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CAPITULO VII
DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Artículo42.Definición. La Institución define la evaluación como el proceso
continuo que nos permite apreciar, estimar y obtener información acerca del
avance en la adquisición del conocimiento y el desarrollo formativo del
educando.
Artículo43. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Entendiendo que la evaluación es un proceso permanente que busca estimular la
formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del
desarrollo de competencias y del alcance de los objetivos o fines propuestos en el
PEI y de manera especial en el Plan de Estudios y el Manual de Convivencia, en
función de la calidad y la excelencia; el proceso evaluativo aplicado en la
institución obedece a los siguientes criterios:
A. CONTINUA: es decir, que se realizará en forma permanente haciendo un
seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades
que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final de cada tema,
unidad, periodo, clase o proceso.
B. INTEGRAL: se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del
desarrollo del estudiante, mediante la aplicación de pruebas escritas y orales
que evidencien el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento.
Se aplicarán aquellas que permitan la consulta de textos, notas, solución de
problemas y situaciones tales como: ensayos, análisis, interpretación,
proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren
pertinentes que independicen los resultados, de factores relacionados
solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres,
fechas, datos, cifras, resultado final, sin tener en cuenta el proceso del
ejercicio y que no se encuentren relacionadas con la constatación de
conceptos y factores cognitivos, de igual forma deben permitir la observación
de comportamientos, actitudes, valores, desempeños cotidianos,
conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logros en los cuales
se desarrollan, demostrando los cambios de índole cultural, personal y social
del estudiante. El diálogo con el estudiante, y padre de familia, como elemento
de reflexión y análisis, para obtener información, serán acciones
fundamentadas en el principio de integralidad de la evaluación aplicada en la
institución. Se permitirá la autoevaluación, la coevaluación y la participación
de los padres de familia en la aplicación del proceso.
C. SISTEMÁTICA: se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios
pedagógicos guardando relación con los fines, objetivos de la educación, la
visión y misión de la institución, los estándares de competencias de las
diferentes áreas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o
estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores
asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.
D. FLEXIBLE: se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del educando en
distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades,
limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas,
discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial
y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por
profesionales. Los profesores identificarán las características personales de
sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para
darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la
problemática detectada, y en especial ofreciéndole oportunidad para aprender
del acierto, del error y de la experiencia de vida.
E. INTERPRETATIVA: permitirá que los estudiantes comprendan el significado
de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan
reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos
pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal. Las
evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e
interpretación, que no lleven a conflictos de intereses entre estudiantes y
profesores o viceversa.
F. PARTICIPATIVA: En el proceso evaluativo participan los educandos,
docentes, padres de familia y otras instancias facilitadoras de información
conducente a la efectividad y eficiencia del proceso.
G. FORMATIVA: nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas,
cuando el comportamiento de los estudiantes incida negativamente en la sana
convivencia en los diferentes espacios donde interactúa y al demostrar
dificultades en la obtención de los logros planteados.
El proceso evaluativo se desarrolla atendiendo los siguientes mecanismos:
 La observación del comportamientos del estudiante.
 El diálogo con el estudiante y/o el padre de familia.
 La autoevaluación, como mecanismo de reflexión.
 La coevaluación entre estudiantes.
 La heteroevaluación a través de pruebas escritas para evidenciar el proceso de
aprendizaje y la organización de conocimientos.
 Pruebas de comprensión, análisis, discusión crítica y en general de
confrontación de aprendizajes mediante talleres, actividades de clase y quiz.
 Apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observación, diálogo,
entrevistas, etc.
 Evaluaciones escritas para cada período (dos pruebas bimestrales) y una final
(tipo SABER).
 Trabajos de consulta e investigación con la respectiva sustentación.
 Revisión de cuadernos, como elemento importante dentro del proceso de
asimilación y aprendizaje.
 Valoración continua de las actitudes manifestadas por el estudiante durante el
proceso de formación.
Para evaluar a los estudiantes se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
- En los procesos de evaluación de las actividades académicas se tendrán en
cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los estudiantes:
Cognitiva, actitudinal, volitiva, y psicomotora.
- La calificación es la valoración cuantitativa y cualitativa (desempeños) del
proceso de aprendizaje en la formación integral del estudiante y se hace bajo
responsabilidad del profesor.
- Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos evaluativos
orientados y concertados con el profesor.
- Las valoraciones se harán sobre estándares y competencias alcanzadas o en las
que el estudiante demuestre dificultad.
- Los estándares deben ser evaluados en conjunto por cuanto el aprendizaje
integra contenidos y procesos.
- En cada periodo se valora el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de
formación, en aspectos tales como: Alcance de estándares de aprendizaje
(compromisos académicos y de convivencia) desarrollo de procesos de
aprendizaje, y adquisición de competencias.
- La valoración mínima para aprobar una área es tres (3.0).
- Cuando son varias las asignaturas de un área deben promediarse sus
porcentajes de acuerdo con su intensidad horaria semanal para obtener la
valoración del área.
- Las áreas o asignaturas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas
semanales deberán tener un mínimo de dos (2) notas y las de más intensidad un
mínimo de cuatro (4) notas parciales para ser promediadas por periodo.
- Si en las valoraciones de un área o asignatura, resultan dos cifras decimales,
debe eliminarse la segunda sin aproximarla, de tal forma que la nota tenga una
sola cifra decimal.
- La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas y asignaturas, será el
promedio de las valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas
actividades de aprendizaje; más la nota de autovaloración basada en su disciplina,
interés, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases.
Artículo 44. CRITERIOS DE PROMOCION ANTICIPADA
 Durante el primer 1º periodo el estudiante reprobado que demuestre
desempeño superior, integral en todas las áreas o asignaturas, será promovido
al grado siguiente mediante recomendación del Consejo académico, previa
solicitud escrita del estudiante y padres de familia.
 Cuando un estudiante presente desempeño superior en todas las áreas o
asignaturas y quiera ser promovido anticipadamente deberá desarrollar
talleres de profundización diseñados por los docentes de las diferentes áreas
del grado que cursa y aplicados por la comisión respectiva. Este beneficio será
posible durante el desarrollo curricular del primer periodo o máximo los quince
primeros días hábiles de finalizado el mismo. La promoción se realizará
mediante recomendación del consejo directivo, previa solicitud escrita del
estudiante y padre de familia.
 Analizar y recomendar situaciones de promoción anticipada, para estudiantes
que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de
alumnos con discapacidades notorias.
 ARTICULO 45 RECUPERACIONES: Según artículo 6 del decreto 1290 abril
del 2009.
 Todo educando que haya obtenido una valoración de desempeño bajo en
cualquier área del conocimiento durante cada período se le hará la
recuperación en el transcurso del respectivo periodo.
 Las actividades de recuperación se basarán en un plan de apoyo que el
docente aplicará donde el educando tenga las falencias y se llamará al
padre de familia para que firme y se comprometa a orientar al niño en
realizar las actividades propuestas por el docente que asigne como plan
de apoyo.
 La evaluación se calificará de acuerdo a lo estipulado en el artículo (6) del
decreto (1290) y su resultado, ya sea este aprobatorio o no, deberá
quedar consignado en el registro escolar del discente.
Artículo 46. CRITERIOS DE REPROBACION
 Los estudiantes que al finalizar el año lectivo hallan reprobado dos o más
áreas reprueban el grado automáticamente.
 Los estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada del total de las horas
efectivas durante el año reprueban el grado.
 Estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada durante el periodo
reprueba el área.
 Los estudiantes que reprueben áreas por inasistencia justificada, deben
realizar validación con el docente del área respectiva dentro de los 15 días
hábiles siguientes del periodo.
 Los estudiantes que al terminar el segundo periodo muestren deficiencias en la
mayoría de las áreas, se le recomendará al acudiente un cambio de institución.
Artículo 47. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA
EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del decreto 1290, la escala de
valoración escolar definida por la institución y su equivalencia en la escala
nacional, es la que a continuación se ilustra:
ESCALA DE VALORACION
INSTITUCIONAL
ESCALA DE
VALORACION NACIONAL
De 1 a 2,9 Desempeño BAJO
Estudiante que alcance muy
pocas competencias y
desempeños propuestos y que
presenta persistencia en sus
dificultades mostradas en el
proceso educativo.
De 3,0 a 3,9 Desempeño BASICO
Estudiante que alcance algunas
competencias y desempeños
propuestos en el proceso
educativo.
De 4,0 a 4,7 Desempeño ALTO.
Estudiante que generalmente
alcance las competencias y
desempeños propuestos en el
proceso educativo.
De 4,8 a 5,0 Desempeño SUPERIOR
Estudiante que Siempre alcance
las competencias y desempeños
propuestos en el proceso
educativo
 Los docentes recibirán constancia de la entrega de las notas definitivas por
cada periodo escolar a la coordinación académica ya sea por medio virtual
o físico.
Artículo 48. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO
DE LOS ESTUDIANTES
Reconociendo que el proceso evaluativo debe atender los aspectos cognitivos,
personales y sociales del estudiante, la institución establece las siguientes
estrategias para desarrollar dicho proceso:
“Estrategias académicas-cognitivas. Estas estrategias se refieren a los
aspectos que se deben tener en cuenta para valorar los desempeños cognitivos y
operativos de los estudiantes frente a los logros académicos formulados en un
determinado momento de la formación escolar.
Estas deben ser:
 Pruebas orales y/o escritas acumulativas y por comprensión
 Tareas, talleres y ejercicios acumulativos y por comprensión
 Las tareas que se dejan para la casa están orientadas hacia el desarrollo
de una destreza, habilidad o un aprendizaje significativo de un tema en
particular. El Profesor dosificará ese trabajo teniendo en cuenta:
 Otras que acuerden profesor y estudiantes en cada curso.
Estrategias actitudinales. Las estrategias actitudinales son normas mediantes
las cuales se promueven comportamientos o actuaciones positivas frente al
estudio y la vida escolar. Un estudiante con buen desempeño académico cognitivo
tiene, por lo regular, una actitud positiva frente al estudio. Por ejemplo, es
responsable, atento, interesado, casi siempre participa. En este sentido, es
necesario que la evaluación cumpla una finalidad edificadora, antes que
penalizadora. Las estrategias aplicadas con relación a este aspecto deben ser:
 Compromiso y responsabilidad
 Interés y atención
 Participar activamente respetando los turnos conversacionales y las
opiniones de los demás aunque no las comparta.
 Orden del salón y cuidado del mobiliario escolar
 Actitud de respeto al interactuar dentro y fuera del salón de clases.
 Otras que el profesor proponga a sus estudiantes justificando cada uno o
viceversa.
 Estrategias de valoración axiológicas. Estas estrategias promueven la
vivencia de ideales básicos para la vida tales como: la solidaridad, la
autoestima, la convivencia, la tolerancia. Educar es generar espacios en la
formación de cultura ciudadana; lo cual influirá en el alcance de los
logros cognitivos, de actitudes positivas frente al estudio y la vida
orientados en la práctica de valores humanizantes. En este sentido, la
evaluación es como se ha indicado, un proceso edificador, una estrategia
para la formación del sujeto educable como persona. Frente a este aspecto
de la formación integral se deben desarrollar las siguientes estrategias:
 Solidaridad cognitiva (propuesto por el profesor para todos los periodos del
año escolar),
 Valores institucionales (uno sumativo por cada periodo)
El proceso evaluativo institucional debe estar relacionado con las evaluaciones
externas, por lo cual:
a. Se aplicarán pruebas escritas con la estructura de las pruebas SABER.
b. Se aplicarán pruebas relacionadas con aspectos tales como: comprensión,
análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de conceptos. El
resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de
organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus
competencias para producir formas alternativas de solución de problemas.
c. En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan la consulta de
textos, notas y otros recursos que se consideren necesarios para independizar
los resultados de factores relacionados con la mera recordación.
d. Las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística de
palabras, nombres, fechas, datos o fórmulas que no vayan ligadas a la
constatación de conceptos y de otros factores cognitivos, no deben ser tenidas
en cuenta en la evaluación del rendimiento escolar.
e. Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del
pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y
cooperación.
f. Los docentes deben aplicar diversos instrumentos de valoración.
g. Si se asignan trabajos escritos a los estudiantes para ser evaluados
posteriormente, el profesor debe dar la bibliografía, existente en la biblioteca de
la Institución, del municipio o la dirección en la web.
h. Los trabajos individuales y en grupo deben ser planeados y asignados para ser
realizados en clase y con la orientación del profesor.
i. Las tareas para la casa únicamente se justifican como complemento del tema
visto en clase.
j. Es necesario que al solicitar materiales de trabajo se tenga presente que sean
accesibles en el contexto y que no impliquen mayores inversiones económicas
para los padres.
En toda prueba parcial o final que realiceel estudiante, se debe tener en cuenta
los procesos de aula de la siguiente manera:
 Se definen los logros y los Indicadores de cada área en el respectivo grado,
teniendo en cuenta los fines del Sistema Educativo, Objetivos por niveles y
ciclos, Visión y Misión del plantel, Estándares básicos de competencias y
lineamientos Curriculares.
 Se ubican las distintas actividades y formas de evaluar a los alumnos a lo largo
del desarrollo del área, de tal forma que tengan correspondencia con los
indicadores, los logros y las competencias fijadas para los períodos y para todo
el año escolar.
 Se observará el trabajo de los estudiantes al desarrollar las actividades, tareas,
ensayos, exámenes, comportamientos, aptitudes, valores, desempeño
personal y social, y otros que incidan en su formación integral.
 Cada docente emite los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza de
su área, deben demostrar los estudiantesen su desempeño, determinando los
niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para
alcanzarlos.
 El diseño de las actividades académicas facilitará a los estudiantes que
presentaron dificultades, el desarrollo de los logros y competencias
necesarios para su promoción al grado siguiente.
Artículo 49. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.
Para mejorar el desempeño de los estudiantes durante el año escolar, se
establecen las siguientes acciones de seguimiento:
 Identificar las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para adecuar el
diseño curricular a las necesidades del mundo globalizado.
 Realizar reuniones con las Comisiones de evaluación y promoción,
especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en
algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de
familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.
 Designar estudiantes monitores que demuestren buen comportamiento y
rendimiento académico, para ayudar a superar las dificultades que presenten
algunos compañeros de clase.
 Realizar actividades de nivelación para estudiantes con desempeños bajo o
básico en los momentos que el docente considere oportuno.
 Establecer acuerdos entre estudiantes con dificultades y el profesor del área.
 Notificará al director de grupo en caso de incumplimiento por alguna de las
partes implicadas.
 De no presentarse avances en la solución de la dificultad, el caso pasará a
conocimiento del coordinador.
 Si en las instancias anteriores no se encuentra solución, se aplican en su
orden las siguientes acciones:
a) Citar por escrito al padre de familia o acudiente del estudiante implicado.
b) En reunión con el padre familia y/o acudiente, el estudiante, el director de grado
y los miembros de la comisión de evaluación y promoción se establecerán
acciones, para dar solución al asunto en cuestión, las que se registrarán en un
acta de seguimiento.
Artículo 50. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en
forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e
interpretación, que le permitan al estudiante hacer autoreflexión y evaluaciones de
carácter conceptual y formativo, los cuales tiene un valor muy importante en la
evaluación de final de período o de año que se haga, siempre y cuando esa
autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y
comportamientos.
 Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además
coevaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en la
clase.
 Con la asistencia de los directores de grupos, se realizarán orientaciones
prácticas que induzcan y aclaren a los estudiantes la importancia de saber
emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y
limitaciones.
 La valoración individual de las propias acciones, es un ejercicio fundamental en
la formación de la persona y del estudiante en particular, además debe permitir
la identificación de los avances y las dificultades.
 En la autoevaluación el estudiante por principio de honestidad no podrá
pretender una nota superior al promedio obtenido.
 El estudiante que demuestre disciplina, interés, cumplimiento de compromisos
y colaboración en las clases podrá obtener una valoración que no exceda el
mínimo del rango del desempeño alto.
Artículo 51.ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER
SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
La institución establece las siguientes estrategias para resolver situaciones
pedagógicas pendientes de los estudiantes.
De acuerdo con el Código de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098
de 2006):
 La Institución debe facilitar y no restringir la participación de los
niños, las niñas y los adolescentes en la gestión académicay las
actividades que se realicen en el establecimiento educativo.(Art.
31. Derecho a la participación de los niños, las niñas y los
adolescentes.Num. 4º. Art. 42 obligaciones especialesde las
instituciones educativas).
 Organizar programas de nivelación de los niños, niñas y
adolescentes que presentendificultades de aprendizaje o estén
retrasados en el ciclo escolary establecerprogramas de
orientación psicopedagógicay psicológica.(Num. 6º. Art. 42
obligaciones especialesde las instituciones educativas).
 Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y
proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de
evaluación en el aula.
 Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas,
que permitan superar las dificultades que presenten algunos estudiantes en la
obtención de los logros propuestos.
 Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados
donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes,
estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
 Servir de instancia para decidir sobrepeticiones presentadas por los
estudiantes, padres de familia o profesores, consideradas violatorias de algún
derecho en el proceso evaluativo, y recomendar la designación de un revisor
de pruebas escritas en casos excepcionales.
Artículo 52. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS
DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN
CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA
INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del proceso evaluativo estipulado en el sistema
de evaluación institucional, se establecen las siguientes acciones:
 Socialización del sistema de evaluación escolar a los miembros de la
comunidad Educativa.
 Al comenzar el año lectivo el profesor de la asignatura presentará a los
estudiantes los estándares y competencias a alcanzar y el plan de valoraciones
parciales de su área para el año.
 El docente presentará ante la respectiva coordinación las acciones de
refuerzo y profundización cuando lo considere necesario; no excediendo el
límite de tiempo correspondiente al período respectivo.
 Los coordinadores deben velar por que las planillas que se pasen a secretaría
estén debidamente diligenciadas.
 Las actividades académicas o pedagógicas extra clase deben desarrollarse en
los sitios establecidos por la Institución, con previa autorización de los padres
de familia y contar con el visto bueno de la coordinación respectiva.
Artículo 53. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE
FAMILIA
Durante el año lectivo se entregarán a los alumnos y padres de familia, cuatro
informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a
cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes a cada periodo del año
escolar.
Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje
claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y otra
con la escala Nacional.
Al finalizar el año lectivo, se entrega el quinto (5º) informe donde se registra la
nota obtenida de cada periodo y el promedio final de cada una las áreas, el cual
incluye la evaluación integral del alumno en su desempeño académico, personal y
social.
Las evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas, se entregan a los
estudiantes en la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán
previamente a la entrega de los informes , el resultado final del periodo, para las
respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en el plantel, antes de
ser pasadas a los boletines informativos.
- La evaluación se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en los
que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo máximo
de 15 días calendario el padre de familia recibirá el informe sobre el desempeño
de su hijo.
- Al terminar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes
un informe final el cual contiene los datos y formalidades de un certificado de
estudio.
- Las reuniones con padres o acudientes programadas por periodo, en el
cronograma general de actividades del plantel para entregar el informe sobre
rendimiento académico y de comportamiento del estudiante, son de obligatorio
cumplimiento por parte de éstos.
Artículo 54. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES,
PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN
INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN
 El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma
escrita en el que se dará cuenta de los avances de los educandos en el proceso
formativo en cada una de las áreas y a nivel de convivencia. Constará de la
valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la escala y su
equivalente cualitativo. Señalando las dificultades presentadas durante el
periodo y las recomendaciones para mejorar.
 El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando para
cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el
cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido
para superar las dificultades detectadas en períodos anteriores y la valoración
general de la disciplina.
 Los informes que se entregan a los estudiantes cada bimestre y el informe final,
tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las áreas
cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y total
del grado.
 En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de uno (1) a cinco
(5).En la siguiente columna, va la evaluación de desempeño Superior, Alto,
Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas nacionales y a
continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y
debilidades demostradas en el período o año cursado, referida a las
competencias y desempeños alcanzados. Al finalizar el informe, se ubican
unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se describe el
comportamiento general demostrado por el estudiante en su proceso formativo
y ético durante el período o año descrito, con sus aspectos sobresalientes o
deficientes y las recomendaciones para su mejoramiento.
 Los informes periódicos y finales de evaluación se entregan en papel
membreteado de la institución con el término de “CERTIFICADO” y son
firmados solamente por el Rector del Establecimiento o a quien delegue.
 Los informes académicos entregados por periodo deben registrar el promedio
de cada área por periodo cursado.
 Las Secretarias ya no firman Certificados de acuerdo con el Decreto 2150 de
1995.
Artículo 55. MODELO DEL INFORME DESCRIPTIVO
 Se empleará un informe con las siguientes características: 1 columna para: la
intensidad de horas semanales, Asignaturas, Número de fallas, escala
institucional, escala nacional y la descripción.
Colocar casilla de promedio
AREA Y/O
ASIGNAT.
I.H.S No DE
FALLAS
ESC.
INSTITUC.
ESC.
NAL
DESCRIPCION
Matemática. 5 10 3.3 Des.
Básico
Descripción
Desempeño
Artículo 56. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE
ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA
Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Los estudiantes y padres de familia que consideren se haya cometido alguna
injusticia o violación al debido proceso en lo relacionado con la evaluación y
promoción, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes
instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:
 El docente del área
 El director de grupo
 El coordinador
 Consejo académico
 El Consejo Directivo
Los estudiantes afectados podrán presentar por escrito y fundamentadas las
reclamaciones necesarias una vez detectada, o máximo antes de finalizar el
período lectivo correspondiente al año escolar en curso. A su vez, la instancia
correspondiente tendrá un máximo de cinco días hábiles para resolver y
comunicar por escrito su decisión a la persona interesada.
Artículo 57. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
El Sistema Institucional de evaluación, es producto de la concertación de
maestros, padres de familia y estudiantes, de acuerdo con lo estipulado en el
decreto 1290 del 2009; para lo cual fue necesario:
 Convocar a asamblea general a los docentes de la institución para analizar los
alcances del decreto 1290 y elaborar propuestas del sistema evaluativo
institucional.
 Socializar a padres y estudiantes las propuestas sobre evaluación y promoción
elaboradas por los docentes y atender sugerencias y opiniones para establecer
acuerdos.
 Análisis por el consejo académico de la propuesta estructurada por padres,
docentes y estudiantes.
 Plenaria con participación de los miembros del consejo directivo, académico,
delegados de los profesores, de los padres de familia, de estudiantes, ex
estudiantes y representantes de los gremios económicos; para aprobar el
sistema evaluativo institucional que tendrá vigencia a partir del año 2010.
 Socialización a la comunidad Educativa en general del Sistema Evaluativo
Institucional.
Artículo 58.PROCEDIMIENTOS PARA CREAR EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES
Los establecimientos educativos deben como mínimo seguir el procedimiento que
se menciona a continuación:
l. Definir el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
2. Socializar el sistema institucional de evaluación con la comunidad educativa.
3. Aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo
y consignación en el acta.
4. Incorporar el sistema institucional de evaluación en el proyecto educativo
institucional, articulándolo a las necesidades de los estudiantes, el plan de
estudios y el currículo.
5. Divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes a la
comunidad educativa.
6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema
institucional de evaluación.
7. Informar sobre el sistema de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de
familia y docentes que ingresen durante cada periodo escolar.
Cuando el establecimiento educativo considere necesaria la modificación del
sistema institucional de evaluación de los estudiantes deberá seguir el
procedimiento antes enunciado.
Basado en lo anterior, el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes
debe construirse de manera colectiva entre los miembros de la Comunidad
Educativa. El proceso conforme al Decreto 1290 de 2009 es el siguiente:
1. Abrir la discusión con todos los miembros de la Comunidad Educativa y
establecer los mecanismos de su participación en la construcción del Sistema
Institucional de Evaluación de los Estudiantes.
2. Preparar un Proyecto con el Sistema Institucional de Evaluación de los
Estudiantes a partir de las propuestas de la comunidad educativa con todos los
contenidos que lo conforman de acuerdo al Decreto 1290 de 2009.
3. Presentar el Proyecto del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes
al Consejo Académico para definir su contenido definitivo, adoptarlo y divulgarlo.
4. Presentar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes adoptado
por el Consejo Académico al Consejo Directivo para su aprobación e inclusión en
el acta respectiva.
5. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a la
Comunidad educativa.
6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamación contenidos en el
Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.
7. Informar sobre el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a los
nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada
período escolar.
8. Aplicar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes llevando un
registro detallado de las dificultades y la forma de solucionarlas durante el
desarrollo de cada período académico.
9. Evaluar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes al terminar el
año escolar y realizar los ajustes que se consideren necesarios.
10. Presentar ante el Consejo Académico los ajustes propuestos al Sistema
Institucional de Evaluación de los Estudiantes para su adopción.
11. Presentar ante el Consejo Directivo los ajustes adoptados en el Sistema
Institucional de Evaluación de los Estudiantes por el Consejo Académico para su
aprobación.
12. Socializar y divulgar a la Comunidad educativa los ajustes realizados al
Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes
ARTICULO 59. REGISTRO ESCOLAR DE LOS ESTUDIANTES
Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los
estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el
informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las
novedades académicas que surjan.
Cuanto tiempo se deben archivar documentos en la hoja de vida de estudiantes
retirados o egresados de una institución educativa y que normas están
actualmente vigentes en esta materia”. El decreto 1860 de 1994 dispone que el
Sistema Nacional de Información tiene como objetivo, además de lo previsto en
las leyes y reglamentos específicos ,el de servir de registro público de los
documentos académicos relativos entre otros a los educandos de la educación
formal y no formal ;ordena que en este sistema se deben inscribir los registros que
resulten ser de interés para terceros, en relación con la prestación del servicio
público de la educación; determina que en general se deben incluir las siguientes
materias, los registros académicos de los establecimientos que dejan de prestar el
servicio público educativo; prescribe que voluntariamente las instituciones
educativas podrán registrar otros elementos adicionales a los aquí señalados y
que el sistema de información funcionará en forma descentralizada.(decreto 1860
de 1994 articulo 62) El decreto 1290 de 2009 establece que en todas las
instituciones educativas se mantendrá actualizado un registro escolar que
contenga para cada alumno, además de los datos de identificación personal, el
informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en la institución.
(Decreto 230 de 2002 articulo 7) La ley 57 de 1985 regula la consulta de
documentos que reposan en oficinas públicas ;prevee la reserva legal sobre
cualquier documento por treinta años, cumplido este término el documento
adquiere el carácter de histórico y puede ser consultado por cualquier ciudadano y
la autoridad que este en su posesión adquiere la obligación de expedir a quien lo
demande copias o fotocopias del mismo; dispone que sus normas serán aplicables
a las solicitudes que formulen los particulares para que se les expidan
certificaciones sobre documentos que reposen en las oficinas públicas o sobre
hechos de estas mismas tengan conocimiento.( ley 57 de 1985 artículos 12 a 25)
El Acuerdo 07 de 1994 expedido por la Junta Directiva del Archivo General de la
Nación contiene las normas sobre conservación de documentos considerados
como patrimonio documental. De conformidad con las disposiciones citadas, los
establecimientos educativos por ser la educación un servicio público, deben
adoptar las medidas en su proyecto educativo institucional, que permitan la
conservación del registro escolar por alumno, trátese de alumnos vinculados,
retirados o egresados, durante todo el tiempo que el plantel preste sus servicios,
los que deben ser entregados en caso de que la institución cese en sus
actividades a la Secretaria de Educación de la respectiva entidad territorial, dado
el carácter de patrimonio documental que tienen dichos registros académicos
Artículo 60. . LA TRANSFERENCIAS
Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos la
escala institucional tendrá sus equivalentes en la escala de valoración nacional,
los cuales darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un resultado general
resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de las áreas obligatorias
y fundamentales contempladas en el plan de estudios para el correspondiente
grado.
Artículo 61. GRADUACION DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes que culminen la educación media académica obtendrán el título
de bachiller académico, cuando haya cumplido con todos los requisitos de
promoción establecido en este acuerdo, el proyecto educativo institucional, de
acuerdo con la ley y las normas reglamentarias.
Artículo 62. REQUISITOS PARA EL GRADO
Se obtiene el derecho al grado al cumplir con los siguientes requisitos:
Cumplir con los logros propuestos deacuerdo a la Ley 115 de 1994 y al plan
de estudios.
1. Tener el certificado de cumplimiento de las 80 horas del servicio social.
2. Aparecer registrado(a) en el listado de graduandos dela Institución.
Tener los certificados de aprobación de los años cursados en esta o cualquier
otra institución educativa aprobada por secretaria de educación.
Artículo 63. PERDIDA DEL DERECHO A LA PROCLAMACIÓNCOMO BACHILLER
La ceremoniade proclamaciónde bachilleresesunactopúblico,al cual se hacenmerecedoreslos
estudiantesque cumplanlosrequisitosparagraduarse yque demuestrenhaberinteriorizadolos
valoresinstitucionales.El colegiose reservael derechoainvitara dichaceremoniaalos
estudiantesque:
1. Recibandoso más suspensionesporfaltasgravesogravísimasdurante el añolectivo.
2. Participarenactos que atentencontrala integridadylabuenaimagende lacomunidad
educativay/odel colegio.
3. tengan áreas no aprobadasal finalizarel añoescolar.
4. Ademásde losanterioresrequisitosse deberádiligenciarel pazysalvocorrespondiente y
presentarloalaSecretaría del colegio.
PARÁGRAFO1:
Los estudiantesque finalicen al gradoonce conáreas pendientesde aprobación tendrán
máximohastala finalizacióndel mesde eneroparalarecuperaciónde lasmismas,encaso
de no hacerlosu informe definitivosaldráconvaloracióninsuficiente ypierdeel derecho
a una segundarecuperación.
PARÁGRAFO2:
En el caso anteriorsi el estudiante decideesperarel mesde eneroparapresentarlos
refuerzosenlasáreaspendientes,unavezsuperadoséstosse gradúayrecibe su diploma
enacto privadoensecretaría.
Artículo 64.Vigencia.
El presenteManual de Convivencia tiene vigencia a partir de la fechade su
expedición y adopción por parte del Consejo Directivo.
El establecimiento educativo Luis Carlos Galán Sarmiento concluirá las
actividades correspondientes al año escolar en curso.
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  • 1. CAPITULO VII DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Artículo42.Definición. La Institución define la evaluación como el proceso continuo que nos permite apreciar, estimar y obtener información acerca del avance en la adquisición del conocimiento y el desarrollo formativo del educando. Artículo43. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Entendiendo que la evaluación es un proceso permanente que busca estimular la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias y del alcance de los objetivos o fines propuestos en el PEI y de manera especial en el Plan de Estudios y el Manual de Convivencia, en función de la calidad y la excelencia; el proceso evaluativo aplicado en la institución obedece a los siguientes criterios: A. CONTINUA: es decir, que se realizará en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso. B. INTEGRAL: se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del estudiante, mediante la aplicación de pruebas escritas y orales que evidencien el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento. Se aplicarán aquellas que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones tales como: ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren pertinentes que independicen los resultados, de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, cifras, resultado final, sin tener en cuenta el proceso del ejercicio y que no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognitivos, de igual forma deben permitir la observación de comportamientos, actitudes, valores, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logros en los cuales se desarrollan, demostrando los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante. El diálogo con el estudiante, y padre de familia, como elemento de reflexión y análisis, para obtener información, serán acciones fundamentadas en el principio de integralidad de la evaluación aplicada en la institución. Se permitirá la autoevaluación, la coevaluación y la participación de los padres de familia en la aplicación del proceso.
  • 2. C. SISTEMÁTICA: se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos guardando relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión de la institución, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes. D. FLEXIBLE: se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del educando en distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales. Los profesores identificarán las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada, y en especial ofreciéndole oportunidad para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida. E. INTERPRETATIVA: permitirá que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de intereses entre estudiantes y profesores o viceversa. F. PARTICIPATIVA: En el proceso evaluativo participan los educandos, docentes, padres de familia y otras instancias facilitadoras de información conducente a la efectividad y eficiencia del proceso. G. FORMATIVA: nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando el comportamiento de los estudiantes incida negativamente en la sana convivencia en los diferentes espacios donde interactúa y al demostrar dificultades en la obtención de los logros planteados. El proceso evaluativo se desarrolla atendiendo los siguientes mecanismos:  La observación del comportamientos del estudiante.  El diálogo con el estudiante y/o el padre de familia.  La autoevaluación, como mecanismo de reflexión.  La coevaluación entre estudiantes.  La heteroevaluación a través de pruebas escritas para evidenciar el proceso de aprendizaje y la organización de conocimientos.  Pruebas de comprensión, análisis, discusión crítica y en general de confrontación de aprendizajes mediante talleres, actividades de clase y quiz.
  • 3.  Apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observación, diálogo, entrevistas, etc.  Evaluaciones escritas para cada período (dos pruebas bimestrales) y una final (tipo SABER).  Trabajos de consulta e investigación con la respectiva sustentación.  Revisión de cuadernos, como elemento importante dentro del proceso de asimilación y aprendizaje.  Valoración continua de las actitudes manifestadas por el estudiante durante el proceso de formación. Para evaluar a los estudiantes se tendrá en cuenta los siguientes criterios: - En los procesos de evaluación de las actividades académicas se tendrán en cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los estudiantes: Cognitiva, actitudinal, volitiva, y psicomotora. - La calificación es la valoración cuantitativa y cualitativa (desempeños) del proceso de aprendizaje en la formación integral del estudiante y se hace bajo responsabilidad del profesor. - Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos evaluativos orientados y concertados con el profesor. - Las valoraciones se harán sobre estándares y competencias alcanzadas o en las que el estudiante demuestre dificultad. - Los estándares deben ser evaluados en conjunto por cuanto el aprendizaje integra contenidos y procesos. - En cada periodo se valora el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de formación, en aspectos tales como: Alcance de estándares de aprendizaje (compromisos académicos y de convivencia) desarrollo de procesos de aprendizaje, y adquisición de competencias. - La valoración mínima para aprobar una área es tres (3.0). - Cuando son varias las asignaturas de un área deben promediarse sus porcentajes de acuerdo con su intensidad horaria semanal para obtener la valoración del área. - Las áreas o asignaturas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas semanales deberán tener un mínimo de dos (2) notas y las de más intensidad un mínimo de cuatro (4) notas parciales para ser promediadas por periodo. - Si en las valoraciones de un área o asignatura, resultan dos cifras decimales, debe eliminarse la segunda sin aproximarla, de tal forma que la nota tenga una sola cifra decimal.
  • 4. - La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas y asignaturas, será el promedio de las valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas actividades de aprendizaje; más la nota de autovaloración basada en su disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases. Artículo 44. CRITERIOS DE PROMOCION ANTICIPADA  Durante el primer 1º periodo el estudiante reprobado que demuestre desempeño superior, integral en todas las áreas o asignaturas, será promovido al grado siguiente mediante recomendación del Consejo académico, previa solicitud escrita del estudiante y padres de familia.  Cuando un estudiante presente desempeño superior en todas las áreas o asignaturas y quiera ser promovido anticipadamente deberá desarrollar talleres de profundización diseñados por los docentes de las diferentes áreas del grado que cursa y aplicados por la comisión respectiva. Este beneficio será posible durante el desarrollo curricular del primer periodo o máximo los quince primeros días hábiles de finalizado el mismo. La promoción se realizará mediante recomendación del consejo directivo, previa solicitud escrita del estudiante y padre de familia.  Analizar y recomendar situaciones de promoción anticipada, para estudiantes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con discapacidades notorias.  ARTICULO 45 RECUPERACIONES: Según artículo 6 del decreto 1290 abril del 2009.  Todo educando que haya obtenido una valoración de desempeño bajo en cualquier área del conocimiento durante cada período se le hará la recuperación en el transcurso del respectivo periodo.  Las actividades de recuperación se basarán en un plan de apoyo que el docente aplicará donde el educando tenga las falencias y se llamará al padre de familia para que firme y se comprometa a orientar al niño en realizar las actividades propuestas por el docente que asigne como plan de apoyo.  La evaluación se calificará de acuerdo a lo estipulado en el artículo (6) del decreto (1290) y su resultado, ya sea este aprobatorio o no, deberá quedar consignado en el registro escolar del discente.
  • 5. Artículo 46. CRITERIOS DE REPROBACION  Los estudiantes que al finalizar el año lectivo hallan reprobado dos o más áreas reprueban el grado automáticamente.  Los estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada del total de las horas efectivas durante el año reprueban el grado.  Estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada durante el periodo reprueba el área.  Los estudiantes que reprueben áreas por inasistencia justificada, deben realizar validación con el docente del área respectiva dentro de los 15 días hábiles siguientes del periodo.  Los estudiantes que al terminar el segundo periodo muestren deficiencias en la mayoría de las áreas, se le recomendará al acudiente un cambio de institución. Artículo 47. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del decreto 1290, la escala de valoración escolar definida por la institución y su equivalencia en la escala nacional, es la que a continuación se ilustra:
  • 6. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL ESCALA DE VALORACION NACIONAL De 1 a 2,9 Desempeño BAJO Estudiante que alcance muy pocas competencias y desempeños propuestos y que presenta persistencia en sus dificultades mostradas en el proceso educativo. De 3,0 a 3,9 Desempeño BASICO Estudiante que alcance algunas competencias y desempeños propuestos en el proceso educativo. De 4,0 a 4,7 Desempeño ALTO. Estudiante que generalmente alcance las competencias y desempeños propuestos en el proceso educativo. De 4,8 a 5,0 Desempeño SUPERIOR Estudiante que Siempre alcance las competencias y desempeños propuestos en el proceso educativo  Los docentes recibirán constancia de la entrega de las notas definitivas por cada periodo escolar a la coordinación académica ya sea por medio virtual o físico.
  • 7. Artículo 48. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES Reconociendo que el proceso evaluativo debe atender los aspectos cognitivos, personales y sociales del estudiante, la institución establece las siguientes estrategias para desarrollar dicho proceso: “Estrategias académicas-cognitivas. Estas estrategias se refieren a los aspectos que se deben tener en cuenta para valorar los desempeños cognitivos y operativos de los estudiantes frente a los logros académicos formulados en un determinado momento de la formación escolar. Estas deben ser:  Pruebas orales y/o escritas acumulativas y por comprensión  Tareas, talleres y ejercicios acumulativos y por comprensión  Las tareas que se dejan para la casa están orientadas hacia el desarrollo de una destreza, habilidad o un aprendizaje significativo de un tema en particular. El Profesor dosificará ese trabajo teniendo en cuenta:  Otras que acuerden profesor y estudiantes en cada curso. Estrategias actitudinales. Las estrategias actitudinales son normas mediantes las cuales se promueven comportamientos o actuaciones positivas frente al estudio y la vida escolar. Un estudiante con buen desempeño académico cognitivo tiene, por lo regular, una actitud positiva frente al estudio. Por ejemplo, es responsable, atento, interesado, casi siempre participa. En este sentido, es necesario que la evaluación cumpla una finalidad edificadora, antes que penalizadora. Las estrategias aplicadas con relación a este aspecto deben ser:  Compromiso y responsabilidad  Interés y atención  Participar activamente respetando los turnos conversacionales y las opiniones de los demás aunque no las comparta.  Orden del salón y cuidado del mobiliario escolar  Actitud de respeto al interactuar dentro y fuera del salón de clases.  Otras que el profesor proponga a sus estudiantes justificando cada uno o viceversa.
  • 8.  Estrategias de valoración axiológicas. Estas estrategias promueven la vivencia de ideales básicos para la vida tales como: la solidaridad, la autoestima, la convivencia, la tolerancia. Educar es generar espacios en la formación de cultura ciudadana; lo cual influirá en el alcance de los logros cognitivos, de actitudes positivas frente al estudio y la vida orientados en la práctica de valores humanizantes. En este sentido, la evaluación es como se ha indicado, un proceso edificador, una estrategia para la formación del sujeto educable como persona. Frente a este aspecto de la formación integral se deben desarrollar las siguientes estrategias:  Solidaridad cognitiva (propuesto por el profesor para todos los periodos del año escolar),  Valores institucionales (uno sumativo por cada periodo) El proceso evaluativo institucional debe estar relacionado con las evaluaciones externas, por lo cual: a. Se aplicarán pruebas escritas con la estructura de las pruebas SABER. b. Se aplicarán pruebas relacionadas con aspectos tales como: comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus competencias para producir formas alternativas de solución de problemas. c. En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan la consulta de textos, notas y otros recursos que se consideren necesarios para independizar los resultados de factores relacionados con la mera recordación. d. Las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística de palabras, nombres, fechas, datos o fórmulas que no vayan ligadas a la constatación de conceptos y de otros factores cognitivos, no deben ser tenidas en cuenta en la evaluación del rendimiento escolar. e. Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y cooperación. f. Los docentes deben aplicar diversos instrumentos de valoración. g. Si se asignan trabajos escritos a los estudiantes para ser evaluados posteriormente, el profesor debe dar la bibliografía, existente en la biblioteca de la Institución, del municipio o la dirección en la web.
  • 9. h. Los trabajos individuales y en grupo deben ser planeados y asignados para ser realizados en clase y con la orientación del profesor. i. Las tareas para la casa únicamente se justifican como complemento del tema visto en clase. j. Es necesario que al solicitar materiales de trabajo se tenga presente que sean accesibles en el contexto y que no impliquen mayores inversiones económicas para los padres. En toda prueba parcial o final que realiceel estudiante, se debe tener en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:  Se definen los logros y los Indicadores de cada área en el respectivo grado, teniendo en cuenta los fines del Sistema Educativo, Objetivos por niveles y ciclos, Visión y Misión del plantel, Estándares básicos de competencias y lineamientos Curriculares.  Se ubican las distintas actividades y formas de evaluar a los alumnos a lo largo del desarrollo del área, de tal forma que tengan correspondencia con los indicadores, los logros y las competencias fijadas para los períodos y para todo el año escolar.  Se observará el trabajo de los estudiantes al desarrollar las actividades, tareas, ensayos, exámenes, comportamientos, aptitudes, valores, desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral.  Cada docente emite los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza de su área, deben demostrar los estudiantesen su desempeño, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlos.  El diseño de las actividades académicas facilitará a los estudiantes que presentaron dificultades, el desarrollo de los logros y competencias necesarios para su promoción al grado siguiente. Artículo 49. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Para mejorar el desempeño de los estudiantes durante el año escolar, se establecen las siguientes acciones de seguimiento:  Identificar las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para adecuar el diseño curricular a las necesidades del mundo globalizado.
  • 10.  Realizar reuniones con las Comisiones de evaluación y promoción, especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.  Designar estudiantes monitores que demuestren buen comportamiento y rendimiento académico, para ayudar a superar las dificultades que presenten algunos compañeros de clase.  Realizar actividades de nivelación para estudiantes con desempeños bajo o básico en los momentos que el docente considere oportuno.  Establecer acuerdos entre estudiantes con dificultades y el profesor del área.  Notificará al director de grupo en caso de incumplimiento por alguna de las partes implicadas.  De no presentarse avances en la solución de la dificultad, el caso pasará a conocimiento del coordinador.  Si en las instancias anteriores no se encuentra solución, se aplican en su orden las siguientes acciones: a) Citar por escrito al padre de familia o acudiente del estudiante implicado. b) En reunión con el padre familia y/o acudiente, el estudiante, el director de grado y los miembros de la comisión de evaluación y promoción se establecerán acciones, para dar solución al asunto en cuestión, las que se registrarán en un acta de seguimiento. Artículo 50. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan al estudiante hacer autoreflexión y evaluaciones de carácter conceptual y formativo, los cuales tiene un valor muy importante en la evaluación de final de período o de año que se haga, siempre y cuando esa autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y comportamientos.
  • 11.  Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además coevaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en la clase.  Con la asistencia de los directores de grupos, se realizarán orientaciones prácticas que induzcan y aclaren a los estudiantes la importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y limitaciones.  La valoración individual de las propias acciones, es un ejercicio fundamental en la formación de la persona y del estudiante en particular, además debe permitir la identificación de los avances y las dificultades.  En la autoevaluación el estudiante por principio de honestidad no podrá pretender una nota superior al promedio obtenido.  El estudiante que demuestre disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración en las clases podrá obtener una valoración que no exceda el mínimo del rango del desempeño alto. Artículo 51.ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. La institución establece las siguientes estrategias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. De acuerdo con el Código de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006):  La Institución debe facilitar y no restringir la participación de los niños, las niñas y los adolescentes en la gestión académicay las actividades que se realicen en el establecimiento educativo.(Art. 31. Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes.Num. 4º. Art. 42 obligaciones especialesde las instituciones educativas).  Organizar programas de nivelación de los niños, niñas y adolescentes que presentendificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolary establecerprogramas de
  • 12. orientación psicopedagógicay psicológica.(Num. 6º. Art. 42 obligaciones especialesde las instituciones educativas).  Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.  Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar las dificultades que presenten algunos estudiantes en la obtención de los logros propuestos.  Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.  Servir de instancia para decidir sobrepeticiones presentadas por los estudiantes, padres de familia o profesores, consideradas violatorias de algún derecho en el proceso evaluativo, y recomendar la designación de un revisor de pruebas escritas en casos excepcionales. Artículo 52. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. Para garantizar el cumplimiento del proceso evaluativo estipulado en el sistema de evaluación institucional, se establecen las siguientes acciones:  Socialización del sistema de evaluación escolar a los miembros de la comunidad Educativa.  Al comenzar el año lectivo el profesor de la asignatura presentará a los estudiantes los estándares y competencias a alcanzar y el plan de valoraciones parciales de su área para el año.  El docente presentará ante la respectiva coordinación las acciones de refuerzo y profundización cuando lo considere necesario; no excediendo el límite de tiempo correspondiente al período respectivo.
  • 13.  Los coordinadores deben velar por que las planillas que se pasen a secretaría estén debidamente diligenciadas.  Las actividades académicas o pedagógicas extra clase deben desarrollarse en los sitios establecidos por la Institución, con previa autorización de los padres de familia y contar con el visto bueno de la coordinación respectiva. Artículo 53. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA Durante el año lectivo se entregarán a los alumnos y padres de familia, cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes a cada periodo del año escolar. Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional. Al finalizar el año lectivo, se entrega el quinto (5º) informe donde se registra la nota obtenida de cada periodo y el promedio final de cada una las áreas, el cual incluye la evaluación integral del alumno en su desempeño académico, personal y social. Las evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas, se entregan a los estudiantes en la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán previamente a la entrega de los informes , el resultado final del periodo, para las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en el plantel, antes de ser pasadas a los boletines informativos. - La evaluación se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo máximo de 15 días calendario el padre de familia recibirá el informe sobre el desempeño de su hijo. - Al terminar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final el cual contiene los datos y formalidades de un certificado de estudio. - Las reuniones con padres o acudientes programadas por periodo, en el cronograma general de actividades del plantel para entregar el informe sobre rendimiento académico y de comportamiento del estudiante, son de obligatorio cumplimiento por parte de éstos.
  • 14. Artículo 54. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN  El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma escrita en el que se dará cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas y a nivel de convivencia. Constará de la valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la escala y su equivalente cualitativo. Señalando las dificultades presentadas durante el periodo y las recomendaciones para mejorar.  El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en períodos anteriores y la valoración general de la disciplina.  Los informes que se entregan a los estudiantes cada bimestre y el informe final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y total del grado.  En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de uno (1) a cinco (5).En la siguiente columna, va la evaluación de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas nacionales y a continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y debilidades demostradas en el período o año cursado, referida a las competencias y desempeños alcanzados. Al finalizar el informe, se ubican unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se describe el comportamiento general demostrado por el estudiante en su proceso formativo y ético durante el período o año descrito, con sus aspectos sobresalientes o deficientes y las recomendaciones para su mejoramiento.  Los informes periódicos y finales de evaluación se entregan en papel membreteado de la institución con el término de “CERTIFICADO” y son firmados solamente por el Rector del Establecimiento o a quien delegue.  Los informes académicos entregados por periodo deben registrar el promedio de cada área por periodo cursado.  Las Secretarias ya no firman Certificados de acuerdo con el Decreto 2150 de 1995.
  • 15. Artículo 55. MODELO DEL INFORME DESCRIPTIVO  Se empleará un informe con las siguientes características: 1 columna para: la intensidad de horas semanales, Asignaturas, Número de fallas, escala institucional, escala nacional y la descripción. Colocar casilla de promedio AREA Y/O ASIGNAT. I.H.S No DE FALLAS ESC. INSTITUC. ESC. NAL DESCRIPCION Matemática. 5 10 3.3 Des. Básico Descripción Desempeño Artículo 56. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Los estudiantes y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso en lo relacionado con la evaluación y promoción, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:  El docente del área  El director de grupo  El coordinador  Consejo académico  El Consejo Directivo Los estudiantes afectados podrán presentar por escrito y fundamentadas las reclamaciones necesarias una vez detectada, o máximo antes de finalizar el período lectivo correspondiente al año escolar en curso. A su vez, la instancia correspondiente tendrá un máximo de cinco días hábiles para resolver y comunicar por escrito su decisión a la persona interesada. Artículo 57. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES El Sistema Institucional de evaluación, es producto de la concertación de maestros, padres de familia y estudiantes, de acuerdo con lo estipulado en el decreto 1290 del 2009; para lo cual fue necesario:
  • 16.  Convocar a asamblea general a los docentes de la institución para analizar los alcances del decreto 1290 y elaborar propuestas del sistema evaluativo institucional.  Socializar a padres y estudiantes las propuestas sobre evaluación y promoción elaboradas por los docentes y atender sugerencias y opiniones para establecer acuerdos.  Análisis por el consejo académico de la propuesta estructurada por padres, docentes y estudiantes.  Plenaria con participación de los miembros del consejo directivo, académico, delegados de los profesores, de los padres de familia, de estudiantes, ex estudiantes y representantes de los gremios económicos; para aprobar el sistema evaluativo institucional que tendrá vigencia a partir del año 2010.  Socialización a la comunidad Educativa en general del Sistema Evaluativo Institucional. Artículo 58.PROCEDIMIENTOS PARA CREAR EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES Los establecimientos educativos deben como mínimo seguir el procedimiento que se menciona a continuación: l. Definir el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. 2. Socializar el sistema institucional de evaluación con la comunidad educativa. 3. Aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y consignación en el acta. 4. Incorporar el sistema institucional de evaluación en el proyecto educativo institucional, articulándolo a las necesidades de los estudiantes, el plan de estudios y el currículo. 5. Divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes a la comunidad educativa. 6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema institucional de evaluación.
  • 17. 7. Informar sobre el sistema de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada periodo escolar. Cuando el establecimiento educativo considere necesaria la modificación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes deberá seguir el procedimiento antes enunciado. Basado en lo anterior, el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes debe construirse de manera colectiva entre los miembros de la Comunidad Educativa. El proceso conforme al Decreto 1290 de 2009 es el siguiente: 1. Abrir la discusión con todos los miembros de la Comunidad Educativa y establecer los mecanismos de su participación en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. 2. Preparar un Proyecto con el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a partir de las propuestas de la comunidad educativa con todos los contenidos que lo conforman de acuerdo al Decreto 1290 de 2009. 3. Presentar el Proyecto del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes al Consejo Académico para definir su contenido definitivo, adoptarlo y divulgarlo. 4. Presentar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes adoptado por el Consejo Académico al Consejo Directivo para su aprobación e inclusión en el acta respectiva. 5. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a la Comunidad educativa. 6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamación contenidos en el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. 7. Informar sobre el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar. 8. Aplicar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes llevando un registro detallado de las dificultades y la forma de solucionarlas durante el desarrollo de cada período académico. 9. Evaluar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes al terminar el año escolar y realizar los ajustes que se consideren necesarios. 10. Presentar ante el Consejo Académico los ajustes propuestos al Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes para su adopción.
  • 18. 11. Presentar ante el Consejo Directivo los ajustes adoptados en el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes por el Consejo Académico para su aprobación. 12. Socializar y divulgar a la Comunidad educativa los ajustes realizados al Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes ARTICULO 59. REGISTRO ESCOLAR DE LOS ESTUDIANTES Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan. Cuanto tiempo se deben archivar documentos en la hoja de vida de estudiantes retirados o egresados de una institución educativa y que normas están actualmente vigentes en esta materia”. El decreto 1860 de 1994 dispone que el Sistema Nacional de Información tiene como objetivo, además de lo previsto en las leyes y reglamentos específicos ,el de servir de registro público de los documentos académicos relativos entre otros a los educandos de la educación formal y no formal ;ordena que en este sistema se deben inscribir los registros que resulten ser de interés para terceros, en relación con la prestación del servicio público de la educación; determina que en general se deben incluir las siguientes materias, los registros académicos de los establecimientos que dejan de prestar el servicio público educativo; prescribe que voluntariamente las instituciones educativas podrán registrar otros elementos adicionales a los aquí señalados y que el sistema de información funcionará en forma descentralizada.(decreto 1860 de 1994 articulo 62) El decreto 1290 de 2009 establece que en todas las instituciones educativas se mantendrá actualizado un registro escolar que contenga para cada alumno, además de los datos de identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en la institución. (Decreto 230 de 2002 articulo 7) La ley 57 de 1985 regula la consulta de documentos que reposan en oficinas públicas ;prevee la reserva legal sobre cualquier documento por treinta años, cumplido este término el documento adquiere el carácter de histórico y puede ser consultado por cualquier ciudadano y la autoridad que este en su posesión adquiere la obligación de expedir a quien lo demande copias o fotocopias del mismo; dispone que sus normas serán aplicables a las solicitudes que formulen los particulares para que se les expidan certificaciones sobre documentos que reposen en las oficinas públicas o sobre hechos de estas mismas tengan conocimiento.( ley 57 de 1985 artículos 12 a 25) El Acuerdo 07 de 1994 expedido por la Junta Directiva del Archivo General de la Nación contiene las normas sobre conservación de documentos considerados como patrimonio documental. De conformidad con las disposiciones citadas, los establecimientos educativos por ser la educación un servicio público, deben adoptar las medidas en su proyecto educativo institucional, que permitan la conservación del registro escolar por alumno, trátese de alumnos vinculados,
  • 19. retirados o egresados, durante todo el tiempo que el plantel preste sus servicios, los que deben ser entregados en caso de que la institución cese en sus actividades a la Secretaria de Educación de la respectiva entidad territorial, dado el carácter de patrimonio documental que tienen dichos registros académicos Artículo 60. . LA TRANSFERENCIAS Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos la escala institucional tendrá sus equivalentes en la escala de valoración nacional, los cuales darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un resultado general resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales contempladas en el plan de estudios para el correspondiente grado. Artículo 61. GRADUACION DE LOS ESTUDIANTES Los estudiantes que culminen la educación media académica obtendrán el título de bachiller académico, cuando haya cumplido con todos los requisitos de promoción establecido en este acuerdo, el proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. Artículo 62. REQUISITOS PARA EL GRADO Se obtiene el derecho al grado al cumplir con los siguientes requisitos: Cumplir con los logros propuestos deacuerdo a la Ley 115 de 1994 y al plan de estudios. 1. Tener el certificado de cumplimiento de las 80 horas del servicio social. 2. Aparecer registrado(a) en el listado de graduandos dela Institución. Tener los certificados de aprobación de los años cursados en esta o cualquier otra institución educativa aprobada por secretaria de educación. Artículo 63. PERDIDA DEL DERECHO A LA PROCLAMACIÓNCOMO BACHILLER La ceremoniade proclamaciónde bachilleresesunactopúblico,al cual se hacenmerecedoreslos estudiantesque cumplanlosrequisitosparagraduarse yque demuestrenhaberinteriorizadolos valoresinstitucionales.El colegiose reservael derechoainvitara dichaceremoniaalos estudiantesque:
  • 20. 1. Recibandoso más suspensionesporfaltasgravesogravísimasdurante el añolectivo. 2. Participarenactos que atentencontrala integridadylabuenaimagende lacomunidad educativay/odel colegio. 3. tengan áreas no aprobadasal finalizarel añoescolar. 4. Ademásde losanterioresrequisitosse deberádiligenciarel pazysalvocorrespondiente y presentarloalaSecretaría del colegio. PARÁGRAFO1: Los estudiantesque finalicen al gradoonce conáreas pendientesde aprobación tendrán máximohastala finalizacióndel mesde eneroparalarecuperaciónde lasmismas,encaso de no hacerlosu informe definitivosaldráconvaloracióninsuficiente ypierdeel derecho a una segundarecuperación. PARÁGRAFO2: En el caso anteriorsi el estudiante decideesperarel mesde eneroparapresentarlos refuerzosenlasáreaspendientes,unavezsuperadoséstosse gradúayrecibe su diploma enacto privadoensecretaría. Artículo 64.Vigencia. El presenteManual de Convivencia tiene vigencia a partir de la fechade su expedición y adopción por parte del Consejo Directivo. El establecimiento educativo Luis Carlos Galán Sarmiento concluirá las actividades correspondientes al año escolar en curso.