TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
Sistemas de evaluacion 2015
1. INST. EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO
Aprobado según Resolución Numero 004413 del 20 de octubre del 2014
Arjona - cesar
ACUERDO N°
Fecha:
POR EL CUAL SE REGLAMENTA Y ADOPTA EL SISTEMA
INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS DE
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO DE
ARJONA CESAR.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa “LUIS CARLOS GALÁN
SARMIENTO” del corregimiento de Arjona municipio de Astrea en uso de sus
funciones y en especial las conferidas en el decreto 1290 de 2009.
A C U E R D A:
ARTICULO PRIMERO: Reglaméntese y adóptese el Sistema Institucional de
Evaluación y Promoción de los estudiantes de la Institucional Educativa Luis
Carlos Galán Sarmiento de Arjona Cesar.
ARTÍCULO SEGUNDO: El Sistema Institucional de evaluación y promoción de
los estudiantes de la Institución Educativa LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO
de Arjona Cesar, que se reglamenta y adopta, tendrá la siguiente estructura:
Articulo 1. Aplicabilidad.
Articulo 2. Criterios de Evaluación y promoción.
Articulo 3. Criterios de promoción anticipada.
Articulo 4. Criterios de reprobación
Articulo 5. Escala de valoración Institucional y su equivalencia con la escala
nacional.
Articulo 6. Estrategias de valoración integral de los estudiantes.
Articulo 7. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños
de los estudiantes durante el año escolar.
Articulo 8. Proceso de autoevaluación de los estudiantes.
Articulo 9. Estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas
pendiente de los estudiantes.
Articulo 10. Acciones para garantizar que los directivos y docentes de la
institución educativa cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el
Sistema Institucional de Evaluación.
2. Articulo 11. Comisiones de Evaluación y Promoción.
Articulo 12. Periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.
Articulo 13. Estructura de informe de los estudiantes.
Articulo 14. Modelo del informe descriptivo
Articulo 15. Instancias, procedimiento y mecanismos de atención y resolución
de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre evaluación y
promoción.
Articulo 16. Mecanismos de participación de la Comunidad Educativa en la
construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes.
Articulo 17. Procedimiento para crear el Sistema Institucional de Evaluación de
los estudiantes.
Articulo 18. Registro escolar de los estudiantes.
Articulo 19. Constancia de desempeño de los estudiantes.
Articulo 20. Transferencias.
Articulo 21. Graduación de los estudiantes.
Articulo 22. Vigencia
3. INST. EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO
Aprobado según Resolución Numero 004413 del 20 de octubre del 2014
Arjona - cesar
SISTEMAS DE EVALUACION INSTITUCIONAL
Atendiendo los requerimientos establecidos en él artículo 4 del decreto 1290
del 2009, la Institución Educativa Luis Carlos Galán Sarmiento establece el
sistema de evaluación institucional cuya estructura a continuación se presenta:
Artículo 1. Aplicabilidad. Lo establecido en el presente acuerdo se aplicará a
los estudiantes debidamente matriculados en la institución.
Artículo 2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Entendiendo que la evaluación es un proceso permanente que busca estimular
la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del
desarrollo de competencias, del alcance de los objetivos, fines propuestos en
el PEI, en el Plan de Estudios y el Manual de Convivencia, en función de la
calidad, la excelencia y el proceso evaluativo aplicado en la institución,
obedece a los siguientes criterios:
A. CONTINUA: es decir que se realizará en forma permanente haciendo un
seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las
dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final
de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso.
B. INTEGRAL: se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del
desarrollo del alumno, como las pruebas escritas para evidenciar el
proceso de aprendizajes y organización del conocimiento. Se le aplicarán
las que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y
situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y
otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen
los resultados, de factores relacionados solamente con simples
recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, cifras,
resultado final, sin tener en cuenta el proceso del ejercicio y que no se
encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores
cognoscitivos. La observación de comportamientos, actitudes, valores,
conocimientos, registrando en detalle los desempeños en los cuales se
desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y
social del estudiante. El diálogo con el alumno, y padre de familia, como
elemento de reflexión y análisis, para obtener información que
complemente la obtenida en la observación y en las pruebas escritas. Se
4. permitirá la autoevaluación, la coevaluación y la participación de los
padres de familia en la aplicación del proceso.
C. SISTEMÁTICA: se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios
pedagógicos guardando relación con los fines, objetivos de la educación,
la visión y misión del plantel, los estándares de competencias de las
diferentes áreas, los desempeños, lineamientos curriculares o estructura
científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados
al proceso de formación integral de los estudiantes.
D. FLEXIBLE; se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del educando en
sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje,
dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno
social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un
manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o
diagnosticadas por profesionales. Los profesores identificarán las
características personales de sus estudiantes en especial las destrezas,
posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las
evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada, y en especial
ofreciéndole oportunidad para aprender del acierto, del error y de la
experiencia de vida.
E. INTERPRETATIVA: se permitirá que los alumnos comprendan el
significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el
profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer
correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de
manera normal. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su
intención e interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre
alumnos contra profesores o viceversa.
F. PARTICIPATIVA: En el proceso evaluativo participan los educandos,
docente, padre de familia y otras instancias que aporten métodos que
contribuyan a la efectividad y eficiencia del proceso.
G. FORMATIVA: nos permite reorientar los procesos y metodologías
educativas, cuando el comportamiento de los estudiantes incida
negativamente en la sana convivencia en los diferentes espacios donde
interactúa y al demostrar dificultades en la obtención de los desempeños
planteados.
El proceso evaluativo se desarrolla atendiendo los siguientes mecanismos:
La observación de comportamientos del estudiante.
El diálogo con el alumno y/o el padre de familia.
La autoevaluación, como mecanismo de reflexión.
La coevaluación entre estudiantes.
La Heteroevaluación a través de pruebas escritas para evidenciar el
proceso de aprendizaje y la organización de conocimientos.
5. Pruebas de comprensión, análisis, discusión crítica y en general de
confrontación de aprendizajes mediante talleres, actividades de clase y
quiz.
Apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observación, diálogo,
entrevistas, etc.
Las pruebas escritas realizadas durante el período deben ser tipo SABER.
Trabajos de consulta e investigación con la respectiva sustentación.
Revisión de cuadernos, como elemento importante dentro del proceso de
asimilación y aprendizaje.
Valoración continúa de las actitudes manifestadas por el estudiante durante
el proceso de formación.
CRITERIOS PARA EVALUAR A LOS ESTUDIANTES
Los criterios de valoración que se establezcan dentro de una determinada
comunidad educativa o en un aula de clase siempre deben ser claros,
negociados entre todos, públicos y publicados; lo que dará transparencia e
introducen elementos de justicia, ecuanimidad y equidad al proceso y actividad
de valoración.
- En los procesos de evaluación de las actividades académicas se tendrán en
cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los
estudiantes: Cognitiva, actitudinal, aptitudinal, volitiva, y psicomotora.
- La calificación es la valoración cuantitativa y cualitativa (desempeños) del
proceso de aprendizaje en la formación integral del estudiante y se hace bajo
responsabilidad del profesor.
- Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos
evaluativos orientados y concertados con el profesor.
- Las valoraciones se harán sobre estándares, competencias y desempeños
alcanzados en los que el estudiante demuestre dificultad.
- Los estándares deben ser evaluados en conjunto con coherencia horizontal y
vertical por cuanto el aprendizaje integra contenidos y procesos.
- En cada periodo se valora el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de
formación, en aspectos tales como: Alcance de estándares de aprendizaje
(compromisos académicos y de convivencia) desarrollo de procesos de
aprendizaje, y adquisición de competencias.
- La valoración mínima para aprobar una área es tres (3.0).
- Cuando son varias las asignaturas de un área deben promediarse sus
porcentajes de acuerdo a su intensidad horaria semanal para obtener la
valoración del área.
6. - Las áreas o asignaturas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas
semanales deberán tener un mínimo de dos (2) notas y las de más intensidad
un mínimo de cuatro (4) notas parciales para ser promediadas por periodo.
- Si en las valoraciones de un área o asignatura, resultan dos cifras decimales,
debe eliminarse la segunda sin aproximarla, de tal forma que la nota tenga una
sola cifra decimal.
- La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas y asignaturas, será el
ponderado de las diversas actividades de aprendizaje, de acuerdo a la
intensidad horaria más la nota de autovaloración basada en su actitud, interés,
cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases.
El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo
10. Del Decreto 2247 DE1997 sobre educación preescolar (ver Anexo),
Artículo 3°. CRITERIOS DE PROMOCION ANTICIPADA
Según art. 7 del decreto 1290: Durante el primer periodo del año escolar el
Consejo académico, previo consentimiento de loa padres de familia,
recomendara ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado
siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el
desarrollo cognitivo, personal y social en el Marco de las competencias
básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del
consejo directivo y, si es posible en el registro escolar.
Cuando un estudiante presente desempeño superior en todas las áreas y
solicite ser promovido anticipadamente deberá desarrollar talleres de
profundización diseñados y aplicados por los docentes de las diferentes
áreas del grado que cursa, de igual forma haber nivelado el primer período
del grado al que aspire ser promovido.
El beneficio de promoción anticipada debe ser legalizado por el consejo
directivo durante los cinco primeros días hábiles de finalizado el primer
período.
Articulo 4. CRITERIOS DE REPROBACION
Los estudiantes que al finalizar el año lectivo hallan reprobado dos o más
áreas reprueban el grado automáticamente
Los estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada del total de las
horas efectivas durante el año reprueban el grado.
Estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada durante el periodo
reprueba el área.
7. Artículo 5. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA
EQUIVALENCIA CON LAESCALA NACIONAL.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del decreto 1290, la escala de
valoración escolar definida por la institución y su equivalencia en la escala
nacional, es la que a continuación se ilustra:
ESCALA DE VALORACION
INSTITUCIONAL
ESCALA DE
VALORACION NACIONAL
De 1 a 2,9 Desempeño BAJO
Estudiante que alcance muy
pocas competencias y
desempeños propuestos y que
presenta persistencia en sus
dificultades mostradas en el
proceso educativo.
De 3,0 a 3,9 Desempeño BASICO
Estudiante que alcance algunas
competencias y desempeños
propuestos en el proceso
educativo.
De 4,0 a 4,7 Desempeño ALTO.
Estudiante que generalmente
alcance las competencias y
desempeños propuestos en el
proceso educativo.
De 4,8 a 5,0 Desempeño SUPERIOR
Estudiante que Siempre alcance
las competencias y desempeños
propuestos en el proceso
educativo
Los docentes recibirán constancia de la entrega de las notas definitivas
por cada periodo escolar a la coordinación académica ya sea por medio
virtual o físico.
8. Artículo 6. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL
DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES
Reconociendo que el proceso evaluativo debe atender los aspectos
cognitivos, personales y sociales del estudiante, la institución establece las
siguientes estrategias para desarrollar dicho proceso:
“Estrategias académicas- cognitivos. Estas estrategias se refieren a los
aspectos que se deben tener en cuenta para valorar (examinar e influir en) los
desempeños cognitivos y operativos de los estudiantes en un determinado
momento de la formación escolar.
Estas deben ser:
Pruebas orales y/o escritas acumulativas y por comprensión
Tareas, talleres y ejercicios acumulativos y por comprensión
Las tareas que se dejan para realizar en casa están orientadas hacia el
desarrollo de una destreza, habilidad o complementación de un
aprendizaje significativo de un tema en particular. El Profesor dosificará
ese trabajo teniendo en cuenta el tiempo para responder a varias áreas.
Otros que acuerden profesor y estudiantes en cada curso
Estrategias actitudinales. Son normas mediantes las cuales se promueven
comportamientos o actuaciones positivas frente al estudio y la vida escolar. Un
estudiante con buen desempeño académico, tiene por lo regular, una actitud
positiva frente al estudio. En este sentido, es necesario que la evaluación
cumpla una finalidad edificadora, antes que sancionatoria. Las estrategias
actitudinales son:
La organización y participación en eventos culturales, recreativos,
científicos y deportivos de manera voluntaria, responsable, activa,
armónica entre otras.
La valoración de la autoevaluación durante el proceso de evaluación
durante los diferentes periodos académicos.
El estímulo por acciones que evidencien la práctica de valores.
Otros que el profesor proponga a sus estudiantes justificando cada uno
o viceversa
9. Estrategias de valoración axiológicas. Estas promueven la vivencia
de ideales básicos para la vida tales como: la solidaridad, la autoestima,
la convivencia, la tolerancia. Educar es generar espacios para que los
estudiantes se formen como personas, en consecuencia debe influir
para que estos alcancen los desempeños cognitivos, tengan actitudes
positivas frente al estudio, la vida, y vivencias valores humanizantes. En
este sentido, la evaluación es como se ha indicado, un proceso
edificador, una estrategia para la formación del sujeto educable como
persona. Frente a este aspecto de la formación integral se deben
desarrollar las siguientes estrategias:
Trabajo colaborativo, cooperativo (propuesto por el profesor para todos
los periodos del año escolar),
Valores institucionales (forjarse un futuro basado en el respeto, la
responsabilidad, la libertad y el amor)
El proceso evaluativo institucional debe estar relacionado con las evaluaciones
externas por lo cual:
a. En las pruebas escritas se tendrá en cuenta la estructura de las pruebas
SABER.
b. Las pruebas que se apliquen deben estar relacionadas con aspectos tales
como: comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación
de conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir
apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido por el
estudiante y de sus competencias para producir formas alternativas de
solución de problemas.
c. En las pruebas y actividades se permitirá la consulta de textos, paginas de
internet, notas y otros recursos que se consideren necesarios para
independizar los resultados de factores relacionados con la memorización.
d. Las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística de
palabras, nombres, fechas, datos o fórmulas que no vayan ligadas a la
constatación de conceptos y de otros factores cognitivos, no deben ser
tenidas en cuenta en la evaluación del rendimiento escolar.
e. Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del
pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y
cooperación.
f. Los docentes deben aplicar diversos instrumentos y técnicas de valoración.
g. Si se asignan trabajos escritos a los estudiantes para ser evaluados
posteriormente, el profesor debe dar la bibliografía, o la dirección en la página
web.
10. h. Los trabajos individuales y en grupo deben ser planeados y asignados para
ser realizados en clase y con la orientación del profesor.
i. Es necesario que al solicitar materiales de trabajo sean accequibles y
económicos.
En toda prueba parcial o final que realice el estudiante, se debe tener en
cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:
La valoración numérica de cada ítem en la prueba escrita debe
aparecer estipulada en la misma.
Se definen las competencias y los desempeños de cada área en el
respectivo grado, teniendo en cuenta los fines del Sistema Educativo,
Objetivos por niveles y ciclos, Visión y Misión del plantel, Estándares
básicos de competencias y lineamientos Curriculares
Se observará el trabajo de los estudiantes al desarrollar las actividades,
tareas, ensayos, exámenes, comportamientos, aptitudes, valores,
desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral.
Cada docente emite los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza
de su área, deben demostrar en su desempeño los estudiantes,
determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o
facilidades para alcanzarlos.
Finalmente se diseñan actividades académicas que permitan a los
estudiantes con dificultad obtener desempeños y competencias,
conducentes a la promoción del grado siguiente.
Artículo 7. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.
Para mejorar el desempeño de los estudiantes durante el año escolar, se
establece las siguientes acciones de seguimiento:
Identificar las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para diseñar los
planes de refuerzo necesario en busca de mejorar los desempeños
académicos de los educandos.
Realizar reuniones con las Comisiones de evaluación y promoción,
especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en
algún grado o área, para que con la participación de alumnos y padres de
familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.
11. Designar estudiantes monitores que demuestren buen comportamiento y
rendimiento académico, para ayudar a superar las dificultades que
presenten algunos compañeros de clase.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior se aplicaran los
siguientes procedimientos:
1) El docente del área en la que se demuestra dificultad, debe establecer
acuerdos con el estudiante para superarla.
2) En caso de incumplimiento de los acuerdos por alguna de las partes
implicadas se notificará al director de grupo para que con su intermediación se
apliquen los correctivos necesarios.
3) De no presentarse avances en la solución de la dificultad, el caso pasará a
conocimiento del coordinador.
4) Si en las instancias anteriores no se encuentra solución, se aplican en su
orden las siguientes acciones:
a) Citar por escrito al padre de familia o acudiente del estudiante implicado.
b) En reunión con el padre familia y/o acudiente, el estudiante, el director de
grado y los miembros de la comisión de evaluación y promoción se
establecerán acciones, para dar solución al asunto en cuestión, las que se
registraran en un acta de seguimiento.
Artículo 8. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes
en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e
interpretación, que le permitan al alumno hacer auto reflexión y evaluaciones
de carácter conceptual y formativo, los cuales tiene un valor muy importante en
la evaluación de final de período o de año que se haga, siempre y cuando esa
autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y
comportamientos.
Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además
coevaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en
la clase.
Con la asistencia de los directores de grupos, se realizaran orientaciones
prácticas que induzcan y aclaren a los alumnos, la importancia de saber
emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus
destrezas y limitaciones.
12. La valoración individual de las propias acciones, es un ejercicio fundamental
en la formación de la persona y del estudiante en particular, además debe
permitir la identificación de los avances y las dificultades.
En la autoevaluación el estudiante por principio de honestidad no podrá
pretender una nota superior al promedio obtenido.
El estudiante que demuestre disciplina, interés, cumplimiento de
compromisos y colaboración en las clases podrá obtener una valoración
que no exceda el mínimo del rango del desempeño alto.
Artículo 9. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER
SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
La institución establece las siguientes estrategias para resolver situaciones
pedagógicas pendientes de los estudiantes.
De acuerdo con el Código de la Infancia y Adolescencia (Ley
1098 de 2006):
La Institución debe facilitar y no restringir la participación de
los niños, las niñas y los adolescentes en la gestión
académica y las actividades que se realicen en el
establecimiento educativo.(Art. 31. Derecho a la participación
de los niños, las niñas y los adolescentes.Num. 4º. Art. 42
obligaciones especialesde las instituciones educativas).
Organizar programas de nivelación de los niños, niñas y
adolescentes que presentendificultades de aprendizaje o
estén retrasados en el ciclo escolary establecerprogramas de
orientación psicopedagógicay psicológica.(Num. 6º. Art. 42
obligaciones especialesde las instituciones educativas).
Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y
proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de
evaluación en el aula.
Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y
evaluativas, que permitan superar las dificultades que presenten algunos
estudiantes en la obtención de los logros propuestos.
13. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados
donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes,
estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
Servir de instancia para decidir sobre peticiones presentadas por los
estudiantes, padres de familia o profesores, consideradas violatorias de
algún derecho en el proceso evaluativo, y recomendar la designación de
un revisor de pruebas escritas en casos excepcionales.
LAS ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN: Son acciones o actividades de
refuerzo, complementación, investigación, practicas, proyectos, elaboradas y
programadas por cada profesor en su área o curso, para ser desarrolladas y
demostradas por los estudiantes antes de finalizar cada período escolar.
Para este fin el profesor podrá designar alumnos monitores que ayuden a sus
compañeros en la compresión y obtención de los desempeños y competencias
en los cuales hayan tenido dificultades, y contará además con la colaboración
de los padres de familia, las comisiones de evaluación y promoción, la
Orientación escolar, o cualquier otro medio que no implique la suspensión de
clases para realizar dichas actividades.
En las horas destinadas a la realización de actividades curriculares
complementarias se deben ejecutar actividades de refuerzo y recuperación
tendientes a que los estudiantes obtengan las competencias no alcanzadas en
el transcurso del periodo, estas serán señaladas por el docente del área y son
de obligatorio cumplimiento por parte de los estudiantes o de lo contrario no
habrá lugar a reclamaciones
Las actividades de recuperación se basaran en un plan de apoyo que el
docente aplicará donde el educando tenga la falencia y se citará al padre de
familia para establecer compromisos.
ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN: La nivelación de las áreas reprobadas a fin
de año, no se harán solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una
prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y
directa del alumno ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva como
formativa en su desarrollo social, personal y académico.
Las nivelaciones de las áreas reprobadas al finalizar el año escolar tendrán
como plazo hasta la segunda semana de haber iniciado el nuevo año escolar.
- Si un estudiante de grado 11º llevase áreas o asignaturas perdidas, pero en
las pruebas SABER muestra un resultado ubicado en el nivel alto hacia
adelante en dichas áreas, se le dará como estímulo la aprobación con
valoración de acuerdo a su desempeño en orden ascendente. Los rangos de
reconocimiento serán fijados por el Consejo Académico.
14. - La valoración obtenida en nivelaciones, en todos los casos, no excederá el
rango mínimo estipulado para el desempeño básico.
- Las convocatorias a nivelaciones que hace la institución son obligatorias para
todos los estudiantes a menos que se compruebe enfermedad o calamidad
familiar.
Artículo 10. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES
Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS
PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMAINSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del proceso evaluativo estipulado en el
sistema de evaluación institucional, se establecen las siguientes acciones:
Socialización del sistema de evaluación escolar a los miembros de la
comunidad Educativa.
Al comenzar el año lectivo el profesor de la asignatura presentará a los
estudiantes los estándares y competencias a alcanzar y el plan de
valoraciones parciales de su área para el año.
El docente presentará ante la respectiva coordinación las acciones de
refuerzo y profundización cuando lo considere necesario; no excediendo el
límite de tiempo correspondiente al período respectivo.
Los coordinadores deben velar por que las planillas que se pasen a
secretaría estén debidamente diligenciadas.
Las actividades académicas o pedagógicas extra clase deben desarrollarse
en los sitios establecidos por la Institución, con previa autorización de los
padres de familia y contar con el visto bueno de la coordinación respectiva.
Artículo11: COMISIONES DEEVALUACION Y PROMOCION
Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo
Académico propuso ante el Consejo Directivo la creación de Comisiones de
Evaluación y Promoción: por áreas del conocimiento. Un docente puede
hacer parte de dos o tres áreas.
Cada sede o subsede de la Institución Educativa, tendrá sus propias
comisiones de evaluación y promoción integradas de manera similar a las de la
sede central del plantel.
Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción
Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y
proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de
evaluación en el aula.
15. Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y
evaluativas, que permitan superar las dificultades que presenten algunos
estudiantes en la obtención de los logros propuestos.
Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados
donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes,
estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
Analizar y recomendar situaciones de promoción anticipada, para
estudiantes que demuestren capacidades excepcionales, o para la
promoción ordinaria de alumnos con discapacidades notorias.
Servir de instancia para decidir sobre peticiones presentadas por los
estudiantes, padres de familia o profesores, consideradas violatorias de
algún derecho en el proceso evaluativo, y recomendar la designación de
un revisor de pruebas escritas en casos excepcionales.
Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo
establecido en el sistema de evaluación institucional.
Realizar reuniones periódicas para establecer compromisos con
padres de familia, estudiantes y docentes que beneficien el
desempeño académico de los estudiantes.
Reunirse cinco días después de finalizado cada período académico
para definir la situación académica de estudiantes con dificultades.
Otras que determina la institución a través del PEI.
Darse su propio reglamento.
Artículo 12. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES
DE FAMILIA.
Durante el año lectivo se entregarán a los estudiantes y padres de familia,
cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con
referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes a cada
periodo del año escolar.
Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un
lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una
numérica y otra con la escala Nacional.
16. Al finalizar el año lectivo, se entrega el quinto (5º) informe donde se registra la
nota obtenida de cada periodo y el promedio final de cada una las áreas, el
cual incluye la evaluación integral del alumno en su desempeño académico,
personal y social.
Las evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas, se entregan a los
estudiantes en la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán
previamente a la entrega de los informes , el resultado final del periodo, para
las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en el plantel,
antes de ser pasadas a los boletines informativos.
- La evaluación se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en
los que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo
máximo de 15 días calendario el padre de familia recibirá el informe sobre el
desempeño de su hijo.
- Al terminar el año escolar se les entregará a los padres de familia o
acudientes un informe final el cual contiene los datos y formalidades de un
certificado de estudio.
- Las reuniones con padres o acudientes programadas por periodo, en el
cronograma general de actividades del plantel para entregar el informe sobre
rendimiento académico y de comportamiento del estudiante, son de obligatorio
cumplimiento por parte de éstos.
.
Artículo 13. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES,
PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN
INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN.
El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma
escrita en el que se dará cuenta de los avances de los educandos en el
proceso formativo en cada una de las áreas y a nivel de convivencia.
Constará de la valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la
escala y su equivalente cualitativo. Señalando las dificultades presentadas
durante el periodo y las recomendaciones para mejorar.
El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando
para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en
cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya
adquirido para superar las dificultades detectadas en períodos anteriores y la
valoración general de la disciplina.
Los informes que se entregan a los estudiantes cada bimestre y el informe
final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las
áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada
una y total del grado.
17. En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de cero (0) a
cinco (5).En la siguiente columna, va la evaluación de desempeño Superior,
Alto, Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas nacionales y
a continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y
debilidades demostradas en el período o año cursado, referida a los
indicadores, logros y competencias alcanzados. Al finalizar el informe, se
ubican unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se
describe el comportamiento general demostrado por el estudiante en su
proceso formativo y ético durante el período o año descrito, con sus
aspectos sobresalientes o deficientes y las recomendaciones para su
mejoramiento.
Los informes periódicos y finales de evaluación se entregan en papel
membreteado de la institución con el Término de “CERTIFICADO” y son
firmados solamente por el Rector del Establecimiento o a quien delegue.
Las Secretarias ya no firman Certificados de acuerdo con el Decreto 2150 de
1995.
Articulo 14. MODELO DEL INFORME DESCRIPTIVOS
Se empleara un informe con las siguientes características: 1 columna para:
la intensidad de horas semanales, Asignaturas, Numero de fallas, escala
institucional, escala nacional y la descripción.
AREA Y/O
ASIGNAT.
I.H.S No DE
FALLAS
ESC.
INSTITUC.
ESC.
NAL
DESCRIPCION
Matem. 5 10 3.3 Des.
Básico
Descripción de
logros
Articulo 15. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE
ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE
FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Los estudiantes y padres de familia que consideren se haya cometido alguna
injusticia o violación al debido proceso en lo relacionado con la evaluación y
promoción, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes
instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:
El docente del área.
El director de grupo.
La Comisión de evaluación y promoción
El coordinador
Consejo académico
18. El Consejo Directivo
Los estudiantes afectados podrán presentar por escrito y fundamentadas las
reclamaciones necesarias una vez detectada, o máximo antes de finalizar el
período lectivo correspondiente al año escolar en curso. A su vez, la instancia
correspondiente tendrá un máximo de cinco días hábiles para resolver y
comunicar por escrito su decisión a la persona interesada.
Artículo 16. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
El Sistema Institucional de evaluación, es producto de la concertación de
maestros, padres de familia y estudiantes, de acuerdo con lo estipulado en el
decreto 1290 del 2009; para lo cual fue necesario:
Convocar a asamblea general a los docentes de la institución para analizar
los alcances del decreto 1290 y elaborar propuestas del sistema evaluativo
institucional.
Socializar a padres y estudiantes las propuestas sobre evaluación y
promoción elaboradas por los docentes y atender sugerencias y opiniones
para establecer acuerdos.
Análisis por el consejo académico de la propuesta estructurada por padres
docentes y estudiantes.
Plenaria con participación de los miembros del consejo directivo,
académico, delegados de los profesores, de los padres de familia, de
estudiantes, ex estudiantes y representantes de los gremios económicos;
para aprobar el sistema evaluativo institucional que tendrá vigencia que
tendrá vigencia a partir del año 2010.
Socialización a la comunidad Educativa en general del Sistema Evaluativo
Institucional.
19. ARTICULO 17. REGISTRO ESCOLAR DE LOS ESTUDIANTES
Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los
estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el
informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las
novedades académicas que surjan.
Cuanto tiempo se deben archivar documentos en la hoja de vida de estudiantes
retirados o egresados de una institución educativa y que normas están
actualmente vigentes en esta materia”. El decreto 1860 de 1994 dispone que el
Sistema Nacional de Información tiene como objetivo, además de lo previsto en
las leyes y reglamentos específicos ,el de servir de registro público de los
documentos académicos relativos entre otros a los educandos de la educación
formal y no formal ;ordena que en este sistema se deben inscribir los registros
que resulten ser de interés para terceros, en relación con la prestación del
servicio público de la educación; determina que en general se deben incluir las
siguientes materias, los registros académicos de los establecimientos que
dejan de prestar el servicio público educativo; prescribe que voluntariamente
las instituciones educativas podrán registrar otros elementos adicionales a los
aquí señalados y que el sistema de información funcionará en forma
descentralizada.(decreto 1860 de 1994 articulo 62) El decreto 1290 de 2009
establece que en todas las instituciones educativas se mantendrá actualizado
un registro escolar que contenga para cada alumno, además de los datos de
identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que haya
cursado en la institución. (Decreto 230 de 2002 articulo 7) La ley 57 de 1985
regula la consulta de documentos que reposan en oficinas públicas ;prevee la
reserva legal sobre cualquier documento por treinta años, cumplido este
término el documento adquiere el carácter de histórico y puede ser consultado
por cualquier ciudadano y la autoridad que este en su posesión adquiere la
obligación de expedir a quien lo demande copias o fotocopias del mismo;
dispone que sus normas serán aplicables a las solicitudes que formulen los
particulares para que se les expidan certificaciones sobre documentos que
reposen en las oficinas públicas o sobre hechos de estas mismas tengan
conocimiento.( ley 57 de 1985 artículos 12 a 25) El Acuerdo 07 de 1994
expedido por la Junta Directiva del Archivo General de la Nación contiene las
normas sobre conservación de documentos considerados como patrimonio
documental. De conformidad con las disposiciones citadas, los
establecimientos educativos por ser la educación un servicio público, deben
adoptar las medidas en su proyecto educativo institucional, que permitan la
conservación del registro escolar por alumno, trátese de alumnos vinculados,
retirados o egresados, durante todo el tiempo que el plantel preste sus
servicios, los que deben ser entregados en caso de que la institución cese en
sus actividades a la Secretaria de Educación de la respectiva entidad territorial,
dado el carácter de patrimonio documental que tienen dichos registros
académicos
20. Artículo 18. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES
El establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia, debe emitir
constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignarán
los resultados de los informes periódicos. Cuando la constancia de desempeño
reporte que el estudiante ha sido promovido al siguiente grado y se traslade de
un establecimiento educativo a otro, será matriculado en el grado al que fue
promovido según el reporte. Si el establecimiento educativo receptor, a través
de una evaluación diagnóstica, considera que el estudiante necesita procesos
de apoyo para estar acorde con las exigencias académicas del nuevo curso,
debe implementarlos.
CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA
Los alumnos que culminen el grado 9º cumpliendo todos los requisitos,
recibirán un certificado que conste la culminación de este Nivel de Educación
Básica.
Al culminar el nivel de la educación básica, no hay ceremonia de graduación,
sino de clausura.
Artículo 19. TRANSFERENCIAS
Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos
la escala institucional tendrá sus equivalentes en la escala de valoración
nacional, los cuales darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un
resultado general resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de
las áreas obligatorias y fundamentales contempladas en el plan de estudios
para el correspondiente grado.
Artículo 20. GRADUACION DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes que culminen la educación media académica obtendrán el
título de bachiller académico, cuando haya cumplido con todos los requisitos de
promoción establecido en este acuerdo, el proyecto educativo institucional, de
acuerdo con la ley y las normas reglamentarias.
Al culminar el nivel de la educación básica y preescolar, no hay ceremonia de
graduación, sino de clausura.
REQUISITOS PARA EL GRADO
Se obtiene el derecho al grado al cumplir con los siguientes requisitos:
Cumplir con los logros propuestos deacuerdo a la Ley 115 de 1994 y al
plan de estudios.
21. 1. Tener el certificado de cumplimiento de las 80 horas del servicio
social.
2. Aparecer registrado(a) en el listado de graduandos dela Institución.
Tener los certificados de aprobación de los años cursados en esta o
cualquier otra institución educativa aprobada por secretaria de educación.
PERDIDA DEL DERECHO A LA PROCLAMACIÓNCOMO BACHILLER
La ceremoniade proclamaciónde bachilleresesunactopúblico,al cual se hacen merecedores
losestudiantesque cumplanlosrequisitosparagraduarse yque demuestrenhaber
interiorizadolosvaloresinstitucionales.El colegiose reservael derechoainvitaradicha
ceremoniaalosestudiantesque:
1. Recibandoso más suspensionesporfaltasgravesogravísimasdurante el añolectivo.
2. Participarenactos que atentencontrala integridadylabuenaimagende la
comunidadeducativay/odel colegio.
3. tengan áreas no aprobadasal finalizarel añoescolar.
4. Ademásde losanterioresrequisitos se deberádiligenciarel pazysalvo
correspondiente ypresentarloalaSecretaría del colegio.
PARÁGRAFO1:
Los estudiantesque finalicenal gradoonce conáreas pendientesde aprobación
tendránmáximohastala finalizacióndel mesde eneroparalarecuperaciónde las
mismas,encaso de no hacerlosu informe definitivosaldráconvaloracióninsuficiente
y pierde el derechoaunasegundarecuperación.
PARÁGRAFO2:
En el caso anteriorsi el estudiante decideesperarel mesde eneroparapresentarlos
refuerzosenlasáreaspendientes,unavezsuperadoséstosse gradúayrecibe su
diplomaenactoprivadoensecretaría.
Artículo 22. Vigencia.
El presenteManual de Convivencia tiene vigencia a partir de la fechade su
expedición y adopción por parte del Consejo Directivo.