3. SEGUNDA OPORTUNIDAD O ACUERDO
EXTRAJUDICIAL DE PAGOS
La segunda oportunidad es un procedimiento
extrajudicial mediante el cuál el emprendedor
puede negociar el pago de la deuda con sus
acreedores.
Puede acceder a la segunda oportunidad
cualquier persona natural, jurídica y también los
trabajadores autónomos.
La condición para poder optar a ella es que el
pasivo del emprendedor no supere los 5 millones
de euros.
5. DEDUCCIONES POR REINVERTIR LOS BENEFICIOS
Las sociedades que tributen en el régimen
especial de entidades de reducida dimensión
cuyo importe neto sea menor de 10 millones de
euros en el ejercicio anterior tendrán derecho a
una deducción del 10% de los beneficios
obtenidos en el Impuesto de sociedades, siempre
y cuando el dinero sea reinvertido en la propia
empresa.
Se permite que las deducciones por I+D+i puedan
recuperarse mediante un sistema de
devoluciones.
7. NO ADELANTAR EL IVA DE LAS FACTURAS
A partir de 2014 los autónomos y pymes que lo deseen podrán esperar a cobrar la factura
para pagar el IVA a Hacienda. Eso sí, el volumen de negocio deberá estar por debajo de los
dos millones de euros. En diciembre se tendrá que liquidar la parte pendiente, se haya
cobrado o no, y deberán adaptar la contabilidad al criterio de caja.
Este cambio, es una de las mayores reivindicaciones del colectivo empresarial, dado que el
adelanto a la hacienda pública del IVA devengado y no cobrado, es uno de los principales
problemas que tiene cualquier empresa desde el primer momento que comienza su
actividad
El primer requisito para poder aplicar el IVA de caja es la simetría en el cálculo de la cuota a
ingresar.
Es decir, las empresas que se adhieran al sistema del IVA de caja, calcularán
sus cuotas tributarias de IVA mediante la diferencia entre el IVA cobrado y
el IVA realmente pagado. Este cambio es lógico, dado que no podemos
llevar el criterio del devengo en el IVA para las cuotas soportadas y aplicar
el criterio de caja para las cuotas devengadas.
9. Emprendedor de responsabilidad limitada
El emprendedor que tenga deudas empresariales no deberá responder
con su vivienda habitual. Para ello en el momento en que se inscriba a
este emprendedor en el Registro Mercantil, se identificará este bien
inmueble el cual se pretende quede al margen del resultado de la
actividad económica. Las condiciones de la norma es que el valor de la
vivienda se encuentre por debajo de los 300.000 euros, y que no se
trate de Derecho Público, es decir con las Administraciones, ni en los
supuestos en los que el empresario haya actuado fraudulentamente,
siempre que esta actuación haya quedado acreditada por sentencia
firme o su concurso haya sido declarado culpable. Sin embargo deberá
formular las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de su
actividad económica, y en su caso, auditarlas, puesto que en caso
contrario, perderá el beneficio de la limitación de responsabilidad en
relación a las deudas contraídas con posterioridad al plazo para su
presentación y depósito en el Registro Mercantil volviendo a recuperar
dicho beneficio en el momento en que proceda a cumplir con su
obligación de presentación.
11. INCENTIVOS FISCALES PARA LOS QUE INVIERTAN EN
EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN (BUSINESS ANGELS)
Los particulares que invierten en una empresa de
nueva creación tendrán derecho a:
1.- Deducción del 20% de la cuota del IRPF, realizada
al entrar en la sociedad. La base máxima de la
deducción son 20.000€.
2.- Exención total de la plusvalía al salir de la
sociedad, siempre que reinvierta en otra de nueva
creación
BUSINESS ANGELS
13. PERMISO DE RESIDENCIA PARA LOS
EXTRANJEROS QUE INVIERTAN EN ESPAÑA
Podrán beneficiarse con una residencia en España
por dos años, aquellos extranjeros que cumplan
alguno de los siguientes requisitos:
-Inviertan al menos 2.000.000€ en deuda pública
española
-Realicen una inversión a 1.000.000€ en acciones
o participaciones sociales de empresas
españolas
-Adquirir bienes inmuebles en España por un valor
superior a 500.000 euros.
16. ¿QUÉ ES LA LICENCIA EXPRESS?
La licencia express va a posibilitar el poner en marcha una actividad de forma prácticamente
inmediata, con la simple presentación de una Declaración Responsable, sin tener que esperar
meses e incluso años a la obtención de los permisos, evitando así las trabas burocráticas y la previa
intervención administrativa.
Corresponderá a la Administración comprobar si esa actividad cumple o no los requisitos legales.
¿QUÉ ha cambiado?
Antes del cambio de normativa el uso de la licencia express, esta
solo estaba al alcance de comercios no superiores a los 300 metros
cuadrados de superficie, y tras el cambio de ley pueden acceder al
uso de esta licencia los comercios no superiores a 500 metro
cuadrados
18. VENTANILLA ÚNICA DEL
.
El objetivo es impulsar la internacionalización de las pymes y facilitarles los programas de
exportación del ICEX y los instrumentos de financiación y garantía.
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