SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 15
Descargar para leer sin conexión
“La fiscalidad de las empresas
españolas en Francia"
Agustín Tizón
Jordi Rovira
Ponentes
Jordi Rovira
Socio área fiscal
jrovira@agmavocats.com
Encuéntrame en
www.agmabogados.com
Encuéntrame en
Agustín Tizón
Socio French Desk
atizon@agmavocats.com
Índice
1. Principio de territorialidad en Francia y sus
principales casos de imposición
www.agmabogados.com
2. El impuesto de sociedades en Francia
5. El control fiscal: la verificación de la contabilidad
6. Recursos posibles en caso de litigio fiscal
www.agmavocats.com
3. Establecimiento estable
4. La eliminación de la doble imposición
El principio de territorialidad del impuesto y
sus principales casos de imposición
Las reglas de territorialidad del impuesto de sociedades están definidas en el Código General de Impuestos
francés.
Las empresas extranjeras que efectúan actividades en Francia, o que tienen inversiones en Francia son
susceptibles de estar sometidas a una imposición en dicho país.
Esto se prevé cuando:
• La sociedad realice todo o parte de su actividad en Francia y a ese título disponga de un establecimiento estable;
• La sociedad tenga bienes inmuebles en Francia y/o reciba pagos inmobiliarios de inmuebles situados en Francia;
• La sociedad tenga participaciones de sociedades de personas en Francia;
• La sociedad realice en Francia algunas prestaciones de servicios o productos de propiedad intelectual
Los mecanismos de imposición suelen diferir de una situación a otra. Los casos y modalidades de imposición,
suelen estar modulados por convenciones fiscales internacionales. Estas convenciones priman sobre el derecho
interno, por lo que este último solo se aplica en caso de que la cuestión no este regulada por una convención fiscal
internacional. Existe una Convención Internacional fiscal entre Francia y España del 10 de octubre 1995 aún
vigente.
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
El impuesto de Sociedades en Francia
¿Puede una empresa extranjera estar sometida al impuesto de sociedades en Francia?
Si, ya que en principio (a menos que lo derogue alguna convención internacional), el lugar de explotación de
las empresas determina la imposición de beneficios pasibles sobre el impuesto de sociedades.
En materia de impuestos sobre las sociedades, el derecho interno se queda con la noción de empresa
explotada en Francia.
El ejercicio habitual de una actividad se caracteriza por tres criterios no cumulativos:
• La explotación de un establecimiento en Francia
• La realización de actividades por intermediario de un representante dependiente.
• La realización de operaciones formando un ciclo comercial completo
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
Establecimiento estable
El establecimiento estable es una noción que se ha ido definiendo en el marco de las convenciones
internacionales (cada una puede llevar una definición propia por lo que habrá que fijarse en ella), cuyo
objetivo es determinar el lugar de imposición de una actividad operacional ejercida por una empresa en un
Estado distinto que el de su sede.
El Estado donde se encuentra la sede de la empresa debe entonces eliminar la doble imposición, ya sea
exonerando los beneficios del establecimiento estable imponibles en el extranjero, ya sea acordando un
crédito de impuesto a título de impuesto pagado en el Estado donde se encuentra el establecimiento estable.
Un establecimiento estable no tiene personalidad moral, es solo la emanación en el extranjero de una
empresa.
Se retienen dos criterios de identificación de un establecimiento estable:
• Instalación fija de negocios
• Agente dependiente
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
Establecimiento estable:
Instalación fija de negocios
Una instalación fija:
El establecimiento estable supone la existencia de un local, de material, etc., en otro Estado
distinto del de su sede y del cual la empresa dispone.
Esta instalación fija, es decir, establecida en un lugar preciso con un cierto grado de
permanencia y no de manera puramente temporal. La instalación debe ejercer una actividad
propia.
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
Establecimiento estable:
El agente dependiente
El agente dependiente:
En el caso de ausencia de instalación fija, la empresa puede tener un establecimiento estable en el Estado en el
cual está representada por un agente dependiente.
Se pueden considerar constituyente de un establecimiento estable, los agentes que presenten las siguientes
características:
• Debe ser dependiente: poco importa que sea asalariado o no, pero debe tener una situación de dependencia jurídica y
económica vis a vis de la empresa;
• Debe disponer de poderes que le permitan de concluir los contratos de la empresa, es decir, de negociar todos los elementos
(aunque los contratos se firmen desde la sede de la empresa);
• Su presencia debe presentar cierta estabilidad;
• Debe ejercer actividades que pudieran ser ejercidas por una instalación fija de negocio, caracterizando la existencia de un
establecimiento estable.
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
La eliminación de la doble imposición
En lo que concierne a Francia, las dobles imposiciones se evitan de la siguiente manera:
• Los ingresos que provengan de España y que son imponibles solo en este Estado, conforme a las
disposiciones de la Convención franco-española, se toman en cuenta mediante el cálculo del impuesto
francés cuando el beneficiario es un residente en Francia, y no esta exento de impuestos sobre las
sociedades en aplicación de la legislación interna francesa. En este caso, el impuesto español no es
deducible de esos ingresos, pero el beneficiario tiene derecho a un crédito de impuesto imputable sobre el
impuesto francés.
• Un residente en Francia que posea una fortuna imponible en España, según los casos, también es
imponible en Francia. El impuesto francés se calcula con la deducción de un crédito de impuesto, igual al
importe del impuesto español pagado por razón de tal fortuna. Este crédito de impuesto no puede exceder
el importe del impuesto francés correspondiente a esa fortuna.
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
La eliminación de la doble imposición
En lo que concierne a Francia, las dobles imposiciones se evitan de la siguiente manera:
• Cuando un residente en España recibe ingresos o posee una fortuna que conforme a la Convención Franco-Española son
imponibles en Francia, España concede sobre el impuesto que percibe sobre el ingreso o sobre la fortuna de este residente
una deducción del importe igual al impuesto pagado en Francia. El importe así deducido no puede, sin embargo, superar la
fracción del impuesto español calculado antes de la deducción, correspondiente según el caso, al ingreso o a la fortuna
imponible en Francia.
• Cuando se trate de dividendos pagados por una sociedad residente en Francia a una sociedad residente en España y que
posee al menos, 10% del capital de la sociedad que paga los dividendos España concede un a deducción del impuesto pagado
por la primera sociedad por razón de los beneficios que sirven para el pago de dividendos por la parte correspondiente a esos
dividendos, con la condición de que se incluyan en la base imponible de la sociedad que recibe sus dividendos. Esta deducción
no puede exceder la fracción del impuesto sobre el ingresos, calculada antes de la deducción correspondiente al ingreso
deducible en Francia.
• Cuando conforme a una disposición cualquiera de la convención los ingresos que recibe un residente en España o la fortuna
que posee, están exentos de impuestos en España, España puede sin embargo calcular el importe del impuesto sobre el resto
de ingresos o de la fortuna de este residente, tener en cuenta los ingresos o fortuna exentos.
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
El control fiscal:
La verificación de la contabilidad
La verificación de la contabilidad permite a la administración fiscal de asegurar, in situ, la regularidad del carácter
probatorio de las escrituras contables. Según el libro de procedimientos fiscales, los agentes de la administración de
impuestos verifican in situ las reglas previstas por el legislador, la contabilidad de los contribuyentes obligados a
tener y a presentar los documentos contables.
El control se lleva a cabo siguiendo varios pasos:
1. El aviso de verificación (« Avis de vérification »): la verificación de la contabilidad empieza con el envió de un aviso de verificación.
Una verificación no puede conllevarse sin conocimiento del contribuyente por lo que la falta de aviso puede implicar una nulidad.
Este aviso debe precisar los años sometidos a la verificación y mencionar expresamente, bajo pena de nulidad del procedimiento,
que el contribuyente tiene la facultad de ser asistido por un consejero. El aviso también debe comunicarle sus derechos y
obligaciones. Este aviso se envía por el verificador en un plazo de entre 15 días y 1 mes antes del principio de las operaciones.
2. La fase de investigación (« La phase d’investigation »): la verificación tiene lugar la mayor parte del tiempo en la sede de la
empresa a menos que se convenga otra cosa entre el dirigente y el verificador. Durante esta fase, el verificador posee poderes
importantes. La empresa deberá presentarle al verificador todos los documentos contables que la ley diga para justificar sus
declaraciones. El agente podrá, sin que el contribuyente pueda oponerse, hacer una copia de los documentos que verifique.
3. Los puntos de control: en principio, la verificación puede conducir a verificar el conjunto de los impuestos debidos por la empresa
durante todo el periodo no prescrito, controlando todas las piezas (libros contables, inventarios, …), pero es casi imposible que
consiga hacerlo, por lo que en general, controla los puntos sensibles, y según el sector de actividad de la empresa, las prácticas de
riesgo varían enormemente.
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
Recursos posibles en caso de un
litigio fiscal
A la hora de contestar una forma de cálculo o el pago de un impuesto, o una deducción, etc., existen varios
procedimientos a plantearse previamente antes que acudir al juez de impuestos. Primero, se puede presentar una
reclamación escrita al centro de impuestos del que depende la empresa. En caso de que esto fallara, se podrá
acudir a un conciliador departamental y como último recurso a un mediador del ministerio de finanzas.
1. Hacer una reclamación escrita: habrá que mandar una reclamación escrita, por correo certificado al directos de servicios fiscales
del lugar de imposición de la empresa, junto con todos los documentos justificativos necesarios. Tras la reclamación, el fisco tiene
6 meses para responder. Si acepta la reclamación, la imposición contestada se anulará en parte o en su totalidad. En caso de que
no aceptara, solo se podrá ganar la causa si se interviene frente al juez administrativo o frente al tribunal de gran instancia.
2. Recurrir a un conciliador departamental: un conciliador fiscal está puesto a disposición en cada departamento con la misión de
encontrar soluciones amigables a los litigios que oponen a los contribuyentes con los servicios fiscales o el tesoro público. Se
puede recurrir a el de forma general siempre que se esté en desacuerdo con la administración fiscal. Una vez contactado se
compromete a responder en un plazo de 30 días para informar bien de su decisión o bien del estado de tratamiento de la
petición. Su decisión puede modificar lo dicho anteriormente por el servicio de impuestos, lo que asegura un tratamiento rápido
del litigio. El contacto con el conciliador no exime ni del pago del importe exigido, ni suspende el plazo impuesto para el recurso
administrativo.
3. Recurrir al mediador del ministerio de Economía y presupuesto: el mediador del ministerio es el último recurso amigable
posible. Se puede recurrir a el directamente sin pasar por el conciliador fiscal departamental. Sin embargo, este procedimiento no
es usual, y el expediente corre el riesgo, en este caso, de retrasarse. El mediador revisará primero si la petición es admisible,
Propone seguidamente al contribuyente en cuestión y a los servicios fiscales una solución de recomendación. Sea cual sean se
notificará a ambas partes. Si la solución satisface a ambas partes el litigio esta saldado. Sin embargo, si el servicio de impuestos
no lo acepta, el mediador puede someter el asunto directamente al ministro de economía, quien tomará la última decisión. En
caso de que fuera el contribuyente quien estuviera en desacuerdo con la conciliación ya que no le satisface lo suficiente, solo le
quedará la opción de un procedimiento contencioso.
www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
Quiénes somos
Especializados en dar la mejor solución a tus problemas.
AGM Abogados abrió sus oficinas en Francia en el año 2008
para ofrecer sus servicios legales desde el territorio nacional
del principal socio económico de España. Nuestro centro de
operaciones en el país galo se encuentra en París, a un paso
del Arco del Triunfo y muy cerca de «La Défense», centro
financiero de la ciudad. Somos una de las 40 firmas de
abogados más importantes de España y la única del país que
cuenta con oficina propia en Francia.
www.agmabogados.com
14
PARÍS
27, rue Dumont d’Urville - 75116
Tel.: +33 144 43 00 70
paris@agmabogados.com
BARCELONA
Pau Clarís, 139 - 08009
Tel.: +34 93 487 11 26
SHANGHAI
Room 1207, HaMiddle Xizang
Road No.18
Huangpu District - Shanghai200001
WeChat: AGM_Abogados
Tel.: +86 (21) 6308 7013
rbour Ring Plaza
shanghai@agmabogados.com
MADRID
Paseo de la Castellana, 114- 28046
Tel.: +34 91 562 13 86
madrid@agmabogados.com
SABADELL
C/del Sol, 217, Local - 08201
Tel.: +34 93 715 51 36
sabadell@agmabogados.com
Oficina de representación
México DF
Encuéntranos
www.agmavocats.com
Síguenos y comparte tu opinión
@AGMAvocats /
@AGMAbocagos
www.agmavocats.com

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Contratación laboral
Contratación laboralContratación laboral
Contratación laboralAGM Abogados
 
Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021
Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021
Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021AGM Abogados
 
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...AGM Abogados
 
3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado iva
3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado   iva 3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado   iva
3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado iva Yurley Higuita Restrepo
 
Agm a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321
Agm  a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321Agm  a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321
Agm a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321AGM Abogados
 
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...AGM Abogados
 
Impuesto del valor agregado (iva)
Impuesto del valor agregado (iva)Impuesto del valor agregado (iva)
Impuesto del valor agregado (iva)Lizeth Garzon
 
RETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTEdianita771
 
Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...
Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...
Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...Fernando Cabo Díaz
 
Presentacion capacitacion
Presentacion capacitacionPresentacion capacitacion
Presentacion capacitacionvane942
 
Retención en la fuente 2015
Retención en la fuente 2015Retención en la fuente 2015
Retención en la fuente 2015angelajhm
 
Webinar | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboral
Webinar  | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboralWebinar  | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboral
Webinar | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboralAGM Abogados
 
Retenciòn en la fuente
Retenciòn en la fuenteRetenciòn en la fuente
Retenciòn en la fuenteleidy.2012
 

La actualidad más candente (20)

Contratación laboral
Contratación laboralContratación laboral
Contratación laboral
 
Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021
Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021
Webinar | El testamento como herramienta de planificación fiscal 201021
 
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...
 
3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado iva
3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado   iva 3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado   iva
3.1 aspectos generales impuesto al valor agregado iva
 
Agm a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321
Agm  a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321Agm  a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321
Agm a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321
 
Trabajo de fiscalidad
Trabajo de fiscalidadTrabajo de fiscalidad
Trabajo de fiscalidad
 
Amnistía Fiscal
Amnistía FiscalAmnistía Fiscal
Amnistía Fiscal
 
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...
 
Impuesto del valor agregado (iva)
Impuesto del valor agregado (iva)Impuesto del valor agregado (iva)
Impuesto del valor agregado (iva)
 
Proyecto integrador
Proyecto integrador Proyecto integrador
Proyecto integrador
 
RETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTE
 
Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...
Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...
Aspectos Tributarios relevantes en el marco de la Gestión del Personal Expatr...
 
Presentacion capacitacion
Presentacion capacitacionPresentacion capacitacion
Presentacion capacitacion
 
Retención en la fuente 2015
Retención en la fuente 2015Retención en la fuente 2015
Retención en la fuente 2015
 
Webinar | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboral
Webinar  | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboralWebinar  | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboral
Webinar | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboral
 
 
retención en la fuente
retención en la fuente retención en la fuente
retención en la fuente
 
Tecnologia 3
Tecnologia 3Tecnologia 3
Tecnologia 3
 
Retenciòn en la fuente
Retenciòn en la fuenteRetenciòn en la fuente
Retenciòn en la fuente
 
retención en la fuente
retención en la fuenteretención en la fuente
retención en la fuente
 

Similar a La fiscalidad de las empresas españolas en Francia (Barcelona)

Analisis de la nueva ley de emprendedores
Analisis de la nueva ley de emprendedoresAnalisis de la nueva ley de emprendedores
Analisis de la nueva ley de emprendedoresRoberCano
 
NUEVA LEY DE EMPRENDEDORES
NUEVA LEY DE EMPRENDEDORESNUEVA LEY DE EMPRENDEDORES
NUEVA LEY DE EMPRENDEDORESRoberCano
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuentelorena gomez
 
Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1DIEGORINCON22
 
Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1DIEGORINCON22
 
El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...
El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...
El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...Espacio Joven Uni
 
Marco Legal Paraguay
Marco Legal ParaguayMarco Legal Paraguay
Marco Legal ParaguayProColombia
 
La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...
La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...
La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...Confecámaras
 
RETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTEjennifer9301
 
Ley de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscal
Ley de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscalLey de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscal
Ley de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscalekonomistak
 
Impuesto al valor agregado
Impuesto al valor agregadoImpuesto al valor agregado
Impuesto al valor agregadoDaianna Reyes
 
CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...
CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...
CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...Guadalinfo Campillo de Arenas
 
Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015
Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015
Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015angelajhm
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuenteEdison Acosta
 

Similar a La fiscalidad de las empresas españolas en Francia (Barcelona) (20)

Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Analisis de la nueva ley de emprendedores
Analisis de la nueva ley de emprendedoresAnalisis de la nueva ley de emprendedores
Analisis de la nueva ley de emprendedores
 
NUEVA LEY DE EMPRENDEDORES
NUEVA LEY DE EMPRENDEDORESNUEVA LEY DE EMPRENDEDORES
NUEVA LEY DE EMPRENDEDORES
 
Reteiva
ReteivaReteiva
Reteiva
 
Retenciones
RetencionesRetenciones
Retenciones
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Retenciones y gmf
Retenciones y gmfRetenciones y gmf
Retenciones y gmf
 
Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1
 
Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1Retención en la fuente 1
Retención en la fuente 1
 
El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...
El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...
El abogado en la internacionalización. un socio necesario alberto antonio rod...
 
Marco Legal Paraguay
Marco Legal ParaguayMarco Legal Paraguay
Marco Legal Paraguay
 
La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...
La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...
La doble tributación internacional y el impacto de la reforma tributaria en l...
 
RETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTE
 
Ley de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscal
Ley de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscalLey de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscal
Ley de apoyo a emprendedores: novedades en área fiscal
 
Iva
IvaIva
Iva
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Impuesto al valor agregado
Impuesto al valor agregadoImpuesto al valor agregado
Impuesto al valor agregado
 
CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...
CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...
CADE de Campillo de Arenas y Torredelcampo - Guia Basica de obligaciones fisc...
 
Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015
Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015
Retención en la fuente San Mateo Contaduría / 2015
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 

Más de AGM Abogados

Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...AGM Abogados
 
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...AGM Abogados
 
Presentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdf
Presentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdfPresentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdf
Presentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdfAGM Abogados
 
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...AGM Abogados
 
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...AGM Abogados
 
Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923
Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923
Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923AGM Abogados
 
Presentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdf
Presentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdfPresentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdf
Presentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdfAGM Abogados
 
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdf
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdfPresentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdf
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdfAGM Abogados
 
El procedimiento de Due Diligence
El procedimiento de Due DiligenceEl procedimiento de Due Diligence
El procedimiento de Due DiligenceAGM Abogados
 
Presentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdf
Presentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdfPresentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdf
Presentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdfAGM Abogados
 
Presentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdf
Presentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdfPresentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdf
Presentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdfAGM Abogados
 
International teleworking: migration, tax and Social Security implications
International teleworking: migration, tax and Social Security implicationsInternational teleworking: migration, tax and Social Security implications
International teleworking: migration, tax and Social Security implicationsAGM Abogados
 
Webinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdf
Webinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdfWebinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdf
Webinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdfAGM Abogados
 
Plataforma de denuncia de Whistleblower Software
Plataforma de denuncia de Whistleblower SoftwarePlataforma de denuncia de Whistleblower Software
Plataforma de denuncia de Whistleblower SoftwareAGM Abogados
 
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denuncias
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denunciasPlazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denuncias
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denunciasAGM Abogados
 
Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...
Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...
Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...AGM Abogados
 
Presentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdf
Presentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdfPresentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdf
Presentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdfAGM Abogados
 
Presentación webinar Planes de igualdad
Presentación webinar Planes de igualdadPresentación webinar Planes de igualdad
Presentación webinar Planes de igualdadAGM Abogados
 
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...AGM Abogados
 
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdf
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdfPresentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdf
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdfAGM Abogados
 

Más de AGM Abogados (20)

Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
 
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...
 
Presentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdf
Presentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdfPresentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdf
Presentación webinar_Tips estudiantes_231023.pdf
 
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
 
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...
 
Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923
Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923
Presentación AGM Webinar Obligaciones Laborales RRHH_270923
 
Presentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdf
Presentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdfPresentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdf
Presentación WebinaR | Reclamaciones pérdidas beneficios Covid 130723.pdf
 
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdf
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdfPresentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdf
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdf
 
El procedimiento de Due Diligence
El procedimiento de Due DiligenceEl procedimiento de Due Diligence
El procedimiento de Due Diligence
 
Presentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdf
Presentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdfPresentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdf
Presentación Webinar Residencia despidos extranjeros.pdf
 
Presentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdf
Presentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdfPresentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdf
Presentación Mutualidad de la Abogacía A- ntonio Martinez del Hoyo.pdf
 
International teleworking: migration, tax and Social Security implications
International teleworking: migration, tax and Social Security implicationsInternational teleworking: migration, tax and Social Security implications
International teleworking: migration, tax and Social Security implications
 
Webinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdf
Webinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdfWebinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdf
Webinar_Viabilidad de las acciones de recobro en Asia.pdf
 
Plataforma de denuncia de Whistleblower Software
Plataforma de denuncia de Whistleblower SoftwarePlataforma de denuncia de Whistleblower Software
Plataforma de denuncia de Whistleblower Software
 
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denuncias
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denunciasPlazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denuncias
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denuncias
 
Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...
Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...
Webinar | El nuevo sistema de cotización para lo trabajadores autónomos a par...
 
Presentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdf
Presentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdfPresentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdf
Presentación inmigración_jornada EIATA_270123.pdf
 
Presentación webinar Planes de igualdad
Presentación webinar Planes de igualdadPresentación webinar Planes de igualdad
Presentación webinar Planes de igualdad
 
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...
 
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdf
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdfPresentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdf
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdf
 

Último

Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd patanallelu515
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docxprodinetpc1
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilAidaTejada5
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 

Último (20)

Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 

La fiscalidad de las empresas españolas en Francia (Barcelona)

  • 1. “La fiscalidad de las empresas españolas en Francia" Agustín Tizón Jordi Rovira
  • 2. Ponentes Jordi Rovira Socio área fiscal jrovira@agmavocats.com Encuéntrame en www.agmabogados.com Encuéntrame en Agustín Tizón Socio French Desk atizon@agmavocats.com
  • 3. Índice 1. Principio de territorialidad en Francia y sus principales casos de imposición www.agmabogados.com 2. El impuesto de sociedades en Francia 5. El control fiscal: la verificación de la contabilidad 6. Recursos posibles en caso de litigio fiscal www.agmavocats.com 3. Establecimiento estable 4. La eliminación de la doble imposición
  • 4. El principio de territorialidad del impuesto y sus principales casos de imposición Las reglas de territorialidad del impuesto de sociedades están definidas en el Código General de Impuestos francés. Las empresas extranjeras que efectúan actividades en Francia, o que tienen inversiones en Francia son susceptibles de estar sometidas a una imposición en dicho país. Esto se prevé cuando: • La sociedad realice todo o parte de su actividad en Francia y a ese título disponga de un establecimiento estable; • La sociedad tenga bienes inmuebles en Francia y/o reciba pagos inmobiliarios de inmuebles situados en Francia; • La sociedad tenga participaciones de sociedades de personas en Francia; • La sociedad realice en Francia algunas prestaciones de servicios o productos de propiedad intelectual Los mecanismos de imposición suelen diferir de una situación a otra. Los casos y modalidades de imposición, suelen estar modulados por convenciones fiscales internacionales. Estas convenciones priman sobre el derecho interno, por lo que este último solo se aplica en caso de que la cuestión no este regulada por una convención fiscal internacional. Existe una Convención Internacional fiscal entre Francia y España del 10 de octubre 1995 aún vigente. www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 5. El impuesto de Sociedades en Francia ¿Puede una empresa extranjera estar sometida al impuesto de sociedades en Francia? Si, ya que en principio (a menos que lo derogue alguna convención internacional), el lugar de explotación de las empresas determina la imposición de beneficios pasibles sobre el impuesto de sociedades. En materia de impuestos sobre las sociedades, el derecho interno se queda con la noción de empresa explotada en Francia. El ejercicio habitual de una actividad se caracteriza por tres criterios no cumulativos: • La explotación de un establecimiento en Francia • La realización de actividades por intermediario de un representante dependiente. • La realización de operaciones formando un ciclo comercial completo www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 6. Establecimiento estable El establecimiento estable es una noción que se ha ido definiendo en el marco de las convenciones internacionales (cada una puede llevar una definición propia por lo que habrá que fijarse en ella), cuyo objetivo es determinar el lugar de imposición de una actividad operacional ejercida por una empresa en un Estado distinto que el de su sede. El Estado donde se encuentra la sede de la empresa debe entonces eliminar la doble imposición, ya sea exonerando los beneficios del establecimiento estable imponibles en el extranjero, ya sea acordando un crédito de impuesto a título de impuesto pagado en el Estado donde se encuentra el establecimiento estable. Un establecimiento estable no tiene personalidad moral, es solo la emanación en el extranjero de una empresa. Se retienen dos criterios de identificación de un establecimiento estable: • Instalación fija de negocios • Agente dependiente www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 7. Establecimiento estable: Instalación fija de negocios Una instalación fija: El establecimiento estable supone la existencia de un local, de material, etc., en otro Estado distinto del de su sede y del cual la empresa dispone. Esta instalación fija, es decir, establecida en un lugar preciso con un cierto grado de permanencia y no de manera puramente temporal. La instalación debe ejercer una actividad propia. www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 8. Establecimiento estable: El agente dependiente El agente dependiente: En el caso de ausencia de instalación fija, la empresa puede tener un establecimiento estable en el Estado en el cual está representada por un agente dependiente. Se pueden considerar constituyente de un establecimiento estable, los agentes que presenten las siguientes características: • Debe ser dependiente: poco importa que sea asalariado o no, pero debe tener una situación de dependencia jurídica y económica vis a vis de la empresa; • Debe disponer de poderes que le permitan de concluir los contratos de la empresa, es decir, de negociar todos los elementos (aunque los contratos se firmen desde la sede de la empresa); • Su presencia debe presentar cierta estabilidad; • Debe ejercer actividades que pudieran ser ejercidas por una instalación fija de negocio, caracterizando la existencia de un establecimiento estable. www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 9. La eliminación de la doble imposición En lo que concierne a Francia, las dobles imposiciones se evitan de la siguiente manera: • Los ingresos que provengan de España y que son imponibles solo en este Estado, conforme a las disposiciones de la Convención franco-española, se toman en cuenta mediante el cálculo del impuesto francés cuando el beneficiario es un residente en Francia, y no esta exento de impuestos sobre las sociedades en aplicación de la legislación interna francesa. En este caso, el impuesto español no es deducible de esos ingresos, pero el beneficiario tiene derecho a un crédito de impuesto imputable sobre el impuesto francés. • Un residente en Francia que posea una fortuna imponible en España, según los casos, también es imponible en Francia. El impuesto francés se calcula con la deducción de un crédito de impuesto, igual al importe del impuesto español pagado por razón de tal fortuna. Este crédito de impuesto no puede exceder el importe del impuesto francés correspondiente a esa fortuna. www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 10. La eliminación de la doble imposición En lo que concierne a Francia, las dobles imposiciones se evitan de la siguiente manera: • Cuando un residente en España recibe ingresos o posee una fortuna que conforme a la Convención Franco-Española son imponibles en Francia, España concede sobre el impuesto que percibe sobre el ingreso o sobre la fortuna de este residente una deducción del importe igual al impuesto pagado en Francia. El importe así deducido no puede, sin embargo, superar la fracción del impuesto español calculado antes de la deducción, correspondiente según el caso, al ingreso o a la fortuna imponible en Francia. • Cuando se trate de dividendos pagados por una sociedad residente en Francia a una sociedad residente en España y que posee al menos, 10% del capital de la sociedad que paga los dividendos España concede un a deducción del impuesto pagado por la primera sociedad por razón de los beneficios que sirven para el pago de dividendos por la parte correspondiente a esos dividendos, con la condición de que se incluyan en la base imponible de la sociedad que recibe sus dividendos. Esta deducción no puede exceder la fracción del impuesto sobre el ingresos, calculada antes de la deducción correspondiente al ingreso deducible en Francia. • Cuando conforme a una disposición cualquiera de la convención los ingresos que recibe un residente en España o la fortuna que posee, están exentos de impuestos en España, España puede sin embargo calcular el importe del impuesto sobre el resto de ingresos o de la fortuna de este residente, tener en cuenta los ingresos o fortuna exentos. www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 11. El control fiscal: La verificación de la contabilidad La verificación de la contabilidad permite a la administración fiscal de asegurar, in situ, la regularidad del carácter probatorio de las escrituras contables. Según el libro de procedimientos fiscales, los agentes de la administración de impuestos verifican in situ las reglas previstas por el legislador, la contabilidad de los contribuyentes obligados a tener y a presentar los documentos contables. El control se lleva a cabo siguiendo varios pasos: 1. El aviso de verificación (« Avis de vérification »): la verificación de la contabilidad empieza con el envió de un aviso de verificación. Una verificación no puede conllevarse sin conocimiento del contribuyente por lo que la falta de aviso puede implicar una nulidad. Este aviso debe precisar los años sometidos a la verificación y mencionar expresamente, bajo pena de nulidad del procedimiento, que el contribuyente tiene la facultad de ser asistido por un consejero. El aviso también debe comunicarle sus derechos y obligaciones. Este aviso se envía por el verificador en un plazo de entre 15 días y 1 mes antes del principio de las operaciones. 2. La fase de investigación (« La phase d’investigation »): la verificación tiene lugar la mayor parte del tiempo en la sede de la empresa a menos que se convenga otra cosa entre el dirigente y el verificador. Durante esta fase, el verificador posee poderes importantes. La empresa deberá presentarle al verificador todos los documentos contables que la ley diga para justificar sus declaraciones. El agente podrá, sin que el contribuyente pueda oponerse, hacer una copia de los documentos que verifique. 3. Los puntos de control: en principio, la verificación puede conducir a verificar el conjunto de los impuestos debidos por la empresa durante todo el periodo no prescrito, controlando todas las piezas (libros contables, inventarios, …), pero es casi imposible que consiga hacerlo, por lo que en general, controla los puntos sensibles, y según el sector de actividad de la empresa, las prácticas de riesgo varían enormemente. www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 12. Recursos posibles en caso de un litigio fiscal A la hora de contestar una forma de cálculo o el pago de un impuesto, o una deducción, etc., existen varios procedimientos a plantearse previamente antes que acudir al juez de impuestos. Primero, se puede presentar una reclamación escrita al centro de impuestos del que depende la empresa. En caso de que esto fallara, se podrá acudir a un conciliador departamental y como último recurso a un mediador del ministerio de finanzas. 1. Hacer una reclamación escrita: habrá que mandar una reclamación escrita, por correo certificado al directos de servicios fiscales del lugar de imposición de la empresa, junto con todos los documentos justificativos necesarios. Tras la reclamación, el fisco tiene 6 meses para responder. Si acepta la reclamación, la imposición contestada se anulará en parte o en su totalidad. En caso de que no aceptara, solo se podrá ganar la causa si se interviene frente al juez administrativo o frente al tribunal de gran instancia. 2. Recurrir a un conciliador departamental: un conciliador fiscal está puesto a disposición en cada departamento con la misión de encontrar soluciones amigables a los litigios que oponen a los contribuyentes con los servicios fiscales o el tesoro público. Se puede recurrir a el de forma general siempre que se esté en desacuerdo con la administración fiscal. Una vez contactado se compromete a responder en un plazo de 30 días para informar bien de su decisión o bien del estado de tratamiento de la petición. Su decisión puede modificar lo dicho anteriormente por el servicio de impuestos, lo que asegura un tratamiento rápido del litigio. El contacto con el conciliador no exime ni del pago del importe exigido, ni suspende el plazo impuesto para el recurso administrativo. 3. Recurrir al mediador del ministerio de Economía y presupuesto: el mediador del ministerio es el último recurso amigable posible. Se puede recurrir a el directamente sin pasar por el conciliador fiscal departamental. Sin embargo, este procedimiento no es usual, y el expediente corre el riesgo, en este caso, de retrasarse. El mediador revisará primero si la petición es admisible, Propone seguidamente al contribuyente en cuestión y a los servicios fiscales una solución de recomendación. Sea cual sean se notificará a ambas partes. Si la solución satisface a ambas partes el litigio esta saldado. Sin embargo, si el servicio de impuestos no lo acepta, el mediador puede someter el asunto directamente al ministro de economía, quien tomará la última decisión. En caso de que fuera el contribuyente quien estuviera en desacuerdo con la conciliación ya que no le satisface lo suficiente, solo le quedará la opción de un procedimiento contencioso. www.agmabogados.comwww.agmavocats.com
  • 13. Quiénes somos Especializados en dar la mejor solución a tus problemas. AGM Abogados abrió sus oficinas en Francia en el año 2008 para ofrecer sus servicios legales desde el territorio nacional del principal socio económico de España. Nuestro centro de operaciones en el país galo se encuentra en París, a un paso del Arco del Triunfo y muy cerca de «La Défense», centro financiero de la ciudad. Somos una de las 40 firmas de abogados más importantes de España y la única del país que cuenta con oficina propia en Francia. www.agmabogados.com
  • 14. 14 PARÍS 27, rue Dumont d’Urville - 75116 Tel.: +33 144 43 00 70 paris@agmabogados.com BARCELONA Pau Clarís, 139 - 08009 Tel.: +34 93 487 11 26 SHANGHAI Room 1207, HaMiddle Xizang Road No.18 Huangpu District - Shanghai200001 WeChat: AGM_Abogados Tel.: +86 (21) 6308 7013 rbour Ring Plaza shanghai@agmabogados.com MADRID Paseo de la Castellana, 114- 28046 Tel.: +34 91 562 13 86 madrid@agmabogados.com SABADELL C/del Sol, 217, Local - 08201 Tel.: +34 93 715 51 36 sabadell@agmabogados.com Oficina de representación México DF Encuéntranos www.agmavocats.com
  • 15. Síguenos y comparte tu opinión @AGMAvocats / @AGMAbocagos www.agmavocats.com