CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
El matrimonio: institución social y vínculo conyugal
1. EL
MATRIMONIO
El matrimonio (del latín: matrimonīum) es
una institución social que crea un vínculo
conyugal entre sus miembros. Este lazo
es reconocido socialmente, ya sea por
medio de disposiciones jurídicas o por la
vía de los usos y costumbres. El
matrimonio establece entre los cónyuges
—y en muchos casos también entre las
familias de origen de estos— una serie de
obligaciones y derechos que también son
fijados por el derecho, que varían,
dependiendo de cada sociedad. De igual
manera, la unión matrimonial permite
legitimar la filiación de los hijos
procreados o adoptados de sus
miembros, según las reglas del sistema
de parentesco vigente.
El matrimonio más allá de
ser un vínculo conyugal, es
la institución social que
constituye la familia, y por
ende, encontrando relación
directa con las tasas de
natalidad de las sociedades
en donde se consoliden.
Derecho y
matrimonio
Las características generales
de la institución del
matrimonio incluidas en
algunos ordenamientos
jurídicos son la dualidad, la
heterosexualidad y el
contenido en cuanto a
derechos y deberes.
La dualidad del matrimonio es el
principio por el que la institución está
prevista, en principio, para unir a dos
personas y vincularlas para su
convivencia y procreación. En algunos
ordenamientos (en especial los de base
islámica) se reconoce la posibilidad de
que un hombre contraiga matrimonio
con más de una mujer.
la pertenencia de cada contrayente a
uno de ambos sexos, de manera que un
hombre y una mujer son los únicos que,
en principio, pueden contraer
matrimonio.
El contenido en cuanto a derechos y
deberes de los cónyuges varía en
función del ordenamiento jurídico de
cada país, pero por lo general todos les
imponen la obligación de vivir juntos y
guardarse fidelidad, de socorrerse
mutuamente, de contribuir al
levantamiento de las cargas familiares y
de ejercer conjuntamente la potestad
doméstica y la patria potestad sobre los
hijos, que se presumen comunes salvo
prueba en contrario.
Matrimonio religioso
El matrimonio religioso se
puede definir como una
unión cuya estructura
esencial viene exigida por
los dogmas de la religión a la
que pertenecen los
contrayentes.