuarse por
Artículo Original Artículo Modificado
única vez, además, en un diario de
circulación del ámbito de su jurisdicción”.
Antes todas las resoluciones de sanciones
solo se publicaban en la página web del
MTPE y gobiernos regionales, ahora se
añade a la web de la SUNAFIL y sobre todo
se añade que cuando la resolución esté
asociada a la muerte de uno o más
trabajadores ya sea por accidentes de trabajo
o enfermedades profesionales, la resolución
se debe publicar en un diario de circulación
local.
* Aunque el DS 020-2019-TR añade la expresión: Ambiente de Trabajo, no la define. Sin embargo,
podemos ver una definición de este término en el glosario del DS 005-2012-TR, el cuál dice:
“Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Son aquellos elementos, agentes o factores que
tienen influencia en la generación de riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores.
Quedan específicamente incluidos en esta definición:
- Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás
elementos materiales existentes en el centro de trabajo.
- La naturaleza, intensidades, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos,
químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades,
concentraciones o niveles de presencia.
- Los procedimientos, métodos de trabajo y tecnologías establecidas para la utilización o
procesamiento de los agentes citados en el apartado anterior, que influyen en la generación de
riesgos para los trabajadores.
- La organización y ordenamiento de las labores y las relaciones laborales, incluidos los factores
ergonómicos y psicosociales”
Rafael Arturo Yáñez Briceño
rafael.yanez.briceno69@gmail.com
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  • 1. FISCALIZACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Rafael Arturo Yáñez Briceño rafael.yanez.briceno69@gmail.com 994503863
  • 2. Modificatoria de los artículos: 13, 26, 28 , 32, inciso d) del artículo 49, 76 y cuarta disposición complementaria modificatoria de la ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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  • 5.  PREVENCION: de los riesgos laborales  RESPONSABILIDAD: de la empresa y los trabajadores  COOPERACION: del empleador y los empleados  CAPACITACION: Se debe mantener un sistema de capacitación que permita a los miembros del comité y a los empleados estar concientes de la implicancia de la aplicación de las políticas de seguridad. • 4 cap al año en SCTR obligadas – ahora se piden capacitaciones virtuales hacer doc por estado de emergencia. De lo contrario deben ser presenciales. Si se aduce que ya están presenciales se debe indicar que mientras no acabe el estado de emergencia nada impide que se haga la capacitación • En el caso de capacitaciones con calificación debe conservarse las evaluaciones para acreditar la supremacía de realidad • Se debe especificar en documento los temas de capacitaciones • Los cursos deben estar enfocados a las labores de los trabajadores  GESTION INTEGRAL: Deben brindarse las herramientas para que los trabajadores puedan informarse de toda la política de seguridad y trabajo de la empresa  ATENCION INTEGRAL DE LA SALUD: Debe considerarse todos los aspectos de salud dentro de los seguros  CONSULTA Y PARTICIPACION: Brindar facilidades para que pueda haber participacion  PRIMACIA DE LA REALIDAD: Los temas no reglamentados se imponen por primacia de la realidad.  PROTECCION: Del bienestar del ser humano por encima de todo.
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  • 7.
  • 8.  INCIDENTE: evento NO DESEADO casual o fortuito que no genera daños.  INCIDENTE PERLIGROSO: cuando el incidente amenaza la vida del trabajador.  ACCIDENTE: cuando el incidente provoca daños y atenta contra la salud del trabajador  Accidente laboral debe ser reportado en las 24 horas  Sino ya no se considera como accidente laboral para uso del sctr
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  • 11.
  • 12.  Las políticas deben ser propios o adaptadas a tu medio. Nm puedes copiarlas de otro lado sino te sancionan.  La política de seguridad en le trabajo es el conjunto de compromisos asociados a lo que la empresa va a cumplir. En la política de seguridad no debe faltar: 1. Cumplir lo que estipula la norma o dispositivos legales, 2. El hecho de dar a los trabajadores la posibilidad de desarrollarse para hacer prevención. 3. Estructura del trabajador en base a su sistema de gestión, conocerlo con la finalidad de que pueda acceder de manera adecuada a todos los recursos  Publicar la política con la firma del mas alto ejecutivo y colocarle la versión de revisión, no puede ser única y eterna debe adaptarse cada año o revisarse al menos, la falta de revisión es no conformidad para SUNALFIL  Asumimso que tenemos la documentación , pero debemos buscar que haya la acción y que se tengan evidencias de alguna manera fotos, firmas o actas. Se puede usar los medios digitales para exponer (inducción) de seguridad ( por ejempló para covid) tipo misión y visión pero en políticas de seguridad
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  • 15.  El fiscalizador puede preguntar a quien sea sobre las políticas para asegurarse que todos los conocen y manejan  La asistencia de los miembros del comité de seguridad a los comités es obligatoria también es sancionable por el comité como por el empleador ya que su ausencia en las actas impondrá sanción por parte de SUNAFIL.  En crucial contar con los registros de cada acción realizada por la empresa para asegurar la seguridad de los empleados, entre ellos los exámenes ocupacionales.  El comité debe estar debidamente capacitado en SST, asi también debe ser de fácil localización o identificación.  Si la empresa tiene varias sedes, cada sede debe contener un subcomité.  SUNAFIL puede brindar capacitaciones al COMITÉ.
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  • 30. • Hacer lo planificado • Las cosas pasarán según lo planificado • ¿Qué hacer y cómo hacerlo? • ¿Cómo mejorar la próxima vez? Actuar Planificar Hacer Verificar Organización del SGSST Mejora continua
  • 31. 1er paso: Lograr el compromiso del empleador o la máxima autoridad 2do paso: Realizar un Estudio Línea Base 3er paso: Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER) 4to paso: Conformar el CSST (>=20 trabajadores) o Supervisor de SST 5to paso: Elaborar un RISST (>=20 trabajadores) 6to paso: Elaborar el Programa Anual de la SST y el Programa Anual de Capacitaciones 7mo paso: Otros Documentos y Registros del SGSST Pasos para la implementación de un SGSST
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  • 34.
  • 35. ARTICULO 168-A VIGENTE DEROGADO Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son producto de la inobservancia de la normas de seguridad y salud en el trabajo por parte de trabajador. Infringir normas de seguridad y poner en riesgo inminente la vida, salud e integridad física de los trabajadores o terceros Infringir normas de seguridad con ocurrencia de lesiones graves y /o muerte a trabajadores o terceros Infringir normas de seguridad con ocurrencia de lesiones graves y /o muerte Infringir normas de seguridad con ocurrencia de lesiones graves y /o muerte a trabajadores o terceros De 5 a 10 años de pena privativa De 2 a 5 años de pena privativa De 4 a 8 años en caso de muerte De 1 a 4 años de pena privativ a De 3a 6 años en caso de muert e
  • 36. IPERC
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  • 40.
  • 44. EMPRESA O REQUISITO TIPODE SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD 3 C 13 CA-C SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD 2 C 8 EPP CI CA-C SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD SOBREESFUERZOS 4 B 14 EPP CI CA-C SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD 2 C 8 E EXPOSICIONA CONTACTOS DIRECTOS CA-S EPP SEVER FREC VALOR DENOMINACIÓN COD CONTAGIO COVID19 2 A 3 EPP S INCORRECTA MANIPULACION DE CARGA PROBABILIDAD DE MUTILACION MECANICO ATRAPAMIENTO DEPARTEDEL CUERPO / MUTILACION ALMACENERO Empresa LEVANTAMIENTO DECARGAS ERGONOMICO CONTROL DEINGENIERIA CAPACITACION DAÑOS FISICOS MUTILACION DE PARTE DEL CUERPO EQUIPOS ENMOVIMIENTO PROBLEMAS FISICOS POR MALA POSTURA ERGONOMICO CONDICIONES ERGONOMICAS POSTURAS INCORRECTAS LEGAL Empresa SECRETARIA POSTURAS FORZADAS CONTROL-ADM EQUIPOS DEPROTECCIONPERSONAL Empresa Empresa MECANICO TERCERO PUESTO LESIONPOSIBLEODETERIORODELA SALUD MEDIDA DECONTROL PELIGRO EPP CONTROL DEINGENIERIA RIESGO PELIGRO FACTORDERIESGO MECANICO CAPACITACION EPP EXPOSICIONA RIESGOS ELECTRICOS ELECTRICO ELIMINACION PROBABILIDAD DE ELECTROCUCION QUEMADURAS / MUERTE POR DESCARGAS ELECTRICAS CAPACITACION SEGURIDAD Empresa PERSONA CONSOBREPESO BIOLOGICO POSIBLE CONTAGIO POR CONTACTO CON CLIENTES DE LA EMPRESA POSIBLE MUERTE EPP SINTOMATOLOGIA DE VIRUS COVID19 SUSTITUCION
  • 45. MUY ALTO 1 al 4 ALTO 5 al 8 MEDIO 9 al 15 BAJO 16 al 25
  • 46. SEÑALIZACIÓN ESTANDARES CAPACITACIÓN E S CI SEÑALIZACIÓN CA-S ESTANDAR CA-E CAPACITACION CA-C EPP Desarrollo de herramientas para el proceso Eliminación del peligro Reemplazar por algo menos peligroso Utilizar la tecnología y procesos de ejecución Equipos de Protección Personal CONTROL ADM ELIMINACION SUSTITUCIÓN CONTROL DE ING EPP ELIMINACIÓN SUSTITUCIÓN CONTROL DEINGENIERIA EPP MEDIDAS DE CONTROL CONTROL ADMINISTRATIVO
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  • 59. Artículo Original Artículo Modificado empresa; abriendo la puerta a que apliquen para cualquier empresa. Se aclara que las capacitaciones que dicten el MTPE o la SUNAFIL son aceptadas como registros válidos de cumplimiento de las capacitaciones de SST. Las capacitaciones deben ser presenciales atendiendo a los temas dispuestos en el plan anual de capacitaciones aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el trabajo.” Antes ni la Ley 29783 ni el DS 005-2012-TR, especificaban si las capacitaciones podrían ser presenciales o virtuales, por lo cual ese vacío normativo permitía que las capacitaciones se hicieran en formato virtual. Ahora esta nueva norma aclara que solo es válido el formato presencial. Numeral 13.3 del DS 019-2006-TR Artículo 2 del DS 020-2019-TR. Las actuaciones de investigación o Las actuaciones de investigación o comprobatorias deberán realizarse en el comprobatorias deben realizarse en el plazo plazo señalado en las órdenes de inspección. señalado en las órdenes de inspección. El plazo El plazo máximo de 30 días hábiles a que se máximo de treinta (30) días hábiles a que se refiere el artículo 13 de la Ley, se computa refiere el artículo 13 de la Ley, se computa desde la fecha en que se inicien las desde la fecha en que se inicien las actuaciones actuaciones inspectivas. inspectivas. En el caso de accidente de trabajo seguido de muerte del trabajador, las actuaciones de investigación o comprobatorias deben culminar en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, prorrogables por única vez hasta por el mismo plazo.” Antes el plazo para todas las investigaciones (Incidentes Peligrosos, Accidentes de Trabajo, Enfermedades Profesionales, etc) era de hasta 30 días hábiles. Ahora se especifica que en los casos de accidentes fatales se tendrá como meta inicial 10 días hábiles y un máximo de 20 días hábiles. Artículo 3 del Decreto Supremo N° 007- Artículo 3 del DS 020-2019-TR. 2017-TR Artículo Original Artículo Modificado Artículo 27 del DS 005-2012-TR. Artículo 1 del DS 020-2019-TR. El empleador, en cumplimiento del deber de El empleador, en cumplimiento del deber de prevención y del artículo 27 de la Ley, prevención y del artículo 27 de la Ley, garantiza garantiza que los trabajadores sean que los trabajadores sean capacitados en materia capacitados en materia de prevención. de prevención. La formación debe estar centrada: La formación debe estar centrada: a) En el puesto de trabajo específico o en la a) En el puesto y ambiente* de trabajo específico función que cada trabajador desempeña, o en función que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, modalidad o duración de su contrato. modalidad o duración de su contrato b) En los cambios en las funciones que b) En los cambios en las funciones que desempeñe, cuando éstos se produzcan. desempeñe, cuando éstos se produzcan. c) En los cambios en las tecnologías o en c) En los cambios en las tecnologías o en los los equipos de trabajo, cuando éstos se equipos de trabajo, cuando éstos se produzcan. produzcan. d) En las medidas que permitan la d) En las medidas que permitan la adaptación a adaptación a la evolución de los riesgos y la la evolución de los riesgos y la prevención de prevención de nuevos riesgos. nuevos riesgos. e) En la actualización periódica de los e) En la actualización periódica de los conocimientos. conocimientos. Para la capacitación de los trabajadores La Autoridad Administrativa de Trabajo brinda de la micro y pequeña empresa, la servicios gratuitos de formación en seguridad Autoridad Administrativa de Trabajo y salud en el trabajo; estas capacitaciones son brinda servicios gratuitos de formación en consideradas como válidas para efectos del seguridad y salud en el trabajo. cumplimiento del deber de capacitación a que alude el artículo 27 de la Ley. Ya no se hace énfasis en que las capacitaciones que dicta el MTPE o la SUNAFIL eran aplicables a la micro y pequeña
  • 60. Artículo Original Artículo Modificado Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad Inspectiva de Trabajo no podrá programar Inspectiva de Trabajo no podrá programar más más de una orden de inspección sobre una de una orden de inspección sobre una misma misma materia respecto del mismo sujeto materia respecto del mismo sujeto inspeccionado. Las órdenes de inspección inspeccionado. Las órdenes de inspección que que se emitan en contravención de este se emitan en contravención de este artículo no artículo no pueden concluir con la emisión de pueden concluir con la emisión de un acta de un acta de infracción. infracción. Esta disposición no afecta la generación de Esta disposición no es de aplicación cuando órdenes de inspección por denuncia sobre se trate de inspecciones en materia de incumplimientos de obligaciones seguridad y salud en el trabajo, derechos sociolaborales fundamentales laborales y registro de trabajadores en planilla; así como en los casos de denuncia sobre incumplimientos de obligaciones sociolaborales. Antes solo se permitía más de una inspección en un año en caso de denuncias de incumplimientos de obligaciones sociolaborales (Ejemplo: CTS, aportes a AFP, utilidades, etc), ahora se amplía dicha excepción cuando se trata de SST, derechos fundamentales y registro de trabajadores en planilla. Artículo 7 del Decreto Supremo N° 017- Artículo 4 del DS 020-2019-TR. 2012-TR. Es deber de los directores de prevención y Es deber de los directores de prevención y solución de conflictos, los directores solución de conflictos, los directores subregionales, los directores regionales de subregionales, los directores regionales de trabajo y promoción del empleo, la Dirección trabajo y promoción del empleo, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y y Promoción del Empleo y del despacho Promoción del Empleo, del despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicar en Trabajo y Promoción del Empleo, y de la el portal web del gobierno regional o Autoridad Inspectiva de Trabajo, publicar en el nacional, según corresponda, las portal web del gobierno regional o nacional, resoluciones administrativas que pongan fin según corresponda, las resoluciones a la segunda instancia administrativa, administrativas consentidas o que causen dentro de los cinco (05) días hábiles estado, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, de acuerdo a las siguientes a su expedición, de acuerdo a las siguientes materias: siguientes materias (...). En el caso de resoluciones de procedimiento administrativo sancionador de la inspección del trabajo, referidas a accidente de trabajo y enfermedad profesional comprobada seguida de muerte, la publicación debe efectuarse por Artículo Original Artículo Modificado única vez, además, en un diario de circulación del ámbito de su jurisdicción”. Antes todas las resoluciones de sanciones solo se publicaban en la página web del MTPE y gobiernos regionales, ahora se añade a la web de la SUNAFIL y sobre todo se añade que cuando la resolución esté asociada a la muerte de uno o más trabajadores ya sea por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, la resolución se debe publicar en un diario de circulación local. * Aunque el DS 020-2019-TR añade la expresión: Ambiente de Trabajo, no la define. Sin embargo, podemos ver una definición de este término en el glosario del DS 005-2012-TR, el cuál dice: “Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Son aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia en la generación de riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición: - Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás elementos materiales existentes en el centro de trabajo. - La naturaleza, intensidades, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. - Los procedimientos, métodos de trabajo y tecnologías establecidas para la utilización o procesamiento de los agentes citados en el apartado anterior, que influyen en la generación de riesgos para los trabajadores. - La organización y ordenamiento de las labores y las relaciones laborales, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales”
  • 61. Artículo Original Artículo Modificado empresa; abriendo la puerta a que apliquen para cualquier empresa. Se aclara que las capacitaciones que dicten el MTPE o la SUNAFIL son aceptadas como registros válidos de cumplimiento de las capacitaciones de SST. Las capacitaciones deben ser presenciales atendiendo a los temas dispuestos en el plan anual de capacitaciones aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el trabajo.” Antes ni la Ley 29783 ni el DS 005-2012-TR, especificaban si las capacitaciones podrían ser presenciales o virtuales, por lo cual ese vacío normativo permitía que las capacitaciones se hicieran en formato virtual. Ahora esta nueva norma aclara que solo es válido el formato presencial. Numeral 13.3 del DS 019-2006-TR Artículo 2 del DS 020-2019-TR. Las actuaciones de investigación o Las actuaciones de investigación o comprobatorias deberán realizarse en el comprobatorias deben realizarse en el plazo plazo señalado en las órdenes de inspección. señalado en las órdenes de inspección. El plazo El plazo máximo de 30 días hábiles a que se máximo de treinta (30) días hábiles a que se refiere el artículo 13 de la Ley, se computa refiere el artículo 13 de la Ley, se computa desde la fecha en que se inicien las desde la fecha en que se inicien las actuaciones actuaciones inspectivas. inspectivas. En el caso de accidente de trabajo seguido de muerte del trabajador, las actuaciones de investigación o comprobatorias deben culminar en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, prorrogables por única vez hasta por el mismo plazo.” Antes el plazo para todas las investigaciones (Incidentes Peligrosos, Accidentes de Trabajo, Enfermedades Profesionales, etc) era de hasta 30 días hábiles. Ahora se especifica que en los casos de accidentes fatales se tendrá como meta inicial 10 días hábiles y un máximo de 20 días hábiles. Artículo 3 del Decreto Supremo N° 007- Artículo 3 del DS 020-2019-TR. 2017-TR Artículo Original Artículo Modificado Artículo 27 del DS 005-2012-TR. Artículo 1 del DS 020-2019-TR. El empleador, en cumplimiento del deber de El empleador, en cumplimiento del deber de prevención y del artículo 27 de la Ley, prevención y del artículo 27 de la Ley, garantiza garantiza que los trabajadores sean que los trabajadores sean capacitados en materia capacitados en materia de prevención. de prevención. La formación debe estar centrada: La formación debe estar centrada: a) En el puesto de trabajo específico o en la a) En el puesto y ambiente* de trabajo específico función que cada trabajador desempeña, o en función que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, modalidad o duración de su contrato. modalidad o duración de su contrato b) En los cambios en las funciones que b) En los cambios en las funciones que desempeñe, cuando éstos se produzcan. desempeñe, cuando éstos se produzcan. c) En los cambios en las tecnologías o en c) En los cambios en las tecnologías o en los los equipos de trabajo, cuando éstos se equipos de trabajo, cuando éstos se produzcan. produzcan. d) En las medidas que permitan la d) En las medidas que permitan la adaptación a adaptación a la evolución de los riesgos y la la evolución de los riesgos y la prevención de prevención de nuevos riesgos. nuevos riesgos. e) En la actualización periódica de los e) En la actualización periódica de los conocimientos. conocimientos. Para la capacitación de los trabajadores La Autoridad Administrativa de Trabajo brinda de la micro y pequeña empresa, la servicios gratuitos de formación en seguridad Autoridad Administrativa de Trabajo y salud en el trabajo; estas capacitaciones son brinda servicios gratuitos de formación en consideradas como válidas para efectos del seguridad y salud en el trabajo. cumplimiento del deber de capacitación a que alude el artículo 27 de la Ley. Ya no se hace énfasis en que las capacitaciones que dicta el MTPE o la SUNAFIL eran aplicables a la micro y pequeña
  • 62. Artículo Original Artículo Modificado Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad Dentro de un mismo año fiscal, la Autoridad Inspectiva de Trabajo no podrá programar Inspectiva de Trabajo no podrá programar más más de una orden de inspección sobre una de una orden de inspección sobre una misma misma materia respecto del mismo sujeto materia respecto del mismo sujeto inspeccionado. Las órdenes de inspección inspeccionado. Las órdenes de inspección que que se emitan en contravención de este se emitan en contravención de este artículo no artículo no pueden concluir con la emisión de pueden concluir con la emisión de un acta de un acta de infracción. infracción. Esta disposición no afecta la generación de Esta disposición no es de aplicación cuando órdenes de inspección por denuncia sobre se trate de inspecciones en materia de incumplimientos de obligaciones seguridad y salud en el trabajo, derechos sociolaborales fundamentales laborales y registro de trabajadores en planilla; así como en los casos de denuncia sobre incumplimientos de obligaciones sociolaborales. Antes solo se permitía más de una inspección en un año en caso de denuncias de incumplimientos de obligaciones sociolaborales (Ejemplo: CTS, aportes a AFP, utilidades, etc), ahora se amplía dicha excepción cuando se trata de SST, derechos fundamentales y registro de trabajadores en planilla. Artículo 7 del Decreto Supremo N° 017- Artículo 4 del DS 020-2019-TR. 2012-TR. Es deber de los directores de prevención y Es deber de los directores de prevención y solución de conflictos, los directores solución de conflictos, los directores subregionales, los directores regionales de subregionales, los directores regionales de trabajo y promoción del empleo, la Dirección trabajo y promoción del empleo, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y y Promoción del Empleo y del despacho Promoción del Empleo, del despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicar en Trabajo y Promoción del Empleo, y de la el portal web del gobierno regional o Autoridad Inspectiva de Trabajo, publicar en el nacional, según corresponda, las portal web del gobierno regional o nacional, resoluciones administrativas que pongan fin según corresponda, las resoluciones a la segunda instancia administrativa, administrativas consentidas o que causen dentro de los cinco (05) días hábiles estado, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, de acuerdo a las siguientes a su expedición, de acuerdo a las siguientes materias: siguientes materias (...). En el caso de resoluciones de procedimiento administrativo sancionador de la inspección del trabajo, referidas a accidente de trabajo y enfermedad profesional comprobada seguida de muerte, la publicación debe efectuarse por Artículo Original Artículo Modificado única vez, además, en un diario de circulación del ámbito de su jurisdicción”. Antes todas las resoluciones de sanciones solo se publicaban en la página web del MTPE y gobiernos regionales, ahora se añade a la web de la SUNAFIL y sobre todo se añade que cuando la resolución esté asociada a la muerte de uno o más trabajadores ya sea por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, la resolución se debe publicar en un diario de circulación local. * Aunque el DS 020-2019-TR añade la expresión: Ambiente de Trabajo, no la define. Sin embargo, podemos ver una definición de este término en el glosario del DS 005-2012-TR, el cuál dice: “Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Son aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia en la generación de riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición: - Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás elementos materiales existentes en el centro de trabajo. - La naturaleza, intensidades, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. - Los procedimientos, métodos de trabajo y tecnologías establecidas para la utilización o procesamiento de los agentes citados en el apartado anterior, que influyen en la generación de riesgos para los trabajadores. - La organización y ordenamiento de las labores y las relaciones laborales, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales”
  • 63.
  • 64. Rafael Arturo Yáñez Briceño rafael.yanez.briceno69@gmail.com 994503863