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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES PROPUESTA DE ACUERDO No Octubre de 2009  “Por el cual la Institución Educativa Antonia Santos “El Rancho” establece el Sistema de Evaluación del Aprendizaje de los Estudiantes.” EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANTONIA SANTOS “EL RANCHO”, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES, EN ESPECIAL LAS QUE CONFIERE LA LEY 115 DE 1994, EL ARTÍCULO 23 DE SU DECRETO REGLAMENTARIO 1860 DE 1994 Y EL DECRETO 1290 DEL 2009 Y, CONSIDERANDO: Que la CONSTITUCIÓN POLÍTICA en su artículo 67, le…“Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos…” Que la Ley 115 de 1994 en su artículo 80 establece un sistema nacional de evaluación que se articula con el ICFES y las entidades territoriales, que sea base para el desarrollo de programas de mejoramiento del servicio público educativo y en su artículo 77 le confiere autonomía para organizar las áreas fundamentales, introducir asignaturas, adoptar algunas áreas de acuerdo a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el MEN. Que el Decreto 1860 en su artículo 23 literal G, señala como funciones del Consejo Directivo, participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del Plan de Estudio, someterlo a consideración de la Secretaría de Educación para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley. Que el Decreto 1860, en su artículo 24 literal A, E y F establece que el Consejo Académico es el órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del PEI, integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación, así como recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa. Que el Decreto 1290 en su artículo 2 reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos. Y en su artículo 3 establece como propósitos:  Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. Determinar la promoción de estudiantes. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. Que el Decreto 1290 en su artículo 8 numeral 3, Establece que es responsabilidad del Consejo Directivo aprobar el sistema institucional de evaluación; el artículo 11 numeral 1, señala como funciones del Consejo Académico, definir, adoptar y divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes, el numeral 2, le da facultades para aprobar las estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes y el numeral 7, Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción.   Hoja 2 Acuerdo No. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ESTABLÉZCASE EL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL APRENDIZAJE.  La Institución Educativa Antonia Santos “El Rancho”, define su sistema de evaluación y promoción del aprendizaje del estudiante como el proceso formativo de su desempeño el cual permite observar progresos o dificultades en la adquisición del conocimiento, habilidades y valores propios de las competencias a las que se apunta en las diferentes asignaturas que integran el currículo en los niveles de básica, media y educación por ciclos lectivos especiales integrales (CLEI). ARTÍCULO SEGUNDO: EVALUACIÓN. Es un proceso permanente que busca estimular la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias y del alcance de los objetivos o fines propuestos en el PEI y de manera especial en el plan de estudios y el manual de convivencia, en función de la calidad y la excelencia. 1-. Continua: es decir que se realizará permanentemente mediante el seguimiento continuo del alumno, que permita observar su progreso y/o sus dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se realizará al final de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso.  2-. Integral: es aquella que tendrá en cuenta todos los momentos pedagógicos y aspectos del desarrollo del educando, considerándolos como un todo, donde se mire el estudiante como un sujeto integral e integrado, su relación alumno-alumno, maestro-padres de familia, padres de familia- alumnos. Teniendo en cuenta los siguientes elementos:  Las pruebas escritas para evidenciar el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento.  La observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logros en los cuales se desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante.  El diálogo con el alumno y el padre de familia, que permita complementar la información obtenida en la observación y en las pruebas escritas, que a su vez sirva como apoyo para el cumplimiento de las metas escolares.  Se permitirá la autoevaluación por parte de los mismos estudiantes, y la participación de padres de familia en la evaluación de sus hijos a través de tareas formativas dejadas para la casa, y sobre las que los padres evaluarán por escrito el cumplimiento de las mismas en los cuadernos de los estudiantes. A su vez permitirá al estudiante ser autocrítico frente a las transformaciones y cambios en su comportamiento, actitudes y procedimientos ante las diversas situaciones. La co-evaluación, entendida como la interacción e integración de un grupo donde cada uno evalúa un quehacer bajo los mismos parámetros y los mismos propósitos, cuando se desarrollen pruebas escritas o conceptuales dentro del salón de clases. Conversatorios donde en un mismo espacio se puedan reunir grupos de trabajo con la intención del diálogo, realizados entre el profesor y el educando o un grupo de ellos.  3-.Sistemática: se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión de la Institución, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los desempeños, indicadores de desempeño, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes. Además esta evaluación deberá guardar un orden y secuencia teniendo en consideración la edad, nivel, condiciones y necesidades de los estudiantes.  Hoja 3 Acuerdo No.  4-.Flexible: esta evaluación posibilita realizar los ajustes, como modificaciones que se consideren necesarios en la optimización de los procesos que se están implementando. Se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del alumno en sus distintos aspectos de interés, capacidades, estilos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físico, discapacidad de cualquier índole, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales.  5-.Interpretativa: se permitirá que los alumnos comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, harán reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre alumnos contra profesores o viceversa.  6-.Participativa: se involucra en la evaluación al alumno, docente, padre de familia y otras instancias que aporten a realizar unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, practicas de campo y de taller, con el fin de que alcancen entre otras         las competencias de analizar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del          profesor. 7-.Formativa: esta es uno de los componentes fundamentales y básicos del proceso de aprendizaje y de la interacción en el acto pedagógico, ya que su función principal es la de retroalimentar las precisiones necesarias para conseguir aprendizajes significativos. Permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en alguna área, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento, actitudes de los alumnos en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve. Auto evaluación Coevaluación Hetero evaluación ARTÍCULO TERCERO: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. Al iniciar el año escolar los docentes de la institución realizarán un diagnóstico para identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.  La utilización adecuada del diagnostico realizado por los docentes al inicio del año escolar, proporcionará información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante del INASAR. a su vez servirá de insumo para el proceso de evaluación institucional en las diferentes gestiones. En todas las evaluaciones que se haga a los alumnos, se tienen en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:  Se definen los desempeño y los Indicadores de desempeño de cada área en el respectivo grado, teniendo en cuenta los fines del Sistema Educativo, Objetivos por niveles y ciclos, Visión y Misión del plantel, Estándares básicos de competencias y lineamientos Curriculares . Se ubican las distintas actividades y formas de evaluar a los alumnos a lo largo del desarrollo del área, de tal forma que tengan correspondencias con las competencias y desempeños fijadas para todo el año escolar.  Constante observación que permite identificar las características personales, intereses, ritmo de desarrollo y estilo de aprendizaje del estudiante para así valorar sus avances, en las tareas, ensayos, exámenes, comportamientos,  Hoja 4  Acuerdo No.  aptitudes, valores, desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral.  Cada docente elabora los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza de su área, deben demostrar en su desempeño los alumnos, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlos.  Se implementarán los simulacros de pruebas externas (ICFES, SABER). Proyectos. Estos formarán parte del trabajo pedagógico en el aula de clase y permitirán la valoración integral de los estudiantes en cuanto a las aptitudes, conocimientos, valores y actitudes se refiere.  Diseño de actividades propias de cada asignatura que promuevan el desarrollo de las potencialidades, competencias y desempeños.  Organización de actividades extracurriculares que evidencien la adquisición de destrezas y habilidades tales como: expresión, argumentación, análisis, interpretación, aplicación, actitudes, talentos etc.  Elaboración de un Portafolio que muestre un archivo de los trabajos que los estudiantes van realizando a través del año escolar y que el profesor ha revisado y retroalimentado oportunamente.  El diseño de evaluaciones para determinar el desarrollo de las competencias las cuales deben ser coherentes con las evaluaciones semestrales para medir el nivel de desempeño de los estudiantes deben tener los siguientes parámetros: Construir una prueba  por asignatura teniendo en cuenta las competencias y desempeños trazados en cada área, estilo prueba Saber e ICFES  como preparación a los  exámenes semestrales.   los alumnos realizan estas  pruebas acompañados por sus docentes. Las pruebas semestrales se realizaran durante dos semanas: En junio las dos semanas lectivas  En noviembre  la segunda y tercera  Los niveles de aplicación de la prueba son:  Primaria, básica secundaria y media   Los alumnos del grado undécimo que superen en la prueba de estado los promedios  proyectados en las asignaturas como meta de mejoramiento académico en el respectivo  año,  aprobaran la asignatura automáticamente no importando los desempeños bajos que tengan hasta el momento. ARTÍCULO CUARTO: ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.    Para efectos de la evaluación bimestral a los alumnos en cada una de las áreas, se les tendrán en cuenta los siguientes parámetros de valoración:    Se harán valoraciones numéricas de cero (0) a cinco (5) en cada área, sin aproximaciones. Esta escala numérica se equivaldrá cada bimestre a la escala nacional de desempeños Superior, Alto, Básico y Bajo; por lo tanto los boletines bimestrales se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los alumnos en su desempeño integral durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento.  La escala del informe final, se expedirá en los certificados definitivos también en dos columnas, una numérica de  cero (0) a cinco (5)  y la otra con el equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de manera descriptiva, explicativa, en lenguaje objetivo y comprensible para la comunidad educativa.    El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del alumno en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los desempeños, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI.  Hoja 5 Acuerdo No.  Este informe final no será la suma y el promedio de los informes bimestrales, sino el análisis que el docente hace a su alumno en cuanto al rendimiento académico y formativo en todo el grado. La escala de valoración del INASAR en relación con la escala nacional será la siguiente:    - Desempeño Superior   4.6 a 5.0  - Desempeño Alto           4.0 a 4.5 - Desempeño Básico      3.0 a 3.9  - Desempeño Bajo          0.0 a 2.9             Desempeño Superior (4.6 a 5.0) 91% al 100%: cuando el estudiante: Logra el máximo nivel esperado en todas las dimensiones del desarrollo humano.  Demuestra excepcional habilidad en la comprensión y aplicación, en los diferentes contextos, de los contenidos curriculares propuestos en las asignaturas.  Presenta actitud de respeto y tolerancia hacia sus compañeros y profesores. Es capaz de autoevaluarse de manera objetiva y busca estrategias que permitan el mejoramiento de su proceso.  Aprecia y promueve con autonomía su propio desarrollo y ayuda al desarrollo de sus compañeros. Porta adecuadamente el uniforme y su presentación personal es impecable. Asiste puntualmente a sus clases y justifica sus faltas de asistencia cuando se ausenta.  Se consideran ausencias justificadas las siguientes:  Incapacidad médica debidamente expedida por un profesional.  Ausencias por duelo familiar hasta el tercer grado de consanguinidad.  Estas justificaciones deberán ser enviadas a la coordinación a más tardar un día después de que el estudiante haya retornado a clases.  Desempeño Alto (4.0 a 4.5) 80% al 90%: cuando el estudiante:  Demuestra un buen nivel de desarrollo en todos sus procesos de interpretación, de compresión y análisis;  Es capaz de argumentar y proponer alternativas de solución a las problemáticas planteadas.  Cumple  a cabalidad con los compromisos y deberes con la institución.  Utiliza la autoevaluación para el mejoramiento de su proceso de aprendizaje.  Presenta algunas faltas de asistencia no justificadas pero estas no afectan su desempeño. Algunas veces ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia. Desempeño Básico(3.0 a 3.9) 60% al 79% cuando el estudiante: Logra los desempeños mínimos en relación con la propuesta de la asignatura alcanzando una comprensión y aplicación básica de la habilidad a desarrollar.  Logra el mínimo desempeño esperado en el dominio de conocimientos de los deberes y obligaciones existentes en el manual de  convivencia y los compromisos adquiridos con la institución.  Presenta faltas de asistencia no justificadas que afectan su desempeño.  Ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas y deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia.  Hoja  6  Acuerdo No. Desempeño Bajo  (0.0 a 2.9) 0 % al 59% cuando el estudiante:  No alcanza el desempeño mínimo requerido en el manejo de la habilidad exigida en las competencias de la asignatura, aun ejecutando las estrategias pedagógicas para superar sus dificultades.  Tiene procesos de razonamiento, con niveles de comunicación, de comprensión de significado bajos, que le impiden interpretar situaciones y resolver problemas con un mínimo grado de complejidad.  Presenta falta total de interés por su desarrollo personal, de responsabilidad, cumplimiento y puntualidad en sus compromisos académicos.  Presenta faltas de asistencia no justificada que afectan su desempeño.  Presenta faltas de asistencia no justificada que afectan su desempeño.  Con frecuencia ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia.  Con frecuencia ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia. ARTICULO QUINTO: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Como la evaluación es un proceso continuo, los docentes realizarán con los estudiantes las siguientes actividades: ensayos, conversatorios, prácticas de campo, proyectos, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa.   El maestro debe:  Durante el periodo el docente recopilara evidencias de producto, de desempeño y de conocimiento para valorar al final del periodo los alcances de los escolares. (Art 3: 7) Utilizar la escala numérica de 0.0 a 5.0 solo al final del periodo después de haber analizado todas las evidencias recogidas durante el proceso.  Describir en forma clara y precisa la naturaleza de las dificultades en el desempeño de los estudiantes.   Identificar las limitaciones y destrezas de los alumnos, para adecuar el diseño curricular a la realidad de la institución y de la comunidad educativa. Desarrollar actividades y estrategias diferentes a aquellas con las cuales el estudiante no mostró un buen desempeño.  Designar alumnos monitores que tengan buen rendimiento académico y personal, para ayudar  a los que tengan dificultades. Realizar actividades de nivelación para estudiantes con desempeños bajos en los momentos que el docente considere oportuno.  Acuerdos con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos.  PARAGRAFO: además de las estrategias anteriores se acuerda designar la última semana de cada periodo para que durante las horas asignadas a cada asignatura se reciban los trabajos, sustentaciones, se revisan las practicas de campo, los proyectos, las tareas formativas entregadas  a los estudiantes con bajos desempeños en los periodos académicos.    Hoja 7 Acuerdo No. ARTICULO SEXTO: PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.    Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus alumnos en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan al alumno hacer auto reflexiones y evaluaciones de carácter conceptual y formativo. Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además co-evaluaciones  y etero-evaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en la clase. Con la asistencia profesional del servicio de Orientación escolar, se realizarán seminarios prácticos que induzcan y aclaren a los alumnos, la importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y limitaciones. Es importante que el docente observe con la mayor objetividad la honestidad de los estudiantes en su auto-evaluación. ARTICULO SÉPTIMO: ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. Elaborar un plan de apoyo que vincule a padres de familia y que sea coherente con la dificultad en el desempeño del alumno es decir, que apunte a desarrollar en el estudiante la competencia requerida en la asignatura.  Cumplir con la fecha de entrega y ejecución del plan de apoyo establecido por la institución. Presentar un acta sobre el resultado de la valoración del plan de apoyo en el cual se exprese el nivel de desempeño y las acciones futuras en el evento que el estudiante no muestre la superación de su dificultad. El Padre de Familia Debe: Acompañar de forma activa y permanente el proceso de superación de la dificultad. Monitorear el plan de apoyo diseñado por el docente para superar la dificultad. Presentarse periódicamente a la Institución, sin ser solicitado formalmente para dar cuenta del seguimiento de su hijo, en la superación de la dificultad. El Estudiante Debe: Solicitar oportunamente, al docente, las actividades de nivelación de la asignatura con desempeño bajo. Desarrollar, entregar y sustentar en la fecha establecida las actividades solicitadas. Solicitar o aceptar el apoyo de docentes, padres y alumnos monitores. ARTICULO OCTAVO: CRITERIOS DE PROMOCIÓN.  El INASAR define la promoción de los estudiantes de la siguiente manera:  Alumno que alcance como mínimo el 60% del total de los desempeños esperados en las áreas será promovido al año siguiente. El alumno que al finalizar el año escolar tenga desempeño bajo (0.0 a 2.9) en una o dos áreas, quedará APLAZADO y tendrá las siguientes fechas para presentar las nivelaciones de éstas áreas reprobadas: La última semana del año escolar antes de la clausura de estudios para los alumnos del grado  9°, 11° y ciclo 6.  La semana de desarrollo institucional al inicio del año escolar antes de matricularse y en la segunda semana será definida su situación de promoción. Hoja 8 Acuerdo No. Si en esta semana de desarrollo institucional no nivela, se considera reprobado dicho grado y tendrá que repetirlo. Las actividades de nivelación son acciones o actividades de refuerzo, complementación, investigación, practicas, proyectos, elaboradas y programadas por cada profesor en su área o curso, para ser desarrolladas y demostradas por los alumnos al finalizar cada clase, unidad, ciclo, proyecto, período escolar o final del año lectivo.    La nivelación de las áreas perdidas a fin de año, no se harán solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y directa del alumno ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva como formativa en su desarrollo social, personal y académico.    ARTICULO NOVENO: REPROBACIÓN.  El INASAR define la reprobación de sus estudiantes de la siguiente manera: El estudiante que pierda tres o más áreas con desempeño bajo (0.0 a 2.9) se considera reprobado el grado, deberá matricularse a repetirlo.  No serán promovidos al grado siguiente, los alumnos que hayan dejado de asistir al plantel, el 20 % de las áreas  del año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por la institución.   Los alumnos que al finalizar el año escolar obtengan en su evaluación desempeño bajo (0.0 a 2.9) hasta en dos áreas, se consideran reprobadas dichas área; en este caso el alumno deberá realizar actividades de nivelación. Los estudiantes del nivel de media técnica que no realicen y aprueben las 100 horas de practica propuestas en el plan de estudios en el grado 11. Los estudiantes del nivel de media que no realicen Trabajo social   ARTICULO DECIMO: PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO.  Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo, la promoción anticipada al grado siguiente de: El estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.. El alumno que repruebe al finalizar el año escolar una o dos áreas y en las fechas correspondientes haya presentado las respectivas nivelaciones, pero su desempeño sigue siendo bajo, puede aspirar a la promoción anticipada por el consejo académico durante el primer periodo académico. Según el artículo No 7 del decreto 1290 de 2009, se adopta el criterio que durante el primer periodo del año escolar el consejo académico facilitara la promoción anticipada al grado siguiente de aquellos estudiantes que al finalizar el anterior reprobaron tres áreas con desempeño bajo. Los estudiantes de noveno no podrán aspirar a la promoción anticipada, porque para ser promovidos, deben aprobar la totalidad de sus asignaturas al finalizar el año lectivo. Paragrafo1. Para los tres numerales  anteriores se debe tener en cuenta:  Aprobar en el primer periodo todas las áreas alcanzando los desempeños  propuestos en el plan de estudios para el grado en cuestión. Asistir a todas las clases y actividades curriculares y extracurriculares planeadas en las diferentes áreas. Demostrar un excelente comportamiento en lo personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. Hoja 9 Acuerdo No.  Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto los grados 9 y 11º que se debe cursar completo), aconsejarán a las comisiones la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente.  Paragrafo2. Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia del acuerdo reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al alumno promovido.   ARTICULO DECIMO PRIMERO: DESIGNACIÓN DE UN SEGUNDO EVALUADOR     Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación  religiosa,  política, familiar, de  raza, venganza  u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, la comisión de evaluación y promoción podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.   ARTICULO DECIMO SEGUNDO: GRADUACIÓN     En la Institución se adelantará solamente la ceremonia de grado para los alumnos de once.  En los otros niveles y ciclos se realizará ceremonia de clausura.     El título de Bachiller se otorga a los alumnos de grado once y del ciclo 6, que hayan aprobado todos los niveles incluyendo el once y el ciclo 6 respectivamente Quienes cursaron el nivel medio de “Bachillerato Académico con profundización en artes” reciben dicho título, haciendo constar  dicha profundización.  Los que cursaron el nivel medio de “Bachillerato Técnico en Recreación”, se les otorga dicho título haciendo constar además en el mismo, la modalidad o especialidad que adelantaron.  Si reprueba el área Técnica en cualquiera de los dos grados de la Media Técnica, no se puede graduar hasta que demuestre en la nivelación durante el año siguiente, que maneja o domina dicha área.  No se le otorga título de Bachiller Académico por no ser de la modalidad que cursó.  No se recibirán alumnos a grado once de Bachillerato Técnico que vayan de cursar décimo de Bachillerato Académico.  Alumnos que vayan de grado décimo de Bachillerato Técnico, pueden matricularse en once de Bachillerato Académico.  El alumno que culmine el grado once y tenga áreas pendientes por nivelar y no lo haga en el tiempo estipulado en el articulo 8· del presente acuerdo, se considera perdido dicho grado y debe cursarlo nuevamente.     ARTICULO DECIMO TERCERO: CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA     Los alumnos que culminen su grado 9º y hayan aprobado todas las áreas incluyendo las de los grados anteriores, recibirán un certificado que conste la culminación de este Nivel de Educación Básica.  Al culminar el nivel de la educación básica, no hay ceremonia de graduación, sino de clausura.  El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es decir que no se reprueba.  En este nivel no hay ceremonia de grado sino de clausura.     Hoja 10 Acuerdo No.  ARTICULO DECIMO CUARTO: PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS ALUMNOS Y PADRES DE FAMILIA.    Durante el año lectivo se entregarán a los alumnos y padres de familia, cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes a cada bimestre del año escolar.    Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional.    Al finalizar el año lectivo, se entrega el quinto (5º) informe que será el final, el cual incluye la evaluación integral del alumno en su desempeño académico, personal y social.    Las evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas, se entregan a los estudiantes en la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán previamente a la entrega de los informes bimestrales, el resultado final del bimestre, para dar tiempo a las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en la institución, antes de ser impresos los boletines informativos.   ARTICULO DECIMO QUINTO: ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES.    Los informes que se entregan a los estudiantes cada bimestre y el informe final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y el total de las inasistencias por periodo.  En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de cero (0) a cinco (5), en la siguiente columna, la evaluación de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas descritas en el numeral 5 de este ACUERDO, y a continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y debilidades demostradas en el período o año evaluado, referida a los desempeños y competencias alcanzados. A partir del segundo  periodo se anexara una última columna donde  se escribirán las competencias no alcanzadas en el periodo anterior. Al finalizar el informe, se ubican unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se describe el comportamiento general demostrado por el estudiante en su proceso formativo y ético durante el período o año descrito, con sus aspectos sobresalientes o deficientes y las recomendaciones para su mejoramiento.    ARTÍCULO DECIMO SEXTO: ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.  El INASAR para garantizar lo establecido en este acuerdo, nombra como veedores del proceso       evaluativo a los miembro del Consejo Directivo, del Consejo Académico, del Consejo Estudiantil, de la Asociación o Asamblea de Padres de Familia, estarán atentos, para divulgar, promocionar y velar por el control, seguimiento y el cumplimiento ante toda la Comunidad Educativa.    Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico propone ante el Consejo Directivo, la creación de las siguientes Comisiones de Evaluación y Promoción de alumnos:    Una comisión para los grados 1° a 3°  Una comisión para los grados 4° y 5°  Una comisión para los grados 6º y 7º Una comisión para los grados 8° y 9° Una comisión para los grados 10° y 11° Una comisión para los ciclos lectivos especiales integrados 3, 4, 5 y 6 Estas comisiones se integran con representantes de los profesores y padres de familia.   Hoja 11 Acuerdo No.  Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción    Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.  Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar las dificultades de los educandos. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, alumnos y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.  Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para alumnos sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con discapacidades notorias.  Servir de instancia para decidir sobre aplicaciones que puedan presentar los alumnos, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendará la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.  Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el sistema institucional de evaluación definido en el presente ACUERDO.  Otras que determina la institución a través del PEI.  Darse su propio reglamento.  ARTÍCULO DECIMO SEPTIMO: INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.  Los alumnos y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:    Primera Instancia: Conformada por el Docente de la asignatura, director de grupo, psico-orientadora y el coordinador. Competencias:  Conocer el desempeño de los estudiantes de todos los grados resaltando los casos de alumnos que presentan dificultades, la naturaleza de su dificultad que afecta el desarrollo del proceso de aprendizaje.  Citar por escrito al padre de familia para involucrarlo en el proceso de evaluación de su hijo. El coordinador envía la cita  Establecer compromisos entre el alumno, el padre de familia y el profesor de la asignatura, los cuales deben estar consignados en el registro del alumno como indica el artículo 16 del decreto 1290  Segunda Instancia: Conformado por el Consejo Académico, coordinador, el profesor de la asignatura, padre de familia directamente involucrado y psico-orientador.  Competencias:  Atender y resolver reclamaciones de padres de familia y estudiantes en el evento que la decisión de la primera instancia no sea coherente con el proceso de aprendizaje del alumno.  Modificar o ampliar la decisión tomada en la primera instancia debidamente sustentada sobre la no promoción de los estudiantes.  Guardar un informe debidamente documentado sobre el desempeño del estudiante por parte del profesor de la asignatura.  Establecer nuevos compromisos si es posible por parte del padre de familia y la institución con el fin de mejorar el desempeño académico del estudiante.  La actuación de esta instancia se hará en caso de que haya incumplimiento de los compromisos adquiridos o decisiones tomadas en la primera instancia por parte de los interesados.  Hoja 11 Acuerdo No.  Tercera Instancia: conformado por Consejo Directivo y el coordinador  Competencias:  Conocer la situación académica y/o disciplinaria de los estudiantes por parte de la coordinación  Elaborar un acta cuando el recurrente interesado acuda a esta instancia una vez agotada la actuación de las instancias anteriores.  Citar al padre de familia para comunicar la decisión tomada y si es posible establecer nuevos compromisos.  Pronunciarse ante la promoción anticipada del alumno, previo consentimiento del padre de familia y aprobación del Consejo Académico durante el primer periodo  del año escolar. Dicha decisión será consignada en acta y si es positiva en el registro escolar del alumno (artículo 7º del decreto 1290)  ARTICULO DECIMO OCTAVO: MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN.  El presente Sistema Institucional de evaluación, fue consultado previamente con representantes de los profesores, padres de familia y estudiantes y se recibieron las sugerencias, quedando organizado tal como se aprueba en este ACUERDO.  Hoja 10 Acuerdo No.    Previo a lo anterior se hizo conocer la propuesta a los miembros del Consejo Directivo y del Consejo Académico en reuniones directas de socialización.    El Consejo Académico fue el encargado de hacer el análisis de la propuesta, divulgarla y recibir las sugerencias de las instancias mencionadas anteriormente.    Por último, se efectuó una reunión entre el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución, en la que estuvieron los representantes de las Directivas, profesores, padres de familia, alumno, ex alumno y representante del sector productivo, para aprobar el Sistema Institucional de Evaluación del Aprendizaje de los Estudiantes que tendrá vigencia por el presente año de 2010.  ARTÍCULO DECIMO NOVENO: VIGENCIA.  El presente acuerdo rige a partir del 1 de enero de 2010. Las adiciones o modificaciones a este ACUERDO, se pueden hacer en cualquier época del año, previo estudio y aprobación del Consejo Directivo.    COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en San Andrés Isla, Octubre  de 2009 Esp. SABINA BROCK LIVINGSTONSIOMARA AMUD GOMEZ         Rectora Representante Docentes  ANA ELCY GALLEGO CASTRILLON LINA M. ALANDETE MARTINEZ   Representante DocentesRepresentante Docentes.  DANIEL COTTREL  ALBERTINA FLOREZ  Representante Padres de Familia Representante Padres de Familia  NORA ELENA POSSUAISHA VICTORIA ALVAREZ M.    Representante Padres de Familia                                     Representante Ex Alumnos   SCOTT GARET HUDGSON RODRIGUEZ Representante Alumnos
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  • 1. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES PROPUESTA DE ACUERDO No Octubre de 2009 “Por el cual la Institución Educativa Antonia Santos “El Rancho” establece el Sistema de Evaluación del Aprendizaje de los Estudiantes.” EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANTONIA SANTOS “EL RANCHO”, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES, EN ESPECIAL LAS QUE CONFIERE LA LEY 115 DE 1994, EL ARTÍCULO 23 DE SU DECRETO REGLAMENTARIO 1860 DE 1994 Y EL DECRETO 1290 DEL 2009 Y, CONSIDERANDO: Que la CONSTITUCIÓN POLÍTICA en su artículo 67, le…“Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos…” Que la Ley 115 de 1994 en su artículo 80 establece un sistema nacional de evaluación que se articula con el ICFES y las entidades territoriales, que sea base para el desarrollo de programas de mejoramiento del servicio público educativo y en su artículo 77 le confiere autonomía para organizar las áreas fundamentales, introducir asignaturas, adoptar algunas áreas de acuerdo a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el MEN. Que el Decreto 1860 en su artículo 23 literal G, señala como funciones del Consejo Directivo, participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del Plan de Estudio, someterlo a consideración de la Secretaría de Educación para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley. Que el Decreto 1860, en su artículo 24 literal A, E y F establece que el Consejo Académico es el órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del PEI, integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación, así como recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa. Que el Decreto 1290 en su artículo 2 reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos. Y en su artículo 3 establece como propósitos: Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. Determinar la promoción de estudiantes. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. Que el Decreto 1290 en su artículo 8 numeral 3, Establece que es responsabilidad del Consejo Directivo aprobar el sistema institucional de evaluación; el artículo 11 numeral 1, señala como funciones del Consejo Académico, definir, adoptar y divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes, el numeral 2, le da facultades para aprobar las estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes y el numeral 7, Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. Hoja 2 Acuerdo No. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ESTABLÉZCASE EL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL APRENDIZAJE. La Institución Educativa Antonia Santos “El Rancho”, define su sistema de evaluación y promoción del aprendizaje del estudiante como el proceso formativo de su desempeño el cual permite observar progresos o dificultades en la adquisición del conocimiento, habilidades y valores propios de las competencias a las que se apunta en las diferentes asignaturas que integran el currículo en los niveles de básica, media y educación por ciclos lectivos especiales integrales (CLEI). ARTÍCULO SEGUNDO: EVALUACIÓN. Es un proceso permanente que busca estimular la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias y del alcance de los objetivos o fines propuestos en el PEI y de manera especial en el plan de estudios y el manual de convivencia, en función de la calidad y la excelencia. 1-. Continua: es decir que se realizará permanentemente mediante el seguimiento continuo del alumno, que permita observar su progreso y/o sus dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se realizará al final de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso. 2-. Integral: es aquella que tendrá en cuenta todos los momentos pedagógicos y aspectos del desarrollo del educando, considerándolos como un todo, donde se mire el estudiante como un sujeto integral e integrado, su relación alumno-alumno, maestro-padres de familia, padres de familia- alumnos. Teniendo en cuenta los siguientes elementos: Las pruebas escritas para evidenciar el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento. La observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logros en los cuales se desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante. El diálogo con el alumno y el padre de familia, que permita complementar la información obtenida en la observación y en las pruebas escritas, que a su vez sirva como apoyo para el cumplimiento de las metas escolares. Se permitirá la autoevaluación por parte de los mismos estudiantes, y la participación de padres de familia en la evaluación de sus hijos a través de tareas formativas dejadas para la casa, y sobre las que los padres evaluarán por escrito el cumplimiento de las mismas en los cuadernos de los estudiantes. A su vez permitirá al estudiante ser autocrítico frente a las transformaciones y cambios en su comportamiento, actitudes y procedimientos ante las diversas situaciones. La co-evaluación, entendida como la interacción e integración de un grupo donde cada uno evalúa un quehacer bajo los mismos parámetros y los mismos propósitos, cuando se desarrollen pruebas escritas o conceptuales dentro del salón de clases. Conversatorios donde en un mismo espacio se puedan reunir grupos de trabajo con la intención del diálogo, realizados entre el profesor y el educando o un grupo de ellos. 3-.Sistemática: se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión de la Institución, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los desempeños, indicadores de desempeño, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes. Además esta evaluación deberá guardar un orden y secuencia teniendo en consideración la edad, nivel, condiciones y necesidades de los estudiantes. Hoja 3 Acuerdo No. 4-.Flexible: esta evaluación posibilita realizar los ajustes, como modificaciones que se consideren necesarios en la optimización de los procesos que se están implementando. Se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del alumno en sus distintos aspectos de interés, capacidades, estilos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físico, discapacidad de cualquier índole, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales. 5-.Interpretativa: se permitirá que los alumnos comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, harán reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre alumnos contra profesores o viceversa. 6-.Participativa: se involucra en la evaluación al alumno, docente, padre de familia y otras instancias que aporten a realizar unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, practicas de campo y de taller, con el fin de que alcancen entre otras las competencias de analizar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor. 7-.Formativa: esta es uno de los componentes fundamentales y básicos del proceso de aprendizaje y de la interacción en el acto pedagógico, ya que su función principal es la de retroalimentar las precisiones necesarias para conseguir aprendizajes significativos. Permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en alguna área, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento, actitudes de los alumnos en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve. Auto evaluación Coevaluación Hetero evaluación ARTÍCULO TERCERO: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. Al iniciar el año escolar los docentes de la institución realizarán un diagnóstico para identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. La utilización adecuada del diagnostico realizado por los docentes al inicio del año escolar, proporcionará información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante del INASAR. a su vez servirá de insumo para el proceso de evaluación institucional en las diferentes gestiones. En todas las evaluaciones que se haga a los alumnos, se tienen en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera: Se definen los desempeño y los Indicadores de desempeño de cada área en el respectivo grado, teniendo en cuenta los fines del Sistema Educativo, Objetivos por niveles y ciclos, Visión y Misión del plantel, Estándares básicos de competencias y lineamientos Curriculares . Se ubican las distintas actividades y formas de evaluar a los alumnos a lo largo del desarrollo del área, de tal forma que tengan correspondencias con las competencias y desempeños fijadas para todo el año escolar. Constante observación que permite identificar las características personales, intereses, ritmo de desarrollo y estilo de aprendizaje del estudiante para así valorar sus avances, en las tareas, ensayos, exámenes, comportamientos, Hoja 4 Acuerdo No. aptitudes, valores, desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral. Cada docente elabora los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza de su área, deben demostrar en su desempeño los alumnos, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlos. Se implementarán los simulacros de pruebas externas (ICFES, SABER). Proyectos. Estos formarán parte del trabajo pedagógico en el aula de clase y permitirán la valoración integral de los estudiantes en cuanto a las aptitudes, conocimientos, valores y actitudes se refiere. Diseño de actividades propias de cada asignatura que promuevan el desarrollo de las potencialidades, competencias y desempeños. Organización de actividades extracurriculares que evidencien la adquisición de destrezas y habilidades tales como: expresión, argumentación, análisis, interpretación, aplicación, actitudes, talentos etc. Elaboración de un Portafolio que muestre un archivo de los trabajos que los estudiantes van realizando a través del año escolar y que el profesor ha revisado y retroalimentado oportunamente. El diseño de evaluaciones para determinar el desarrollo de las competencias las cuales deben ser coherentes con las evaluaciones semestrales para medir el nivel de desempeño de los estudiantes deben tener los siguientes parámetros: Construir una prueba por asignatura teniendo en cuenta las competencias y desempeños trazados en cada área, estilo prueba Saber e ICFES como preparación a los exámenes semestrales. los alumnos realizan estas pruebas acompañados por sus docentes. Las pruebas semestrales se realizaran durante dos semanas: En junio las dos semanas lectivas En noviembre la segunda y tercera Los niveles de aplicación de la prueba son: Primaria, básica secundaria y media Los alumnos del grado undécimo que superen en la prueba de estado los promedios proyectados en las asignaturas como meta de mejoramiento académico en el respectivo año, aprobaran la asignatura automáticamente no importando los desempeños bajos que tengan hasta el momento. ARTÍCULO CUARTO: ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. Para efectos de la evaluación bimestral a los alumnos en cada una de las áreas, se les tendrán en cuenta los siguientes parámetros de valoración: Se harán valoraciones numéricas de cero (0) a cinco (5) en cada área, sin aproximaciones. Esta escala numérica se equivaldrá cada bimestre a la escala nacional de desempeños Superior, Alto, Básico y Bajo; por lo tanto los boletines bimestrales se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los alumnos en su desempeño integral durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento. La escala del informe final, se expedirá en los certificados definitivos también en dos columnas, una numérica de cero (0) a cinco (5) y la otra con el equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de manera descriptiva, explicativa, en lenguaje objetivo y comprensible para la comunidad educativa. El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del alumno en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los desempeños, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI. Hoja 5 Acuerdo No. Este informe final no será la suma y el promedio de los informes bimestrales, sino el análisis que el docente hace a su alumno en cuanto al rendimiento académico y formativo en todo el grado. La escala de valoración del INASAR en relación con la escala nacional será la siguiente: - Desempeño Superior 4.6 a 5.0 - Desempeño Alto 4.0 a 4.5 - Desempeño Básico 3.0 a 3.9 - Desempeño Bajo 0.0 a 2.9 Desempeño Superior (4.6 a 5.0) 91% al 100%: cuando el estudiante: Logra el máximo nivel esperado en todas las dimensiones del desarrollo humano. Demuestra excepcional habilidad en la comprensión y aplicación, en los diferentes contextos, de los contenidos curriculares propuestos en las asignaturas. Presenta actitud de respeto y tolerancia hacia sus compañeros y profesores. Es capaz de autoevaluarse de manera objetiva y busca estrategias que permitan el mejoramiento de su proceso. Aprecia y promueve con autonomía su propio desarrollo y ayuda al desarrollo de sus compañeros. Porta adecuadamente el uniforme y su presentación personal es impecable. Asiste puntualmente a sus clases y justifica sus faltas de asistencia cuando se ausenta. Se consideran ausencias justificadas las siguientes: Incapacidad médica debidamente expedida por un profesional. Ausencias por duelo familiar hasta el tercer grado de consanguinidad. Estas justificaciones deberán ser enviadas a la coordinación a más tardar un día después de que el estudiante haya retornado a clases. Desempeño Alto (4.0 a 4.5) 80% al 90%: cuando el estudiante: Demuestra un buen nivel de desarrollo en todos sus procesos de interpretación, de compresión y análisis; Es capaz de argumentar y proponer alternativas de solución a las problemáticas planteadas. Cumple a cabalidad con los compromisos y deberes con la institución. Utiliza la autoevaluación para el mejoramiento de su proceso de aprendizaje. Presenta algunas faltas de asistencia no justificadas pero estas no afectan su desempeño. Algunas veces ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia. Desempeño Básico(3.0 a 3.9) 60% al 79% cuando el estudiante: Logra los desempeños mínimos en relación con la propuesta de la asignatura alcanzando una comprensión y aplicación básica de la habilidad a desarrollar. Logra el mínimo desempeño esperado en el dominio de conocimientos de los deberes y obligaciones existentes en el manual de convivencia y los compromisos adquiridos con la institución. Presenta faltas de asistencia no justificadas que afectan su desempeño. Ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas y deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia. Hoja 6 Acuerdo No. Desempeño Bajo (0.0 a 2.9) 0 % al 59% cuando el estudiante: No alcanza el desempeño mínimo requerido en el manejo de la habilidad exigida en las competencias de la asignatura, aun ejecutando las estrategias pedagógicas para superar sus dificultades. Tiene procesos de razonamiento, con niveles de comunicación, de comprensión de significado bajos, que le impiden interpretar situaciones y resolver problemas con un mínimo grado de complejidad. Presenta falta total de interés por su desarrollo personal, de responsabilidad, cumplimiento y puntualidad en sus compromisos académicos. Presenta faltas de asistencia no justificada que afectan su desempeño. Presenta faltas de asistencia no justificada que afectan su desempeño. Con frecuencia ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia. Con frecuencia ha recibido llamados de atención por incumplimiento a las normas deberes del estudiante establecidas en el manual de convivencia. ARTICULO QUINTO: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Como la evaluación es un proceso continuo, los docentes realizarán con los estudiantes las siguientes actividades: ensayos, conversatorios, prácticas de campo, proyectos, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa.  El maestro debe: Durante el periodo el docente recopilara evidencias de producto, de desempeño y de conocimiento para valorar al final del periodo los alcances de los escolares. (Art 3: 7) Utilizar la escala numérica de 0.0 a 5.0 solo al final del periodo después de haber analizado todas las evidencias recogidas durante el proceso. Describir en forma clara y precisa la naturaleza de las dificultades en el desempeño de los estudiantes. Identificar las limitaciones y destrezas de los alumnos, para adecuar el diseño curricular a la realidad de la institución y de la comunidad educativa. Desarrollar actividades y estrategias diferentes a aquellas con las cuales el estudiante no mostró un buen desempeño. Designar alumnos monitores que tengan buen rendimiento académico y personal, para ayudar a los que tengan dificultades. Realizar actividades de nivelación para estudiantes con desempeños bajos en los momentos que el docente considere oportuno. Acuerdos con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos. PARAGRAFO: además de las estrategias anteriores se acuerda designar la última semana de cada periodo para que durante las horas asignadas a cada asignatura se reciban los trabajos, sustentaciones, se revisan las practicas de campo, los proyectos, las tareas formativas entregadas a los estudiantes con bajos desempeños en los periodos académicos. Hoja 7 Acuerdo No. ARTICULO SEXTO: PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus alumnos en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan al alumno hacer auto reflexiones y evaluaciones de carácter conceptual y formativo. Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además co-evaluaciones y etero-evaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en la clase. Con la asistencia profesional del servicio de Orientación escolar, se realizarán seminarios prácticos que induzcan y aclaren a los alumnos, la importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y limitaciones. Es importante que el docente observe con la mayor objetividad la honestidad de los estudiantes en su auto-evaluación. ARTICULO SÉPTIMO: ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. Elaborar un plan de apoyo que vincule a padres de familia y que sea coherente con la dificultad en el desempeño del alumno es decir, que apunte a desarrollar en el estudiante la competencia requerida en la asignatura. Cumplir con la fecha de entrega y ejecución del plan de apoyo establecido por la institución. Presentar un acta sobre el resultado de la valoración del plan de apoyo en el cual se exprese el nivel de desempeño y las acciones futuras en el evento que el estudiante no muestre la superación de su dificultad. El Padre de Familia Debe: Acompañar de forma activa y permanente el proceso de superación de la dificultad. Monitorear el plan de apoyo diseñado por el docente para superar la dificultad. Presentarse periódicamente a la Institución, sin ser solicitado formalmente para dar cuenta del seguimiento de su hijo, en la superación de la dificultad. El Estudiante Debe: Solicitar oportunamente, al docente, las actividades de nivelación de la asignatura con desempeño bajo. Desarrollar, entregar y sustentar en la fecha establecida las actividades solicitadas. Solicitar o aceptar el apoyo de docentes, padres y alumnos monitores. ARTICULO OCTAVO: CRITERIOS DE PROMOCIÓN. El INASAR define la promoción de los estudiantes de la siguiente manera: Alumno que alcance como mínimo el 60% del total de los desempeños esperados en las áreas será promovido al año siguiente. El alumno que al finalizar el año escolar tenga desempeño bajo (0.0 a 2.9) en una o dos áreas, quedará APLAZADO y tendrá las siguientes fechas para presentar las nivelaciones de éstas áreas reprobadas: La última semana del año escolar antes de la clausura de estudios para los alumnos del grado 9°, 11° y ciclo 6.  La semana de desarrollo institucional al inicio del año escolar antes de matricularse y en la segunda semana será definida su situación de promoción. Hoja 8 Acuerdo No. Si en esta semana de desarrollo institucional no nivela, se considera reprobado dicho grado y tendrá que repetirlo. Las actividades de nivelación son acciones o actividades de refuerzo, complementación, investigación, practicas, proyectos, elaboradas y programadas por cada profesor en su área o curso, para ser desarrolladas y demostradas por los alumnos al finalizar cada clase, unidad, ciclo, proyecto, período escolar o final del año lectivo. La nivelación de las áreas perdidas a fin de año, no se harán solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y directa del alumno ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva como formativa en su desarrollo social, personal y académico. ARTICULO NOVENO: REPROBACIÓN. El INASAR define la reprobación de sus estudiantes de la siguiente manera: El estudiante que pierda tres o más áreas con desempeño bajo (0.0 a 2.9) se considera reprobado el grado, deberá matricularse a repetirlo. No serán promovidos al grado siguiente, los alumnos que hayan dejado de asistir al plantel, el 20 % de las áreas del año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por la institución.  Los alumnos que al finalizar el año escolar obtengan en su evaluación desempeño bajo (0.0 a 2.9) hasta en dos áreas, se consideran reprobadas dichas área; en este caso el alumno deberá realizar actividades de nivelación. Los estudiantes del nivel de media técnica que no realicen y aprueben las 100 horas de practica propuestas en el plan de estudios en el grado 11. Los estudiantes del nivel de media que no realicen Trabajo social ARTICULO DECIMO: PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo, la promoción anticipada al grado siguiente de: El estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.. El alumno que repruebe al finalizar el año escolar una o dos áreas y en las fechas correspondientes haya presentado las respectivas nivelaciones, pero su desempeño sigue siendo bajo, puede aspirar a la promoción anticipada por el consejo académico durante el primer periodo académico. Según el artículo No 7 del decreto 1290 de 2009, se adopta el criterio que durante el primer periodo del año escolar el consejo académico facilitara la promoción anticipada al grado siguiente de aquellos estudiantes que al finalizar el anterior reprobaron tres áreas con desempeño bajo. Los estudiantes de noveno no podrán aspirar a la promoción anticipada, porque para ser promovidos, deben aprobar la totalidad de sus asignaturas al finalizar el año lectivo. Paragrafo1. Para los tres numerales anteriores se debe tener en cuenta: Aprobar en el primer periodo todas las áreas alcanzando los desempeños propuestos en el plan de estudios para el grado en cuestión. Asistir a todas las clases y actividades curriculares y extracurriculares planeadas en las diferentes áreas. Demostrar un excelente comportamiento en lo personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. Hoja 9 Acuerdo No. Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto los grados 9 y 11º que se debe cursar completo), aconsejarán a las comisiones la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente. Paragrafo2. Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia del acuerdo reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al alumno promovido.  ARTICULO DECIMO PRIMERO: DESIGNACIÓN DE UN SEGUNDO EVALUADOR   Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación  religiosa,  política, familiar, de  raza, venganza  u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, la comisión de evaluación y promoción podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.  ARTICULO DECIMO SEGUNDO: GRADUACIÓN   En la Institución se adelantará solamente la ceremonia de grado para los alumnos de once.  En los otros niveles y ciclos se realizará ceremonia de clausura.   El título de Bachiller se otorga a los alumnos de grado once y del ciclo 6, que hayan aprobado todos los niveles incluyendo el once y el ciclo 6 respectivamente Quienes cursaron el nivel medio de “Bachillerato Académico con profundización en artes” reciben dicho título, haciendo constar dicha profundización. Los que cursaron el nivel medio de “Bachillerato Técnico en Recreación”, se les otorga dicho título haciendo constar además en el mismo, la modalidad o especialidad que adelantaron. Si reprueba el área Técnica en cualquiera de los dos grados de la Media Técnica, no se puede graduar hasta que demuestre en la nivelación durante el año siguiente, que maneja o domina dicha área.  No se le otorga título de Bachiller Académico por no ser de la modalidad que cursó. No se recibirán alumnos a grado once de Bachillerato Técnico que vayan de cursar décimo de Bachillerato Académico. Alumnos que vayan de grado décimo de Bachillerato Técnico, pueden matricularse en once de Bachillerato Académico. El alumno que culmine el grado once y tenga áreas pendientes por nivelar y no lo haga en el tiempo estipulado en el articulo 8· del presente acuerdo, se considera perdido dicho grado y debe cursarlo nuevamente.    ARTICULO DECIMO TERCERO: CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA   Los alumnos que culminen su grado 9º y hayan aprobado todas las áreas incluyendo las de los grados anteriores, recibirán un certificado que conste la culminación de este Nivel de Educación Básica. Al culminar el nivel de la educación básica, no hay ceremonia de graduación, sino de clausura. El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es decir que no se reprueba.  En este nivel no hay ceremonia de grado sino de clausura.   Hoja 10 Acuerdo No. ARTICULO DECIMO CUARTO: PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS ALUMNOS Y PADRES DE FAMILIA. Durante el año lectivo se entregarán a los alumnos y padres de familia, cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes a cada bimestre del año escolar. Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional. Al finalizar el año lectivo, se entrega el quinto (5º) informe que será el final, el cual incluye la evaluación integral del alumno en su desempeño académico, personal y social. Las evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas, se entregan a los estudiantes en la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán previamente a la entrega de los informes bimestrales, el resultado final del bimestre, para dar tiempo a las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en la institución, antes de ser impresos los boletines informativos. ARTICULO DECIMO QUINTO: ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES. Los informes que se entregan a los estudiantes cada bimestre y el informe final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y el total de las inasistencias por periodo. En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de cero (0) a cinco (5), en la siguiente columna, la evaluación de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas descritas en el numeral 5 de este ACUERDO, y a continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y debilidades demostradas en el período o año evaluado, referida a los desempeños y competencias alcanzados. A partir del segundo periodo se anexara una última columna donde se escribirán las competencias no alcanzadas en el periodo anterior. Al finalizar el informe, se ubican unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se describe el comportamiento general demostrado por el estudiante en su proceso formativo y ético durante el período o año descrito, con sus aspectos sobresalientes o deficientes y las recomendaciones para su mejoramiento. ARTÍCULO DECIMO SEXTO: ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. El INASAR para garantizar lo establecido en este acuerdo, nombra como veedores del proceso evaluativo a los miembro del Consejo Directivo, del Consejo Académico, del Consejo Estudiantil, de la Asociación o Asamblea de Padres de Familia, estarán atentos, para divulgar, promocionar y velar por el control, seguimiento y el cumplimiento ante toda la Comunidad Educativa. Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico propone ante el Consejo Directivo, la creación de las siguientes Comisiones de Evaluación y Promoción de alumnos: Una comisión para los grados 1° a 3° Una comisión para los grados 4° y 5° Una comisión para los grados 6º y 7º Una comisión para los grados 8° y 9° Una comisión para los grados 10° y 11° Una comisión para los ciclos lectivos especiales integrados 3, 4, 5 y 6 Estas comisiones se integran con representantes de los profesores y padres de familia. Hoja 11 Acuerdo No. Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula. Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar las dificultades de los educandos. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, alumnos y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos. Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para alumnos sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con discapacidades notorias. Servir de instancia para decidir sobre aplicaciones que puedan presentar los alumnos, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendará la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales. Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el sistema institucional de evaluación definido en el presente ACUERDO. Otras que determina la institución a través del PEI. Darse su propio reglamento. ARTÍCULO DECIMO SEPTIMO: INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Los alumnos y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos: Primera Instancia: Conformada por el Docente de la asignatura, director de grupo, psico-orientadora y el coordinador. Competencias: Conocer el desempeño de los estudiantes de todos los grados resaltando los casos de alumnos que presentan dificultades, la naturaleza de su dificultad que afecta el desarrollo del proceso de aprendizaje. Citar por escrito al padre de familia para involucrarlo en el proceso de evaluación de su hijo. El coordinador envía la cita Establecer compromisos entre el alumno, el padre de familia y el profesor de la asignatura, los cuales deben estar consignados en el registro del alumno como indica el artículo 16 del decreto 1290 Segunda Instancia: Conformado por el Consejo Académico, coordinador, el profesor de la asignatura, padre de familia directamente involucrado y psico-orientador. Competencias: Atender y resolver reclamaciones de padres de familia y estudiantes en el evento que la decisión de la primera instancia no sea coherente con el proceso de aprendizaje del alumno. Modificar o ampliar la decisión tomada en la primera instancia debidamente sustentada sobre la no promoción de los estudiantes. Guardar un informe debidamente documentado sobre el desempeño del estudiante por parte del profesor de la asignatura. Establecer nuevos compromisos si es posible por parte del padre de familia y la institución con el fin de mejorar el desempeño académico del estudiante. La actuación de esta instancia se hará en caso de que haya incumplimiento de los compromisos adquiridos o decisiones tomadas en la primera instancia por parte de los interesados. Hoja 11 Acuerdo No. Tercera Instancia: conformado por Consejo Directivo y el coordinador Competencias: Conocer la situación académica y/o disciplinaria de los estudiantes por parte de la coordinación Elaborar un acta cuando el recurrente interesado acuda a esta instancia una vez agotada la actuación de las instancias anteriores. Citar al padre de familia para comunicar la decisión tomada y si es posible establecer nuevos compromisos. Pronunciarse ante la promoción anticipada del alumno, previo consentimiento del padre de familia y aprobación del Consejo Académico durante el primer periodo del año escolar. Dicha decisión será consignada en acta y si es positiva en el registro escolar del alumno (artículo 7º del decreto 1290) ARTICULO DECIMO OCTAVO: MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN. El presente Sistema Institucional de evaluación, fue consultado previamente con representantes de los profesores, padres de familia y estudiantes y se recibieron las sugerencias, quedando organizado tal como se aprueba en este ACUERDO. Hoja 10 Acuerdo No. Previo a lo anterior se hizo conocer la propuesta a los miembros del Consejo Directivo y del Consejo Académico en reuniones directas de socialización. El Consejo Académico fue el encargado de hacer el análisis de la propuesta, divulgarla y recibir las sugerencias de las instancias mencionadas anteriormente. Por último, se efectuó una reunión entre el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución, en la que estuvieron los representantes de las Directivas, profesores, padres de familia, alumno, ex alumno y representante del sector productivo, para aprobar el Sistema Institucional de Evaluación del Aprendizaje de los Estudiantes que tendrá vigencia por el presente año de 2010. ARTÍCULO DECIMO NOVENO: VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir del 1 de enero de 2010. Las adiciones o modificaciones a este ACUERDO, se pueden hacer en cualquier época del año, previo estudio y aprobación del Consejo Directivo. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en San Andrés Isla, Octubre de 2009 Esp. SABINA BROCK LIVINGSTONSIOMARA AMUD GOMEZ Rectora Representante Docentes ANA ELCY GALLEGO CASTRILLON LINA M. ALANDETE MARTINEZ Representante DocentesRepresentante Docentes. DANIEL COTTREL ALBERTINA FLOREZ Representante Padres de Familia Representante Padres de Familia NORA ELENA POSSUAISHA VICTORIA ALVAREZ M. Representante Padres de Familia Representante Ex Alumnos SCOTT GARET HUDGSON RODRIGUEZ Representante Alumnos