1. UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
TEMA: GARANTIAS CONSTITUCIONALES ECONÓMICAS
ASIGNATURA:
DERECHO ADMINISTRATIVO II
DOCENTE:
MENESES YEPEZ LEONEL
ALUMNOS: GRUPO 5
HUANCA SURCO QORICHASKA
JUANICO TRONCOSOPAMELA
LATORRE RODRIGUEZ GRACE
LLAMOCA FARFAN JIAMPIER
CUSCO- PERÚ
2022-I
2. INTRODUCCIÓN:
Las garantías constitucionales son los mecanismos que establece la Constitución para
prevenir, cesar o enmendar la violación de un derecho que está reconocido en la misma
Constitución. Sin la garantía, los derechos serían meros enunciados líricos que no tendrían
eficacia jurídica alguna en la realidad. Las garantías siempre han existido en las relaciones
jurídicas. Piénsese, por ejemplo, en un contrato privado, que es un acuerdo de voluntades
entre dos partes, en el que ambas secomprometen a realizar alguna actividad; normalmente,
en los contratos se establece una cláusula de garantía en caso de incumplimiento. Así sucede
también en el derecho constitucional. La Constitución podría ser considerada como un pacto
social en el que constan responsabilidades de las personas, como la limitación de la libertad
cuando alguien viola derechos protegidos penalmente o el pago de tributos, y obligaciones
del Estado, que se manifiestan en la forma de derechos fundamentales. Los derechos y las
garantías van de la mano.
3. 1. Garantías constitucionales:
El termino de garantía se define como la seguridad o protección frente a un peligro o contra
un riesgo
A. Antecedentes:
Las Garantías Constitucionales tienen sus orígenes en la tradición francesa; inicialmente se
entendia por garantías aquellas normas fundamentales de la vida en relación especialmente
a los derechos individuales de la persona. En el Perú su institucionalidad, se inicia por primera
vez en la Constitución de 1920, que distinguió 3 tipos de garantías constitucionales:
- Garantías nacionales: Relacionados a la marcha y las obligaciones del Estado.
- Garantías individuales: Relacionado a los derechos individuales y garantías sociales.
- Garantías sociales: Nuevos derechos económicos y sociales, surgidos luego de la I
Guerra Mundial.
Posteriormente en la Constitución de 1979 surge un significado mucho más moderno, para
designar a las instituciones protectoras de los derechos de la persona humana.
B. Definición:
Las Garantías Constitucionales son aquellos recursos que garantizan el respeto a los derechos
consagrados en la Constitución, También podemos entenderlas como el conjunto de
declaraciones, medios y recursos, con que los textos constitucionales aseguran a todos los
individuos o ciudadanos el disfrute y ejercicio de los derechos públicos y privados
Nuestra Constitución de 1993 en su artículo 200 prevé seis recursos que garantizan los
derechos fundamentales o derechos humanos, los mismos que a continuación
desarrollaremos:
4. Conclusiones:
- Definimos que las Garantías Constitucionales son los instrumentos principales que
tiene una sociedad, estos instrumentos legales buscan protege los derechos.
- Mediante las Garantías Constitucionales Económicas el estado planeará, conducirá y
oriantará la actividad económica nacional y llevara a cabo la regulación y fomento de
las actividades que demande el interés general en el marco de las libertades que
otorga la Constitución.