Asuntos civiles en actividades de inteligencia y contrainteligencia
1. LAS ACCIONES ESPECÍFICAS DE ASUNTOSLAS ACCIONES ESPECÍFICAS DE ASUNTOS
CIVILES EN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA YCIVILES EN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELIGENCIACONTRAINTELIGENCIA
PONENTES:PONENTES:
Víctor ÁngelesVíctor Ángeles
José ArjonaJosé Arjona
Carlos PerezCarlos Perez
Néstor GalianoNéstor Galiano Ronny MalpicaRonny Malpica
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FFAAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FFAA
NUCLEO PUERTO CABELLONUCLEO PUERTO CABELLO
XII Término de Ingeniería MecánicaXII Término de Ingeniería Mecánica
Cátedra: Instrucción MilitarCátedra: Instrucción Militar
2. Contenido
• Introducción
• Definición de Términos
• Apoyo de los Asuntos Civiles a la Inteligencia
• Apoyo de los Asuntos Civiles a la Contrainteligencia
• Requerimientos de Inteligencia sobre Asuntos Civiles
en Apoyo de las Operaciones Militares
3. Introducción
La Inteligencia y la Contrainteligencia, son elementos necesarios en la
realización de cualquier tipo de acción militar; por lo cual, su consideración
también se hace indispensable cuando se habla de operaciones de
Asuntos Civiles, debiéndose tener en cuenta la conveniencia de no
responsabilizar a la organización de Inteligencia de actividades de
Asuntos Civiles, en virtud de la gran responsabilidad y amplitud del campo
de acción que tiene la Segunda Sección.
Los Asuntos Civiles incluyen en su organización multidisciplinaria una
serie de especialistas, quienes por la cantidad de informaciones y asuntos
que requieren analizar, llegan al conocimiento de detalles, elementos y
hechos, que son necesarios para la realización de las propias operaciones
de Asuntos Civiles y de gran utilidad para el uso de la Inteligencia y la
Contrainteligencia, durante el planeamiento y ejecución de las
operaciones tácticas.
4. Las operaciones de Asuntos Civiles, motivado al estrecho contacto que
se logra mantener con la población civil, obtienen una gran cantidad de
información que de otra forma, seria bastan te difícil lograr y que
constituye un aporte valioso para las actividades de Inteligencia y
Contrainteligencia, muy necesarias para el éxito de la misión táctica.
Introducción
5. Definición de Términos
Fuente: Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia. -
(Derogada) -
Subsistema de Inteligencia
Artículo 11.- El Subsistema de Inteligencia es aquel conjunto de
informaciones y documentos obtenidos y procesados por los órganos y
entes que realicen actividades de inteligencia tanto en el ámbito civil como
militar, de acuerdo a los principios, organización y funcionamiento
establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, y
en los actos de rango sublegal que se dicten en ejecución de éste.
Subsistema de Contrainteligencia
Artículo 12.- El Subsistema de Contrainteligencia es aquel conjunto de
informaciones y documentos obtenidos y procesados por los órganos y
entes que realicen actividades de contrainteligencia tanto en el ámbito civil
como el militar, de acuerdo a los principios, organización y funcionamiento
establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, y
en los actos de rango sublegal que se dicten en ejecución de éste.
6. Definición de Términos
Fuente: Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia. -
(Derogada) -
Subsistema Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia Civil
Artículo 13.- El Subsistema Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia
Civil es el conjunto de órganos, entes, actividades, informaciones y
documentos que se produzcan en los ámbitos económico, social, político,
cultural, geográfico y ambiental; en los sectores públicos y privados,
nacional e internacional, los cuales por su carácter y repercusión, son de
vital importancia a los fines de determinar las vulnerabilidades o fortalezas,
tanto internas como externas que afecten la seguridad, defensa y
desarrollo integral de la Nación, de acuerdo a los principios, organización
y funcionamiento establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley, y en los actos de rango sublegal que se dicten en ejecución
de éste.
7. Definición de Términos
Fuente: Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia. -
(Derogada) -
Subsistema Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana
Artículo 14.- El Subsistema Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia
de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es el conjunto de órganos,
entes, actividades, informaciones y documentos que se produzcan en el
ámbito militar; en los sectores públicos y privados, nacional e internacional,
los cuales por su carácter y repercusión, son de vital importancia a los fines
de determinar las vulnerabilidades o fortalezas, tanto internas como
externas que afecten la seguridad, defensa y desarrollo integral de la
Nación, de acuerdo a los principios, organización y funcionamiento
establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, y
en los actos de rango sublegal que se dicten en ejecución de éste.
8. Definición de Términos
Fuente: Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia. -
(Derogada) -
Órganos con Competencia Especial
Artículo 15.- Son Órganos con Competencia Especial aquellos órganos y
entes que conforman los subsistemas operativos de inteligencia y
contrainteligencia, civil y de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de
acuerdo con los respectivos reglamentos orgánicos que se dicten en
ejecución del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, los
cuales establecerán su organización, competencia y funcionamiento.
Los órganos con competencia especial ejercen de manera exclusiva las
actividades de inteligencia y contrainteligencia, operativas y de
investigación, según lo previsto en el presente Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley, con la cooperación de los órganos de apoyo cuando ésta le
sea requerida.
9. Definición de Términos
Fuente: Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia. -
(Derogada) -
Órganos de Apoyo
Artículo 16.- Son Órganos de Apoyo a las actividades de inteligencia y
contrainteligencia, las personas naturales y jurídicas, de derecho público y
privado, nacionales o extranjeras, así como los órganos y entes de la
administración pública nacional, estadal, municipal, las redes sociales,
organizaciones de participación popular y comunidades organizadas,
cuando le sea solicitada su cooperación para la obtención de información o
el apoyo técnico, por parte de los órganos con competencia especial.
Las personas que incumplan con las obligaciones establecidas en el
presente artículo son responsables de conformidad con la Ley Orgánica de
Seguridad de la Nación, y demás actos de rango legal y sublegal aplicables
a la materia, en virtud de que dicha conducta atenta contra la seguridad,
defensa y desarrollo integral de la Nación.
10. Definición de Términos
Fuente: Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia. -
(Derogada) -
Obligación Especial
Artículo 17.- Todos los funcionarios o funcionarias que forman parte del
Sistema de Justicia deberán coadyuvar en el ejercicio de las actividades de
inteligencia y contrainteligencia, en cada una de sus fases, con el fin de
salvaguardar la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación,
conforme a las disposiciones contenidas en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, en el presente Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley, y la normativa vigente.
11. Apoyo de los Asuntos Civiles a la
Inteligencia
Este aporte está basado en los siguientes aspectos:
(1) Búsqueda de:
(a) Inteligencia estratégica
(b) Inteligencia de combate
(c) Inteligencia técnica
(2) Reclutamiento
(3) Contrainteligencia
12. Apoyo de los Asuntos Civiles a la
Inteligencia
Las fuentes de las cuales se vale la organización de Asuntos Civiles para
la obtención de toda esa información, son las siguientes:
(1)Personas refugiadas, desplazadas y evacuadas
(2)Civiles alojados o reunidos con personal enemigo, o relacionado con
él de alguna manera.
(3)Opositores políticos del gobierno enemigo.
(4)Presos políticos del gobierno enemigo
(5)Documentos, libros y archivos oficiales
(6) Archivos de diarios y revistas
13. (7) Archivos industriales y comerciales
(8) Meretrices en lugares de diversión
(9) Equipos técnicos, heliográficos, planos y cualquier información de
interés para la Segunda Sección, particularmente en transporte,
comunicaciones, seguridad pública, ingeniería y sanidad.
(10)Directivos de organizaciones de ayuda mutua, cívica, religiosa y
patriótica.
(11)Personal de correos y telecomunicaciones.
Apoyo de los Asuntos Civiles a la
Inteligencia
14. Apoyo de los Asuntos Civiles a la
Contrainteligencia
(1) Identificación de agentes conocidos o sospechosos
(2) Aplicación de restricciones al movimiento del personal sospechoso de
colaborar con las guerrillas.
(3) Destrucción, vigilancia y control de escondites potenciales de
disidentes
El personal de Asuntos Civiles colaborará en la prevención del espionaje,
sabotaje, subversión y ayuda a guerrillas hostiles u otras actividades de
oposición, mediante:
15. (4)Control de edificios públicos
(5)Detención y decomiso de depósitos de armas, municiones y equipos.
(6)Control de víveres, ropa, material de sanidad y otros que puedan
ser utilizados para apoyar actividades de guerrillas.
(7)Incautación y retención de correspondencia
(8)Medidas de censura a los medios de difusión local, para prevenir la
propaganda contra nuestras fuerzas.
(9)Obtención de información de funcionarios locales de confianza.
Apoyo de los Asuntos Civiles a la
Contrainteligencia
16. Requerimientos de Inteligencia sobre Asuntos
Civiles en Apoyo de las Operaciones Militares
(1) Organización del Gobierno, desde el Nivel Nacional hasta el Nivel
Local.
(2) Partidos políticos existentes en el país o región, organización y
alcance territorial.
(3) Capacidad de las autoridades, empleados gubernamentales y
dirigentes de los partidos políticos, nombres de posibles
informantes o disidentes, indicando su ubicación y rango.
(4) Organización del Poder Judicial y Organismos Judiciales y
Penales desde el Nivel Local, eficiencia de sus componentes y
restricciones impuestas a la población.
(5) Organización de los Organismos de Seguridad, posibilidad,
equipamiento y funcionamiento a Nivel Nacional o Local, cárceles,
lugares de detención, organismos de Defensa Civil y Cuarteles de
Bomberos.
17. Requerimientos de Inteligencia sobre Asuntos
Civiles en Apoyo de las Operaciones Militares
(5) Recursos locales para uso militar y civil incluyendo ubicación, tipo y
disponibilidad.
(6) Actividades comerciales esenciales, existentes para la producción y
distribución de mercancías, tipo y ubicación de empresas.
(7) Potencial industrial de la zona, especificando las actividades
comerciales y producción en cada área.
(8) Organismos dedicados a la producción agrícola, métodos de
operación, ubicación de granjas y lugares de almacenamiento de
productos alimenticios.
(10)Propiedad civil establecida para fines militares.
18. (11)Ubicación de las organizaciones que almacenan y expenden
abastecimientos para la población civil, con sus respectivos lugares
de almacenaje.
(12)Organización de la economía, principales fuentes de ingreso y
cómo se distribuye el presupuesto nacional.
(13)Ubicación e influencia de los organismos laborales existentes.
(14)Organismos de salud pública, funcionamiento y ubicación de
hospitales, centros de salud, etc.
(15) Disponibilidad y ubicación de los sitios de almacenaje del
material de sanidad.
Requerimientos de Inteligencia sobre Asuntos
Civiles en Apoyo de las Operaciones Militares
19. (16)Organización, funcionamiento y ubicación de las Instituciones
benéficas, públicas y privadas y las leyes que las rigen.
(17)Organización, funcionamiento, ubicación y disponibilidad de medios
técnicos de los servicios de comunicaciones existentes en la zona.
(18)Organización, funcionamiento y ubicación de las entidades de
Educación Pública y las Leyes que las rigen.
(19)Organización, funcionamiento, ubicación del Sistema de Transporte
Público y Privado, existente en la Zona.
(20)Organización, funcionamiento, ubicación y legislación que rige, el
Sistema de Información y Relaciones Públicas.
Requerimientos de Inteligencia sobre Asuntos
Civiles en Apoyo de las Operaciones Militares
20. (21)Costumbres, religión e idiosincrasia de la población existen te en
la zona y su grado de influencia.
(22)Organización y funcionamiento de las entidades, que velen por la
preservación del medio ambiente.
(23) Inventario, ubicación, capacidad y eficacia de los servicios
básicos.
Requerimientos de Inteligencia sobre Asuntos
Civiles en Apoyo de las Operaciones Militares