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INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08
APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06
Calarcá – Quindío
INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO
CALARCA QUINDIO
SISTEMA DE EVALUACION Y PROMOCION DE EDUCANDOS DE LA
INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO DE CALARCA QUINDIO
PRESENTACION
En virtud de la autonomía escolar establecida en la ley 115 de 1994 y el decreto 1290 de
2009, presentamos el siguiente documento en cuyos capítulos se sintetizan las inquietudes
y participación de toda la comunidad educativa de las Sedes: Eduardo Norris, Segundo
Henao y Policarpa Salavarrieta del municipio de Calarcá Quindío, en torno a un tema tan
trascendental como lo es la evaluación y promoción de los alumnos matriculados en la
institución.
En este sentido, lo reglamentado en materia de evaluación y promoción para la Institución
Educativa Segundo Henao cobija a todos los estudiantes, docentes, directivos docentes,
padres de familia y estamentos que hacen parte activa de la institución.
Contiene:
I. Conceptos, Objetivos, definición y aspectos que comporta la evaluación y promoción de
educandos.
II. Propósitos de la Evaluación
III. Los criterios de Evaluación y promoción
IV. Evaluación de estudiantes con Barreras para el aprendizaje y la participación
V. Evaluación de alumnos del Nivel Preescolar
VI. La escala de Valoración Institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional.
VII. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes
VIII. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes
durante el año escolar.
IX. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
X. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes de la institución
cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el presente sistema de evaluación.
XI. Periodicidad y entrega de informes a padres de familia
XII. La estructura de los informes de los estudiantes para que sean claros, comprensibles, y den
información integral del avance en la formación.
XIII. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamos presentados
por padres de familia y estudiantes sobre evaluación y promoción.
XIV. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema
de evaluación de los estudiantes
XV. Jornada Unica
XVI. Ajustes
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CAPITULO I
CONCEPTOS, DEFINICIÓN Y ASPECTOS QUE COMPORTA LA
EVALUACION Y PROMOCION DE LOS EDUCANDOS
Artículo 1º: FUNDAMENTACION:
- Ley 115 de 1994
- Resolución 2343
- Decreto 1290 de 2009
- Manual de Convivencia institucional
- Planes de mejoramiento
- Decreto 366 de 2009 ( inclusión educativa)
Artículo 2º OBJETIVOS:
1. Formular e implementar un sistema de evaluación y promoción para los
estudiantes de la institución que tenga como bases los referentes legales y el
contexto en el cual se circunscribe la institución.
2. Definir el concepto de evaluación enmarcado dentro del modelo Aprendizaje
significativo de Ausubell.
3. Establecer criterios, escala de valoración integral, proceso e autoevaluación,
heteroevaluación y coevaluacion , al igual que estrategias de superación y
recuperación de logros en el desempeño de los estudiantes de los distintos
niveles que tiene la institución.
4. Difundir, socializar y comunicar a los padres de familia y acudientes de los
estudiantes el debido proceso de valoración de los mismos, así como el
proceso de promoción.
5. Brindar a la población infantil y juvenil en situación de vulnerabilidad y
discapacidad la oportunidad de participar en los procesos de aprendizaje a
través de la implementación de adaptaciones curriculares y pedagogías
inclusivas.
6. Definir niveles de logro y competencias que deben alcanzar los estudiantes en
cada grado de la escolaridad.
Artículo 3º DEFINICION DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y
PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES
Implementar un sistema de evaluación y promoción de educandos obliga a la reflexión
permanente sobre el quehacer educativo, sobre las prácticas pedagógicas y procesos
curriculares, en los cuales se incluye la evaluación, así mismo sobre los conceptos y
definiciones que llevan al entendimiento, comprensión e implementación del mismo.
La relación entre educación y evaluación cobra cada vez más importancia, de hecho, su
articulación redefine el diseño de políticas públicas en la materia, pues permite la revisión
de la gestión, la dirección y gobierno de las instituciones educativas, sus procesos da
aprendizaje, su funcionamiento, su organización y sobre todo el flujo de información y las
interacciones que desde allí se establecen en una gran diversidad de actores y procesos
sociales.
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Es un conjunto de mecanismos y procedimientos esenciales y particulares que garantizan un
proceso de enseñanza- aprendizaje coherente con el modelo pedagógico adoptado en cada
institución educativa.
Artículo 4º: Definición de Evaluación:
Evaluar es un proceso continuo, flexible, integral, participativo, dinámico y sistemático
orientado hacia cambios de formas de concebir la realidad y mejorar el rendimiento, el cual
se realiza con el fin de establecer el grado de obtención de logros y el nivel de desarrollo de
las capacidades y competencias que los estudiantes deben adquirir, de acuerdo con los
estándares propuestos por el MEN.
Es dialogar, reflexionar sobre el proceso enseñanza- aprendizaje, ya que es una parte
integral de dicho proceso.
Las normas consagradas en la ley 115 de 1994 y el decreto 1290 de 2009 crean mecanismos
para que la evaluación de los estudiantes sea entendida no como una simple comprobación
de lo aprendido, sino como la valoración de cómo se aprendió, es decir, evaluar implica
contribuir al mejoramiento de la calidad educativa al evaluar logros y competencias en los
estudiantes.
Por ello, Evaluar implica evaluar aprendizajes, acción docente, contextos físicos, programas,
planes de estudio, currículos y el mismo proceso evaluativo.
La evaluación hace parte integral de una buena enseñanza, porque no es posible concebir un
sistema de enseñanza sin evaluación, así, una mejora en la propuesta de enseñanza, lleva
implícito un cambio significativo en los modos de entender y realizar la evaluación.
La evaluación aporta al docente un mecanismo de autocontrol que le permite la regulación
y el conocimiento de los factores o problemas que llegan a promoverse o a perturbar dicho
proceso.
Sin evaluación no podríamos determinar la eficacia de la acción docente y de los
procedimientos de enseñanza utilizados. La información que provee la evaluación posibilita
argumentos para proponer mejorar y correctivos.
Evaluar no apunta a simple ponderación del rendimiento académico de los educandos, sino
a la revisión de la globalidad del proceso de aprendizaje, de las prácticas docentes y en fin
de qué hacer de la institución educativa.
El proceso evaluativo cobra sentido en la medida en que se pone a prueba la eficacia y la
posibilidad del perfeccionamiento de la acción docente, así, la evaluación termina
trascendiendo el aula de clases y se constituye en elemento de reflexión para mejorar el
currículo, las tareas institucionales y las transferencias de habilidades y conocimiento.
Artículo 5º: EVALUACION CONTINUA y SUMATIVA
Es decir, que se realizará en forma permanente, haciendo seguimiento al alumno, de manera
que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de
formación. Se hará al final de cada tema, de cada unidad, y al finalizar cada período, los
cuales se sumarán y promediarán al finalizar el año lectivo, valoración que debe ser igual o
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superior a 3.0 en cada una de las áreas, para declarar la promoción. En caso de presentar
habilitación de áreas la nota debe ser igual o superior a 3.0
Artículo 6º: EVALUACION INTEGRAL:
Es aquella que tiene en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del alumno,
no sólo evaluaciones de conocimientos, sino de actitudes, aspectos sociales, personales,
habilidades, competencias, particularmente lo establecido en el decreto 1290 de 2009: lo
cognitivo, es decir aquellas competencias específicas de áreas, asignaturas y proyectos; lo
personal, enmarcado en la presentación personal del estudiante en aspectos de porte de
uniforme, puntualidad, responsabilidad, pertenencia, respeto y demás valores humanos
determinados en el P.EI; en lo social se valorará la relación del estudiante con compañeros,
comunidad educativa, su trato cortés y respetuoso a los demás, la apropiación de normas de
convivencia escolar y relación con el entorno y cuidado del medio ambiente, tanto a nivel
escolar como general.
Las planillas de evaluación que diligencia cada docente debe contener por cada evaluación
los tres aspectos y promediar la nota, de manera que al finalizar el período académico, solo
tome los promedios de cada evaluación.
En cuanto a la evaluación de conocimientos se dará prioridad a aquellas que permitan la
consulta de textos, notas, solución de problemas o situaciones, ensayos, análisis,
interpretación, proposición, conclusiones, portafolios, mapas conceptuales, informes de
salidas de campo, laboratorios, conversatorios etc.
Artículo 7º: EVALUACION SISTEMATICA: Se realizará la evaluación teniendo en
cuenta principios pedagógicos y que guarde relación con los fines y objetivos de la educación,
visión y misión de la institución, estándares de competencias de las diferentes áreas logros e
indicadores de logro, Derechos básicos de aprendizaje, lineamientos curriculares y estructura
científica de las áreas, contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de
formación integral de los estudiantes.
Artículo 8º: EVALUACION FLEXIBLE: Se tienen en cuenta los ritmos y estilos de
aprendizaje de los estudiantes, sus características y necesidades individuales, aspectos de
interés y motivaciones, capacidades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, social.
En la evaluación diagnóstica inicial de comienzos del año, se consolidarán los principales
aspectos de la población escolar por grupo, de manera que se constituya en el principal
insumo para la evaluación integral que se aplicará durante el año escolar. En esta evaluación
se consignarán aspectos y características personales, destrezas, posibilidades, limitaciones,
así se podrá hacer de la evaluación un instrumento para garantizar la inclusión escolar.
Artículo 9º: EVALUACION FORMATIVA: Permite reorientar los procesos y
metodologías educativas, hacer de la evaluación una herramienta pedagógica para generar
reflexión académica en la institución, para identificar dificultades de aprendizaje en los
estudiantes y mejorar de esta forma las prácticas pedagógicas.
Artículo 10º COMPETENCIAS:
Son un conjunto de conocimientos, actitudes, disposiciones y habilidades ( cognitivas,
socioafectivas y comunicativas) relacionadas entre sí, para facilitar el desempeño flexible y
con un sentido de actividad en contextos relativamente nuevos y retadores.
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La competencia implica conocer, saber, ser y hacer.
Artículo 11: NIVELES DE COMPETENCIA: Son umbrales teóricos establecidos como
puntos de referencia para describir el progreso de los estudiantes y fijar algunas metas de
la enseñanza; como tal, son susceptibles de modificar, ampliar o cambiar.
Artículo 12: ESTANDARES: Criterios públicos que permiten conocer lo que deben
aprender los niños, niñas y jóvenes establecen el punto de referencia de lo que deben estar
en capacidad de saber y saber hacer en contextos y en cada una de las áreas y niveles.
Los estándares promueven equidad e igualdad de oportunidades porque todos aprenden
independiente de su condición social, económica y cultural.
Deben ser conocidos por toda la sociedad..
Establecen referentes de calidad porque permiten alcanzar objetivos y fines.
Artículo 13. DERECHOS BÁSICOS DEAPRENDIZAJE: Son competencias básicas que
debe adquirir un estudiante en cada área de formación disciplinar. Son emitidos por el MEN
y deben estar incluidos en cada planeación-
Artículo 14: PRINCIPIOS ETICOS DE LA EVALUACION
Como en todos los protocolos y en todos los procesos donde se involucren actores,
profesiones y las acciones repercutan positiva o negativamente sobre otros seres, es
necesario fijar algunos principios éticos que permitan medir las consecuencias de los actos
y asumir responsabilidades. Por ello, se establecen los principales principios éticos frente a
la evaluación de los aprendizajes en la institución:
1. El estudiante debe saber sobre QUE se le va a evaluar.
2. Debe saber COMO y CON QUE instrumentos se le va a evaluar.
3. Debe saber CON QUE parámetros se le va a evaluar
4. Saber de CUANTO TIEMPO dispondrá para realizar su trabajo de evaluación
5. Recibir la devolución de la corrección en un tiempo no superior a dos días
6. Tiene derecho a conocer las razones de la calificación o evaluación obtenida.
7. Tiene derecho a comprender las razones de sus errores
8. Tiene derecho a intentar corregir sus errores con las orientaciones de su evaluador
9. Debe permitírsele participar y reflexionar sobre su proceso de evaluación
10. Tiene derecho a presentar reclamaciones y a que le sean resueltas oportunamente
dentro de los criterios institucionales.
CAPITULO II
Artículo 15: PROPOSITOS DEL SISTEMA DE EVALUACION Y PROMOCION
1. Hacer de la evaluación una herramienta para potenciar y mejorar procesos educativos
y lograr altos estándares de calidad en la gestión académica de la institución, siendo
instrumento sensible a las diferencias , para que todos los niños y niñas independiente
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de su origen y condición social tengan las mismas oportunidades educativas,
convirtiéndose en herramienta de inclusión social.
2. Brindar información sobre el modo como se lleva a cabo la labor docente, generando
espacios de reflexión sobre la finalidad y prácticas de evaluación y el modo como se
pueden vincular los estudiantes en dicho proceso.
1. Adecuar prácticas pedagógicas para hacerlas más efectivas según los estilos, ritmos
y necesidades de aprendizaje de los estudiantes.
2. Evaluar la efectividad del sistema de enseñanza empleado por los docentes de la
institución y mejorar las prácticas de responsabilidad en los procesos y resultados.
3. Contribuir a la construcción de conocimiento, proporcionando información que
permita retroalimentar el proceso Enseñanza- aprendizaje
4. Identificar área prioritarias de intervención para su mejoramiento.
5. Retroalimentar el currículo y el plan de estudios, aportando información que permita
la formulación de planes de mejoramiento.
6. Apoyar decisiones y programas de capacitación docente
7. Promover la responsabilidad efectiva de todos los actores involucrados en el proceso
educativo, incluyendo los propios alumnos.
8. Determinar dificultades de aprendizaje de los estudiantes.
9. Permitir la posibilidad de estructurar formas de evaluación pertinentes y creativas.
10. Generar un tono emocional de satisfacción en los estudiantes.
11. Facilitar la revisión continua del plan de estudios de manera que responda a
expectativas educacionales y sociales del contexto en el cual se circunscribe la
institución.
12. Promover la equidad al seno del aula, humanizando la evaluación, como medio de
combatir la desmotivación y la desesperanza.
13. Recuperar la función pedagógica de la evaluación al cumplir la misión de orientar y
mejorar procesos de enseñanza- aprendizaje de acuerdo con los objetivos marcados,
permitiendo detectar dificultades o bloqueos para fijar estrategias de enseñanza que
permitan mejorar desempeños de los estudiantes.
14. Permitir la promoción de estudiantes entre grados, niveles y ciclos, cumpliendo así,
su función social.
CAPITULO III
CRITERIOS DE EVALUACION
Artículo 16: Criterios de Evaluación: Los criterios de evaluación responden a la pregunta
QUE EVALUAR, COMO EVALUAR, CUANDO EVALUAR, se evalúa por tanto el
desempeño del estudiante, el progreso entendido como la relación entre el rendimiento actual
y el anterior, como lo mínimo que se les debe exigir y a la vez establecer el grado de
aprendizaje que se espera hayan alcanzado de acuerdo con las competencias planteadas en
cada una de las disciplina.
El criterio es la variable que mide la ejecución de una tarea , es el saber ser ( personal); el
saber conocer ( cognitivo); saber hacer ( desempeño); y el saber convivir ( social); son
indicadores para determinar los aprendizajes que deben conseguir los estudiantes, finalizada
una unidad didáctica de aprendizajes.
Los criterios devaluación son instrumentos con los que se evalúa, estos son: exposición
temática, resolución de problemas, pruebas de actuación, mapas conceptuales, trabajos
escritos, debates, portafolios, evaluaciones escritas etc.
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Los criterios de evaluación exigen que el docente tenga un conocimiento profundo y global
del área a evaluar, cumplir principios éticos, definir criterios cualitativos y tomar decisiones
acertadas.
Artículo 17: CRITERIOS DEFINIDOS
La evaluación se debe dar al iniciar un año lectivo, esto es evaluación Inicial o diagnóstica,
la cual corresponde al conjunto de valoraciones de los procesos de todos los estudiantes que
ingresan al comenzar el año o a un determinado período escolar y los provenientes de otros
calendarios del país, el docente debe diligenciar el formato respectivo.
Igualmente debe darse durante el proceso, es decir FORMATIVA, la cual privilegia la
formación integral del estudiante, teniendo en cuenta las dimensiones del desarrollo humano
en valores como: respeto, responsabilidad, tolerancia, solidaridad, honestidad, compromiso
y demás valores institucionales, transversalizando áreas y proyectos de la ley general de
educación.
El comportamiento social en cada período, será evaluado por parte del director de grupo
teniendo en cuenta los informes recibidos de los demás docentes y directivos y atendiendo
comportamientos, cumplimiento de normas para el período respectivo, proceso que se
realizará tanto en primaria como en secundaria.
Al finalizar cada período y al finalizar el año se debe hacer EVALUACION SUMATIVA:
Es el conjunto de valoraciones de los procesos como resultado del desempeño académico,
personal y social, determinado la promoción o reprobación, sumados y promediados los
cuatro períodos.
EVALUACION CONTINUA: correspondiente a las prácticas académicas, valoraciones
personales y sociales, que permiten valorar los progresos y las dificultades que las y los
estudiantes presenten a diario en su desempeño.
EVALUACION POR PROCESOS: Oportunidad que tiene el estudiante para corregir sus
errores y trabajar con compromiso cada período para mejorar el anterior.
Artículo 17: CRITERIOS DE PROMOCION
CONCEPTO Criterios de promoción
Es un acto administrativo que permite determinar el paso de un estudiante de un grado a
otro superior, por decisión de los estamentos correspondientes y a partir de criterios
existentes.
Artículo 18: PROMOCION:
Los estudiantes que alcancen un desempeño Básico, Alto o superior en cada una de las áreas,
serán promocionados al grado siguiente o proclamados Bachilleres, para el caso del grado
11º, con los demás requisitos consagrados en la ley y en el P.E.I ( servicio social, proyectos
pedagógicos).
Estudiantes que pierdan un área o dos tienen derecho a presentar habilitación dentro de la
misma vigencia escolar, de manera que se pueda definir el año lectivo. Para considerar
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aprobado el año debe obtener una valoración igual o superior a 3.0. las áreas cuyo resultado
fue inferior a 3.0 al efectuar la sumativa y respectivo promedio y que no superen dos(2) son
las que puede habilitar, de lo contrario se determina su reprobación.
Artículo 19: NO PROMOCION:
Un estudiante de la institución no será promovido cuando suceda una de las siguientes
causales:
1. Estudiante que después de presentar habilitación no obtenga como mínimo 3.0 en su
evaluación.
2. Quien haya obtenido valoración final inferior a 3.0 , correspondiente a la escala
nacional en BAJO en tres o más áreas al sumar los promedios de los cuatro períodos.
3. El estudiante que haya dejado de asistir injustificadamente al 25% o más de las
actividades curriculares previstas para el año escolar.
4. Estudiantes de grado Undécimo que no hayan cumplido con el servicio social
estudiantil de acuerdo con el P.E.I
5. Los estudiantes de 11º para obtener su graduación deben aprobar todas las
áreas, proyectos y asignaturas.
6. Estudiantes que en la valoración final de comportamiento social tengan promedios
inferiores a 3.0( básico)
Para el caso de áreas con varias asignaturas, se promedian sus resultados al finalizar cada
período y el año escolar, de acuerdo con el artículo 21 del presente acuerdo.
Parágrafo 1: Para los grados 10° y 11° las áreas optativas o de articulación para la
formación laboral SENA cumplen con los mismos criterios de las demás áreas del plan
de estudios , para aprobación o reprobación, teniendo en cuenta que cada una
conforma un área individual. Para el caso de 10° tres áreas y tres para el grado 11°, con
la observación de que para titularse como Técnico, debe obtener valoración igual o
superior a 4.0 en cada área de articulación.
Parágrafo 2: En el caso de perder un área que tenga varias asignaturas, para efectos
de habilitación, el estudiante deberá presentar examen de la asignatura que obtuvo en
promedio nota inferior a 3.0 , si se presenta el caso de obtener nota inferior a 3.0 en
cada una de las asignaturas, deberá presentar un examen por cada una.
Artículo 20: ESTRATEGIAS PEDAGOGICAS DE APOYO
Con el fin de mejorar los desempeños escolares de estudiantes con NEE , el docente de cada
área formulará su plan de mejoramiento y adaptaciones curriculares. en el cual incluirá
estrategias de apoyo en el aula, tales como padrinos, metodologías cooperativas, entre otras,
de manera que el estudiante pueda adquirir sus conocimientos y ser evaluado conforme a las
metas personales.
Los demás estudiantes deberán participar en todas las actividades previstas en cada área y
trabajar para mejorar las deficiencias que se evidencien en cada período, ya que las
valoraciones obtenidas en cada período se suman y promedian al finalizar el año, en caso de
ser inferior a 3.0, en una o dos áreas, tendrá derecho a presentar habilitación, y debe
aprobar(las) para considerar su promoción.
El examen de habilitación contendrá aspectos generales y competencias específicas del grado
y área a presentar.
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Cuando un estudiante con excusa justificada- médicas, de calamidad,- no pueda asistir, tendrá
derecho a que se le reprograme evaluaciones o trabajos presentados durante su ausencia.
ARTICULO 21 : VALORACION DE AREAS y ASIGNATURAS
Para definir promoción escolar de áreas con varias asignaturas, se tendrán en cuenta los
siguientes parámetros:
Se promedian sus resultados al finalizar el año escolar, así, las cuales se promedian por
encima de valoración 3.0 en cada una.
CIENCIAS NATURALES EN LA MEDIA
Asignaturas: Química 40%
Física 40%
Ed. Ambiental 20%
Para el caso de los grados de básica primaria y secundaria, el porcentaje es el siguiente:
CIENCIAS NATURALES: 60%
Educación Ambiental 40%
HUMANIDADES
Español 50%
Inglés 50%
SOCIALES:
Geografía: 40%
Historia : 40%
Constitución:20%
MATEMATICAS 60%
Estadística 20%
Geometria 20%
La educación financiera se evalúa como asignatura independiente.
Cuando en algún grado solo se establezcan en el plan de estudios 2 asignaturas de Sociales,
se le dará un valor porcentual de 50% a cada una.
Si el caso es de una sola asignatura de un área en un grado determinado, ésta tendrá un valor
del 100%.
Artículo 22: SEGUIMIENTO Y CONTROL A PROCESOS DE EVALUACION Y
PROMOCION DE ESTUDIANTES
Para efectos del control de la superación de los procesos educativos por parte de los
estudiantes , se adoptan los siguientes instrumentos, los cuales hacen parte de los libros
reglamentarios de docentes y de la institución:
- Formato de registro de evaluación diagnóstica ( Inicial) donde están incluidos todos
y cada uno de los estudiantes.
- Formato de seguimiento a los procesos ( para diligenciar permanentemente) en los
aspectos: cognitivo, social y personal.
Formato de seguimiento y acompañamiento para estudiantes con discapacidades o
barreras para la participación.
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- Reportes a Comité interdisciplinario de evaluación y promoción.
- Cumplimiento de recomendaciones y sugerencias hechas por la comisión
interdisciplinaria de evaluación.
Todos los docentes, directivos, administrativos, estudiantes y padres de familia deberán
conocer en profundidad la función de cada uno de estos instrumentos y verificar el
cumplimiento de los mismos.
Artículo 23: PROMOCION ANTICIPADA:
El Consejo Académico recomendará al Consejo Directivo. durante el primer Período escolar,
previo consentimiento de los padres de familia, la promoción anticipada de estudiantes que
demuestren un rendimiento superior, tanto en lo cognitivo, personal, como social en el
marco de las competencias básicas del grado que cursa.
La petición la presenta ante el consejo académico ,el director de grupo con conocimiento
suficiente y escrito del rendimiento del estudiante en el grado respectivo.
Los docentes del grado al cual es promovido el estudiante deben comprometerse con
nivelarlo en temáticas que hayan cursado los estudiantes en ese primer período, siempre con
el compromiso del estudiante y el padre de familia.
Nota: En todo caso un alumno no podrá ser promovido con anticipación por más de una vez
durante un año escolar, en preescolar no hay promoción anticipada.
Un estudiante de grado 11º debe cursar el grado completo.
CAPITULO IV
EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES CON NEE
Artículo 24: EVALUACION Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES CON BARRERAS
PARA EL APRENDIZAJE
En el marco de la educación inclusiva y la equidad en el ingreso y la permanencia de
estudiantes, con barreras y limitaciones para el aprendizaje, es necesario adoptar un sistema
de evaluación que tenga en cuenta sus prioridades y necesidades específicas de acuerdo con
la caracterización que se haya hecho al iniciar el año lectivo.
Su evaluación se basará en el análisis de procesos logrados, de acuerdo con las adaptaciones
curriculares formuladas para cada área y grado, teniendo en cuenta el proyecto personalizado
que se cumple para cada estudiante.
La realización de adaptaciones curriculares de acuerdo con las necesidades específicas de
cada estudiante serán responsabilidad del docente del área o grado y del docente de apoyo
con la participación de los padres de familia de cada uno de los estudiantes, de igual manera,
la decisión de promover estudiantes con NEE, se cumple con la participación de los mismos
actores, determinando la consecución de estándares básicos para esta población, la exigencia
se hará de acuerdo con sus adaptaciones,
Para el caso de estudiantes con NEE que cursan el nivel secundario o de media, deberán
reunirse todos los docentes que le orientan cada área con el docente de apoyo y el padre de
familia.
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Los estudiantes sordos no tendrán obligatoriedad de cursar el Inglés, ya que se constituiría
en su tercera lengua, para ellos el área de Humanidades está integrada únicamente por
Castellano.
CAPITULO V
EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES DEL NIVEL PREESCOLAR
Artículo 25: EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES DEL NIVEL
PREESCOLAR
La evaluación de estudiantes de preescolar hará énfasis en las dimensiones que en este nivel
se trabajan.
Los informes de estudiantes de Preescolar que se emitan cada período no contendrán escala
numérica ni valorativa equivalente a la nacional, contendrá juicios descriptivos del nivel de
desarrollo en cada una de las dimensiones con las recomendaciones que deben tenerse en
cuenta para el mejoramiento individual o social del niño.
Dentro de las estrategias de evaluación se dará prioridad al juego, las rondas, ejercicios de
motricidad fina y ejercicios de atención.
No existe reprobación del nivel de Preescolar, sin embargo debe garantizarse el desarrollo
de las dimensiones y competencias básicas para el nivel, al igual que se debe cumplir con el
75% de asistencia a las actividades previstas para el año escolar, de lo contrario se reprueba.
CAPITULO VI
ESCALAS DE VALORACION
Artículo 26: ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y ESCALA
NACIONAL
El sistema institucional de evaluación contendrá aspectos numéricos de 1 a 5, los cuales se
equiparán en la escala nacional así:
0 a 2.99 Desempeño BAJO
3 a 3.99 Desempeño BASICO
4 a 4.49 Desempeño ALTO
4.5 a 5.0 Desempeño Superior
Un estudiante se hace acreedor a Desempeño Superior si su promedio por período o al
finalizar el año escolar se encuentra entre 4.5 y 5 respectivamente.
Artículo 27: DESEMPEÑO SUPERIOR:
Para que un estudiante sea evaluado en su desempeño como Superior deberá cumplir con
los siguientes requisitos:
a. Asistencia excelente, y cuando requiere faltar presenta excusas justificadas,
sin que por ello se vea mermado su rendimiento académico.
b. Alcanza del 92 al 100% en la valoración de sus procesos cognitivos,
formativos, y sociales, sin actividades de recuperación.
c. Cumplimiento de normas institucionales, comportamiento y convivencia con
las personas de la comunidad educativa en un nivel excepcional.
d. Desarrolla actividades curriculares y extracurriculares que superan las
expectativas esperadas.
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e. Manifiesta sentido de pertenencia por la institución.
f. Participa activamente en las actividades curriculares y extracurriculares.
g. Valora y promueve autónomamente su proceso formativo integral.
Artículo 28: DESEMPEÑO ALTO:
Para que un estudiante obtenga una calificación en ALTO deberá lograr calificaciones que
oscilen entre 4 a 4.49 , para ello deber cumplir con los siguientes requisitos:
a. Alcanzar todas las competencias propuestas para el grado o nivel.
b. Manifestar sentido de pertenencia por la institución.
c. Reconocer y superar dificultades
d. Desarrollar y cumplir con todas las actividades curriculares y extracurriculares
propuestas.
e. Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo.
f. Cumple con las normas institucionales, observa buen comportamiento y convivencia
armónica con los miembros de la comunidad educativa.
Artículo 29: DESEMPEÑO BASICO
Un estudiante es evaluado con desempeño básico cuando cumple los siguientes requisitos:
a. Sus calificaciones numéricas oscilan entre 3.0 y 3.99
b. Supera los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y
fundamentales, teniendo como referentes los estándares básicos, los derechos básicos
de aprendizaje, las orientaciones lineamientos expedidos por el MEN y el proyecto
Educativo Institucional.
c. Alcanza todas las actividades y competencias propuestas con actividades de refuerzo
y superación.
d. Presenta faltas de asistencia justificadas e injustificadas.
e. Ha tenido llamados e informes de comportamiento leves.
f. Desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.
g. Manifiesta sentido de pertenencia por la institución.
Artículo 30: DESEMPEÑO BAJO:
Un estudiante es evaluado con desempeño bajo cuando se presente alguno de los
siguientes aspectos:
a. Sus evaluaciones numéricas son inferiores a 3.0
b. No supera los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y
fundamentales , teniendo como referente estándares básicos, orientaciones y
lineamientos expedidos por el MEN, derechos básicos de aprendizaje y el Proyecto
Educativo Institucional.
c. Hay incumplimiento y falta de compromiso para el desarrollo de las actividades
curriculares previstas en el plan de estudios para el grado respectivo.
d. Presenta faltas de asistencia injustificadas que superan el 25% del tiempo total
previsto para el año lectivo.
e. No cumple con las normas y reglas institucionales.
f. Presenta dificultades de convivencia y comportamiento ( valoración social)
g. No alcanza indicadores de logro ni competencias básicas requeridas para un
determinado período académico.
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CAPITULO VII
ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES
Artículo 31: definición:
Son acciones que permiten la coherencia con los logros de aprendizaje , la disciplina de cada
área, el marco curricular nacional (estándares) y permiten al estudiante comprobar lo
aprendido.
La evaluación Se fundamenta en reconocer la diferencia en loa ritmos de aprendizaje y darle
las oportunidades para avanzar en el proceso educativo según sus capacidades y aptitudes.
Esta valoración es integral y se apoya en estrategias de:
 Artículo 32:
- Promoción de cambios en la cultura de la evaluación escolar, intentando que los
alumnos perciban la evaluación como una ocasión para aprender y corregir.
- Disponer de una diversidad de opciones e instrumentos de evaluación, no centrarse
en exámenes que miden conocimientos factuales o evaluaciones sumarias.
- Brindar información cualitativa de las evaluaciones para que el alumno sepa lo que
necesita corregir o aprender.
- Acompañar la comunicación de los resultados con mensajes pertinentes para
optimizar la confianza del alumno en su potencial.
- Fomentar la autoevaluación del aprendizaje y respetar la confidencialidad de la
evaluación personal.
- Evitar la comparación de unos con otros y acentuar la propia comparación para
maximizar la constatación de los avances.
- Diseñar evaluaciones que no sólo permitan saber el nivel de conocimiento del
alumno, sino en caso de mal desempeño, conocer las razones del fracaso.
- Poner énfasis en la evaluación de procesos y evaluar la significatividad de los
aprendizajes.
- Utilizar las TICs como instrumentos pedagógicos en cada una de las áreas para
facilitar aprendizajes significativos en los estudiantes.
 Artículo 33: Autoevaluación: Es el reconocimiento y comprobación que hace el
propio estudiante sobre su aprendizaje, es un elemento valioso para impulsar la
formación integral, con ellos se logra incentivar la autoestima, despertar sentido de
responsabilidad, afianzar autonomía, además incita al estudiante para valorar su
propio desempeño con honradez y honestidad, llevándolo a reconocer sus propias
capacidades, aciertos y desaciertos y a trabajar por superar sus dificultades.
Debe valorarse con referencia a los propósitos de formación, a los criterios de
desempeño, los saberes esenciales y las evidencias requeridas.
Lo instrumentos que se utilizan en la autoevaluación son el portafolio de evidencias,
pruebas de actuación, instrumentos de asistencia, lista de chequeo, participación en
actividades institucionales, tanto académicas como no académicas.
Para promover la autoevaluación, se debe buscar el acompañamiento de la orientación
escolar, de manera que los estudiantes construyan espacios de reflexión y análisis de
sus propios avances.
 Artículo 34: Coevaluación: Es la valoración colectiva donde participan todos los
integrantes del grupo, ellos mismos determinan los avances y las dificultades que los
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estudiantes han presentado en el alcance de las competencias y estándares previstos
para cada grado, acordando estrategias de mejoramiento con el fin de superar los
desaciertos y aplicar técnicas de corrección recíproca en el grupo, teniendo como base
el diálogo.
Los instrumentos que se pueden usar en la coevaluación son actas de reunión de
grupo, debates, exposiciones temáticas, registro de resolución de problemas, pruebas
de actuación y encuestas.
La coevaluación permite la retroalimentación, genera clima de confianza y posibilita
el aprendizaje desde la crítica constructiva que hace el mismo grupo respecto a sus
avances y logros.
 Artículo 35: Heteroevaluación: Es la actividad dirigida por el docente para conocer
el nivel de desempeño de cada estudiante, tanto a nivel individual como en el grupo.
Los instrumentos a utilizar en la heteroevaluación son la observación, la entrevista,
el cuestionario por competencias, evaluaciones tipo ICFES, técnicas psicométricas (
test), diagramas de información, mapas mentales y conceptúales, informes escritos
de cuerdo a la tipología textual ( síntesis, resúmenes, informes, ensayos) etc.
 Artículo 36: Para estudiantes de grado Undécimo, además serán tenidos en cuenta
los resultados de desempeño de las pruebas ICFES :
- En el caso de lograr 60 puntos o más en la evaluación de un área, será exonerado
de recuperaciones pendientes del área, siempre y cuando no excedan dos períodos.
- En el caso de no tener recuperaciones pendientes, se exonerará de presentación de
evaluaciones posteriores a la entrega de los resultados.
En ningún caso se podrá dar aplicabilidad a las dos opciones a la vez, es decir: se
exonera de recuperaciones o se exonera de evaluaciones posteriores.
Las actividades de preparación para pruebas SABER programadas en contrajornada
serán de carácter obligatorio, y su asistencia y participación proactiva tendrá un valor
del 30% de todas las actividades del respectivo período. Esta valoración incluye lo
cognitivo, personal y social.
(Los resultados de las pruebas SABER 11º en cada área tendrán un valor del 60%
para cada una de ellas y el otro 40% corresponderá a las demás actividades
curriculares del plan de estudios correspondientes al IV PERIODO.
CAPITULO VIII
ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 37: acciones de seguimiento para el mejoramiento de desempeño de los
estudiantes
En la Institución educativa Segundo Henao se realizarán las siguientes acciones de
seguimiento para conocer el desempeño de los estudiantes:
Por parte de los docentes:
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1. Al comenzar el año escolar o un período académico, los docentes aplican una
prueba inicial y diagnóstica con el fin de detectar fortalezas y debilidades de los
estudiantes, no solo en lo cognitivo sino en lo personal y social. Esta prueba permite
caracterizar los estudiantes en sus diferentes ritmos y estilos de aprendizaje,
identificar estudiantes vulnerables o con necesidades educativas especiales.
Igualmente permite identificar estado de avance en cada uno de los estudiantes, de
manera que se puedan apoyar los más aventajados y generar otro tipo de estrategias
para los que presentan desempeños bajos.
Los docentes deben registrar los resultados de esta evaluación en el formato
establecido para ello.
Para alumnos con barreras para el aprendizaje deben elaborar la ficha correspondiente
en conjunto con el docente de apoyo y el padre de familia.
Cuando un estudiante procede de otra institución, se le debe realizar una evaluación
diagnóstica para conocer el estado académico en el que ingresa, de todas maneras se
tendrán en cuenta los informes de la anterior institución, los cuales servirán como
referente para la ejecución de actividades de refuerzo, en caso de requerirlas.
Cada docente, al iniciar el año escolar y como parte de la planeación del área, formula
sus juicios valorativos de desempeños respecto al área por período, determinando
niveles, limitaciones y facilidades para alcanzarlos. Así mismo formulará los que
acompañarán el informe final, de acuerdo a si el estudiante es promovido o no.
2. Permanentemente, en cada clase, tema, unidad temática, período, debe evaluar sus
estudiantes, en lo cognitivo, social y personal, evaluaciones que serán calificadas en
la escala de 0 a 5, y al finalizar el período se promedian y se ubican en la escala
nacional respectiva. La evaluación permanente permite establecer correctivos a
tiempo, los cuales deben quedar consignados en la hoja de acompañamiento y
seguimiento.
Para la evaluación permanente debe tener en cuenta los estándares y
competencias del MEN organizados previamente en sus respectivos planes de
área, derechos básicos de aprendizaje, Indicadores de desempeño, desarrollo
personal y social del estudiante, y aprendizajes en función de las posibilidades
de cada uno.
Al iniciar cada período, el docente deberá dar a conocer a sus estudiantes las
competencias y estándares para dicho período y los criterios de evaluación del
mismo.
Las evaluaciones deben dar prioridad a las de ensayo, conversatorios, trabajos
grupales, individuales, talleres, salidas de campo, debates, portafolios, listas de
chequeos, composiciones, observaciones directas, y otras estrategias que permitan
evidenciar los desempeños de los estudiantes.
3. Hacia la mitad del período académico establecido por la institución, el director de
cada grado prepara un preinforme para los padres de familia de alumnos que
presentan serios atrasos académicos, con el fin de establecer acciones conjuntas y
evitar que al finalizar el período estén mucho más atrasados. Los datos para el
preinforme los recibe con anterioridad por parte de cada docente encargado de las
áreas, en lo que respecta a secundaria, utilizando el formato establecido para dicho
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reporte. Después de realizar la reunión con los padres de familia, según fechas del
cronograma escolar institucional, y allegar las actas y evidencias al coordinador de
cada sede.
4. Cuando se realicen evaluaciones escritas, trabajos etc y el alumno haya presentado
excusa justificada de su inasistencia, deberá permitírsele la presentación de la
evaluación en los tres días hábiles siguientes, previa autorización del coordinador.
5. El docente debe hacer registro diario de las ausencias de los estudiantes y averiguar
las causas para determinar acciones que reduzcan la deserción y mejoren la asistencia
de los estudiantes y al finalizar cada semana subir dicha inasistencia a la plataforma
de administración académica institucional.
6. Conocer el cronograma institucional de actividades académicas, de manera que le
permita realizar oportunamente los refuerzos y hacer los reportes respectivos ante la
Secretaría de la Institución, igualmente revisar los alumnos nuevos en la plataforma
para realizar la gestión correspondiente en cuanto a notas, refuerzos o similares.
7. Dar a conocer los informes académicos y resultados de evaluaciones a estudiantes en
forma oportuna, revisarlos y verificarlos antes de hacer entrega a la Secretaría.
8. Tener coherencia entre las competencias establecidas y la evaluación.
Artículo 38: Acciones de seguimiento Por parte de Directores de Grupo:
a. . El director de grupo ( en primaria como en secundaria, debe diligenciar el respectivo
anecdotario del estudiante, allí consigna aspectos positivos y negativos del
estudiante, tanto a nivel académico, como social y personal, pues este historial
permite identificar acciones para mejoramiento del estudiante y servir de consulta
para la toma de decisiones por parte de otros docentes en años posteriores, razón por
la cual debe actualizarlo permanentemente, cabe anotar que el anecdotario no
corresponde en ningún caso al evaluador, ni allí se deben surtir actas de procesos
disciplinarios, es un documento que contiene aspectos generales del estudiante, de
manera sintetizada.
b. En cada reunión, tanto para entrega del preinforme como en las de finalización de
período, debe dar a conocer a los padres de familia las dificultades académicas y
convivenciales de sus hijos, las cuales quedarán registradas en los compromisos
adquiridos, tanto por estudiantes como por padres y docentes.
c. Al finalizar cada período académico realizar análisis del desempeño de su grupo en
compañía del coordinador, de manera que puedan fijar estrategias de mejoramiento
para el grupo correspondiente.
d. Presentar informe del ausentismo injustificado y de las acciones emprendidas ante
el Coordinador de la institución.
e. Formular las competencias a alcanzar por parte de alumnos con NEE para subir a la
plataforma académica de la institución, de manera que en el boletín aparezca esta
especificidad.
Artículo 39: Acciones de seguimiento por parte de Coordinación:
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El( la) coordinador(a) deberá mantener actualizados sus consolidados por período, cuyos
análisis le permitan emprender acciones conjuntas, buscar apoyo interinstitucional que
coadyuven al desarrollo integral del educando.
Dado que la evaluación hace parte integral del desarrollo curricular de la institución y que
éste consta de distintos procesos, el coordinador debe:
a. Acompañar y asesorar la construcción de planes de área y asignatura, de manera que
en ellos quede establecido el QUE se debe evaluar ( competencias, estándares); el
cómo se va a evaluar, cuáles deben ser las actividades, teniendo en cuenta las
competencias, intensidad horaria y otros aspectos propios del plan de estudios.
b. Hacer seguimiento y evaluación permanente a los planes de área, proyectos
transversales y otras actividades curriculares institucionales.
c. Al finalizar cada periodo, en conjunto con los directores de grupo, realizar análisis a
los resultados académicos de los estudiantes de cada grado y fijar estrategias para
mejorar los aprendizajes.
d. Recepcionar las reclamaciones que presenten los padres de familia o estudiantes ante
la Comisión interdisciplinaria de evaluación, o ante el Consejo académico,
igualmente solicitar ante el rector la necesidad de reunión extraordinaria al comité
interdisciplinario, cuando se requiera.
e. Cuando después de seguir el conducto regular de la reclamación se solicite ante el
Consejo Académico, el Coordinador presentará ante el rector la solicitud
correspondiente.
f. Informar a docentes nuevos sobre las valoraciones históricas de los mismos.
g. Programar las habilitaciones y recepcionar las actas respectivas sobre los resultados
de las evaluaciones realizadas, las cuales debe allegar a la rectoría. En todos caso
estos resultados deben estar listos en el momento de la reunión de la comisión de
evaluación y promoción.
h. Realizar análisis y consolidados del rendimiento académico por áreas de cada uno
de los grupos al finalizar cada período y establecer acciones correctivas en acuerdo
con docentes de cada área.
Artículo 40: Acciones de seguimiento por parte del docente de apoyo y Orientación
escolar: ( en caso de ser asignado por la secretaría departamental)
Cuando el docente, tanto en la evaluación inicial como en la permanente, detecte dificultades
para el aprendizaje de los estudiantes, informará de manera oportuna al docente de apoyo
para la remisión respectiva para su valoración ante entidad médica, el docente de apoyo,
teniendo como referente el diagnóstico médico, recomendará al docente de aula las
estrategias pedagógicas para lograr la superación de dichas dificultades, implementando las
adaptaciones curriculares correspondientes.
La orientación y docente de apoyo deberán registrar con firma de estudiantes y padres de
familia los reportes y acciones que emprendan con el estudiante para superar dificultades.
Artículo 41: Acciones de seguimiento Por parte del Comité Interdisciplinario de
Evaluación y Promoción
El ( la )rector(a) integrará el Comité interdisciplinario de evaluación de acuerdo con el
presente acuerdo, el cual se reunirá con el fin de analizar y determinar la promoción o
reprobación de alumnos de acuerdo con la valoración de desempeños académicos, personales
y sociales, y de acuerdo con los criterios de promoción definidos en el presente decreto.
Artículo 42: Acciones de seguimiento por parte del estudiante:
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El estudiante debe conocer íntegramente el sistema de evaluación institucional, debe así
mismo ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos , personales y
sociales y como tal deberá cumplir con los compromisos académicos y de convivencia
definidos en los planes de estudio y en el manual de convivencia, Igualmente debe cumplir
con las recomendaciones hechas por las instancias educativas en el marco del mejoramiento
de sus desempeño y estar atento para que todas las actividades y registros de sus evaluaciones
permanezcan en su hoja de vida y formatos de seguimiento respectivos.
Artículo 43: Acciones de seguimiento Por parte del padre de familia:
Se constituye en obligación legal ( ley 1098 de 2002, ley 1620 de 2013) para el padre de
familia acompañar el proceso educativo de sus hijos, por ello deberá asistir puntualmente a
las convocatorias que la institución haga, y participar en la adopción de estrategias que
conlleven al mejor desempeño de su hijo.
Cuando el padre de familia no se presente a las citaciones que haga la institución, durante
dos llamados consecutivos, podrá cancelarse automáticamente la matrícula del estudiante y
la institución se exime de cualquier responsabilidad académica o social.
Las convocatorias a reuniones y entrega de informes académicos revisten carácter
obligatorio, excepto que medie causa justificada e inaplazable, el padre de familia será
atendido en forma particular por el docente respectivo en horario asignado para ello.
Cuando el padre de familia no pueda asistir a una reunión convocada, deberá delegar en
alguien de su confianza para que reciba informes oportunos de dicha reunión.
CAPITULO IX
AUTOEVALUACION DE ESTUDIANTES
Artículo 44 Autoevaluación:
El estudiante debe desarrollar la capacidad de autorregulación y autoevaluación y para ello
se deben proponer situaciones y espacios para que los alumnos aprendan a evaluar el proceso
y el resultado de sus propios aprendizajes, según ciertos criterios que ellos aprenderán,
principalmente a partir de las valoraciones relevantes realizadas por los maestros.
A partir de una evaluación formadora es posible que los alumnos aprendan a desarrollar su
propia autoevaluación y autorregulación . Así, el alumno se interesa por conocer cómo está
ocurriendo su progreso y el sentido de la significatividad de sus aprendizajes, entendiendo el
por qué se cometen errores para emprender la tarea de corregirlos.
Para que haya verdadera autoevaluación es imperativo que los estudiantes conozcan los
propósitos educativos y dentro de ellos, los criterios principales que guían la enseñanza-
evaluación.
Algunas preguntas recomendadas para promover la autoevaluación de los estudiantes son:
son: ¿ Cómo aprendí?, ¿ dónde lo aplico?, por qué fallé?
CAPITULO X
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ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DOCENTES, DIRECTIVOS
CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTABLECIDOS EN EL
PRESENTE SISTEMA
Artículo 45: Comité interdisciplinario: La institución elegirá un Comité interdisciplinario
integrado por 10 representantes:
4 docentes así:
Un docente para representar los grados 1º, 2º y 3º.
Un docente para los grados 4º y 5º.
Un docente para los grados 6º, 7º, 8º
Un docente para los grados 9º, 10º y 11º
Rector, 1 coordinador, 1 representante de los estudiantes, orientador, docente de apoyo , 1
representante de padres de familia.
El representante de los estudiantes será elegido de entre los representantes al Consejo de
estudiantes del conjunto de grados.
El padre de familia será elegido en asamblea de padres para cada conjunto de grados.
Artículo 46: Funciones del Comité Interdisciplinario de evaluación y Promoción
a. realizar seguimiento a la aplicación del sistema de evaluación institucional.
b. Analizar periódicamente los informes de evaluación, con el fin de identificar prácticas
escolares que puedan afectar el desempeño de los estudiantes y recomendar estrategias
pedagógicas pertinentes que promuevan aprendizajes significativos en ellos y mejoren
la calidad educativa de la institución.
c. Resolver reclamaciones que se presenten, después de ser presentadas ante el docente del
área y el director de grupo, dentro de las instancias de reclamación previstas.
d. Velar por el cumplimiento del presente sistema de evaluación por parte de cada uno de
los docentes e instancias institucionales.
e. Levantar actas de promoción de estudiantes cuando hayan cumplido los criterios y
parámetros establecidos en el sistema de evaluación de la institución.
f. Hacer cumplir los debidos procesos en cuanto a evaluación y promoción de estudiantes.
Artículo 47. Período del Comité Interdisciplinario: El comité tendrá un período de un
año, el cual inicia en Febrero y termina en Enero del año siguiente, hasta la instalación del
otro Comité.
Artículo 48: Periodicidad de reuniones: Se reunirá el Comité interdisciplinario al finalizar
el año escolar o en forma extraordinaria, cuando se requiera, para resolver cualquier situación
que sea de su competencia.
Responsabilidad de las convocatorias y actas: El rector convoca al Comité interdisciplinario,
las actas deben ser diligenciadas por los coordinadores y allegarlas, previa verificación y
revisión a la rectoría, para hacer entrega a la Secretaría del plantel. El representante de
docentes estudiantes o padres de familia pueden ser reemplazados en el caso de acumular dos
faltas de asistencia sin excusa justificada, para lo cual se aplicarán mecanismos de
participación democrática entre los entes respectivos.
Artículo 49: documentos y soportes del Comité Interdisciplinario
El Comité interdisciplinario manejará los siguientes documentos:
Libro de actas
Anecdotario
Acta de remisión con su debido proceso
Actas de habilitación
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Carpetas
CAPITULO XI
PERIODICIDAD Y ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA
Artículo 50: Entrega de informes a padres de familia: Hacia la mitad de cada período
académico se convocará por parte de directores de grupo a los padres de familia de
estudiantes que presentan notables dificultades para darles a conocer EL PREINFORME y
acordar en conjunto estrategias para lograr superar dichas dificultades por parte del
estudiante, antes de finalizar el período respectivo.
Artículo 51: Períodos académicos: El año escolar se dividirá en cuatro períodos
académicos, al finalizar cada uno, se realizarán reuniones con padres e hijos para dar a
conocer los avances y dificultades del estudiante en los aspectos cognitivo, personal y social.
Así mismo se hará entrega al finalizar el año lectivo de un informe general que consolida la
evaluación correspondiente a los cuatro períodos académicos, su resultado será determinante
en la promoción del estudiante.
CAPITULO XII
ESTRUCTURA DE LOS INFORMES
Artículo 52: Informe Integral: El informe que recibe el padre de familia al finalizar cada
período contendrá :
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CODIGO DANE_____
INFORME DE DESEMPEÑO INTEGRAL
SEDE_______________________________
NOMBRE DEL ESTUDIANTE__________________________GRADO_____ PERIODO
ACADEMICO_________________ FECHA______
Area I.H Competencias dificultades Escala valoración Recomendac. Inasistencia
Numérica Nacional
Artículo 53: Estructura del Informe final:
El informe del fin de año recoge un concepto global del desempeño a nivel del área, social
y personal, calificación numérica y escala nacional, con el mensaje PROMOVIDO, NO
PROMOVIDO.
Cuando se expidan certificados definitivos deberán llevar escala numérica equiparable con
la escala nacional ( Superior, alto, básico o bajo) y ser firmados por el rector únicamente. (
Decreto 2150 de 1995)
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CAPITULO XIII
INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y
RESOLUCIÓN DE RECLAMOS PRESENTADOS POR PADRES DE FAMILIA Y
ESTUDIANTES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Los alumnos y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o
violación al debido proceso en lo que respecta a la aplicación del sistema de evaluación,
presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel para que
sean atendidos sus reclamos, solicitudes que deben hacerse durante los tres días hábiles
siguientes al conocimiento de las mismas y deberán ser resueltas por escrito y en 5 días por
la instancia respectiva.
Artículo 54: Instancias de reclamación:
 Docente del área o grupo
 Director de grupo
 Comité interdisciplinario
 Consejo Académico
 Consejo Directivo
Procedimiento:
- La reclamación se hará por escrito y de manera respetuosa a cada una de las instancias
anteriormente nombradas ( una a su vez).
- Tanto la reclamación como la respuesta deben archivarse en la hoja de vida del
estudiante.
CAPITULO XIV
Artículo 55: LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE
LOS ESTUDIANTES
Para la formulación del presente sistema de evaluación posterior a la aprobación del decreto
1290 de 2009, la institución educativa Segundo Henao realizó asambleas de docentes,
aportes virtuales, reuniones con cada uno de los grupos, foros con participación de consejos
de padres, estudiantes, consejo académico y consejo directivo.
Los Coordinadores se reunieron durante varias sesiones con coordinadores de otras
instituciones y supervisores de educación, donde recibieron importantes aportes para la
construcción final del documento.
El Consejo académico fue el encargado de realizar el análisis, fundamentación y aprobación
respectiva, para finalmente ser aprobado y adoptado por el Consejo Directivo de la
institución.
CAPITULO XV
Artículo 58: JORNADA UNICA: Los niveles y grados que estén implementando jornada
única se acogerán y darán cumplimiento al presente Sistema de Evaluación, dado que la
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inclusión de competencias se hará desde los planes de estudio y éstos a su vez deberán ser
ajustados y revisados de manera oportuna.
CAPITULO XVI
AJUSTES O CAMBIOS AL SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL
Artículo 59: Cambios al sistema de evaluación: cualquier cambio o ajuste que deba
realizarse al presente acuerdo, deberá contar con la participación de todas las instancias y
comunidad educativa institucional y seguir el mismo conducto de aprobación y adopción.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Aprobado mediante acuerdo 06 de Mayo 11 de 2011
AJUSTES OCTUBRE 27 DE 2014
AJUSTES JULIO 6 DE 2015
AJUSTES y REVISION GENERAL MARZO 9 DE 2016

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  • 1. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO CALARCA QUINDIO SISTEMA DE EVALUACION Y PROMOCION DE EDUCANDOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO DE CALARCA QUINDIO PRESENTACION En virtud de la autonomía escolar establecida en la ley 115 de 1994 y el decreto 1290 de 2009, presentamos el siguiente documento en cuyos capítulos se sintetizan las inquietudes y participación de toda la comunidad educativa de las Sedes: Eduardo Norris, Segundo Henao y Policarpa Salavarrieta del municipio de Calarcá Quindío, en torno a un tema tan trascendental como lo es la evaluación y promoción de los alumnos matriculados en la institución. En este sentido, lo reglamentado en materia de evaluación y promoción para la Institución Educativa Segundo Henao cobija a todos los estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia y estamentos que hacen parte activa de la institución. Contiene: I. Conceptos, Objetivos, definición y aspectos que comporta la evaluación y promoción de educandos. II. Propósitos de la Evaluación III. Los criterios de Evaluación y promoción IV. Evaluación de estudiantes con Barreras para el aprendizaje y la participación V. Evaluación de alumnos del Nivel Preescolar VI. La escala de Valoración Institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional. VII. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes VIII. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. IX. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. X. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes de la institución cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el presente sistema de evaluación. XI. Periodicidad y entrega de informes a padres de familia XII. La estructura de los informes de los estudiantes para que sean claros, comprensibles, y den información integral del avance en la formación. XIII. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamos presentados por padres de familia y estudiantes sobre evaluación y promoción. XIV. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema de evaluación de los estudiantes XV. Jornada Unica XVI. Ajustes
  • 2. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío CAPITULO I CONCEPTOS, DEFINICIÓN Y ASPECTOS QUE COMPORTA LA EVALUACION Y PROMOCION DE LOS EDUCANDOS Artículo 1º: FUNDAMENTACION: - Ley 115 de 1994 - Resolución 2343 - Decreto 1290 de 2009 - Manual de Convivencia institucional - Planes de mejoramiento - Decreto 366 de 2009 ( inclusión educativa) Artículo 2º OBJETIVOS: 1. Formular e implementar un sistema de evaluación y promoción para los estudiantes de la institución que tenga como bases los referentes legales y el contexto en el cual se circunscribe la institución. 2. Definir el concepto de evaluación enmarcado dentro del modelo Aprendizaje significativo de Ausubell. 3. Establecer criterios, escala de valoración integral, proceso e autoevaluación, heteroevaluación y coevaluacion , al igual que estrategias de superación y recuperación de logros en el desempeño de los estudiantes de los distintos niveles que tiene la institución. 4. Difundir, socializar y comunicar a los padres de familia y acudientes de los estudiantes el debido proceso de valoración de los mismos, así como el proceso de promoción. 5. Brindar a la población infantil y juvenil en situación de vulnerabilidad y discapacidad la oportunidad de participar en los procesos de aprendizaje a través de la implementación de adaptaciones curriculares y pedagogías inclusivas. 6. Definir niveles de logro y competencias que deben alcanzar los estudiantes en cada grado de la escolaridad. Artículo 3º DEFINICION DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES Implementar un sistema de evaluación y promoción de educandos obliga a la reflexión permanente sobre el quehacer educativo, sobre las prácticas pedagógicas y procesos curriculares, en los cuales se incluye la evaluación, así mismo sobre los conceptos y definiciones que llevan al entendimiento, comprensión e implementación del mismo. La relación entre educación y evaluación cobra cada vez más importancia, de hecho, su articulación redefine el diseño de políticas públicas en la materia, pues permite la revisión de la gestión, la dirección y gobierno de las instituciones educativas, sus procesos da aprendizaje, su funcionamiento, su organización y sobre todo el flujo de información y las interacciones que desde allí se establecen en una gran diversidad de actores y procesos sociales.
  • 3. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío Es un conjunto de mecanismos y procedimientos esenciales y particulares que garantizan un proceso de enseñanza- aprendizaje coherente con el modelo pedagógico adoptado en cada institución educativa. Artículo 4º: Definición de Evaluación: Evaluar es un proceso continuo, flexible, integral, participativo, dinámico y sistemático orientado hacia cambios de formas de concebir la realidad y mejorar el rendimiento, el cual se realiza con el fin de establecer el grado de obtención de logros y el nivel de desarrollo de las capacidades y competencias que los estudiantes deben adquirir, de acuerdo con los estándares propuestos por el MEN. Es dialogar, reflexionar sobre el proceso enseñanza- aprendizaje, ya que es una parte integral de dicho proceso. Las normas consagradas en la ley 115 de 1994 y el decreto 1290 de 2009 crean mecanismos para que la evaluación de los estudiantes sea entendida no como una simple comprobación de lo aprendido, sino como la valoración de cómo se aprendió, es decir, evaluar implica contribuir al mejoramiento de la calidad educativa al evaluar logros y competencias en los estudiantes. Por ello, Evaluar implica evaluar aprendizajes, acción docente, contextos físicos, programas, planes de estudio, currículos y el mismo proceso evaluativo. La evaluación hace parte integral de una buena enseñanza, porque no es posible concebir un sistema de enseñanza sin evaluación, así, una mejora en la propuesta de enseñanza, lleva implícito un cambio significativo en los modos de entender y realizar la evaluación. La evaluación aporta al docente un mecanismo de autocontrol que le permite la regulación y el conocimiento de los factores o problemas que llegan a promoverse o a perturbar dicho proceso. Sin evaluación no podríamos determinar la eficacia de la acción docente y de los procedimientos de enseñanza utilizados. La información que provee la evaluación posibilita argumentos para proponer mejorar y correctivos. Evaluar no apunta a simple ponderación del rendimiento académico de los educandos, sino a la revisión de la globalidad del proceso de aprendizaje, de las prácticas docentes y en fin de qué hacer de la institución educativa. El proceso evaluativo cobra sentido en la medida en que se pone a prueba la eficacia y la posibilidad del perfeccionamiento de la acción docente, así, la evaluación termina trascendiendo el aula de clases y se constituye en elemento de reflexión para mejorar el currículo, las tareas institucionales y las transferencias de habilidades y conocimiento. Artículo 5º: EVALUACION CONTINUA y SUMATIVA Es decir, que se realizará en forma permanente, haciendo seguimiento al alumno, de manera que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final de cada tema, de cada unidad, y al finalizar cada período, los cuales se sumarán y promediarán al finalizar el año lectivo, valoración que debe ser igual o
  • 4. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío superior a 3.0 en cada una de las áreas, para declarar la promoción. En caso de presentar habilitación de áreas la nota debe ser igual o superior a 3.0 Artículo 6º: EVALUACION INTEGRAL: Es aquella que tiene en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del alumno, no sólo evaluaciones de conocimientos, sino de actitudes, aspectos sociales, personales, habilidades, competencias, particularmente lo establecido en el decreto 1290 de 2009: lo cognitivo, es decir aquellas competencias específicas de áreas, asignaturas y proyectos; lo personal, enmarcado en la presentación personal del estudiante en aspectos de porte de uniforme, puntualidad, responsabilidad, pertenencia, respeto y demás valores humanos determinados en el P.EI; en lo social se valorará la relación del estudiante con compañeros, comunidad educativa, su trato cortés y respetuoso a los demás, la apropiación de normas de convivencia escolar y relación con el entorno y cuidado del medio ambiente, tanto a nivel escolar como general. Las planillas de evaluación que diligencia cada docente debe contener por cada evaluación los tres aspectos y promediar la nota, de manera que al finalizar el período académico, solo tome los promedios de cada evaluación. En cuanto a la evaluación de conocimientos se dará prioridad a aquellas que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas o situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, portafolios, mapas conceptuales, informes de salidas de campo, laboratorios, conversatorios etc. Artículo 7º: EVALUACION SISTEMATICA: Se realizará la evaluación teniendo en cuenta principios pedagógicos y que guarde relación con los fines y objetivos de la educación, visión y misión de la institución, estándares de competencias de las diferentes áreas logros e indicadores de logro, Derechos básicos de aprendizaje, lineamientos curriculares y estructura científica de las áreas, contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes. Artículo 8º: EVALUACION FLEXIBLE: Se tienen en cuenta los ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes, sus características y necesidades individuales, aspectos de interés y motivaciones, capacidades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, social. En la evaluación diagnóstica inicial de comienzos del año, se consolidarán los principales aspectos de la población escolar por grupo, de manera que se constituya en el principal insumo para la evaluación integral que se aplicará durante el año escolar. En esta evaluación se consignarán aspectos y características personales, destrezas, posibilidades, limitaciones, así se podrá hacer de la evaluación un instrumento para garantizar la inclusión escolar. Artículo 9º: EVALUACION FORMATIVA: Permite reorientar los procesos y metodologías educativas, hacer de la evaluación una herramienta pedagógica para generar reflexión académica en la institución, para identificar dificultades de aprendizaje en los estudiantes y mejorar de esta forma las prácticas pedagógicas. Artículo 10º COMPETENCIAS: Son un conjunto de conocimientos, actitudes, disposiciones y habilidades ( cognitivas, socioafectivas y comunicativas) relacionadas entre sí, para facilitar el desempeño flexible y con un sentido de actividad en contextos relativamente nuevos y retadores.
  • 5. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío La competencia implica conocer, saber, ser y hacer. Artículo 11: NIVELES DE COMPETENCIA: Son umbrales teóricos establecidos como puntos de referencia para describir el progreso de los estudiantes y fijar algunas metas de la enseñanza; como tal, son susceptibles de modificar, ampliar o cambiar. Artículo 12: ESTANDARES: Criterios públicos que permiten conocer lo que deben aprender los niños, niñas y jóvenes establecen el punto de referencia de lo que deben estar en capacidad de saber y saber hacer en contextos y en cada una de las áreas y niveles. Los estándares promueven equidad e igualdad de oportunidades porque todos aprenden independiente de su condición social, económica y cultural. Deben ser conocidos por toda la sociedad.. Establecen referentes de calidad porque permiten alcanzar objetivos y fines. Artículo 13. DERECHOS BÁSICOS DEAPRENDIZAJE: Son competencias básicas que debe adquirir un estudiante en cada área de formación disciplinar. Son emitidos por el MEN y deben estar incluidos en cada planeación- Artículo 14: PRINCIPIOS ETICOS DE LA EVALUACION Como en todos los protocolos y en todos los procesos donde se involucren actores, profesiones y las acciones repercutan positiva o negativamente sobre otros seres, es necesario fijar algunos principios éticos que permitan medir las consecuencias de los actos y asumir responsabilidades. Por ello, se establecen los principales principios éticos frente a la evaluación de los aprendizajes en la institución: 1. El estudiante debe saber sobre QUE se le va a evaluar. 2. Debe saber COMO y CON QUE instrumentos se le va a evaluar. 3. Debe saber CON QUE parámetros se le va a evaluar 4. Saber de CUANTO TIEMPO dispondrá para realizar su trabajo de evaluación 5. Recibir la devolución de la corrección en un tiempo no superior a dos días 6. Tiene derecho a conocer las razones de la calificación o evaluación obtenida. 7. Tiene derecho a comprender las razones de sus errores 8. Tiene derecho a intentar corregir sus errores con las orientaciones de su evaluador 9. Debe permitírsele participar y reflexionar sobre su proceso de evaluación 10. Tiene derecho a presentar reclamaciones y a que le sean resueltas oportunamente dentro de los criterios institucionales. CAPITULO II Artículo 15: PROPOSITOS DEL SISTEMA DE EVALUACION Y PROMOCION 1. Hacer de la evaluación una herramienta para potenciar y mejorar procesos educativos y lograr altos estándares de calidad en la gestión académica de la institución, siendo instrumento sensible a las diferencias , para que todos los niños y niñas independiente
  • 6. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío de su origen y condición social tengan las mismas oportunidades educativas, convirtiéndose en herramienta de inclusión social. 2. Brindar información sobre el modo como se lleva a cabo la labor docente, generando espacios de reflexión sobre la finalidad y prácticas de evaluación y el modo como se pueden vincular los estudiantes en dicho proceso. 1. Adecuar prácticas pedagógicas para hacerlas más efectivas según los estilos, ritmos y necesidades de aprendizaje de los estudiantes. 2. Evaluar la efectividad del sistema de enseñanza empleado por los docentes de la institución y mejorar las prácticas de responsabilidad en los procesos y resultados. 3. Contribuir a la construcción de conocimiento, proporcionando información que permita retroalimentar el proceso Enseñanza- aprendizaje 4. Identificar área prioritarias de intervención para su mejoramiento. 5. Retroalimentar el currículo y el plan de estudios, aportando información que permita la formulación de planes de mejoramiento. 6. Apoyar decisiones y programas de capacitación docente 7. Promover la responsabilidad efectiva de todos los actores involucrados en el proceso educativo, incluyendo los propios alumnos. 8. Determinar dificultades de aprendizaje de los estudiantes. 9. Permitir la posibilidad de estructurar formas de evaluación pertinentes y creativas. 10. Generar un tono emocional de satisfacción en los estudiantes. 11. Facilitar la revisión continua del plan de estudios de manera que responda a expectativas educacionales y sociales del contexto en el cual se circunscribe la institución. 12. Promover la equidad al seno del aula, humanizando la evaluación, como medio de combatir la desmotivación y la desesperanza. 13. Recuperar la función pedagógica de la evaluación al cumplir la misión de orientar y mejorar procesos de enseñanza- aprendizaje de acuerdo con los objetivos marcados, permitiendo detectar dificultades o bloqueos para fijar estrategias de enseñanza que permitan mejorar desempeños de los estudiantes. 14. Permitir la promoción de estudiantes entre grados, niveles y ciclos, cumpliendo así, su función social. CAPITULO III CRITERIOS DE EVALUACION Artículo 16: Criterios de Evaluación: Los criterios de evaluación responden a la pregunta QUE EVALUAR, COMO EVALUAR, CUANDO EVALUAR, se evalúa por tanto el desempeño del estudiante, el progreso entendido como la relación entre el rendimiento actual y el anterior, como lo mínimo que se les debe exigir y a la vez establecer el grado de aprendizaje que se espera hayan alcanzado de acuerdo con las competencias planteadas en cada una de las disciplina. El criterio es la variable que mide la ejecución de una tarea , es el saber ser ( personal); el saber conocer ( cognitivo); saber hacer ( desempeño); y el saber convivir ( social); son indicadores para determinar los aprendizajes que deben conseguir los estudiantes, finalizada una unidad didáctica de aprendizajes. Los criterios devaluación son instrumentos con los que se evalúa, estos son: exposición temática, resolución de problemas, pruebas de actuación, mapas conceptuales, trabajos escritos, debates, portafolios, evaluaciones escritas etc.
  • 7. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío Los criterios de evaluación exigen que el docente tenga un conocimiento profundo y global del área a evaluar, cumplir principios éticos, definir criterios cualitativos y tomar decisiones acertadas. Artículo 17: CRITERIOS DEFINIDOS La evaluación se debe dar al iniciar un año lectivo, esto es evaluación Inicial o diagnóstica, la cual corresponde al conjunto de valoraciones de los procesos de todos los estudiantes que ingresan al comenzar el año o a un determinado período escolar y los provenientes de otros calendarios del país, el docente debe diligenciar el formato respectivo. Igualmente debe darse durante el proceso, es decir FORMATIVA, la cual privilegia la formación integral del estudiante, teniendo en cuenta las dimensiones del desarrollo humano en valores como: respeto, responsabilidad, tolerancia, solidaridad, honestidad, compromiso y demás valores institucionales, transversalizando áreas y proyectos de la ley general de educación. El comportamiento social en cada período, será evaluado por parte del director de grupo teniendo en cuenta los informes recibidos de los demás docentes y directivos y atendiendo comportamientos, cumplimiento de normas para el período respectivo, proceso que se realizará tanto en primaria como en secundaria. Al finalizar cada período y al finalizar el año se debe hacer EVALUACION SUMATIVA: Es el conjunto de valoraciones de los procesos como resultado del desempeño académico, personal y social, determinado la promoción o reprobación, sumados y promediados los cuatro períodos. EVALUACION CONTINUA: correspondiente a las prácticas académicas, valoraciones personales y sociales, que permiten valorar los progresos y las dificultades que las y los estudiantes presenten a diario en su desempeño. EVALUACION POR PROCESOS: Oportunidad que tiene el estudiante para corregir sus errores y trabajar con compromiso cada período para mejorar el anterior. Artículo 17: CRITERIOS DE PROMOCION CONCEPTO Criterios de promoción Es un acto administrativo que permite determinar el paso de un estudiante de un grado a otro superior, por decisión de los estamentos correspondientes y a partir de criterios existentes. Artículo 18: PROMOCION: Los estudiantes que alcancen un desempeño Básico, Alto o superior en cada una de las áreas, serán promocionados al grado siguiente o proclamados Bachilleres, para el caso del grado 11º, con los demás requisitos consagrados en la ley y en el P.E.I ( servicio social, proyectos pedagógicos). Estudiantes que pierdan un área o dos tienen derecho a presentar habilitación dentro de la misma vigencia escolar, de manera que se pueda definir el año lectivo. Para considerar
  • 8. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío aprobado el año debe obtener una valoración igual o superior a 3.0. las áreas cuyo resultado fue inferior a 3.0 al efectuar la sumativa y respectivo promedio y que no superen dos(2) son las que puede habilitar, de lo contrario se determina su reprobación. Artículo 19: NO PROMOCION: Un estudiante de la institución no será promovido cuando suceda una de las siguientes causales: 1. Estudiante que después de presentar habilitación no obtenga como mínimo 3.0 en su evaluación. 2. Quien haya obtenido valoración final inferior a 3.0 , correspondiente a la escala nacional en BAJO en tres o más áreas al sumar los promedios de los cuatro períodos. 3. El estudiante que haya dejado de asistir injustificadamente al 25% o más de las actividades curriculares previstas para el año escolar. 4. Estudiantes de grado Undécimo que no hayan cumplido con el servicio social estudiantil de acuerdo con el P.E.I 5. Los estudiantes de 11º para obtener su graduación deben aprobar todas las áreas, proyectos y asignaturas. 6. Estudiantes que en la valoración final de comportamiento social tengan promedios inferiores a 3.0( básico) Para el caso de áreas con varias asignaturas, se promedian sus resultados al finalizar cada período y el año escolar, de acuerdo con el artículo 21 del presente acuerdo. Parágrafo 1: Para los grados 10° y 11° las áreas optativas o de articulación para la formación laboral SENA cumplen con los mismos criterios de las demás áreas del plan de estudios , para aprobación o reprobación, teniendo en cuenta que cada una conforma un área individual. Para el caso de 10° tres áreas y tres para el grado 11°, con la observación de que para titularse como Técnico, debe obtener valoración igual o superior a 4.0 en cada área de articulación. Parágrafo 2: En el caso de perder un área que tenga varias asignaturas, para efectos de habilitación, el estudiante deberá presentar examen de la asignatura que obtuvo en promedio nota inferior a 3.0 , si se presenta el caso de obtener nota inferior a 3.0 en cada una de las asignaturas, deberá presentar un examen por cada una. Artículo 20: ESTRATEGIAS PEDAGOGICAS DE APOYO Con el fin de mejorar los desempeños escolares de estudiantes con NEE , el docente de cada área formulará su plan de mejoramiento y adaptaciones curriculares. en el cual incluirá estrategias de apoyo en el aula, tales como padrinos, metodologías cooperativas, entre otras, de manera que el estudiante pueda adquirir sus conocimientos y ser evaluado conforme a las metas personales. Los demás estudiantes deberán participar en todas las actividades previstas en cada área y trabajar para mejorar las deficiencias que se evidencien en cada período, ya que las valoraciones obtenidas en cada período se suman y promedian al finalizar el año, en caso de ser inferior a 3.0, en una o dos áreas, tendrá derecho a presentar habilitación, y debe aprobar(las) para considerar su promoción. El examen de habilitación contendrá aspectos generales y competencias específicas del grado y área a presentar.
  • 9. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío Cuando un estudiante con excusa justificada- médicas, de calamidad,- no pueda asistir, tendrá derecho a que se le reprograme evaluaciones o trabajos presentados durante su ausencia. ARTICULO 21 : VALORACION DE AREAS y ASIGNATURAS Para definir promoción escolar de áreas con varias asignaturas, se tendrán en cuenta los siguientes parámetros: Se promedian sus resultados al finalizar el año escolar, así, las cuales se promedian por encima de valoración 3.0 en cada una. CIENCIAS NATURALES EN LA MEDIA Asignaturas: Química 40% Física 40% Ed. Ambiental 20% Para el caso de los grados de básica primaria y secundaria, el porcentaje es el siguiente: CIENCIAS NATURALES: 60% Educación Ambiental 40% HUMANIDADES Español 50% Inglés 50% SOCIALES: Geografía: 40% Historia : 40% Constitución:20% MATEMATICAS 60% Estadística 20% Geometria 20% La educación financiera se evalúa como asignatura independiente. Cuando en algún grado solo se establezcan en el plan de estudios 2 asignaturas de Sociales, se le dará un valor porcentual de 50% a cada una. Si el caso es de una sola asignatura de un área en un grado determinado, ésta tendrá un valor del 100%. Artículo 22: SEGUIMIENTO Y CONTROL A PROCESOS DE EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES Para efectos del control de la superación de los procesos educativos por parte de los estudiantes , se adoptan los siguientes instrumentos, los cuales hacen parte de los libros reglamentarios de docentes y de la institución: - Formato de registro de evaluación diagnóstica ( Inicial) donde están incluidos todos y cada uno de los estudiantes. - Formato de seguimiento a los procesos ( para diligenciar permanentemente) en los aspectos: cognitivo, social y personal. Formato de seguimiento y acompañamiento para estudiantes con discapacidades o barreras para la participación.
  • 10. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío - Reportes a Comité interdisciplinario de evaluación y promoción. - Cumplimiento de recomendaciones y sugerencias hechas por la comisión interdisciplinaria de evaluación. Todos los docentes, directivos, administrativos, estudiantes y padres de familia deberán conocer en profundidad la función de cada uno de estos instrumentos y verificar el cumplimiento de los mismos. Artículo 23: PROMOCION ANTICIPADA: El Consejo Académico recomendará al Consejo Directivo. durante el primer Período escolar, previo consentimiento de los padres de familia, la promoción anticipada de estudiantes que demuestren un rendimiento superior, tanto en lo cognitivo, personal, como social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La petición la presenta ante el consejo académico ,el director de grupo con conocimiento suficiente y escrito del rendimiento del estudiante en el grado respectivo. Los docentes del grado al cual es promovido el estudiante deben comprometerse con nivelarlo en temáticas que hayan cursado los estudiantes en ese primer período, siempre con el compromiso del estudiante y el padre de familia. Nota: En todo caso un alumno no podrá ser promovido con anticipación por más de una vez durante un año escolar, en preescolar no hay promoción anticipada. Un estudiante de grado 11º debe cursar el grado completo. CAPITULO IV EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES CON NEE Artículo 24: EVALUACION Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES CON BARRERAS PARA EL APRENDIZAJE En el marco de la educación inclusiva y la equidad en el ingreso y la permanencia de estudiantes, con barreras y limitaciones para el aprendizaje, es necesario adoptar un sistema de evaluación que tenga en cuenta sus prioridades y necesidades específicas de acuerdo con la caracterización que se haya hecho al iniciar el año lectivo. Su evaluación se basará en el análisis de procesos logrados, de acuerdo con las adaptaciones curriculares formuladas para cada área y grado, teniendo en cuenta el proyecto personalizado que se cumple para cada estudiante. La realización de adaptaciones curriculares de acuerdo con las necesidades específicas de cada estudiante serán responsabilidad del docente del área o grado y del docente de apoyo con la participación de los padres de familia de cada uno de los estudiantes, de igual manera, la decisión de promover estudiantes con NEE, se cumple con la participación de los mismos actores, determinando la consecución de estándares básicos para esta población, la exigencia se hará de acuerdo con sus adaptaciones, Para el caso de estudiantes con NEE que cursan el nivel secundario o de media, deberán reunirse todos los docentes que le orientan cada área con el docente de apoyo y el padre de familia.
  • 11. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío Los estudiantes sordos no tendrán obligatoriedad de cursar el Inglés, ya que se constituiría en su tercera lengua, para ellos el área de Humanidades está integrada únicamente por Castellano. CAPITULO V EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES DEL NIVEL PREESCOLAR Artículo 25: EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES DEL NIVEL PREESCOLAR La evaluación de estudiantes de preescolar hará énfasis en las dimensiones que en este nivel se trabajan. Los informes de estudiantes de Preescolar que se emitan cada período no contendrán escala numérica ni valorativa equivalente a la nacional, contendrá juicios descriptivos del nivel de desarrollo en cada una de las dimensiones con las recomendaciones que deben tenerse en cuenta para el mejoramiento individual o social del niño. Dentro de las estrategias de evaluación se dará prioridad al juego, las rondas, ejercicios de motricidad fina y ejercicios de atención. No existe reprobación del nivel de Preescolar, sin embargo debe garantizarse el desarrollo de las dimensiones y competencias básicas para el nivel, al igual que se debe cumplir con el 75% de asistencia a las actividades previstas para el año escolar, de lo contrario se reprueba. CAPITULO VI ESCALAS DE VALORACION Artículo 26: ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y ESCALA NACIONAL El sistema institucional de evaluación contendrá aspectos numéricos de 1 a 5, los cuales se equiparán en la escala nacional así: 0 a 2.99 Desempeño BAJO 3 a 3.99 Desempeño BASICO 4 a 4.49 Desempeño ALTO 4.5 a 5.0 Desempeño Superior Un estudiante se hace acreedor a Desempeño Superior si su promedio por período o al finalizar el año escolar se encuentra entre 4.5 y 5 respectivamente. Artículo 27: DESEMPEÑO SUPERIOR: Para que un estudiante sea evaluado en su desempeño como Superior deberá cumplir con los siguientes requisitos: a. Asistencia excelente, y cuando requiere faltar presenta excusas justificadas, sin que por ello se vea mermado su rendimiento académico. b. Alcanza del 92 al 100% en la valoración de sus procesos cognitivos, formativos, y sociales, sin actividades de recuperación. c. Cumplimiento de normas institucionales, comportamiento y convivencia con las personas de la comunidad educativa en un nivel excepcional. d. Desarrolla actividades curriculares y extracurriculares que superan las expectativas esperadas.
  • 12. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío e. Manifiesta sentido de pertenencia por la institución. f. Participa activamente en las actividades curriculares y extracurriculares. g. Valora y promueve autónomamente su proceso formativo integral. Artículo 28: DESEMPEÑO ALTO: Para que un estudiante obtenga una calificación en ALTO deberá lograr calificaciones que oscilen entre 4 a 4.49 , para ello deber cumplir con los siguientes requisitos: a. Alcanzar todas las competencias propuestas para el grado o nivel. b. Manifestar sentido de pertenencia por la institución. c. Reconocer y superar dificultades d. Desarrollar y cumplir con todas las actividades curriculares y extracurriculares propuestas. e. Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo. f. Cumple con las normas institucionales, observa buen comportamiento y convivencia armónica con los miembros de la comunidad educativa. Artículo 29: DESEMPEÑO BASICO Un estudiante es evaluado con desempeño básico cuando cumple los siguientes requisitos: a. Sus calificaciones numéricas oscilan entre 3.0 y 3.99 b. Supera los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referentes los estándares básicos, los derechos básicos de aprendizaje, las orientaciones lineamientos expedidos por el MEN y el proyecto Educativo Institucional. c. Alcanza todas las actividades y competencias propuestas con actividades de refuerzo y superación. d. Presenta faltas de asistencia justificadas e injustificadas. e. Ha tenido llamados e informes de comportamiento leves. f. Desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas. g. Manifiesta sentido de pertenencia por la institución. Artículo 30: DESEMPEÑO BAJO: Un estudiante es evaluado con desempeño bajo cuando se presente alguno de los siguientes aspectos: a. Sus evaluaciones numéricas son inferiores a 3.0 b. No supera los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales , teniendo como referente estándares básicos, orientaciones y lineamientos expedidos por el MEN, derechos básicos de aprendizaje y el Proyecto Educativo Institucional. c. Hay incumplimiento y falta de compromiso para el desarrollo de las actividades curriculares previstas en el plan de estudios para el grado respectivo. d. Presenta faltas de asistencia injustificadas que superan el 25% del tiempo total previsto para el año lectivo. e. No cumple con las normas y reglas institucionales. f. Presenta dificultades de convivencia y comportamiento ( valoración social) g. No alcanza indicadores de logro ni competencias básicas requeridas para un determinado período académico.
  • 13. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío CAPITULO VII ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES Artículo 31: definición: Son acciones que permiten la coherencia con los logros de aprendizaje , la disciplina de cada área, el marco curricular nacional (estándares) y permiten al estudiante comprobar lo aprendido. La evaluación Se fundamenta en reconocer la diferencia en loa ritmos de aprendizaje y darle las oportunidades para avanzar en el proceso educativo según sus capacidades y aptitudes. Esta valoración es integral y se apoya en estrategias de:  Artículo 32: - Promoción de cambios en la cultura de la evaluación escolar, intentando que los alumnos perciban la evaluación como una ocasión para aprender y corregir. - Disponer de una diversidad de opciones e instrumentos de evaluación, no centrarse en exámenes que miden conocimientos factuales o evaluaciones sumarias. - Brindar información cualitativa de las evaluaciones para que el alumno sepa lo que necesita corregir o aprender. - Acompañar la comunicación de los resultados con mensajes pertinentes para optimizar la confianza del alumno en su potencial. - Fomentar la autoevaluación del aprendizaje y respetar la confidencialidad de la evaluación personal. - Evitar la comparación de unos con otros y acentuar la propia comparación para maximizar la constatación de los avances. - Diseñar evaluaciones que no sólo permitan saber el nivel de conocimiento del alumno, sino en caso de mal desempeño, conocer las razones del fracaso. - Poner énfasis en la evaluación de procesos y evaluar la significatividad de los aprendizajes. - Utilizar las TICs como instrumentos pedagógicos en cada una de las áreas para facilitar aprendizajes significativos en los estudiantes.  Artículo 33: Autoevaluación: Es el reconocimiento y comprobación que hace el propio estudiante sobre su aprendizaje, es un elemento valioso para impulsar la formación integral, con ellos se logra incentivar la autoestima, despertar sentido de responsabilidad, afianzar autonomía, además incita al estudiante para valorar su propio desempeño con honradez y honestidad, llevándolo a reconocer sus propias capacidades, aciertos y desaciertos y a trabajar por superar sus dificultades. Debe valorarse con referencia a los propósitos de formación, a los criterios de desempeño, los saberes esenciales y las evidencias requeridas. Lo instrumentos que se utilizan en la autoevaluación son el portafolio de evidencias, pruebas de actuación, instrumentos de asistencia, lista de chequeo, participación en actividades institucionales, tanto académicas como no académicas. Para promover la autoevaluación, se debe buscar el acompañamiento de la orientación escolar, de manera que los estudiantes construyan espacios de reflexión y análisis de sus propios avances.  Artículo 34: Coevaluación: Es la valoración colectiva donde participan todos los integrantes del grupo, ellos mismos determinan los avances y las dificultades que los
  • 14. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío estudiantes han presentado en el alcance de las competencias y estándares previstos para cada grado, acordando estrategias de mejoramiento con el fin de superar los desaciertos y aplicar técnicas de corrección recíproca en el grupo, teniendo como base el diálogo. Los instrumentos que se pueden usar en la coevaluación son actas de reunión de grupo, debates, exposiciones temáticas, registro de resolución de problemas, pruebas de actuación y encuestas. La coevaluación permite la retroalimentación, genera clima de confianza y posibilita el aprendizaje desde la crítica constructiva que hace el mismo grupo respecto a sus avances y logros.  Artículo 35: Heteroevaluación: Es la actividad dirigida por el docente para conocer el nivel de desempeño de cada estudiante, tanto a nivel individual como en el grupo. Los instrumentos a utilizar en la heteroevaluación son la observación, la entrevista, el cuestionario por competencias, evaluaciones tipo ICFES, técnicas psicométricas ( test), diagramas de información, mapas mentales y conceptúales, informes escritos de cuerdo a la tipología textual ( síntesis, resúmenes, informes, ensayos) etc.  Artículo 36: Para estudiantes de grado Undécimo, además serán tenidos en cuenta los resultados de desempeño de las pruebas ICFES : - En el caso de lograr 60 puntos o más en la evaluación de un área, será exonerado de recuperaciones pendientes del área, siempre y cuando no excedan dos períodos. - En el caso de no tener recuperaciones pendientes, se exonerará de presentación de evaluaciones posteriores a la entrega de los resultados. En ningún caso se podrá dar aplicabilidad a las dos opciones a la vez, es decir: se exonera de recuperaciones o se exonera de evaluaciones posteriores. Las actividades de preparación para pruebas SABER programadas en contrajornada serán de carácter obligatorio, y su asistencia y participación proactiva tendrá un valor del 30% de todas las actividades del respectivo período. Esta valoración incluye lo cognitivo, personal y social. (Los resultados de las pruebas SABER 11º en cada área tendrán un valor del 60% para cada una de ellas y el otro 40% corresponderá a las demás actividades curriculares del plan de estudios correspondientes al IV PERIODO. CAPITULO VIII ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES Artículo 37: acciones de seguimiento para el mejoramiento de desempeño de los estudiantes En la Institución educativa Segundo Henao se realizarán las siguientes acciones de seguimiento para conocer el desempeño de los estudiantes: Por parte de los docentes:
  • 15. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío 1. Al comenzar el año escolar o un período académico, los docentes aplican una prueba inicial y diagnóstica con el fin de detectar fortalezas y debilidades de los estudiantes, no solo en lo cognitivo sino en lo personal y social. Esta prueba permite caracterizar los estudiantes en sus diferentes ritmos y estilos de aprendizaje, identificar estudiantes vulnerables o con necesidades educativas especiales. Igualmente permite identificar estado de avance en cada uno de los estudiantes, de manera que se puedan apoyar los más aventajados y generar otro tipo de estrategias para los que presentan desempeños bajos. Los docentes deben registrar los resultados de esta evaluación en el formato establecido para ello. Para alumnos con barreras para el aprendizaje deben elaborar la ficha correspondiente en conjunto con el docente de apoyo y el padre de familia. Cuando un estudiante procede de otra institución, se le debe realizar una evaluación diagnóstica para conocer el estado académico en el que ingresa, de todas maneras se tendrán en cuenta los informes de la anterior institución, los cuales servirán como referente para la ejecución de actividades de refuerzo, en caso de requerirlas. Cada docente, al iniciar el año escolar y como parte de la planeación del área, formula sus juicios valorativos de desempeños respecto al área por período, determinando niveles, limitaciones y facilidades para alcanzarlos. Así mismo formulará los que acompañarán el informe final, de acuerdo a si el estudiante es promovido o no. 2. Permanentemente, en cada clase, tema, unidad temática, período, debe evaluar sus estudiantes, en lo cognitivo, social y personal, evaluaciones que serán calificadas en la escala de 0 a 5, y al finalizar el período se promedian y se ubican en la escala nacional respectiva. La evaluación permanente permite establecer correctivos a tiempo, los cuales deben quedar consignados en la hoja de acompañamiento y seguimiento. Para la evaluación permanente debe tener en cuenta los estándares y competencias del MEN organizados previamente en sus respectivos planes de área, derechos básicos de aprendizaje, Indicadores de desempeño, desarrollo personal y social del estudiante, y aprendizajes en función de las posibilidades de cada uno. Al iniciar cada período, el docente deberá dar a conocer a sus estudiantes las competencias y estándares para dicho período y los criterios de evaluación del mismo. Las evaluaciones deben dar prioridad a las de ensayo, conversatorios, trabajos grupales, individuales, talleres, salidas de campo, debates, portafolios, listas de chequeos, composiciones, observaciones directas, y otras estrategias que permitan evidenciar los desempeños de los estudiantes. 3. Hacia la mitad del período académico establecido por la institución, el director de cada grado prepara un preinforme para los padres de familia de alumnos que presentan serios atrasos académicos, con el fin de establecer acciones conjuntas y evitar que al finalizar el período estén mucho más atrasados. Los datos para el preinforme los recibe con anterioridad por parte de cada docente encargado de las áreas, en lo que respecta a secundaria, utilizando el formato establecido para dicho
  • 16. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío reporte. Después de realizar la reunión con los padres de familia, según fechas del cronograma escolar institucional, y allegar las actas y evidencias al coordinador de cada sede. 4. Cuando se realicen evaluaciones escritas, trabajos etc y el alumno haya presentado excusa justificada de su inasistencia, deberá permitírsele la presentación de la evaluación en los tres días hábiles siguientes, previa autorización del coordinador. 5. El docente debe hacer registro diario de las ausencias de los estudiantes y averiguar las causas para determinar acciones que reduzcan la deserción y mejoren la asistencia de los estudiantes y al finalizar cada semana subir dicha inasistencia a la plataforma de administración académica institucional. 6. Conocer el cronograma institucional de actividades académicas, de manera que le permita realizar oportunamente los refuerzos y hacer los reportes respectivos ante la Secretaría de la Institución, igualmente revisar los alumnos nuevos en la plataforma para realizar la gestión correspondiente en cuanto a notas, refuerzos o similares. 7. Dar a conocer los informes académicos y resultados de evaluaciones a estudiantes en forma oportuna, revisarlos y verificarlos antes de hacer entrega a la Secretaría. 8. Tener coherencia entre las competencias establecidas y la evaluación. Artículo 38: Acciones de seguimiento Por parte de Directores de Grupo: a. . El director de grupo ( en primaria como en secundaria, debe diligenciar el respectivo anecdotario del estudiante, allí consigna aspectos positivos y negativos del estudiante, tanto a nivel académico, como social y personal, pues este historial permite identificar acciones para mejoramiento del estudiante y servir de consulta para la toma de decisiones por parte de otros docentes en años posteriores, razón por la cual debe actualizarlo permanentemente, cabe anotar que el anecdotario no corresponde en ningún caso al evaluador, ni allí se deben surtir actas de procesos disciplinarios, es un documento que contiene aspectos generales del estudiante, de manera sintetizada. b. En cada reunión, tanto para entrega del preinforme como en las de finalización de período, debe dar a conocer a los padres de familia las dificultades académicas y convivenciales de sus hijos, las cuales quedarán registradas en los compromisos adquiridos, tanto por estudiantes como por padres y docentes. c. Al finalizar cada período académico realizar análisis del desempeño de su grupo en compañía del coordinador, de manera que puedan fijar estrategias de mejoramiento para el grupo correspondiente. d. Presentar informe del ausentismo injustificado y de las acciones emprendidas ante el Coordinador de la institución. e. Formular las competencias a alcanzar por parte de alumnos con NEE para subir a la plataforma académica de la institución, de manera que en el boletín aparezca esta especificidad. Artículo 39: Acciones de seguimiento por parte de Coordinación:
  • 17. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío El( la) coordinador(a) deberá mantener actualizados sus consolidados por período, cuyos análisis le permitan emprender acciones conjuntas, buscar apoyo interinstitucional que coadyuven al desarrollo integral del educando. Dado que la evaluación hace parte integral del desarrollo curricular de la institución y que éste consta de distintos procesos, el coordinador debe: a. Acompañar y asesorar la construcción de planes de área y asignatura, de manera que en ellos quede establecido el QUE se debe evaluar ( competencias, estándares); el cómo se va a evaluar, cuáles deben ser las actividades, teniendo en cuenta las competencias, intensidad horaria y otros aspectos propios del plan de estudios. b. Hacer seguimiento y evaluación permanente a los planes de área, proyectos transversales y otras actividades curriculares institucionales. c. Al finalizar cada periodo, en conjunto con los directores de grupo, realizar análisis a los resultados académicos de los estudiantes de cada grado y fijar estrategias para mejorar los aprendizajes. d. Recepcionar las reclamaciones que presenten los padres de familia o estudiantes ante la Comisión interdisciplinaria de evaluación, o ante el Consejo académico, igualmente solicitar ante el rector la necesidad de reunión extraordinaria al comité interdisciplinario, cuando se requiera. e. Cuando después de seguir el conducto regular de la reclamación se solicite ante el Consejo Académico, el Coordinador presentará ante el rector la solicitud correspondiente. f. Informar a docentes nuevos sobre las valoraciones históricas de los mismos. g. Programar las habilitaciones y recepcionar las actas respectivas sobre los resultados de las evaluaciones realizadas, las cuales debe allegar a la rectoría. En todos caso estos resultados deben estar listos en el momento de la reunión de la comisión de evaluación y promoción. h. Realizar análisis y consolidados del rendimiento académico por áreas de cada uno de los grupos al finalizar cada período y establecer acciones correctivas en acuerdo con docentes de cada área. Artículo 40: Acciones de seguimiento por parte del docente de apoyo y Orientación escolar: ( en caso de ser asignado por la secretaría departamental) Cuando el docente, tanto en la evaluación inicial como en la permanente, detecte dificultades para el aprendizaje de los estudiantes, informará de manera oportuna al docente de apoyo para la remisión respectiva para su valoración ante entidad médica, el docente de apoyo, teniendo como referente el diagnóstico médico, recomendará al docente de aula las estrategias pedagógicas para lograr la superación de dichas dificultades, implementando las adaptaciones curriculares correspondientes. La orientación y docente de apoyo deberán registrar con firma de estudiantes y padres de familia los reportes y acciones que emprendan con el estudiante para superar dificultades. Artículo 41: Acciones de seguimiento Por parte del Comité Interdisciplinario de Evaluación y Promoción El ( la )rector(a) integrará el Comité interdisciplinario de evaluación de acuerdo con el presente acuerdo, el cual se reunirá con el fin de analizar y determinar la promoción o reprobación de alumnos de acuerdo con la valoración de desempeños académicos, personales y sociales, y de acuerdo con los criterios de promoción definidos en el presente decreto. Artículo 42: Acciones de seguimiento por parte del estudiante:
  • 18. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío El estudiante debe conocer íntegramente el sistema de evaluación institucional, debe así mismo ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos , personales y sociales y como tal deberá cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos en los planes de estudio y en el manual de convivencia, Igualmente debe cumplir con las recomendaciones hechas por las instancias educativas en el marco del mejoramiento de sus desempeño y estar atento para que todas las actividades y registros de sus evaluaciones permanezcan en su hoja de vida y formatos de seguimiento respectivos. Artículo 43: Acciones de seguimiento Por parte del padre de familia: Se constituye en obligación legal ( ley 1098 de 2002, ley 1620 de 2013) para el padre de familia acompañar el proceso educativo de sus hijos, por ello deberá asistir puntualmente a las convocatorias que la institución haga, y participar en la adopción de estrategias que conlleven al mejor desempeño de su hijo. Cuando el padre de familia no se presente a las citaciones que haga la institución, durante dos llamados consecutivos, podrá cancelarse automáticamente la matrícula del estudiante y la institución se exime de cualquier responsabilidad académica o social. Las convocatorias a reuniones y entrega de informes académicos revisten carácter obligatorio, excepto que medie causa justificada e inaplazable, el padre de familia será atendido en forma particular por el docente respectivo en horario asignado para ello. Cuando el padre de familia no pueda asistir a una reunión convocada, deberá delegar en alguien de su confianza para que reciba informes oportunos de dicha reunión. CAPITULO IX AUTOEVALUACION DE ESTUDIANTES Artículo 44 Autoevaluación: El estudiante debe desarrollar la capacidad de autorregulación y autoevaluación y para ello se deben proponer situaciones y espacios para que los alumnos aprendan a evaluar el proceso y el resultado de sus propios aprendizajes, según ciertos criterios que ellos aprenderán, principalmente a partir de las valoraciones relevantes realizadas por los maestros. A partir de una evaluación formadora es posible que los alumnos aprendan a desarrollar su propia autoevaluación y autorregulación . Así, el alumno se interesa por conocer cómo está ocurriendo su progreso y el sentido de la significatividad de sus aprendizajes, entendiendo el por qué se cometen errores para emprender la tarea de corregirlos. Para que haya verdadera autoevaluación es imperativo que los estudiantes conozcan los propósitos educativos y dentro de ellos, los criterios principales que guían la enseñanza- evaluación. Algunas preguntas recomendadas para promover la autoevaluación de los estudiantes son: son: ¿ Cómo aprendí?, ¿ dónde lo aplico?, por qué fallé? CAPITULO X
  • 19. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DOCENTES, DIRECTIVOS CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE SISTEMA Artículo 45: Comité interdisciplinario: La institución elegirá un Comité interdisciplinario integrado por 10 representantes: 4 docentes así: Un docente para representar los grados 1º, 2º y 3º. Un docente para los grados 4º y 5º. Un docente para los grados 6º, 7º, 8º Un docente para los grados 9º, 10º y 11º Rector, 1 coordinador, 1 representante de los estudiantes, orientador, docente de apoyo , 1 representante de padres de familia. El representante de los estudiantes será elegido de entre los representantes al Consejo de estudiantes del conjunto de grados. El padre de familia será elegido en asamblea de padres para cada conjunto de grados. Artículo 46: Funciones del Comité Interdisciplinario de evaluación y Promoción a. realizar seguimiento a la aplicación del sistema de evaluación institucional. b. Analizar periódicamente los informes de evaluación, con el fin de identificar prácticas escolares que puedan afectar el desempeño de los estudiantes y recomendar estrategias pedagógicas pertinentes que promuevan aprendizajes significativos en ellos y mejoren la calidad educativa de la institución. c. Resolver reclamaciones que se presenten, después de ser presentadas ante el docente del área y el director de grupo, dentro de las instancias de reclamación previstas. d. Velar por el cumplimiento del presente sistema de evaluación por parte de cada uno de los docentes e instancias institucionales. e. Levantar actas de promoción de estudiantes cuando hayan cumplido los criterios y parámetros establecidos en el sistema de evaluación de la institución. f. Hacer cumplir los debidos procesos en cuanto a evaluación y promoción de estudiantes. Artículo 47. Período del Comité Interdisciplinario: El comité tendrá un período de un año, el cual inicia en Febrero y termina en Enero del año siguiente, hasta la instalación del otro Comité. Artículo 48: Periodicidad de reuniones: Se reunirá el Comité interdisciplinario al finalizar el año escolar o en forma extraordinaria, cuando se requiera, para resolver cualquier situación que sea de su competencia. Responsabilidad de las convocatorias y actas: El rector convoca al Comité interdisciplinario, las actas deben ser diligenciadas por los coordinadores y allegarlas, previa verificación y revisión a la rectoría, para hacer entrega a la Secretaría del plantel. El representante de docentes estudiantes o padres de familia pueden ser reemplazados en el caso de acumular dos faltas de asistencia sin excusa justificada, para lo cual se aplicarán mecanismos de participación democrática entre los entes respectivos. Artículo 49: documentos y soportes del Comité Interdisciplinario El Comité interdisciplinario manejará los siguientes documentos: Libro de actas Anecdotario Acta de remisión con su debido proceso Actas de habilitación
  • 20. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío Carpetas CAPITULO XI PERIODICIDAD Y ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA Artículo 50: Entrega de informes a padres de familia: Hacia la mitad de cada período académico se convocará por parte de directores de grupo a los padres de familia de estudiantes que presentan notables dificultades para darles a conocer EL PREINFORME y acordar en conjunto estrategias para lograr superar dichas dificultades por parte del estudiante, antes de finalizar el período respectivo. Artículo 51: Períodos académicos: El año escolar se dividirá en cuatro períodos académicos, al finalizar cada uno, se realizarán reuniones con padres e hijos para dar a conocer los avances y dificultades del estudiante en los aspectos cognitivo, personal y social. Así mismo se hará entrega al finalizar el año lectivo de un informe general que consolida la evaluación correspondiente a los cuatro períodos académicos, su resultado será determinante en la promoción del estudiante. CAPITULO XII ESTRUCTURA DE LOS INFORMES Artículo 52: Informe Integral: El informe que recibe el padre de familia al finalizar cada período contendrá : INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO CALARCA QUINDIO CODIGO DANE_____ INFORME DE DESEMPEÑO INTEGRAL SEDE_______________________________ NOMBRE DEL ESTUDIANTE__________________________GRADO_____ PERIODO ACADEMICO_________________ FECHA______ Area I.H Competencias dificultades Escala valoración Recomendac. Inasistencia Numérica Nacional Artículo 53: Estructura del Informe final: El informe del fin de año recoge un concepto global del desempeño a nivel del área, social y personal, calificación numérica y escala nacional, con el mensaje PROMOVIDO, NO PROMOVIDO. Cuando se expidan certificados definitivos deberán llevar escala numérica equiparable con la escala nacional ( Superior, alto, básico o bajo) y ser firmados por el rector únicamente. ( Decreto 2150 de 1995)
  • 21. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío CAPITULO XIII INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS PRESENTADOS POR PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Los alumnos y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso en lo que respecta a la aplicación del sistema de evaluación, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel para que sean atendidos sus reclamos, solicitudes que deben hacerse durante los tres días hábiles siguientes al conocimiento de las mismas y deberán ser resueltas por escrito y en 5 días por la instancia respectiva. Artículo 54: Instancias de reclamación:  Docente del área o grupo  Director de grupo  Comité interdisciplinario  Consejo Académico  Consejo Directivo Procedimiento: - La reclamación se hará por escrito y de manera respetuosa a cada una de las instancias anteriormente nombradas ( una a su vez). - Tanto la reclamación como la respuesta deben archivarse en la hoja de vida del estudiante. CAPITULO XIV Artículo 55: LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES Para la formulación del presente sistema de evaluación posterior a la aprobación del decreto 1290 de 2009, la institución educativa Segundo Henao realizó asambleas de docentes, aportes virtuales, reuniones con cada uno de los grupos, foros con participación de consejos de padres, estudiantes, consejo académico y consejo directivo. Los Coordinadores se reunieron durante varias sesiones con coordinadores de otras instituciones y supervisores de educación, donde recibieron importantes aportes para la construcción final del documento. El Consejo académico fue el encargado de realizar el análisis, fundamentación y aprobación respectiva, para finalmente ser aprobado y adoptado por el Consejo Directivo de la institución. CAPITULO XV Artículo 58: JORNADA UNICA: Los niveles y grados que estén implementando jornada única se acogerán y darán cumplimiento al presente Sistema de Evaluación, dado que la
  • 22. INSTITUCION EDUCATIVA SEGUNDO HENAO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO –Decreto 00024 DEL 10-01-08 APROBACION DE ESTUDIOS RES. 00000140 del 21 - 11-06 Calarcá – Quindío inclusión de competencias se hará desde los planes de estudio y éstos a su vez deberán ser ajustados y revisados de manera oportuna. CAPITULO XVI AJUSTES O CAMBIOS AL SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL Artículo 59: Cambios al sistema de evaluación: cualquier cambio o ajuste que deba realizarse al presente acuerdo, deberá contar con la participación de todas las instancias y comunidad educativa institucional y seguir el mismo conducto de aprobación y adopción. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Aprobado mediante acuerdo 06 de Mayo 11 de 2011 AJUSTES OCTUBRE 27 DE 2014 AJUSTES JULIO 6 DE 2015 AJUSTES y REVISION GENERAL MARZO 9 DE 2016